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BASES DE LA CONVOCATORIA DE INCENTIVOS PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS PYMES Y APOYO AL DESARROLLO SOCIOECONÓMICO XX XXXXXXX MEDIANTE LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DESEMPLEO 2017 Bases aprobadas por acuerdo del Consejo Rector del IMDEEC Punto 5º, en sesión extraordinaria de fecha 4 xx xxxxx de 2017 ÍNDICE | ||
1. | PRESENTACIÓN……………………………………………………………………………………………………………………………………… | Pág. 2 |
2. | RÉGIMEN DE GESTIÓN DE CONCESIÓN DE LA CONVOCATORIA………………………………………………………… | Pág. 2 |
3. | OBJETIVOS……………………………………………………………………………………………………………………………………………… | Pág. 2 |
4. | FINANCIACIÓN……………………………………………………………………………………………………………………………………… | Pág. 3 |
5. | ENTIDADES BENEFICIARIAS Y CARACTERÍSTICAS DE LAS CONTRATACIONES………………………………… | Xxx. 0 |
0. | XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXXXXXXXXX............................................................................ | Pág. 5 |
7. | CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN……………………………………………………………………………………………………………… | Pág. 5 |
8. | SOLICITUDES………………………………………………………………………………………………………………………………………… | Pág. 6 |
9. | CRITERIOS DE BAREMACIÓN………………………………………………………………………………………………………………… | Pág. 8 |
10. | PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES……………………………………………………………………………………… | Pág. 12 |
11. | EXCLUSIONES DE LA CONVOCATORIA………………………………………………………………………………………………… | Pág. 12 |
12. | CONCURRENCIA CON OTRAS SUBVENCIONES……………………………………………………………………………………… | Pág. 13 |
13. | PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN, INSTRUCCIÓN, TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN…………………………… | Pág. 13 |
14. | OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS………………………………………………………………………… | Pág. 16 |
15. | SEGUIMIENTO, CONTROL, JUSTIFICACIÓN E INCUMPLIMIENTO……………………………………………………… | Pág. 17 |
16. | DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA…………………………………………………………… | Pág. 19 |
17. | CAUSAS DE REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN……………………………………………………………………………………… | Pág. 20 |
18. | PUBLICIDAD DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA…………………………………………………………………………… | Pág. 20 |
19. | PROTECCIÓN Y CESIÓN DE DATOS……………………………………………………………………………………………………… | Pág. 21 |
20. | NORMATIVA DE APLICACIÓN………………………………………………………………………………………………………………… | Pág. 21 |
ANEXO I: PUBLICIDAD DE LA SUBVENCIÓN RECIBIDA POR LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS……………… | Xxx. 00 | |
XXXXX XX: JUSTIFICACIÓN DE GASTOS / PAGOS DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA……………………… | Pág. 24 |
1. PRESENTACIÓN
El Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo xx Xxxxxxx (IMDEEC), es un Organismo Autónomo Local, constituido por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx, cuyo objeto principal es conseguir el desarrollo económico y social del municipio xx Xxxxxxx, que permita elevar el nivel de actividades productivas de manera sostenible en el tiempo y territorialmente equilibrada, mediante la puesta en marcha e impulso de los proyectos de desarrollo, exigente con la igualdad de oportunidades y respetuoso con el Medio Ambiente, siendo una de sus competencias la potenciación de los sectores productivos del término municipal y el apoyo a proyectos de emprendedores/as locales.
En la situación económica y social que vive en la actualidad la ciudad xx Xxxxxxx cuyo efecto más influyente es la cifra de desempleo, hace más que nunca imprescindible el esfuerzo de la Administración por impulsar y apoyar iniciativas cuyo objetivo principal sea la mejora de la competitividad de las empresas y la reducción de las necesidades sociales a través proyectos que requieran la contratación de personas en situación de desempleo, conciliando las necesidades del tejido empresarial, con la disponibilidad y adecuación del perfil profesional de las personas en situación de desempleo de la ciudad en general, y de las personas jóvenes, en particular.
Por ello, desde el IMDEEC, se vuelve a reeditar la presente “Convocatoria de incentivos para la mejora de la competitividad de las Pymes y apoyo al desarrollo socioeconómico xx Xxxxxxx mediante la contratación de personas en situación de desempleo 2017” (en adelante Convocatoria), en su propósito de incorporar al mercado laboral a personas trabajadoras en situación de desempleo, especialmente jóvenes y a la vez promover y mejorar la competitividad de las Pymes cordobesas.
2. RÉGIMEN DE GESTIÓN DE CONCESIÓN DE LA CONVOCATORIA
La gestión de concesión de esta Convocatoria de subvenciones se realizará:
1. Sometida al régimen y preceptos contenidos en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, publicada en el BOP xx Xxxxxxx, nº 167 de 3 de octubre de 2005, según lo establecido en el art. 17.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
2. Y de acuerdo a los principios recogidos en el art. 8.3 de la citada Ley General de Subvenciones y concretamente:
a) Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por el IMDEEC.
c) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
3. OBJETIVOS
Con esta Convocatoria se pretende ofrecer un instrumento eficaz destinado, por un lado a atender las necesidades reales de las empresas y la sociedad, y, por otro, la mejora de la ocupabilidad de las personas en situación de desempleo con el fin último de contribuir a mejorar la calidad de vida de la población cordobesa.
La presente Convocatoria tiene como objeto general, establecer las condiciones de concesión de incentivos para el desarrollo de proyectos generadores de empleo, ya sean de carácter social o de mejora de la competitividad de empresas, mediante la contratación de personas que se encuentren en situación de desempleo con anterioridad a su fecha de inicio:
Se entiende por proyecto de carácter social en esta Convocatoria, aquel que a través de empresas de inserción, empresas de economía social, las asociaciones y las Entidades sin ánimo de lucro, reduzca necesidades de tipo social prioritariamente en algunos de los siguientes ámbitos: Socioeducativo, Sociosanitario, Inserción laboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, Medioambiente, entre otros, mediante la contratación de personas en situación de desempleo.
Se entiende por proyecto de mejora de la competitividad de empresas, en esta Convocatoria aquel que a través de empresas, ya sean persona física o con personalidad jurídica, produzca la mejora de alguno de los siguientes aspectos empresariales: La integración en redes de cooperación, la apertura de nuevos mercados o la internacionalización de la empresa, la incorporación de las TICs, la investigación y el desarrollo e innovación empresarial, entre otros, mediante la contratación de personas en situación de desempleo.
4. FINANCIACIÓN
1. Para atender la financiación de la presente Convocatoria se dispondrá de un crédito total de 310.000,00 €, con cargo al presupuesto de gastos del IMDEEC, aplicación presupuestaria 0 4390 47900 “Otras Subvenciones a Empresas”, distribuyéndose el mismo en función de las siguientes tipologías de proyectos:
Tipología de Proyectos | Presupuesto | Aplicación Presupuestaria |
Proyectos de carácter social | 150.000,00 € | 0 4390 47900 |
Proyectos de mejora de la competitividad de empresas | 160.000,00 € | 0 4390 47900 |
Total | 310.000,00 € |
2. Dicha financiación atenderá a las solicitudes de Entidades, formalmente constituidas, que la presenten para realizar un proyecto generador de empleo, ya sea de carácter social o de mejora de la competitividad de empresas, que impliquen la contratación de personas en situación de desempleo, principalmente jóvenes.
3. La concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes en el ejercicio 2017, alcanzando hasta el 100% del presupuesto total de las solicitudes de subvención de los proyectos presentados. No obstante, si no se consumiese el total del presupuesto asignado en la concesión de subvención en alguna de las categorías, el importe no comprometido correspondiente a la misma podrá ser destinado a otras Convocatorias de subvenciones en concurrencia competitiva que se realicen por el IMDEEC en este ejercicio. Asimismo, no se podrán adquirir compromisos de gastos de carácter plurianual.
4. En todo caso, una vez resueltas definitivamente las solicitudes presentadas para ambas tipologías de proyectos (carácter social y de mejora de la competitividad de empresas) y en el caso de que el presupuesto destinado a cualquiera de los dos no se agote (con las solicitudes presentadas para el mismo), el presupuesto no dispuesto/comprometido, para esa tipología de proyectos pasará automáticamente a incrementar el presupuesto destinado a la otra tipología de proyectos, siempre y cuando el volumen de solicitudes presentadas para este último, así lo requiera.
5. ENTIDADES BENEFICIARIAS Y CARACTERÍSTICAS DE LAS CONTRATACIONES
1. ENTIDADES BENEFICIARIAS
Con carácter general podrán ser susceptibles de recibir subvención en la presente Convocatoria, las Entidades solicitantes que sean, según la tipología de proyecto descrito en el punto 3 de las presentes bases:
En el caso de Proyectos de carácter social, las empresas de inserción, las empresas de economía social, las asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro que estén formalmente constituidas1, (Entidades solicitantes) ubicadas en el municipio xx Xxxxxxx y que ejerzan su actividad económica en el mismo, debiendo acreditar una antigüedad mínima de un año en el IAE a fecha 16 xx xxxxx de 2017.
