PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA EL ARRENDAMIENTO DE UN INMUEBLE EN LA CIUDAD DE MALDONADO, PARA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA ELECTORAL DEPARTAMENTAL Y JUNTA ELECTORAL DE MALDONADO.
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA EL ARRENDAMIENTO DE UN INMUEBLE EN LA CIUDAD XX XXXXXXXXX, PARA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA ELECTORAL DEPARTAMENTAL Y JUNTA ELECTORAL XX XXXXXXXXX.
INCISO: 18
UNIDAD EJECUTORA: 01
Licitación Abreviada Nº111/1/2017
APERTURA: MARTES 00 XX XXXXXXX HORA 14:00.
Art. 1°. NORMATIVA.
En todo lo no previsto por el presente Xxxxxx, rige lo dispuesto por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para las Contratos de Suministros y Servicios no Personales y el TOCAF.
Art. 2°. OBJETO.
El objeto de la presente licitación comprende el arrendamiento de un inmueble destinado a ser sede de la Oficina Electoral Departamental y la Junta Electoral del Departamento xx Xxxxxxxxx
Art. 3º. CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE
Las características son a título de referencia, debiendo el oferente indicar en su oferta la descripción exacta del inmueble, acompañado de una planta de ubicación, y plano o croquis a escala, que permita evaluar la distribución de los espacios en el inmueble.
En caso de ser necesario realizar reformas por parte del oferente, indicar en qué consistirán y el plazo estimado para efectuarlas.
Los requisitos señalados deberán entenderse como los mínimos exigidos en cada caso.
Se aceptarán propuestas alternativas que cumplan con el fin solicitado.
Emplazamiento:
-Se necesita un inmueble para uso exclusivo de la Oficina Electoral (no compartido), en zona urbana de la localidad catastral Maldonado, y que se encuentre dentro del territorio comprendido por las calles Xxxx. Xxxxxxxxx, Xxxx. Xxxxxxx xx Xxxxx, Xxxx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx y Calle Santa Xxxxxx.
Estado:
Debe estar en buenas condiciones de uso y edilicias en lo que concierne a albañilería, instalación eléctrica, instalación sanitaria, estructura y terminaciones en general. La oferta deberá detallar expresamente el estado y/o equipamiento del local referente a los siguientes puntos:
Albañilería: Buen estado de los revoques, pintura en paredes, cielorrasos e impermeabilización del techo.
Sanitaria y pluviales (si corresponde): Instalaciones en buen estado y funcionales. La oferta deberá incluir copia de plano de instalación sanitaria aprobado por la Intendencia.
Baños: Buen estado de la losa sanitaria, grifería y cisternas. Pisos en buen estado y revestimiento cerámico xx xxxxxxx hasta 1.80 m.
Aberturas: Buen estado de las mismas (puertas y ventanas), que ofrezcan condiciones de seguridad. Buen funcionamiento de las cerraduras. De existir orientaciones norte u oeste, deberá poseer protecciones solares.
Ventilación: En caso de ser natural, el área útil de las ventanas será 1/10 de la superficie interior como mínimo. En caso de ser artificial, la oferta deberá incluir informe firmado por Ingeniero Industrial Mecánico o título equivalente que verifique cumplimiento con las condiciones establecidas en el Decreto 406/988 art. 52 y regulaciones municipales que correspondan. (Las salas 6 y 8 deberán tener inyección y extracción de aire de forma independiente). La Oferta deberá incluir el servicio de mantenimiento y reparación de estos equipos.
Acondicionamiento térmico: Se podrán emplear equipos de calefacción central o equipos Split Inverter, según las condiciones del local ofrecido y su área; así como la combinación de ambos. La Oferta deberá incluir el servicio de mantenimiento y reparación de estos equipos.
Iluminación: Por medio de artefactos que aseguren un mínimo de 300 lux sobre plano horizontal a 70 cm del piso con luminarias tipo LED con superficie difusora.
