CONTRATO DE IMPLEMENTACION Y USO DE SISTEMA INFORMATICO
CONTRATO DE IMPLEMENTACION Y USO DE SISTEMA INFORMATICO
En la Parroquia , Cantón de la Provincia
, a los 01 días del mes de julio del 2020, el presente contrato se celebra entre Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx con RUC 0917046732001, en adelante EL PROVEEDOR, domiciliado en la Ciudad de Guayaquil y el cliente GADPR con ruc , representado por en su calidad de Presidente, con Cedula de Ciudadanía , en adelante EL CLIENTE, domiciliado en la Parroquia
, Cantón de la Provincia . Las partes convienen en celebrar el siguiente contrato de Implementación y Uso de sistema Informático.
PRIMERA: DEFINICIONES
Para efectos de este contrato los términos detallados a se entenderán de la siguiente manera:
Programas Fuentes: conjunto de instrucciones para el computador que se tienen en formato abierto el cual puede ser leído, interpretado y manipulado por cualquier técnico en computación con la utilización de la herramienta de programación.
Plataforma: son los equipos de computación y el sistema operativo en los cuales el CLIENTE ejecutará los Programas implementados por el proveedor bajo licencia de uso no exclusiva.
Módulos: Es el conjunto de programas que conforman una de las aplicaciones componentes del sistema y que han sido agrupados de acuerdo a una unidad o área administrativa.
Versión: Es el estado de un módulo o del sistema en un momento determinado, identificando con un código único.
Red: se refiere a las computadoras que EL CLIENTE mantiene en un mismo domicilio y que están conectadas una con otra para compartir información. Una de estas computadoras se determina como principal, denominada servidor, y es la que almacena el Sistema.
SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. -
El PROVEEDOR brinda al CLIENTE solo el servicio de implementación bajo licencia única de uso NO exclusiva, DEL SISTEMA WEB que Incluye los módulos de Administrador del Sitio (Pagina Web, Lotaip, Transparencia), Repositorio Documental, Inventario Documental, Aplicación de Informes, Modulo de Gestión de Recursos Humanos y Modulo de Respaldo de Información, y servicios descritos en el presente contrato, de conformidad con las restricciones establecidas, con el propósito de que el CLIENTE pueda usarlo como herramienta de trabajo en sus operaciones diarias.
TERCERA: RESTRICCIONES DE UTILIZACIÓN. -
El CLIENTE no usará o facilitará el uso de los programas objetos, ni de la documentación para beneficio de terceros, con o sin cobro, sin el consentimiento expreso y por escrito de EL PROVEEDOR.
El CLIENTE no podrá vender, copiar, ceder, prestar, proporcionar, divulgar o en cualquier otra forma comunicar o facilitar los Programas Objetos, descritos en las cláusulas de este contrato y su documentación a ninguna persona natural o jurídica, exceptuando las copias de respaldo como medida de seguridad para
su propio uso, y acuerda que no podrá utilizarlos fuera del territorio ecuatoriano sin autorización expresa y por escrito de EL PROVEEDOR.
El CLIENTE declara que acepta y reconoce que EL PROVEEDOR es dueño y tienen los derechos exclusivos sobre la propiedad intelectual de los programas que se licencian, que estos se encuentran protegidos por la Ley Nacional y por convenios y tratados internacionales, los cuales se compromete a respetar, y en caso de no hacerlo, acepta que deberá someterse a multas o indemnizaciones según las leyes ecuatorianas.
El CLIENTE debe, asimismo, utilizar el Programa Objeto, Base de Datos y la documentación solamente en sus oficinas y en el número de computadores y/o usuarios contratados. El CLIENTE podrá hacer copias de respaldo de los programas.
CUARTA: CONFIDENCIALIDAD. -
El Programa Objeto y toda la documentación provista por EL PROVEEDOR como parte de los mismos, así como también todo el material relacionado con el uso de ellos, constituyen “Información Confidencial” y son propiedad de EL PROVEEDOR. esta “Información Confidencial” no podrá revelarse bajo ningún motivo, incluso después del cierre de las operaciones de EL PROVEEDOR. del mismo modo, la información del CLIENTE a la cual tenga acceso EL PROVEEDOR tendrá el mismo tratamiento de confidencialidad.
QUINTA: INDEMNIZACIONES. -
Solo en caso de no cumplirse con los términos de las cláusulas tercera, cuarta o de cumplirse cualquier otra infracción, EL PROVEEDOR procederá a:
1.- Cancelar la licencia única no exclusiva de utilización con el CLIENTE, retirando el Programa y la documentación que estuvieran en poder del CLIENTE y/o de terceros sin lugar a reclamo posterior alguno, por parte del CLIENTE.
2.- Exigir la reparación del perjuicio proveniente del incumplimiento del CLIENTE equivalente al pago en efectivo del valor de las licencias contenidas en este contrato, que hayan sido causantes del incumplimiento, y, además, quedando a beneficio de EL PROVEEDOR la cantidad que éste haya recibido en aplicación de este contrato.
Las partes reconocen que responderán solidariamente por las violaciones de las cláusulas TERCERA Y CUARTA, por parte de sus representantes, funcionarios, empleados o consultores, y que ambas tendrán derecho a ser indemnizados por la otra por los daños y perjuicios que tales violaciones le pudieren causar, tanto económica como moralmente.