En el caso de Proyectos de mejora de la competitividad, las empresas2, cualquiera que sea su forma jurídica, ya sean como personas físicas (empresario/a individual, comunidad de bienes,
1 Las Entidades solicitantes deberán estar formalmente constituidas, así como contar con los permisos, licencias y autorizaciones, tanto municipales, como de otro carácter, necesarios para su instalación y funcionamiento.
2 Según art. 1, de la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE, de 6 xx xxxx de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y
medianas empresas (DOUE L 124, de 20 xx xxxx de 2003): “Se considerará empresa toda Entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las Entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular.”
sociedad civil, emprendedor de responsabilidad limitada (ERL)) o con personalidad jurídica, que se encuentren formalmente constituidas3, (Entidades solicitantes) ubicadas en el término municipal xx Xxxxxxx y que ejerzan su actividad económica en el mismo, debiendo acreditar una antigüedad mínima de 1 año en el IAE a fecha 16 xx xxxxx de 2017.
En ambos casos, las Entidades solicitantes que:
Presenten un proyecto de alguno de las dos tipologías de proyectos definidos anteriormente.
Impliquen contrataciones, realizadas con fecha de inicio del contrato en los 10 días naturales siguientes a la comunicación de la resolución de concesión definitiva, si el periodo finalizara en día inhábil pasará al primer día hábil siguiente, a personas que se encuentren en situación de desempleo e inscritas como tales con anterioridad a la fecha de inicio del contrato.
Realicen contrataciones en centro/s de trabajo ubicado/s en el municipio xx Xxxxxxx y dichas contrataciones supongan un incremento neto de plantilla4 en el centro de trabajo correspondiente a dicha contratación, a fecha de inicio del contrato, respecto al 27 de febrero de 2017.
Las empresas, las asociaciones y las Entidades sin ánimo de lucro, en adelante Entidades solicitantes, deberán cumplir los siguientes requisitos, en su caso:
1. Estar ubicadas y ejercer su actividad, en el municipio xx Xxxxxxx (hecho que se deberá reflejar en el modelo 036/037 en el apartado “lugar de realización de actividad”, o en un certificado expedido de la Agencia Tributaria Estatal). No se considerará que la empresa ejerce actividad en el municipio xx Xxxxxxx, cuando los centros de trabajo ubicados en el municipio xx Xxxxxxx sean considerados “locales indirectamente afectos a la actividad” (almacenes, depósitos, centros de dirección…). Si ejercen o desarrollan su actividad fuera de un local determinado, su domicilio fiscal y su domicilio social deberá estar ubicados en el municipio xx Xxxxxxx.
2. Permanecer dadas de alta ininterrumpidamente en el IAE, durante toda la tramitación, resolución y justificación del incentivo de la Convocatoria para la mejora de la competitividad de las empresas y apoyo al desarrollo socioeconómico xx Xxxxxxx mediante la contratación de personas en situación de desempleo 2017.
3. Mantener la vinculación jurídica, de la persona autónoma, de las personas socias, de las personas comuneras, de las personas asociadas o de las personas fundadoras, con independencia del Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentren de alta, con las empresas/Entidades, desde el 16 xx xxxxx de 2017 hasta el 31 de octubre de 2017 (ambos incluidos)
2. CARACTERÍSTICAS DE LAS CONTRATACIONES
Las contrataciones previstas en el proyecto objeto de este incentivo, se realizarán obligatoriamente:
1. A personas en situación de desempleo e inscritas como tales ante el SAE a fecha de la firma/formalización del contrato.
2. A personas que deberán estar empadronadas en el municipio xx Xxxxxxx a fecha de 16 xx xxxxx de 2017. No obstante las personas que habiendo estado empadronadas en el municipio xx Xxxxxxx acrediten haber estado desarrollando actividad laboral fuera de él y mediante su contratación se reincorporen al mercado laboral del municipio, deberán estar empadronadas a la fecha de formalización del contrato.
3. Con una duración, ininterrumpida, igual o superior a 3 meses, pudiendo formalizarse bajo cualquier modalidad de contrato, con excepción del contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje y del contrato de trabajo en prácticas.
4. Con una jornada laboral del 100%.
3 Las Entidades solicitantes deberán estar formalmente constituidas, así como contar con los permisos, licencias y autorizaciones, tanto municipales, como de otro carácter, necesarios para su instalación y funcionamiento.
4 A efectos de la presente Convocatoria, para el cómputo del incremento xxxx xx xxxxxxxxx, sólo se contabilizarán los contratos que sean indefinidos o temporales de más de tres meses ininterrumpidos con jornada laboral igual o superior al 50%.
5. Habrán de tener una permanencia mínima de tres meses dentro del período comprendido entre la fecha de la firma/formalización del contrato y el 31 de octubre de 2017.
6. CONCEPTOS DE GASTO SUBVENCIONABLES
1. Serán objeto de los incentivos regulados en las presentes Bases, los gastos de personal (Salarios y Seguridad Social a cargo de la empresa) que se realicen por las contrataciones realizadas al amparo de los proyectos presentados a cada tipología de proyectos definidos en la Convocatoria, en los centros de trabajo ubicados en el municipio xx Xxxxxxx, que se hayan realizado en el período comprendido entre la fecha de formalización del contrato y el 31 de octubre de 2017 (ambos inclusive), y cuyos pagos se realicen y sean justificados dentro del periodo de referencia anterior extendiéndose también al periodo de justificación.
2. A modo de referencia, y atendiendo al “grupo de cotización”5 en el que esté encuadrado la persona a contratar y la duración de la contratación, se ha establecido la cuantía máxima a subvencionar por los conceptos de gasto subvencionables xx Xxxxxxx, Seguridad Social a cargo de la empresa, se detalla en la siguiente tabla:
GRUPO DE COTIZACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL | CUANTÍA MÁXIMA POR CONTRATO DE AL MENOS 3 MESES | CUANTÍA MÁXIMA POR CONTRATO DE AL MENOS 4 MESES | CUANTÍA MÁXIMA POR CONTRATO DE AL MENOS 5 MESES |
1 | 4.566,00 € | 6.088,00 € | 7.610,00 € |
2 | 3.786,00 € | 5.048,00 € | 6.310,00 € |
3 | 3.294,00 € | 4.392,00 € | 5.490,00 € |
4 a 11 | 3.270,00 € | 4.360,00 € | 5.450,00 € |
7. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
1. Con carácter general, el máximo de contratos a subvencionar será de dos por proyecto y Entidad beneficiaria, excepto en el caso de proyectos de carácter social que podrán ser hasta cuatro contratos por proyecto y Entidad beneficiaria.
2. La cuantía máxima a subvencionar a:
Proyectos de carácter social: 30.440,00 €.
Proyectos de mejora de la competitividad de empresas: 15.220,00 €
5 Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros derechos de la Seguridad Social.
8. SOLICITUDES
1. La solicitud de participación en la Convocatoria para la obtención de las subvenciones reguladas en las presentes Bases, rubricada por el Representante legal de la Entidad solicitante, deberá dirigirse a la Presidencia del IMDEEC, y se presentará en impreso normalizado6 (según modelo Pág. 1), en el Registro General del IMDEEC (en horario de 9:00 a 14:00 horas) sito Xxxx. xx xx Xxxxxxxxx x/x, 00000 Xxxxxxx, o por cualquiera de los medios señalados en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando la presentación de solicitudes se realice en un Registro distinto al del IMDEEC, la Entidad solicitante estará obligada a enviar en un plazo de dos días hábiles desde su presentación el documento escaneado de presentación de la solicitud, en el que figure al menos: la fecha, el número y la referencia del registro en el que se ha presentado, al correo electrónico: xxxxxxxxxxxx0.xxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx
2. La presentación de la solicitud a esta Convocatoria de incentivos, implica el conocimiento y la aceptación de las bases que la regulan.
3. Con carácter general, y para dar continuidad al proceso de concesión o, en su caso, aplicar el punto
13 de estas bases, junto con la solicitud normalizada (según modelo Xxx. 1), debidamente cumplimentada y firmada deberá acompañarse:
1. En caso de personas trabajadoras autónomas y ERL, copia de:
NIF o NIE, en vigor.
Si se diera el caso, NIF o NIE y acreditación de los poderes de la persona representante apoderada a efectos de tramitar esta Convocatoria.
2. En caso de sociedades civiles y comunidades de bienes, copia:
NIF definitivo.
NIF o NIE de las personas socias/comuneras.
Contrato de constitución debidamente registrado.
NIF o NIE, en vigor, y acreditación de los poderes de la persona representante apoderada a efectos de tramitar esta Convocatoria.
3. En caso de personas jurídicas, copia:
NIF definitivo.
NIF o NIE de los/as socios/as.
Copia de la escritura de constitución y de la diligencia de inscripción en el Registro correspondiente, así como de las escrituras de modificación, en su caso.
NIF o NIE y acreditación de los poderes de la persona representante apoderada a efectos de tramitar esta Convocatoria.
4. En caso de Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro:
NIF definitivo.
NIF o NIE de la persona Representante legal de la Entidad.
Copia del acta fundacional, que incluirá el Acuerdo de Constitución y los Estatutos y de la diligencia de inscripción en el Registro correspondiente, así como de las de modificaciones de Estatutos, en su caso.
