Contract
Por acuerdo de la Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx, en sesión ordinaria celebrada el 2 de febrero de 2018, se aprobó la siguiente propuesta:
“ADJUDICACIÓN CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMUNICACIONES Y DE TELEFONÍA FIJA Y MÓVIL DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXX”.
Tramitado el expediente relativo al contrato de prestación de servicios al que se refiere el título de la presente propuesta, y teniendo en cuenta los siguientes antecedentes:
a).- Que la Junta de Gobierno de esta Diputación, en resolución adoptada en sesión de fecha 0 xx xxxx xx 0000, xxxxxxxx xx xxxxxxxxxxx xx xxxx contrato, así como el gasto correspondiente, por un importe neto de 909.738,84 euros, siendo el IVA a soportar por la Administración de 191.045,16 euros, por lo que el presupuesto total de licitación asciende a la cantidad de 1.100.784,00 euros, siendo el valor estimado del contrato de 1.482.693,22 euros.
b).- Que obra en el expediente informe emitido por el Sr. Interventor General de esta Diputación Provincial acreditativo de la existencia de crédito disponible, adecuado y suficiente, así como sobre la fiscalización de inicio de expediente de contratación.
Fecha de emisión de la firma:05/02/2018
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c).- Que la Junta de Gobierno, en la misma sesión antes indicada, acordó proceder a la contratación de este servicio, siguiendo el sistema de adjudicación por procedimiento abierto, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP), estando sujeto a regulación armonizada, al ser el valor estimado del contrato superior a 209.000 euros, IVA excluido, señalado en el artículo 16 1b) del referido TRLCSP para lo cual, aprobó los correspondientes Pliegos de Cláusulas Administrativas (PCAP) y Técnicas particulares, (PPT) debiendo anunciarse la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia, BOE y DOUE.
d).- Que para dar cumplimiento a lo acordado por la Junta de Gobierno, se publicó anuncio de licitación en el DOUE de fecha 13 xx xxxx de 2017, en el BOP de 15 xx xxxx de 2017 y en el BOE de 19 xx xxxx de 2017, así como en el perfil del contratante de esta Diputación y en la Plataforma de Contratación del Estado, el día 10 del mismo mes y año.
e).-Que finalizado el plazo de presentación de ofertas fijado, a las 14:00 horas del día 19 xx xxxxx de 2017, y según consta en la certificación expedida por el Sr. Director de Área, Servicio de Contratación y Patrimonio, a la presente licitación concurrieron los siguientes licitadores:
NÚM. ORDEN | LICITADOR |
1 | COMUNITELIA COMUNICACIONES, S. L. |
2 | ORANGE ESPAGNE, S.A.U. |
3 | VODAFONE ESPAÑA, S.A.U. |
4 | UTE: TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S. A.U |
f).- Que la Mesa de Contratación, procedió el día 27 xx xxxxx de 2017 a la apertura y calificación de la documentación contenida en los sobres A de documentación acreditativa de la capacidad para contratar, a que se refiere el art. 146 del referido TRLCSP, que en este caso concreto y en aplicación de lo dispuesto en el art. 146.4 del mismo texto, se requiere únicamente una DECLARACIÓN RESPONSABLE, conforme al modelo que figura como anexo II al PCAP, y seguidamente, en acto público, a la apertura de los sobres B “Documentación técnica”
En la misma sesión, se acordó remitir los referidos sobres a los servicios técnicos competentes, de acuerdo a lo previsto en el artículo 160.1 del TRLCSP.
g).- Que la Mesa de Contratación, en nuevo acto celebrado el día 12 de julio de 2017, tomó conocimiento del informe emitido por el Sr. Jefe del Servicio de Tecnología de la Información y Comunicación (TIC), de fecha 5 de julio de 2017, en el que se propone, que deben ser rechazadas las propuestas correspondientes a los licitadores núms.1.- COMUNITELIA COMUNICACIONES, S. L. y 2.- ORANGE ESPAGNE, S.A.U., por los motivos expuestos en el citado informe que se relacionan a continuación:
- El licitador núm. 1, COMUNITELIA COMUNICACIONES, S. L.., ”no cumple lo que se establece
en el pliego de prescripciones técnicas”.
