PLIEGO DE CONTRATACION MENOR
PLIEGO DE CONTRATACION MENOR
“RENOVACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DE LICENCIAS ADOBE CLOUD Y TABLEAU CREATOR PARA EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES”
PLIEG-2021-10270011-GCABA-DGTA1LINF
INDICE PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 4
2. MARCO NORMATIVO 4
3. GEN ERALIDADES 5
4. CÓMPUTO DE PLAZOS 5
5. CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL 5
6. XXXXXXXX 0
0. XXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXXXX 5
8. JURISDICCION 6
9. PUESTA A DISPOSICIÓN Y GRATUIDAD DE LOS PLIEGOS 6
10. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL-ORDEN PRELACIÓN 6
11. DE LOS OFERENTES 7
11.1CONDICION ES PARA SER OFERENTE 7
11.2 IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENT ES 8
12. MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 9
13. DE LAS OFERTAS 9
13.1 CONTENIDO DE LA OFERTA 9
13.2 FORMA DE COTIZAR 10
13.4ALCANCE DE LAS OFERTAS Y CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE LLAMADO 11
13.5 FALSEAMIENTO DE DATOS 11
13.6 CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES 11
13.7 VISTA DE LAS PRESENTACION ES 12
14. DE LA EVALUACIÓN 12
14.1 DEL EXAM EN DE LAS OFERTAS 12
14.2 CONSID ERACION ES GEN ERALES 12
14.3 INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA 12
14.4 RECHAZO 12
15. DE LA PREADJUDICACIÓN Y ADJUDICACIÓN 13
15.1 PREADJUDICACIÓN 13
15.2 IMPUGNACIÓN 13
15.3 ADMISIBILIDAD DE LAS IMPUGNACIONES A LA PREADJUD ICACION 13
15.4 ADJUDICACIÓN 13
15.5 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 14
16. COMPORTAMIENTO, CONFIDENCIALIDAD 14
17. DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 14
17.1 PLAZO DE ENTREGA 15
17.2 FORMA DE PAGO 15
17.3 VERIFICACION DE CALIDAD 15
17.4 DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 15
17.5 PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA DEL CONTRATO 16
17.6 RESCISIÓN 16
17.7EXTINCIÓN DEL CONTRATO 16
ANEXO I 17
ANEXO II 178
ANEXO III 20
ANEXO IV 22
ANEXO V 25
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INDICE PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 27
1.2 DETALLE Y CANTIDAD 27
2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 27
3. DESAFECTACIÓN 29
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El presente llamado a Contratación Menor tiene por finalidad contratar la “Renovación y Suscripción de Licencias Adobe Cloud y Tableau Creator para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”, según los requerimientos detallados en el presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y Anexos.
2. MARCO NORMATIVO
El presente llamado a Contratación Menor se regirá por lo normado en el artículo N° 38 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21 y la Ley N° 6.379; por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC -Buenos Aires Compras-, aprobado por Disposición Nº 167/GCABA/DGCYC/21 y las contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones técnicas publicado en BAC. Todos los documentos serán considerados como recíprocamente explicativos de las cláusulas y disposiciones contractuales.
Asimismo, lo normado por la Ley CABA Nº 1845 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347) – Ley de Datos Personales y la Ley Nacional 25.326 – Protección de Datos Personales, su decreto reglamentario 1558/2001.
De igual modo, será aplicable la Disposición Nacional N° 60/2016 de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, determina cuales son los destinos adecuados con relación a las transferencias de datos personales.
Corresponde dejar de manifiesto que por Resolución 12/ASINF/2017 se aprobó el Marco Normativo de Cloud Computing, en el que se establece los criterios respecto de los modelos de nube, tipos de servicio, las medidas de seguridad y los requisitos, que se deben considerar para proteger la información del GCABA, seleccionando el escenario más acorde de acuerdo con el tipo de información que se desea publicar en un entorno Cloud.
En este sentido, deberá tenerse en cuenta la Resolución N° 953/2017, mediante la cual el defensor de pueblo de la ciudad autónoma de buenos aires realizó algunas recomendaciones respecto de la prestación de servicios en la nube.
Asimismo, deberá cumplimentarse con lo normado por la Resolución Nº 47/2018 de la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) que establece las Medidas de Seguridad recomendadas para el Tratamiento y Conservación de los Datos Personales en medios Informatizados y No Informatizados.
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3. GENERALIDADES
El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares tiene por objeto completar, aclarar y confeccionar las estipulaciones xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Servicios, para la Licitación de referencia.
4. CÓMPUTO DE PLAZOS
Las compras electrónicas se rigen a los fines del cómputo de plazos por la fecha y hora oficial del sitio xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Todos los plazos establecidos se computan en días hábiles administrativos, salvo disposición expresa en contrario.
