MINISTERIO DEL TRABAJO
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL TRABAJO
DECRETO NÚMERO DE 2019
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Por el cual se adiciona el Capítulo 7 al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1072 de 2015, para adoptar la Línea de Política Pública para la Prevención y
Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescente Trabajador 2019 - 2029”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular de las previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia en su artículo 44 precisa que los niños, niñas y adolescentes deben ser protegidos contra toda explotación laboral o económica, trabajos riesgosos y que sus derechos prevalecen sobre los derechos de los demás y así mismo, el artículo 45 establece un margen de protección al adolescente y a su formación integral. De igual manera se garantiza su protección especial en el marco del bloque de constitucionalidad.
Que el Estado Colombiano, mediante la Ley 12 de 1991 aprobó la Convención de los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 xx Xxxxxxx (Xxxxx), en la que se reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de especial protección, obligándose el Estado a adoptar las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectiva aplicación a los derechos allí reconocidos.
Que la Ley 515 de 1999, aprobó el Convenio 138 de 1973 de la Organización Internacional del Trabajo - OIT sobre la edad mínima de admisión al empleo, disponiendo que ésta no deberá ser inferior a la edad en que cesa la obligación escolar o en todo caso, a los 15 años.
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Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescente Trabajador 2019 - 2029”
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Que la Ley 704 de 2001 aprobó el Convenio 182 de 1999 de la OIT, el cual dispone que los Estados miembros deberán adoptar medidas inmediatas y eficaces para lograr la prohibición y la eliminación de las peores formas de trabajo infantil definidas en su artículo 3°.
Que a su vez, la Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la Adolescencia, en sus artículos 20, 35, 41, 44, 46, 89, 113,114, 115, 116, 117 y 118 ordenan proteger a las y los niñas, niños y adolescentes contra el trabajo infantil, en especial sus peores formas.
Que de conformidad con la Ley 1622 de 2013 el Estado debe diseñar e implementar una política integral de inclusión, reconocimiento y promoción de la ciudadanía juvenil en el ámbito rural, con enfoque diferencial; promover la inclusión activa de personas adolescentes en los procesos de creación, circulación, investigación y apropiación cultural, garantizar una educación de calidad, creando las condiciones necesarias para que en el marco de las leyes se den los estímulos que permitan el acceso y la permanencia de las personas adolescentes en el sistema educativo, al igual que promover escenarios de participación, recreación y cultura.
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, adoptado mediante la Ley 1753 de 2015, ratifica el compromiso del país frente al cumplimiento de los 17 Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS), los cuales tienen incidencia directa en la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, resultando de especial relevancia frente a esta problemática los Objetivos 1 “Poner fin a la pobreza en todas sus formas” y el Objetivo 8 “Trabajo Decente y Crecimiento económico.” Y en la meta
8.77 que establece medidas para la erradicación del Trabajo Forzoso y el Trabajo Infantil en todas sus formas.
Que el documento de Bases del mencionado Plan Nacional de Desarrollo 2014- 2018, en el Capítulo VI Movilidad social, Objetivo 4, referido al componente de formación de capital humano, contiene la estrategia para consolidar condiciones equitativas que permitan, dentro del marco de la protección integral, alcanzar y sostener el desarrollo integral y el ejercicio efectivo de los derechos de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el territorio nacional, e incluye como uno de los ejes de trabajo que la orientan, el de reformular la estrategia nacional para erradicar las peores formas de trabajo infantil y proteger al joven trabajador (numeral 6º) conforme al cual se establece que el Comité Interinstitucional para la Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección del Menor Trabajador - CIETI, reformulará e implementarán la política enfocada a la prevención y erradicación del trabajo infantil y protección integral de los adolescentes.
Que el concepto de Trabajo Decente se soporta sobre cuatro componentes, que tienen dinámica propia y se refuerzan entre sí, a saber: (i) respeto y vigencia de los derechos fundamentales en el trabajo; (ii) extensión de la protección y seguridad social; (iii) creación de empleos decentes; y (iv) reforzamiento del tripartismo y el diálogo social.
Que los Derechos Fundamentales del Trabajo constituyen los mínimos derechos en este ámbito con los que se ha comprometido nuestro País y la comunidad internacional; son los mínimos derechos con que deben contar todos los seres
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humanos en el trabajo al margen de la existencia de un contrato de trabajo o una relación legal y reglamentaria, constituyen los Estándares Laborales Internacionales (XXX), que además han sido consignados en distintos Convenios de la OIT, y que corresponden entre otros a: (i) la libertad sindical, derecho de asociación y negociación colectiva (Convenios 87 y 98); (ii) la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación (Convenios 100 y 111); (iii) la erradicación del trabajo infantil (Convenios 138 y 182); la prohibición del trabajo forzoso u obligatorio (Convenios 29 y 105), estos dos últimos considerados formas intolerables de trabajo.
Que con fundamento en el Decreto 4108 de 2011 el Ministerio del Trabajo en su condición de rector del sector, tiene dentro de sus funciones la de formular, dirigir, coordinar y evaluar las políticas en materia de trabajo así como la de proponer políticas, normas, programas, procedimientos, estudios y acciones para prevenir y erradicar el trabajo infantil, en especial sus peores formas y promover la protección de los derechos fundamentales del adolescente trabajador.
Que la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescente Trabajador se enmarca en la Política Nacional para la Infancia y la Adolescencia y se centra en el desarrollo de acciones en el contexto de lo previsto en el literal d) del artículo 3º del Convenio 182 de la OIT.
Que el enfoque territorial es un elemento fundamental de la línea de política que articulado al contenido del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, suscrito el 24 de noviembre de 2016, impele al Estado a proponer mecanismos que extiendan de manera efectiva, material e integral el espectro de cobertura de la institucionalidad en todo el territorio nacional, a través del cumplimiento efectivo de los derechos de sus habitantes, con especial énfasis en los territorios rurales y en las poblaciones, sectores sociales o comunidades vulnerables, de modo que con ello se lleve a cabo ente otras, un efectivo ejercicio de prevención y erradicación del trabajo infantil y protección integral al adolescente trabajador.
Que la Ley 1098 de 2006 establece en su artículo 201 que: “…se entiende por políticas públicas de infancia y adolescencia, el conjunto de acciones que adelanta el Estado, con la participación de la sociedad y la familia, para garantizar la protección integral de los niños, niñas y los adolescentes. Las políticas públicas se ejecutan a través de la formulación, implementación, evaluación y seguimiento de planes, programas, proyectos y estrategias”.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Adición del Capítulo 7 al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. Adiciónese el Capítulo 7 al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, para adoptar la Línea de Política
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Pública para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescente Trabajador 2019 – 2029, así:
“CAPÍTULO 7
LÍNEA DE POLÍTICA PÚBLICA PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Y LA PROTECCIÓN INTEGRAL AL ADOLESCENTE TRABAJADOR 2019 – 2029
Artículo 2.2.9.7.1. Objeto. Adopción Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescente. El presente Capítulo tiene por objeto adoptar la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescente 2019 - 2029, la cual se encuentra formulada en el documento que se incorpora como Anexo número cuatro (4) del presente Decreto Único Reglamentario, del cual hará parte integral.
PARÁGRAFO. La Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescente Trabajador ha sido formulada para un período de 10 años a partir de su adopción; en todo caso se entenderá que la misma seguirá vigente hasta que se adopte una nueva.
Artículo 2.2.9.7.2. Ámbito de Aplicación. La Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescentes Trabajador está dirigida a proteger a las niñas, niños y adolescentes entre los 0 y los 18 años, que están en riesgo o en situación de trabajo infantil y al adolescente trabajador e involucra, en ejercicio del principio de corresponsabilidad, a la Familia, la Sociedad y el Estado.
Artículo 2.2.9.7.3. Plan de Acción. Los Comités Interinstitucionales para la Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección del Menor Trabajador - CIETI Nacional y Territoriales, de que trata el Decreto 859 de 1995, procederán a formular su respectivo Plan de Acción en el marco de la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación de Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescente Trabajador, asegurando la coordinación interinstitucional y la articulación entre los diferentes niveles territoriales, dentro del término de los tres
(3) meses siguientes a la adopción de la misma y anualmente dentro de los tres (3) primeros meses del año.
Los entes territoriales se encargarán del diseño de su respectivo plan de acción.
El Comité Interinstitucional para la Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección del menor Trabajador – CIETI del nivel nacional, brindará acompañamiento y asistencia técnica a los entes territoriales, en la construcción de su respectivo plan de acción.
Artículo 2.2.9.7.4. Implementación de la Línea de Política. La planificación, diseño, aprobación y seguimiento de la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección Integral al Adolescente
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Trabajador en el nivel nacional estará a cargo del Comité Intersectorial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescente Trabajador -CIETI y a nivel territorial de los alcaldes y gobernadores en ejercicio de sus competencias y en el marco de la articulación intersectorial.”
Artículo 2. Vigencia. El presente Decreto se rige a partir de la fecha de publicación y adiciona el Capítulo 7 al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los
LA MINISTRA DEL TRABAJO,
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXX
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ANEXO 4
DEL DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR TRABAJO DECRETO 1072 DE 2015
LÍNEA DE POLÍTICA PÚBLICA PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Y LA PROTECCIÓN INTEGRAL AL ADOLESCENTE TRABAJADOR 2019 – 2029
Tabla de contenido
2.1. Sistemas de Información 19
2.2. Retos y apuestas del país para la prevención y erradicación del trabajo infantil y la efectiva protección integral al adolescente trabajador 19
3.2.Referentes conceptuales 27
4.1.Objetivo general de la línea de política pública 47
4.2.Gestión de la Línea de Política para la Prevención y Erradicación del Trabajo infantil y la Protección Integral del Adolescente Trabajador en el marco del Sistema Nacional de Bienestar Familiar. 48
0.0.Xx empresa sostenible y el sector sindical como agentes de cambio social en la lucha contra el trabajo infantil 49
4.4.Ejes estratégicos de la línea de política pública 50
Eje 1: Fortalecimiento de la arquitectura institucional 50
Eje 2: Promoción de derechos y prevención de vulneraciones 56
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Eje 3: Calidad y cobertura de las atenciones 65
Eje 4: Participación de niños, niñas, adolescentes y sus familias 73
Eje 5: Gestión del conocimiento 75
Eje 6: Seguimiento y evaluación 79
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Introducción
Dentro de las apuestas del Gobierno Nacional en las Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018, ´Todos por un nuevo país´, dirigidas, entre otras, a consolidar condiciones equitativas que permitan, dentro del marco de la protección integral, alcanzar y sostener el desarrollo integral y el ejercicio efectivo de los derechos de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el territorio nacional, se propuso desarrollar un lineamiento nacional de política para prevenir y erradicar el trabajo infantil y proteger a los adolescentes trabajadores1.
Como hecho importante en el Plan se encuentra la construcción de la Política Nacional para la Infancia y la Adolescencia, en línea con otras políticas públicas poblacionales, como la Política Nacional de Apoyo y Fortalecimiento a las Familias y la Política para la Primera Infancia, orientadas desde la perspectiva de la protección integral a los niños, niñas, adolescentes y sus familias.
En armonía con lo anterior, se formula la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescente Trabajador 2017 – 2027, la cual corresponde a la hoja xx xxxx que orientará las acciones del Estado en el ámbito nacional, departamental, distrital y municipal, que coordinada y articulada con la familia, la empresa, los sindicatos y la sociedad permitirá atender, en el marco de la protección integral, a los niños, niñas y adolescentes en riesgo o en situación de trabajo infantil, y proteger a los adolescentes trabajadores y sus familias.
Es importante reconocer que el trabajo infantil es una violación a los derechos de los niños, niñas y adolescentes, que afecta su proceso de desarrollo, genera condiciones que vulneran el goce de los derechos y complejiza la construcción de proyectos de vida que a su vez inciden en el desarrollo del país.
En este sentido, de acuerdo con las estadísticas más recientes de la Organización Internacional del Trabajo, OIT (2017b), 152 millones de niños en el mundo, equivalente al 9,6% del total de la población infantil, siguen siendo víctimas del trabajo infantil, y 72,5 millones de ellos se encuentran desarrollando trabajos peligrosos, poniendo en peligro su salud, seguridad o moralidad.
Por otra parte, en Colombia, según el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas, DANE, existen 869.000 niños, niñas y adolescentes en trabajo infantil, lo que indica una tasa de 7.8% para el 2016. Aunque la tasa de trabajo infantil ha descendido 5 puntos porcentuales desde 2011, aún hay bastante camino por
1 Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018.
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recorrer, considerando que la situación se agudiza en los centros poblados y rurales dispersos, afectando, en un mayor porcentaje, a adolescentes entre 15 y 17 años (que, además, les impide la asistencia escolar) y se está desarrollando, principalmente, en los sectores económicos de la agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca (36.6%) y del comercio, hoteles y restaurantes (36.3%).
Considerando este contexto general, el presente lineamiento tiene como objetivo: “Prevenir y erradicar el trabajo infantil, así como garantizar el ejercicio pleno de derechos de las y los adolescentes trabajadores, mediante la protección integral de niños, niñas y adolescentes, tomando como unidad de intervención a ellos y ellas junto a sus familias”.
Esta línea de política pública es el resultado de un trabajo colectivo, que consolida lo expresado por los agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, en la instancia del Comité Interinstitucional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil, CIETI, en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal; las empresas, los sindicatos, la academia, representantes de la sociedad civil y los niños, niñas, y adolescentes, entre otros, que fue recogido por el equipo técnico líder del proceso, acorde con lo definido por la Secretaría Técnica del CIETI, conformado por el Ministerio de Trabajo, Ministerio de Salud y Protección Social, el Departamento Nacional de Planeación y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, con el apoyo técnico de la Organización Internacional del Trabajo, OIT.
El documento, en su estructura, se presenta en cinco capítulos. El primero, refiere los antecedentes de la construcción de política pública en torno al trabajo infantil en Colombia. El segundo, realiza un análisis situacional a nivel descriptivo, para entender el fenómeno y su incidencia en el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, así como las fortalezas y esfuerzos de la acción estatal para identificar sus alcances, brechas, características y particularidades que inciden en esta población. De otra parte, se presenta la mirada estadística del tema, retos y desafíos que Colombia tiene frente al trabajo infantil y la deuda social con los adolescentes. El tercer capítulo describe el marco de política, que incluye tanto la plataforma jurídica para abordar el tema, como lo conceptual, que expone las definiciones, características y relaciones con el trabajo infantil, bajo el marco orientador de enfoques. El cuarto, refiere los referentes técnicos para comprender los derechos de los niños, niñas y adolescentes, en el marco de la protección integral. Por último, el quinto capítulo presenta el marco de gestión de la política, en la que se definen su objetivo y ejes orientadores, y en ellos la gestión que deben adelantar los agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar - SNBF, en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal para hacer una realidad la garantía y el goce efectivo de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y el fortalecimiento familiar, en el marco de la protección integral.
Finalmente, se cuenta con una caja de herramientas técnicas que orientará el quehacer de los entes territoriales para abordar el trabajo infantil y adelantar
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acciones en el marco de la protección integral de los adolescentes trabajadores y el fortalecimiento de sus familias.
El contexto de la presente línea de política debe considerar el momento histórico por el que atraviesa Colombia, en el marco de la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, firmado el 24 de noviembre del 2016, considerando que algunas de las situaciones estructurales que subyacen a la realidad social y política del país se abordarán en la presente línea de política pública.
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1. Antecedentes
La Política Pública para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección al Adolescente Trabajador se configura en el marco de la Constitución Política y la ratificación de convenios internacionales, comprometida con los esfuerzos del orden mundial por atender, prevenir y erradicar esta situación compleja que trasciende las fronteras. En consecuencia, Colombia, como país activo en la Iniciativa Regional para América Latina y el Caribe Libre de Trabajo Infantil, ha enmarcado las acciones para prevenir y erradicar el trabajo infantil y proteger al adolescente trabajador, a partir del reconocimiento de las particularidades territoriales.
Los esfuerzos para prevenir y erradicar el trabajo infantil y proteger al adolescente trabajador en Colombia se consolidan en los desarrollos normativos internos, soportados en la Constitución Política y los acuerdos y convenios internacionales adoptados, y se evidencian a partir de 1995 cuando, a través del Decreto 859, se crea el Comité Interinstitucional para la Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección del Menor Trabajador - CIETI. Esta instancia se constituyó con el fin de asesorar, coordinar y proponer políticas y programas en los ámbitos nacional, departamental y municipal, tendientes a prevenir y erradicar el trabajo infantil y proteger al adolescente trabajador, así como a fortalecer la coordinación y concertación entre las instituciones públicas y privadas para definir alternativas y estrategias de intervención de la problemática.
Posteriormente, entre 1996 y 2006, se consolidaron tres planes de acción nacionales, implementados por las instituciones que conforman el CIETI. Los primeros dos planes permitieron evidenciar la situación del trabajo infantil y posicionar la problemática en la agenda política del país. En el tercer plan (2003- 2006) el CIETI estuvo a cargo de la formulación y puesta en marcha de la Estrategia Nacional para Prevenir y Erradicar las Peores Formas de Trabajo Infantil y Proteger al Joven Trabajador 2008-2015 - ENETI, herramienta de política pública que permitió establecer un protocolo de identificación, reconocer la oferta institucional para atender a los niños, niñas y adolescentes identificados y ordenar las responsabilidades y focalizar las acciones desde sus causas, centrando la mirada en las peores formas de trabajo infantil, PFTI. Cabe destacar que desde 1995 se ha contado con el acompañamiento y asistencia técnica de la Organización Internacional del Trabajo, OIT.
El balance o evaluación de estos planes y la ENETI derivó en el compromiso de dar continuidad al fortalecimiento de la capacidad para discriminar la aproximación al problema del trabajo infantil entre menores de 15 años y adolescentes trabajadores de 15 a 17 años, e identificar las brechas entre zonas rurales y urbanas, el desarrollo de una línea de prevención, el fortalecimiento y articulación del sistema de permisos de trabajo a la nueva línea de política, la inspección del trabajo protegido y la formación para el trabajo de los adolescentes. Resaltando, además, la falta de compromiso de las familias como uno de los principales factores que incide negativamente en el retiro efectivo de la infancia y la adolescencia de las actividades
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laborales; patrones culturales que aún validan el trabajo infantil como práctica formativa, entre otros aspectos.
En el periodo de implementación de la ENETI 2008-2015 el país logró avanzar en términos de arquitectura institucional y escenarios intersectoriales, con rutas de atención especializada para el abordaje específico de problemas definidos como delitos y referidos por el Convenio 182 de la OIT como PFTI. Tales problemáticas son atendidas a través de instancias interinstitucionales dirigidas a erradicar estas peores formas, tales como: el Comité Nacional Interinstitucional para la Ejecución de la Política Pública de Prevención y Erradicación de la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes - ESCNNA2, o la Comisión Intersectorial para la Prevención del Reclutamiento, la Utilización y la Violencia Sexual contra niños, niñas y adolescentes por grupos armados al margen de la ley y por grupos delictivos organizados3.
A partir del 2014, las entidades que conforman el CIETI comenzaron a liderar el proceso de formulación de un nuevo instrumento que permitiera recoger tanto los avances nacionales en la materia, los aprendizajes y orientaciones recogidos de la evaluación realizada por el Departamento Nacional de Planeación en torno al papel de las instituciones y al desarrollo de procesos en el marco de la ENETI, como las observaciones finales sobre los informes periódicos cuarto y quinto combinados de Colombia del Comité de los Derechos del Niño, las recomendaciones de la Procuraduría General de la Nación desde su proceso de seguimiento a la gestión gubernamental para la prevención y erradicación del trabajo infantil y el informe anual del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos sobre las peores formas de trabajo infantil. Conforme a los documentos mencionados, y en armonía con la Ley 1804 de 2016 la cual establece la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia xx Xxxx a Siempre, y los ejes propuestos para la formulación de la Política Nacional de Infancia y Adolescencia, como lo indica el Plan Nacional de Desarrollo 2014-20184, se configura la estructura para el desarrollo metodológico de construcción participativa de la política pública actual.
De este modo, en 2015 se inició el proceso de construcción participativa de una política pública enfocada en la prevención y erradicación del trabajo infantil, haciendo énfasis en las formas consideradas como peligrosas y la protección a los adolescentes trabajadores y sus familias. Mediante un proceso de construcción participativa territorial y la apertura de escenarios para el ajuste y validación del ejercicio de formulación de la política de prevención y erradicación del trabajo infantil y protección integral de los adolescentes, se centró en caracterizar la experiencia adquirida en el marco del CIETI en los ámbitos departamental, distrital o municipal,
2 Ministerio de Trabajo, Resolución 3256 de 2012.
3 Ministerio de Salud y Protección Social, Decreto 552 de 2012.
4 El documento Bases del Plan de Desarrollo 2015-2018 plantea en su cuarto objetivo, Numeral 6 del Literal a): Reformular la estrategia nacional para erradicar las peores formas de trabajo infantil y proteger al joven trabajador. “Las entidades que conforman el Comité Interinstitucional para la Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección del Menor Trabajador (CIETI) reformularán e implementarán la política enfocada a la prevención y erradicación del trabajo infantil y protección del joven trabajador…” (p. 302).
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instancias que abordan la problemática desde las particularidades propias de cada región.