- El licitador núm. 2, ORANGE ESPAGNE, S.A.U., “…debería haber llevado a cabo este estudio de viabilidad como paso previo a su concurrencia a este procedimiento de contratación, solicitando la información requerida a los servicios de Contratación y de Tecnologías de la Información y de la Comunicación”.
A continuación se procedió a la apertura de los sobres C correspondientes a los licitadores admitidos, y a dar lectura a las propuestas económicas y resto de criterios de valoración que en cada una de ellas se contienen, incorporadas como ANEXOS II y III, al acta de la sesión, como parte integrante de la misma:
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En la misma sesión, la Mesa acuerda, según lo previsto en el artículo 160.1 del TRLCSP, pasar los referidos sobres C a informe del Servicio Técnico competente, a los efectos de ponderación de los diferentes criterios de valoración establecidos en el PCAP.
h).- Que la Mesa de Contratación, en nuevo acto celebrado el día 21 de julio de 2017, tomó conocimiento del informe emitido por el Sr. Jefe del Servicio de Tecnología de la Información y Comunicación (TIC), de fecha 14 de julio de 2017, en el que figura la puntuación asignada por los diferentes criterios de valoración previstos, a las proposiciones admitidas, así como la puntuación final obtenida por cada una de ellas y finalmente, propuesta de adjudicación a favor de UTE: TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S. A.U.
“BAREMO DEL BLOQUE DE CRITERIOS ECONÓMICOS.
Telefonía fija.
Ponderación:8%Tipo:87.120,00 €.
LicitadorImportePuntuación Vodafone SAU:61.855,20 €4,0000
UTE Telefónica:62.436,00 €3,9080
Telefonía móvil.
Ponderación:57%Tipo:627.264,00 €.
LicitadorImportePuntuación 42 KITS.Vodafone SAU:263.266,78 €15,8070
UTE Telefónica:258.572,16 €16,5300 54 TFNOS.Vodafone SAU:135.394,34 €8,4646
UTE Telefónica:134.861,76 €8,5500
36 GSM.Vodafone SAU:37.113,12 €1,9585
UTE Telefónica:34.624,97 €2,2800 12 ACCESOS.Vodafone SAU:14.845,25 €1,1400
XXX Xxxxxxxxxx:20.908,80 €0,0000
Comunicaciones.
Ponderación:35%Tipo:386.400,00 €.
LicitadorImportePuntuación Vodafone SAU:292.284,48 €17,5000
UTE Telefónica:348.480,00 €7,0509
TOTAL PUNTOS VALORACIÓN ECONÓMICA.
Licitador Puntuación Vodafone SAU: 48,8701
XXX Xxxxxxxxxx: 38,3190
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BAREMO DEL BLOQUE DE CRITERIOS NO ECONÓMICOS.
Telefonía fija.
Ponderación:8%
Licitador¿Oferta 4 accesos Primarios RDSI?Puntuación Vodafone SAU:SI 3,2000
XXX Xxxxxxxxxx:SI 3,2000
Licitador¿Oferta reducción en el plazo entrega?Puntuación Vodafone SAU:SI, 1 mes 0,8000
XXX Xxxxxxxxxx:SI, 1 mes 0,8000
Telefonía móvil.