A los efectos del cómputo de plazos fijado en días hábiles administrativos, la presentación en un día inhábil se entiende realizada en primera hora del día hábil siguiente.
5. CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas o hechos propios o de terceros ajenos a la presente contratación, autorizará al PROVEEDOR a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del presente Pliego y del Contrato oportunamente suscripto, además de las establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y las xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, salvo que se tratare de eventos previstos como caso fortuito o fuerza mayor de conformidad con el artículo 1.730, sus siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por la Ley Nº 26.994 y fuese debidamente documentado y probado por el interesado y aceptado por el organismo licitante, de conformidad con lo establecido en los Artículos 127 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La prestación objeto de la presente Licitación reviste el carácter de esencial, necesaria y continua para el normal desenvolvimiento de la función pública inherente al GCABA. En tal sentido no puede suspenderse, retardarse y/o discontinuarse.
6. PRÓRROGA
El GCABA se reserva el derecho de prorrogar, en los términos del art. 110 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
7. DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
Se considerará como único domicilio del oferente, el domicilio válido - el declarado en calidad de constituido en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad. Teniendo en consideración, que la presente licitación tramita bajo el procedimiento de selección por Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras, según Artículo N° 76 del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21; se considera domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el - Administrador
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legitimado en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego Único de Bases y Condiciones Generales) y que consta en el BAC. Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el denunciado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el momento de la adquisición del presente Pliego. Ante todo cambio de domicilio deberá quedar establecido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. Toda notificación al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberá realizarse exclusivamente en Xxxx. Xxxxxxxxxxxxx 000 - 0x xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA, respecto de las notificaciones Judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 77/PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).
8. JURISDICCION
La participación en la presente Licitación implica por parte del oferente la renuncia a todo fuero o jurisdicción que correspondiere para atender cuestiones que susciten la presente Licitación, Adjudicación, Ejecución y Finalización del contrato, sometiéndose única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Art. 07 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales).
9. PUESTA A DISPOSICIÓN Y GRATUIDAD DE LOS PLIEGOS
Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
El presente Pliego es gratuito.
10. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL-ORDEN PRELACIÓN
Los siguientes documentos constituyen los documentos de la Contratación y prevalecerán en el siguiente orden:
a) La Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y la Ley N° 6.379.
b) Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21 de la ley citada o la norma que en el futuro lo reemplace.
c) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
d) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Circulares Aclaratorias con o sin consulta y su Anexo I “Terminología y Definiciones”.
e) El Pliego de Especificaciones Técnicas, las Circulares Aclaratorias con o sin consulta.
f) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación.
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g) La Adjudicación.
h) La ORDEN DE COMPRA.
i) Ley CABA Nº 1845 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347) – Ley de Datos Personales y la Ley Nacional 25.326 – Protección de Datos Personales, su decreto reglamentario 1558/2001.
j) Resolución Nº 12/ASINF/2017, Resolución N° 953/2017, Resolución Nacional Nº 47/2018, Disposición Nacional N° 60/2016 de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.
11. DE LOS OFERENTES
11.1CONDICIONES PARA SER OFERENTE
Para concurrir como oferentes a la presente Licitación, deberán reunirse los siguientes requisitos:
• Las personas jurídicas con capacidad para obligarse (incluyendo U.T.), que no se encuentren comprendidas en el artículo 89 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado Ley N° 6.347). Sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas y habilitadas por la Legislación vigente en la materia.
• Sociedades que no hubieren sido penalizadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, con siete (7) o más penalidades en el último año, como así también, las sociedades cuya sumatoria de los montos de las penalidades impuestas en los dos (2) últimos años no supere el diez por ciento (10%) de la oferta a presentar. Las mismas en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
• Cumplir con los requisitos previstos para la presentación de la oferta.
• Los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores) o haber iniciado el trámite.