NIF o NIE y acreditación de los poderes de la persona representante apoderada a efectos de tramitar este Convocatoria
6 Las solicitudes se encuentran a disposición de las/os interesadas/os en las dependencias del IMDEEC, sito Avda. de la Fuensanta s/n, Tef. 957 76 42 29 ext. 2- 957 32 55 02 y en la página Web del IMDEEC: xxx.xxxxxx.xx y del Ayuntamiento xx Xxxxxxx: xxx.xxxxxxx.xx
5. Autobaremo, debidamente cumplimentado y firmado: Proyectos de carácter social (según modelo
.2A) ó Proyectos de mejora de la competitividad de empresas (según modelo Pág. 2B).
6. Declaración Responsable, (según modelo Pág. 3):
De que la Entidad solicitante no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas contenidas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
De que las contrataciones previstas en el proyecto por el que solicita subvención, no afectan x xxxxxx/os promotoras/es o cargos de dirección o miembros de los órganos de administración de la Entidad solicitante.
De que las contrataciones previstas en el proyecto por el que solicita subvención, no afectan al/a el/la cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes, por consaguinidad o afinidad, hasta segundo grado inclusive, del empresario/a o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de la Entidad solicitante.
Que se encuentra al corriente en las obligaciones tributarias, locales, autonómicas y nacionales, y con las de la Tesorería de la Seguridad Social.
Declaración Responsable de ayudas de mínimis, (según modelo Xxx. 4).
7. Solicitud de transferencia bancaria, (según modelo Pág. 5), firmada y sellada por la Entidad bancaria/ ó declaración jurada en la que se exprese el número de cuenta de la Entidad solicitante en la que se realizará la transferencia, en su caso. Junto a la declaración jurada se adjuntará copia del número cuenta de la empresa en el que se reflejen todos los dígitos correspondientes a la misma (IBAN, Entidad, oficina, DC y número de cuenta), siendo válido cualquier documento bancario en el que aparezca el número de cuenta completo a nombre de la Entidad solicitante.
8. Comunicación de Subvenciones Concurrentes, (según modelo Pág. 6). En caso de haber solicitado y/o recibido subvención pública o privada, por los mismos conceptos de gasto solicitados, se acompañará solicitud de la misma con su correspondiente resolución y justificante de ingreso.
9. Proyecto a desarrollar, (según modelo Págs. 7, 8 y 9).
10. Ficha de las contrataciones previstas realizar en el proyecto por el que se solicita subvención (una por cada persona a contratar), (según modelo Xxx. 10).
11. Certificado, o copia cotejada, de que la Entidad solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía (Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía).
12. Copia del Certificado de “Situación Censal” emitido por la Agencia Tributaria Estatal en el que figure, entre otros datos: la fecha de alta de la actividad, epígrafe y el/los domicilio/s donde ejerce la actividad empresarial, desde la fecha de alta en el IAE (en el caso de estar dado de alta en distintas actividades económicas, desde la fecha de alta de la primera) hasta la fecha 1 xx xxxxx de 2.017.
13. Copia de documento acreditativo de la numeración del código CNAE.
4. Al objeto de acreditar los criterios de baremación cumplimentados en el “Autobaremo” se deberá presentar, en su caso, (según modelo Pág. 11):
1. Declaración Responsable del “Coste, Retribución y Duración” atendiendo al “grupo de cotización” en que esté/n encuadrada/s la/s persona/s en situación de desempleo objeto de la contratación prevista en el proyecto por el que se solicita subvención, (según modelo Pág. 12).
2. En el caso de que la Entidad solicitante, haya obtenido algún premio o reconocimiento social, con anterioridad al 1 xx xxxxx de 2017 (inclusive), deberá presentar original o copia cotejada del premio o reconocimiento social, o en su caso, original o copia cotejada del certificado emitido por la Entidad concedente.
3. En el caso de que la Entidad solicitante haya adoptado modelos de gestión que impulsan la conciliación de la vida laboral, familiar y personal y/o haya presentado formulario de candidatura en cualquiera de las ediciones de los premios Concilia Plus del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, deberá presentar original o copia cotejada de documento acreditativo de ambos extremos.
4. En el caso que la Entidad solicitante haya mantenido los contratos realizados en el proyecto objeto de subvención de la Convocatoria 2016, por cada contrato mantenido a lo largo el ejercicio 2017, deberá aportar Declaración responsable (según modelo Pág. 13).
5. En el caso del cumplimiento del convenio colectivo aplicable y que en el último año (2016) no hayan hecho uso del descuelgue, que permite inaplicar en la Entidad las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, sea este de sector o de empresa, deberá aportar Declaración responsable (según modelo Pág. 3)
5. La presentación de la solicitud a esta Convocatoria de incentivos, conllevará la autorización de la Entidad solicitante al IMDEEC para que “solicite y obtenga” directamente, los certificados e informes a emitir por la Agencia Tributaria Estatal y por la Tesorería de la Seguridad Social previstas en los arts. 18 y 19, respectivamente, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx y el IMDEEC; en cuyo caso la Entidad solicitante no deberá aportar las correspondientes certificaciones e informes.
No obstante la Entidad solicitante podrá denegar o revocar este consentimiento efectuando comunicación escrita al IMDEEC en tal sentido. En este supuesto deberá presentar:
Originales o copias cotejadas de los Certificados positivos de la Agencia Tributaria Estatal, de la Tesorería de la Seguridad Social, del Ayuntamiento xx Xxxxxxx y del IMDEEC; expresivos de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, el Ayuntamiento xx Xxxxxxx y el IMDEEC, así como de sus obligaciones con la Tesorería de la Seguridad Social. La validez de éstos deberá extenderse a la fecha de otorgamiento de la subvención hasta la justificación de la misma.
Originales o copias cotejadas de los Informes de “Vida Laboral” de la Entidad solicitante emitidos por la Tesorería de la Seguridad Social, que a continuación se detallan:
Desde el 1 de enero de 2016, o en el caso de que la Entidad solicitante se haya constituido con posterioridad a esta fecha, desde inicio de la actividad empresarial (según fecha de alta en el IAE) al 27 de febrero de 2017.
Desde el 1 de febrero al 31 de julio de 2017, en el que deberán estar incluidas los contratos realizados en el proyecto objeto de subvención
6. El IMDEEC podrá requerir a la Entidad solicitante los originales de los documentos presentados, para su verificación, asimismo podrá solicitar cualquier otra documentación necesaria para la resolución del expediente.
9. CRITERIOS DE BAREMACIÓN
Las solicitudes, que reúnan los requisitos de la presente Convocatoria, serán evaluadas de acuerdo con los criterios objetivos de baremación que se enumeran a continuación, sobre una puntuación máxima de 100 puntos y en función de la tipología de proyecto:
1. PROYECTOS DE CARÁCTER SOCIAL
CRITERIOS DE BAREMACIÓN | Puntuación Máxima 100 puntos | |
1. CARACTERÍSTICAS DE LAS ENTIDADES SOLICITANTES (a fecha 16 xx xxxxx de 2017) Puntuación máxima de este apartado 50 puntos | ||
1.1 Atendiendo al tipo de Entidad • Empresas de inserción 15 puntos • Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro 10 puntos • Empresas de Economía Social 5 puntos | Máximo 15 puntos | |
1.2 Atendiendo al tamaño de la Entidad7 • De 0 a 9 personas trabajadoras 10 puntos • De 10 a 49 personas trabajadoras 8 puntos • De 50 a 250 personas trabajadoras 5 puntos | Máximo 10 puntos | |
1.3 Atendiendo a la antigüedad de la Entidad en el IAE • Más de un año y menos de 3 años 10 puntos • De 3 a 10 años 8 puntos • Más de 10 años 5 puntos | Máximo 10 puntos | |
1.4 Atendiendo al ámbito del proyecto presentado • Socioeducativo, Sociosanitario, Medioambiente e Inserción laboral de Personas en situación o riesgo de exclusión social 15 puntos • Otros 10 puntos | Máximo 15 puntos | |
2. CARACTERÍSTICAS DE LAS CONTRATACIONES A REALIZAR Puntuación máxima de este apartado 20 puntos (En el caso de más de una contratación, la puntuación otorgada en este apartado se calculará realizando una media aritmética entre las puntuaciones otorgadas a cada contrato). | ||
2.1 Categoría profesional de la contratación a realizar • Grupos de cotización 1 y 2 10 puntos • Grupo de cotización 3 5 puntos • Resto de grupos de cotización 8 puntos | Máximo 10 puntos | |
2.2 Duración de la contratación a realizar8 • Más de seis meses a jornada completa 10 puntos • Más de tres e igual o inferior a seis meses a jornada completa …… 5 puntos | Máximo 10 puntos | |
3. CARACTERÍSTICAS DE LAS PERSONAS A CONTRATAR (a fecha 16 xx xxxxx de 2017) Puntuación máxima de este apartado (acumulada) 30 puntos (En el caso de más de una contratación, la puntuación otorgada en este apartado se calculará realizando una media aritmética entre las puntuaciones otorgadas a cada contrato). | ||
• Persona Joven menor de 30 años 20 puntos • Persona Sin empleo anterior 20 puntos • Persona parada de larga duración9 10 puntos • Mujer 10 puntos • Retorno xxx xxxxxxx: A estos efectos se atenderá a las características descritas en el punto 5.2.2 de la presente Convocatoria 10 puntos • Persona con grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33% 5 puntos • Persona que esté empadronada en zonas desfavorecidas del municipio: Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxx x Xxxxxxx x Xxxxxxxx 0 puntos | Máximo 30 puntos |
7 A efectos de esta Convocatoria, a la hora de contabilizar las personas trabajadoras, sólo se tendrán en cuenta a las que se encuentren dadas de alta en la Entidad solicitante por cuenta ajena (no serán incluidos/as los/as socios/as, los/as comuneros/as, asociados o fundadores con independencia del Régimen la Seguridad Social en el que se encuentren de alta), a fecha 16 xx xxxxx de 2017 en el centro de trabajo ubicado en Córdoba.
