PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PROCEDIMIENTO ABIERTO DE CONTRATACION SERVICIO DE COMIDAS A DOMICILIO PARA EL CONSORCIO DE SERVICIOS SOCIALES
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PROCEDIMIENTO ABIERTO DE CONTRATACION SERVICIO DE COMIDAS A DOMICILIO PARA EL CONSORCIO DE SERVICIOS SOCIALES
PREAMBULO
El Consorcio de Servicios Sociales presta como programa complementario al SAD el servicio de comidas a domicilio, el cual está implantado en la gran mayoría de 85 municipios pertenecientes al mismo. Dicho programa, se configura como un recurso de carácter preventivo, mediante la mejora de la nutrición y la calidad de vida en general, del colectivo al que se dirige y se encuadra como uno de los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal recogidos en el art. 15.a) de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Este servicio se implantó en 1.999 en lo que se entiende como servicio de comida a domicilio en línea caliente (en adelante línea caliente), el cual se mantiene en dicha modalidad hasta noviembre de 2013, con unos resultados que supusieron un aumento progresivo de usuarios hasta alcanzar los 600. Es a partir de la implantación de lo que se entiende como servicio de comida a domicilio en línea fría (en adelante línea fría), cuando se experimenta una merma considerable del servicio, que el Consorcio pretende corregir a través del presente procedimiento, posibilitando de manera progresiva y teniendo en consideración las circunstancias y características de cada uno de los municipios, el traspaso del suministro de comidas en frío a comidas en caliente.
Es evidente que la prestación del servicio de comidas en línea caliente conlleva mayores dificultades que en línea fría; así mismo, las características de determinadas rutas y municipios en sí ya suponen una dificultad para hacer realidad el suministro en línea caliente, de ahí que los posibles licitadores podrán presentar ofertas en línea fría o en línea caliente para cada uno de los lotes que estimen oportuno licitar. Teniendo presente que en la adjudicación de cada lote, si existiesen ofertas en línea caliente únicamente serían valoradas éstas, pasándose a valorar las ofertas en línea fría de no existir ofertar en línea caliente.
Cláusula I. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente contrato es el suministro y servicio de entrega a domicilio de la comida de mediodía (almuerzo) a los usuarios previstos en la cláusula siguiente con las características y condiciones previstas en el presente pliego y en el ámbito territorial de los municipios pertenecientes al Consorcio de Servicios Sociales o en aquellos que por convenio así esté establecido.
Cláusula II. USUARIOS DEL SERVICIO.
Los usuarios del servicio serán personas que de acuerdo con el Programa de Comida a Domicilio, aprobado por la Junta General del Consorcio de Servicios Sociales en sesión celebrada el 27 de enero de 2015, reúnan los requisitos establecidos en el mismo, bien sea por razones de edad, discapacidad física/psíquica o por cualquier otra razón que el Consorcio determine en su caso.
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Cláusula III. LOTES, RUTAS Y USUARIOS POR MUNICIPIO.
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Los lotes sobre los cuales se podrán presentar ofertas serán los establecidos en el Anexo I. Cada lote contempla una o más rutas en las que se integran los distintos municipios de la provincia. Los licitadores podrán presentar ofertas por uno, varios o todos los lotes de acuerdo a las condiciones establecidas más adelante en el presente pliego.
La composición de los lotes es la específicamente determinada en el Anexo I. No obstante, y considerando que dentro del mismo lote se contemple la existencia de más de una ruta, éstas podrán ser modificadas en función de los municipios que en cada momento tengan implantado el servicio, dividiéndose o unificándose dichas rutas. Estas modificaciones no podrán realizarse sin el consentimiento y aprobación previa del Consorcio.
Con el fin de que los licitadores puedan ajustar sus ofertas adecuadamente, además de lo ya concretado en el Anexo I, se recoge en el Anexo II el número de usuarios por cada uno de los municipios donde existe demanda del servicio.
Cláusula IV. CONDICIONES DE LA PRESTACION DEL SERVICIO.
IV.1. Servicio de Comida a Domicilio en Línea Caliente.
Se entiende por Servicio de Comida a Domicilio en línea caliente la elaboración, emplatado y almacenamiento de los alimentos en instalaciones homologadas y la distribución de los mismos diariamente mediante contenedores isotérmicos homologados que garanticen la cadena del calor, preservando frías las ensaladas, postres y platos fríos.
IV.1.1. Producción, envasado y reparto.
Como norma general las comidas se elaborarán la misma mañana de su servicio. Mientras permanezcan en el establecimiento, las comidas frías se mantendrán a una temperatura igual o inferior a los 4 ºC y las comidas calientes se mantendrán a una temperatura igual o superior a 65 ºC.
Durante el transporte, las comidas frías no superarán los 8 ºC y las comidas calientes no descenderán de 65 ºC. Si estas temperaturas no se pudieran garantizar, la empresa aplicará medidas correctoras eficaces que podrá consistir en alguna de las siguientes excepciones recogidas en el R.D. 3484/2000:
Último párrafo del artículo 7.1: “…los responsables de los establecimientos podrán fijar unas temperaturas distintas, siempre que estén basadas en evidencia científica o técnica y hayan sido verificadas por la autoridad competente.”
Artículo 7.2: Cuando sea necesario por razones prácticas, se permitirán períodos limitados no sometidos al control de temperatura durante la manipulación, elaboración, transporte y entrega al consumidor final de las comidas preparadas, siempre que sea compatible con la seguridad y salubridad de los alimentos y hayan sido verificadas por la autoridad competente.
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La aplicación de las excepciones estará sujeta a las siguientes condiciones:
Deberá haber sido verificada por la autoridad competente.
Estará incluida en el protocolo de APPCC mencionada en la cláusula VIII.2
Si fuera imposible el transporte de las comidas a una temperatura que garantice la seguridad de las mismas conforme a las estipulaciones anteriores, se deberá pasar la ruta o rutas a la línea fría, siguiendo el criterio de adjudicación establecido en las presentes bases y por lo tanto podría conllevar la adjudicación de este servicio a otro licitador que hubiere presentado oferta más ventajosa en línea fría.
IV.1.2. Forma de prestar el servicio.
a) Horario: Para garantizar lo recogido anteriormente, las comidas deberán ser entregadas diariamente en el domicilio del usuario entre las 12:30 h. y las 14:00 h. en los 6 días de la semana que el licitador determine; de tal forma que el día que establezca como descanso semanal, entregará la comida prevista para el día de descanso el día anterior al mismo (la cual será servida únicamente para éste día en línea fría); de producirse algún festivo entre semana se podrá aplicar el criterio indicado anteriormente, previa comunicación al Consorcio.
b) Soporte de entrega: Las comidas deberán suministrarse en contenedores desechables para uso alimentario, cerrados herméticamente y éstos a su vez, deberán transportarse en contenedores isotermos individuales e higiénicamente limpios; así mismo deberán estar homologados para:
- Conservar los alimentos y condiciones higiénicas y organolépticas óptimas, manteniendo la temperatura adecuada entre dos horas y dos horas y media.
- Posibilitar el transporte en el mismo contenedor de tres platos a temperaturas diferentes.
- Disponer de un espacio para complementos de la comida (pan, agua, etc.).
- Disponer de cierre resistente y manija para su levantamiento y transporte.
- Respetar las normativas vigentes en el ámbito HACCP.
- Que el aislamiento térmico carezca de CFC.
Así mismo, los contenedores desechables y el contenedor individual isotermo deben estar certificados como instrumentos cuyo material es adecuado para el contacto con alimentos.
c) Entrega: La entrega se hará directamente en el domicilio del usuario que indique el Consorcio, pudiendo delegar el beneficiario la recepción del contenedor individual en un familiar u otra persona de su confianza que tenga su domicilio como máximo a 50 metros del domicilio del usuario. En ningún caso el contenedor con la comida, se dejará en la puerta o en un lugar determinado por el usuario si no hay una persona para recepcionarlo.
En caso de no estar presente la persona y hechas las averiguaciones de la causa de su ausencia, no se dejará la comida y se avisará de la incidencia al Consorcio para que éste considere la baja o no en el servicio del usuario, corriendo el consorcio con el coste de la comida no entregada si éste causara baja, de no causar baja la comida no servida se le facturará al usuario y el Consorcio realizará las aportaciones que correspondan.
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La comida será entregada dentro del contenedor isotermo, el cual se quedará en el domicilio del usuario hasta el día siguiente en que se volverá a hacer entrega de otro contenedor y recogida del entregado el día anterior, lo que conlleva la dedicación de dos contenedores por usuario.
d) La empresa adjudicataria realizará una sesión de demostración sobre la manipulación de los alimentos envasados en caliente que han de realizar los usuarios, con objeto de instruir y garantizar el correcto consumo de los alimentos. Así pues, el repartidor dará instrucciones al usuario o persona responsable sobre el mantenimiento de la comida caliente para su correcto consumo y conservación si no es inmediatamente al momento de la entrega.
Para las comidas servidas en frío, los días que no haya entrega por descanso, se estará a lo establecido en el apartado d) del punto IV.2.2. de las presentes cláusulas.