PARA EL CASO QUE SE PRESENTEN EN U.T. (Unión Transitoria): Se ajustarán estrictamente a lo dispuesto por los Arts. 1463 a 1469 las U.T. (Uniones Transitorias), del Código Civil y Comercial de la Nación. Se deja constancia que el objeto de la U.T deberá versar sobre el objeto de la presente licitación. Además de lo detallado en los ítems anteriores, deberán: Al menos uno de los integrantes de la U.T. deberá acreditar mediante documentación fehaciente, el acabado cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente artículo, en el Pliego de Especificaciones Técnicas y circulares si las hubiere. Será rechazada sin más, aquella oferta en la que se presente una U.T. en la que alguno de sus integrantes no cumpla con los requisitos exigidos para la presente contratación. Las ofertas deberán contener, además de la documentación requerida para las personas jurídicas y/o empresas unipersonales anteriormente mencionadas, los documentos de compromiso de constitución de la U.T., en los que deberán constar: a. El compromiso de mantener la vigencia de la U.T., hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes del Contrato. b. El compromiso de mantener la composición de la U.T. durante el plazo mencionado en el inciso anterior, así como también de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la
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responsabilidad, sin la previa aprobación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. c. Designación de un representante legal que faculte a la persona designada para obligar a la U.T. Asimismo, la U.T. deberá cumplir las siguientes condiciones: * Responsabilidad solidaria e ilimitada de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes del compromiso, sin beneficio de división ni excusión. * Cantidad y naturaleza de los aportes que cada integrante comprometa. * Fijar domicilio único. d. Copia certificada de los documentos por los que se confieran los poderes y por los que se constituya la U.T., de los que deberá resultar que los otorgantes o firmantes lo hicieron legalmente, en ejercicio de las atribuciones que les corresponden como autoridades de cada una de las empresas en funciones, en el momento del acto respectivo. Las empresas integrantes de la U.T. serán solidaria e ilimitadamente responsables, en caso de adjudicación, por el cumplimiento del Contrato y de las obligaciones emergentes por este generadas. Los componentes de la U.T. deberán estar preinscriptos individualmente en el RIUPP, al momento de la presentación de la oferta. En ningún caso un oferente podrá presentarse en forma individual y como parte integrante de una U.T. Para el caso que la U.T. esté integrada por personas jurídicas, cada una de ellas deberá presentar acta del órgano social correspondiente de la cual surja la decisión de presentarse a esta licitación pública en Unión Transitoria. U.T. EN FORMACIÓN: En caso de que la U.T. no se encuentre constituida, podrá presentar oferta sin encontrarse inscripta como tal, acompañando en la misma un Compromiso de constitución con firmas certificadas por Escribano Público o Xxxx xx Xxx, mediante el cual los proveedores que la integran se comprometen a constituirse como U.T. –en caso de resultar adjudicatarios- en el plazo perentorio de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de la pre-adjudicación.
11.2 IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES
No podrán concurrir como oferentes a la presente licitación:
a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347), mientras dichas sanciones sigan vigentes.
b) Las personas humanas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347), mientras dichas sanciones sigan vigentes.
c) Los cónyuges de los sancionados.
d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace.
e) Las personas humanas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
f) Los inhibidos.
g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales,
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alimentarios, declarados tales por autoridad competente.
i) Las personas humanas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y
3.1.14 al Libro II “De las faltas en particular“, Sección 3°, Capítulo “Prohibiciones en Publicidad“ del Anexo I de la Ley 451 Régimen xx Xxxxxx de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Texto Inciso incorporado por Ley 4486).
j) Las personas humanas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación.
12. MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21).
13. DE LAS OFERTAS
13.1 CONTENIDO DE LA OFERTA
Las ofertas deben efectuarse a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en los pliegos de Bases y Condiciones y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellos en soporte electrónico.
NO SERAN ACEPTADAS OFERTAS EN FORMATO PAPEL
Art. 76 Anexo I- Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21
Se recomienda ingresar y confirmar la oferta en BAC con al menos 24 hs de anticipación respecto de la fecha y hora de apertura, de modo tal que el oferente cuente con tiempo suficiente para resolver cualquier inconveniente técnico que pueda presentar el sistema.
Ante un eventual problema técnico durante la carga de la oferta, deberá comunicarse con la mesa de ayuda BAC por teléfono al número 0000-0000 al 4810 opción 8 o por correo electrónico a la dirección: xxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
Asimismo, se deberá presentar:
a) Declaración sobre inhabilidades e incompatibilidades: Los oferentes deberán presentarla declaración de inhabilidades xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, donde
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conste que el/los oferente/s y sus directivos no están alcanzados por las inhabilidades e incompatibilidades. (Anexo I del presente Pliego).
b) Declaración Jurada de Propuesta Competitiva (ANEXO II del presente Pliego)
c) Declaración Jurada donde el oferente declara conocer y aceptar todos y cada uno de los aspectos y condiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, y sus Anexos, Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos, Circulares y todos aquellos documentos que integran la presente contratación (Anexo III del presente Pliego).
d) El oferente deberá presentar la Declaración Jurada de Intereses Persona Jurídica (Anexo IV del presente Pliego).
e) Oferta Técnica.
f) Oferta Económica.
g) Cada OFERENTE deberá presentar constancia de partner/ canal del fabricante del software.
Para que las ofertas sean consideradas válidas, los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP - Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores - (Estado Registral: Inscripto) o haber iniciado el trámite (Estado Registral: Pre-Inscripto).
13.2 FORMA DE COTIZAR
La adjudicación se hará al oferente que proponga la oferta más conveniente para la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Los OFERENTES deberán cotizar los renglones solicitados indicando Precio Unitario y Precio Total, en números y letras. La moneda de cotización será el Peso ($), moneda de curso Legal en la República Argentina.
A su vez, no deberá discriminarse en el precio cotizado el importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Se deja constancia que los renglones detallados a continuación, podrán ser adjudicados a diferentes Proveedores.