Instalación eléctrica: La oferta deberá incluir informe de técnico electricista autorizado por UTE, en el cual se detalle el cumplimiento de todos los elementos requeridos por la normativa vigente. Se deberá indicar además la potencia contratada del suministro, la cual deberá ser suficiente para la demanda de todos los equipos de aire acondicionado previsto, veinticinco equipos informáticos, un refrigerador e iluminación mencionados anteriormente, más una sobrecarga adicional de 4 kW.
Asimismo, la instalación deberá prever el acceso a toma suficiente por cada oficina y sector, recomendando el empleo de pisos técnicos.
Se deja constancia que durante el proceso de recepción se verificará el cumplimiento de los ítems anteriores, para lo cual, además de la revisión de la documentación presentada, se utilizarán cámaras termográficas, luxómetros y herramientas similares a efectos de detectar vicios y patologías en la construcción.
-Deberá tener una superficie techada no inferior a los 350 m2 (trescientos cincuenta metros cuadrados). Deberá contar con por lo menos las siguientes locales:
-Oficinas o áreas de trabajo:
De atención/recepción de público: 50/60 m2
Mesa Inscriptora (oficina de trámites al publico): 30/40 m2
Ciudadanía Legal (oficina de trámites al publico): 20/30 m2
Registro. Archivo + área de tareas: 80/100 m2
Administrativa /manejo de fondos: 20/30 m2
Sala Junta Electoral: 30/40 m2 (local necesariamente cerrado que facilite la aislación acústica).
Oficinas para Jefe y Secretario. Dos habitaciones: 20 m2 aprox. c/u.
-Servicios
Salón comedor : 30/40 m2
Deberá contar con:
-Una pileta y mesada.
-Sector para la colocación de heladera.
Depósito: 20 m2
Gabinetes higiénicos:
-Uno de uso público que deberá contar mínimamente con un inodoro y dos piletas, ubicado en el área determinada en el punto 1.
-Dos para uso de personal, completos (con inodoro, xxxxx, portapapel y espejo c/u).
Las áreas de trabajo determinadas podrán estar constituidas en una planta libre, separadas por tabiquería liviana o divisiones a media altura, salvo las expresadas en los puntos 6 y 8, que debieran ser recintos independientes y cerrados.
Implantaciones posibles:
A. Una sola planta, con las divisiones y tabiques que permitan el emplazamiento de los locales y oficinas descritos en el punto siguiente.
B. Dos plantas, con buena conectividad, siendo excluyente el emplazamiento de los locales 1, 2, 3, 4, y uno de los gabinetes higiénicos que refiere el punto 10, sobre la planta baja.
-Acceso directo desde la calle, accesible a todo público (deberá contar con rampas o elementos mecánicos salva nivel), y con facilidad de estacionamiento. Podrá tener más de un acceso que permita el cumplimiento de lo descrito, y estacionamiento dentro del propio padrón del inmueble.
Art. 4º. PLAZO DE ENTREGA DEL BIEN
Los oferentes deberán indicar el plazo máximo para la entrega del inmueble, el que incluirá el lapso que pudiere requerirse para la realización de obras. El mismo deberá establecerse en días corridos y no podrá superar los NOVENTA días contados a partir del día siguiente al de la notificación de adjudicación.
Art. 5º. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
El proponente deberá incluir en su oferta:
1-Un Certificado Notarial que acredite la legitimación para arrendar del oferente.
2-Las características del inmueble con detalle de distribución y medidas por ambientes. Deberá adjuntar gráficos y memorias que permitan una clara interpretación del mismo.
3- Medios de comunicación efectivos y permanentes (contacto telefónico u otros medios) para coordinar la visita al lugar.
El adjudicatario a la fecha de la firma del Contrato de Arrendamiento, deberá presentar recibos al día de Tributos e Impuestos Municipales y Servicios de Ose y Ute.
Art. 6º. CONSULTAS.
Los interesados podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego, hasta 3 (tres) días hábiles antes del plazo fijado para la apertura de las ofertas.
Las consultas se harán por escrito y se podrán presentar personalmente en la Sección Adquisiciones, Xxxxxxxxx Xx 0000, primer piso, o por mail a xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado.
Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.
Las consultas y respuestas estarán disponibles, incluyendo la pregunta sin identificar su origen, en la página web de la Agencia de Compras y Contrataciones Estatales (ACCE)
Art. 7º. DATOS.
Los oferentes detallarán claramente en sus propuestas todas las características del inmueble ofrecido, incluyendo todo otro dato que juzguen de interés para un mejor estudio de las ofertas.
Se sobrentenderá que todos los datos de esta manera suministrados tendrán el carácter de compromiso, vale decir, que en el momento de la recepción, la Corte Electoral exigirá una absoluta identidad entre lo establecido en la propuesta, y lo constatado en la visita.
Art.8°. Forma de cotizar y ajuste de precios.
Se deberá establecer el precio del arrendamiento a mes vencido, en moneda nacional.
La Corte Electoral se hará cargo del pago de los tributos domiciliarios, así como de los gastos correspondientes a consumos de energía eléctrica, agua corriente, etc. y, de corresponder, al de tasa de saneamiento y a las expensas comunes que sean de cargo del arrendatario.
En la propuesta se deberá indicar por separado el valor de los gastos comunes y su variación en los últimos doce meses, así como los demás gastos a cargo del inquilino. No se abonarán sumas por concepto de Contribución Inmobiliaria, Impuesto a Enseñanza Primaria, ni seguro sobre la propiedad inmueble, u otros impuestos que legalmente sean de cargo del arrendador.
Art. 9°. MANTENIMIENTO DE OFERTA.
Las ofertas serán mantenidas por un plazo mínimo de 90 (noventa) días hábiles.
Art. 10º GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes podrán garantizar el mantenimiento de su oferta mediante depósito en efectivo o en valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza de seguro de fianza, por el valor de $100.000 (cien mil pesos uruguayos). Cada oferente podrá optar por no presentar garantía si así lo considera. En tal caso, el incumplimiento en el mantenimiento de su oferta se sancionará con una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto máximo de su oferta, considerando el valor anual del arrendamiento.
La garantía podrá ser ejecutada:
Cuando el oferente desista de su oferta durante su período de mantenimiento.
Cuando el adjudicatario se niegue o no concurra a firmar el Contrato, habiendo sido notificado para ello.
Art. 11°. PLAZO DE CONTRATACIÓN.
El plazo de la contratación será por el término de cinco (5) años, con prórroga automática por períodos anuales en las mismas condiciones que las pactadas originalmente, con opción de la Administración de rescindir en forma unilateral luego del tercer año de haber recibido el inmueble, sin expresión de causa y cualquiera fuere el plazo que corriere, previo aviso a la parte arrendadora con sesenta (60) días de anticipación mediante telegrama colacionado.
Salvo los casos admitidos por la ley, no se admite la opción del propietario a rescindir el contrato en ningún momento del plazo contractual.
Art. 12°. CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
Antes de proceder a la evaluación detallada, la Corte Electoral determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación.
De no ajustarse será rechazada, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.
Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.
Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los documentos de la licitación, de acuerdo al siguiente criterio:
1 |
Precio del alquiler y demás erogaciones correspondientes al arrendatario |
40% |
2 |
Características físicas del inmueble y adecuación del mismo a los usos requeridos |
35% |
3 |
Situación geográfica de acuerdo a las restricciones establecidas |
15% |
4 |
Plazo de entrega del inmueble en las condiciones requeridas |
5% |
5 |
Características y servicios extra ofrecidos sobre el mínimo exigible |
5% |
Los incumplimientos de los oferentes registrados en el XXXX o con la Corte Electoral serán valorados por la Administración, pudiendo dar lugar a un descuento de hasta 10 unidades en el puntaje total de la oferta respectiva.
La Corte Electoral se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de licitación en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes.
Art. 13º. MEJORAMIENTO DE OFERTAS Y NEGOCIACIONES
La Corte Electoral podrá, al amparo de lo establecido en el artículo 66 del TOCAF, recurrir a los institutos de mejoramiento de ofertas y/o entablar negociaciones con la finalidad de conseguir mejores condiciones técnicas, de calidad y/o precio.