IV.2. Servicio de Comida a Domicilio en Línea Fría.
Se entiende por Servicio de Comida a Domicilio en línea fría (en adelante línea fría), la elaboración de los alimentos en instalaciones homologadas, para pasar a su envasado y posterior almacenamiento en frío mediante abatidores de temperatura que permitan alcanzar en un tiempo máximo de dos horas una temperatura de 10 ºC en el corazón del producto, además del transporte de los mismos al domicilio del usuario.
IV.2.1. Producción, envasado y reparto
Deberá cumplir con el Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 xx xxxxx de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, el Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas y el Decreto 22/2006, de 07-03-2006, sobre establecimientos de comidas preparadas
IV.2.2. Forma de prestar el servicio.
a) Xxxxxxx: Para garantizar lo recogido anteriormente, las comidas deberán ser entregadas en el domicilio del usuario, entre las 9:00 h. y las 13:30 h. en los 6 días de la semana que el licitador determine; de tal forma que el día que establezca como descanso semanal, entregará la comida prevista para el día de descanso el día anterior al mismo; de producirse algún festivo entre semana se podrá aplicar el criterio indicado anteriormente, previa comunicación al Consorcio.
b) Soporte de entrega: La distribución se realizará en recipientes de transporte adecuados que incluirán en su interior el menú determinado en el presente pliego. Así mismo, dichos recipientes deben estar certificados como instrumentos cuyo material es adecuado para el contacto con alimentos.
c) La empresa adjudicataria comprobará si todos los usuarios disponen de microondas adecuado para la preparación de las comidas; en aquellos supuestos en que no dispongan, la empresa adjudicataria pondrá a disposición de los mismos un microondas, en régimen de depósito. Además deberá comprobar la existencia y capacidad de los frigoríficos para analizar si está adaptado a las necesidades del servicio, no pudiendo prestarse el mismo si no se garantiza por parte del usuario las adecuadas condiciones de conservación frigorífica en los domicilios (el frigorífico deberá garantizar temperaturas iguales o inferiores a 7 ºC).
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d) La empresa adjudicataria realizará una sesión de demostración sobre la manipulación de los alimentos envasados que han de realizar los usuarios, con el objetivo de instruirlos y garantizar la correcta consumición de los alimentos. Así pues, el repartidor enseñará al usuario o persona responsable de la preparación de las comidas, el procedimiento correcto para preparar los alimentos y se encargará de disponer los recipientes contenedores de las comidas en el frigorífico, retirar las comidas caducadas y/o alteradas que no sean aptas para el consumo, revisar la temperatura del frigorífico y su correcto mantenimiento.
e) Entrega: La entrega se hará directamente en el domicilio del usuario que indique el Consorcio, pudiendo delegar éste la recepción de los recipientes contenedores de las comidas en un familiar u otra persona de su confianza que tenga su domicilio como máximo a 50 metros del domicilio del usuario. En ningún caso el recipiente contenedor con la comida, se dejará en la puerta o en un lugar determinado por el usuario si no hay una persona para recepcionarlo.
En caso de no estar presente la persona y hechas las averiguaciones de la causa de su ausencia, no se dejará la comida y se avisará de la incidencia al Consorcio para que éste considere la baja o no en el servicio del usuario, corriendo el Consorcio con el coste de la comida no entregada si éste causara baja, de no causar baja la comida no servida se le facturará al usuario y el Consorcio realizará las aportaciones que correspondan.
IV.3. Modificaciones.
IV.3.1. Adaptación de precio por comida, según oscile el número de comidas repartidas en cada ruta
Los costes del servicio de comida a domicilio se dividen en unos costes fijos por comida relacionados con la compra y elaboración de alimentos y unos costes variables por comida relacionados con el reparto. Partiendo de esta idea y considerando que en el futuro pueden modificarse tanto el número de poblaciones como el número de usuarios por población y número de usuarios total que reciben servicio, los precios por comida puedan ser revisados teniendo en cuenta las siguientes cuestiones:
A. Se establecen los siguientes tramos de prestación de servicios por ruta:
- Hasta 10 comidas: €/comida sin IVA
- De 11 a 20 comidas: €/comida sin IVA
- De 21 a 30 comidas: €/comida sin IVA
- De 31 a 40 comidas: €/comida sin IVA
- De 41 a 50 comidas: €/comida sin IVA
- De 51 a 60 comidas: €/comida sin IVA
- A partir de 61 comidas: €/comida sin IVA
B. Las variaciones de precio serán de aplicación siempre que varíe por encima o por debajo el número de comidas establecidas en cada ruta reflejada en el anexo I de las presentes cláusulas técnicas y dicha variación suponga un cambio de tramo de prestación de servicios por ruta.
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C. La adaptación de precio se realizará entre el 1 y el 7 de cada mes y una vez que se haya pasado a un nuevo tramo por un periodo mínimo de 30 días en dichas fechas; siendo efectivos los nuevos precios a partir del día 1 del mes en el que se realice la revisión. Todas las solicitudes de revisión, tanto al alza como a la baja, deberán ser comunicadas al Consorcio por la empresa adjudicataria; en caso de no producirse tal comunicación el Consorcio podrá aplicar tales revisiones mediante regularizaciones posteriores a la emisión de facturas.
D. Las propuestas que haga cada licitador en el tramo en el que se ubique el número inicial de comidas por ruta que recoge el anexo I, no podrán contemplar un precio por comida superior al ofertado en su proposición económica para cada ruta. En caso contrario la propuesta será rechazada en su integridad.
E. Todas las propuestas económicas deberán incluir obligatoriamente oferta por tramos de cara a futuras situaciones que sean objeto de revisión de precios conforme a lo establecido en los puntos A, B, C y D de la presente cláusula.
IV.3.2. Modificación del presupuesto del contrato en función del aumento de la demanda del servicio.
Partiendo de que antes de la implantación del servicio en línea fría, el servicio se prestaba a más de 600 usuarios, mientras que en la actualidad se presta a algo más de 250, se podría inferir que la demanda tienda, durante la vigencia del contrato, a alcanzar cotas de atención similares a las que se tenían en el momento en que la comida se prestaba en línea caliente.
Es por ello que se contempla la posibilidad de una modificación del contrato durante su vigencia, como consecuencia del aumento de la demanda del servicio, tanto en los municipios que actualmente tienen implantado servicio como en aquello que soliciten su incorporación al mismo; que podrá suponer la ampliación del número de comidas y/o usuarios, durante los dos primeros años, de hasta un 65% de los servicios que se presten en el momento de la adjudicación. Pudiendo incrementarse los mismos en otro 45% más, en el periodo de prorroga previsto, si finalmente el contrato se prorrogara.
Dicha modificación, estará determinada por el incremento de la demanda de servicio por nuevos usuarios y por la disposición de créditos presupuestarios suficientes, que se habrán de contemplar en los presupuestos anuales que apruebe la Junta General del Consorcio de Servicios Sociales.
IV.3.3. Transformación de línea fría a línea caliente.
El objetivo final del Programa de Comidas a Domicilio será que todos los usuarios del servicio puedan hacer uso del mismo en la modalidad de línea caliente. No obstante, en el momento actual se presentan circunstancias que, con toda probabilidad, podrán condicionar la implantación de línea caliente al inicio del contrato (dispersión y distancia geográfica de determinados municipios, número de comidas a suministrar, tiempos de transporte y reparto, etc.).
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Es por ello, que aquellos licitadores que hayan resultado adjudicatarios de algún lote en línea fría, deberán contemplar la posibilidad de que su oferta sea objeto de revisión por el Consorcio de Servicios Sociales para su transformación a línea caliente durante la vigencia del contrato, bajo las siguientes condiciones:
- Que el número de usuarios contemplados en la ruta de reparto sea superior a 15.
- Que los tiempos necesarios para realizar el reparto en la ruta no superen los establecidos para garantizar la temperatura establecida para la comida en línea caliente.
- Que exista acuerdo entre la empresa adjudicataria y el Consorcio de Servicios Sociales.
Cláusula V. OPERATIVA DEL SERVICIO.
V.1. Criterios para la prestación del servicio.
El Consorcio de Servicios Sociales remitirá a la empresa adjudicataria la relación de usuarios, mediante la correspondiente Ficha de Usuario con indicación de los domicilios donde deben efectuar la entrega, el teléfono de contacto y, en su caso, la persona de contacto, además de la fecha a partir de la cual se iniciará el servicio.
A los usuarios se les hará entrega de la comida de mediodía (almuerzo) en su domicilio en perfectas condiciones para su consumo y con todas las garantías sanitarias. Para ello la empresa adjudicataria deberá disponer de los almacenes, unidades logísticas, vehículos, contenedores y demás material auxiliar, necesarios y adecuados para este fin, de forma que se mantengan la temperatura y demás condiciones sanitarias y organolépticas establecidas para cada línea (caliente o fría) de suministro; todos estos elementos igualmente deberán disponer de autorización sanitaria y cumplir la normativa vigente.