Ponderación:57%
Licitador¿Oferta reducción en la renovación?Puntuación Vodafone SAU:NO 0,0000
UTE Telefónica:SI, 1 semestre6,2700
Licitador¿Oferta reducción en el plazo entrega?Puntuación Vodafone SAU:SI, 1 mes 1,1400
XXX Xxxxxxxxxx:SI, 1 mes 1,1400
LicitadorVolumen de datos a descargar a …Puntuación 42 KITSVodafone SAU:60 GBytes 0,0210
XXX Xxxxxxxxxx:ILIMITADO* 10,2600
54 TFNOS.Vodafone SAU:5 GBytes 0,0003
XXX Xxxxxxxxxx:ILIMITADO* 2,8500
12 ACCESOS.Vodafone SAU:60 GBytes 0,0035
XXX Xxxxxxxxxx:ILIMITADO* 1,7100
*En apartado posterior se recoge el significado del término y cómo se calcula el valor de la descarga de la UTE Telefónica que posteriormente se aplica en la fórmula.
Comunicaciones.
Ponderación:35%
LicitadorAncho xx xxxxx 4 accesosPuntuación Xxxxxxxx XXX:0000 Mbps 10,5000
UTE Telefónica:1000 Mbps 10,5000
Licitador¿Oferta reducción en el plazo entrega?Puntuación Vodafone SAU:SI, 1 mes 1,0500
UTE Telefónica:SI, 1 mes 1,0500
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Licitador¿Oferta 2 accesos opcionales?Puntuación Vodafone SAU:SI 2,4500
UTE Telefónica:SI 2,4500
LicitadorAncho xx xxxxx 2 accesosPuntuación Xxxxxxxx XXX:0000 Mbps 3,5000
UTE Telefónica:1000 Mbps 3,5000
TOTAL PUNTOS VALORACIÓN NO ECONÓMICA.
Licitador Puntuación Vodafone SAU: 22,6648
UTE Telefónica: 43,7300 RESULTADO DEL BAREMO.
Licitador Puntuación Vodafone SAU: 71,5349
UTE Telefónica: 82,0490€ MÁS VALORADO
CRITERIO APLICADO PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS NO ECONÓMICOS RELATIVOS A LOS VALORES DE LOS “VOLÚMENES DE DATOS A DESCARGAR A MÁXIMA VELOCIDAD” PARA LA TELEFONÍA MÓVIL.
Para la valoración de tres de los criterios no económicos relativos al grupo de la telefonía móvil, se proponía una cantidad de Gigabytes para cada uno de los tres casos contemplados, 10 GBytes para los 42 Kits de teléfono móvil tipo I y tableta, 2 Gigabytes para los 54 teléfonos móviles de tipo II y de nuevo 10 GBytes
para los 12 accesos de datos, en condiciones de máxima velocidad dentro del estándar de la industria de telefonía móvil 4G.
Si este volumen de datos era excedido, se establece que el licitador está obligado a mantener el servicio de acceso a Internet, pero con unas velocidades inferiores, con el propósito de mantener el mencionado acceso en cualquiera de los casos.
Cuando se pregunta por el volumen de datos a descargar a máxima velocidad y el licitador, en este caso la UTE de empresas de Telefónica, oferta “ILIMITADO”. Esta característica no es cierta en toda su extensión y sólo puede aplicarse al límite que el licitador establece en el volumen de datos descargados por encima del cual reduce la velocidad a un mínimo de mantenimiento del servicio. El volumen de descarga se encuentra limitado por ancho xx xxxxx de la norma 4G y por el tiempo, en este caso, 1 mes.
El estándar 4G de comunicaciones móviles agrupa un conjunto de normas, denominadas LTE (“Long term evolution”), que para el 4G van desde LTE Categoría 3, con unas velocidades de subida y bajada de 50 Mbps y 100 Mbps respectivamente, al LTE-A (“Long term evolution advanced”) Categoría 14, con velocidades de subida y bajada de 1500 Mbps y 3900 Mbps respectivamente.