Este ejercicio permitió identificar los factores que influyeron en la implementación de acciones, actividades, proyectos y estrategias efectivas en el marco de la ENETI, al igual que las dificultades o vacíos en su ejecución, lo que generó importantes insumos para fortalecer, reforzar o instaurar el marco de la nueva línea de política. En esta etapa se realizaron 13 consultas presenciales a 13 CIETI departamentales5 y
31 encuestas virtuales de consulta y socialización en el marco de los CIETI departamentales, distritales y municipales, además de cinco foros dirigidos al análisis y discusión de la problemática, generando aportes importantes para la orientación de la política. Sumado a lo anterior, se realizó una jornada de trabajo en el marco de una mesa nacional de consulta6 para la construcción participativa de la línea de política, en la que participaron entidades del orden nacional con injerencia en el tema, agencias internacionales, representantes de la academia y organizaciones no gubernamentales del orden nacional, además de representantes del gobierno distrital de Bogotá.
Adicionalmente, se desarrollaron dos talleres7 de construcción participativa con representantes de los empresarios, de las centrales de trabajadores y de la academia. Asimismo, se recogieron los valiosos aportes de los niños, niñas y adolescentes a través de 13 talleres realizados con el apoyo de los centros Amar8. Se propició, además, un proceso de consulta con el Consejo Asesor y Consultivo Nacional para la Participación de Niños, Niñas y Adolescentes del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF. Para finalizar, se analizaron los aportes recogidos en el proceso de consulta para la construcción de la Política Nacional para la Infancia y la Adolescencia desarrollada a través de:
• 128 encuentros de socialización y diálogo adelantados en todos los departamentos del país, con agentes e instancias del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (962 personas), 924 niños y niñas, 1.030 adolescentes y 874 adultos de grupos familiares, en torno a las realizaciones y entornos de la infancia y la adolescencia.
• Una consulta virtual efectuada a 3.936 niños, niñas y adolescentes usuarios (nuevos o recurrentes), en torno a sus propuestas dirigidas a la Política Nacional para la Infancia y la Adolescencia, que permitió alcanzar un total de 1.884 ideas, 311 comentarios y 2.985 “me gusta”.
5 Estas consultas se desarrollaron entre los meses de septiembre y diciembre, y participaron los departamentos de Amazonas, Antioquia, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Caldas, Caquetá, Cauca, Cesar, Chocó, Córdoba, Cundinamarca, Guajira, Guainía, Guaviare, Huila, Xxxxxxxxx, Meta, Nariño, Norte xx Xxxxxxxxx, Putumayo, Quindío, Risaralda, San Xxxxxx, Santander, Sucre, Tolima, Xxxxx del Cauca, Vaupés, Vichada y Bogotá, D. C.
6 La mesa nacional de consulta se realizó en noviembre del 2015. 7 Los talleres se programaron en junio del 2016.
8 Los centros Amar son una estrategia para atender a los niños, niñas y adolescentes en riesgo o en trabajo infantil, impulsados en el Distrito Capital.
Continuación del Decreto “Por el cual se adiciona el Capítulo 7 al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, para adoptar la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del
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En este contexto, la actual Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación el Trabajo Infantil y Protección Integral al Adolescente Trabajador 2017- 2027 continúa, de manera decidida, adelantando acciones para la prevención y la erradicación del trabajo infantil, la protección integral de los adolescentes trabajadores en el marco de lo establecido en el Xxxxxxx x - Xxx. 0 xxx Xxxxxxxx 000 xx xx XXX, xx decir, al “trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños”9.
2. Análisis de situación
El trabajo infantil es una violación a los derechos de los niños, niñas y adolescentes, los derechos humanos, el derecho a tener una infancia, y es un obstáculo para el desarrollo del país. De acuerdo con las estadísticas más recientes de la OIT (2017b), 152 millones de niños en el mundo, equivalente al 9,6% del total de la población infantil, siguen siendo víctimas del trabajo infantil, y 72,5 millones de ellos se encuentran desarrollando trabajos peligrosos, poniendo en peligro su salud, seguridad o moralidad.
América Latina y el Caribe es la tercera región del mundo con niños, niñas y adolescentes en situación de trabajo infantil, con un total de 10,7 millones y una tasa promedio de 5,3%, según el último informe mundial de la OIT (2017b). Entre los años 2012 y 2016, la región ha logrado retirar a cerca de 1,5 millones de niños, niñas y adolescentes que se encontraban en este flagelo. No obstante, las estadísticas de los últimos cinco años demuestran una ralentización en los resultados.
En Colombia, el trabajo infantil sigue siendo una problemática crítica y extensa. Según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, para el 2016,
869.000 niños, niñas y adolescentes trabajaban. Esto significó una tasa de trabajo infantil de 7.8%; la más baja de los últimos cinco años al presentar una reducción de 2,4 puntos porcentuales, es decir, 291.000 niños, niñas y adolescentes que ya no se encuentran en situación de trabajo infantil, frente al cuarto trimestre del 2012.
El ejercicio de seguimiento realizado anualmente desde el 2012, a través de la Gran Encuesta Integrada de Hogares (GEIH) a cargo del DANE, proporciona la información sobre las características de la población entre los 5 y los 17 años, su situación escolar y la magnitud del trabajo infantil y el trabajo infantil ampliado, referido este último a oficios del hogar. El aplicar específicamente el módulo de trabajo infantil para el cuarto trimestre de cada año, a partir de una encuesta aplicada en 13 ciudades capitales y 23 áreas metropolitanas del país, ha permitido
9 Convenio 182 de la OIT 1999, sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación, Art. 3, Literal (d). Estas actividades se encuentran definidas en la Resolución 3597 de 2013, “Por la cual se señalan y actualizan las actividades consideradas como peores formas de trabajo infantil y se establece la clasificación de actividades peligrosas y condiciones de trabajo nocivas para la salud e integridad física o psicológica de las personas
menores de 18 años de edad”, expedida por el Ministerio de Trabajo.
Continuación del Decreto “Por el cual se adiciona el Capítulo 7 al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, para adoptar la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del
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orientar las acciones del Gobierno Nacional, departamental, distrital y municipal, para la prevención y la reducción de las tasas de trabajo infantil.
En esta línea, son diferentes las razones que impulsan a trabajar a los niños, niñas y adolescentes. Una de ellas es la falta de ingresos familiares que los obliga a participar en la actividad económica del hogar. También están el embarazo adolescente10, que los ubica como padres y madres de familia; la violencia intrafamiliar o factores que explican la incidencia del nivel de escolaridad de padres y madres y su influencia en que el niño, niña o adolescente permanezca o no en el sistema educativo. Estas son algunas de las principales problemáticas asociadas con el trabajo infantil -sumadas a aspectos culturales como la creencia de que el l trabajo infantil es una alternativa para la formación y es una barrera para impedir entrar en “vicios”- que evidencian lo heterogéneo del fenómeno y la multicausalidad del trabajo infantil, configurándose como una puerta de entrada a otras posibles vulneraciones.
En los últimos cinco años, en Colombia, las niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil se dedicaron, en mayor proporción, a realizar actividades relacionadas con los sectores de la agricultura (36.6%) y el comercio (36.3%), ocupando un poco más del 60% de mano de obra infantil. No obstante, en sectores como la industria manufacturera, servicios comunales, sociales y personales, transporte, almacenamiento y comunicaciones se ha identificado trabajo infantil.
Igualmente, muchas niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil en Colombia, aunque en menor proporción, también participan en diferentes actividades peligrosas, tales como: la minería, el reciclaje, el transporte ilegal de gasolina – pimpineros- y la construcción, principalmente. Del total de la niñez trabajadora, el 47,2% no recibe remuneración, lo que implica una situación de explotación sumada a la vulneración de derechos generada por este tipo de actividades realizadas generalmente en el marco de la economía informal.
Las diferencias en las condiciones de vida materiales en las familias rurales son profundas con relación al acceso y a la calidad de los servicios de salud, educación y recreación. Al analizar los indicadores de pobreza monetaria se tiene que en el 2015 la pobreza multidimensional en el campo alcanzaba el 40%, cifra que si bien muestra una disminución de 13,1 puntos porcentuales frente a la cifra del 2010 (53,1%), es casi dos veces superior a la incidencia registrada en las cabeceras. Por la misma vía, el 40,3% de la población en las áreas rurales se encontraba en pobreza multidimensional en 2015 (DANE- ECV- 2015).
Al comparar, en los últimos cinco años, la incidencia del fenómeno del trabajo infantil entre las zonas rurales y urbanas se destaca una tasa de trabajo infantil en zonas
10 Embarazo en la adolescencia: es la ocurrencia de embarazos o la realización de la maternidad en mujeres menores de 19 años. La maternidad o los embarazos en la adolescencia son consecuencia y factores perpetuadores de situaciones de pobreza e inequidad social, representan la vulneración de derechos de los adolescentes y tienen un impacto negativo en las posibilidades de desarrollo personal, comunitario y social.
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rurales (13.6%) y centros poblados que duplica su magnitud en comparación con las zonas urbanas (5.7%). Muchos de los niños, niñas y adolescentes que trabajan en el sector agrícola y el comercio son mano de obra constituida por trabajadores familiares no remunerados, como ocurre con niñas y niños que trabajan en el servicio doméstico, el trabajo a domicilio y las pequeñas empresas familiares; actividades desarrolladas en condiciones de informalidad.
Entonces, promover estrategias y programas destinados a mejorar las condiciones de vida en las zonas rurales y a integrar los aspectos relativos al trabajo infantil en el centro de las políticas agrícolas es uno de los desafíos del Estado colombiano, que contribuye a cerrar la brecha educativa existente entre las zonas urbanas y rurales y entre los niños y las niñas.
Frente a la concentración del trabajo infantil por grupos de edad, una gran proporción corresponde a la población de adolescentes entre 15 y 17 años, con un 19.8%, frente a un 4.2% de niños y niñas de 5 a 14 años. . Considerando que en Colombia la edad mínima para el empleo es de 15 años, la presente política plantea como uno de sus objetivos, desde atenciones diferenciales orientadas a su identificación, atención y seguimiento, avanzar en las particularidades y oportunidades que permitan la protección integral de los adolescentes trabajadores, alejándolos de escenarios de riesgo como son las actividades peligrosas, que por su naturaleza o condiciones los exponen a situaciones de riesgo o vulneración.
La asociación de fenómenos, como el embarazo en adolescentes y el trabajo infantil, se ve representada en cifras como las reportadas por el DANE, que indican que aproximadamente entre el 20% y el 45% de los adolescentes deja de asistir a la escuela como consecuencia de la paternidad o maternidad, cifras que conjugadas con los 2.785 jefes de hogar identificados entre 15 y 19 años -de la distribución del número total nacional de los productores residentes que son jefes de hogar según edad, según el último Censo Nacional Agropecuario (DANE-CNA 2014)- se configuran como escenarios que agudizan las brechas entre lo rural y urbano, perpetuando los círculos de pobreza, limitando oportunidades de desarrollo personal, económico y social y generando hogares sin suficiente autonomía e independencia económica para asumir esta responsabilidad.
Si bien el trabajo adolescente es comúnmente aceptado o ha sido naturalizado, se considera que no debe ser obstáculo para el acceso de un adolescente a la educación formal y a escenarios para su recreación, salud y cultura. Las características de los contextos para los adolescentes que tienen menores recursos económicos y menor nivel educacional resultan en una inserción laboral que casi siempre se da en condiciones precarias y representa para ellos, experiencias de frustración ligadas a la discriminación, al maltrato y a la explotación.
El proceso de identificación de los trabajadores adolescentes se enfatiza en el marco de esta política, y se asume su abordaje diferencial desde sus necesidades
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particulares, con el propósito de contribuir al análisis de las condiciones sociales, económicas y culturales que motivan su inserción laboral, para así avanzar en la oferta pertinente y sostenida de alternativas para su protección social. En esta línea, es necesario identificar las tendencias en las dinámicas poblacionales, educativas y laborales de los adolescentes en coherencia con el reconocimiento de su capacidad de agencia, y como sujetos titulares de derechos.
En cuanto a la proporción de niños, niñas y adolescentes de 5 a 17 años que reportó trabajar y no asistir a una institución de preescolar, escuela, colegio o universidad, fue del 29,8%; es decir, aproximadamente 252 mil niños, niñas y adolescentes, mientras que el otro 70% trabaja y estudia al mismo tiempo. Las tasas de deserción pueden relacionarse con la ausencia de las reales oportunidades que el estudio proporciona frente al mercado de trabajo o con la necesidad de que los adolescentes trabajen para apoyar la economía de sus familias o pueden ser el efecto del embarazo y maternidad o paternidad temprana, entre otros factores.
El trabajo infantil representa un escenario preocupante respecto a las condiciones de riesgo y vulneración de derechos, y es también un obstáculo para el efectivo acceso a la educación, más aún si se consideran los resultados de un estudio realizado por la OIT11 en 34 países (2008), el cual presenta evidencia frente a la relación de cómo, a medida que las horas de trabajo aumentan, disminuye progresivamente la asistencia de niños, niñas y adolescentes a la escuela, escenario que coincide con los niveles de deserción, extraedad y repitencia, los cuales son mayores en las zonas rurales que en las urbanas. Este diferencial se acentúa en el grado quinto y en la secundaria, pues, como lo indica la última Encuesta Nacional de Demografía y Salud -ENDS 2015-, la asistencia se reduce en más del 40% al pasar del grupo de 11 a 16 años al de 17 a 20 años.
En este contexto de riesgo se ubica al mayor porcentaje de adolescentes madres o embarazadas (41.8 %), que se encuentra en zonas rurales, con el menor nivel educativo (primaria), donde los altos niveles de pobreza se configuran como un factor recurrente en las regiones menos desarrolladas del país.
Ahora bien, al analizar la participación de niños, niñas y adolescentes trabajadores desagregada por género, en el marco de las actividades asociadas a los sectores económicos (tasa de trabajo infantil), son los hombres quienes en mayor proporción se encuentran en situación de trabajo infantil en los distintos sectores, con una tasa de 10.2% y un 5.1% de hombres y mujeres, respectivamente. Sin embargo, es de vital importancia profundizar en el análisis y particularización del trabajo doméstico infantil (tasa de trabajo infantil ampliada –TTIA-) que, por su dimensión, nivel de vulneración, medio y circunstancias en que se desarrolla, pone a niñas, niños y adolescentes en un riesgo que se hace invisible, con tasas promedio de 12% para ambos sexos.
11 El Programa Internacional para la Eliminación del Trabajo Infantil de la OIT (IPEC) publicó un informe técnico (Nota 1 ) sobre trabajo infantil y educación, basado en estudios realizados en 34 países en todas las regiones del mundo. Año 2008.
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De ahí que sea importante tener una perspectiva de género12 en las estrategias de prevención y erradicación de esta categoría de trabajo infantil y así evidenciar, de manera clara, las diferencias y desigualdades que pueden existir para así lograr plantear un abordaje pertinente y efectivo.
En Colombia, es posible dimensionar la presencia de esta categoría de trabajo infantil gracias al ejercicio desarrollado a través de la GEIH. En esta encuesta se identifica el número de niños, niñas y adolescentes que durante la semana de referencia dedica 15 horas o más a oficios del hogar y no trabaja, comprendidos estos últimos como tareas domésticas en torno al mantenimiento de la vivienda y del hogar, al cuidado de las personas del propio hogar y labores menores en xxxxxx casera y mandados, excluyendo los oficios realizados exclusivamente para sí mismos13.
Durante los últimos cinco años, la TTIA se ha mantenido relativamente estable en el país, como puede evidenciarse en las cifras aportadas por el DANE -entre el 2012 (485 mil mujeres frente a 150 mil hombres) y 2016 (410 mil mujeres frente a 117 mil hombres)- se presenta una disminución importante en lo que respecta al número de niños, niñas y adolescentes que realizan trabajo doméstico en el país. Sin embargo, en los últimos tres años esta cifra se mantiene estable, evidenciándose un estancamiento en la problemática que refleja la necesidad de construir una política pública nacional y territorial que apunte a su prevención y erradicación.
Muchas de las niñas, niños y adolescentes que realizan este tipo de trabajo, al desarrollarse en escenarios aislados al hogar, son vulnerables a múltiples maltratos físicos y psicológicos. En esta categoría se incluyen tanto el trabajo permitido (empleo juvenil / jóvenes trabajadores en el trabajo doméstico), como el que se asemeja a formas de esclavitud (trabajo infantil en el trabajo doméstico), caracterizado por “jornadas laborales largas y agotadoras, el uso de químicos tóxicos, el transporte de cargas pesadas, la manipulación de objetos peligrosos como cuchillos, hachas u ollas calientes; alimentación y alojamiento insuficientes o inadecuados, el trato humillante o degradante, incluyendo violencia física o verbal y abuso sexual” (OIT xxxx://xxx.xxx/xxxx/xxxxx/Xxxxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxx--xx/xxxxx.xxx), limitando su acceso a espacios de formación formal e informal, actividades recreativas, culturales y servicios de salud.
Por lo cual, es importante señalar que el trabajo doméstico infantil desarrollado por fuera de escenarios de trabajo protegido adolescente afecta, de manera diferencial,
12 Al respeto, el Código de Infancia y Adolescencia aporta un criterio orientador de las intervenciones en torno al análisis particular, así: Art. 12 “Se entiende por perspectiva de género el reconocimiento de las diferencias sociales, biológicas y psicológicas en las relaciones entre las personas según el sexo, la edad, la etnia y el rol que desempeñan en la familia y en el grupo social. Esta perspectiva se debe tener en cuenta en la aplicación de este Código, en todos los ámbitos en donde se desenvuelven los niños, las niñas y los adolescentes, para alcanzar la equidad” (Ley 1098, 2006), evidenciando un avance significativo en el reconocimiento de las diferencias sociales, culturales, biológicas y psicológicas en las relaciones entre las personas, instando a profundizar desde una perspectiva particularizante las diferentes problemáticas que aquejan a la niñez.
13 xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxx/xxx/xxxxxxxxxxx/xxx_xxxx_xxx_0000.xxx.
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a niños, niñas y adolescentes al producirse en escenarios aislados o al interior del hogar. Variable que debe ser tenida en cuenta por quienes implementan políticas de prevención y erradicación de la problemática ya que ellos enfrentan desventajas particulares, que en contextos de riesgo pueden traducirse en situaciones de abuso sexual y embarazo adolescente, afectando gravemente su desarrollo integral.
2.1. Sistemas de Información
Adicionalmente, el país cuenta con sistemas de información que dan cuenta de registros a nivel nacional ante el riesgo o la ocurrencia de casos de trabajo infantil, tales como: el SIRITI, Sistema de Información Integrado para la Identificación, Registro y Caracterización del Trabajo Infantil y sus Peores Formas, que se configura como un sistema que permite a un gran número de entidades y organizaciones registrar información encuestada sobre menores de 18 años en riesgo o situación de trabajo infantil. Asimismo, el Sistema de Información Misional, SIM, que permite registrar, consolidar y consultar la información básica de los niños, niñas y adolescentes atendidos en los diferentes servicios de protección que presta el ICBF, orientado a acciones de garantía o restablecimiento de derechos. Es alimentado por los equipos de Defensoría de Familia (defensor, psicólogo, trabajador social y nutricionista).
Y como soporte técnico para la identificación y atención de niños, niñas y adolescentes en riesgo o situación de trabajo infantil a nivel municipal y con aproximación del niño a niño, actualmente se encuentra en proceso de implementación un Modelo de Identificación del Riesgo de Trabajo Infantil construido por el Departamento Nacional de Planeación, con la asistencia técnica de la OIT y la CEPAL, con el objetivo de contar con una herramienta que le permita, desde la base de registros del SISBEN, calcular la probabilidad de niños, niñas o adolescentes de estar trabajando o de estar en riesgo de trabajar.
De igual manera, el país cuenta con el Sistema Único de Información de la Niñez, SUIN, liderado por el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, SNBF, que en concertación con las entidades de orden nacional y territorial se ha venido estructurando como un sistema de información que contiene un conjunto de indicadores que miden la garantía y cumplimiento de los derechos de la niñez14.
2.2. Retos y apuestas del país para la prevención y erradicación del trabajo infantil y la efectiva protección integral al adolescente trabajador
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En este sentido, se identifican los siguientes retos y puntos de análisis para ampliar la comprensión del trabajo infantil, en el marco de la implementación de la presente línea de política:
a. El desarrollo de una línea de política pública para la prevención y erradicación del trabajo infantil y la protección integral de los adolescentes se construyó reconociendo, en primera instancia, a los niños, niñas y adolescentes como sujetos titulares de derechos y a sus familias15 como sujetos colectivos de los mismos. En segunda instancia, reconoce que la familia es un actor central por su capacidad de agencia y agente corresponsable de los derechos de sus integrantes y mediadores con el Estado y la sociedad para su garantía. En consecuencia, requiere respeto a su autonomía y reconocimiento de su pleno protagonismo en la conservación constructiva de los individuos y de la sociedad a lo largo de todo el ciclo de la política16.
b. El desarrollo de una estrategia particular dirigida a aquellos adolescentes trabajadores o en riesgo entre 15 y 17 años, que permita focalizar la oferta y les incluya en los programas del Estado, atendiendo sus necesidades particulares, tales como: la adaptación en el sistema educativo para su continuidad o reinserción, la oferta de servicios dirigidos a la identificación de escenarios de trabajo protegido y su inclusión en programas sociales, culturales y recreativos para su desarrollo integral.
c. El desarrollo de una línea de trabajo diferencial y consciente de las particularidades territoriales que aporte al fortalecimiento de capacidades de las familias diversas y plurales como actor transversal en la implementación de la política, con acciones que busquen tener incidencia en sus dinámicas y relaciones internas, así como en sus relaciones con la comunidad y la sociedad en general, frente a la concepción del trabajo infantil y sus consecuencias.
d. Una aproximación diferencial orientada a comprender las particularidades del trabajo infantil en contextos de ruralidad, fenómeno que se relaciona con la pobreza de las familias, la multiculturalidad, la escasa oferta de servicios de protección social y las precarias garantías de acceso a oportunidades de trabajo decente para los adultos.
e. El desarrollo de acciones encaminadas a visibilizar el trabajo infantil relacionado con oficios del hogar o encierro parentalizado17, que expone a
15 La corresponsabilidad, Art .10, Ley 1098 de 2006.
16 Lineamientos Técnicos para la Inclusión y Atención de Familias – ICBF.
17 Según OIT (2017) “Es diferente al trabajo doméstico, pues dicho trabajo lo realizan los niños y las niñas a terceros, y basta con sólo una hora a la semana de la actividad, para que ya se considere trabajo infantil. Por el contrario, el encierro parentalizado se realiza dentro de las familias de las niñas y los niños, y los parámetros en horas son los señalados, en tanto por debajo de ellos se encuentra el espacio de las actividades de socialización, las cuales son legítimas”.