Renglón | Título | Cantidad | Precio Unitario | Precio Total |
1 | Renovación de suscripciones Licencias Adobe Cloud para SBASE | 4 | ||
2 | Suscripciones de Licencias Adobe Cloud para la Subsecretaria Gobierno Abierto y Rendición de Cuentas | 1 |
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3 | Suscripciones de Licencias Tableau Creator para la Subsecretaria Gobierno Abierto y Rendición de Cuentas | 1 | ||
4 | Suscripciones de Licencias Adobe Cloud para la Subsecretaria Tecnología Educativa y Sustentabilidad | 2 | ||
5 | Suscripciones de Licencias Adobe Cloud para el Ministerio de Desarrollo Económico y Producción | 3 |
13.4ALCANCE DE LAS OFERTAS Y CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE LLAMADO
Todas las OFERTAS deberán contener sin excepción la totalidad de los servicios de la contratación, bajo la modalidad descripta en el presente PLIEGO. Bajo ningún concepto serán admitidas OFERTAS parciales. No serán admitidas OFERTAS que se aparten de los términos y condiciones de los PLIEGOS. No se admitirán OFERTAS alternativas a las modalidades descriptas en Pliego Técnico.
Tampoco serán admitidas propuestas que impongan condiciones o se aparten de lo especificado en este PLIEGO.
13.5 FALSEAMIENTO DE DATOS
El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad sobre la información o antecedentes determinantes para la adjudicación fuere advertida con posterioridad a la contratación, podrá ser causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
13.6 CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
La presentación de la oferta importa de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento.
La presentación de las OFERTAS no crea derecho alguno para los OFERENTES, ni obligaciones para el GCABA.
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13.7 VISTA DE LAS PRESENTACIONES
El derecho a vistas con relación a las ofertas presentadas y admitidas en esta Contratación se regirá por la normativa contenida en el Decreto 1510/97 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347) de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
14. DE LA EVALUACIÓN
14.1 DEL EXAMEN DE LAS OFERTAS
La Comisión de Evaluación de Ofertas, evaluará el adecuado cumplimiento de las propuestas recibidas de lo exigido en este PLIEGO, xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, desde los puntos de vista técnico, económico, financiero y de la idoneidad del oferente, para determinar la OFERTA más conveniente para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
14.2 CONSIDERACIONES GENERALES
La Comisión de Evaluación de Ofertas examinará las ofertas que resulten elegibles desde el punto de vista formal, y luego examinará que los términos y condiciones establecidos en las Especificaciones Técnicas hayan sido aceptados por el OFERENTE sin desviaciones o reservas significativas.
La ASI deberá evaluar los aspectos técnicos de las OFERTAS, presentadas de acuerdo a lo especificado por el presente PLIEGO, para confirmar que cumple con todos los requisitos establecidos por el mismo.
En ese sentido se aclara que serán rechazadas las ofertas que contuvieran condicionamientos por los cuales se afecten los derechos de la ASI respecto de los bienes o servicios que adquiere o contrata, o se limiten las obligaciones del oferente o ADJUDICATARIO y que expresamente estén contenidas en este pliego.
Serán rechazadas las OFERTAS que contuvieran alguna discrepancia entre las Especificaciones Técnicas y los bienes y/o servicios ofertados, en la medida que ellas afecten la calidad, y/o la funcionalidad principal de los bienes, y/o el alcance de los servicios requeridos.
14.3 INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
14.4 RECHAZO
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La ASI se reserva el derecho de rechazar la totalidad de las Ofertas presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que ello pueda generar reclamo alguno de los OFERENTES.
15. DE LA PREADJUDICACIÓN Y ADJUDICACIÓN
15.1 PREADJUDICACIÓN
La Comisión de Evaluación expedirá un dictamen fundado y verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta Contratación.
Sólo será pre adjudicado el oferente cuya oferta resulte la más conveniente para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de la calidad del servicio, la idoneidad técnica del oferente y condiciones ofertadas.
No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas.
El anuncio de las pre adjudicaciones será conforme lo estipulado en el Art. 19 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
15.2 IMPUGNACIÓN
De conformidad con lo previsto en el Art. Nº 20 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, los OFERENTES tendrán un plazo de TRES (3) DÍAS para formular impugnaciones, de su publicación a través del portal Buenos Aires Compras (BAC).
Dado este supuesto, se resolverá conforme lo dispuesto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en su Art. 20 inc. b), dando de esa manera intervención al Órgano Legal de Consulta.
15.3 ADMISIBILIDAD DE LAS IMPUGNACIONES A LA PREADJUDICACION
Previo a la resolución de las impugnaciones, debe contarse con el dictamen jurídico de la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y deberá darse intervención a ésta en forma previa a la resolución de la adjudicación, conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Nº
1.218 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347).