8 Tanto la duración del contrato como la jornada laboral completa han de reflejarse en el contrato de trabajo.
9 Se considera persona parada de larga duración, a efectos de esta Convocatoria a aquella que lleve ininterrumpidamente en situación de desempleo al menos 12 meses, a fecha 16 xx xxxxx de 2017, según Informe de Vida Laboral.
2. PROYECTOS DE MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE EMPRESAS
CRITERIOS DE BAREMACIÓN | Puntuación Máxima 100 puntos | |
1. CARACTERÍSTICAS DE LAS ENTIDADES SOLICITANTES (a fecha 16 xx xxxxx de 2017) Puntuación máxima de este apartado 50 puntos | ||
1.1 Atendiendo al tipo de Entidad • Empresas de economía social, bajo las formas jurídicas de: Cooperativas y Sociedades Laborales 15 puntos • Sociedad Limitada (SL, SLNE, SLU) y Sociedad Anónima 10 puntos • Resto de empresas 5 puntos | Máximo 15 puntos | |
1.2 Atendiendo al tamaño de la Entidad7 • De 0 a 9 personas trabajadoras 10 puntos • De 10 a 49 personas trabajadoras 8 puntos • De 50 a 250 personas trabajadoras 5 puntos | Máximo 10 puntos | |
1.3 Atendiendo a la antigüedad de la Entidad en el IAE • Más de un año y menos de 3 años 10 puntos • De 3 a 10 años 8 puntos • Más de 10 años 5 puntos | Máximo 10 puntos | |
1.4 Atendiendo al lugar de alojamiento/instalación de la Entidad • Si está alojada/instalada en la Red xx Xxxxxxx del IMDEEC o en el Parque Científico Tecnológico xx Xxxxxxx (Xxxxxxxxx 21) 10 puntos • Otros 5 puntos | Máximo 10 puntos | |
1.5 Atendiendo al ámbito del proyecto presentado • Integración en redes de cooperación, apertura de nuevos mercados, internacionalización de la empresa, incorporación de las TICs e investigación, desarrollo e innovación empresarial 5 puntos • Otros 2 puntos | Máximo 5 puntos | |
2. CARACTERÍSTICAS DE LAS CONTRATACIONES A REALIZAR Puntuación máxima de este apartado ……………………………….…..…………… 20 puntos (En el caso de más de una contratación, la puntuación otorgada en este apartado se calculará realizando una media aritmética entre las puntuaciones otorgadas a cada contrato). | ||
2.1 Categoría profesional de la contratación a realizar • Grupos de cotización 1 y 2 10 puntos • Grupo de cotización 3 8 puntos • Resto de grupos de cotización 5 puntos | Máximo 10 puntos | |
2.2 Duración de la contratación a realizar8 • Más de seis meses a jornada completa 10 puntos • Más de tres e igual o inferior a seis meses a jornada completa …… 5 puntos | Máximo 10 puntos | |
3. CARACTERÍSTICAS DE LAS PERSONAS A CONTRATAR (a fecha 16 xx xxxxx de 2017) Puntuación máxima de este apartado (acumulada) ……..……………………….. 30 puntos (En el caso de más de una contratación, la puntuación otorgada en este apartado se calculará realizando una media aritmética entre las puntuaciones otorgadas a cada contrato). | ||
• Persona Joven menor de 30 años 20 puntos • Persona Sin empleo anterior 20 puntos • Persona parada de larga duración9 10 puntos • Mujer 10 puntos • Retorno xxx xxxxxxx: A estos efectos se atenderá a las características descritas en el punto 5.2.2 de la presente Convocatoria 10 puntos • Persona con grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33% … 5 puntos • Persona que esté empadronada en zonas desfavorecidas del municipio: Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxx x Xxxxxxx x Xxxxxxxx 0 puntos | Máximo 30 puntos |
7 A efectos de esta Convocatoria, a la hora de contabilizar las personas trabajadoras, sólo se tendrán en cuenta a las que se encuentren dadas de alta en la Entidad solicitante por cuenta ajena (no serán incluidos/as los/as socios/as, los/as comuneros/as, asociados o fundadores con independencia del Régimen la Seguridad Social en el que se encuentren de alta), a fecha 16 xx xxxxx de 2017 en el centro de trabajo ubicado en Córdoba.
8 Tanto la duración del contrato como la jornada laboral completa han de reflejarse en el contrato de trabajo.
9 Se considera persona parada de larga duración, a efectos de esta Convocatoria a aquella que lleve ininterrumpidamente en situación de desempleo al menos 12 meses, a fecha 16 xx xxxxx de 2017, según Informe de Vida Laboral.
Para ambos casos, si además de las puntuaciones señaladas anteriormente (apartados: 8.1. y 8.2.), la Entidad solicitante:
Acredita haber obtenido algún premio o reconocimiento social, con anterioridad al 1 xx xxxxx de 2017 (inclusive), la puntuación obtenida anteriormente se incrementará en 10 puntos, siendo la puntuación máxima por Entidad de 100 puntos.
Acredita haber adoptado modelos de gestión que impulsan la conciliación de la vida laboral, familiar y personal y haya presentado formulario de candidatura en cualquiera de las ediciones de los premios Concilia Plus del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, la puntuación obtenida anteriormente se incrementará en 10 puntos, siendo la puntuación máxima por Entidad de 100 puntos.
Acredita haber mantenido los contratos realizados en el proyecto objeto de subvención de la Convocatoria 2016, por cada contrato mantenido a lo largo del ejercicio 2017, la puntuación obtenida anteriormente se incrementará en 10 puntos, siendo la puntuación máxima por Entidad de 100 puntos.
Acredita el cumplimiento del convenio colectivo aplicable y que en el último año no hayan hecho uso del descuelgue, que permite inaplicar en la Entidad las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, sea éste de sector o de empresa; la puntuación obtenida se incrementará en 5 puntos, siendo la puntuación máxima por Entidad de 100 puntos.
Para que los criterios de baremación detallados anteriormente sean cuantificados y aplicados, a las solicitudes, es de obligado cumplimiento rellenar el modelo de “Autobaremo” (página 2.A ó 2.B de la solicitud, según corresponda), y acreditar todos y cada uno de los criterios contemplados en este punto. No se tendrá en cuenta la puntuación del/de los apartado/s, y en su caso subapartado/s, que no estén cumplimentados y acreditados correctamente.
La no presentación y/o cumplimentación del “Autobaremo”, en el plazo de presentación de solicitudes, supondrá la no puntuación del punto 9 “Criterios de Baremación” (otorgándose una puntuación total xx xxxx puntos). Asimismo, no se tomarán en consideración aquellos criterios no autobaremados por la entidad solicitante en dicho plazo.
La puntuación del “Autobaremo”, en cada uno de sus apartados, y en su caso subapartado/s, vinculará el informe del Órgano Colegiado, en el sentido de que éste solo podrá valorar los criterios de baremación que hayan sido cuantificados y acreditados por la Entidad solicitante en dicha autobaremación. No pudiendo otorgar éste, una puntuación mayor a lo asignado por la Entidad solicitante, en todos y cada uno de los apartados, y en su caso subapartado/s, del citado “Autobaremo”. Asimismo, el Órgano Colegiado analizará la valoración alegada en el modelo de “Autobaremo”, así como su acreditación y propondrá otorgar la puntuación que realmente corresponde (sólo en el caso de ser menor a la valoración alegada, en el impreso de autobaremación cumplimentado y aportado, por la Entidad solicitante), de acuerdo a los criterios de baremación a los que hace referencia este punto.
EN CASO DE EMPATE ENTRE SOLICITUDES, por la puntuación obtenida, tendrán preferencia:
PRIMERO: Las Entidades solicitantes que tengan mayor puntuación (en función de la tipología de proyecto) en el apartado 1 de los puntos 9.1 y 9.2, respectivamente, de los Criterios de Baremación.
SEGUNDO: Las Entidades solicitantes que tengan mayor puntuación en el apartado 1.2. de los puntos 9.1 y 9.2, respectivamente, ”Atendiendo al tamaño de la Entidad”.
TERCERO: Las Entidades solicitantes empresas que tengan una mayor puntuación en el apartado 1.3. de los puntos 9.1 y 9.2, respectivamente, “Atendiendo a la antigüedad de la Entidad en el IAE”.