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niños, niñas y adolescentes a escenarios de alto riesgo de vulneración. Por ello, es vital profundizar el análisis y particularizar estrategias para el abordaje de una modalidad de trabajo infantil que, por su dimensión, nivel de vulneración, medio y circunstancias en que se desarrolla, pone a niñas, niños y adolescentes en un riesgo que se hace invisible.
f. La acción coordinada y articulada de los agentes del gobierno, así como también de las organizaciones de la sociedad civil, sector empresarial y centrales de trabajadores que, dados sus roles y responsabilidades desde un escenario intersectorial, permita aunar esfuerzos e incrementar el acompañamiento técnico en sus diferentes ámbitos territoriales, así como generar estrategias conjuntas de gran impacto.
g. Una aproximación diferencial orientada a comprender las particularidades del trabajo infantil en contextos de ruralidad, fenómeno que se relaciona con la pobreza de las familias, la multiculturalidad, la escasa oferta de servicios de protección social y las precarias garantías de trabajo decente para los adultos.
La presente política pública debe dar respuesta al Acuerdo Final firmado entre el Gobierno Nacional y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC-EP), específicamente en lo relacionado con el punto 1 sobre la Reforma Rural Integral, donde se definirán planes nacionales con relación a la formalización laboral y la protección social, los cuales deben estar armonizados con la política nacional del trabajo decente. En dicho compromiso se destaca la importancia de realizar campañas para la erradicación del trabajo infantil y medidas inmediatas para la erradicación de las peores formas de trabajo infantil18. En este sentido, se deben considerar, con especial atención, los territorios focalizados para el posconflicto.
h. El desarrollo de acciones encaminadas a visibilizar la necesidad de contar con datos que relacionen el fenómeno del trabajo infantil y la participación de niños y niñas de la primera infancia, pues si bien los datos existentes abordan el fenómeno desde los cinco años en adelante, existen evidencias de situaciones en las que niños y niñas de la primera infancia realizan actividades relativas al trabajo infantil, en contextos de alto riesgo, que van desde la explotación minera hasta el desarrollo de oficios del hogar.
i. Identificar problemáticas asociadas como el embarazo adolescente, violencia intrafamiliar o el consumo de sustancias psicoactivas, para comprender la complejidad que representan los escenarios de trabajo infantil y definir acciones integrales desde una perspectiva de prevención, acordes con las necesidades de estos contextos particulares.
18 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx-x-xxxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxxxxx%00xxxxxxxxxxx/00-00- 2016NuevoAcuerdoFinal.pdf.
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j. Fortalecer el sistema de información que dé cuenta, de manera diferencial, de las autorizaciones de trabajo expedidas a nivel nacional y territorial de los adolescentes, que permita la interconexión-compatibilidad con otros sistemas de información de otras entidades y que facilite realizar un control sobre la situación de los adolescentes.
Estos retos fueron formulados en escenarios de construcción participativa, basados en la experiencia de los miembros del CIETI en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal, recopilada a través de la realización de consultas territoriales, tanto presenciales como virtuales. Dichos escenarios se nutrieron con las opiniones y preocupaciones de niños, niñas, adolescentes y sus familias, aunadas a las voces de empresarios, sindicatos, miembros de la academia, representantes de ONG y de la cooperación internacional.
3. Marco de Política
3.1. Referentes normativos
Para garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes en Colombia se dispone de un marco normativo que los ubica como sujetos titulares de derechos. Desde el punto de vista legal cuentan con una protección integral y su estatus de protección los considera como principal, prevalente y superior. La plataforma jurídica es el sustento de las definiciones, estrategias y acciones de la presente línea de política pública, cuya finalidad está orientada a garantizar efectivamente sus derechos. Con ello, cualquier discusión sobre el carácter, naturaleza y definición de las políticas públicas debe radicar en la consideración del alcance de sus postulados para materializar el goce efectivo de los derechos.
La Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección Integral al Adolescente Trabajador se fundamenta en un hecho relevante para Colombia como Estado social de derecho; en el, los derechos de los niños, niñas y adolescentes se encuentran expresamente señalados en la Constitución Política.
En este sentido, la Constitución Política, en su Artículo 44, establece los derechos fundamentales de los niños y las niñas. Para el tema que nos ocupa, señala también que serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, violencia sexual, explotación laboral o económica y trabajos peligrosos. Igualmente, que gozarán de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.
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El Artículo 45 refiere que el adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral. Para esta línea de política pública, en su implementación y desarrollo, esta población será de especial interés y atención.
Por otra parte, atendiendo al Artículo 93, desde la adopción del “bloque de constitucionalidad” ratifica la Convención Internacional de los Derechos del Niño19 (1989), a través de la Ley 12 de 1991 en su Artículo 32 hace alusión específica a la protección frente a la explotación económica. (Establece que los Estados partes reconocen, además, el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.).
Otros instrumentos internacionales adoptados por Colombia son los convenios 138 y 182 de la OIT, que disponen medidas para la protección y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
La suscripción y ratificación de estos instrumentos internacionales en materia de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y su integración como normas del bloque de la Constitución Política han dado lugar a la expedición de normas de carácter interno que desarrollan sus postulados.
La Ley 21 de 1991 adopta el Convenio 169 de la OIT, en el que “los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su dignidad”20”. También, “Los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación. Las disposiciones de este Convenio se aplicarán sin discriminación a los hombres y mujeres de esos pueblos”.21
La Ley 515 de 1999 ratifica el Convenio 138 de la OIT, sobre la edad mínima de admisión al empleo, como instrumento general para lograr la abolición efectiva del trabajo infantil y elevar progresivamente la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo a un nivel que haga posible el más completo desarrollo físico y mental de los menores de edad, que para el caso de Colombia corresponde a los 15 años de edad. De igual manera, se refirió a aquellas actividades que, por su naturaleza o por las condiciones en que se realizan, pueden resultar peligrosas para la salud, la
19 Convención Internacional de los Derechos del Niño – CIDN (1989). Considerada un hito histórico en materia de derechos humanos, ratificada por todos los países del mundo (excepto Somalia y USA). Cambio de paradigma desde la perspectiva de los derechos y el reconocimiento de niños y niñas como sujetos de derecho.
20 Convenio 169 de la OIT, Artículo 2, Numeral 1, hipervínculo: xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxx0/xxxxxx/xxxxxx/@xx_xxxx/@xxxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxx_000000.xxx. 21 Convenio 169 de la OIT, Artículo 3, Numeral 1. Hipervínculo: xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxx0/xxxxxx/xxxxxx/@xx_xxxx/@xxxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxx_000000.xxx.
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seguridad o la moralidad de los menores de edad e indicó que por ello, en estos casos, dicha edad no deberá ser inferior a 18 años.
El Convenio 182 de la OIT, ratificado mediante la Ley 704 de 2001, sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación, recomienda a sus miembros, previa consulta con organizaciones de trabajadores y empleadores, determinar listas de actividades sobre las peores formas de trabajo infantil, a través de la legislación nacional o de autoridad competente, examinarlas periódicamente y adoptar las medidas inmediatas y eficaces para conseguir su prohibición y eliminación, pues considera que el trabajo infantil, por su naturaleza o por las condiciones en las que se realiza, atenta contra la salud, la seguridad o la moral de los niños y adolescentes.
En esta línea, Colombia avanza en la atención de las peores formas del trabajo infantil, atendiendo lo establecido en el Convenio 182 de la OIT y en su Artículo 3 describe las vulneraciones que abarca. Para el caso de la línea de política pública que desarrollamos se abordará el Literal (d): el trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.
La adopción de los convenios internacionales apoyó el desarrollo de normas internas en las que se resaltan el Código de la Infancia y la Adolescencia y la Ley 1098 de 2006, instrumento jurídico que tiene como finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.
En su Artículo 20 (Ley 1098 de 2006) establece los derechos de protección a los niños, las niñas y los adolescentes, los que serán protegidos, entre otros, contra la explotación económica por parte de sus padres, representantes legales, quienes vivan con ellos, o cualquier otra persona. También serán protegidos contra el trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que pueda afectar la salud, la integridad y la seguridad o impedir el derecho a la educación.
Por su parte, el Artículo 35 (Ley 1098 de 2006) determina la edad mínima de admisión al trabajo (15 años de edad) y el derecho a la protección laboral de los adolescentes autorizados a trabajar. En su Parágrafo instituye que, excepcionalmente, los niños y niñas menores de 15 años podrán recibir autorización de la inspección de trabajo, o en su defecto del ente territorial local, para desempeñar actividades remuneradas de tipo artístico, cultural, recreativo y deportivo.
El Artículo 41 (Ley 1098 de 2006) estipula, dentro de las obligaciones del Estado, el contexto institucional para el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes. En cumplimiento de sus funciones en los niveles nacional,
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departamental, distrital y municipal deberá asegurar que no sean expuestos a ninguna forma de explotación económica. Igualmente, deberá erradicar las peores formas de trabajo infantil, entre ellas, el trabajo de los niños y las niñas menores de
15 años; proteger a los adolescentes autorizados para trabajar y garantizar su acceso y la permanencia en el sistema educativo. También, el Estado deberá promover estrategias de comunicación educativa para transformar los patrones culturales que toleran el trabajo infantil y resaltar el valor de la educación como proceso fundamental para el desarrollo de la niñez.
En el Artículo 44 (Ley 1098 de 2006) presenta las obligaciones complementarias de las instituciones educativas, mediante las cuales los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrán en marcha mecanismos para identificar la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de explotación económica y laboral.
Por su parte, el Artículo 89 (Ley 1098 de 2006) fija las funciones de la Policía Nacional para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. La Policía Nacional, y en especial la Policía de Infancia y Adolescencia, tendrán, además, las funciones de adelantar acciones para la detección de niños, niñas y adolescentes que realicen trabajos prohibidos, cualesquiera de las peores formas de trabajo infantil, o que estén en situación de explotación y riesgo, y denunciar el hecho ante la autoridad competente.
El Artículo 113 (Ley 1098 de 2006) se refiere a la autorización de trabajo para los adolescentes. Siendo el inspector de trabajo a quien le corresponde expedir por escrito la autorización para que un adolescente pueda trabajar, a solicitud de los padres, del respectivo representante legal o del defensor de familia. A falta del inspector del trabajo, la autorización será expedida por el comisario de familia y en defecto de este, por el alcalde municipal.
En el Artículo 114 (Ley 1098 de 2006) se establece la jornada de trabajo para los adolescentes autorizados para trabajar, la cual estará sujeta a las siguientes reglas:
1. Los adolescentes mayores de 15 y menores de 17 años solo podrán trabajar en jornada diurna máxima de seis horas diarias, treinta horas a la semana y hasta las 6:00 de la tarde.
2. Los adolescentes mayores de 17 años solo podrán trabajar en una jornada máxima de ocho horas diarias, 40 horas a la semana y hasta las 8:00 de la noche.
En el Artículo 115 (Ley 1098 de 2006) se define el salario de los adolescentes autorizados para trabajar, de acuerdo con la actividad desempeñada y proporcional al tiempo trabajado. En ningún caso la remuneración podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente.
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En este sentido, el Artículo 116 (Ley 1098 de 2006) instituye los derechos en caso de maternidad. Sin perjuicio de los derechos consagrados en las normas, la jornada de la adolescente mayor de quince (15) y menor de dieciocho (18) años no podrá exceder de cuatro horas diarias a partir xxx xxxxxxx mes de gestación y durante la lactancia, sin disminución de su salario y prestaciones sociales.
El Artículo 117 (Ley 1098 de 2006) hace referencia a la prohibición de realizar trabajos peligrosos y nocivos. Ninguna persona menor de 18 años podrá ser empleada o realizar trabajos que impliquen peligro o que sean nocivos para su salud e integridad física o psicológica o los considerados como peores formas de trabajo infantil. Para el desarrollo del presente Artículo, el Ministerio de Trabajo, en coordinación con el ICBF, establecerá la clasificación de dichas actividades, de acuerdo con el nivel de peligro y nocividad que impliquen para los adolescentes autorizados para trabajar, y la publicará cada dos años periódicamente en distintos medios de comunicación. Para este ejercicio, el Ministerio consultará y tendrá en cuenta a las organizaciones de trabajadores y de empleadores, así como a las instituciones y asociaciones civiles interesadas, teniendo en cuenta las recomendaciones de los instrumentos e instancias internacionales especializadas.
El Artículo 118 (Ley 1098 de 2006) determina las garantías especiales para el adolescente indígena autorizado para trabajar. En los procesos laborales en los que sea demandante un adolescente indígena será obligatorio la intervención de las autoridades de su respectivo pueblo. Igualmente, se informará a la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior o a la dependencia que haga sus veces.
Finalmente, el Artículo 201 (Ley 1098 de 2006) señala que las políticas públicas de infancia y adolescencia son las acciones coordinadas del Estado, con la participación de la sociedad y la familia, para garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes.
Para fortalecer los procesos de la línea de política pública, el Estado, en el marco de la instancia del Comité Interinstitucional para la Erradicación del Trabajo Infantil y Protección al Menor Trabajador, presenta con este documento la propuesta de creación del Comité Intersectorial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescente Trabajador, para derogar el Decreto 859 de 1995.
Vale la pena destacar la Resolución 3597 de 2013, expedida por el Ministerio de Trabajo, “Por la cual se señalan y actualizan las actividades consideradas como peores formas de trabajo infantil y se establece la clasificación de actividades peligrosas y condiciones de trabajo nocivas para la salud e integridad física o psicológica de las personas menores de 18 años de edad”, normativa que se encuentra también en proceso de actualización, en armonía con el Artículo 117 del Código de Infancia y Adolescencia.
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3.2. Referentes conceptuales
Para efectos de este lineamiento, se presentan los conceptos y enfoques fundamentales para orientar la comprensión y la acción. Desde la finalidad que señala la política pública en niñez22, enmarcada en el logro del desarrollo integral y la materialización de los derechos, en términos de las realizaciones23 de infancia y adolescencia, se consideran los siguientes conceptos, enfoques y principios como orientadores de la acción estatal, dirigidos a marcar unos énfasis comprensivos y pertinentes para el abordaje de la prevención y erradicación del trabajo infantil y protección integral a los adolescentes trabajadores, en un sentido holístico.
Así mismo, se considera importante para el abordaje de las acciones de política que, desde los referentes conceptuales, se aborden las necesidades y situaciones a las que se enfrentan los niños, niñas y adolescentes frente al trabajo infantil, teniéndolos como centro de la comprensión. Igualmente, es fundamental reconocerlos como sujetos activos, participes de su desarrollo, ciudadanos que se construyen en diferentes entornos desde la diversidad. Este reconocimiento como punto xx xxxxxxx, lleva especialmente a comprender que los niños, niñas y adolescentes deben gozar efectivamente de sus derechos, siendo la sociedad y el Estado, a través de sus instituciones garantes, promotores y protectores de su desarrollo integral.
A. Enfoques
3.2.1. Enfoque de derechos humanos y la doctrina de la protección integral
La dignidad humana constituye el fundamento ético de los derechos humanos, siendo estos el resultado de luchas sociales, políticas, económicas, jurídicas y culturales24. Estos derechos son universales, en tanto constituyen una condición inherente al ser humano y la búsqueda de relaciones en condiciones de igualdad, justicia y libertad; por tanto, se consideran un enfoque universal por excelencia y en una jerarquía superior con carácter de integralidad, indivisibilidad e interdependencia.
En este sentido, los niños, niñas y adolescentes son asumidos como sujetos titulares de derecho, reconocidos desde esta perspectiva universal que se materializa en la doctrina de la protección integral, la cual promueve el desarrollo del conjunto de
22 Compréndase “niñez” como noción asociado a la xxxxxxxxxx xx xxxx en la Convención Internacional de los Derechos del Niño (1989), como la categoría que acoge a toda persona menor de 18 años. Concepción que recoge el Código de Infancia y Adolescencia 2006 en la legislación colombiana vigente.
23 En coherencia y continuidad con la propuesta de la Política de Primera Infancia, para la infancia y la adolescencia las realizaciones se entienden como “las condiciones y estados que se materializan en la vida de los niños, niñas y adolescentes, hacen posible su desarrollo integral y facilitan el goce de sus derechos”.
24 Donde personas y pueblos han participado desde su experiencia, y muchas veces con su vida, para lograr su afirmación.
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instrumentos jurídicos y políticos de carácter internacional y nacional, en consideración social de la niñez, en el marco de la garantía y responsabilidad estatal25. En coherencia, la protección integral, implica la acción del Estado en términos del reconocimiento de la titularidad del derecho y la promoción del desarrollo integral, la prevención de su vulneración, la garantía y el restablecimiento.
De este modo, las acciones que se realicen configuran no solo el cumplimiento de un mandato sino la opción elegida para lograr la comprensión de los fenómenos sociales, sus causas y consecuencias y su incidencia en el desarrollo infantil, así como la gestión efectiva en torno a la garantía de los derechos de niños, niñas y adolescentes, en términos de la obligación estatal en el despliegue de herramientas de política para la prevención y erradicación del trabajo infantil.
Desde la perspectiva de la protección integral, la acción dirigida a la atención de las niñas, los niños y los adolescentes en riesgo o en situación de trabajo infantil, y los adolescentes trabajadores exige coordinación y articulación en el marco de la corresponsabilidad, respetando la interdependencia de sus derechos y definiendo, claramente, el rol y las competencias de los actores responsables del restablecimiento de derechos para promover condiciones de desarrollo y la superación de situaciones de inobservancia, amenaza o vulneración de sus derechos, con miras al restablecimiento y mantenimiento de la garantía de los mismos.
3.2.2. Enfoque diferencial
Se entiende, desde la perspectiva de los derechos humanos y su evolución hacia los derechos específicos, como el enfoque que permite el reconocimiento de las diferencias, atendiendo a particularidades sociales y culturales de individuos y los colectivos.
Puede definirse como “un conjunto de argumentos teóricos, políticos y prácticos, orientados hacia el reconocimiento de las diferencias, de la diversidad cultural, social e histórica”26. Constituye una posibilidad de análisis sobre las formas de comprensión y acción social y política, en reconocimiento de las diferencias y su incidencia en el manejo y distribución del poder, acceso a bienes y servicios y formas de comprender y ubicarse en el mundo27, entre otras. Implica el compromiso
25 Siendo esencial un marco orientador, la Convención Internacional de los Derechos del Niño (1989) y para el caso colombiano, el Código de Infancia y Adolescencia (2006), en alineación con la Constitución Política Nacional (1991) y la promulgación del país como un “Estado Social de Derecho”. Base sobre la cual se despliegan esfuerzos normativos, políticos y técnicos en cumplimiento de la acción garante del Estado colombiano.
26 Universidad Nacional, Xxxxxxxxxxx D. (s.f)
27 “Si consideramos el poder en su dimensión política como participación, representación y toma de decisiones; en su dimensión económica, como niveles de acumulación de capital y acceso a recursos; y en su dimensión simbólica, en relación a la aceptación y valoración cultural; ostentan un mayor poder, por ejemplo, las personas – y con ellas, los conceptos, prácticas y valores- consideradas como masculino, blanco, heterosexual, adulto y en condiciones óptimas de salud”. Refiere Xxxxxxxxxxx, D. en el Módulo sobre enfoques diferenciales. Universidad Nacional.
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de promover condiciones de equidad, así como el uso apropiado de mecanismos orientados a la garantía de los derechos y la disminución de condiciones de vulnerabilidad, riesgo e impactos que generen acciones afirmativas y diferenciales. La promoción y garantía de los derechos de niños, niñas, adolescentes y sus familias exige reconocer las diferencias de género, edad, etnia, discapacidad, condiciones sociales, políticas, culturales, religiosas y económicas, afectaciones por violencias (social y política), condiciones de ubicación geográfica (urbana o rural) y la condición legal, entre otras.
En este sentido, la garantía y el restablecimiento de derechos para los niños, niñas y adolescentes en riesgo y/o en situación de trabajo exige una postura y acción estatal, expresadas en medidas legales, administrativas, técnicas y políticas, del orden sectorial e intersectorial, que contemplen desde la búsqueda de la transformación de concepciones y prácticas hasta la formulación, ejecución y evaluación de planes programas, proyectos y servicios.