La entrega en el domicilio del usuario se realizará en la franja horaria y periodicidad establecida para cada una de las líneas (caliente o fría de suministro). La empresa adjudicataria comunicará a cada usuario la hora aproximada (dentro de la franja horaria establecida) en la que le entregará la comida, y dispondrá de las medidas y medios necesarios para asegurar el cumplimiento de dicho compromiso; el horario de entrega que se determine, podrá oscilar en un intervalo máximo de 20 minutos para la línea caliente, y 45 minutos para la línea fría.
En caso de ausencia del usuario, se estará a lo dispuesto en la Cláusula IV. En ningún caso, se podrán utilizar otros medios o alternativas de entrega distintos a los descritos en el presente pliego.
La distribución se realizará en recipientes de transporte adecuados para cada una de las líneas (caliente o fría) de suministro, que incluirán en su interior ensalada, primer plato, segundo plato, pan y postre, de acuerdo con los menús determinados en el presente pliego.
El personal de reparto deberá presentarse en el domicilio del usuario convenientemente uniformado y dotado de una placa identificativa que exhibirá en lugar visible; en ésta aparecerá el nombre y apellidos del repartidor así como el logotipo de la empresa adjudicataria.
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El repartidor enseñará al usuario o a la persona responsable de la preparación de las comidas, el procedimiento correcto para preparar los alimentos y se encargará de disponer los recipientes en el frigorífico (línea fría) o los contenedores en la cocina (línea caliente, discriminando aquellos alimentos fríos en el frigorífico), retirar las comidas caducadas y/o alteradas que no sean aptas para el consumo, revisar la temperatura del frigorífico y su correcto mantenimiento. Igualmente, informará y asesorará a los usuarios en aquellas cuestiones y dudas que presenten respecto al servicio. Para minimizar el impacto medio ambiental se ofertará a los usuarios la posibilidad de retirada de los envases plásticos vacíos para su oportuno reciclado.
La empresa adjudicataria está obligada a comunicar al usuario el menú mensual que le corresponde en la última semana del mes anterior, y al Consorcio de Servicios Sociales, 15 días antes de finalizar el mes, deberá comunicar los menús programados para el mes siguiente. En todos los casos, el Consorcio de Servicios Sociales incluirá en la Ficha de Usuario el tipo de dieta a seguir por cada uno de los usuarios.
La empresa adjudicataria pondrá a disposición de los usuarios un número de teléfono al que comunicar las incidencias con un coste de llamada local.
La empresa adjudicataria en todo momento deberá facilitar al Consorcio de Servicios Sociales el acceso a sus instalaciones para efectuar los pertinentes controles e inspecciones.
La empresa adjudicataria no dispondrá, en ningún caso, de llaves del domicilio de los usuarios del servicio.
V.2. Fase de transición del servicio.
En la actualidad el servicio se viene prestando por una sola empresa, para todos los lotes establecidos, mediante la modalidad de línea fría. Por ello, se prevé la posible transformación para el suministro de las comidas en línea caliente o continuarán haciéndolo en línea fría. Con independencia de la modalidad a licitar, las empresas licitadoras presentarán un Plan de Transición, en el cual propondrán la xxxxxxxx paulatina del servicio en las diversas rutas objeto de licitación en un periodo de tiempo que no podrá ser superior a 30 días desde la fecha de adjudicación. En las rutas existentes en las que el adjudicatario vaya a asumir el servicio en línea caliente, podrá iniciar dicho servicio en línea fría, manteniéndolo durante 30 días, pasando después al formato de línea caliente, o iniciarlo directamente en línea caliente.
Cada licitador presentará un Plan de Prestación del Servicio en línea fría, en línea caliente o en ambas, para cada uno de los lotes sobre los que licite, especificando la duración y alcance del periodo transitorio, sin que en ningún caso éste pueda exceder de 30 días, al final de los cuales todos los municipios adscritos a un determinado lote habrán de ser atendido por el nuevo adjudicatario en el formato (de línea caliente o fría) adjudicado.
Para los usuarios adscritos a rutas en línea fría, la empresa adjudicataria comprobará si todos disponen de microondas adecuado para la preparación de las comidas; en aquellos supuestos en los que no dispongan, la empresa adjudicataria pondrá a disposición de los mismos un microondas, en régimen de depósito.
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Para todos los usuarios, con independencia de su adscripción a rutas en línea caliente o fría, la empresa adjudicataria comprobará la existencia y capacidad de los frigoríficos para analizar si está adaptado a las necesidades del servicio. De esta forma, no podrá prestarse el servicio en línea fría si no se garantiza por parte del usuario las adecuadas condiciones de conservación frigorífica en los domicilios (el frigorífico deberá garantizar temperaturas iguales o inferiores a 7 ºC).
La empresa adjudicataria realizará una sesión de demostración a los usuarios al objeto de instruirles en la preparación y consumición de los alimentos para garantizar la correcta manipulación de los mismos.
V.3. Plan de Contingencias y Prestaciones Complementarias.
Cada empresa licitadora presentará un Plan de Contingencias que incluirá las actuaciones necesarias y medidas alternativas previstas en caso de circunstancias sobrevenidas que puedan alterar el funcionamiento del servicio. Además, los licitadores podrán incluir en sus proposiciones todos aquellos aspectos y prestaciones complementarias, de entre las relacionadas en el apartado Criterios dependientes de juicio de valor xxx Xxxxxx de Prescripciones Administrativas, que ayuden a mejorar tanto la eficiencia del servicio como su percepción por parte de los usuarios.
La empresa adjudicataria pondrá a disposición del Consorcio de Servicios Sociales, un máximo de 10 frigoríficos, en régimen de depósito, destinados a usuarios en situación de especial dificultad social, la cual será valorada por la Comisión de Valoración del Servicio de Comida a Domicilio en la sesión en la cual se incluya dicho expediente.
V.4. Procedimiento de Altas, Bajas y Modificaciones en el servicio.
a) Altas.
El inicio del servicio se realizará de la siguiente forma:
- El Consorcio de Servicios Sociales comunicará al usuario de forma escrita, a través de la empresa adjudicataria, la concesión y las condiciones del servicio a recibir. Así mismo y a través de la empresa prestataria, se recopilará la copia de comunicación de dicha concesión.
- El inicio del servicio no se hará efectivo por la empresa hasta que ésta tenga en su poder los documentos debidamente firmados por el usuario. La prestación de servicios antes de disponer de los documentos mencionados correrá a cargo de la empresa prestataria.
El inicio efectivo de la prestación no podrá ser superior a diez días naturales desde que el Consorcio remita a la empresa adjudicataria la citada Ficha de Usuario. Una vez iniciada la prestación, la empresa adjudicataria deberá comunicar esta circunstancia así como fecha efectiva de inicio al Consorcio. La empresa adjudicataria queda obligada a mantener la prestación del servicio a los usuarios dados de alta durante todo el periodo en que se encuentren en dicha situación.
b) Modificaciones.
Las modificaciones en la prestación de los servicios (horarios, tipo de dieta, etc.) deberán ser comunicadas al Consorcio telefónicamente y no se podrán hacer efectivas hasta que se autoricen por el Consorcio en el sistema que la empresa determine (por escrito, telefónicamente u otro).
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c) Bajas.
Las bajas en el servicio, tanto temporales como definitivas, serán comunicadas telefónicamente por el coordinador general de la empresa en el plazo de cinco días siendo el Consorcio el encargado de hacer comunicación escrita a la empresa de dicha baja indicando la fecha de la misma, la cual será el día siguiente a la fecha en que se produjo la incidencia. Se entienden como bajas temporales aquellas que significan una interrupción en el servicio, y presuponen una reanudación del mismo para el usuario de no más de dos meses. En estos casos no habrá necesidad de formalizar una nueva alta. Cuando se produzca una baja temporal, el responsable del servicio comunicará el número de días que está previsto que dure dicha contingencia. Caso de no conocerse este número de días, se interrumpirá el servicio por periodo de dos meses, pasándose a definitiva si a partir de dicho plazo no se reanuda el servicio. El contratista dispondrá en ese caso xx xxxx días para la reanudación efectiva, que será comunicada previamente al responsable.
En el supuesto de bajas temporales o definitivas que se hayan comunicado en tiempo, y que impidan la entrega, el contratista tendrá derecho a facturar el importe de los servicios ya elaborados que no hayan podido ser entregados por esta causa.
Cláusula VI. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO.
VI.1. Infraestructura y producción de los menús.
La empresa adjudicataria ha de contar con suficientes medios materiales, técnicos y humanos que le permitan atender la demanda que puntualmente y en función de las características de este servicio pueda plantear el Consorcio de Servicios Sociales.
Así, tanto las instalaciones como los procesos de producción deberán ajustarse a la normativa vigente en cada una de las líneas de suministro (caliente o fría) en las cuales liciten. Igualmente deberán disponer de las autorizaciones y permisos de las autoridades sanitarias pertinentes previamente a la publicación de esta convocatoria.