En caso de persistir el empate, prevalecerán las solicitudes con mayor antigüedad de la fecha de alta en el IAE (modelo 036/037 de la Agencia Tributaria Estatal o certificado emitido por la citada Agencia) con respecto al 16 xx xxxxx de 2017.
Si aún así persiste el empate, como última opción se dirimirá por sorteo ante el Secretario del IMDEEC que dará fe del acto.
10. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo para presentar solicitud para acogerse a los incentivos regulados por las presentes bases de la Convocatoria, será de 14 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín de la Provincia xx Xxxxxxx, si dicho plazo finalizara en día inhábil se pasará al primer día hábil siguiente.
11. EXCLUSIONES DE LA CONVOCATORIA
No podrán obtener la condición de beneficiarias de los incentivos regulados en las presentes bases, las Entidades solicitantes en las que concurra alguna de las circunstancias siguientes:
1. Con carácter general las exclusiones recogidas en el apdo. 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Que sean Empresas Públicas, Entidades de derecho público y/o Organismos del Sector Público, así como las empresas participadas por cualquiera de ellas/os, incluidas las Corporaciones de Derecho Público (tales como colegios profesionales, etc.).
3. Que sean Uniones Temporales de Empresas o sean Empresas de Trabajo Temporal.
4. Que la actividad “no se desarrolle en un espacio determinado” y/o su domicilio social y/o su domicilio fiscal no se encuentren ubicados en el municipio xx Xxxxxxx.
5. Que presenten la solicitud fuera del “plazo de presentación de solicitudes” estipulado en las presentes bases.
6. Que incumplan las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo, comprendiendo el respeto a la normativa social y laboral vigente, en este sentido las Entidades solicitantes han de presentar declaración responsable del cumplimiento de dicha circunstancia.
7. Que hayan solicitado declaración de concurso voluntario, hayan sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hayan sido declaradas en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estén sujetos a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso, en este sentido las empresas solicitantes han de presentar declaración responsable del cumplimiento de dicha circunstancia.
En cuanto a las contrataciones afectadas a los proyectos presentados:
8. Que se realicen a personas que a fecha de firma/formalización del contrato no se encuentren en situación de desempleo e inscritas como tales.
9. Que afecten x xxxxxx/os promotoras/es o cargos de dirección o miembros de los órganos de administración de las Entidades solicitantes.
10. Que afecten al/a el/la cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes, por consaguinidad o afinidad, hasta segundo grado inclusive, de la/del empresaria/o o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las Entidades solicitantes.
11. Que afecten a personas trabajadoras que en los 6 meses anteriores a la fecha de la contratación, hubiesen prestado servicios en la misma Entidad solicitante mediante un contrato por tiempo indefinido.
12. Que se realicen bajo las modalidades de contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje o contrato de trabajo en prácticas.
12. CONCURRENCIA CON OTRAS SUBVENCIONES
1. Los incentivos regulados en este Convocatoria serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad, procedente de cualquier Administración o entes públicos, locales, autonómicos, nacionales, comunitarios o entes privados, siempre que el importe de los mismos, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, no supere el 100% del coste total previsto en el proyecto presentado, en tal caso se reducirá la aportación del IMDEEC en la parte correspondiente.
2. En el caso de que una Entidad solicite la subvención regulada en las presentes bases y hubiera sido beneficiaria de otra, con anterioridad a la presentación de la solicitud, para las mismas contrataciones, o en su caso la hubiera solicitado, ha de hacer constar esta circunstancia al IMDEEC, mediante la cumplimentación del modelo de “Comunicación de subvenciones concurrentes” (según modelo Pág. 6).
3. En este supuesto, los efectos de la resolución de concesión quedarán condicionados a la presentación por parte de la Entidad, de la comunicación de subvenciones concurrentes (según modelo Pág. 6), conforme se recoge en el art. 33 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. La Entidad beneficiaria de subvención regulada en esta Convocatoria, en caso de la obtención concurrente de cualquier otra subvención para las mismas contrataciones, deberá comunicarlo a la presidencia del IMDEEC en el plazo de 15 días naturales, desde que se tenga conocimiento de la misma, al objeto de modificar, si procede, la subvención otorgada o su reintegro conforme el art. 34 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
13. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN, INSTRUCCIÓN, TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN.
1. El procedimiento de concesión de los incentivos acogidos a la Convocatoria, dado su objeto y finalidad, será por concurrencia competitiva, conforme al art. 22 de la Ley General de Subvenciones, otorgándose subvención a las solicitudes presentadas (que cuenten con informe favorable, por ajustarse a la presente Convocatoria) hasta agotar el límite del crédito existente en la aplicación presupuestaria señalada en el punto 4, “Financiación”, en función de los “Criterios de Baremación”, recogidos en el punto 9, ambas de las presentes Bases.
2. En el caso de que una Entidad haya sido beneficiaria de los incentivos que establece la Convocatoria y renuncie a los mismos durante el ejercicio presupuestario 2017, el importe del incentivo se asignará a las Entidades solicitantes que hubiesen sido desestimadas por inexistencia de crédito disponible (a tal efecto se confeccionará un listado de las mismas), otorgándose en función de la puntuación que éstas obtuvieran en base a los criterios de baremación recogidos en el punto 9 de las presentes bases.
3. Las subvenciones establecidas en la presente Convocatoria están acogidas al Reglamento (UE) Nº 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre (DOUE núm. L 352, de 24 de diciembre de 2013) relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis. En consecuencia, el importe del total de las subvenciones acogidas al régimen de ayudas de mínimis que pueda concederse a una determinada Entidad no será superior a 200.000,00 € durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales, o a 100.000,00 € cuando la Entidad opere en el sector del transporte por carretera. Siendo de obligado cumplimiento presentar Declaración Responsable al respecto, (según modelo Pág. 4).
4. Una vez analizadas las solicitudes presentadas en plazo a las Convocatorias:
Incentivos para la mejora de la competitividad de las Pymes y apoyo al desarrollo socioeconómico xx Xxxxxxx mediante la contratación de personas en situación de desempleo 2017
Incentivos al Mantenimiento y Crecimiento Empresarial 2017
Incentivos al Autónomo, Emprendimiento y Proyectos de Autoempleo 2017
y resueltas las mismas, en el caso de que el presupuesto destinado a alguna de estas Convocatorias no se agote, con las solicitudes presentadas y resueltas favorablemente en la misma, el crédito no dispuesto/comprometido en alguna de ellas podrá pasar como cuantía adicional para atender las necesidades de financiación del resto de Convocatorias.
Igualmente los posibles ahorros de los distintos Capítulos de gastos del presupuesto del IMDEEC podrán pasar a financiar e incrementar dicha cuantía adicional.
La cuantía adicional para atender las necesidades de financiación de cualquiera de las tres Convocatorias citadas anteriormente no requerirá de una nueva Convocatoria en base al art. 58.2. “Aprobación del gasto por una cuantía máxima y distribución entre créditos presupuestarios”, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que establece:
“…..2. Excepcionalmente, la Convocatoria podrá fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva Convocatoria ”
La fijación y utilización de esta cuantía adicional en su caso, para cualquiera de las tres Convocatorias citadas anteriormente estará sometida a las reglas fijadas por el citado art. 58.2. del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y, en su caso, a la correspondiente aprobación por el Órgano competente.
5. Si del examen por el Órgano Instructor de la solicitud presentada se comprueba que no reúne los requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, y/o en su caso los exigidos en las presentes bases y/o que no aporta la totalidad de la documentación requerida en esta Convocatoria, se requerirá a la Entidad solicitante, para que subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, en un plazo de 10 días naturales contados a partir del día siguiente al de notificación, en el caso de que el plazo de finalización de la presentación coincida con día inhábil se pasará al día hábil siguiente, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada Ley.
6. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y el de subsanación de deficiencias, en su caso, el Órgano Colegiado, en base a la solicitud y al “Autobaremo”, cumplimentados y presentados por las Entidades solicitantes, y dado que el procedimiento de concesión es el de concurrencia competitiva, por el que se realiza una comparación de los “Autobaremos” presentados, a fin de establecer una prelación entre las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios señalados en el punto noveno de “Criterios de Baremación”, irá evaluando las solicitudes presentadas por tramos de puntuación, conforme a los siguientes:
AUTOBAREMO, página 2 solicitud >de 50 puntos 50 puntos ≤ AUTOBAREMO, página 2 solicitud >45
45 puntos ≤ AUTOBAREMO, página 2 solicitud ≥ 35 puntos 35 puntos < AUTOBAREMO, página 2 solicitud, ≥ 20 puntos 20 puntos < AUTOBAREMO, página 2 solicitud ≥0 puntos
7. Una vez evaluadas las solicitudes, conforme a los tramos especificados anteriormente, por el Órgano Colegiado, se emitirá informe que concretará el resultado de la evaluación efectuada, designándolas como favorables o desfavorables y en su caso proponiendo otorgar la subvención que corresponda a cada solicitud por tipología de proyecto hasta agotar el presupuesto correspondiente y proponiendo desestimar el resto de solicitudes por tipología de proyecto por falta de presupuesto sin necesidad de tener que ser analizadas.