El enfoque diferencial permite brindar a los responsables de su implementación elementos esenciales para el diseño de una atención especializada, que comprenda y reconozca los niveles de vulneración, discriminación y segregación que afectan a niños, niñas y adolescentes en riesgo o situación de trabajo infantil, generados en función de categorías como su edad, sexo, etnia, condición de desventaja, entre otras.
El enfoque étnico resulta pertinente y necesario para la implementación de esta política pública, dado que su reconocimiento facilita la comprensión de los contextos de los diferentes grupos étnicos, sus relaciones políticas, sociales y culturales; de igual manera, “orienta la actuación estatal a partir del análisis de las prácticas de subordinación y exclusión vividas por las personas y pueblos indígenas, raizal, Rom, palenqueros y afrodescendientes” (IDPAC, 2014. p 83) y, adicionalmente, permite la construcción de espacios de reflexión y abordaje de lo que ha considerado el Convenio 169 de la OIT como peores formas de trabajo infantil en estos grupos.
Con relación a lo anterior, dificultades frente a la autonomía alimentaria, los espacios de formación en educación propia, la falta de tierras fértiles y el conflicto armado, entre otras, han ocasionado un sinnúmero de vulneraciones estructurales que generan que los niños, niñas y adolescentes de dichos grupos étnicos deban aportar a la economía familiar a través de trabajo extracomunitario en condiciones peligrosas. Es así como el trabajo infantil, en estos grupos, se constituye en un reflejo de procesos de desarraigo y desvertebración, cuando estos son impulsados a abandonar sus territorios de origen debido a su condición de vulnerabilidad, subordinación y marginalización, en entornos empobrecidos y afectados por el conflicto interno, sin contar con un entorno protector y sin la posibilidad de reproducir su cultura, ya que son excluidos de procesos de inserción, participación y reproducción de la misma.
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La adopción de este enfoque implica la construcción de espacios de discusión y acuerdos para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en riesgo o situación de trabajo infantil; ejercicio que contempla la diferencia entre “aquella en que el trabajo desempeña una tarea formativa, socializadora y creativa, que hace parte de los procesos de aprendizaje, incorporación y legitimación de la participación de los niños y las niñas a su sociedad y cultura. O bien, la participación de formas de trabajo que desvertebran los procesos de aprendizaje, incorporación y legitimación de los infantes a su sociedad y cultura y, en consecuencia, no solo atenta contra la infancia sino contra la reproducción de la sociedad misma” (OIT, 2010, p. 25).
Es importante que los espacios de construcción participativa de política pública tengan en cuenta variables y recomendaciones como la identificación de los grupos étnicos presentes en los territorios, articulen acciones con las autoridades tradicionales, analicen su situación desde las diferentes perspectivas, identifiquen conjuntamente las actividades que corresponden al trabajo infantil extracomunitario para prevenir y erradicar trabajo infantil por servicios rendidos, trabajo infantil en labores agrícolas, labores artesanales con fines comerciales, trabajo doméstico rural x xxxxxx, trabajo infantil en construcción, reciclaje y otras actividades de venta de bienes o servicios en condiciones peligrosas; desarrollen los acuerdos necesarios para activar las rutas para el restablecimiento de derechos, promuevan el fortalecimiento sociocultural de las comunidades, fortalezcan los procesos de transmisión de la cultura a niños, niñas y adolescentes en riesgo o situación de trabajo infantil y favorezcan la integración de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo.
En este ordenamiento, vale señalar el enfoque interseccional28 como una opción que complementa la perspectiva analítica para vincular en interdependencia el conjunto de variables que configuran a los sujetos y su subjetividad. Si bien su origen parte de las reivindicaciones y los desarrollos desde el enfoque de género, tienen aplicabilidad en general en las políticas públicas con énfasis poblacional.
3.2.3. Enfoque de género
Implica reconocer el género como una categoría de análisis e intervención que busca dignificar y redefinir los roles históricos de las mujeres y los hombres. Por tanto, es relevante, en tanto constituye un enfoque que da la posibilidad analítica y orientadora para identificar y generar acciones orientadas a promover equidad entre hombres y mujeres, en términos de sus derechos, logro de autonomía y condiciones de vida.
El trabajo infantil responde a dinámicas económicas y patrones culturales que se desarrollan al interior de las familias, comunidades y territorios. Estos contextos no
28 Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx. (2012) ¿Qué es eso de la interseccionalidad? Aproximación al tratamiento de la diversidad desde la perspectiva de género en España. Grupo de Investigación Multiculturalismo y Género. Universidad de Barcelona.
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escapan a la lógica de roles de género, donde se les asignan a niñas y niños trabajos y responsabilidades diferenciales, fundamentados en sus características biológicas y estereotipos tradicionales; por tanto, es imperativo que los responsables de abordar esta problemática identifiquen y reconozcan cómo se afecta, de manera diferente, a las niñas, los niños y los adolescentes que se encuentran en riesgo o situación de trabajo infantil.
3.2.4. Enfoque de curso de vida desde la perspectiva del desarrollo humano
Comprende el conjunto de trayectorias vitales de los sujetos (personas y familias), reconociendo la incidencia de múltiples factores históricos, sociales, culturales y psicobiológicos, presentes en los entornos donde habita y se desarrolla. Está condicionado por las expectativas sociales referentes a la edad y a los roles, por condiciones históricas y culturales específicas, así como por acontecimientos individuales únicos. Desde la perspectiva del desarrollo humano, este enfoque tiene un carácter de proceso continuo a lo largo de la vida, considerando que las múltiples posibilidades de desarrollo no son lineales sino jerarquizadas, siendo unas más determinantes que otras.
El enfoque de curso de vida29 “es una aproximación a la realidad que integra una mirada longitudinal sobre la vida y sus etapas, configura un salto de un enfoque evolutivo a un enfoque interrelacional, vinculando una etapa con la otra y definiendo factores protectores y de riesgo en el acontecer futuro, en el marco de determinantes sociales”. MSPS (2014).
En este sentido, el desarrollo humano se concibe desde principios que lo asumen a largo plazo en la observación y análisis del desarrollo, contemplando la influencia de procesos sociales y aquellos de desarrollo individual, por lo que es clave la consideración de una transición u ocurrencia de transiciones que afectan positiva o negativamente el desarrollo durante el curso de la vida, la interrelación de las experiencias vitales, el reconocimiento de la voluntad y capacidad de agencia de las personas y los colectivos, bajo el principio del libre albedrio, que comprende la promoción y reconocimiento de la libertad, la autonomía en la conciencia y el manejo de la propia vida.
En esta inevitable y estrecha relación entre desarrollo y curso de vida se consideran, además, premisas del desarrollo30 como multidimensional, multideterminado y multidireccional, confirmando así una concepción de proceso que promulga que los cambios son posibles a lo largo de toda la vida, en todos los dominios de las personas, según diferentes patrones evolutivos y complejos.
29 El enfoque de curso de vida representa un salto cualitativo frente al ciclo vital que se plantea por etapas particulares de carácter principalmente biológico.
30 Xxxxxx, Xxxxx y Xxxxxxx, 1980; Xxxxx, Xxxxxx y Xxxxxxxxxx, 1981, citados por XXXXXXXX X.
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En esta perspectiva, se asume el enfoque de curso de vida desde la comprensión de conceptos fundamentales referidos a (i) la trayectoria, comprendida como el proceso que se vive durante la vida, a lo largo de la vida, “que puede variar y cambiar de dirección, grado y proporción”31 (citando x Xxxxx, 1991: 63); (ii) la transición, la cual comprende los eventos específicos relacionados con ciertos momentos de la vida, no necesariamente previsibles o predeterminados. “Las transiciones siempre están contenidas en las trayectorias que son las que les dan forma y sentido; las transiciones marcan claramente cambios de estado, posición o situación”.(p. 163)32 y
(iii) el turning point, que se entiende como aquellos “momentos especialmente significativos de cambio” (p. 163). Son aquellos acontecimientos o eventos que provocan fuertes modificaciones y pueden implicar cambios drásticos en el curso de vida. Pueden ser eventos positivos o negativos.
El enfoque de curso de vida contribuye al análisis de la situación de los niños, niñas y adolescentes en riesgo o en situación de trabajo infantil. Además de la edad y el género, considera condiciones de contexto y situación, la historia y trayectoria de vida, las condiciones socioculturales que los contextualizan, así como los momentos o sucesos vitales que pueden marcar de manera particular su proceso vital.
3.2.5. Enfoques poblacional y territorial
El enfoque poblacional comprende el reconocimiento de las diferencias y características demográficas en un marco de relaciones ambientales, sociales, políticas y económicas. “El enfoque poblacional se orienta a identificar, comprender y tomar en consideración las relaciones entre la dinámica demográfica y los aspectos ambientales, sociales y económicos de competencia de los territorios”. Este enfoque permite el análisis y abordaje de las relaciones y problemas que se derivan en esta relación y transformación sociodemográfica, “orientándose a la formulación de objetivos y estrategias de desarrollo para el aprovechamiento de las ventajas del territorio y la superación de los desequilibrios entre la población y su territorio”33.
Las variables sociodemográficas, como cambios en el tamaño poblacional, su crecimiento, estructura, localización y/o movilidad, inciden sobre las condiciones socioeconómicas y ambientales en el territorio y su desarrollo. En esta lógica, son claves variables relacionadas como la actividad económica, el nivel educativo, el estado civil y la situación económica.
En esta perspectiva, el enfoque poblacional es importante en los procesos de planeación y desarrollo territorial, pues permite identificar puntos críticos de la
31 Estas trayectorias pueden comprender variedad de ámbitos o dominios como el trabajo, la escuela, la vida reproductiva, la migración, etc., los cuales son interdependientes. Estas trayectorias se pueden leer a nivel individual y están conectadas con trayectorias de los colectivos a los que pertenecen.
32 Estas trayectorias pueden comprender variedad de ámbitos o dominios como el trabajo, la escuela, la vida reproductiva, la migración, etc., los cuales son interdependientes. Estas trayectorias se pueden leer a nivel individual y están conectadas con trayectorias de los colectivos a los que pertenecen.
33 Desde el MSPS (2012) en el Plan Decenal de Salud Pública (2012- 2014).
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dinámica sociodemográfica y sus variables asociadas como punto xx xxxxxxx para las decisiones estratégicas y la formulación de la política pública. Del mismo modo, la relación población – territorio constituye un binomio de análisis de situación, que permite conocer las condiciones de base, educativas, socioeconómicas y ambientales e identifica los desequilibrios (tensiones) y las ventajas comparativas del territorio (oportunidades) que se generan en estas interrelaciones.
El enfoque territorial alude, por tanto, no solo a una noción de territorio en términos espacio-temporales, sino al conjunto o dinámica de relaciones que contempla variables tanto estructurales, de infraestructura como de tensiones políticas, sociales y culturales. Implica el reconocimiento de los ámbitos urbano, rural y rural disperso, en tanto generadores de condiciones y situaciones particulares que inciden en las relaciones, formas de ver y vivir el mundo, condiciones de vida, entre otras.
De esta manera, los enfoques se abordan desde un marco conceptual y bajo unos principios derivados del enfoque de desarrollo humano, teniendo en cuenta, igualmente, aquellos principios que corresponden al marco de acción y que tienen que ver con la equidad, la corresponsabilidad, la integralidad y la articulación de las políticas públicas, la solidaridad, la participación social y el diálogo social.
B. Conceptos
3.2.6. Definición de trabajo infantil
El trabajo infantil es una vulneración que impide garantizar a los niños, las niñas y los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión, como se establece en la Ley 1098 de 2006.
El presente documento define el trabajo infantil, de acuerdo con la Estrategia Nacional para Prevenir y Erradicar las Peores Formas de Trabajo Infantil y Proteger al Joven Trabajador 2008-2015, como:
“toda actividad física o mental, remunerada o no, dedicada a la producción, comercialización, transformación, venta o distribución de bienes o servicios, realizada en forma independiente o al servicio de otra persona natural o jurídica, (…) por personas menores de 18 años de edad”34.
Igualmente, según la OIT, se entiende por trabajo infantil:
34 OIT/IPEC y Comité Interinstitucional para la Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección de los Jóvenes Trabajadores. III Plan Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección del Trabajo Juvenil 2003-2006. Bogotá, 2003, p. 24. Tomado de Estrategia Nacional para Prevenir y Erradicar las Peores Formas de Trabajo Infantil y Proteger al Joven Trabajador, p. 11.
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“todo trabajo que priva a los niños de su niñez, su potencial y su dignidad y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico. Así pues, se alude al trabajo que es peligroso y perjudicial para el bienestar físico, mental o moral del niño e interfiere con su escolarización puesto que:
• Les priva de la posibilidad de asistir a clase
• Les obliga a abandonar la escuela de forma prematura
• O les exige combinar el estudio con un trabajo pesado y que les requiere mucho tiempo”.
Con fundamento en los conceptos presentados sobre trabajo infantil, en la presente línea de política pública se incluyen algunos criterios que se deben observar para disponer de un concepto más particular, que permitan generar las atenciones integrales diferenciadas, en el marco de la protección integral.
Trabajo infantil corresponde a todas aquellas actividades realizadas por los niños, niñas y adolescentes, en el marco de los diferentes sectores económicos y oficios del hogar, que inciden de manera negativa en su desarrollo integral, afectando su salud, seguridad, moralidad y su educación para la construcción de su proyecto de vida, las cuales se agudizan por ciertas características y particularidades del territorio (rural, xxxxxx, xxxxxx, etnia, condición de discapacidad, entre otras).
3.2.7. Definición de peores formas de trabajo infantil
Según el Artículo 3 del Convenio 182 de la OIT, las peores formas de trabajo infantil abarcan:
a) Todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, como la venta y la trata de niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo y el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados.
b) La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas.
c) La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la realización de actividades ilícitas, en particular, la producción y el tráfico de estupefacientes, tal como se definen en los tratados internacionales pertinentes35.
d) El trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.
35 Los literales a, b y c están tipificados penalmente como delitos en la legislación penal colombiana.
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3.2.8. Trabajo peligroso
En consideración a lo previsto en el Artículo 3, Literal d, del Convenio 182 de la OIT, corresponde al trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños, las niñas y los adolescentes. Por ejemplo, entre otros:
• Minería
• Trabajo bajo agua
• Trabajo en calle
• En alturas peligrosas.
• En espacios cerrados.
• Con maquinaria y equipos peligrosos.
• Transporte manual de cargas.
• Medios insalubres (expuesto a químicos, altas temperaturas, ruidos extremos, etc.).
3.2.9. Trabajo peligroso por sus condiciones
Es toda actividad que por el contexto ambiental y/o organizacional en que se realiza puede provocar perjuicios para la salud y para el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes. Por lo tanto, no podrán ser realizadas por ningún menor de 18 años, ni siquiera en calidad de acompañante, colaborador, auxiliar u operario (Artículo 4 de la Resolución 3597 de 2013). Por ejemplo:
• Trabajo doméstico en hogares de terceros.
• Jornadas de más de ocho horas.
• Horario nocturno.
• Sin medidas de higiene y de seguridad industrial.
• Que impidan la asistencia a la escuela.
Tabla 1. Distinción entre trabajos ilícitos y trabajos peligrosos
Categorías | Tipos | Actividades |
Trabajos ilícitos | Explotación sexual comercial | • Inducción, constreñimiento o estímulo a la explotación sexual comercial • Asociado a los viajes y turismo • Trata con fines de explotación sexual |
Actividades ilegales y asociadas a la esclavitud | • Producción y tráfico de estupefacientes • Utilización por bandas criminales • Servidumbre • Reclutamiento forzoso por grupos armados organizados al margen de la ley |
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Trabajos peligrosos | Trabajos peligrosos por su naturaleza | • Minería, trabajo bajo agua, en calle • En alturas peligrosas, en espacios cerrados • Con maquinaria y equipos peligrosos • Transporte manual de cargas • Medios insalubres (expuesto a químicos, altas temperaturas, ruidos extremos, etc.) |
Trabajos peligrosos por sus condiciones | • Trabajo doméstico en hogares de terceros • Jornadas de más de ocho horas • Horario nocturno • Sin medidas de higiene y de seguridad industrial • Que impidan la asistencia a la escuela |
Fuente: ICBF, 2016.
3.2.10. Protección integral del adolescente trabajador
Reconociendo lo establecido en la Constitución Política en su Artículo 45 y de acuerdo con la Ley 1098 del 2006 en su Artículo 35, los adolescentes tienen derecho al trabajo protegido a partir de los 15 años de edad y cuentan con el derecho a la protección y a la formación integral, así como el derecho a las protecciones laborales establecidas en el Código Sustantivo del Trabajo y demás normas que lo complementen.
Según el Código de Infancia y Adolescencia, los adolescentes entre los 15 y 17 años requieren de una autorización para trabajar, expedida por el inspector del trabajo. De no existir esta figura, la autorización la hará el comisario de familia o el alcalde.
En estos términos, la línea de política pública considera el trabajo protegido adolescente como aquel realizado por los adolescentes de 15 a 17 años de edad, que no resulta peligroso para su salud, seguridad o moralidad y que cumplen con los requisitos contemplados en la Constitución Política de Colombia, tratados y convenciones ratificados por el país, la Convención sobre los Derechos del Niño, el Código Sustantivo del Trabajo, el Código de Infancia y Adolescencia, el Estatuto de Ciudadanía Juvenil, la Ley Estatutaria 1622 de 201336 y demás normas que lo adicionen o complementen.
De ahí que, dentro de las acciones del trabajo protegido adolescente, el Estado deba implementar medidas y desarrollar acciones encaminadas a la protección integral en condiciones de trabajo decente, implementando programas de capacitación para que las personas adolescentes adquieran conocimientos y destrezas en el campo de la
36 Numeral 14, art. 4. Principios del Estatuto de la Juventud define que: “14. Participación. La población joven del país tiene derecho a vincularse a los procesos de toma de decisiones que le conciernen o que afecten directa o indirectamente la obtención de condiciones de vida digna, así como a tomar parte en los diversos aspectos de la vida socioeconómica, tanto en su relación con el Estado, como con otros actores sociales.
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formulación y ejecución de proyectos productivos. Del mismo modo, el Estado debe organizar una bolsa de trabajo mediante la cual se identifiquen actividades laborales que puedan ser desempeñadas por los adolescentes y garantizar su divulgación y acompañamiento para la inserción laboral. En este marco, el reto para el país es plantear un abordaje efectivo para los adolescentes trabajadores o en riesgo, que permita no solo su identificación, sino que desde variables de trazabilidad se logre ver el proceso de atenciones integrales diferenciadas, configurando escenarios de protección que garanticen el ejercicio pleno de derechos desde su vida como adolescentes trabajadores.
De este modo, se hace necesario reconocer el derecho de los adolescentes a contar con oportunidades materiales para decidir. El trabajo es una de las opciones de autoafirmación que debe darse bajo la debida protección reforzada del Estado, la familia y la sociedad, a partir de unas atenciones integrales diferenciadas del Estado que contemple a los adolescentes como sujetos activos de derechos y que les brinde las oportunidades para acceder a escenarios de trabajo protegido, asegurando una oferta que haga posible la educación hasta el nivel superior con calidad y cobertura adecuadas.
En la siguiente tabla se presentan, de acuerdo con el transcurrir vital, las medidas de protección del trabajo adolescente, que complementan la información presentada previamente en el marco normativo.
Tabla 2. Intensidad y horarios del trabajo infantil según CST* y CIA**
Edad | Intensidad diaria | Jornada | Intensidad semanal | Tipo de trabajo | Norma |
14 años o menos | 14 horas | Artístico, cultural, recreativo, deportivo | Art. 35 CIA parágrafo | ||
15 a 16 años | 6 horas | Hasta 6:00 x. x. | 00 horas | Actividades permitidas | Art. 161 CST |
Art. 114 CIA | |||||
17 a 18 años | 8 horas | Hasta 8:00 x. x. | 00 horas | Actividades permitidas | Art. 161 CST |
Art. 114 CIA | |||||
15 a 18 años Derechos en caso de maternidad | 4 horas | Actividades permitidas | Art. 116 CIA |
*Código Sustantivo del Trabajo
** Código de Infancia y Adolescencia
Nota: las horas no son el único factor que determina la existencia de trabajo infantil. Fuente: ICBF, 2015.
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3.3. Referentes técnicos
3.3.1. Xxxxx, niñas, adolescentes y sus familias, sujetos titulares de derechos
La acción del Estado dirigida a la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en riesgo o situación de trabajo infantil, para este propósito, debe ubicar imperativamente a esta población en el centro de su atención, considerando los principios de interés superior y prevalencia de sus derechos. En efecto, la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección Integral al Adolescente Trabajador plantea, para el análisis del trabajo infantil de los niños y las niñas menores de 15 años de edad, retirarlos de esta condición que vulnera sus derechos.
Dentro de los propósitos de la presente línea de política, considerar a la primera infancia como una población que es afectada por el trabajo infantil requiere de la observancia de lo establecido por la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia xx Xxxx a Siempre y de las demás normas que garantizan su protección integral. En este mismo sentido, se deben generar las acciones que permitan que los adolescentes en riesgo o en situación de trabajo infantil sean retirados de estos escenarios que vulneran sus derechos.