SEXTA: GARANTIA. -
Incluye:
a. El tiempo de garantía es de 12 meses a partir de la fecha de este contrato, solo contra errores de programación ya sea de pantallas o reportes; esta garantía solo implica que los datos procesados por el sistema (pantallas o reportes) sean correctos y la información procesada sea efectiva y sin errores.
b. Soporte remoto y ayuda en línea a usuarios los días Lunes, Martes, Miércoles, Jueves y Viernes. A partir de las 8:30 hasta las 17:30
Excluye:
a. Hardware, es decir, si el o los computadores no son apropiados para el funcionamiento del sistema.
b. Ingreso o corrección de la información mal ingresada por parte del cliente, ya que el ingreso de información es solo responsabilidad del cliente.
c. Mantenimiento mensual del sistema y respaldo de información de la base de datos para garantizar la información y la pérdida de la misma.
d. Sistema operativo, si por cualquier motivo este se desconfigura y esto provoca que el sistema no funcione o si este es incompatible con el sistema.
e. Virus, si cualquier tipo de virus que pueda ingresar al computador ocasiona que se pierda el sistema o la información de la base de datos incluida esta.
f. Mal manejo por parte del usuario, esto es que cualquier usuario pueda borrar archivos que afecten parcial o totalmente el buen funcionamiento del sistema.
g. Si el sistema es manipulado por técnicos o programadores de sistemas no autorizados por parte del proveedor.
h. Base de Datos del CLIENTE manipulada por personas ajenas, técnicos o programadores NO autorizados por el PROVEEDOR.
i. Conflictos que ocasionen cualquier programa instalado adicionalmente en el servidor donde se encuentra la base de datos y ejecutables del Sistema.
j. Por modificaciones posteriores de programas, que no sean por errores de programación.
k. Soporte remoto y ayuda en línea a usuarios los días Xxxxxxx, Xxxxxxxx y Feriados.
l. Instalación de sistemas operativos y/o programas adicionales que no tengan que ver con el sistema contable o que no estén incluidos en este contrato.
m. Instalación y configuración de redes locales o externas.
n. Sistemas informáticos adicionales, así como también opciones nuevas solicitadas por el cliente.
o. Desarrollo o manufactura de nuevos programas o sistemas que necesite y/o solicite el cliente.
p. Corrección de información mal ingresada o mal procesada por parte del usuario.
q. Arreglo parcial o total de computadoras y/o hardware de cualquier tipo que este sea.
r. Respaldo de la información ingresada en el sistema o base de datos.
El CLIENTE declara que acepta que esta garantía será válida solamente para el uso de los sistemas Administrativo en las Plataformas y Sistemas Operativos aceptados por EL PROVEEDOR.
SEPTIMA: VIGENCIA, PRECIOS, CONDICIONES DE PAGO Y ENTREGA. - VIGENCIA
La vigencia del presente contrato de servicios por la implementación de la Licencia del Sistema Web y sus módulos es de 12 meses, a partir del 01 xx xxxxx del 2020 hasta el 01 xx xxxxx del 2021.
PRECIOS
El valor por implementación de la Licencia del Sistema Web y sus módulos es de $ 1198.40 (Mil ciento noventa y ocho con 40/100 dólares americanos) mas IVA y demás impuestos.
CONDICIONES Y FORMAS DE PAGO
Único Pago: $ 1198.40 (Mil ciento noventa y ocho con 40/100 dólares americanos), Pagados hasta 10 días posteriores a la firma del presente contrato.
Incluye:
a. Programación y Personalización del Sistema (tiempo estimado 10 días laborables).
b. Instalación e Implementación (tiempo estimado 8 días laborables).
c. Capacitación (3 horas en total)
d. Soporte remoto (según condiciones de este contrato)
e. Licencia de uso no exclusivo.
OCTAVA: NO REAJUSTE DE PRECIO.-
Conforme lo dispuesto en el inciso 2 del Artículo 131 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, el CONTRATISTA renuncia a percibir reajuste de precios alguno por el presente contrato y en consecuencia renuncia expresa y voluntariamente a cualquier reclamo anterior o posterior por dicho concepto.
NOVENA: SOPORTE TECNICO. -
EL PROVEEDOR otorga soporte mediante vía telefónica o remotamente sin costo durante y solo durante los primeros 12 meses de iniciado este contrato, el cual incluye: instalación de programas corregidos, un chequeo técnico mensual NO presencial del programa instalado y la base de datos, consultas telefónicas por parte de personal calificado sobre situaciones específicas, en horarios de 10:00 a 12:00 y de 13:00 hasta 17:00; no incluye los fines de semana ni feriados.
El Soporte Técnico, incluyendo la instalación de los sistemas contratados, será entregado en la ciudad o parroquia en la dirección donde se encuentre EL CLIENTE. Por lo tanto, serán responsabilidades del CLIENTE tener la documentación completa inherente para el uso de los Aplicativos.
DECIMA: MEDIACION Y ARBITRAJE. -
El presente acuerdo se regirá o interpretará de acuerdo a las leyes de la República del Ecuador.
Todo litigio, controversia o reclamación resultante de este contrato o a parte de este o relativo al mismo, su incumplimiento, interpretación, resolución o nulidad, se someterá a la jurisdicción del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Guayaquil o cualquier Centro de Mediación y Arbitraje legalmente autorizado por el Consejo Nacional de la Judicatura, para efectos de lo cual se estará exclusivamente a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje y Mediación del Ecuador, obligándose las partes, en un primer término, a buscar un acuerdo voluntario con la asistencia de un mediador.
Tanto El CLIENTE como EL PROVEEDOR ratifican todas y cada una de las cláusulas de este contrato y para constancia y fiel cumplimiento de lo estipulado, firman las partes en la ciudad de Guayaquil, al 01 de julio del 2020.
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx R.U.C. 0917046732001 El Proveedor |
C.C. Presidente GADPR R.U.C. El Cliente |