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Los LTE más extendidos en España son el 3 y el 4, por lo que resulta necesario recurrir a las especificaciones normalizadas de ambas para el cálculo del volumen de descarga que puede llevarse a cabo durante 1 mes natural a máxima velocidad. Optando por el primero, LTE-3, al ser el menor de éstos que se ofrece en la norma 4G, se establece una velocidad de descarga de 100 Mbps, que sería sostenible en movimiento, y se aplica la fórmula oportuna para el mencionado cálculo, a saber:
Mbits descargados = Velocidad_descarga * Tiempo_de_descarga
1.Velocidad de descarga = 100 Mbps
2.Tiempo de descarga = 86.400 s/día * 365 días/año / 12 meses/año = 2.628.000 s
3.Mbits descargados = 100 Mbps * 2.628.000 s = 262.800.000 Mbits
4.MBytes descargados = 262.800.000 Mbits * ( 1000 * 1000 ) / (8 * 1024 * 1024) = 31.328.201,29 MBytes
5.MBytes útiles descargados = 31.328.201,29 MBytes * 8 /10 = 25.062.561,03 MBytes
6.GBytes descargados = 25.062.561,03 MBytes / 1024 MBytes/GByte = 24.475,16 GBytes
Conforme al cálculo anterior, se aplica un valor de 24.475,16 GBytes, que supera en más de dos órdenes de magnitud al volumen ofertado por Vodafone España SAU.
Es necesario destacar que la UTE de empresas de Telefónica, sólo precisa ofrecer en los tres apartados aquí explicados volúmenes superiores en un 33% a los ofertados por Vodafone España, a saber, 80 GBytes, 6.6666 GBytes y 80 GBytes respectivamente, que distan mucho de lo arriba calculado y que se alcanzan manteniendo una velocidad de 326,86 Kbps, 27,24 Kbps y 326,86 Kbps respectivamente, todas ellas por debajo del estándar 3G.
Por todo lo anteriormente expuesto, este técnico recomienda a los Sres. Miembros de la mesa de
contratación la adjudicación del contrato a la UTE de Empresas de Telefónica de España.”
A continuación, la Mesa por unanimidad, adoptó acuerdo de hacer suyo el referido informe y formular al órgano de contratación la correspondiente propuesta de resolución.
i).- Por la representación de ORANGE ESPAGNE, S.A.U. se presentó el día 8 xx xxxxxx de 2017 recurso especial en materia de contratación (Recurso TACRC nº 797/2017 C.A. Castilla-La Mancha
64/2017), se impugnó la propuesta de resolución de la mesa de contratación de fecha 12 de julio de 2017 en la que se acordaba su exclusión del procedimiento convocado para la contratación del servicio de comunicaciones y de telefonía fija y móvil de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx.
La Secretaria del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (en adelante TACRC), por delegación del mismo, en fecha 1 de septiembre de 2017 resolvió conceder la medida cautelar interesada por ORANGE ESPAGNE, S.A.U. consistente en la suspensión del procedimiento de contratación de conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 46 del TRLCSP.
Mediante resolución nº 905/2017 de fecha 5 de octubre de 2017, el TACRC desestima el recurso TACRC nº 797/2017 interpuesto por la representación de ORANGE ESPAGNE, S.A.U. y levanta la suspensión del citado procedimiento, conforme al artículo 47.4 del TRLCSP.
j).- Asimismo, por la empresa VODAFONE se presentó el día 1 de septiembre de 2017 recurso especial en materia de contratación (Recurso TACRC nº 887/2017 C.A. Castilla-La Mancha 67/2017), contra el acuerdo de la Mesa de Contratación adoptado en sesión de fecha 21 de julio de 2017 por el que se propone a la Junta de Gobierno la exclusión de las ofertas presentadas por COMUNITELIA COMUNICACIONES, S. L. y ORANGE ESPAGNE, S.A.U.; la clasificación de las dos ofertas finalmente admitidas y el requerimiento a la UTE TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S. A.U, como licitador clasificado en primer lugar para que cumplimente los requisitos legalmente previstos.