15.4 ADJUDICACIÓN
La Autoridad Competente de acuerdo a lo previsto en el Artículo 76 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21, dictará el acto administrativo de adjudicación, el que una vez suscripto, será notificado fehacientemente a través de BAC al adjudicatario y al resto de los oferentes. A su vez, deberá establecerse la publicación de la adjudicación en el Portal BAC, en el sitio oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el plazo de un (1) día conforme art. 103 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347).
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15.5 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la recepción en Buenos Aires Compras (BAC) de la Orden de Compra al adjudicatario en un plazo no mayor a tres (3) días a partir de la notificación. Caso contrario quedará perfeccionado en forma automática, según lo estipulado en el Art. 24 del PCG.
16. COMPORTAMIENTO, CONFIDENCIALIDAD
Toda la información proporcionada para la ejecución de las tareas que son encomendadas, es propiedad exclusiva del GCABA. La información, ideas, conceptos, práctica y/o técnicas a cuyo conocimiento el ADJUDICATARIO acceda y/o se generen con motivo del presente trabajo, forman parte xxx xxxxxxx comercial propiedad del GCABA, por lo que se compromete a:
• Mantener absoluta reserva de las mismas.
• Custodiarlas apropiadamente.
• No divulgarlas, ni transmitirlas a terceros no autorizados.
• No explotarlas ni utilizarlas en beneficio propio y/o de terceros, salvo consentimiento previo y por escrito otorgado por el GCABA.
• En caso de que las tareas sean efectuadas por personal perteneciente al ADJUDICATARIO, este se compromete (con anterioridad al inicio de su trabajo) a poner en su conocimiento las presentes condiciones, asumiendo la empresa la responsabilidad por su cumplimiento de las mismas por su personal.
• En caso de que el ADJUDICATARIO decida subcontratar a terceros (con previo consentimiento de GCABA) para efectuar total o parcialmente su trabajo, se compromete (con anterioridad al inicio del mismo) a poner en su conocimiento las presentes condiciones, y de obligaciones previstas en los pliegos licitarios para el contratista de la Administración, asumiendo la empresa la responsabilidad por el cumplimiento de las mismas por parte de los terceros subcontratados.
El presente compromiso es irrevocable y seguirá siendo válido aún después de finalizada la relación con GCABA.
17. DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
En la ejecución del contrato, el ADJUDICATARIO deberá ajustarse estrictamente a los términos y condiciones que se establezcan en el presente PLIEGO y a las instrucciones que por ORDEN DE SERVICIO imparta la ASI, obligándose -entre otras acciones- a:
• Utilizar todos los medios comprometidos, pudiendo incorporar, previa aprobación de la ASI, los medios, sistemas, y métodos que aconseje la evolución tecnológica y/o características operativas, y que contribuyan a mejorar la calidad técnica de los trabajos.
• Observar las disposiciones legales relativas a la Higiene y Seguridad en el Trabajo y las disposiciones de carácter laboral y previsional.
• Producir dentro de las VEINTICUATRO (24) HORAS de requerida, cualquier información relativa al servicio que la ASI solicite, como así también informar inmediatamente de conocido cualquier hecho o circunstancia que pudiera incidir en la normal prestación de los servicios.
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• Mantener la continuidad y regularidad de los servicios según el presente PLIEGO y la Propuesta Técnica presentada.
• Facilitar las inspecciones de cualquier tipo que disponga efectuar la ASI, en aquellas instalaciones afectadas a la prestación de los servicios.
• Responder en forma exclusiva, por cualquier daño que pudiere ocasionarse con motivo de la prestación o falencia de la prestación de los servicios.
• Conservar en óptimas condiciones de operabilidad el equipamiento comprometido en el presente llamado.
• Mantener en perfectas condiciones los sistemas de resguardo de la información, comunicación y hardware necesarios para la buena operatividad de los equipos instalados durante toda la duración del correspondiente Contrato y sus ampliaciones si las hubiere.
17.1 PLAZO DE ENTREGA
El plazo de entrega de las Licencias será de 5 (cinco) días corridos computados a partir del perfeccionamiento de la Orden de Compra (Documento Contractual), con una duración contractual de 12 meses.
17.2 FORMA DE PAGO
Los importes deberán ser facturados a partir de la emisión por parte de la ASI de los PARTES DE RECEPCIÓN correspondientes. La moneda de pago será el Peso ($), moneda de curso Legal en la República Argentina.
El pago será efectuado neto de los eventuales descuentos aplicados, de acuerdo a las disposiciones contenidas en los Artículos 26, 27, 28, 29, 30 y 31 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
17.3 VERIFICACION DE CALIDAD
La Agencia de Sistemas de Información verificará que lo presentado por el proveedor está conforme a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
17.4 DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El incumplimiento en término de las obligaciones del contrato coloca al ADJUDICATARIO en estado xx xxxx automática y, por lo tanto, sujeto a la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. Se deja constancia que en caso de que se hubiera constatado un incumplimiento por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato, igualmente le será aplicada la penalidad y/o la sanción que pudiere corresponderle aun cuando el contrato se encontrara rescindido y/o
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ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente acto administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción.