De otro modo, la protección integral al adolescente trabajador requiere de una protección constitucional reforzada, en aras de garantizar sus derechos laborales y de asegurar la permanencia y continuidad en su formación y especialización, que le permitan su crecimiento técnico y/o profesional desde una perspectiva de desarrollo integral y construcción de proyecto de vida.
Por su parte, las familias concebidas como sujetos colectivos de derechos y agentes de transformación social deben considerarse en el marco de acción de esta política, las cuales constituyen una estructura fundamental del orden social y actúan mediante redes de vínculos y relaciones en constante proceso de autorregulación y desarrollo. Por esta razón, la Línea de Política para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección Integral al Adolescente Trabajador da a las familias un carácter de sujetos titulares de derechos, integradas por vínculos afectivos que las configuran en sistemas vivos, de cuidado, reconocimiento y desarrollo, entendidas desde su pluralidad y diversidad, definidas así en la Política Nacional de Apoyo y Fortalecimiento a las Familias.
En este sentido, de acuerdo con el orden jurídico nacional e internacional37, se comprende que las familias son la célula básica de la sociedad38, o su elemento
37 Asamblea General de las Naciones Unidas. Preparativos y celebración del vigésimo aniversario del Año Internacional de la Familia, en 2014. A/67/61–E/2012/3. 00 xx xxxxxxxxx xx 0000.
00 Xxx. 00 xx xx Xxxxxxxxxxxx Política.
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natural y fundamental, y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado39, asumida desde una perspectiva pluralista, diversa e incluyente. Es un sistema vivo que cuenta con unos derechos40.
“… una estructura social que se constituye a partir de un proceso que genera vínculos de consanguinidad o afinidad entre sus miembros. Por lo tanto, si bien la familia puede surgir como un fenómeno natural producto de la decisión libre de dos personas, lo cierto es que son las manifestaciones de solidaridad, fraternidad, apoyo, cariño y amor, lo que la estructuran y le brindan cohesión a la institución”41.
Lo anterior, implica reconocer a las familias como agentes corresponsables de los derechos de sus integrantes, mediadoras con el Estado y la sociedad. Por esta razón, el Estado debe protegerlas, apoyarlas, orientarlas y acompañarlas para que puedan cumplir sus responsabilidades con los niños, niñas y adolescentes, desde escenarios de cuidado, reconocimiento y desarrollo.
Todas las acciones que se generen en el marco de esta línea de política pública, como estrategias, planes, programas y proyectos, deben identificar a la familia como un sujeto titular de derechos, con capacidad de agenciamiento de su propia vida, del bienestar de otros y de la transformación social, que requiere:
“el compromiso del Estado para generar condiciones, escenarios de desarrollo y oportunidades económicas, que reconozcan sus capacidades y potencialidades para el desarrollo de sus integrantes y de la sociedad” (Política Nacional de Apoyo y Fortalecimiento a las Familias).
En este escenario, la familia recobra un papel protagónico que contribuye a la mitigación de riesgos asociados al trabajo infantil, con capacidad transformadora para la promoción de los proyectos de vida individual y colectivo de sus integrantes, así como al desarrollo social y comunitario, con el apoyo articulado del Estado y la sociedad para que pueda cumplir a cabalidad con su encargo constitucional (principio de corresponsabilidad, Artículo 10 Ley 1098 de 2006). Por consiguiente, el Estado debe asegurar acciones dirigidas al fortalecimiento de los vínculos de cuidado mutuo en las familias, teniendo en cuenta que ello posibilita que sus integrantes reconozcan sus capacidades para crear futuros posibles como personas, familias, comunidades y sociedad y, de esta manera, cumplir sus realizaciones individuales y colectivas.
39 Numeral 3, Art. 16, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
40 Constitución Política Nacional, Art. 42. Ley 1361 de 2009, Art. 4. Convención sobre los Derechos del Niño. 41 Sentencia del 11 de julio de 2013 del Consejo de Estado (exp. 19001-23-31-000-2001-00757-01).
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3.3.2. Desarrollo integral
El Código de la Infancia y la Adolescencia establece como finalidad el desarrollo pleno y armonioso de los niños, niñas y adolescentes, y para ello exige contar con políticas y acciones que contribuyan a la garantía de sus derechos. En esta línea, desde la perspectiva de curso de vida se destacan tres premisas básicas del desarrollo integral [Xxxxxx, Xxxxx y Xxxxxxx, 1980; Xxxxx, Xxxxxx y Xxxxxxxxxx, 1981, citados por Xxxxxxxx et al. (2003)].
1. Es un proceso continuo y multidimensional a lo largo de la vida. Los cambios en el desarrollo no se limitan a alguna edad en particular, sino que comienzan con el nacimiento y terminan con la muerte. Ninguna edad puede entenderse totalmente aislada de las anteriores o posteriores, por lo cual los cambios son posibles a cualquier edad y pueden ser cuantitativos o cualitativos. Los cambios ocurren en varios campos: social, psicológico y biológico.
2. Es multidireccional. Los cambios ocurren según diferentes patrones definidos sobre muchos atributos de la conducta y funcionamiento humano42.
3. Es multideterminado. Los cambios de conducta reflejan interacciones complejas de procesos sociales psicológicos y biológicos en el curso de vida de un individuo y en un tiempo histórico43.
Para el caso de los niños, niñas y adolescentes en riesgo o situación de trabajo infantil, los esfuerzos por su desarrollo integral deben trabajarse de manera intencional y planeada para que sea posible garantizar su bienestar, en equilibrio con las dimensiones ambiental, social, económica e institucional de sus territorios.
Todas las iniciativas que propendan por el desarrollo integral de esta población deberán comprender las implicaciones que para ellos tiene el desarrollo sistemático de roles y labores que no corresponden a su edad, así como caracterizar su situación escolar, la cobertura y calidad de servicios sociales, los factores protectores y de generatividad de sus familias y el acceso a espacios para disfrutar la vida cultural, recreativa y social.
42 Cita textualmente Xxxxxxxx et ál. (2003): “La idea implícita en las premisas de multidimensionalidad y multidireccionalidad es que los cambios son el producto de las mutuas transformaciones entre el individuo y su ambiente, en donde nada está fijado de antemano, y pueden ocurrir en diferentes ritmos y con diferentes trayectorias para varios dominios en distintos sujetos”.
43 Una muestra de esto es que el envejecimiento no es un fenómeno solo biográficamente determinado. Las causas de cambio o estabilidad en la conducta y funcionamiento se encuentran también en la biología, en la psicología, en la estructura social y en sus interacciones. Dado que el desarrollo surge de complejas interacciones entre variables, se encuentran grandes diversidades en el desarrollo en los individuos. Cuando combinamos esta multideterminación con las otras premisas, es posible comprender que cambios similares pueden haber tenido causas diferentes y que cambios en diferentes edades pueden tener diferentes orígenes. Además, esta premisa, en conjunción con la premisa de desarrollo a lo largo de la vida, plantea la posibilidad de intervenciones diseñadas y aplicables en cualquier edad para alterar el curso del desarrollo.
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De igual manera, el proceso de diseño, implementación y evaluación de programas y proyectos que pretendan el fortalecimiento de las potencialidades y capacidades de niños, niñas y adolescentes en riesgo o situación de trabajo infantil debe tener en cuenta el desarrollo de sus procesos cognitivos, éticos, afectivos, lúdicos y participativos e identificar sus intereses, expectativas, recursos y aspectos por fortalecer en cuanto a competencias para la construcción de su proyecto de vida: a) autoconocimiento, b) interacción con los demás, c) apropiación del entorno y d) autonomía e independencia.
3.3.3. Realizaciones y entornos
La Línea de Política Nacional para Prevenir y Erradicar el Trabajo Infantil y Proteger Integralmente al Adolescente Trabajador se enmarca en los avances logrados desde la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia xx Xxxx a Siempre y la Política Nacional para la Infancia y la Adolescencia en construcción. En este escenario, el concepto de realizaciones propuesto en esta política centra la mirada en los sujetos desde la singularidad de cada niño y niña e invita a una comprensión más integral de los derechos de la niñez y la adolescencia, planteando al país el reto de lograr “unas condiciones y estados que se materializan en la vida de cada niña y cada niño, y que hacen posible su desarrollo integral”.44
En este contexto, a continuación, se presentan las realizaciones planteadas en la Política Nacional para la Infancia y la Adolescencia, definidas por momentos del ciclo vital de este grupo poblacional.
Tabla 3. Realizaciones según curso de vida
Primera infancia (niños y niñas de 0 a 5 años) | Infancia (niñas y niños de 6 a 12 años)45 | Adolescencia (de 12 a 17 años, inclusive)46 |
1. Cuenta con padre, madre, familiares o cuidadoras principales que le acojan y pongan en práctica pautas de crianza que favorezcan su desarrollo integral. 2. Vive y disfruta del nivel más alto posible de salud. 3. Goza y mantiene un estado nutricional adecuado. 4. Crece en entornos que favorecen su desarrollo. 5. Construye su identidad en un marco de diversidad. 6. Expresa sentimientos, ideas | 1. Cuenta con una familia y/o cuidadores principales que le acogen (vínculos afectivos y de protección), favorecen su desarrollo integral y le reconocen como agente activo del mismo. 2. Cuenta con las condiciones necesarias para gozar de buena salud. 3. Goza de un buen estado nutricional. 4. Desarrolla y potencia sus capacidades, habilidades y destrezas con procesos | 1. Cuenta con una familia y/o cuidadores principales que le acogen (vínculos afectivos y de protección), favorecen su desarrollo integral y le reconocen como agente activo del mismo. 2. Cuenta con las condiciones necesarias para gozar de buena salud y adopta estilos de vida saludables. 3. Goza de un buen estado nutricional y adopta hábitos alimenticios saludables. 4. Vive y expresa |
44 Art. 4, Ley 1804 de 2016.
45 Lineamientos para la inclusión de la primera infancia, la infancia, la adolescencia y el fortalecimiento familiar en los planes territoriales de desarrollo 2016.
46 Ibídem
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y opiniones en sus entornos cotidianos y estos son tenidos en cuenta. 7. Crece en entornos | educativos formales e informales que favorecen su desarrollo integral. 5. Construye su identidad en un marco de diversidad. 6. Disfruta de oportunidades de desarrollo cultural, deportivo y recreativo para la construcción de sentido y la consolidación de sus proyectos de vida. 7. Expresa libremente sentimientos, ideas y opiniones e incide en todos los asuntos que son de su interés en ámbitos privados y públicos. 8. Realiza prácticas de autoprotección y autocuidado y disfruta de entornos protectores y protegidos, frente a situaciones de riesgo o vulneración. | responsablemente su sexualidad. 5. Desarrolla y potencia sus capacidades, habilidades y destrezas con procesos educativos formales e informales que favorecen su desarrollo integral. 6. Continúa construyendo su identidad en un marco de diversidad. 7. Disfruta de oportunidades de desarrollo cultural, deportivo y recreativo para la construcción de sentido y la consolidación de sus proyectos de vida. 8. Expresa sentimientos, ideas y opiniones, e incide en todos los asuntos que son de su interés en ámbitos privados y públicos. 9. Realiza prácticas de autoprotección y autocuidado y disfruta de entornos protectores y protegidos, frente a situaciones de riesgo o vulneración. |
Como puede verse, cada realización expresa una evidencia de que los derechos de las niñas y los niños son ejercidos. A su vez, convocan a todos los actores involucrados en la promoción del desarrollo integral para hacer de los derechos una realidad, para que estén presentes en los entornos cotidianos donde se desenvuelven, para que permeen sus contextos e interacciones y se expresen en sus vidas de manera singular. Las realizaciones se proyectan como objetivos integrales de la política, que requieren que se implementen intersectorialmente en el marco de la corresponsabilidad, de modo que consideren el desarrollo de la infancia y la adolescencia de manera integral.
Finalmente, cabe destacar que la presente línea de política insta a la comprensión de la familia como un actor determinante para este propósito, que al ser comprendida como sujeto colectivo de derechos requiere también una intervención que garantice las situaciones y condiciones para su consolidación como un entorno que promueve el logro de las realizaciones en la vida de los niños, niñas y adolescentes, a quienes va dirigida esta línea de política, en el marco de la corresponsabilidad.
Por su parte, los entornos son los escenarios sociales, físicos y culturales donde viven, se desarrollan e interactúan los seres humanos con otros, con el ambiente natural y el construido. Facilitan la vinculación de los niños, niñas y adolescentes a la vida social, histórica, cultural, política y económica de la sociedad y potencian su desarrollo; por lo cual, es necesario asegurar que en ellos se brinden las condiciones humanas, materiales y sociales que favorezcan su protección integral y el pleno
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ejercicio de sus derechos, de acuerdo con el momento del curso de vida y las condiciones particulares de cada quien.
Los entornos constituyen la unidad de gestión donde se materializan las respuestas del Estado para la protección integral de niños, niñas y adolescentes en ejercicio pleno de sus derechos47, y se ajusta de acuerdo con las particularidades del ciclo de vida y de las consultas realizadas a técnicos, expertos y agentes del SNBF, las familias y los niños, las niñas, y los adolescentes en el marco de la construcción de los insumos. La política para la prevención y erradicación del trabajo infantil y protección integral al adolescente retoma los entornos y los aterriza a las características del trabajo infantil desde sus interacciones familiares, sociales, económicas y culturales y contextos que le rodean, destacando los siguientes entornos.
Entorno hogar: al reconocerlo como el más cercano a niños y niñas se hace necesario el compromiso del Estado para generar condiciones, escenarios de desarrollo y oportunidades a las familias, reconociendo, fortaleciendo y apoyando sus capacidades como potencialidades para el desarrollo de sus integrantes, de su comunidad y de la sociedad en general.
Entorno salud: cumple un papel muy importante en la promoción del buen trato y en la prevención y protección contra las consecuencias del trabajo infantil en la salud física y mental, además de problemáticas asociadas como las diferentes violencias, el embarazo adolescente, el abuso y la explotación. Asimismo, define las características de los entornos de trabajo protegido para adolescentes desde el ámbito de la salud ocupacional y los riesgos laborales. El propósito fundamental de este entorno es preservar la existencia de los niños, niñas y adolescentes en condiciones de plena dignidad.
Entorno educativo: para la efectiva prevención y erradicación del trabajo infantil y la protección del adolescente trabajador este entorno supone la promoción de procesos de aprendizaje dirigidos a todos los actores involucrados para cualificar su actuación, haciendo énfasis en la formación, acompañamiento y fortalecimiento de las competencias socioemocionales, en su papel como corresponsables en la protección integral de niños, niñas y adolescentes en riesgo o situación de trabajo infantil.
Entorno espacio público o comunitario: incluye todos los escenarios físicos que posibilitan la participación en actividades culturales, recreativas, deportivas, formativas, de libre esparcimiento o simplemente de ocupación en sitios de encuentro público, propias de los procesos de reproducción social y cultural, tales como: plazas, vías, parques, bibliotecas, ludotecas, casas de cultura, etc.
47 Ley 1804 de 2016 “Política de Estado para el Desarrollo Integral para la Primera Infancia xx Xxxx a Siempre”.
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Entorno laboral: constituye un espacio en el que ocurren interacciones relacionadas con la subordinación, el cumplimiento de obligaciones, la búsqueda de objetivos y las relaciones económicas, en torno a la producción y distribución de bienes y servicios, en donde es posible el desarrollo vocacional y ocupacional, en este caso, aplicado únicamente a los adolescentes con la edad mínima para el empleo. Es un entorno que debe permitir que las familias tengan condiciones óptimas para la crianza y para cumplir con las responsabilidades que tienen con los niños, niñas y adolescentes desde la gestación. Con el fin de que se constituya en un entorno protector, se deben garantizar condiciones de trabajo protegido para los adolescentes de 15 a 17 años que opten libremente por desempeñar una ocupación, arte, oficio o profesión, de manera que cuenten con autorización para realizar el trabajo y para que así sean especialmente protegidos, garantizando su protección integral y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la Ley.
3.3.4. Atención integral
La atención integral como vía para lograr la realización de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en riesgo o en situación de trabajo infantil, y sus familias, implica la organización, coordinación y orientación de iniciativas intersectoriales que permitan atender la complejidad del fenómeno de manera intencionada y efectiva, respondiendo a las particularidades territoriales para una oferta pertinente y adecuada de programas, servicios y proyectos que apunten a abordar las causas del trabajo infantil, desde acciones lideradas por el Estado en articulación con la sociedad y la familia. Dichas acciones deben darse en los ámbitos nacional y territorial.
La Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección del Adolescente Trabajador tiene como fin principal la protección integral de los niños, niñas y adolescentes expuestos a esta vulneración. Para ello, es fundamental comprender la definición de atención integral, planteada por la Ley 1804 de 2016, en su Artículo 4, Literal d, en la cual establece que se trata de:
“el conjunto de acciones intersectoriales, intencionadas, relacionales y efectivas encaminadas a asegurar que en cada uno de los entornos en los que transcurre la vida de los niños y niñas, existan las condiciones humanas, sociales y materiales para garantizar la promoción y potenciación de su desarrollo. Estas acciones son planificadas, continuas y permanentes. Involucran aspectos de carácter técnico, político, programático, financiero y social, y deben darse en los ámbitos nacional y territorial”.
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Si bien el documento preliminar de la Política Nacional para la Infancia y la Adolescencia toma como referente las etapas de la infancia y la adolescencia (ver Política de Infancia y Adolescencia), la presente línea de política parte de las particularidades de cada momento en el desarrollo en el marco del trabajo infantil, por lo cual las atenciones se encaminan a la efectiva prevención y erradicación progresiva del trabajo infantil para niños y niñas debajo de 15 años, y a la protección integral de los adolescentes trabajadores. Estos aspectos implican promover ambientes y relaciones democráticas para la protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes en cuatro momentos, como se presenta a continuación.
Tabla 4. Particularidades para la atención por momentos de desarrollo
Momento de desarrollo | Particularidad |
Menores de 6 años | En esta etapa se debe prevenir la exposición de los niños y niñas en actividades económicas, en las que, por lo general, son sometidos a diferentes situaciones de riesgo que atentan contra su salud emocional, física y nutricional, así como a riesgos emocionales y ambientales q u e inciden negativamente en la construcción de imaginarios y de su identidad. |
De 6 a 11 años | Se debe mitigar el riesgo de que los niños y las niñas asuman roles de adultos, que en ocasiones se han naturalizado culturalmente en el medio socio-familiar y comunitario. |
De 12 a 14 años | Las familias deben conocer las implicaciones y los riesgos cuando los niños, niñas y adolescentes participan en actividades laborales y descuidan su formación educativa. |
De 15 a menores de 18 años | Los y las adolescentes deben conocer el contexto laboral colombiano y los procesos que se requieren para obtener permiso de trabajo y las normas que lo protegen, como también deben reconocer las actividades que les está prohibido realizar. • Propiciar procesos de articulación con las instituciones técnicas o tecnológicas que orienten a los adolescentes en la formación y especialización en una ocupación arte, oficio o profesión, para el ejercicio de su actividad laboral. • Los y las adolescentes serán protegidos por las normas que son adoptadas en el contexto de la empresa, para apoyar los procesos de formación que contribuyan con sus proyectos de vida. |
Fuente: Lineamiento técnico para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos inobservados, amenazados o vulnerados, en situación de trabajo infantil. ICBF, febrero de 2016.
Así, la atención integral se configura como el conjunto de esas iniciativas, encaminadas a lograr el ejercicio y garantía de los derechos de niñas, niños, adolescentes en riesgo o situación de trabajo infantil y sus familias. La atención integral tiene como propósitos:
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• Fomentar prácticas socioculturales y educativas que favorezcan la permanencia escolar y alejen a los niños, niñas y adolescentes de entornos peligrosos y del trabajo infantil.
• Promover la generación de condiciones para la prevención y erradicación del trabajo infantil.
• Velar por el restablecimiento de los derechos vulnerados de niños, niñas y adolescentes en situación de trabajo infantil, por parte de las entidades responsables.
• Impulsar la creación xx xxxxxxx de participación ciudadana para la formulación, ejecución y evaluación de políticas y acciones locales que propendan a la prevención y erradicación del trabajo infantil y a la protección del adolescente trabajador.
El aseguramiento de la calidad de esta atención se fundamenta en el cumplimiento de cinco condiciones planteadas en el documento preliminar de la Política para la Infancia y la Adolescencia, que se retoman en el presente documento: pertinente, oportuna, flexible, diferencial, continua y complementaria. (Para más información consultar PNIA).
Finalmente, desde una perspectiva de derechos con enfoque diferencial, la atención integral plantea el trabajo unificado e intersectorial que articula y promueve el desarrollo de planes, programas, proyectos y acciones para la atención integral que debe asegurarse a cada niño, niña o adolescente en riesgo o en situación de trabajo infantil, de acuerdo con su edad, contexto y condición.
4. Xxxxx de gestión
La gestión de los agentes e instancias del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, SNBF, en esta línea de política pública, está orientada a fortalecer las competencias y habilidades en escenarios de coordinación y articulación, para cumplir con la responsabilidad frente a la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en riesgo o en situación de trabajo infantil y la protección integral de los adolescentes trabajadores y sus familias. Materializar estas acciones significa, además, generar procesos en alianzas público-privadas, orientadas a cumplir con la misión de cada una de las instituciones en función de los niños, niñas, adolescentes y sus familias, en el marco de la corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad.