Las empresas licitadoras deberán disponer de las instalaciones de producción o unidades logísticas de elaboración de comidas, con anterioridad a la fecha de presentación de ofertas; éstas deberán reunir los requisitos administrativos y sanitarios que exige la normativa vigente, y así deberán acreditarlo mediante los documentos justificativos que necesariamente habrán de incluir referencias a los sistemas de producción, los volúmenes que se producen, y los sistema de control implantados en dichas instalaciones.
De igual manera, las empresas licitadoras deberán disponer de los medios de distribución y transporte de la comida; que en el caso de la línea fría deberán ser vehículos frigoríficos adecuados para mantener la cadena de frío conforme a la normativa vigente al respecto, y en el caso de la línea caliente deberán ser vehículos isotermos adecuados para mantener la cadena en caliente conforme a la normativa vigente al respecto. En cualquier caso, los vehículos destinados a la distribución dispondrán de las oportunas certificaciones para el transporte de alimentos en vigor.
Todo el personal al servicio de la empresa adjudicataria para la prestación de la actividad objeto de este concurso tendrá dependencia laboral de la misma, sin que el Consorcio de Servicios Sociales tenga relación jurídica, laboral ni de otra índole con el personal de la empresa. Es por ello, que el adjudicatario está obligado a sustituir de forma inmediata a cualquiera de los profesionales adscritos al desarrollo de la actividad con independencia del motivo de baja o ausencia. En situaciones de huelga, la empresa adjudicataria tendrá
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que negociar con el Consorcio de Servicios Sociales los criterios y el establecimiento de los servicios mínimos, si los hubiera.
Así pues, el contratista acepta para sí la condición de patrón absoluto y en exclusiva, exonerando de toda responsabilidad laboral al Consorcio de Servicios Sociales. Se hará cargo del pago de los salarios, seguros sociales, subsidios, mutualidad correspondiente (en cuanto a Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional) y, en general, de todas las obligaciones que le impongan las disposiciones legales vigentes en materia laboral, sindical, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. El contratista queda obligado a acreditar, siempre que sea requerido para ello, el cumplimiento de dichas obligaciones mediante la presentación de la correspondiente documentación.
Corresponde a la empresa adjudicataria las funciones de reciclaje, formación permanente y supervisión de su personal que garanticen una prestación de servicio eficiente y de calidad. Dispondrá de un plan de formación continua del personal manipulador de productos alimentarios en materia de higiene de alimentos y en autocontrol basado en A.P.P.C.C., y estará obligado a aportar a sus trabajadores la formación complementaria necesaria para desarrollar su trabajo de forma adaptada a las habilidades funcionales, psicológicas y sociales de las personas atendidas, dirigida a aportar conocimientos acerca de envejecimiento, dependencia, alimentación y nutrición en personas mayores, etc.
No se admitirán aquellas propuestas que supongan una subcontratación de los servicios objeto del presente contrato, salvo que de forma excepcional, concurran circunstancias de índole geográfico, alto grado de dispersión poblacional, accesibilidad u otras similar; en todo caso, dichas circunstancias deberán ser valoradas y aceptadas por el Consorcio de Servicios Sociales.
Los platos que componen los menús deberán ser envasados (línea fría) o emplatados (línea caliente) de forma individual, con envases adecuados en cada caso para el uso alimentario y convenientemente etiquetados (línea fría) o identificados (línea caliente) de forma que resulte fácilmente identificable su contenido y se cumplan las disposiciones legales en materia de envasado y etiquetado de productos alimentarios.
VI.2. Competencias del servicio.
Es competencia exclusiva del Consorcio de Servicios Sociales determinar el contenido de esta prestación, así como el seguimiento, evaluación y propuesta de modificación en cada caso mediante las reuniones de coordinación que se mantendrán entre los técnicos de ambas partes. El contenido del servicio en cada caso, será facilitado a la empresa adjudicataria por escrito.
La empresa adjudicataria no procederá a realizar ninguna modificación en las condiciones de la prestación del servicio, sin que haya habido previamente indicaciones al efecto por parte del Consorcio de Servicios Sociales.
VI.3. Seguimiento y coordinación del Programa.
La empresa adjudicataria deberá informar puntualmente y por escrito al Consorcio de Servicios Sociales de la gestión ordinaria del servicio, así como de todas las incidencias que pudieran producirse, tanto las relativas al funcionamiento como aquellas que puedan influir directamente en la correcta conservación y utilización de los alimentos. Para ello se facilitarán cuantos informes y documentos se consideren necesarios por el Consorcio.
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La empresa adjudicataria designará un coordinador general para el servicio, que será el representante de la empresa ante el Consorcio de Servicios Sociales. Será el responsable de la coordinación y supervisión general del servicio, del seguimiento del funcionamiento, de resolver cualquier incidencia en relación con el desarrollo del mismo, así como de atender y responder las posibles quejas formuladas.
Actuará como interlocutor con los responsables del servicio y se coordinará con ellos para disponer los recursos de forma que se asegure el correcto funcionamiento del servicio; así mismo informará de todas las incidencias que pudieran surgir durante la realización del servicio, tanto las relativas al desarrollo del mismo como a circunstancias relacionadas con los usuarios, en especial la correcta manipulación y aprovechamiento del servicio, y la interacción del usuario con el repartidor.
Para hacer efectivo el seguimiento, el Consorcio de Servicios Sociales y la empresa adjudicataria elaborarán un protocolo de coordinación y comunicación del servicio. Además, la empresa adjudicataria elaborará y remitirá al Consorcio una memoria anual sobre el servicio y su funcionamiento, incidencias, dificultades y alternativas aplicadas. La empresa adjudicataria deberá tener en su poder justificante de las entregas diarias de comida, las cuales podrán ser requeridas por el Consorcio en cualquier momento. Con periodicidad anual, la empresa deberá hacer una encuesta de satisfacción remitiendo al Consorcio los resultados obtenidos. Así mismo, deberá presentar la programación mensual de menús con 15 días de antelación al comienzo del mes programado. En cualquier caso, el contratista estará obligado a facilitar cualquier otra información relativa al servicio que pudiese serle requerida por el Consorcio.
VI.4. Abonos al contratista.
La empresa prestataria facturará los servicios al Consorcio de Servicios Sociales, debiendo recoger la factura el número de comidas servidas, el precio por comida y el total desglosando el IVA.
Dado que las facturas son un comprobante de servicios prestados y el documento que permite al Consorcio ir imputando los costes correspondientes a las partidas presupuestaria creadas para tal fin y en aras a facilitar el pago a las empresas y la incorporación de nuevos casos, las copias de las facturas deberán ser presentadas en el Consorcio mensualmente y en ningún caso podrán acumularse facturas de más de dos meses.
Una parte del precio del servicio será pagada por los usuarios en la proporción que establezca el Consorcio de Servicios Sociales a estos efectos en los términos establecidos en la Ordenanza fiscal reguladora del precio público. La gestión del cobro a los usuarios la realizará directamente el adjudicatario.
VI.5. Confidencialidad y Protección de Datos.
La empresa adjudicataria y el personal de su servicio en la prestación del contrato, en su calidad de encargados de tratamientos de datos personales por cuenta del organismo contratante, tal y como se define en el art.3.g de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de dicha Ley, están obligados al cumplimiento de estas disposiciones, así como de todas las que en materia
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de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.
Conforme a ello, los datos de carácter personal relativos a los usuarios del servicio, que pueda obtener la empresa adjudicataria por considerarlos necesarios para la correcta prestación del servicio, deberán ser tratados en forma que establece la legislación vigente sobre protección de datos, no pudiéndolos aplicar a ningún otro fin distinto que no sea la correcta prestación del servicio, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.
La empresa adjudicataria deberá adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal de los usuarios del servicio, y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Una vez terminada la relación contractual regulada en el presente pliego, la empresa adjudicataria deberá destruir los datos o devolverlos al Consorcio de Servicios Sociales, al igual que cualquier soporte en que conste algún dato de carácter personal objeto de tratamiento.
VI.6. Responsabilidad y Pólizas de Seguro.
El contratista es responsable del compromiso básico del contrato, que es suministrar y entregar en el domicilio del usuario los correspondientes almuerzos en los plazos y condiciones fijadas en el presente pliego. Además, acepta y asume expresamente, toda responsabilidad frente a terceros, por los daños que pueda ocasionar a éstos, durante la ejecución del contrato por acción u omisión del mismo o de sus operarios y empleados.
A estos efectos, el contratista viene obligado a contratar y mantener vigente durante todo el plazo de ejecución del contrato, un seguro de responsabilidad civil de explotación y de producto con un capital mínimo asegurado del 20% del valor total del contrato adjudicado, comprometiéndose a efectuar las correspondientes ampliaciones de capital en caso de siniestro con el fin de mantener, en todo momento, la cantidad disponible del 20% del valor total del contrato adjudicado.