17.5 PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA DEL CONTRATO
El CONTRATO no podrá ser transferido o cedido por el ADJUDICATARIO a terceros sin previa autorización expresa del GCABA, previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad. En este sentido, conforme a lo establecido en el Art. N° 125 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.347): Cuando el co-contratante transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por la entidad contratante, ésta debe rescindir unilateralmente el contrato por culpa del co-contratante, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato. Además, el contratista será pasible de los daños y perjuicios que su incumplimiento le cause a la Administración. En todos los casos el cedente continuará obligado solidariamente con el ADJUDICATARIO (cesionario) por las obligaciones y responsabilidades emergentes del CONTRATO. La transferencia autorizada del CONTRATO deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y exhibida en los mismos medios y plazos que la ADJUDICACIÓN.
17.6 RESCISIÓN
Serán causales de rescisión del contrato las previstas en el artículo 121 y subsiguientes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
17.7EXTINCIÓN DEL CONTRATO
La relación contractual quedará extinguida por:
a) Expiración del plazo contractual, conforme a lo previsto en este Pliego.
b) Mutuo acuerdo.
c) Quiebra y liquidación sin quiebra del Proveedor.
d) Concurso preventivo del contratista, excepto que conserve la administración de sus bienes mediante autorización judicial y en tanto no medie decisión judicial que le impida formular ofertas.
e) Rescisión por culpa del cocontratante - rechazo de la orden de compra. (Según artículo 121 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley 6.347 y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21).
f) Rescisión por culpa del cocontratante - incumplimiento del contrato. (Según artículo 122 Ley 2095 Texto Consolidado por Ley N° 6.347 y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21).
g) Rescisión por culpa del cocontratante - prestaciones de carácter especial. (Según artículo 123 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley N° 6.347 y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21).
h) Rescisión por culpa del cocontratante - fraude o negligencia. (Según artículo 124 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley N° 6.347 y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21).
i) Rescisión por culpa del cocontratante - transferencia o cesión del contrato. (Según artículo 125 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley N° 6.347 y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21).
j) Rescisión total o parcial. (Según artículo 126 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley 6.347 y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21).
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k) Pérdida de garantía de cumplimiento del contrato - integración de la garantía. (Según artículo
118 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley N° 6.347 y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21).
l) Las modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas, sin previa conformidad del GCABA.
ANEXO I
DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR
El que suscribe, (Nombre y Apellido Representante Legal o Apoderado)
…………………………………………………………………………..con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que (Nombre y Apellido o Razón Social)…………………………………………………………………………………………, CUIT N°..-……….-.., esta habilitada/o para contratar con la ADMINISTRACION DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en razón de cumplir con los requisitos del artículo 88 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347) “Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, y que no está incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a j) del artículo 89 del citado plexo normativo.
Ley N° 2.095 “Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” y su Decreto Reglamentario.
Artículo 88.- Personas habilitadas para contratar - Pueden contratar con el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse, que no se encuentren comprendidas en el artículo 89 y que se encuentren inscriptas en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores.
Reglamentación: A los fines de lo dispuesto en este artículo se entiende que el oferente deberá haber iniciado el trámite de inscripción en el RIUPP al momento de la apertura de la oferta. Asimismo, es condición para la preadjudicación y adjudicación que el oferente se encuentre inscripto en el RIUPP y con la documentación respaldatoria actualizada. Cuando se tratare de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el oferente debe estar inscripto en forma previa a la preselección y a la adjudicación.
Artículo 89.- Personas no habilitadas – Las personas que deseen presentarse en procedimientos de selección en el Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deben presentar
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conjuntamente con la oferta una declaración jurada en la que conste expresamente que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la ley. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, la Comisión de Evaluación de Ofertas podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento.
La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción prevista en el artículo 124, 2° párrafo de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347).
El Órgano Rector determina el tratamiento que se da para el caso en que se constate la violación al inciso h) de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347).
No pueden presentarse en los procedimientos de selección del sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. Sin reglamentar.
b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. Sin reglamentar. IF-2021-07193279-GCABA-DGCYC Página 00 xx 00 XXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX “2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”. 21
c) Los cónyuges de los sancionados. Sin reglamentar.
d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace. Sin reglamentar.
e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario. Sin reglamentar.
f) Los inhibidos. Sin reglamentar.
g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. Sin reglamentar.
h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente. Sin reglamentar.
i) Las personas físicas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II “De las faltas en particular“, Sección 3°, Capítulo “Prohibiciones en Publicidad” del Anexo I de la Ley Nº 451 # Régimen xx Xxxxxx de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Texto Inciso incorporado por Ley Nº 4.486). Sin reglamentar.
j) Las personas físicas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma
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contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación." Se desestiman todas aquellas ofertas en las que participe quien transgreda esta prohibición.