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Ilustración 1. Estructuración de los ejes de la política pública identificados con base en los entornos por mejorar
4.1. Objetivo general de la línea de política pública
Prevenir y erradicar progresivamente el trabajo infantil así como garantizar el ejercicio pleno de derechos del adolescente trabajador, mediante la protección integral de niños, niñas y adolescentes tomado como unidad de intervención a ellos y ellas junto a sus familias.
Este objetivo pretende que todos los niños, niñas y adolescentes del país crezcan en familia, bajo entornos protectores que los alejen del trabajo infantil, así como lograr que el adolescente trabajador ejerza sus derechos en el marco del trabajo protegido. En este sentido, la presente línea de política busca hacer énfasis desde su gestión, en los siguientes ítems:
1. Promover estrategias y programas destinados a mejorar las condiciones de vida en las zonas rurales e integrar los aspectos relativos al trabajo infantil en el centro de las políticas agrícolas, contribuyendo a cerrar la brecha social existente entre los niños y las niñas que habitan en zonas urbanas y rurales y coordinar la articulación con programas de entidades gubernamentales,
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iniciativas de organizaciones de la sociedad civil y las acciones desarrolladas en escenarios de responsabilidad social empresarial.
2. Generar estrategias armonizadas con los lineamientos técnicos emitidos por el CIETI nacional, que se enfoquen en tres temas: 1) prevención del trabajo infantil y promoción de las acciones de la política pública, 2) mejoramiento de la calidad y cobertura de las atenciones desde el enfoque de protección integral a los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en situación de riesgo o que se les haya vulnerado sus derechos, 3) la movilización social como eje para realizar un cambio cultural.
3. Avanzar en las condiciones y oportunidades que permitan la protección integral de los adolescentes trabajadores, alejándolos de escenarios de riesgo como son las actividades peligrosas, que por su naturaleza o condiciones los exponen a situaciones de riesgo o vulneración, desde atenciones diferenciales orientadas a su identificación, atención y seguimiento.
4. Profundizar en el análisis y particularización de estrategias para el abordaje del trabajo doméstico infantil que, por su dimensión, nivel de vulneración, medio y circunstancias en que se desarrolla, pone a niñas, niños y adolescentes en un riesgo que se hace invisible. De ahí que sea importante tener una perspectiva de género en las estrategias de prevención y erradicación de esta categoría de trabajo infantil para evidenciar claramente las diferencias y desigualdades que pueden existir y plantear un abordaje pertinente y efectivo.
5. Fortalecer las instituciones, desde el orden nacional hasta el territorial, para que estén en capacidad de brindar a todos los niños, niñas y adolescentes en riesgo o en trabajo infantil o en trabajo protegido y sus familias, atenciones de calidad necesarias para garantizar y promover sus derechos.
6. Establecer mecanismos de evaluación y seguimiento para poder identificar los avances de la política y evaluar los procesos, con el fin de mejorar y adecuar las acciones de política.
4.2. Gestión de la Línea de Política para la Prevención y Erradicación del Trabajo infantil y la Protección Integral del Adolescente Trabajador en el marco del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
Los CIETI hacen parte del Sistema Nacional de Bienestar Familiar48, como instancia de desarrollo técnico en el ámbito nacional49, que para la política pública deben estar articulados a las políticas públicas de primera infancia, infancia, adolescencia y fortalecimiento familiar en el país. La coordinación técnica del SNBF la realiza el ICBF apoyándose en el comité ejecutivo del SNBF como instancia técnica y de
48 Es el conjunto de agentes, instancias de coordinación y articulación y de relaciones existentes entre estos, para dar cumplimiento a la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, y al fortalecimiento familiar en los ámbitos nacional, departamental, distrital, municipal y resguardos de territorios indígenas. Art. 2.4.1.2., Decreto 1084 de 2015. 49 Resolución ICBF 6464 de 2013.
Continuación del Decreto “Por el cual se adiciona el Capítulo 7 al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, para adoptar la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del
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operación del Consejo Nacional de Política Social en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal, a través de las mesas de infancia, adolescencia y familia de los consejos territoriales de política social.
4.3. La empresa sostenible y el sector sindical como agentes de cambio social en la lucha contra el trabajo infantil
La empresa sostenible y productiva en el país tiene un papel preponderante en el desarrollo económico, y como agente, corresponsable en los cambios culturales y sociales. De allí deriva la importancia de aunar esfuerzos con el sector privado en materia de trabajo infantil, expresando que es determinante “estructurar acciones con la participación del Estado y el sector privado para generar una transformación cultural en la familia y la sociedad en la prevención y erradicación del trabajo infantil y la protección del adolescente trabajador”.
Por su parte, el movimiento sindical es conocedor primordial de las realidades de los trabajadores. Por ello, considera esencial tener presencia en los espacios en los que pueda incidir como es el caso de los CIETI nacional y territorial, en donde su presencia fortalece la participación y movilización social.
Como ha sido analizado por la OIT (2016, p. 18), se concluye que dentro de las razones para continuar vinculando activamente a los sindicatos en las estrategias de prevención y erradicación del trabajo infantil se encuentran las siguientes:
1. “El trabajo infantil es una violación de los derechos humanos y llega al fondo del programa sindical para promover la igualdad y la justicia social.
2. Repercute en las oportunidades de trabajo decente para los adultos dado que el trabajo infantil proporciona una alternativa económica y de explotación que perpetua el ciclo de la pobreza.
3. La existencia de trabajo infantil socava la capacidad de los sindicatos de organizar el lugar de trabajo y debilita el poder de negociación de los sindicatos.
4. El trabajo infantil también repercute en la salud y en las competencias de la futura mano de obra. Por estos motivos, los sindicatos han estado a la cabeza de la lucha contra el trabajo infantil y de la campaña para las normas internacionales sobre la edad mínima de admisión al empleo, vinculada a la edad en que cesa la enseñanza obligatoria desde finales del Siglo XIX”.
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4.4. Ejes estratégicos de la línea de política pública
Los ejes estratégicos que se proponen brindan una ruta de atención para el cumplimiento del objetivo de esta política pública. Representan el punto xx xxxxxxx para establecer los medios, las acciones y los productos necesarios para cumplir con su objetivo. De esta manera, los entes territoriales se encuentran en la obligación de adecuarlos a sus planes, programas y proyectos.
Cada eje de la presente política contempla un objetivo específico y unas líneas de acción, como se señala a continuación.
Eje 1: Fortalecimiento de la arquitectura institucional
En el marco de este lineamiento, la garantía de derechos de los niños, niñas y adolescentes, su reconocimiento, prevención y restablecimiento, exigen en su conjunto procesos de adecuación, fortalecimiento y creación de condiciones institucionales pertinentes para la atención integral de niños, niñas, adolescentes y sus familias, con especial énfasis en la prevención y erradicación del trabajo Infantil y la protección integral al adolescente trabajador.
La acción integral y articulada intersectorialmente exige revisión, adecuación y fortalecimiento de la arquitectura institucional para prevenir y erradicar el trabajo infantil y proteger al adolescente trabajador, lo que hace necesario armonizar y construir una línea común de acciones, en este caso institucionales, que involucre a todos los actores. Para esto, es fundamental realizar los ajustes y adecuaciones a que haya lugar, tanto sectorial como intersectorialmente, en un sentido de complementariedad y búsqueda del logro de la finalidad última que se centra en la promoción y garantía de los derechos en clave del logro de desarrollo integral.
Los sujetos –objetivo de esta política – constituyen el centro de la gestión y la finalidad de las adecuaciones a que haya lugar; en este caso, niños, niñas, adolescentes en trabajo infantil y sus familias. Con el fin de prevenir y erradicar el trabajo infantil y proteger al adolescente trabajador es necesario armonizar y construir una línea común de las acciones institucionales; para esto, se requiere enmarcar todas las actuaciones en una estructura institucional que permita el uso eficiente y eficaz de los recursos, de manera articulada y uniforme.
Será preciso, entonces, trabajar en un plan de acción común en el nivel nacional, que sustente todas las estrategias dirigidas a la prevención y erradicación del trabajo infantil y a la protección integral del adolescente, que al momento de ser adoptadas evidencien una cohesión y concurrencia entre los diferentes actores en el territorio.
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El eje se enfoca en la resolución de tres entornos problemáticos a través de cinco estrategias clave. Estas son: 1) La integración de los objetivos de prevención y erradicación en los planes de desarrollo territorial, 2) La articulación de esfuerzos intersectoriales, 3) La gestión territorial por parte del Gobierno Nacional, 4) La creación o fortalecimiento de los CIETI y 5) La unificación de toda la normativa relacionada.
Articular las acciones institucionales en torno a la prevención y erradicación del trabajo infantil y a la protección del adolescente trabajador y su familia, en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal.
En este eje, las instituciones son la base para realizar todas las acciones dirigidas a prevenir el trabajo infantil, restablecer los derechos de los niños y niñas que actualmente están trabajando, proteger al adolescente trabajador y fortalecer a sus familias. Para esto, se debe lograr una armonización interinstitucional, que, articulada y coordinada intersectorialmente, fortalezca a los agentes del SNBF involucrados, en función del objetivo de la presente política, para garantizar la protección integral a los niños, niñas y adolescentes.
- Promoción de líneas de política local
- Articulación institucional
- Creación y fortalecimiento de los CIETI
- Ajustes normativos
- Capacidad institucional de inspección, vigilancia y control Participación de los niños, niñas y adolescentes
Este eje de la política centrará su accionar en dos actores: los CIETI y los gobiernos locales y departamentales.
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Con relación a los CIETI, se pretende generar una red que permita construir y elaborar acciones de política que lleguen al territorio y puedan recoger los aportes de acuerdo con las necesidades locales, impactando en las necesidades de los niños, niñas, adolescentes y sus familias. En cuanto a los gobiernos locales, se pretende la incorporación de acciones de la política pública en sus planes de desarrollo.
Dada la multiplicidad de actores influyentes en la política, se hace necesario realizar un análisis exhaustivo de los mismos, su nivel de intervención y su capacidad de influencia. Este ejercicio permite identificar las competencias de cada uno de los actores, sus roles y responsabilidades (anexo).
A. Promoción de políticas locales
Resultado: los planes de desarrollo, proyectos y programas municipales, distritales y departamentales incluyen las líneas de acción y/o estrategias para prevenir y erradicar el trabajo infantil, en el marco de la presente línea de política nacional.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Acciones dirigidas a prevenir y erradicar el trabajo infantil | ||
Planes de desarrollo, proyectos y programas con líneas de acción específicas para prevenir | Elaboración de la Cartilla ABC con las responsabilidades y roles de las instituciones frente a la prevención y erradicación del trabajo infantil en los territorios. | Ministerio de Trabajo |
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y erradicar el trabajo infantil | Acompañamiento a los alcaldes y gobernadores en la formulación de planes de desarrollo que propendan por la inclusión de estrategias de prevención y erradicación del trabajo infantil. | DNP SNBF |
Incluir y armonizar en los planes, programas y proyectos departamentales, municipales, y distritales las estrategias para prevenir y erradicar el trabajo infantil. | Gobiernos locales |
Resultado: los planes de desarrollo, proyectos y programas municipales, distritales y departamentales incluyen las líneas de acción y/o estrategias para proteger al adolescente trabajador en el marco de la presente línea de política nacional.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Acciones dirigidas a proteger los derechos del adolescente trabajador | ||
Planes de desarrollo, proyectos y programas con líneas de acción específicas para proteger al adolescente trabajador | Acompañar a los alcaldes y gobernadores en la formulación de planes de desarrollo en los que se propenda por la inclusión de estrategias de protección del adolescente trabajador. | Ministerio de Trabajo SNBF DNP |
Generar una guía para gobiernos del nivel departamental y distrital, para la inclusión de políticas de protección al adolescente trabajador, en armonía con los lineamientos del SNBF. | Ministerio de Trabajo SNBF DNP | |
Incluir estrategias de protección al adolescente trabajador en los planes de desarrollo municipal, departamental y distrital. | Gobiernos locales |
B. Articulación institucional
Resultado: las entidades responsables de la prevención y erradicación del trabajo infantil y de la protección del adolescente trabajador se articulan interinstitucionalmente y cuentan con canales de comunicación efectivos entre la nación, departamentos, distritos y municipios.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Mecanismos de articulación | Identificar mecanismos de articulación que permitan mejorar la transferencia de conocimiento y el apoyo entre la nación, departamentos, distritos y municipios. | CIETI |
Implementar los mecanismos definidos en el territorio. | Departamentos Municipios | |
Evaluación del nivel de articulación de los gobiernos locales | Elaborar lineamientos territoriales que permitan determinar el nivel de articulación de las instituciones de los gobiernos locales, y la articulación nación-territorio. . | Ministerio de Trabajo ICBF SNBF |
Evaluar la articulación del gobierno local implementando los lineamientos del Gobierno Nacional. | Gobierno Nacional Gobiernos locales |
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C. Fortalecimiento de los CIETI
Resultado: todos los CIETI de los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal se han creado y operan de acuerdo con la normativa que los reglamenta.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Creación o fortalecimiento de los CIETI territoriales | Actualización de la Cartilla de ABC para la creación y fortalecimiento de los CIETI | Ministerio de Trabajo |
Formular estrategias para la creación y el fortalecimiento de los CIETI, identificando buenas prácticas y orientando la acción pública, según las particularidades regionales. | CIETI nacional Gobiernos locales | |
Brindar asistencia técnica a los CIETI y a los agentes del SNBF responsables de la implementación de la política en el territorio. | CIETI nacional CIETI departamentales | |
Estandarización de la presentación y formulación de los planes de acción. | CIETI nacional CIETI departamentales | |
Promover la validación de los planes, programas y proyectos, según las particularidades de la región, en el CIETI, en el marco de la Política Pública. | CIETI nacional CIETI departamentales |
X. Xxxxxx normativo
Resultado: la normativa debe estar actualizada, reglamentada, modificada y adoptada de manera que responda a los objetivos de la política.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Normas actualizadas | Realizar un estudio interno y de derecho comparado de la normatividad existente relacionada con la prevención y erradicación del trabajo infantil, así como la protección del adolescente trabajador para proponer modificaciones y ajustes ante las instancias competentes. | Gobierno Nacional |
Propender por la actualización de la normatividad existente relacionada con la prevención y erradicación del trabajo infantil y la protección del adolescente trabajador. | Ministerio de Trabajo |
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Actualizar la Resolución 3597 de 2013, por la cual se señalan y actualizan las actividades consideradas como peores formas de trabajo infantil y se establece la clasificación de actividades peligrosas y condiciones de trabajo nocivas para la salud e integridad física o psicológica de las personas menores de 18 años. | Ministerio del Trabajo ICBF Gremios Organizaciones sindicales | |
Normatividad laboral unificada y armonizada con la política pública | Ministerio de Trabajo | |
Ajustar la normatividad de inspección, vigilancia y control junto con las medidas de carácter sancionatorio al empleador, en caso de trabajo infantil y/o vulneración de los derechos del adolescente trabajador. | Ministerio de Trabajo |
E. Capacidad institucional de inspección, vigilancia y control
Resultado: las capacidades de las entidades y funcionarios encargados de ejercer la inspección, vigilancia y control en el territorio son fortalecidas.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Propuesta del | Generar estrategias regionales destinadas a | Ministerio del Trabajo |
incremento de | aumentar el número de inspectores de trabajo | Gobiernos locales |
inspectores de trabajo, | en las regiones. | |
defensores de familia y | ||
comisarios de familia | ||
en el país | ||
Formación de | Construir un instrumento técnico que facilite la | Ministerio del Trabajo |
inspectores de trabajo, | labor de los inspectores de trabajo o | |
comisarios de familia, | funcionarias competentes para otorgar la | |
alcaldes con | autorización de trabajo a los adolescentes. | |
competencia subsidiaria y otras autoridades competentes | ||
Capacitar a los funcionarios competentes para otorgar autorizaciones de trabajo a los adolescentes, así como para realizar la inspección, vigilancia y control de las | Ministerio del Trabajo | |
autorizaciones otorgadas. | ||
Formar a los inspectores de trabajo y/o | Ministerio del Trabajo | |
funcionarios competentes en la normatividad | ||
referente a actividades peligrosas y | ||
condiciones de trabajo nocivas para la salud e | ||
integridad física o psicológica de las personas | ||
menores de 18 años de edad. | ||
Formar a los inspectores de trabajo y/o | Ministerio del Trabajo | |
funcionarios competentes en la política pública. |
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F. Fortalecimiento de escenarios de participación de los niños, niñas y adolescentes:
Resultado: las ideas y opiniones de los niños, niñas y adolescentes son incluidas en los planes y en las estrategias de política pública relacionada con el trabajo infantil y el trabajo protegido.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Protocolo sobre | Generar el protocolo de interlocución de los | CIETI nacional |
participación de los | niños, niñas y adolescentes de manera que | Ministerio del Interior |
niños, niñas y | expresen sus ideas en el marco de las | SNBF |
adolescentes en los | acciones del CIETI. | |
documentos de política | ||
y demás atenciones (servicios) dirigidos a ellos | ||
Generar espacios de escucha y participación incidente de los niños, niñas y adolescentes. | CIETI nacional Ministerio del Interior | |
Realizar jornadas de consultas sobre las | Gobiernos locales | |
políticas públicas, planes, programas y | CIETI nacional | |
proyectos en el marco del consejo asesor y | CIETI | |
consultivo de niños, niñas y adolescentes, | departamentales | |
entre otras instancias de participación | ||
existentes en el territorio. | ||
Incluir en la conformación de los CIETI | Gobiernos locales | |
nacionales, departamentales, distritales y | ||
municipales a los niños, niñas y adolescentes | ||
como sujetos de derechos. |
Eje 2: Promoción de derechos y prevención de vulneraciones
Este eje hace énfasis en todas aquellas acciones destinadas a la promoción de derechos y prevención de vulneraciones de los niños, niñas y adolescentes, identificando aquellos entornos riesgosos a los que estén expuestos y que puedan derivar la participación en actividades que afecten su salud física, mental o su moralidad y en el fortalecimiento de sus potencialidades y las de sus familias y cuidadores para la promoción de entornos protectores. En este sentido, es importante conocer las características y condiciones propias de esta población. Esto, también, para generar elementos diferenciales que permitan potenciar habilidades e intereses y que tengan en cuenta las particularidades de los territorios y las necesidades propias para el desarrollo de acciones pertinentes y oportunas, que reconocen el papel de los niños, niñas y adolescentes como sujetos titulares de derechos y, por tanto, como protagonistas de su propio desarrollo.
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Se buscará lograr este objetivo en dos sentidos: en primera instancia, mediante acciones indirectas, como lo son las campañas de promoción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. En segunda medida, a través de acciones directas como las atenciones especializadas o diferenciales que estén destinadas a disminuir los factores de riesgo y fortalecer capacidades protectoras de las familias y la comunidad.
Promover la garantía de los derechos de las niñas, niños y adolescentes trabajadores o en riesgo. Así como también, prevenir el trabajo infantil y los escenarios de trabajo riesgoso para los adolescentes, en el marco del SNBF.
El objetivo principal de este eje busca desarrollarse bajo las siguientes líneas de acción:
• Identificación de riesgos
• Fortalecimiento de capacidades para prevención
• Estrategias de prevención (nación / territorio)
• Promoción de los derechos
• Acciones de política intersectoriales
• Diseñar, fortalecer y replicar alianzas
• Sensibilización y promoción de derechos de niños, niñas y adolescentes
• Sensibilización y promoción del trabajo protegido
• Garantizar los derechos del adolescente trabajador
Se requiere la participación activa de todos los actores responsables de la protección integral de los niños, niñas y adolescentes. Desde las familias, se debe promover el fortalecimiento de los vínculos de cuidado mutuo, reconociendo sus capacidades para constituirse en entornos protectores, asumiendo los retos en los que se enfrentan en la cotidianidad y se convierten en protagonistas del desarrollo social.
Las orientaciones y los lineamientos técnicos elaborados por las entidades nacionales resultan de vital importancia en esta política para que se deriven
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acciones concretas que incidan directamente en los entornos de los niños, niñas y adolescentes.
De esta manera, corresponde a las entidades ( Ministerio de Educación Nacional, Ministerio de Trabajo, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Cultura, Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Ministerio de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones, Departamento Administrativo de la Prosperidad Social, el ICBF y Coldeportes, entre otras) crear las estrategias necesarias para proporcionarles a los niños, niñas y adolescentes, en general y, en particular, a aquellos que se encuentren en riesgo; establecer lineamientos técnicos dirigidos a promover actividades educativas, lúdicas, culturales y deportivas en los territorios. También, la implementación de acciones orientadas al fortalecimiento de capacidades de las familias y de apoyo psicosocial, con el fin de brindarles un entorno de protección integral, de acuerdo con sus competencias.