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Por resolución nº 986/2017 de fecha 27 de octubre de 2017, el TACRC inadmite el recurso interpuesto por la representación de VODAFONE ESPAÑA, S.A.U. contra la propuesta de adjudicación del contrato del “Servicio de comunicaciones y de telefonía fija y móvil de la Diputación Provincial xx Xxxxxx”, por referirse a un acto de trámite no cualificado, según lo establecido en el artículo 40.2 del TRLCSP y levanta la suspensión del citado procedimiento, conforme al artículo 47.4 del TRLCSP.
k).- Que por la Junta de Gobierno, en sesión de fecha 10 de noviembre de 2017, se adoptó el siguiente acuerdo:
1º.- Excluir las proposiciones correspondientes a los licitadores que a continuación se relacionan por los motivos que se exponen en el informe técnico que figura como anexo al acta de la Mesa de Contratación, correspondiente al día 12 de julio de 2017 y que es pública en el Perfil de Contratante de esta Diputación:
Núm.1.- COMUNITELIA COMUNICACIONES, S. L. Núm. 2.- ORANGE ESPAGNE, S.A.U.,
2º.- CLASIFICAR a los DOS (2) licitadores admitidos como sigue a continuación:
Núm. orden | Licitador | Puntuación total |
1 | UTE: TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S. A.U | 82,0490 |
2 | VODAFONE ESPAÑA, S.A.U. | 71,5349 |
3º.- REQUERIR al primer clasificado, UTE: TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. y TELEFÓNICA
MÓVILES ESPAÑA, S. A.U., propuesto como adjudicatario, al resultar su oferta la económicamente más ventajosa, de acuerdo con la baremación obtenida como consecuencia de la aplicación de los criterios establecidos en el Pliego de Clausulas Administrativas Particulares a fin de que en un plazo xxxxxx xx XXXX (10) días hábiles cumplimente los extremos previstos en la cláusula 3.2.1. xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, en cuanto a la capacidad para contratar, así como en el art. 151.2 del TRLCSP.
4º.- De acuerdo con lo previsto en el art. 151.2 del TRLCSP, de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
5º.- Una vez una vez cumplidos estos requisitos, se eleve al órgano de contratación, la correspondiente propuesta de adjudicación.
l).- Que en forma y plazo por UTE TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. y TELEFÓNICA MÓVILES
ESPAÑA, S. A.U. se ha dado cumplimiento al requerimiento meritado en el apartado anterior, obrando igualmente carta de pago acreditativa del ingreso en la Tesorería Provincial de garantía definitiva en la cantidad de 35.532,38 euros.
m).- Asimismo, por la empresa VODAFONE se presentó el día 5 de diciembre de 2017 nuevo recurso especial en materia de contratación (Recurso TACRC nº 1235/2017 C.A. Castilla-La Mancha 100/2017), contra el acuerdo de la Junta de Gobierno adoptado en sesión de fecha 10 de noviembre de 2017 por el que se procede a la exclusión de las ofertas presentadas por COMUNITELIA COMUNICACIONES, S. L. y ORANGE ESPAGNE, S.A.U.; la clasificación de las dos ofertas finalmente admitidas y el requerimiento a la UTE TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S. A.U, como licitador clasificado en primer lugar para que cumplimente los requisitos legalmente previstos.
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Por Resolución del TACRC nº 65/2018 de fecha 26 de enero de 2018, se desestima el recurso nº 1235/2017 C.A. Castilla-La Mancha 100/2017, interpuesto por VODAFONE ESPAÑA, S.A.U. y se levanta la suspensión del procedimiento conforme al art. 47.4 del TRLCSP.
En base a todo lo anterior, esta Delegación propone a la Junta de Gobierno que, en virtud de las facultades en la misma delegadas por Decreto de Presidencia número 630/2015, de 7 de julio (BOPT núm. 157, de 13 de julio de 2015), adopte el siguiente ACUERDO:
Primero.- Declarar válido el acto licitatorio y ratificar todas y cada una de las actuaciones que aparecen reflejadas en el expediente tramitado.
Segundo.- Tomar conocimiento del cumplimiento por parte de UTE: TELEFÓNICA DE ESPAÑA,
S.A.U. y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S. A.U., de los extremos requeridos.