En caso de siniestro el importe de las indemnizaciones será aplicado íntegramente a su finalidad o al pago de daños a terceros, sin que ello libere al contratista del compromiso básico de este contrato, ni de su responsabilidad si la indemnización resultara insuficiente. La documentación acreditativa del cumplimiento de esta obligación y en especial las condiciones generales y particulares del contrato de seguro, será inexcusablemente presentada ante el Consorcio de Servicios Sociales como requisito previo al inicio de la ejecución del contrato, comprometiéndose el contratista al pago de las correspondientes primas a fin de mantenerlas vigentes durante todo el plazo de ejecución del contrato. A tal efecto aportará periódicamente los justificantes de estar al corriente de dichos pagos.
En caso de no aportarlos, el Consorcio de Servicios Sociales se reserva el derecho de proceder al pago de las primas detrayendo su importe de las cantidades que, con cargo al contrato, tenga pendiente de cobro el contratista.
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Cláusula VII. DIRECTRICES DE APLICACIÓN A LOS MENUS.
VII.1. Composición y estructura de los menús.
La composición de los menús se diseñará atendiendo al colectivo al que va dirigido, cuya alimentación debe cumplir los siguientes objetivos:
- Ser completa y equilibrada.
- Adaptarse a las necesidades, gustos y hábitos de este tipo de usuarios.
- Tener una presentación atractiva y una rotación mínima mensual (de 4 a 5 semanas).
- Estar basada en la gastronomía de la zona y adaptada a la época del año.
- Ser variada; evitar la monotonía.
- Estar convenientemente realizada y condimentada.
- Contemplar menús especiales para fechas señaladas.
- Cumplir las características generales de la dieta basal o normal: La comida de mediodía de dieta basal tendrá un aporte calórico de 657-840 Kcal., aporte que supone el 35% del volumen energético diario total, que en el caso de los mayores oscila entre 1875 y 2400 Kcal., y su distribución de macronutrientes estará en el siguiente rango:
Proteínas: 15-20% del valor calórico.
Grasas: 30-35% del valor calórico (cuando el porcentaje de grasa sea superior al 30% debe ser a expensas de aumentar la grasa monoinsaturada, seguida de la poliinsaturada; la grasas saturadas representarán siempre menos del 10% del valor calórico).
Hidratos de carbono: 50-55% del valor calórico.
La estructura de los menús incluirá: ensalada, primer plato, segundo plato, pan y postre, y deberán ajustarse al siguiente esquema semanal:
- Ensalada: Base de tomate y lechuga y otro componente variado para cada día de la semana (zanahoria, aceitunas, maíz, etc.).
- Primer plato:
Legumbres: 2-3 veces por semana.
Arroz: 1-2 veces por semana.
Pasta: 1-2 veces por semana.
Patatas: 1-2- veces por semana.
Verduras: 1-3 veces por semana.
- Segundo plato:
Pollo, pavo, conejo: Máximo 2-3 veces por semana.
Ternera, cordero, cerdo: Máximo 1-2 veces por semana.
Pescado blanco: Mínimo 2-3 veces por semana.
Pescado azul: Mínimo 1-2 veces por semana.
Huevos: 1-2 veces por semana.
Guarniciones: verdura, patata o ensalada, complementando al primer plato.
- Postre:
Fruta: Mínimo 5 días a la semana.
Lácteos o derivados (preferentemente no dulces): yogur, cuajada, etc.
- Pan: Todas las comidas irán acompañadas de pan, que será integral un mínimo de 3 días a la semana.
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Las cantidades mínimas por ración (peso en crudo) serán las siguientes:
- Legumbres: .................................... 70-80 g.
- Arroz: ............................................. 70-80 g.
- Pasta: ............................................ 70-80 g.
- Patatas: ......................................... 200-250 g. como plato principal
- Carne roja: ..................................... 125-150 g.
- Carne blanca: ................................ 150-175 g.
- Pescado: ........................................ 150-175 g.
- Leche: ............................................ 20 ml. (1 vaso)
- Yogur: ............................................ 250 g. (2 unidades)
- Requesón/queso fresco ................. 60-80 g.
- Queso o fiambre ............................ 150-175 g.
- Verduras y hortalizas ..................... 150-175 g.
- Frutas ............................................ 150-200 g.
- Aceite oliva/semillas ....................... 20 g.
- Mantequilla/margarina ................... 10 g. (1 cucharada sopera)
- Pan ................................................ 80-90 g.
Las preparaciones culinarios deben ser saludables y estar adaptadas a las características de la población a la que van destinadas, en cuanto a grado de cocción, tamaño xx xxxxx, nivel de condimentación, etc. Se valorará la utilización de materias primas que contribuyan a una mejor calidad nutritiva y organoléptica de los platos (alimentos frescos, aceite xx xxxxx).
Las empresas licitadoras deberán presentar su propuesta de Plan de Menús completo, con las correspondientes derivaciones dietéticas.
VII.2. Manual de Dietas.
Las empresas licitadoras deberán presentar un Manual de Dietas, que deberá incluir tanto la información relativa a los platos (mediante fichas técnicas de elaboración y fichas dietéticas) como la descripción detallada de cada una de las dietas (mediante un código de dietas), especificando el nombre, las indicaciones, los objetivos, los alimentos permitidos y prohibidos y las características de las mismas y como mínimo una propuesta de menú basal valorada. Este manual incluirá el análisis nutricional diario, semanal y mensual completo del menú basal presentado.
El Manual de Dietas deberá incluir:
a) Ficha Técnica de elaboración de los platos: Deberá recoger la información relativa al modo de preparar, elaborar, distribuir y servir un plato, debiendo especificar:
Nombre del plato.
Número de raciones para las que está programada.
Para cada ingrediente: peso en crudo y porción comestible por cada ración.
Ingredientes o componentes del plato.
Procesos que sufren los alimentos en las fases de preparación, elaboración, presentación y distribución.
Características organolépticas del plato: textura, temperatura de servicio, etc.
Posibles interacciones alérgicas.
Otros datos de interés: valoración económica, temporada, etc.
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b) Ficha Dietética: Presenta el análisis nutricional del plato y debe incluir los siguientes datos:
Calibración del plato.
Comparación del aporte calórico y de nutrientes con las ingestas diarias recomendadas.
c) Código de Dietas adaptadas/modificadas/terapéuticas: Recogerá la descripción detallada de cada una de ellas. En este apartado se recogerán los siguientes puntos:
Nombre de la dieta.
Indicaciones en relación a las patologías a las que se puede aplicar la dieta.
Objetivos y resultados que se quieren conseguir al pautar la dieta.
Características: fórmula dietética, características físicas y químicas, alimentos de la dietas (alimentos permitidos, alimentos a evitar y técnicas culinarias recomendadas).
VII.3. Tipos de Dietas.
Se deben incluir las siguientes dietas, y sus combinaciones:
- Dieta basal saludable o normal.
- Dieta hipocalórica.
- Dieta para diabéticos.
- Dieta de fácil masticación.
- Dieta baja en sodio.
- Dieta astringente.
- Dieta baja en grasas.
- Dieta baja en ácido úrico.
- Dieta de protección renal.
- Dieta de protección gástrica.
Todas las dietas deberán realizarse bajo prescripción médica.
VII.4. Propiedades organolépticas o sensoriales de los platos y menús.
El menú debe ser, además de sano y nutritivo, sensorialmente aceptable, por lo que se deben cuidar diversos aspectos organolépticos como textura, apariencia, sabor, aroma y color, que el comensal puede recibir en conjunta y que ayudan a la aceptación o rechazo de un plato o menú.
A lo largo del contrato podrá requerirse a la empresa adjudicataria menús extras para realizar análisis sensoriales de seguimiento periódicamente.
Cláusula VIII. GARANTIA DE CALIDAD.
VIII.1. Calidad de los Productos y Materias Prima.
Todas las materias primas y los productos servidos por la empresa adjudicataria tendrán que estar sujetos a la normativa legal vigente y en particular al Código Alimentario Español.
Los proveedores de las materias primas y los productos han de estar acreditados y sujetos a la normativa vigente, responsabilizándose la empresa adjudicataria de las posibles alteraciones de los productos en todo momento. El almacenamiento de las materias primas y su conservación se efectuará cumpliendo la normativa vigente.
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El licitador deberá presentar en su Memoria la descripción de cada materia prima utilizada, su calidad, tipo de envase, unidad de medida, marca o marcas, así como todos aquellos requisitos que establezca el ordenamiento jurídico vigente, en especial el Código Alimentario Español y la normativa complementaria. Además, deberán indicarse los procesos de selección, conservación y manipulación de las materias primas que garanticen el mantenimiento de las temperaturas y demás condiciones adecuadas a cada producto, de forma que permitan su perfecta y características organolépticas. En cualquier caso, los víveres serán de calidad extra o primera.
Los productos envasados deberán cumplir lo dispuesto en el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios y la normativa para el control del contenido efectivo de los productos alimentarios envasados.
VIII.2. Garantía de la Calidad Higiénico-Sanitaria
La empresa cumplirá todas las normas de seguridad alimentaria destinadas a los operadores de las empresas alimentarias y especialmente en materia de higiene de los productos alimenticios, las recogidas en el Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 xx xxxxx de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios.