A. Identificación de riesgos
Resultado: los riesgos que generan el trabajo infantil o que vulneran los derechos de los adolescentes trabajadores son identificados en los entornos social, comunitario y familiar.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Mapa de riesgos de trabajo infantil y de adolescentes en trabajos peligrosos | Realizar un autodiagnóstico de la situación de los niños, niñas y adolescentes y sus familias, en especial, identificando la tasa de deserción escolar, tasa de permanencia en el sector educativo, tasa de embarazo adolescente, tasa de desempleo, tasa de informalidad laboral, principales actividades económicas y víctimas del conflicto armado, de acuerdo con los lineamientos y orientaciones del nivel nacional. Se hará uso del Modelo de Identificación del Riesgo de trabajo infantil de riesgos y criterios de focalización como herramienta de apoyo para que los territorios definan sus acciones con relación a los riesgos identificados. | DNP Gobernaciones Alcaldías |
Desarrollar asistencia técnica a los comités CIETI y/o mesas de infancia y adolescencia, relacionados con los lineamientos para focalización de zonas de influencia en trabajo infantil. | Ministerio de Trabajo ICBF |
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Realizar un reporte nacional periódico (semestral) en el marco de instrumentos como el SIRITI o el Modelo de identificación del riesgo de trabajo infantil sobre las situaciones de niños, niñas, adolescentes y sus familias. | Ministerio de Trabajo DNP |
B. Fortalecimiento de capacidades para la prevención
Resultado: las capacidades de las entidades municipales, distritales y departamentales están fortalecidas para llevar a cabo acciones de prevención.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Capacidad instalada en las entidades territoriales para realizar estrategias de prevención del trabajo infantil y de adolescentes en trabajos peligrosos | Asistencia técnica por parte de la nación y los departamentos para el fortalecimiento de las capacidades técnicas de las entidades territoriales. | Ministerio de Trabajo ICBF Gobernaciones |
Apoyar en la definición de proyectos tipo u otros, orientados hacia alguno de los elementos para la prevención del trabajo infantil. | DNP Prosperidad Social ICBF Ministerio de Trabajo | |
Programa de incentivos para la participación activa de los gobiernos locales en actividades de prevención del trabajo infantil y de adolescentes en trabajos peligrosos | Promover incentivos para aumentar el compromiso de las administraciones municipales en la implementación de las estrategias de prevención. | Ministerio de Trabajo ICBF |
Ruta de focalización y atención | Identificar y focalizar las atenciones de prevención en los entornos donde los niños, niñas y adolescentes corren riesgo de que se les vulneren sus derechos, en cuanto a las actividades laborales se refiere. | CIETI nacional ICBF SNBF Gobernaciones Alcaldías |
C. Estrategias de prevención (nación / territorio)
Resultado: estrategias implementadas para prevenir que los niños, niñas y adolescentes estén en trabajo infantil y/o en escenarios de trabajo peligroso.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Estrategia de prevención implementada | Acciones frente a un riesgo inminente | |
Generar o fortalecer entornos protectores en aquellos escenarios donde existe un alto riesgo de vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, direccionando acciones específicas a la familia. | Gobiernos locales CIETI nacional CIETI territorial |
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Realizar actividades preventivas especializadas mediante intervenciones diferenciadas por actividades y entornos socioculturales, destinados a la prevención del trabajo infantil y a la protección del adolescente trabajador. | Gobiernos locales CIETI nacional CIETI territorial | |
Acciones de prevención cuaternaria | ||
Establecer mecanismos que prevengan que los niños, niñas y adolescentes regresen a actividades de trabajo peligroso u otros escenarios de riesgo. | ICBF | |
Acciones para adolescentes | ||
Elaborar una estrategia de prevención para que los adolescentes no se encuentren en escenarios de trabajo peligroso. | Ministerio de Trabajo | |
Propender por un cambio de los patrones culturales relacionados con el trabajo infantil, mediante acciones dirigidas a promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes | Realizar un diagnóstico que evidencie los principales patrones culturales que generan situaciones de riesgo a los niños, niñas y adolescentes en materia de trabajo infantil. | Ministerio de Trabajo ICBF Gobiernos locales |
Incluir, en la formulación de los Planes de Acción de Educación en Emergencias y en los Planes Escolares de Gestión del Riesgo, el trabajo infantil como riesgo que vulnera los derechos de los niños, niñas y adolescentes, empezando por el derecho a la educación. | Secretarías de Educación certificadas Establecimientos educativos | |
Generar una estrategia territorial orientada a promover cambios en los patrones culturales de la sociedad, que cuente con un enfoque regional diferenciado. | Ministerio de Trabajo ICBF Gobiernos locales | |
Institucionalizar una actividad de sensibilización contra el trabajo infantil en el mes xx xxxxx en las instituciones educativas, en el marco de la conmemoración del Día Mundial contra el Trabajo Infantil (12 xx xxxxx). | Secretarías de Educación certificadas Instituciones educativas | |
Establecer líneas técnicas que permitan promover jornadas de sensibilización y promoción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes a través de los cogestores sociales y de las diferentes estrategias propuestas por las instituciones del nivel nacional, departamental, distrital o municipal, con el propósito de prevenir y erradicar el trabajo infantil. | Prosperidad Social Ministerio de Educación Ministerio de Salud ICBF CIETI departamental | |
Estrategia de prevención del trabajo infantil y protección del adolescente trabajador en los ámbitos empresarial y sindical | Promover una cultura xx xxxx tolerancia frente al trabajo infantil. | Empresas Sindicatos |
Promover una cultura organizacional empresarial con un mensaje de promoción del trabajo protegido para adolescentes. | Empresas Sindicatos |
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Realizar un autodiagnóstico con especial énfasis en los proveedores y en las cadenas de abastecimiento. | Red Colombia contra el Trabajo infantil Empresas | |
Realizar acciones de sensibilización para prevenir el trabajo infantil y proteger al adolescente trabajador, dirigidas a sus grupos de interés. | Sindicatos | |
Realizar acciones de sensibilización y capacitación a los colaboradores directos e indirectos, y demás grupos de interés, acerca del compromiso de prevenir y erradicar el trabajo infantil al interior de la empresa y en la cadena de suministro/abastecimiento. | Red Colombia contra el Trabajo Infantil Organizaciones no gubernamentales | |
Incentivar el uso de sellos de calidad (producción) y/o adherirse a iniciativas de derechos humanos y empresa. | Ministerio de Trabajo Red Colombia contra el Trabajo Infantil | |
Institucionalizar una actividad de sensibilización contra el trabajo infantil en el mes xx xxxxx en las instituciones educativas, en el marco de la conmemoración del Día Mundial contra el Trabajo Infantil (12 xx xxxxx). | Ministerio de Educación Secretarías de Educación departamental, distrital y municipal |
D. Promoción de los derechos
Resultado: promocionar los derechos de los niños, niñas y adolescentes para evitar que se vinculen en trabajo infantil y/o trabajos peligrosos que vulneren sus derechos.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Acciones dirigidas a la protección de los niños, niñas y adolescentes | ||
Estrategia de promoción | Promover acciones que fomenten la protección | Miembros de CIETI |
de los derechos de los | integral de los niños, niñas y adolescentes de | en todos los |
niños, niñas y | manera que estos se encuentren en entornos | ámbitos territoriales |
adolescentes en relación | protectores que los alejen de los factores | (nacional, |
con la prevención y | expulsores al trabajo infantil. | departamentales y |
erradicación del trabajo | municipales) | |
infantil. | Desarrollar líneas técnicas dirigidas a generar | Ministerio de |
acciones que apoyen el fortalecimiento de los | Trabajo | |
vínculos de cuidado mutuo en las familias para | Ministerio de | |
que estas, a su vez, alejen a niños, niñas y | Educación | |
adolescentes del trabajo infantil u otras | Prosperidad Social | |
vulneraciones, según sus competencias, en | ICBF | |
escenarios como escuela de padres, cátedra para | Secretarías de | |
la paz y otras. | Educación | |
Establecimientos | ||
educativos | ||
Promover la inclusión del tema de prevención y | Secretaría Técnica | |
erradicación del trabajo infantil y protección del | del CIETI nacional | |
adolescente trabajador en la cátedra de la paz. | ||
Promover espacios de participación de las | Ministerio de | |
familias y sus comunidades para la consolidación | Trabajo | |
de redes de apoyo comunitario para la promoción | ICBF | |
de derechos, prevención y erradicación del | Prosperidad Social |
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trabajo infantil. Así mismo, posibilitar espacios de diálogo y socialización en los territorios y el nivel nacional. | CIETI departamentales Gobiernos locales | |
Acciones dirigidas a la protección del adolescente trabajador | ||
Estrategia de promoción | Programas de sensibilización en protección de | Ministerio de |
para divulgar información | los derechos del adolescente trabajador para | Trabajo |
sobre los derechos del | generar conciencia a padres y empresarios. | Prosperidad Social |
adolescente trabajador | ICBF | |
Capacitación a los empleadores y empresarios | Ministerio de | |
sobre el procedimiento para solicitar la | Trabajo | |
autorización de trabajo para los adolescentes. | ||
Capacitación a los empleadores y empresarios | Ministerio de | |
sobre normatividad laboral referente al trabajo | Trabajo | |
adolescente. | ||
Capacitación a adolescentes y sus familias sobre | Ministerio de | |
normatividad laboral referente al trabajo | Trabajo | |
adolescente. | ICBF |
E. Acciones de política intersectoriales
Resultado: políticas sectoriales armonizadas con la Política Pública de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección al Adolescente Trabajador.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Planes estratégicos sectoriales articulados con la Política Pública de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección al Adolescente Trabajador | Gestionar la articulación de políticas sectoriales con la Política Pública de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección al Adolescente Trabajador. | Ministerios Entidades Demás actores integrantes del CIETI |
F. Diseñar, fortalecer y replicar alianzas
Resultado: se logra diseñar, fortalecer y replicar alianzas que permitan promover los derechos de los niños y aumentar las acciones dirigidas a la prevención y erradicación del trabajo infantil, así como a la protección del adolescente trabajador.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Asistencia técnica desde los niveles nacional y departamental para el fortalecimiento de las capacidades técnicas para generación de alianzas de los municipios y distritos. | Jornadas de sensibilización en prevención del trabajo infantil para las familias y cuidadores. | Ministerio de Trabajo ICBF Departamentos |
Construir una guía para el nivel regional que facilite la negociación y generación de alianzas estratégicas público-privadas. | Ministerio de Trabajo | |
Apoyar el desarrollo de alianzas estratégicas público-privadas entre entidades gubernamentales y actores de la sociedad civil, | Ministerio de Trabajo ICBF Gobiernos locales |
Continuación del Decreto “Por el cual se adiciona el Capítulo 7 al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, para adoptar la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del
Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescente Trabajador 2019 - 2029”
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incluyendo empresa privada, agremiaciones, cámaras de comercio y todo tipo de organizaciones no gubernamentales en general, con el fin de generar acciones conjuntas destinadas a la prevención. |
X. Xxxxxxxxxxxxxxx y promoción de derechos de niños, niñas y adolescentes
Resultado: ciudadanía sensibilizada e informada sobre los factores de riesgo e impactos relacionados con el trabajo infantil y los aspectos relativos al trabajo protegido, en el marco del trabajo decente.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Campaña de | Diseñar estrategias de comunicación dirigidas | Ministerio de Trabajo |
comunicación y | a prevenir el trabajo infantil y a promover los | ICBF |
sensibilización | derechos de los niños, niñas y adolescentes | Red Colombia contra |
acordes con las dinámicas de los diferentes | el Trabajo Infantil | |
actores. | Sindicatos | |
Inclusión de estrategias de difusión en medios | Ministerio de Trabajo | |
de comunicación y medios comunitarios. | Gobiernos locales | |
Facilitar y promover en la opinión pública | Gobiernos | |
encuentros y espacios de discusión para la | departamentales, | |
toma de decisiones. | municipales y | |
distritales | ||
Socializar los cambios normativos referentes al | Ministerio de Trabajo | |
trabajo infantil y al trabajo adolescente | Gobiernos locales | |
protegido. |
Resultado: la información sobre la Política Pública de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección al Adolescente Trabajador es difundida entre el Estado, la familia y la sociedad.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Estrategia de | Diseñar una estrategia comunicacional que | Ministerio de Trabajo |
comunicación | impulse procesos de movilización social. | CIETI Nacional |
articulada y difundida | Propender por la inclusión de una estrategia de | Gobernadores |
para prevenir y | comunicación en los planes de desarrollo | alcaldes |
erradicar el trabajo | territorial y los planes de acción del CIETI. | |
infantil |
Continuación del Decreto “Por el cual se adiciona el Capítulo 7 al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, para adoptar la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del
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Gestionar sesiones de difusión y socialización de la estrategia de comunicación con el sector privado, gremios y asociaciones. | Ministerio de Trabajo CIETI Nacional Red Colombia contra el Trabajo Infantil |
X. Xxxxxxxxxxxxxxx y promoción del trabajo protegido
Resultado: un programa diseñado de sensibilización sobre el trabajo protegido y establecimiento de alianzas estratégicas que permitan promover los derechos de los adolescentes en torno al trabajo.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Asistencia técnica | Jornadas de sensibilización en trabajo | Ministerio de Trabajo |
desde los niveles | protegido, dirigidas a los adolescentes, padres | ICBF |
nacional y | y empresarios. | Departamentos |
departamental sobre | Consolidar alianzas estratégicas público- | Ministerio de Trabajo |
trabajo protegido | privadas que permitan la vinculación laboral de | Prosperidad Social |
adolescentes en trabajo protegido. | ||
Dar a conocer al empresario los deberes y | SENA | |
derechos que tienen los adolescentes acerca | ||
xxx xxxxxxx laboral | ||
Apoyar el desarrollo de alianzas estratégicas | Ministerio de Trabajo | |
público-privadas entre entidades | ICBF | |
gubernamentales y actores de la sociedad civil, | ||
incluyendo empresa privada, agremiaciones, | ||
cámaras de comercio y todo tipo de | ||
organizaciones no gubernamentales en | ||
general, con el fin de generar acciones | ||
conjuntas destinadas al fomento del trabajo | ||
protegido. |
I. Garantizar los derechos del adolescente trabajador o en riesgo
Resultado: los adolescentes fortalecen capacidades y oportunidades para el ejercicio pleno de su derecho al trabajo protegido, en el marco normativo laboral vigente.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Entidades territoriales fortalecidas para la atención del adolescente trabajador | Generar procesos educativos orientados a que los adolescentes tomen decisiones laborales informadas y adecuadas para su desarrollo integral. | Gobiernos locales Secretarías de Educación |
Continuación del Decreto “Por el cual se adiciona el Capítulo 7 al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, para adoptar la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del
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certificadas Instituciones educativas Sena Ministerio de Trabajo | ||
Programas de formación | Diseñar y facilitar programas dirigidos a la | Gobiernos |
para el trabajo y | formación del adolescente en riesgo o en trabajos | locales |
emprendimiento | protegidos desde los ámbitos nacional, | Ministerio de |
departamental, distrital y municipal. | Trabajo | |
Prosperidad | ||
Social | ||
Colombia Xxxxx | ||
Xxxx | ||
Gobiernos | ||
locales | ||
Fortalecer la formación para el trabajo orientada a | Ministerio de | |
los adolescentes, desde la educación media y en | Educación | |
alianza con entidades de educación técnica, | Nacional | |
tecnológica y superior. | Ministerio de | |
Trabajo | ||
Sena | ||
Icetex | ||
Secretarías de | ||
Educación | ||
certificadas | ||
Entidades | ||
educativas | ||
Estrategia para | Brindar asistencia técnica, dirigida a las empresas, | Ministerio de |
fomentar la | para garantizar los derechos del adolescente | Trabajo |
formalización y | trabajador en el marco del trabajo decente. | Sena |
protección del | ||
adolescente | ||
Alianzas estratégicas | Crear alianzas entre los sectores empresarial y | Gobiernos |
entre las empresas | educativo para que el adolescente trabajador | locales |
públicas y privadas y las | pueda continuar su formación o educación técnica | Ministerio de |
entidades de educación | laboral, técnica profesional, tecnológica y | Educación |
técnica, tecnológica y | universitaria. | Nacional |
superior | Ministerio de | |
Trabajo | ||
Sena |
Eje 3: Calidad y cobertura de las atenciones
Este eje busca generar, mejorar y fortalecer los mecanismos y protocolos de implementación y lineamientos de política pública que se encuentran bajo la responsabilidad de las instituciones del Estado, de los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal, con el fin de disponer de atenciones integrales
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para garantizar la protección y el restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en situación de trabajo infantil y sus familias.
Xxxxxxx a los niños, niñas y adolescentes en situación de trabajo infantil, o adolescentes trabajadores y sus familias, atenciones integrales de acuerdo con el curso de vida, orientadas a garantizar la protección integral.
Este eje tiene un componente operativo que en su desarrollo permitirá la identificación temprana de potenciales beneficiarios, las rutas de atención diferencial y mecanismos de caracterización de la problemática, cuyo marco de atención contiene cinco líneas de acción que abordan la recolección y análisis de información para la toma de decisiones, la identificación de la oferta institucional, el ajuste a intervenciones con enfoque diferencial, el reconocimiento de la diversidad cultural y el establecimiento de la familia como unidad central de intervención.
•
•
•
•
•
Diagnósticos, identificación y caracterización Identificación y creación de oferta pública y privada Ajustes y adaptación de las atenciones
La familia como unidad de intervención
Atenciones integrales a
los adolescentes trabajadores con sus
derechos inobservados, amenazados o vulnerados
El Estado, en representación de cada uno de los agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, será responsable de generar y disponer de las atenciones integrales pertinentes, que faciliten la coordinación y articulación requerida para atender a los niños, niñas y adolescentes en riesgo o en situación de trabajo infantil y a los adolescentes trabajadores y sus familias.
El nivel nacional, los ministerios de Educación Nacional, del Trabajo, de Agricultura y Desarrollo Rural, de Salud y Protección Social, de Cultura, de Comercio, Industria y Turismo, de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones, del Departamento Administrativo de la Prosperidad Social, el ICBF, Coldeportes y los
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demás que tengan a cargo el servicio público de bienestar familiar, son los llamados a generar la línea estratégica de atención integral para ser implementada a nivel territorial, observando las características y particularidades del territorio y las orientaciones de la presente línea de política a través de las secretarías departamentales y municipales, y de las diferentes instancias en el territorio.
En este sentido, les corresponde a los agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal, generar mecanismos para la identificación, caracterización, coordinación y articulación de oferta institucional bajo el enfoque de derechos y protección integral a los niños, niñas y adolescente. Este proceso debe contribuir a la creación de las atenciones integrales pertinentes, responder a la garantía de sus derechos y complementar y/o fortalecer las atenciones integrales, previamente identificadas en el territorio y, de esta manera, consolidar una respuesta intersectorial que facilite la superación de situaciones de riesgo, trabajo infantil y la protección a los adolescentes trabajadores y sus familias.
El sector privado y los organismos internacionales contribuyen al cumplimiento efectivo de la política.