Tercero.- Adjudicar el contrato de prestación de servicio de «Comunicaciones y telefonía fija y móvil de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx», a la empresa UTE: TELEFÓNICA DE ESPAÑA,
S.A.U. y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S. A.U., (CIF X00000000), en los siguientes términos de su oferta:
GRUPO I: Telefonía Fija.
I.1.- PRECIO:
- PRINCIPAL: CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS EUROS (51.600,00 €) / 48 MESES.
- IVA: DIEZ MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS (10.836,00 €)/ 48 MESES.
- TOTAL: SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS (62.436,00 €) / 48 MESES.
I.2.A.- OFERTA CUATRO (4) accesos primarios RDSI:
SI.
NO.
I.2.B.- OFERTA REDUCCIÓN DE UN (1) MES EN LA PUESTA EN MARCHA:
SI.
NO.
GRUPO II: TELEFONÍA MÓVIL
II.1.- PRECIO:
- PRINCIPAL: TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUARENTA Y SIETE EUROS CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS ( 371.047,68
€) / 48 MESES.
- IVA: SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE EUROS CON UN CÉNTIMO ( 77.920,01 €) / 48 MESES.
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- TOTAL: CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE EUROS CON SESENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (448.967,69 €) / 48 MESES
-
II.1.A: OFERTA 42 KITS TELÉFONOS SEGMENTO I + TARIFA PLANA:
- PRINCIPAL: DOSCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS (213.696,00 €) / 48 MESES.
- IVA: CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS EUROS CON DIECISEIS CÉNTIMOS (44.876,16 €) / 48
MESES.
- TOTAL: DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS EUROS CON DIECISEIS CÉNTIMOS (258.572,16
€) / 48 MESES
II.1.B: OFERTA 54 TELÉFONOS SEGMENTO II + TARIFA PLANA:
- PRINCIPAL: CIENTO ONCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS (111.456,00 €) / 48 MESES.
- IVA: VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS CINCO EUROS CON SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS (23.405,76 €) / 48 MESES.
- TOTAL: CIENTO TREINTIA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UN EUROS CON SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS (134.861,76) / 48 MESES.
II.1.C: OFERTA 36 ACCESOS GSM CON TARIFA PLANA:
- PRINCIPAL: VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS QUINCIE EUROS CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS (28.615,68) / 48 MESES.
- IVA: SEIS MIL NUEVE EUROS CON VEINTINUEVE CÉNTIMOS (6.009,29 €) / 48 MESES.
- TOTAL: TREINA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO EUROS CON NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS (34.624,97 €) / 48
MESES
II.1.D: OFERTA 12 ACCESOS 4G+ ROUTER + TARIFA PLANA:
- PRINCIPAL: DIECISIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA EUROS (17.280,00 €) / 48 MESES.
- IVA: TRES MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS (3.628,80 €) / 48 MESES.
- TOTAL: VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHO EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS (20.908,80 €) / 48 MESES.
II.2.A.- OFERTA REDUCCIÓN EN EL PLAZO DE RENOVACIÓN DE CADA TERMINAL MÓVIL Y TABLETA:
SI, REDUCCIÓN DE DOS SEMESTRES. SI, REDUCCIÓN DE UN SEMESTRE. NO.
II.2.B.- OFERTA REDUCCIÓN EN UN (1) MES EN LA PUESTA EN MARCHA
SI.
NO.
II.2.C.- OFERTA VOLUMEN DE DATOS ILIMITADOS GBYTES A DESCARGAR A MÁXIMA VELOCIDAD PARA LOS 84 SIM´S DE LOS 42 KITS DE MÓVIL Y TABLETA, LO QUE SUPONE UN INCREMENTO DE ILIMITADOS GBYTES, SOBRE LOS 10 GBYTES EXIGIDOS.