..........................................................................................
Firma Aclaración....................................................................
Carácter........................................................................
Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
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ANEXO II
DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DECLARACIÓN JURADA DE PROPUESTA COMPETITIVA
El que suscribe, (Nombre y Apellido Representante Legal o Apoderado)
…………………………………………………………………………..con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que la propuesta presentada por (Nombre y Apellido o Razón Social)…………………………………………………………………………………………, CUIT N°….-………………….-..., no ha sido concertada con potenciales competidores conforme lo establecido en la Ley N° 6.379. Ley N° 2.095 “Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Artículo 15 Bis.- FOMENTO DE LA COMPETENCIA. El órgano rector aprobará una Declaración Jurada de Propuesta Competitiva que será exigible en los procesos licitatorios. La declaración establecerá que la oferta realizada no ha sido concertada con potenciales competidores. Advertida la falsedad en la declaración por la administración, el organismo contratante podrá rescindir el contrato con culpa del contratista e iniciar las acciones judiciales pertinentes por el daño ocasionado. Si la falsedad en la declaración fuese advertida con posterioridad al cumplimiento del contrato, procederán las sanciones previstas en el artículo 128 de la presente Ley. El organismo contratante deberá rechazar la propuesta u oferta, en cualquier estado del proceso de selección, cuando observase indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que media simulación de competencia, concurrencia o hubiesen coordinado la propuesta a presentar. El organismo contratante debe informar dicha situación al órgano rector y la autoridad competente en la materia. Si mediara sanción impuesta por la Autoridad Nacional de la Competencia conforme la Ley Nacional N° 27.442 o la que en un futuro la reemplace por conducta anticompetitiva respecto del contrato, el organismo contratante podrá rescindir el contrato con culpa del contratista.
..........................................................................................
Firma Aclaración....................................................................
PLIEG-2021-10270011-GCABA-DGT2A0LINF
Carácter........................................................................
Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
XXXXX XXX DECLARACION JURADA
Por la presente declaro bajo juramento conocer y aceptar todos y cada uno de los aspectos y condiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, y sus Anexos, Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos, Circulares y todos aquellos documentos que integran la presente contratación.
Nombre de la firma:
CUIT de la firma:
Firma y aclaración del apoderado:
PLIEG-2021-10270011-GCABA-DGT2A1LINF
ANEXO IV
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES PERSONA JURÍDICA
En , a los días del mes del año 2021
Dirección Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx xx
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx:
Por medio de la presente, , D.N.I. N°
, en mi carácter de Apoderado/Representante Legal de la
empresa (Razón Social), C.U.I.T. N°
, conforme lo acredito en la documentación correspondiente, declaro bajo juramento que la misma no se encuentra incursa en ninguna de las inhabilidades para contratar.
Vínculos a declarar
1) ¿Tiene vinculación directa o indirecta con alguno de los funcionarios del GCBA, con su cónyuge o alguno de sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad ? (Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario, o por más de un socio o accionista, se deberá repetir la información que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar. | La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos. |
Vínculo
2) Persona con el vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
PLIEG-2021-10270011-GCABA-DGT2A2LINF
Persona jurídica (si el vínculo a declarar es directo de la persona jurídica declarante) | No se exige información adicional | |
Representante legal/Apoderados voluntarios | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Sociedad controlante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades controladas | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades con interés directo en los resultados económicos o financieros de la Declarante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Director | Xxxxxxx nombres apellidos y CUIT | |
Socio o accionista con participación en la formación de la voluntad social | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Accionista o socio con más del 5% del capital social de las sociedades sujetas a oferta pública | Detalle nombres apellidos y CUIT |
Información adicional
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Jefe de Gobierno | |
Vicejefe de Gobierno | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo | |
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir |
PLIEG-2021-10270011-GCABA-DGT2A3LINF
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe concretamente. | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto. | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto. | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del Funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado. |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos.
Firma y aclaración del declarante
PLIEG-2021-10270011-GCABA-DGT2A4LINF
Carácter en el que firma
Fecha
ANEXO V
TERMINOLOGÍA Y DEFINICIONES
A.1. El presente Xxxxxx queda complementado con las siguientes definiciones que a continuación se detallan:
a) Boletín Oficial: Diario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el cuál se publican las normas jurídicas para que puedan ser reputadas como obligatorias para los ciudadanos.
b) Licitación Pública Nacional: Es el procedimiento de selección instrumentado en el presente Xxxxxx, mediante el cual se seleccionará la oferta más conveniente, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, los costos asociados de uso y mantenimiento presentes y futuros y demás condiciones de la oferta.
c) UT: Unión Transitoria.
d) Oferente: Persona Jurídica ó UT que realiza una Oferta.
e) Oferta: Toda la documentación y demás información incorporada en la presentación.
f) Circular con consulta: Respuesta del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a todo pedido de aclaración.
g) Circular sin consulta: Aclaraciones de oficio que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pueda formular en el marco de la presente Licitación.
h) RIUPP: Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores.