A. Diagnósticos, identificación y caracterización
Resultado: identificación y caracterización de niños, niñas y adolescentes y sus familias, en riesgo o en situación de trabajo infantil, a través del Sistema de Información Integrado para la Identificación, Registro y Caracterización del Trabajo Infantil y sus Peores Formas, SIRITI, Modelo de Identificación del Riesgo de Trabajo Infantil y otros que faciliten el proceso en el territorio.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Fortalecimiento y | Fortalecer la segunda fase del SIRITI, en | Ministerio de Trabajo |
visibilización del Sistema | concordancia con el Literal d, Art. 3, del | |
de Información Integrado | Convenio 182 de la OIT, y el Convenio 138 de | |
para la Identificación, | la OIT en lo relacionado a autorizaciones de | |
Registro y | trabajo para adolescentes. | |
Caracterización del | Asistencia técnica sobre funcionamiento del | Ministerio de Trabajo |
Trabajo Infantil y sus | sistema SIRITI. | |
Peores Formas, SIRITI. |
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Aplicación de los instrumentos: Encuesta de Identificación de Niños, Niñas y Adolescentes en Trabajo Infantil y Encuesta de Hogar, para registrar la información en el SIRITI, ajustada, según lo establecido en el Literal d) Convenio 182 de la OIT. | Gobernaciones Alcaldías DNP | |
Actualización y depuración de la información que alimenta el SIRITI. | Gobernaciones Alcaldías Ministerio de Trabajo | |
Modelo de Identificación | Establecer fichas departamentales en el marco | CIETI nacional |
del Riesgo del Trabajo | del Modelo y presentarlas a nivel internacional | DNP |
Infantil como herramienta | y nacional (gobernadores y alcaldes). | OIT |
para el fortalecimiento de | ||
la identificación del | Desarrollar ejercicios de actualización del | CIETI nacional |
trabajo infantil en | Modelo con el nuevo SISBEN, el cual será | DNP |
Colombia. | georreferenciado y con actualización | OIT |
permanente. | ||
Utilizar el instrumento como elemento de | Gobernaciones | |
prefocalización para la realización de | Alcaldías | |
encuestas y el subsiguiente registro en el | ||
SIRITI. |
B. Identificación y creación de oferta pública y privada
Resultado: la oferta institucional identificada y creada a nivel territorial garantiza la protección integral de niños, niñas y adolescentes en riesgo o situación de trabajo infantil y sus familias y los adolescentes trabajadores.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Directorio de la oferta para la protección de niños y niñas en trabajo infantil y la protección del adolescente trabajador | Identificar los programas, estrategias, acciones o iniciativas (públicos y privados) de los niveles territorial y nacional para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes. | Gobiernos locales ICBF |
Identificar los programas, estrategias, acciones o iniciativas (públicos y privados) de los niveles territorial y nacional para la protección de los adolescentes trabajadores. | ||
Programas de atención | Construir estándares y un modelo de atención de prestación del servicio para niños, niñas y adolescentes en situación de trabajo infantil y sus familias, teniendo en cuenta el análisis y la caracterización de la oferta ya presente en el territorio, con la finalidad de brindar servicios de atención pertinentes, por ciclo de vida, que contribuyan a consolidar una respuesta intersectorial que facilite la superación del trabajo infantil y la protección a los | ICBF Gobiernos locales ICBF |
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adolescentes trabajadores. | ||
Ruta intersectorial de atenciones | Construir o actualizar la ruta intersectorial para la atención integral a los niños, niñas y adolescentes en situación de trabajo infantil y sus familias, y las dirigidas a la protección de los adolescentes trabajadores, en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal. | CIETI ICBF SNBF |
Socialización de la ruta intersectorial de atenciones con todos los agentes del SNBF responsables. | CIETI |
Resultado: el sector educativo genera procesos y diseña estrategias que permitan el acceso, la permanencia y el retorno de los niños, niñas y adolescentes en riesgo o en trabajo infantil.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Modelo organizativo y operativo de atención para niños, niñas y adolescentes en riesgo o situación de trabajo infantil en el sector educativo | Promover e implementar la jornada única como una estrategia que aumenta el tiempo de permanencia de los estudiantes en las instituciones educativas incrementa las horas electivas y fortalece el trabajo académico. | Ministerio de Educación Nacional Secretarías de Educación certificadas Establecimientos educativos |
Articulación con las cajas de compensación familiar para implementar las jornadas escolares complementarias. | Secretarías de Educación certificadas Cajas de compensación familiar | |
Organizar la oferta de modelos educativos flexibles para permitir el acceso y la permanencia en el ciclo educativo. | Secretarías de Educación certificadas Establecimientos educativos | |
Generar las orientaciones para la implementación en el territorio de jornadas que permitan la vinculación de los niños, niñas y adolescentes en el sistema educativo. | Ministerio de Educación Nacional | |
Implementar jornadas que permitan la vinculación al sistema educativo de niños, niñas y adolescentes. | Secretarías de Educación certificadas | |
Realizar talleres de sensibilización sobre el trabajo infantil en los diversos encuentros de familia que se den en los establecimientos educativos. | Secretarías de Educación certificadas Establecimientos educativos |
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Planes académicos | Adaptar planes curriculares y de estudio con | Secretarías de |
diferenciados para | metodologías y estrategias que se adecuen a | Educación |
nivelación de niños, | la situación de los niños y niñas en riesgo o en | certificadas |
niñas y adolescentes | trabajo infantil. | Establecimientos |
en trabajo infantil | educativos (centros educativos e instituciones educativas) | |
Elaborar planes de refuerzo escolar que permitan a los niños y niñas un acompañamiento especial para nivelarse académicamente. | ||
Construcción de guías e instrumentos | ||
pedagógicos para nivelar académicamente a | ||
los niños y niñas en riesgo o en situación de | ||
trabajo infantil. | ||
Incluir estrategias como proyectos | Secretarías de | |
pedagógicos productivos que involucren a | Educación | |
estudiantes y sus familias en el componente | certificadas | |
curricular. | Instituciones | |
educativas |
C. Ajustes y adecuación de las atenciones
Resultado: atenciones integrales especializadas, ajustadas y adecuadas, acordes con el modelo de atención.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Modelo/lineamiento de atención | Definir los componentes y estándares de atención. | CIETI Nacional con asistencia técnica del ICBF |
Concertar los componentes y estándares de atención. | CIETI Nacional con asistencia técnica del ICBF | |
Socializar el modelo/lineamiento de atención. | CIETI Nacional con asistencia técnica del ICBF | |
Implementación de los servicios sociales | Evaluar y ajustar las atenciones intersectoriales brindadas a los niños y niñas en situación de trabajo infantil para atenderlos de manera adecuada y de acuerdo con sus necesidades. | Gobiernos locales ICBF |
Evaluar y ajustar las atenciones integrales e intersectoriales brindadas a los adolescentes en situación de trabajo infantil, de acuerdo con sus necesidades. | Gobiernos locales ICBF Ministerio de Trabajo |
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Resultado: los niños, niñas, adolescentes y sus familias son atendidos de manera diferencial, de acuerdo con características culturales y poblacionales, en el marco de la protección integral.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Estrategia de atención | Realizar talleres con la comunidad para la | CIETI locales |
diferencial | identificación de las necesidades y | Mesas de infancia y |
características culturales de los pueblos. | adolescencia ICBF | |
Incluir en los planes de acción de las entidades | Gobiernos locales | |
atenciones diferenciadas, según las | ICBF | |
necesidades y particularidades regionales y | ||
locales, respetando los diferentes enfoques. | ||
Articular con las empresas de los distintos | Gobiernos locales | |
sectores productivos para cogestionar y/o | Ministerio de Trabajo | |
cofinanciar atenciones a los niños, niñas y | ICBF | |
adolescentes en riesgo o situación de trabajo | SNBF | |
infantil y sus familias. |
D. Las familias como unidad de intervención
Resultado: las familias están establecidas como unidad central de intervención de la política pública.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Diseñar e implementar una estrategia que | Ministerio de Trabajo | |
permita el desarrollo de capacidades | Prosperidad Social | |
productivas para las familias, en especial | Sena | |
aquellas de mayor vulnerabilidad de tener | ICBF | |
niños, niñas y adolescentes en riesgo o en | Gobiernos locales | |
trabajo infantil. | ||
Desarrollo de | Ministerio de | |
capacidades | Diseñar e implementar una estrategia de | Agricultura y |
productivas para las | desarrollo rural con enfoque territorial que | Desarrollo Rural |
familias urbanas y | atienda al desarrollo del capital social rural, de | Ministerio de Trabajo |
rurales | proyectos productivos, proyectos pedagógicos | Ministerio de |
productivos, acompañamiento técnico y | Educación Nacional | |
desarrollo de competencias laborales, entre | Ministerio de Industria | |
otros, dirigida a familias rurales en donde los | y Comercio | |
niños, niñas y adolescentes se encuentran en | Prosperidad Social | |
riesgo o en situación de trabajo infantil. | ICBF | |
Gobiernos locales | ||
Caracterización de las | Reporte y seguimiento a las transferencias monetarias condicionadas otorgadas a las familias de niños, niñas y adolescentes en riesgo o en situación de trabajo infantil. | |
familias beneficiarias de las transferencias monetarias | Prosperidad Social Entes territoriales | |
condicionadas, en | ||
donde los niños, niñas | ||
y adolescentes se |
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encuentren en riesgo o situación de trabajo infantil | ||
Fortalecimiento de las familias como unidad de acción de la política pública | Participación de las familias en procesos de construcción de planes, programas y proyectos para prevenir y erradicar el trabajo infantil y proteger al adolescente trabajador, de acuerdo con sus vivencias y necesidades. | Ministerio de Salud y Protección Social Ministerio de Trabajo ICBF Prosperidad Social |
Fortalecer las capacidades protectoras de las familias para potenciar los vínculos de cuidado mutuo y sus capacidades como agentes de transformación social y de esta manera contribuir con la prevención y erradicación del trabajo infantil. | Ministerio de Trabajo Ministerio de Salud y Protección Social ICBF Prosperidad Social Gobiernos locales | |
Desarrollar lineamientos técnicos para promover y realizar jornadas y procesos sostenibles de: salud, cultura, recreación, educación, formación para el trabajo, entre otras, específicas y adaptadas a las necesidades del territorio, contando con la oferta presente en el territorio. | Ministerio de Salud y Protección Social Ministerio de Trabajo Ministerio de Cultura Ministerio de Agricultura y Desarrollo Social Ministerio de Educación ICBF Prosperidad Social Gobiernos locales |
E. Atenciones integrales a los adolescentes trabajadores con sus derechos inobservados, amenazados o vulnerados
Resultado: los adolescentes ejercen su derecho al trabajo en un entorno de trabajo protegido, acorde con la normatividad laboral vigente.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Entidades territoriales fortalecidas para la atención del adolescente trabajador | Asistencia técnica al territorio para orientar respecto de la política y las acciones correspondientes a salud. A su vez, desde la atención, orientar al adolescente trabajador en casos de afectación de su salud como consecuencia de la actividad laboral realizada. | Ministerio de Salud y Protección Social Direcciones territoriales de Salud EAPB (Entidades administradoras de planes de beneficios) |
Programas de formación para el trabajo y emprendimiento | Diseñar y facilitar el acceso a programas dirigidos a la formación del adolescente trabajador desde los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal. | Ministerio de Trabajo Prosperidad Social Colombia Xxxxx Xxxx Gobiernos locales |
Fortalecer la formación para el trabajo orientada a los adolescentes trabajadores desde la educación media y en alianza con | Ministerio de Educación Nacional Ministerio de Trabajo |
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entidades de educación técnica, tecnológica y superior. | Sena Icetex Secretarías de Educación certificadas Entidades educativas |
Eje 4: Participación de niños, niñas, adolescentes y sus familias
Este eje busca promocionar y fortalecer escenarios de participación efectiva de niños, niñas, adolescentes, sus familias y demás actores que inciden en las condiciones para lograr su protección integral. En términos de reconocimiento y protección de su dignidad, integridad, desarrollo, capacidad de participación y ejercicio de su ciudadanía, tomando como base su interés superior y prevalencia de derechos.
En este sentido, implementar los mecanismos necesarios para vincular, de manera efectiva, a la niñez en particular, sus familias y actores corresponsables como la empresa privada, con las instancias de toma de decisiones como el Comité Intersectorial de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección del Adolescente Trabajador, CIETI, y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, para prevenir y erradicar el trabajo infantil y proteger al adolescente trabajador.
Promover escenarios de participación efectiva, de manera que los niños, niñas y adolescentes, sus familias, comunidades y empresas participen efectivamente en el proceso de transformación cultural necesario para prevenir y erradicar el trabajo infantil y promover la protección del adolescente trabajador.
Este eje cobra especial importancia teniendo en cuenta que ataca causas estructurales de la problemática como aquellas relacionadas con factores culturales que prevalecen frente a algunas creencias o ideas históricamente aceptadas e implementadas en la comunidad, lo cual ha perpetuado y profundizado la problemática.
• Escenarios de participación
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El CIETI es el actor principal e instancia técnica para la coordinación y conformación de estas estrategias que implican la participación activa de los niños, niñas y adolescentes, sus familias y las comunidades. Además, promueve escenarios para la acción desde la empresa como un aliado clave en el proceso.
Así las cosas, quienes implementan prioritariamente las acciones son el Estado, las familias y la sociedad civil (organizada o no), las comunidades y la población que acompaña, de manera permanente, el desarrollo integral de los sujetos de atención de la presente política.
X. Xxxxxxxxxx de participación
Resultado: instancias fortalecidas de participación de niños, niñas y adolescentes a nivel nacional y territorial.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Instancias de | Incluir en los planes de acción del CIETI la | CIETI locales |
participación de niños, | estrategia de participación de niños, niñas y | Gobiernos locales |
niñas y adolescentes | adolescentes. | |
líderes fortalecidas | ||
Promover y articular escenarios para la | Gobernaciones | |
participación de niñas, niños y adolescentes en | Alcaldías | |
los espacios dispuestos en el territorio para el | ||
abordaje del trabajo infantil y la protección al | ||
adolescente trabajador. |
Resultado: escenarios fortalecidos para la participación de familias, comunidades y otros actores sociales a nivel nacional y territorial.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Escenarios de | Identificar, promover y visibilizar los escenarios | Gobierno Nacional |
participación activos | de participación para las familias, comunidades | Gobiernos locales |
y otros actores sociales. | Centrales de | |
trabajadores | ||
Empresas | ||
ONG | ||
Propiciar que los niños, niñas, adolescentes y | CIETIS territoriales | |
sus familias participen en la definición de | Ministerio de Trabajo | |
estrategias para la prevención y erradicación | ICBF | |
del trabajo infantil. |
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Promover y motivar a las empresas para que participen en la formulación e implementación de estrategias para la prevención y erradicación del trabajo infantil. | CIETIS territoriales Ministerio de Trabajo ICBF |
Eje 5: Gestión del conocimiento
La gestión del conocimiento es un mecanismo que tiene por objeto administrar las experiencias y protocolos que se elaboren en torno al desarrollo e implementación de la política pública. Esto, con el fin de lograr el fortalecimiento de las capacidades técnicas de los actores involucrados y el intercambio de buenas prácticas. Así mismo, busca reconocer y articular los conocimientos y las experiencias de la nación y los territorios. Es necesaria en la medida que recauda y gerencia toda la información construida en el proceso y en su implementación. Sirve para establecer indicadores de gestión y avance, así como informes de implementación de la política.
Para estos efectos, este eje de política se circunscribe a una serie de mecanismos dispuestos para entender, obtener y disponer la información que resulte del proceso de implementación de la política pública. En este proceso resaltarían todas las experiencias exitosas obtenidas en las fases de planeación, ejecución y evaluación de la política pública.
Incorpora los avances en materia académica y estudios especializados en torno al fenómeno social y sus implicaciones socioeconómicas y políticas, lo cual que permite actualizar permanentemente la conceptualización y la comprensión de nuevos fenómenos y el análisis en perspectiva de los demás ejes de la política y el diálogo de otras políticas poblacionales en contextos territoriales.
Reconocer, elaborar, divulgar y apropiar perspectivas, construcciones de sentido y estados de la situación del trabajo infantil, sus alternativas de prevención y el trabajo protegido en Colombia mediante estrategias, instrumentos y plataformas que fomenten la generación de sistema de consulta abierto.
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• Plataforma integrada
• Armonización de sistemas de información
• Estandarización de protocolos
• Actualización y fortalecimiento del SIRITI y los instrumentos de preidentificación e identificación de niños, niñas y adolescentes en riesgo o en trabajo infantil
Plataforma integrada: construir una plataforma de conocimiento integrada entre los diferentes actores de la política pública con el fin de recopilar todos los modelos, protocolos, documentos, guías y demás información relacionada con las acciones para erradicar y prevenir el trabajo infantil y proteger al adolescente trabajador.
Estandarización de protocolos: estandarizar los protocolos de recolección de información y las guías de atención, de tal forma que se documenten los procesos de manera estándar.
Sistemas de información: unificar y fortalecer los sistemas de información de trabajo infantil y de trabajo adolescente protegido.
La gestión del conocimiento es un ejercicio que debe estar liderado por el Ministerio de Trabajo, administrador de la principal fuente de información de trabajo infantil y el SIRITI, y complementado por herramientas o modelos de preidentificación y focalización como el Modelo de Identificación del Riesgo de Trabajo Infantil desarrollado por el DNP, gracias al acompañamiento técnico de la OIT y la CEPAL. No obstante, el ICBF será un aliado estratégico para la definición de protocolos en materia de atención a los niños, niñas y adolescentes. La participación del CIETI será importante para definir los espacios en donde se llevarán a cabo todas las acciones necesarias para lograr el objetivo de este eje.
A. Plataforma integrada
Resultado: plataforma construida en la cual se tenga acceso a todos los manuales, modelos, protocolos, guías, estrategias y demás documentos relacionados con la política pública, de manera abierta.
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Productos | Actividades | Actor (líder) |
Biblioteca virtual de metodologías, modelos, protocolos, guías y demás documentos relacionados con la política pública | Crear y socializar una biblioteca virtual que contenga todo el contenido recopilado sobre modelos, protocolos, cursos, estudios, estrategias y demás, sobre el trabajo infantil y el trabajo adolescente. | Ministerio de Trabajo Ministerio de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones Ministerio de Cultura CIETI nacional |
Recopilar y elaborar los documentos relacionados con la atención especial a los niños y niñas en trabajo infantil, la prevención de este y sobre trabajo protegido. | ICBF Academia (universidades públicas y privadas) | |
Herramientas para la gestión de la política pública | Elaborar una caja de herramientas que contenga lineamientos de orden técnico, operativo, normativo, administrativo y pedagógico para la prevención y erradicación del trabajo infantil y protección al adolescente trabajador. | Gobierno Nacional |
Sistematizar buenas prácticas de prevención y erradicación del trabajo infantil y protección al adolescente trabajador. | CIETI departamental, distrital y municipal | |
Difundir el uso de la herramienta para su consulta. | Ministerio de Trabajo ICBF Gobierno Nacional |
B. Armonización de sistemas de seguimiento
Resultado: se inicia el proceso de interoperabilidad de los sistemas de información de la política de prevención y erradicación del trabajo infantil y protección al adolescente trabajador.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Convenios de intercambio de información | Crear una mesa de sistemas de información con los actores involucrados para la revisión periódica de información. | Ministerio de Trabajo CIETI nacional |
Gestionar convenios de interoperabilidad con sistemas de información, como: Sisben, Unidos, Víctimas, Simat, Suin, etc. | CIETI nacional |
C. Estandarización de protocolos
Resultados: los protocolos de recolección de información y las guías de atención son estandarizados de manera que se documenten los procesos rápida y sistemáticamente.
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Productos | Actividades | Actor (líder) |
Instrumento de identificación actualizado | Ajustar el instrumento de medición generalizado que permita incluir información relacionada. | Ministerio de Trabajo |
Protocolo de variables y características mínimas de información | Definir un protocolo de variables mínimas de identificación y caracterización. | CIETI |
D. Actualización y fortalecimiento del SIRITI y los instrumentos de preidentificación e identificación de niños, niñas y adolescentes en riesgo o en trabajo infantil
Respuesta: la plataforma de información del SIRITI cuenta con todas las herramientas necesarias para su correcto uso y se consolida como la fuente primaria de información sobre la problemática, complementada por herramientas de preidentificación o modelos de riesgo de trabajo infantil.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Sistema de información actualizado | Acciones generales de la política. | |
Actualizar los instrumentos de encuesta para identificar niños, niñas y adolescentes en riesgo o en trabajo infantil, así como la caracterización de los hogares. | Ministerio de Trabajo ICBF DNP Secretaría técnica del CIETI | |
Adhesión del componente de autorización de trabajo para adolescentes en el SIRITI. | Ministerio de Trabajo | |
Fortalecimiento del SIRITI y herramientas de preidentificación | Fortalecimiento de las capacidades técnicas de los responsables en territorios para el uso del SIRITI y herramientas de preidentificación. | Ministerio de Trabajo |
Depuración de la base de datos del SIRITI. | ||
Documento normativo que institucionalice el SIRITI como fuente oficial de información | Institucionalizar el SIRITI como emisor y receptor de información para el trabajo infantil. | Ministerio de Trabajo |
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Eje 6: Seguimiento y evaluación
Este eje pretende realizar un seguimiento periódico y sistemático de la implementación de la política pública.
Realizar las mediciones del logro de los objetivos y tomar decisiones oportunas de política.
• Crear e implementar un sistema de monitoreo de las condiciones de los niños, niñas y adolescentes en trabajo infantil y en trabajo protegido
• Generar esquemas de evaluación
La efectiva implementación de este eje depende del CIETI como ente coordinador y articulador de la política. No obstante, debe existir un compromiso adquirido por parte de las entidades territoriales y las entidades del nivel nacional para el reporte oportuno de información y la suscripción de convenios de intercambio de información.
A. Creación e implementación del Sistema de Monitoreo de las condiciones de los niños, niñas y adolescentes en trabajo infantil y trabajo peligroso
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Resultado: creación e implementación del Sistema de Monitoreo que permita evidenciar las condiciones de los niños, niñas y adolescentes identificados en riesgo o en trabajo infantil y/o trabajos peligrosos.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Sistema de Monitoreo de las condiciones de los niños, niñas y adolescentes en trabajo infantil y trabajo peligroso, creado e implementado en armonía con el SUIN | Crear batería de indicadores de resultados y de gestión para medir la implementación de la política pública. | Secretaría Técnica del CIETI nacional DNP |
Crear batería de indicadores para evidenciar las condiciones de los niños, niñas y adolescentes en riesgo, en trabajo infantil y trabajo peligroso. | ||
Elaboración de la línea de base50 a partir de la batería de indicadores propuesta. | ||
Elaborar una metodología de seguimiento a la gestión y ejecución presupuestal de las metas y proyectos de inversión de los sectores administrativos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo. | ||
Adoptar e implementar el Sistema de Monitoreo en función de los planes de acción territoriales. | CIETI departamentales, distritales y municipales. |
B. Generar los esquemas de evaluación
Resultado: evaluación a nivel de resultados, impacto y gestión de la política pública, así como realización de evaluaciones para los principales eslabones de la cadena de valor asociados con la protección integral a los niños, niñas y adolescentes en situación y/o riesgo de trabajo infantil, así como del adolescente trabajador.
Productos | Actividades | Actor (líder) |
Evaluaciones de | Realizar una agenda de evaluaciones en la que se | DNP |
gestión, resultados | prioricen temas estratégicos de la política. | CIETI nacional |
e impactos | Evaluación de resultados, impacto y gestión de la | Comité Ejecutivo |
política pública (final e intermedia). | del SNBF | |
Evaluar los resultados a partir de la línea base | ||
establecida en el Sistema de Monitoreo de la política. | ||
Realizar una evaluación intermedia de la política | ||
pública. | ||
Realizar una evaluación final de la política pública. | ||
Socializar los resultados de las evaluaciones en los | Secretaría Técnica | |
diferentes ámbitos territoriales, en el marco del CIETI. | del CIETI nacional, | |
departamentales y | ||
distritales. |
50 Según la definición del DANE (s.f., p. 11), “La línea base es un conjunto de indicadores estratégicos seleccionados que permiten hacer seguimiento, evaluación y rendición de cuentas a políticas públicas, planes, programas y proyectos”.
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