REUNIDOS
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXXX XX XXXXXX Y «EMPRESA_NOMBRE» PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS
En Burgos, a 10 de enero de 2017
REUNIDOS
De una parte, el Sr. X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Rector Magnífico de la Universidad xx Xxxxxx, interviene en su nombre y representación, en virtud de las facultades que le autoriza su nombramiento, según ACUERDO 24/2016, de 26 xx xxxx, de la Junta xx Xxxxxxxx y León, publicado en el BOCyL de 27 xx xxxx de 2016 por el que se nombra Rector Magnífico de la Universidad xx Xxxxxx.
Y de otra, el Sr. D. «Empresa_Firmante», «Empresa_Firmante_Cargo» en calidad de representante legal, acreditado con poder notarial bastante, de
«EMPRESA_NOMBRE» con CIF «Empresa_CIF» en virtud de las atribuciones que tiene conferidas según responsabilidades como «Empresa_Firmante_Cargo» y domicilio a efectos de notificaciones en «Empresa_Dirección»
Actuando en función de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las facultades que para convenir en nombre de las entidades que representan tienen conferidas, coinciden en declarar el alto interés que la formación práctica de los estudiantes universitarios tiene tanto para la Universidad como para la sociedad en general.
Por este motivo, acuerdan suscribir, de conformidad a la normativa vigente, el presente PROGRAMA DE COOPERACIÓN EDUCATIVA, que se desarrolla con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.- Objeto del Convenio de Colaboración
El presente Convenio tiene por objeto facilitar la realización de prácticas formativas por parte de los estudiantes de la Universidad xx Xxxxxx en la entidad cofirmante del mismo.
Segunda.- Naturaleza de la relación entre el estudiante y la entidad colaboradora
El propósito de este programa es posibilitar a los estudiantes la realización de diversas actividades fuera de las dependencias universitarias con la finalidad de completar su formación. Dado este carácter formativo, la suscripción por parte de
«EMPRESA_NOMBRE» no supondrá la adquisición de más compromiso que los estipulados en el mismo, y en ningún caso se derivarán obligaciones propias de un contrato laboral ya que la relación que se establezca entre el estudiante y la empresa no tendrá ese carácter.
La realización de prácticas de estudiantes en dicha entidad o empresa no podrá afectar en modo alguno a los derechos de los trabajadores de la misma, ni obstaculizar las previsiones empresariales en materia de contratación de trabajadores.
Al no ser una relación laboral, el tiempo de estancia en prácticas no se computará a efectos de antigüedad, todo ello en virtud del artículo 2.4 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas de los estudiantes universitarios.
En el caso de que el estudiante en prácticas recibiera algún tipo de aportación económica, con independencia de la cuantía y del concepto por el que se perciba, la empresa de acogida deberá cumplir con lo previsto en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en el cual se establece que estos estudiantes quedarán en situación asimilada a trabajadores por cuenta ajena.
Tercera.- Formalización de contrato de trabajo.
No podrá formalizarse contrato de trabajo, entre «EMPRESA_NOMBRE» y un estudiante en prácticas, mientras no finalice, por cumplimiento del término o anticipadamente, la realización de las prácticas de dicho estudiante.
Cuarta.- Características del programa.
La duración del período de prácticas en ningún caso puede exceder el 50% del tiempo integro que constituye el curso académico. Los estudiantes beneficiarios de las mismas deberán haber superado el 50% de los créditos necesarios para obtener el título universitario cuyas enseñanzas estuviesen cursando.
Con carácter previo al comienzo de cada práctica se firmará un ANEXO a este Convenio donde se fijarán los datos personales del estudiante que realizará las prácticas, las fechas de comienzo y finalización, así como, el horario, cuantía de la bolsa de ayuda al estudio que la entidad abona al estudiantes en el caso que hubiese, lugar de desarrollo y contenido específico de las mismas.
Todos los estudiantes de la Universidad xx Xxxxxx que estén matriculados en alguna de sus enseñanzas, están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil. El seguro escolar cubre a dichos estudiantes menores de 28 años y al corriente de la cuota correspondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar. El resto de estudiantes, mayores de 28 años, deberán disponer bajo su responsabilidad, de un seguro de accidentes durante todo el proceso de prácticas. La Universidad xx Xxxxxx velará por la suscripción de dicha póliza.