II.2.D.- OFERTA VOLUMEN DE DATOS ILIMITADOS GBYTES A DESCARGAR DESDE INTERNET A MÁXIMA VELOCIDAD PARA LOS 54 MÓVILES, LO QUE SUPONE UN INCREMENTO DE ILIMITADOS GBYTES, SOBRE LOS 10 GBYTES EXIGIDOS.
II.2.E.- OFERTA VOLUMEN DE DATOS ILIMITADOS GBYTES A DESCARGAR DESDE INTERNET A MÁXIMA VELOCIDAD PARA LOS 12 ACCESOS 4G, LO QUE SUPONE UN INCREMENTO DE ILIMITADOS GBYTES, SOBRE LOS 10 GBYTES EXIGIDOS.
Fecha de emisión de la firma:05/02/2018
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GRUPO III: COMUNICACIONES
III.1.- PRECIO:
- PRINCIPAL: DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL EUROS (288.000,00 €) / 48 MESES.
- IVA: SESENTA MIL CUANTROCIENTOS OCHENTA EUROS (60.480,00 €) / 48 MESES.
- TOTAL: TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA EUROS (348.480,00 €) / 48 MESES
III.2.A- OFERTA INCREMENTO MAYOR DEL ANCHO XX XXXXX EN LOS CUATRO ACCESOS PRINCIPALES:
SI. Oferta 1000 Mbits/s. que suponen un incremento de 400 Mbits/s sobre los 600 Mbits/s exigidos en el Pliego.
NO.
III.2.B.- OFERTA REDUCCIÓN EN UN (1) MES A LA PUESTA EN MARCHA: SI.
NO.
III.2.C.- OFERTA OTRA PAREJA DE ACCESOS DE 1 GBIT/S, CON CAUDALES DE AL MENOS 300 MBITS/S CADA UNO, E INTEGRÁNDOLO CON EL PRIMERO DE LOS PARES DE ACCESOS SOLICITADOS, AGREGANDO CAUDALES Y MEJORANDO LA DISPONIBILIDAD:
SI.
NO.
III.2.D.- OFERTA INCREMENTO MAYOR DEL ANCHO XX XXXXX EN LOS DOS ACCESOS OPCIONALES, EN CASO DE OFERTARLOS EN LAS CONDICIONES RECOGIDAS EN EL PUNTO PREVIO (C), SOBRE LOS 300 MBITS/S DEMANDADOS PARA CADA UNO:
SI. Oferta 1000 Mbits/s. que suponen un incremento de 700 Mbits/s sobre los 300 Mbits/s exigidos en el Pliego para cada uno de los dos accesos opcionales.
NO.
Se adjunta:
- Factura mensual simulada comprensiva de los conceptos e importes a facturar.
- Relación de precio de los servicios no contemplados dentro del alcance de las “tarifas planas”.
- Relación de precios en itinerancia.
Que a todos los efectos debe entenderse que dentro de la presente oferta ha sido comprendido no sólo el precio de ejecución, sino también los gastos generales de la Empresa, gastos financieros, cargas fiscales, tasas de la Administración legalmente establecidas y beneficio industrial, sin que el importe global contratado experimente incremento alguno.
Cuarto.- Se requiere al adjudicatario para la formalización del contrato que deberá efectuarse en documento administrativo una vez transcurrido el plazo de QUINCE (15) días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
DISCUSIÓN Y RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO.- Los Señores reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerdan aprobar la propuesta anteriormente transcrita, facultándose al Presidente para dictar cuantos actos sean precisos para la ejecución del presente acuerdo.
Lo que le notifico a Vd. para su conocimiento y efectos oportunos.
Fecha de emisión de la firma:05/02/2018
Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:sqnu/d3yv6wf3XB+1BfC CN=XXXXXX XXXXXXX XXXX OU=SECRETARIA GENERAL
El documento consta de un total de:10 página/s. Página 10 de 10.
Toledo, 0 xx xxxxxxx xx 0000, XX XXXXXXXXXX GENERAL.
SR. DIRECTOR ÁREA DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXX