Contract
Contrato de Compraventa de Laminas de Zinc Aluminio y Cemento para los planteles Educativos, que celebran por una parte la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, representada en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Oficial Mayor, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría”, y por la otra parte la empresa Constructora Yam S.A. de C.V., representada en este acto por el C. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, en su calidad de Representante Legal, a quien en lo subsecuente se le designará como “El Proveedor”, de conformidad con los Antecedentes, Declaraciones y
Cláusulas siguientes: - - - - - -
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ANTECEDENTES:
A. Con fecha 17 xx Xxxxx de 2008, “La Secretaría”, a través de la Oficialía Mayor, envió oficios donde se les formuló una invitación a varias empresas y funcionarios de la misma dependencia, asimismo a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, a la Contraloría General y la Contraloría Interna, para participar en la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-047- 08 relativa a la compraventa de Laminas de Zinc Aluminio y Cemento para los planteles educativos, dependientes de la “La Secretaría”, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 46 del Decreto No. 8 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el Ejercicio Fiscal de 2008 y 1, 9, 10, 26 Fracción II, 43, 56, 57, 58 y demás relativos aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.--------------------------
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B. Con fecha 01 de Julio de 2008, se celebró la Junta de Presentación y Apertura de Proposiciones respecto a la Licitación señalada en el inciso anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz de Xxxxxxx xx xx Xxxxx.--------------------------
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X. Con fecha 04 de Julio de 2008, se llevo a cabo la Notificación de Fallo de la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-047-08 relativa a la compraventa de Laminas de Zinc Aluminio y Cemento para los planteles educativos, dependientes de la “La Secretaría”, siendo favorecido “El Proveedor” en las partidas de la Licitación que en la Cláusula Primera de este contrato se indica, en acatamiento a lo estipulado en el artículo 44 de la Ley citada en el antecedente B.---------
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D E C L A R A C I O N E S:
I. DE “LA SECRETARÍA”:
I.1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, en términos de los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 1, 2, 4, 9 fracción IV, 10, 11, 15, en relación con los artículos 21, 22 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 186 del Código Financiero para el Estado Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 46 del Decreto No. 8 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx
Xxxxxxx xx xx Xxxxx, para el Ejercicio Fiscal 2008, 1, 5 y 14 del Reglamento Interior de la
Secretaría de Educación.- - - - - -
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I.2. Que la personalidad Jurídica del C. Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Oficial Mayor, para celebrar a nombre de “La Secretaría” en los términos del presente contrato, se acredita con el nombramiento expedido a su favor, por el Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, así como por las facultades conferidas en los artículos 4 fracción I, 12 y 14 fracciones I,
IV y VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.-------------------------------------------------
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I.3. Que cuenta con los recursos suficientes en la Partida Presupuestal 2401 para cubrir el monto
de los bienes pactados en el presente contrato. - - - - -
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I.4. Que es su Voluntad celebrar el presente contrato con “El Proveedor” bajo la modalidad de Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-047-08 relativa a la Compraventa de Laminas de Zinc Aluminio y Cemento para planteles educativos, dependientes de la “La Secretaría”, de conformidad con los artículos 26 fracción II, 36, 37, 39, 54, 56, 57, 58 y demás relativos y aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.------------------------------------------------
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I.5. Que señala como su domicilio para los efectos de este contrato el ubicado en el Kilómetro 4.5 de la Carretera Federal Xalapa-Veracruz, Colonia S.A.H.O.P. con Código Postal 91190 y R.F.C.