Ambas partes acuerdan someterse, según Anexo I de este convenio, en cuanto al tratamiento de los datos personales de los estudiantes que realicen estas prácticas, a lo establecido en la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal.
Quinta.- Coordinación, Gestión y supervisión del programa.
La coordinación y supervisión del presente Xxxxxxxx se llevará a cabo por medio de la Unidad de Empleo de la Universidad xx Xxxxxx.
Sexta.- Tutores.
La realización de las prácticas amparadas en el presente convenio tendrá a todos los efectos la consideración de actividad académica.
Por la titulación en que está matriculado el estudiante se designará un tutor académico responsable del correcto desarrollo de las prácticas, adecuado aprovechamiento del estudiante y evaluación de las prácticas formativas a través de la elaboración de un informe al finalizar las mismas. También se encargará de informar a la Unidad de Empleo de las posibles incidencias surgidas.
Por su parte «EMPRESA_NOMBRE» , designará a un tutor responsable de los estudiantes y de las tareas de dirección, asesoramiento, orientación del estudiante y coordinación con tutor académico. Será por tanto el responsable de mantener las relaciones de la entidad o empresa con el estudiante y la Universidad xx Xxxxxx.
El tutor empresarial marcará el plan de trabajo del estudiante, se asegurará que recibe la formación por parte de la empresa sobre prevención de riesgos laborales aplicable a esa actividad y evaluará las prácticas formativas a través de la elaboración de un informe al finalizar las mismas.
Séptima.- Estudiantes
Los estudiantes seleccionados para participar en los programas de prácticas formativas externas, quedarán sujetos al régimen establecido en cada programa, así como al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
• Iniciar la práctica en la fecha y condiciones acordadas.
• Cumplir los horarios y seguir las normas fijadas por la empresa.
• Realizar con diligencia y aprovechamiento la actividad en que consista la práctica, de acuerdo con el programa y condiciones específicas aprobadas.
• Guardar el secreto profesional durante su estancia en la empresa y después de finalizado el periodo de prácticas, no utilizando en ningún caso las informaciones recogidas en la empresa.
• Presentar una memoria que refleje la actividad realizada durante el periodo de prácticas formativas con ayuda y asesoramiento de los tutores designados, la
cual deberá ser presentada ante el Tutor de la Universidad xx Xxxxxx en los plazos y características establecidos.
• Comunicar a su profesor- tutor cualquier incidencia que afecte al desarrollo de la práctica formativa.
Octava.- Certificados
«EMPRESA_NOMBRE», a la finalización de cualquiera de las prácticas realizadas al amparo de este convenio, deberá emitir un certificado por el que se reconozca al estudiante el tiempo de prácticas realizado.
Finalizadas las prácticas, la Universidad xx Xxxxxx emitirá, a solicitud del estudiante, un documento acreditativo en el que conste la entidad colaboradora donde ha realizado las prácticas, actividades realizadas, duración del periodo de prácticas realizado así como aquellos otros aspectos que la Universidad considere conveniente.
A su vez, la Universidad xx Xxxxxx expedirá al tutor externo un certificado de su colaboración durante el periodo de la práctica, a solicitud del mismo.
Novena.- Interrupción del período de prácticas
Cualquiera de las partes podrá dar como finalizadas las prácticas de un estudiante, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: cese de actividades de cualquiera de las partes, circunstancias justificadas que impidan el desarrollo de la actividad programada, mutuo acuerdo entre las partes intervinientes, incumplimiento del convenio por cualquiera de las partes, renuncia expresa del estudiante seleccionado o pérdida de la condición de estudiante".
La interrupción de las prácticas se deberá comunicar por escrito a la otra parte a la mayor brevedad posible.
En todo caso, se habilitarán todas aquellas medidas necesarias para evitar que resulten perjudicados los estudiantes que se encuentren realizando sus prácticas al amparo del presente Convenio.