Comisión de Evaluación: Es el órgano encargado de evaluar las ofertas presentadas y proporcionar a la autoridad competente los fundamentos para la adjudicación.
j) Adjudicación: Es el acto por el cual se acepta la oferta más conveniente para el GCABA.
k) Adjudicatario: Oferente cuya propuesta haya sido declarada más conveniente, según los criterios de evaluación estipulados, por acto formal del GCABA.
l) Documentación: La totalidad de los elementos del contrato, detallados en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
m) Garantía de la oferta y de la adjudicación: Son los depósitos o seguros de caución obligatorios en los términos de esta Licitación y normas que la rigen (Art. 17 Pliego de Cláusulas
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Generales), constituidos en garantía del mantenimiento de la oferta o del cumplimiento del contrato, respectivamente.
n) GCABA: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
o) Plazo: Todos los plazos que se establezcan en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas serán computados conforme lo estipulado en la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
p) Pliego: El presente documento, complemento xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, que tiene por objeto especificar las condiciones de la contratación y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
q) ASI: Agencia de Sistemas de Información.
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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El presente llamado a Contratación Menor tiene por finalidad contratar la “Renovación y Suscripción de Licencias Adobe Cloud y Tableau Creator para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”, según los requerimientos detallados en el presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y Anexos.
1.2 DETALLE Y CANTIDAD
Renglón | Título | Cantidad |
1 | Renovación de suscripciones Licencias Adobe Cloud para SBASE | 4 |
2 | Suscripciones de Licencias Adobe Cloud para la Subsecretaria Gobierno Abierto y Rendición de Cuentas | 1 |
3 | Suscripciones de Licencias Tableau Creator para la Subsecretaria Gobierno Abierto y Rendición de Cuentas | 1 |
4 | Suscripciones de Licencias Adobe Cloud para la Subsecretaria Tecnología Educativa y Sustentabilidad | 2 |
5 | Suscripciones de Licencias Adobe Cloud para el Ministerio de Desarrollo Económico y Producción | 3 |
2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
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Se requiere para la presente contratación la Renovación y Suscripción de Licencias Adobe Cloud ya que es una colección de aplicaciones y servicios de diseño, web, fotografía, video, experiencia de usuario para escritorio y dispositivos móviles que ofrece además de las aplicaciones 100 GB de almacenamiento en la nube y bibliotecas de activos.
Aplicativos que contiene Adobe creative Cloud:
• Photoshop
• Lightroom
• Illustrator
• InDesign
• Adobe XD
• Premiere Rush
• Premiere Pro
• After Effects
• Dimension
• Acrobat Pro
• Dreamweaver
• Animate
• Audition
• Lightroom Classic
• Character Animator
• Spark
• Bridge
• Media Encoder
• InCopy
• Prelude
• Fuse
Asimismo, se requiere las Licencias Tableau Creator debido a que es la plataforma de análisis más integral, eficaz, seguro y flexible para la selección xx xxxxxxx de datos, así como la creación, visualización y dashboards.
Por su parte, facilita el acceso y la interacción con los datos de diferentes maneras, cree visualizaciones con la función de arrastrar y soltar. Con esta herramienta se puede implementar modelos estadísticos impulsados por la inteligencia artificial con un click e incluso permite hacer preguntas con el lenguaje natural.
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No obstante ello, los usuarios con Licencia Explorer pueden acceder a los datos públicos por los Usurarios Creator y analizarlos. Además, son capaces de crear y distribuir sus propios dashboards (creación gobernada).
3. DESAFECTACIÓN
En caso de baja de uno o más usuarios, el ADJUDICADO deberá permitir la exportación de toda la información a un formato estándar compatible en un plazo no mayor a 10 días.
En caso que el GCABA finalizará el contrato con el ADJUDICADO, el mismo deberá permitir la exportación de TODA la información existente en la solución sin restricción de tiempo, volumen ni tráfico en un plazo no mayor a 10 días.
El ADJUDICATARIO se hará responsable de la pérdida o daño de los datos antes mencionados.
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G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
"2021 - Año del Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx"
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número:
PLIEG-2021-10270011-GCABA-DGTALINF
Buenos Aires,
Miércoles 31 xx Xxxxx de 2021
Referencia: PBCP y PET - RENOVACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DE LICENCIAS ADOBE CLOUD Y TABLEAU CREATOR PARA EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
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Date: 2021.03.31 17:20:10 -03'00'
XXXXXX XXXXXXXXX
Director General
D.G. TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL ASINF MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE
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