No. SED9905019C2. - - -
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II. DE “EL PROVEEDOR”:
II.1. Que es una Sociedad Anónima de Capital Variable constituida conforme a las Leyes Mexicanas, con Objeto Social de la diseño, proyecto, supervisión y construcción de todo tipo de obra, ejercicio de la industria y comercio en todas las ramas licitas permitidas por la ley, justificada con Escritura Pública No. 30,469 de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Notario Público Número 4 del Municipio de Coatepec, Ver;.---------------------------
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II.2. Que su representante legal acredita su personalidad en el instrumento legal señalado en la
declaración que antecede.- - - - - -
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II.3. Que acredita su actividad empresarial mediante el R.F.C. No. CYA-970225-MU2 expedido por
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- - - - - -- -
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II.4. Que señala como su Domicilio para los efectos legales de este Contrato el ubicado en Xxxxxxx 00 xx Xxxxxxxxx Xxx Xx. 000-0 xx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, X.X. 00000 con número de teléfono
000-00-00 de esta ciudad de Xalapa, Xxx.- - - - -
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II.5. Que cuenta con la Capacidad Legal, Técnica y Financiera suficiente para el suministro de los
bienes requeridos por “La Secretaría”.- - - - - -
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II.6. Que manifiesta bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en los casos de excepción que establece el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para la suscripción
del presente contrato.-- - - -- - - - -
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X X X X X X X X X:
PRIMERA: Objeto. “El Proveedor” vende y se obliga a entregar a “La Secretaría”, las Laminas de Zinc Aluminio y Cemento para planteles educativos, dependientes de la “La Secretaría”,
que a continuación se detalla:- - - - - - -
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PART. | D E S C R I P C I Ó N | U.M. | CANT. | P.U. | TOTAL |
1 | LAMINA GALVANIZADA ZINTRO-ALUMINIO, ONDULADA 0-30 32X12 (3.05), CALIBRE 28 // DATOS TÉCNICOS // ZINTRO-ALUM: LAMINA XX XXXXX RECUBIERTA MEDIANTE UNA ALEACIÓN COMPUESTA POR ALUMINIO (55%), ZINC (43.5%) Y SILICIO (1.5%) MEDIANTE UN PROCESO CONTINUO DE INMERSIÓN EN CALIENTE. LA ALEACIÓN DE ALUMINIO-ZINC QUE FORMA EL RECUBRIMIENTO COMBINA LAS PROPIEDADES DE AMBOS METALES: EL ALUMINIO PROPORCIONA RESISTENCIA A LA CORROSIÓN TANTO ATMOSFÉRICA COMO POR ALTAS TEMPERATURAS, Y UNA MUY BUENA REFLECTIVIDAD TÉRMICA: EL ZINC APORTA LA FORMABILIDAD Y LA PROTECCIÓN GALVÁNICA (CATÓDICA) QUE PROTEGE LAS ÁREAS PERFORADAS O CORTADAS DE LA LÁMINA. ESPECIFICACIONES DE ZINTR-ALUM: TIPO XX XXXXX PARA ACANALADOS. ACERO GRADO 37 Y 50 (FY=37 K.S.I=2600 KG. /CM2) (FY=50K.S.I=3500 KG. /CM2) ASTM. X-000, XXX. X-000 XXXX XX-00 (X.0 ONZAS/PIE 2, EQUIVALENTE A 0.152 KG/m2, PROMEDIO EN AMBAS CARAS. ASTM -792 NOM B469 DEBIDO A QUE LA ALEACIÓN ALUMINIO- ZINC TIENE UNA DENSIDAD MENOR QUE EL ZINC, CON LA CAPA AZ-50 SE OBTIENE UN ESPESOR EQUIVALENTE AL DE LA LÁMINA GALVANIZADA G.90. CAPA AZ-50: ESPESOR=0.0016 (ZINTRO-ALUM) CAPA G-90: 0.0015 (ZINTRO). VENTAJAS RESISTENCIA A LA CORROSIÓN ATMOSFERICA, RESISTENCIA A LA CORROSIÓN DE SAL, RESISTENCIA A LA CORROSIÓN POR ALTAS TEMPERATURAS POST- FORMADO. REFLEXIÓN AL CALOR PROTECCIÓN CATÓDICA PROPIEDADES ESTRUCTURALES. ANCHO EFECTIVO: 77.84 CM., ANCHO TOTAL: 84.27 CM., AMPLITUD DE ONDA: 1.45 CM., LONGITUD DE ONDA: 7.78 CM., PESO: 6.600 KGS, | PIEZA | 12,000 | $180.00 | $2,160,000.00 |
FUENTE: ACANALADOS IMSA 2007 & J.A.H.S. | |||||
2 | CEMENTO PORTLAND (GRIS) BTS 50 KGS. XXXXX XXXXXXXXX CPC 30R. CARACTERÍSTICAS FÍSICAS: RESISTENCIA MÍNIMA A 3 DÍAS 20 N/MM2 (204 KG. /CM2), RESISTENCIA MÍNIMA A 28 DÍAS 30 N/MM2 (306 KG. /CM2). TIEMPO DE FRAGUADO: INICIAL: 45 MINUTOS (MÍNIMO), FINAL 600 MINUTOS (MÁXIMO) | TONELADAS | 120 | $1,850 | $222,000.00 |
SUBTOTAL | $2,382,000.00 | ||||
IVA. | 357,300.00 | ||||
TOTAL | $2,739,300.00 |
SEGUNDA: Forma de Pago. “La Secretaría” se compromete a pagar a precio fijo a “El Proveedor” la cantidad de $2,739,300.00 (Dos Millones Setecientos Treinta y Nueve Mil Trescientos Pesos 00/100 M.N.) incluido el 15% del Impuesto al Valor Agregado, cantidad que será pagada dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrega total de los bienes, previa presentación de la factura debidamente requisitada fiscalmente. Los pagos se efectuarán a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, mediante
transferencia electrónica.-
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TERCERA: Lugar de Entrega. Los bienes deberán ser entregados libre a bordo en el almacén de “La Secretaría” ubicado en la prolongación de Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx Nº. 43 de la Colonia Viveros del Municipio de Banderilla, Veracruz. Las entregas deberán realizarse coordinadamente con el almacén, con previo aviso a los teléfonos 000-00-00, en días hábiles de lunes a
viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas.- - - - -
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XXXXXX: Plazo de Entrega. “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de 15 (Quince) días hábiles siguientes a la suscripción de este contrato. No se aceptarán entregas parciales de los bienes, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la entrega recepción de los bienes. Cada entrega de bienes deberá de realizarse con la factura original o copia y pedido de compra, los cuales deberán de amparar la adquisición total de lo los bienes. Solo hasta la entrega total de los bienes se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago.------------------------------------
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QUINTA: Garantía de los bienes. “El Proveedor” se obliga a garantizar la calidad de los bienes contra cualquier defecto, composición o vicio oculto, por un término mínimo de 3 (Tres) años para la Partida 1 y 6 (Seis) Meses para la partida 2, contado a partir de su entrega total o conforme a la garantía de fábrica, comprometiéndose a su reposición por otros de la misma calidad, marca y totalmente nuevos en un término de 5 (cinco) días naturales a partir de la notificación por
escrito de “La Secretaría”. - - - - - -
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SEXTA: Garantía de Cumplimiento de Contrato. Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato la calidad de los bienes y el pago de daños y
perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones pactadas, “El Proveedor” deberá exhibir a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, Póliza de Fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del contrato, el cual corresponde a la cantidad de $238,200.00 (Doscientos Treinta y Ocho Mil Doscientos) Pesos 00/100 M.N.) sin incluir el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme a lo establecido en el artículo 64 fracción II, de la Ley No.
539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del
Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.---- - - - -
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SÉPTIMA: Vigencia de la Fianza. El “Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la cláusula anterior por el término de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro.---------------------------------------------------------
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OCTAVA: Incremento. “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de
Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.--- - - - - - -
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NOVENA: Pena Convencional. “El Proveedor” se compromete a pagar a “La Secretaría” como pena convencional un 5 (cinco) al Millar por cada día de atraso en la entrega de los bienes objeto del presente contrato, mismo que será deducido proporcionalmente del importe total a pagar, con sujeción en lo establecido en el artículo 62 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz de Xxxxxxx xx xx Xxxxx.---
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XXXXXX: Rescisión de Contrato. “La Secretaría” podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por ”El Proveedor”, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 79, 80 y 81 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. Asimismo, ambas partes convienen la rescisión de este contrato sin responsabilidad administrativa para “La Secretaría” y sin necesidad de declaración judicial, en caso de insuficiencia o cancelación de la disponibilidad presupuestal correspondiente.-------------------------------------------------
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DÉCIMA PRIMERA: Derechos y Obligaciones. Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse total, ni parcialmente bajo ninguna modalidad en favor de persona alguna. La contravención a esto traerá como consecuencia la rescisión del mismo, sin responsabilidad alguna para “La Secretaría”. Queda entendido y aceptado expresamente por “La Secretaría” y “El Proveedor” que el pago por resarcimiento de
daños y perjuicios como consecuencia de la rescisión del contrato, no podrá exceder del monto
total del valor del presente contrato. - - -- - - -
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DÉCIMA SEGUNDA: Incumplimiento. “El Proveedor” acepta y reconoce que en caso de incumplimiento en el sostenimiento de su oferta, como se establece en la Base Décima Octava de las Bases de la licitación que originan este contrato o a las obligaciones pactadas en este instrumento legal, se hará acreedor a las sanciones consistentes en multa de cien a mil xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la capital del Estado, en la fecha que se cometa la infracción; y prohibición para participar en los procesos de licitación durante dos años, de conformidad con el artículo 73 fracciones I y II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz de Xxxxxxx xx xx Xxxxx.--------------------------
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XXXXXX TERCERA: Calidad y Capacidad. “El Proveedor” acepta que “La Secretaría” analice en los lugares que crea convenientes la calidad de los bienes, así como realizar visitas a las instalaciones de “El Proveedor” cuando lo considere necesario para verificar su capacidad.---------
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DÉCIMA CUARTA: Consentimiento. Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo, o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones ya especificadas.------------------------------------------------
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DÉCIMA QUINTA: Jurisdicción. Para la interpretación y debido cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales comunes de la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx; renunciando al fuero que les corresponda en atención a su domicilio presente o futuro.-----------------
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Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal de este contrato lo firman en la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx; a los 11 días del mes de julio de Dos Mil
Ocho.-
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Por “La Secretaría”
Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Oficial Mayor
Por “El Proveedor” Constructora Yam S.A. de C.V.
C. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx
Representante Legal