El adjudicatario estará obligado al desarrollo, aplicación y mantenimiento de un procedimiento permanente de autocontrol sanitario basado en los principios del APPCC (Análisis de Peligros y Puntos de Control Críticos) que incluye planes de prerrequisitos de higiene y trazabilidad conforme al artículo 5 del REGLAMENTO (CE) No 852/2004.
La empresa adjudicataria guardará muestras testigo de cada plato servido durante un mínimo de cuatro días. Se valorará la certificación del sistema de gestión de la calidad.
La empresa que resulte adjudicataria tendrá la obligación de poner en conocimiento de manera inmediata, al Consorcio de Servicios Sociales, cualquier anomalía de carácter higiénico-sanitario que pudiera detectar en el domicilio del usuario.
Las empresas que liciten deberán elaborar una Guía de Prácticas correctas de Higiene y Manipulación de los Alimentos que se destinará al usuario.
Los contenedores y recipientes utilizados para el transporte y distribución de las comidas serán de materiales autorizados y se mantendrán en todo momento en un adecuado estado de limpieza y desinfección.
Los envases que contengan las comidas serán de materiales autorizados, su cierre será estanco, serán de un solo uso y no podrán ser reutilizables. Estarán etiquetados, indicando como mínimo los siguientes datos; identificación de la empresa, nombre del producto, fecha de elaboración, fecha de caducidad y temperatura de conservación. El licitador presentará un modelo de etiquetado que deberá adaptarse a un tamaño de letra suficientemente grande que permita la lectura a personas con pérdida de agudeza visual.
El Consorcio de Servicios Sociales podrá, mediante la emisión de la correspondiente instrucción, determinar cualquier otro aspecto de carácter higiénico-sanitario que se considere pertinente para la correcta y adecuada prestación del servicio.
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Cláusula IX. PRESUPUESTO DEL CONTRATO Y VIGENCIA.
El período de ejecución de la prestación objeto del contrato, será de dos años, pudiendo ser prorrogado en las condiciones establecidas en el Pliego de cláusulas administrativas particulares.
La relación de usuarios contemplada en el Anexo II tiene carácter orientativo, figurando el número de usuarios de alta en promedio en cada población, sin tener en cuenta el número de servicios efectivos a cada usuario por semana u otras circunstancias imposibles de determinar con exactitud en este momento. El número total de servicio al año se ha estimado en 76.440 a efecto de cálculos presupuestarios.
El presupuesto previsto de la suma de todos los lotes objeto de licitación, asciende a 1.445.950,80 euros IVA INCLUIDO, que es el resultado de multiplicar las comidas/año estimadas por el precio Unitario de cada comida y según el siguiente desglose:
LOTE Nº 1 | |||||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS | COMIDAS AÑO | TOTAL COMIDAS PREVISTAS | PRECIO POR COMIDA | DESGLOSE IVA 10% | PRESUPUESTO PREVISTO 2 AÑOS |
L01R1 | CASAS XXXXXX, ALBOREA, XXXXX XX XXX, XXXXX XX XXX, XXXXX XX XXX, XXXXXXXXX | 0 | 2.058,00 | 4.116,00 | 8,00 € | 2.993,45 € | 32.928,00 € |
L01R2 | VILLAMALEA, ABENGIBRE, XXXXXXXX, XXXXXX DEL JUCAR, LA RECUEJA, FUENTEALBILLA | 15 | 4.410,00 | 8.820,00 | 8,00 € | 6.414,55 € | 70.560,00 € |
TOTAL | 22 | 6.468,00 | 12.936,00 | 8,00 € | 9.408,00 € | 103.488,00 € |
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LOTE Nº 2 | |||||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS | COMIDAS AÑO | TOTAL COMIDAS PREVISTAS | PRECIO POR COMIDA | DESGLOSE IVA 10% | PRESUPUESTO PREVISTO 2 AÑOS |
L02R1 | CAUDETE, ALMANSA, ALPERA, XXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX, BONETE, XXXXXX XXXXX | 14 | 4.116,00 | 8.232,00 | 8,80 € | 6.585,60 € | 72.441,60 € |
L02R2 | VALDEGANGA, CASAS DE XXXX XXXXX, VILLAVALIENTE, POZO XXXXXXX, CARCELEN, ALATOZ,XXXX XXXXXXX, HIGUERUELA | 29 | 8.526,00 | 17.052,00 | 8,80 € | 13.641,60 € | 150.057,60 € |
TOTAL | 43 | 12.642,00 | 25.284,00 | 8,80 € | 20.227,20 € | 222.499,20 € |
LOTE Nº 3 | |||||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS | COMIDAS AÑO | TOTAL COMIDAS PREVISTAS | PRECIO POR COMIDA | DESGLOSE IVA 10% | PRESUPUESTO PREVISTO 2 AÑOS |
L03R1 | XXXXXXXXXX DE MONTEARAGON, LIETOR, POZOHONDO, POZO CAÑADA | 10 | 2.940,00 | 5.880,00 | 8,80 € | 4.704,00 € | 51.744,00 € |
L03R2 | XXXXX XXXXXX, XXXXX XX XXX XXXXX, XXXXXXX, XXXXXXXX, XXXXXXXX | 14 | 4.116,00 | 8.232,00 | 7,70 € | 5.762,40 € | 63.386,40 € |
TOTAL | 24 | 7.056,00 | 14.112,00 | 10.466,40 € | 115.130,40 € |
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LOTE Nº 4 | |||||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS | COMIDAS AÑO | TOTAL COMIDAS PREVISTAS | PRECIO POR COMIDA | DESGLOSE IVA 10% | PRESUPUESTO PREVISTO 2 AÑOS |
L04R1 | XXXXXXXX DE LA MANCHA, MADRIGUERAS, MOTILLEJA, MAHORA, GOLOSALVO, CENIZATE, XXXXX XX XXXXXXXX | 24 | 7.056,00 | 14.112,00 | 8,00 € | 10.263,27 € | 112.896,00 € |
L04R2 | YESTE Y PEDANIAS | 10 | 2.940,00 | 5.880,00 | 14,00 € | 7.483,64 € | 82.320,00 € |
TOTAL | 34 | 9.996,00 | 19.992,00 | 17.746,91 € | 195.216,00 € |
LOTE Nº 5 | |||||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS | COMIDAS AÑO | TOTAL COMIDAS PREVISTAS | PRECIO POR COMIDA | DESGLOSE IVA 10% | PRESUPUESTO PREVISTO 2 AÑOS |
L05R1 | LA XXXX, MINAYA | 16 | 4.704,00 | 9.408,00 | 8,00 € | 6.842,18 € | 75.264,00 € |
L05R2 | LA GINETA, XXXXXXXXX, XXXXXXXXX, VILLALGORDO DEL JUCAR | 12 | 3.528,00 | 7.056,00 | 8,80 € | 5.644,80 € | 62.092,80 € |
L05R3 | NERPIO Y PEDANIAS | 13 | 3.822,00 | 7.644,00 | 14,00 € | 9.728,73 € | 107.016,00 € |
TOTAL | 41 | 12.054,00 | 24.108,00 | 22.215,71 € | 244.372,80 € |
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LOTE Nº 6 | |||||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS | COMIDAS AÑO | TOTAL COMIDAS PREVISTAS | PRECIO POR COMIDA | DESGLOSE IVA 10% | PRESUPUESTO PREVISTO 2 AÑOS |
L06R1 | ELCHE DE LA SIERRA, SOCOVOS, FEREZ, LETUR | 6 | 1.764,00 | 3.528,00 | 12,50 € | 4.009,09 € | 44.100,00 € |
L06R2 | XXXXXXXXXX DE GUADALIMAR, COTILLAS, MOLINICOS, RIOPAR | 7 | 2.058,00 | 4.116,00 | 12,50 € | 4.677,27 € | 51.450,00 € |
L06R3 | XXXX, XXXXXXX XXX XXXXXX, XXXXXXX | 0 | 2.058,00 | 4.116,00 | 12,50 € | 4.677,27 € | 51.450,00 € |
TOTAL | 20 | 5.880,00 | 11.760,00 | 12,50 € | 13.363,64 € | 147.000,00 € |
LOTE Nº 7 | |||||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS | COMIDAS AÑO | TOTAL COMIDAS PREVISTAS | PRECIO POR COMIDA | DESGLOSE IVA 10% | PRESUPUESTO PREVISTO 2 AÑOS |
L07R1 | SAN XXXXX, XXXXX XX XXXXXX, MASEGOSO, PEÑASCOSA, ALCARAZ, VIANOS | 13 | 3.822,00 | 7.644,00 | 10,50 € | 7.296,55 € | 80.262,00 € |
L07R2 | SALOBRE, BIENSERVIDA, VILLAPALACIOS, POVEDILLA, VIVEROS, EL XXXXXXX | 12 | 3.528,00 | 7.056,00 | 10,50 € | 6.735,27 € | 74.088,00 € |
TOTAL | 25 | 7.350,00 | 14.700,00 | 10,50 € | 14.031,82 € | 154.350,00 € |
LOTE Nº 8 | |||||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS | COMIDAS AÑO | TOTAL COMIDAS PREVISTAS | PRECIO POR COMIDA | DESGLOSE IVA 10% | PRESUPUESTO PREVISTO 2 AÑOS |
L08R1 | EL XXXXXXXXXX, EL XXXXXXX, MUNERA, XXXX XX XXXXXXX | 23 | 6.762,00 | 13.524,00 | 8,80 € | 10.819,20 € | 119.011,20 € |
L08R2 | BALAZOTE, LEZUZA, BARRAX, LA XXXXXXX | 13 | 3.822,00 | 7.644,00 | 8,80 € | 6.115,20 € | 67.267,20 € |
TOTAL | 36 | 10.584,00 | 21.168,00 | 8,80 € | 16.934,40 € | 186.278,40 € |
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LOTE Nº 9 | |||||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS | COMIDAS AÑO | TOTAL COMIDAS PREVISTAS | PRECIO POR COMIDA | DESGLOSE IVA 10% | PRESUPUESTO PREVISTO 2 AÑOS |
L09R1 | PETROLA, FUENTE ALAMO, ONTUR, ALBATANA | 6 | 1.764,00 | 3.528,00 | 8,80 € | 2.822,40 € | 31.046,40 € |
L09R2 | HELLIN, TOBARRA | 9 | 2.646,00 | 5.292,00 | 8,80 € | 4.233,60 € | 46.569,60 € |
TOTAL | 15 | 4.410,00 | 8.820,00 | 8,80 € | 7.056,00 € | 77.616,00 € |
TOTAL LOTES | Nº USUARIOS | COMIDAS AÑO | TOTAL COMIDAS PREVISTAS | DESGLOSE IVA 10% | PRESUPUESTO PREVISTO 2 AÑOS |
TOTAL CONTRATO | 260 | 76.440,00 | 152.880,00 | 131.450,07€ | 1.445.950,80 € |
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El coste de la suma de todos los lotes objeto de licitación, podrá variar del Presupuesto de la suma de todos los lotes objeto de licitación, en razón a que el Consorcio, estará obligado únicamente al pago de los servicios efectivamente realizados al precio unitario establecido en la oferta que la empresa prestataria realice.