Décima.- Vigencia del Convenio
El presente Convenio de Prácticas Formativas entrará en vigor en la fecha de su firma, extendiéndose su vigencia por un periodo de 3 años, renovable tácitamente por periodos iguales salvo renuncia expresa por alguna de las partes.
Undécima.- Cumplimiento y causas de resolución del Convenio
Este convenio se extinguirá por mutuo acuerdo de las partes signatarias o por denuncia de una de ellas, por incumplimiento de las condiciones pactadas por las partes o irregularidades graves en la ejecución del Convenio.
Duodécima.- Comisión de Seguimiento.
Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento del convenio formada por dos representantes de la Universidad xx Xxxxxx y por representantes de la entidad colaboradora.
Dicha Comisión conocerá de las cuestiones relativas al desarrollo y seguimiento del presente convenio así como de la resolución de todas las cuestiones que surjan en relación con la interpretación del convenio y su adecuada aplicación.
Decimotercera.- Naturaleza y jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo establecido en las cláusulas del mismo, quedando excluido del ámbito del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, conforme a lo establecido en el artículo 4.1 c) del Real Decreto Legislativo 312011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y aplicación del presente Convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes a través de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula anterior. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas por los órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa'.
A este Convenio de Colaboración se adjuntará, además de Anexo I con las características particulares de la realización de las prácticas de cada estudiante, el Anexo relativo a la protección de datos de carácter personal.
Y en prueba de conformidad se firma el presente Acuerdo, por duplicado y en el lugar y fecha al inicio señalados.
POR LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx RECTOR | POR «EMPRESA_NOMBRE» D. «Empresa_Firmante», «EMPRESA_FIRMANTE_CARGO» |
ANEXO LOPD
Las Partes acuerdan expresamente que:
• Ambas Partes se comprometen a cumplir con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (“LOPD”) y su normativa de desarrollo, en concreto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD.
• En caso de que, en virtud del presente contrato, cualquiera de las Partes comunique a la otra datos de carácter personal, la entidad cedente expresamente manifiesta y garantiza a la cesionaria que cumple con la totalidad de las obligaciones y previsiones contenidas en la LOPD y en la normativa de desarrollo de la misma, con respecto a dichos datos.
• Asimismo, la Universidad xx Xxxxxx expresamente manifiesta y garantiza a
«EMPRESA_NOMBRE» que ha obtenido el correspondiente consentimiento inequívoco de cada uno de los titulares de los datos de carácter personal, para poder comunicarle sus datos, para llevar a cabo el correcto desarrollo de la práctica formativa y, en su caso, para realizar la correspondiente evaluación, habiéndoles informado de una manera fácilmente comprensible de todas y cada una de las circunstancias enumeradas en el artículo 5.1 de la LOPD, así como de las características y funcionamiento de la beca.
• «EMPRESA_NOMBRE» expresamente manifiesta y garantiza a la Universidad xx Xxxxxx que adoptará las medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos, que no aplicará o utilizará los datos cedidos con fin distinto al que figura en el Convenio de Cooperación Educativa y que no los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Los
datos serán destruidos o devueltos a la Universidad xx Xxxxxx una vez cumplida la finalidad.
• Se acuerda que, de no ser veraces y correctas todas o parte de las manifestaciones vertidas por la Universidad xx Xxxxxx como cedente de los datos personales, dicha entidad será responsable del importe íntegro de cualquier sanción impuesta, en su caso, a la cesionaria, por la Agencia Española de Protección de Datos o por cualquier otra autoridad administrativa o judicial por cualquiera de estos incumplimientos, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que las actuaciones inspectoras y sancionadoras le hubiesen podido crear a la cesionaria, tanto desde un punto de vista material, como desde un punto de vista de imagen corporativa.
• Por último, «EMPRESA_NOMBRE» será responsable del importe íntegro de cualquier sanción que se le pueda imponer a la Universidad xx Xxxxxx cuando destine los datos cedidos a una finalidad distinta, o los comunique o utilice incumpliendo las estipulaciones recogidas en el presente Anexo, debiendo indemnizar a la Universidad xx Xxxxxx por la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que las actuaciones inspectoras le hubiera podido crear, tanto desde un punto de vista material, como desde un punto de vista de imagen institucional.