Art. 14º. CONDICIONES Y ADJUDICACIÓN
a) No se pagará comisión por intermediación inmobiliaria.
b) De las ofertas cuyos inmuebles cumplan los requerimientos solicitados, se seleccionará una o más, y serán necesariamente visitados por quien designe la Corte Electoral a efectos de verificar in situ el ajuste a las especificaciones y posteriormente -previo a la adjudicación- por un técnico de la Dirección Nacional de Catastro para la tasación del inmueble, según lo previsto en el Artículo 40 del TOCAF.
A tales efectos, el adjudicatario deberá presentar la documentación necesaria para dar cumplimiento al trámite ante la Dirección Nacional de Catastro, a su costo y en un plazo de veinte días hábiles.
La Administración no contratará por un valor superior al que determine Catastro, por lo que si la oferta seleccionada resultare superior a ese valor, se tomará el establecido por esa Oficina para la adjudicación.
c) La Administración se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación o de no adjudicar si así lo considera conveniente, sin derecho a reclamo.
Art. 15º. ENTREGA DEL INMEUBLE
La Administración se reserva el derecho de realizar las inspecciones que considere necesarias para verificar de forma integral el estado del inmueble antes de la entrega. En la recepción se constatará que el mismo cumple con las condiciones ofertadas.
En caso de que algún elemento no cumpla con lo establecido en la respectiva oferta,
el adjudicatario, a su costo y en el plazo que se le indique, deberá subsanarlo, no dándose trámite a la recepción hasta que no se hubiere cumplido con la exigencia precedente, sin perjuicio de dejar sin efecto la adjudicación de no cumplirse con lo prescrito.
Art. 16º. PAGO
El pago del alquiler se realizará de acuerdo a lo establecido en la adjudicación respectiva, por transferencia bancaria a la cuenta registrada en el XXXX, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley Nº 19.210, de 29 xx xxxxx de 2014, y su decreto reglamentario, siendo de exclusiva responsabilidad del adjudicatario comunicar fehacientemente a la Administración todo cambio en la misma.
Art. 17º. MULTA
Toda demora en la entrega del inmueble de acuerdo al plazo indicado en la propuesta del adjudicatario y que sea atribuible al mismo, será multada en la cantidad del 2 % (dos por ciento) del alquiler mensual por cada día corrido de atraso.
Art. 18º. REGISTRO DE PROVEEDORES.
Para ser adjudicatarios, los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX).
Si al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado "ACTIVO" en XXXX, la Administración otorgará un plazo de 5 días hábiles a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Para obtener más información sobre la inscripción XXXX visitar el portal de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE), responsable del funcionamiento xxx XXXX.
Art. 19º. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO - NOTIFICACIÓN.
El contrato se entenderá perfeccionado con la firma del mismo.
La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:
a) Con la recepción de la Orden de Compra, la cual podrá ser enviada en forma válida por fax, correo electrónico o al domicilio.
b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la Orden de Compra, en la Sección Adquisiciones del Departamento de Servicios.
En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la Corte Electoral podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.
Art. 20º. RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.
Las ofertas serán redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, estarán firmadas por el oferente o su representante y foliadas en el margen inferior.
El texto deberá ser impreso a través de cualquier medio idóneo, NO en forma manuscrita, se presentará 1 original de la oferta y una copia simple.
Canales de recepción de las propuestas:
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Personalmente: Xxxxxxxxx Xx 0000, primer piso.
En línea: a través del sitio de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE).
En cualquier caso, es imprescindible adjuntar todos los recaudos y documentación requerida en el presente Pliego de Condiciones, no siendo aceptadas si llegaren con posterioridad a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura.
Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura.
La apertura de propuestas se realizará en el local de la Sección Adquisiciones, Xxxxxxxxx Xx 0000, primer piso, el día y hora establecidos para ello en las publicaciones.