8. En el caso de que una Entidad haya resultado beneficiaria de los incentivos que establece la presente Convocatoria, renuncie a la misma durante el ejercicio presupuestario 2017, el importe de este incentivo se asignará a las Entidades solicitantes que hubiesen sido desestimadas (a tal efecto se confeccionará un listado de las mismas) por inexistencia de crédito disponible en la tipología de
proyecto al que estuviera acogida, otorgándose en función de la puntuación que éstas obtuvieran en base a los criterios de baremación recogidos en el punto 9.
9. Con posterioridad, y en virtud de lo preceptuado en el artículo 22 de la Ley General de Subvenciones, se formulará, la propuesta de resolución provisional de concesión de la subvención, debidamente motivada al Órgano concedente por el Órgano colegiado a través del Órgano instructor, considerando el informe de éste, al que se refiere el punto 13.9 siguiente, y el informe del Órgano colegiado, debiéndose notificar a las Entidades solicitantes en la forma establecida en las presentes bases, y se concederá un plazo de 10 días naturales para presentar alegaciones, en el caso de que la finalización del plazo de presentación coincida con día inhábil se pasará al día hábil siguiente.
10. Examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por las Entidades solicitantes, se formulará, conforme lo establecido en el punto 13.7, la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar por cada tipología de proyecto: Las Entidades Beneficiarias con informe favorable, la cuantía total de la subvención otorgada, la puntuación otorgada, las características de cada contratación a efectuar (Categoría profesional, Duración del contrato, Característica persona a contratar, Periodo máximo subvencionable, Cuantía máxima subvencionable por contrato), las Entidades solicitantes con informe desfavorable y causa de denegación, las Entidades solicitantes desistidas y las excluidas, en su caso. En el caso de que la cuantía de subvención a otorgar fuera menor que la subvención solicitada dará la opción de aceptarla a la Entidad beneficiaria, ajustándose los conceptos de gasto afectados del proyecto a dicha cuantía otorgada, no dando opción a la reformulación del proyecto.
11. El expediente de concesión de subvenciones contendrá el informe del Órgano instructor en el que conste, que de la información que obra en su poder, se desprende que las Entidades beneficiarias cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las mismas.
12. La propuesta de resolución definitiva de concesión de la subvención se notificará a las Entidades solicitantes que hayan resultado beneficiarias en la fase de instrucción en orden de prelación en cada tipología de proyectos según los criterios de baremación en el informe del Órgano colegiado, para que en el plazo de cinco días hábiles comuniquen su aceptación (según modelo Pág. 14).
13. Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crearán derecho alguno a favor de las Entidades beneficiarias propuestas, frente a la Administración concedente, hasta que no se les hayan notificado la resolución de concesión.
14. El Órgano colegiado estará compuesto por la Gerencia del IMDEEC, por la Jefatura/Técnico/a del Departamento de Servicios Generales del IMDEEC, por la Jefatura/Técnico/a del Departamento de Fomento Empresarial del IMDEEC y por un/a Técnico/a del IMDEEC y el Órgano Instructor por un/a Técnico/a del IMDEEC distinto/a de los anteriores.
15. La notificación de la resolución (provisional y definitiva) a las Entidades solicitantes se realizará conforme los términos previstos en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, ajustándose la práctica de dicha notificación y publicación a las disposiciones contenidas en el artículo 45 de la citada Ley, por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, estableciéndose como medio de publicación el Tablón de Anuncios del IMDEEC, sito en las dependencias xxx Xxxxxx de Empresas “Las Lonjas” y la sección de Avisos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
16. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución definitiva procedente será de seis meses, a contar desde el día siguiente a la entrada de la solicitud en cualquiera de los registros citados en el apartado primero del punto octavo de las presentes bases.
17. Trascurrido el plazo máximo para resolver y notificar la resolución definitiva expresa, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo, de conformidad con lo previsto en el art. 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas y ello sin perjuicio de que subsista la obligación legal de resolver sobre la solicitud.
18. Las resoluciones definitivas que se dicten en este procedimiento agotan la vía administrativa, y contra ellas cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Órgano competente de la jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Con carácter potestativo, Recurso de Reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo Órgano que dictó la resolución impugnada, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, sin perjuicio que las Entidades interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que consideren procedente.
19. Ante la desestimación por silencio administrativo podrá interponerse idéntico Recurso, en el plazo de seis meses desde que hubiere finalizado el plazo para dictar resolución y notificar resolución expresa, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa y sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 123 y 124, antes mencionados.
20. De conformidad con el artículo 18.2 de la Ley General de Subvenciones, las Administraciones concedentes deberán remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre las Convocatorias y las resoluciones de concesión recaídas en los términos establecidos en el artículo 20 de la citada Ley.
14. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS
Las Entidades beneficiarias de las subvenciones tendrán las siguientes obligaciones:
1. Ejecutar el proyecto y mantener los puestos de trabajo objeto de las contrataciones, como mínimo, durante el período de ejecución previsto y a jornada completa, de conformidad a la cuantía subvencionada, en los términos establecidos en la presente Convocatoria.
2. Justificar ante el Órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización del proyecto y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
3. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el Órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los Órganos de control competentes legalmente, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
4. Adoptar las medidas de difusión para dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación obtenida, a través del IMDEEC, mediante la “Convocatoria de incentivos para la mejora de la competitividad de las Pymes y apoyo al desarrollo socioeconómico xx Xxxxxxx mediante la contratación de personas en situación de desempleo 2017”, (art. 18.3 de la Ley 38/2003, de 00 xx xxxxxxxxx x xxx. 00 xxx Xxxx Decreto 887/206, de 21 de julio), una vez recibida la notificación de concesión, conforme el Anexo I de la presentes bases.
5. Comunicar al Órgano concedente cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.
6. Comunicar al Órgano concedente los cambios de domicilio o de correo electrónico, a efectos de notificaciones, durante el periodo en el que la subvención sea susceptible de control.
7. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control durante un plazo de cuatro años.
8. Proceder al reintegro de la cuantía recibida en los supuestos contemplados en el punto 16 de las presentes bases.
9. Cualquier otra que se haga constar en la resolución de concesión.
10. Acreditar, conforme lo establecido en los puntos 8.3.11 y 8.4.5, que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
11. A saber y dar a conocer que ningún trabajador/a o profesional que la Entidad emplee para la ejecución del proyecto/actividad acogida a esta Convocatoria de subvenciones, adquirirá derechos laborales ni de ningún otro tipo frente al IMDEEC.
15. SEGUIMIENTO, CONTROL, JUSTIFICACIÓN E INCUMPLIMIENTO
1. Una vez notificadas las resoluciones definitivas de concesión de subvención, en el caso de ser éstas favorables, que estarán sometidas a la condición de que se desarrollen conforme a las características y condiciones de las contrataciones a realizar al amparo del proyecto subvencionado, las Entidades beneficiarias, que hayan aceptado la subvención, estarán obligadas a realizar las contrataciones previstas en los proyectos subvencionados a cada tipología de proyectos definidos en las presentes bases, en los centros de trabajo ubicados en el municipio xx Xxxxxxx, con fecha de inicio del contrato en los 10 días naturales siguientes a la notificación de la resolución de concesión definitiva, si el periodo finalizara en día inhábil pasará al primer día hábil siguiente, a personas que se encuentren en situación de desempleo e inscritas como tales con anterioridad a la fecha de inicio del contrato.
2. A los efectos de seguimiento de la subvención concedida, las Entidades beneficiarias deberán remitir en el plazo de 10 días naturales de la formalización de cada contratación, si el periodo finalizara en día inhábil pasará al primer día hábil siguiente, una copia del contrato de cada una de las contrataciones efectivamente realizadas al amparo del proyecto aprobado:
1. Si del análisis de los contratos efectivamente realizados se observara que difieren de las características de las contrataciones previstas en el proyecto aprobado en cuanto a la cuantía total subvencionada por causas sobrevenidas, pero no difieren en cuanto a la puntuación del autobaremo asignado por el Órgano colegiado, se realizará de oficio por el IMDEEC una modificación para ajustar la cuantía de la subvención a la realidad presentada, pasando la cuantía sobrante a financiar aquellas Entidades solicitantes que hubieran sido desestimadas de la Convocatoria por inexistencia de disponibilidad presupuestaria.
2. Si antes de realizar las contrataciones al amparo del proyecto subvencionado o durante la ejecución del Proyecto se manifestaran circunstancias objetivas que alteraran o dificultaran gravemente su desarrollo, podrán admitirse modificaciones sustanciales que afecten a todos los contenidos recogidos en el punto 8.3.9 y 8.3.10 que se trasladarán, por la Entidad Beneficiaria, mediante memoria explicativa motivada junto con los informes y documentos que acrediten dichas circunstancias a los efectos de ser previamente autorizados por el Órgano concedente, conforme al artículo 9.5, de la Ordenanza General de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxxx. Se podrá solicitar ampliación o prórroga de plazo de ejecución del proyecto, sólo en el caso de autorizarse lo anterior, y siempre que la ejecución del mismo no exceda del 31 de octubre de 2017.