La financiación de este servicio se realizará mediante la aportación de recursos propios del Consorcio de Servicios Sociales en un porcentaje estimado del 55%, así como por la aportación de los posibles usuarios de este servicio, de acuerdo con lo establecido en la ordenanza de precios públicos que a tal efecto aprobó la Junta General de dicho Consorcio y cuyo porcentaje de participación estaría en el 45%.
Cláusula X. CARACTERISTICAS DE LAS OFERTAS.
Teniendo en cuenta lo establecido en el Preámbulo, la cláusula III y IV.3.1 del presente pliego de prescripciones técnicas, las ofertas que presenten los licitadores para cada uno de los lotes, se atendrán a los siguientes criterios:
Las ofertas se presentarán para cada lote de los recogidos en el anexo I de las presentes prescripciones técnicas y desglosadas por cada una de las rutas que integran dichos lotes. Si el lote consta de más de una ruta, se deberá presentar oferta de todas las rutas que lo integran, de lo contrario la oferta no será valorada.
Se podrán presentar ofertas por uno, varios o todos los lotes del anexo I, así mismo, se podrán presentar ofertas en línea fría o caliente para cada una de las rutas que integran el lote por el que se presente oferta. En ningún caso se podrá presentar oferta en la que se contemple parte de los municipios que integran las rutas de cada lote, tengan o no servicio implantado, de lo contrario estas ofertas no serán valoradas.
Teniendo presente lo anterior, a la hora de valorar las ofertas por ruta para la adjudicación de cada lote, si existiesen ofertas en línea caliente únicamente serían
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valoradas éstas, pasándose a valorar las ofertas en línea fría de no existir ofertas para esa ruta en línea caliente.
En todas las proposiciones que se presenten, los licitadores deberán ofertar precio unitario por comida entregada en el domicilio de cada usuario, considerando los municipios y los usuarios incluidos en cada una de las rutas que contempla cada lote del anexo I en los que existe demanda actual de servicio.
Así mismo, y considerando que cada ruta integra municipios con implantación de servicio y otros que aun no existiendo demanda podría producirse ésta durante la vigencia del contrato, en todas las proposiciones que se presenten, los licitadores también deberán ofertar obligatoriamente precio por comida entregada en el domicilio de cada usuario y tramo según lo establecido en la base IV.3.1.A de las presentes cláusulas.
Albacete, 14 de noviembre de 2016.
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ANEXO I. LOTES OBJETO DE LICITACION.
LOTE Nº 1 | ||
CODIGO RUTA | MUNICI PIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS |
L01R1 | CASAS XXXXXX, ALBOREA, CASAS DE VES, VILLA DE VES, BALSA DE VES, VILLATOYA | 7 |
L01R2 | VILLAMALEA, ABENGIBRE, XXXXXXXX, XXXXXX DEL JUCAR, LA RECUEJA, FUENTEALBILLA | 15 |
LOTE Nº 2 | ||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS |
L02R1 | CAUDETE, ALMANSA, ALPERA, XXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX, BONETE, XXXXXX XXXXX | 14 |
L02R2 | VALDEGANGA, CASAS DE XXXX XXXXX, VILLAVALIENTE, POZO LORENTE, CARCELEN, ALATOZ,XXXX XXXXXXX, XXXXXXXXXX | 29 |
LOTE Nº 3 | ||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS |
L03R1 | XXXXXXXXXX DE MONTEARAGON, LIETOR, POZOHONDO, POZO CAÑADA | 10 |
L03R2 | AGUAS NUEVAS, PEÑAS DE SAN XXXXX, POZUELO, ALCADOZO, ALBACETE | 14 |
LOTE Nº 4 | ||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS |
L04R1 | XXXXXXXX DE LA MANCHA, MADRIGUERAS, MOTILLEJA, MAHORA, GOLOSALVO, CENIZATE, XXXXX XX XXXXXXXX | 24 |
L04R2 | YESTE Y PEDANIAS | 10 |
LOTE Nº 5 | ||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS |
L05R1 | LA XXXX, MINAYA | 16 |
L05R2 | LA GINETA, XXXXXXXXX, XXXXXXXXX, VILLALGORDO DEL JUCAR | 12 |
L05R3 | NERPIO Y PEDANIAS | 13 |
LOTE Nº 6 | ||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS |
L06R1 | ELCHE DE LA SIERRA, SOCOVOS, FEREZ, LETUR | 6 |
L06R2 | XXXXXXXXXX DE GUADALIMAR, COTILLAS, MOLINICOS, RIOPAR, | 7 |
L06R3 | AYNA, XXXXXXX XXX XXXXXX, BOGARRA | 7 |
LOTE Nº 7 | ||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS |
L07R1 | SAN XXXXX, XXXXX XX XXXXXX, MASEGOSO, PEÑASCOSA, ALCARAZ, VIANOS | 13 |
L07R2 | SALOBRE, BIENSERVIDA, VILLAPALACIOS, POVEDILLA, VIVEROS, EL ROBLEDO | 12 |
24
LOTE Nº 8 | ||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS |
L08R1 | EL XXXXXXXXXX, EL XXXXXXX, MUNERA, XXXX XX XXXXXXX | 23 |
L08R2 | BALAZOTE, LEZUZA, BARRAX, LA XXXXXXX | 13 |
LOTE Nº 9 | ||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | Nº USUARIOS |
L09R1 | PETROLA, FUENTE ALAMO, ONTUR, ALBATANA | 6 |
L09R2 | HELLIN, TOBARRA | 9 |
GERENTE XXXX XXXXXX XXXXXX FECHA: 15/11/2016
25
GERENTE XXXX XXXXXX XXXXXX FECHA: 15/11/2016
ANEXO II. NUMERO DE USUARIOS POR MUNICIPIO
MUNICIPIO Nº USUARIOS
XXXXXXXXX 0
XXXXXXXX 00
XXXXXXXX 0
XXXXXXX 0
XXXXXX XXX XXXXX 1
ALCARAZ 7
ALMANSA 6
ALPERA 2
AYNA 1
BALAZOTE 1
BARRAX 7
BIENSERVIDA 2
BOGARRA 1
XXXXXXX, EL 14
CARCELEN 3
CASAS XXXXXX 2
CASAS DE XXXX XXXXX 3
CAUDETE 6
CENIZATE 2
CHINCHILLA 4
ELCHE DE LA SIERRA 3
FUENTEALAMO 1
FUENTEALBILLA 2
FUENSANTA 1
GINETA, LA 2
GOLOSALVO 3
HELLIN 3
XXXX XXXXXXX 1
XXXXXXXX 1
LEZUZA 5
LIETOR 3
MADRIGUERAS 5
MUNICIPIO Nº USUARIOS
MAHORA 2
XXXXXXXX 0
XXXXXX 0
XXXXXXXXX 1
MUNERA 6
NERPIO 13
ONTUR 2
XXXX XX XXXXXXX 3
XXXXXXX XXX XXXXXX 5
PEÑASCOSA 2
PETROLA 1
POVEDILLA 1
POZO CAÑADA 2
POZO XXXXXXX 13
POZOHONDO 1
POZUELO 2
RECUEJA, LA 1
RIOPAR 7
XXXX, LA 13
SALOBRE 2
XXX XXXXX 0
XXXXXXX 0
XXXXXXXX XX XX XXXXXX 12
TOBARRA 6
VALDEGANGA 4
VILLALGORDO DEL JUCAR 8
VILLAMALEA 5
VILLAPALACIOS 2
VILLATOYA 3
VILLAVALIENTE 5
VIVEROS 5
YESTE 10
TOTAL 260
26
GERENTE XXXX XXXXXX XXXXXX FECHA: 15/11/2016
ANEXO III
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Dña. provisto/a con DNI nº , con domicilio en , nº de teléfono , nº de fax
, actuando en nombre propio (o en representación de , con CIF ), comparece y DICE:
Que a los efectos de participar en el procedimiento de adjudicación del contrato de Servicio de Comidas a Domicilio para el Consorcio de Servicios Sociales, la EMPRESA: con NIF/CIF Nº
y DOMICILIO en LOCALIDAD CP TELEFONO formula la siguiente
PROPOSICIÓN ECONÓMICA:
A) Precio unitario por comida considerando los datos de los Anexos I y II.
LOTE Nº 1 | ||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L01R1 | CASAS XXXXXX, ALBOREA, CASAS DE VES, VILLA DE VES, BALSA DE VES, VILLATOYA | |||
L01R2 | VILLAMALEA, ABENGIBRE, XXXXXXXX, XXXXXX DEL JUCAR, LA RECUEJA, FUENTEALBILLA |
LOTE Nº 2 | ||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L02R1 | CAUDETE, ALMANSA, ALPERA, XXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX, BONETE, XXXXXX XXXXX | |||
L02R2 | VALDEGANGA, CASAS DE XXXX XXXXX, VILLAVALIENTE, POZO LORENTE, CARCELEN, ALATOZ,XXXX XXXXXXX, HIGUERUELA |
LOTE Nº 3 | ||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L03R1 | XXXXXXXXXX DE MONTEARAGON, LIETOR, POZOHONDO, POZO CAÑADA | |||
L03R2 | AGUAS NUEVAS, PEÑAS DE SAN XXXXX, POZUELO, ALCADOZO, ALBACETE |
27
LOTE Nº 4 | ||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L04R1 | XXXXXXXX DE LA MANCHA, MADRIGUERAS, MOTILLEJA, MAHORA, GOLOSALVO, CENIZATE, XXXXX XX XXXXXXXX | |||
L04R2 | YESTE Y PEDANIAS |
LOTE Nº 5 | ||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L05R1 | LA XXXX, MINAYA | |||
L05R2 | LA GINETA, XXXXXXXXX, XXXXXXXXX, VILLALGORDO DEL JUCAR | |||
L05R3 | NERPIO Y PEDANIAS |
LOTE Nº 6 | ||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L06R1 | ELCHE DE LA SIERRA, SOCOVOS, FEREZ, LETUR | |||
L06R2 | XXXXXXXXXX DE GUADALIMAR, COTILLAS, MOLINICOS, RIOPAR | |||
L06R3 | AYNA, XXXXXXX XXX XXXXXX, BOGARRA |
LOTE Nº 7 | ||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L07R1 | SAN XXXXX, XXXXX XX XXXXXX, MASEGOSO, PEÑASCOSA, ALCARAZ, VIANOS | |||
L07R2 | SALOBRE, BIENSERVIDA, VILLAPALACIOS, POVEDILLA, VIVEROS, EL XXXXXXX |
GERENTE XXXX XXXXXX XXXXXX FECHA: 15/11/2016
28
LOTE Nº 8 | ||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L08R1 | EL XXXXXXXXXX, EL XXXXXXX, MUNERA, XXXX XX XXXXXXX | |||
L08R2 | BALAZOTE, LEZUZA, BARRAX, XX XXXXXXX |
XXXX Xx 0 | ||||
XXXXXX XXXX | XXXXXXXXXX INTEGRANTES | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L09R1 | PETROLA, FUENTE ALAMO, ONTUR, ALBATANA | |||
L09R2 | HELLIN, TOBARRA |
GERENTE XXXX XXXXXX XXXXXX FECHA: 15/11/2016
B) Precio unitario por comida considerando los tramos establecidos en la cláusula IV.3.1.A.
LOTE Nº 1 | |||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | TRAMOS | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L01R1 | XXXXX XXXXXX, XXXXXXX, XXXXX XX XXX, XXXXX XX XXX, XXXXX XX XXX, XXXXXXXXX | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € | ||
L01R2 | VILLAMALEA, ABENGIBRE, XXXXXXXX, XXXXXX DEL JUCAR, LA RECUEJA, FUENTEALBILLA | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € |
29
LOTE Nº 2 | |||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | TRAMOS | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L02R1 | CAUDETE, ALMANSA, ALPERA, XXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX, BONETE, XXXXXX XXXXX | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € | ||
L02R2 | VALDEGANGA, CASAS DE XXXX XXXXX, VILLAVALIENTE, POZO XXXXXXX, CARCELEN, ALATOZ,XXXX XXXXXXX, HIGUERUELA | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € |
XXXX Xx 0 | |||||
XXXXXX XXXX | XXXXXXXXXX INTEGRANTES | TRAMOS | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L03R1 | XXXXXXXXXX DE MONTEARAGON, LIETOR, POZOHONDO, POZO CAÑADA | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € | ||
L03R2 | XXXXX XXXXXX, XXXXX XX XXX XXXXX, XXXXXXX, XXXXXXXX, XXXXXXXX | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € |
GERENTE XXXX XXXXXX XXXXXX FECHA: 15/11/2016
30
LOTE Nº 4 | |||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | TRAMOS | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L04R1 | XXXXXXXX DE LA MANCHA, MADRIGUERAS, MOTILLEJA, MAHORA, GOLOSALVO, CENIZATE, XXXXX XX XXXXXXXX | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € | ||
L04R2 | YESTE Y PEDANIAS | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € |
XXXX Xx 0 | |||||
XXXXXX XXXX | XXXXXXXXXX INTEGRANTES | TRAMOS | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L05R1 | LA XXXX, MINAYA | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € | ||
L05R2 | LA GINETA, XXXXXXXXX, XXXXXXXXX, VILLALGORDO DEL JUCAR | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € | ||
L05R3 | NERPIO Y PEDANIAS | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € |
GERENTE XXXX XXXXXX XXXXXX FECHA: 15/11/2016
31
LOTE Nº 6 | |||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | TRAMOS | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L06R1 | ELCHE DE LA SIERRA, SOCOVOS, FEREZ, LETUR | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € | ||
L06R2 | XXXXXXXXXX DE GUADALIMAR, COTILLAS, MOLINICOS, RIOPAR | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € | ||
L06R3 | AYNA, XXXXXXX XXX XXXXXX, BOGARRA | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € |
LOXX Xx 0 | |||||
XXXXXX XXXX | XXXXXXXXXX XNTEGRANTES | TRAMOS | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L07R1 | SAN XXXXX, XXXXX XX XXXXXX, MASEGOSO, PEÑASCOSA, ALCARAZ, VIANOS | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € | ||
L07R2 | SALOBRE, BIENSERVIDA, VILLAPALACIOS, POVEDILLA, VIVEROS, EL XXXXXXX | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € |
GERENTE XXXX XXXXXX XXXXXX FECHA: 15/11/2016
32
LOTE Nº 8 | |||||
CODIGO RUTA | MUNICIPIOS INTEGRANTES | TRAMOS | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L08R1 | EL XXXXXXXXXX, EL XXXXXXX, MUNERA, XXXX XX XXXXXXX | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € | ||
L08R2 | BALAZOTE, LEZUZA, BARRAX, LA XXXXXXX | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € |
LOXX Xx 0 | |||||
XXXXXX XXXX | XXXXXXXXXX XNTEGRANTES | TRAMOS | PRECIO POR COMIDA (SIN IVA) | IVA POR COMIDA | PRECIO POR COMIDA (CON IVA) |
L09R1 | PETROLA, FUENTE ALAMO, ONTUR, ALBATANA | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € | ||
L09R2 | HELLIN, TOBARRA | Hasta 10 comidas: | € | € | € |
De 11 a 20 comidas: | € | € | € | ||
De 21 a 30 comidas: | € | € | € | ||
De 31 a 40 comidas: | € | € | € | ||
De 41 a 50 comidas: | € | € | € | ||
De 51 a 60 comidas: | € | € | € | ||
Desde 61 comidas: | € | € | € |
GERENTE XXXX XXXXXX XXXXXX FECHA: 15/11/2016
En , a , de de 2016.
(Firma y sello del representante legal de la empresa)
SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO DE SERVICIOS SOCIALES. ALBACETE
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