3. Las subvenciones a otorgar acogidas a esta Convocatoria tendrán carácter de pago anticipado en un 40% y ex-post en el 60% restante, conforme se estable a continuación en el apartado 6 del presente punto, de hasta el 100% de la cuantía concedida, y se justificarán ante el Órgano concedente en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de duración de la contratación establecido en la resolución definitiva de concesión de subvención, con independencia del plazo final de duración del proyecto que está fijado en el 31 de octubre de 2.017.
4. Siempre que se hubiera alcanzado el objetivo o finalidad perseguida, si no se justificara debidamente la cuantía total del proyecto aprobado, deberá reducirse el importe de la subvención concedida aplicando el porcentaje de financiación establecido en la resolución de concesión sobre la cuantía correspondiente a los justificantes no presentados o no aceptados.
5. La cuenta justificativa, firmada por la Representación legal de la Entidad beneficiaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en redacción dada por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, constará de:
1. Memoria explicativa y detallada relativa a la ejecución del proyecto para el que se hubiera concedido la subvención, deberá contener una declaración del responsable legal de la Entidad
beneficiaria de que se ha cumplido la finalidad para la que se otorgó la subvención, el grado de efectividad de las contrataciones previstas y las aprobadas, el importe total del gasto contraído por el proyecto objeto de subvención, especificando, en su caso, todas las fuentes de financiación aportadas con respecto a las inicialmente aprobadas en resolución de concesión (según modelo Pág. 15).
2. Relación comparativa de los gastos presupuestados y los gastos aplicados y realizados efectivamente, por concepto de gasto, incluidos en el Presupuesto del proyecto subvencionado (según modelo Págs. 16 y 17).
3. Listado con la relación total de gastos aplicados y realizados efectivamente, por conceptos de gasto, en el que se indicará (según modelo Págs. 16 y 17)
4. Originales de documentos justificantes de los gastos y justificantes del pago, según indicaciones anexo II, relacionados a continuación, con indicación expresa de haber sido destinados a la finalidad de la subvención, de su exclusivo destino a la justificación de la misma, para cuyo control se procederá a la validación y estampillado de los justificantes de gastos que presenten las Entidades beneficiarias, al objeto de controlar la concurrencia de las subvenciones, conforme establece el artículo 30.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como lo dispuesto en el artículo 73.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley anteriormente citada. A tal efecto, se marcarán con una estampilla todos los justificantes originales presentados, indicando en la misma la subvención para cuya justificación hayan sido presentados y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención. En este último caso, se indicará además la cuantía exacta que resultará afectada a la subvención. En relación a los gastos de personal de cada nueva contratación con cargo a la subvención del proyecto aprobado se acreditarán mediante lo siguiente:
a) Copia del NIF o NIE de cada persona/s contratada/s.
b) Copia del contrato de trabajo debidamente registrado, firmado por ambas partes, así como de la acreditación de comunicación (tanto del contrato como de las distintas prórrogas), mediante la plataforma Contrat@ del SPEP de cada persona contratada.
c) Autorización firmada por cada persona contratada, autorizando al IMDEEC para que “solicite y obtenga” datos de ésta, sobre su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento xx Xxxxxxx e informes de Vida Laboral. No obstante, las personas contratadas podrán denegar o revocar este consentimiento efectuando comunicación escrita al IMDEEC. En este supuesto deberá entregarle, para su posterior presentación ante el IMDEEC, a la Entidad solicitante original o copia cotejada del “Certificado histórico de inscripción en el Padrón Municipal de habitantes xx Xxxxxxx” emitido por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx e Informe de Vida Laboral emitido por la Tesorería de la Seguridad Social, con fecha posterior a la contratación.
d) Copia de título oficial de formación reglada de cada persona contratada, en la que se encuadra la contratación.
e) Copia del certificado de inscripción de cada persona contratada como demandante de empleo en el Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx (SAE) con anterioridad a la realización del contrato, se excluirá aquella que esté con la denominada “mejora de empleo”.
f) Original o copia cotejada, del Certificado de discapacidad donde se especifique el grado (como mínimo del 33%), sólo en el caso de pertenecer al colectivo de personas con discapacidad.
g) Nóminas originales firmadas y justificantes de su pago.
h) Seguros Sociales y justificantes de su pago.
i) IRPF y justificante de su pago.
5. Acreditación de la obligación de haber adoptado las medidas de difusión para dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación obtenida, a través del IMDEEC, mediante la “Convocatoria de incentivos para la mejora de la competitividad de las Pymes y apoyo al desarrollo socioeconómico xx Xxxxxxx mediante la contratación de personas en situación de desempleo 2017”, (art. 18.3 de la Ley 38/2003, de 00 xx xxxxxxxxx x xxx. 00 xxx Xxxx Decreto 887/206, de 21 de julio), una vez recibida la notificación de concesión, conforme el Anexo I de la presentes bases.
6. El IMDEEC para acreditar el cumplimiento del citado periodo mínimo de duración de las contrataciones realizadas al amparo del proyecto objeto de la subvención regulada en las presentes bases, podrá comprobar la vida laboral de la Entidad solicitante y de la/s persona/s contratada/s, objeto de la subvención, mediante el acceso a la red telemática de la Tesorería de la Seguridad Social, asimismo podrá habilitar otros mecanismos de control para verificar el cumplimiento de ésta.
7. Con respecto a la secuencia de pago de la subvención:
Un primer pago del 40% de la subvención concedida (o porcentaje menor, al objeto de que el pago anticipado no exceda de la cantidad 12.000,00 €), se realizará con carácter anticipado a la justificación, exonerando la constitución de garantía de acuerdo al art. 15.3.a) de la Ordenanza General de Subvenciones, una vez que la Entidad beneficiaria aporte la documentación que se especifica en el apartado anterior (15.5.4. a, b, c, d, e, f), para ello se requerirá a la Entidad que, en un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación, aporte dichos documentos preceptivos, con la indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley, 39/2015 de 1 de Octubre.
Segundo pago, el 60% restante (o porcentaje correspondiente, tras la justificación total de la subvención concedida) se ordenará, a solicitud de la Entidad beneficiaria y previa justificación de ésta de la realización del proyecto. Esta justificación se presentará en un plazo de un mes a contar desde y tras la finalización del periodo subvencionable del contrato, que como máximo se establece el 31 de octubre de 2017. Para ello, la Entidad beneficiaria tendrá que presentar la documentación contenida en el punto 15.4 de las presentes bases.
8. Con respecto a la forma de pago de la subvención:
La Subvención concedida y justificada se pagará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la Entidad beneficiaria haya indicado en la solicitud.
16. DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA
La Entidad beneficiaria puede proceder voluntariamente a la devolución del importe total o parcial de la subvención concedida. El reintegro de la cantidad se hará mediante ingreso bancario en la cuenta XX00 0000-0000-0000-0000-0000 de UNICAJA BANCO, indicando la Entidad beneficiaria que realiza el reintegro, su NIF y en el concepto: “Devolución Convocatoria de incentivos para la mejora de la competitividad de las Pymes y apoyo al desarrollo socioeconómico xx Xxxxxxx mediante la contratación de personas en situación de desempleo 2017”. El justificante de este reintegro se entregará por Registro General del IMDEEC, sito Avda. de la Fuensanta s/n, dirigido a la presidencia del IMDEEC.
17. CAUSAS DE REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN
Se procederá al reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en la que se acuerde la procedencia del reintegro, en los casos:
1. Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieren impedido.
2. Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
3. Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente.
4. Incumplimiento de la obligación de aportar las medidas de difusión, según el punto 14.4 de la presente Convocatoria.
5. En los demás supuestos previstos en la normativa reguladora de la subvención, así como los previstos en los arts. 36 y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
6. Si la actividad incentivada no se justifica en su totalidad, y siempre que se haya alcanzado la finalidad perseguida, el reintegro del incentivo tendrá carácter parcial. En este sentido, el importe del incentivo exigible vendrá constituido por la parte proporcional de la acción o inversión no justificada.
7. Si se incumple la obligación del mantenimiento del/de los puesto/s de trabajo de las contrataciones afectadas al proyecto subvencionado, como mínimo, durante el período de tiempo y conforme la jornada laboral, correspondientes a la cuantía subvencionada. Si por cualquier incidencia, excepto despido declarado improcedente por los órganos jurisdiccionales del Orden Social, la/s persona/s contratada/s causaran baja sin haber trascurrido dicho periodo mínimo, en el plazo máximo de un mes se realizará la sustitución mediante otra contratación de las mismas características (tanto de las contrataciones, como de las personas contratadas especificadas), sustitución que deberá ser comunicada por escrito al IMDEEC en ese mismo plazo de un mes, entregando la citada comunicación dirigida a la Presidenta del IMDEEC, por Registro General del IMDEEC (sito en la Avda. de la Fuensanta s/n), acompañada de la siguiente documentación referente a la nueva persona contratada contemplada en el punto 15.4, a, b, x, x, x ,x.
00. PUBLICIDAD DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Una vez adoptado por el Consejo Rector del IMDEEC el acuerdo para aprobar las Bases de la presente Convocatoria, las mismas se remitirán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad de lo dispuesto en el art. 18.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Las Bases de esta Convocatoria se publicitarán en el Tablón de Anuncios del IMDEEC y en la página web: xxx.xxxxxx.xx y en la página web del Ayuntamiento xx Xxxxxxx: xxx.xxxxxxx.xx .
3. Asimismo, se atenderá a las Entidades interesadas en el:
Departamento de Fomento Empresarial del IMDEEC, sito Xxxx. xx xx Xxxxxxxxx, x/x.
Tfno. 957 76 42 29 (ext. 2).
Vivero de Empresas BAOBAB, sito en Glorieta de los Países Bálticos, s/n (Polígono de Tecnocórdoba). Tfno. 957 32 55 02.
19. PROTECCIÓN Y CESIÓN DE DATOS
1. En cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos personales facilitados, así como los que sean requeridos posteriormente para completar el expediente, serán incorporados a un fichero, cuya titularidad corresponde al IMDEEC. Con la remisión de los datos, se presta consentimiento expreso para que se pueda llevar a cabo el tratamiento de los mismos, siempre para el cumplimiento de las finalidades anteriormente indicadas. Asimismo, queda informado de que podrá ejercitar su derecho de acceso, rectificación, oposición y cancelación de sus datos mediante comunicación escrita al IMDEEC.
2. La presentación de solicitud de la subvención implicará la aceptación de la cesión de los datos contenidos en la misma, con fines de estadística, valoración y seguimiento y para la comunicación de los diferentes programas y actuaciones para la promoción empresarial y/o social.
3. Asimismo, y a los efectos de dar cumplimiento al art. 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la concesión de la subvención implica la aceptación de ser incluida en una lista que se publicará de forma electrónica o por cualquier otro medio, en la que figurarán las Entidades beneficiarias, puntuación obtenida (atendiendo a los Criterios de Valoración), C.I.F./N.I.F y el importe de la subvención.
4. Las Entidades beneficiarias de la subvenciones concedidas, adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás normas de aplicación y teniendo en cuenta, en su caso, que:
a) El acceso a la información necesaria para la realización del proyecto/actividad aprobado no supondrá “comunicación de datos”, a efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
b) Será su responsabilidad adoptar todas las medidas de índole técnica y organizativa que resulten necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal, así como para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizados.
c) No podrán aplicar ni utilizar los datos con fines distintos a los de la realización de los trabajos objeto del contrato, ni los comunicarán, ni siquiera para su conservación, a otras personas.
e) Estarán obligadas a guardar el secreto profesional respecto de los datos obtenidos, aun después de finalizar el proyecto/actividad aprobado con el IMDEEC.
f) Una vez finalizado el proyecto/actividad aprobado deberán devolver al IMDEEC todos los documentos o soportes informáticos en que pudiera constar algún dato de carácter personal.
g) En el caso de que destinen los datos a otra finalidad, los comuniquen o los utilicen incumpliendo las presentes bases, serán consideradas responsables del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubieran incurrido, previstas en la Ley Orgánica 15/1999, 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
5. Todos los datos manejados o elaborados, por una Entidad beneficiaria de subvención concedida, son propiedad del IMDEEC, sin que puedan ser utilizados con un fin distinto al que figura en las presentes bases.
20. NORMATIVA DE APLICACIÓN
Esta Convocatoria de subvenciones y sus bases reguladoras, se regirán por lo establecido en las siguientes normas:
1) Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, XXX xxxxxx 000, xx 00 xx xxxxxxx xx 0000.
2) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera.
3) El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, así como las demás normas básicas que desarrollen la Ley.
4) La Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5) La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
6) La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
7) El Decreto 183/2003, de 24 xx xxxxx, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (internet).
8) El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales
9) Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
10) Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros derechos de la Seguridad Social
ANEXO I: PUBLICIDAD DE LA SUBVENCIÓN RECIBIDA POR LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS
En cumplimiento del apartado cuarto del punto decimocuarto de la presente Convocatoria, se establece la obligación de adoptar y acreditar las medidas de difusión para dar la adecuada publicidad de carácter público de la financiación obtenida, conforme detalle del presente Anexo, será de obligado cumplimiento instalar una placa/pegatina o banner informativo en la página web, para toda Entidad beneficiaria del presente: “Convocatoria de incentivos para la mejora de la competitividad de las Pymes y apoyo al desarrollo socioeconómico xx Xxxxxxx mediante la contratación de personas en situación de desempleo 2017”, conforme las siguientes instrucciones:
Primero: El IMDEEC facilitará la placa/pegatina o banner informativo, a los que se hace referencia en este anexo, a cada una de las Entidades beneficiarias de la “Convocatoria de incentivos para la mejora de la competitividad de las Pymes y apoyo al desarrollo socioeconómico xx Xxxxxxx mediante la contratación de personas en situación de desempleo 2017”
Segundo: La Entidad beneficiaria, colocará la placa/pegatina informativa, en un lugar visible al público, en el local/instalaciones donde se ejerce la actividad principal (o en el caso que no se ejerza en el municipio xx Xxxxxxx, en el centro de trabajo domiciliado en este municipio xx Xxxxxxx) o en el vehículo de empresa; o en su caso, el banner informativo en la página de inicio de su sitio web (también en un lugar visible), en el plazo máximo de 10 días a contar desde el siguiente a la comunicación de la resolución definitiva de concesión de la subvención. Dicha publicidad deberá permanecer al menos durante un año ininterrumpido, tras la colocación de la misma.
Tercero: La Entidad beneficiaria, comunicará al IMDEEC en el plazo xxxxxx xx xxxx días a contar desde el siguiente a la comunicación de la resolución definitiva de concesión de la subvención, la colocación de la placa informativa mediante escrito dirigido a la Presidencia del IMDEEC y presentado por Registro General del IMDEEC, en horario de 9:00 a 14:00 horas, o por cualquiera de los medios señalados en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el escrito:
Se identificará la Entidad beneficiaria, haciendo alusión a la Convocatoria de incentivos del IMDEEC de la que ha obtenido subvención, en este caso “Convocatoria de incentivos para la mejora de la competitividad de las Pymes y apoyo al desarrollo socioeconómico xx Xxxxxxx mediante la contratación de personas en situación de desempleo 2017”.
Se especificará la dirección del centro de trabajo (ubicado en el municipio xx Xxxxxxx), en el que se haya ubicado la publicidad informativa.
Se adjuntarán imágenes en las que se compruebe la colocación de la publicidad informativa conforme los requisitos de la presentes bases y concretamente este Anexo I.
Cuarto: Es causa de reintegro de la subvención el incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión, según el punto 17.4. de las presentes bases.
CIF: X0000000X
XXXX: JA01140214
ANEXO II.- ACLARACIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE GASTOS Y PAGOS DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA DE LA CONVOCATORIA DE INCENTIVOS PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS PYMES Y APOYO AL DESARROLLO SOCIOECONÓMICO XX XXXXXXX MEDIANTE LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DESEMPLEO 2017
Esta justificación se presentará en el plazo de UN MES a contar desde el día de la finalización del periodo subvencionable del contrato. La Entidad beneficiaria estará obligada a presentar la documentación especificada en el punto 15.5 de las presentes bases.
Para la correcta justificación y acreditación de los conceptos de gasto subvencionables (recogidos en el punto 6 de las presentes bases), se han de presentar de cada uno de los citados conceptos, por los que se solicite subvención, los siguientes documentos: | ||||
JUSTIFICANTES DE GASTO | + | JUSTIFICANTES DE PAGO | + | DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA |
Siendo causa de reintegro no hacerlo así, conforme se detalla en la cláusula 17 de las bases de la Convocatoria. |
1. JUSTIFICANTES DE GASTOS, se entregará ORIGINAL
Se consideran justificantes de gastos las NÓMINAS mensuales, debidamente firmadas y selladas por el empleador.
Recibo de liquidación (TC1) y TC2 mensuales donde conste/n la/s persona/s contratada/s objeto de subvención.
2. JUSTIFICANTES DE PAGOS, se entregará ORIGINAL o COPIA COTEJADA
Original o copia cotejada de los extractos o movimientos bancarios donde figure el cargo, sellado por la Entidad bancaria que corresponda. Con un mínimo de 10 días naturales posteriores a la fecha del cargo.
Los extractos o movimientos bancarios, así como cualquier otro documento justificativo del pago obtenidos por banca online, han de estar sellados por la Entidad bancaria que corresponda o adjuntar declaración jurada de que los mismos, “son copia fiel de la original”, con indicación del nombre, apellidos, DNI y firma del representante de la Entidad. Con un mínimo de 10 días naturales posteriores a la fecha del cargo.
Se presentarán adjuntos al documento de gasto que corresponda y deberán contener suficiente información que los identifique y relacione con el justificante de gasto que corresponda.
Los justificantes bancarios de pago deben coincidir exactamente con el importe de cada nómina mensual e individualizada. En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de nómina, se deberán remitir todos los justificantes bancarios de pagos efectuados hasta la totalidad del importe de la nómina.
En caso de que un justificante de pago incluya varias nóminas, se acompañará de una relación de las mismas, en la que se aprecie de forma clara que el pago corresponde a cada nómina individualizada.
* EL IMDEEC se reserva el derecho de solicitar otra documentación acreditativa de los conceptos subvencionables.
Xxxx. xx xx Xxxxxxxxx, x/x (00000 – Xxxxxxx) Pág. Web: xxxxxx.xx