ANEXO AL CONTRATO DE PRÉSTAMOS PERSONALES Y ESTABLECIMIENTOS Hoja Resumen de los costos y condiciones crediticias (Ley 28587 y sus modificatorias/ Resolución S.B.S. N° 8181-2012
T.C. Referencial6:
ANEXO AL CONTRATO DE PRÉSTAMOS PERSONALES Y ESTABLECIMIENTOS
Hoja Resumen de los costos y condiciones crediticias (Ley 28587 y sus modificatorias/ Resolución S.B.S. N° 8181-2012
Fecha:
Solicito la entrega del cronograma final personalmente.
Nota: De no aceptar la opción se enviará el cronograma final al cliente a la dirección que mantiene el Banco en sus sistemas. El cliente podrá solicitar personalmente el cronograma en un lapso no mayor de 2 días útiles posteriores al desembolso. Transcurrido dicho plazo se procederá a enviar el cronograma a la dirección que mantiene el Banco en sus sistemas
Apellidos y Nombres: | Producto: | ||||||
Monto Mínimo del Crédito/ Línea Crédito1: | Moneda: Soles: Dólares: Periodicidad de pago: | T.E.A. Fija (Compensatoria) Promocional: % * T.C.E.A. Tasa de Costo Efectivo Anual % T.E.A. Fija (Compensatoria) Convencional: Será la TEA fija Promocional + 8% | Cuenta Club Sueldo : Cantidad de Cuotas: | Si: | No: | ||
*En el supuesto de que i) el Cliente reciba el préstamo y no cumpla con instruir a su empleador el pago de su remuneración a través de una cuenta de haberes en el Banco dentro de los 60 días siguientes al desembolso; ii) el Cliente efectúe el traslado de su remuneración depositada en cuentas del Banco hacia otra institución o, iii) se dé por terminada la relación laboral del Cliente por cualquier causa; ya no será aplicable la T.E.A. Compensatoria Promocional sino la T.E.A. Compensatoria Convencional. | |||||||
Monto de Cuota Referencial: | Mod. Cuotas: Simples | Dobles 2 | Periodo xx xxxxxx: meses. | Seguro de Desgravamen: Individual Conyugal | Total Intereses compensatorios: | ||
PRODUCTO 🡺 | Préstamo Personal | ||||||
Seguro Desgravamen (Prima Bruta Mensual) 3 | Tasa%: | Individual | Conyugal | ||||
Seguro de Temporal 4 | Desempleo | Involuntario | o | Incapacidad | 4% (incluye IGV y Derechos de Emisión) | ||
Comisiones | |||||||
Categoría: Servicios asociados al crédito | |||||||
Denominación: Envío físico de Estado de Cuenta 5 | US$ 4.00 ó S/. 9.00 | ||||||
Denominación: Evaluación de Póliza de Seguro Endosada -Estudio de Pólizas Endosadas | US$ 15.00 ó S/. 40.50 |
En caso de incumplimiento de pago: | |
Penalidad por pago tardío | - A partir del primer día de atraso, se cobrará US$ 17.00 ó S/.45.00 - Al tercer día de atraso, se cobrará US$ 23.00 ó S/. 60.00 - Al quinto día de atraso, se cobrará US$ 29.00 ó S/. 75.00 - A partir del noveno día de atraso a más, se cobrará US$ 33.00 ó S/. 85.00 |
Gastos Judiciales | Se cobrarán según las tarifas relacionadas al proceso judicial |
Las partes acuerdan que estos costos durante la vigencia del crédito podrán ser modificados por el Banco, por los motivos y en los plazos que se establezcan en el contrato respectivo. El cliente se obliga a cumplir con las obligaciones de pago a su cargo en forma puntual y a constituir las garantías cuando corresponda.
Los intereses compensatorios se devengarán hasta que la deuda quede íntegramente cancelada, aún cuando lo adeudado esté siendo cobrado en la vía judicial. Se aplicarán una penalidad a partir del día siguiente de la fecha de pago de no haberse cumplido con el mismo, se cobrará una sola vez por cada cuota vencida. Ante el incumplimiento del pago según las condiciones pactadas, se procederá a realizar el reporte correspondiente a las Centrales de Riesgo con la calificación que corresponda, de conformidad con el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones vigente. Los efectos generados en caso el CLIENTE reestructure o refinancie el préstamo serán: i) deterioro de la clasificación crediticia del CLIENTE en el sistema financiero; y ii) cambio de las condiciones originales xxx xxxxxxxx, generándose un nuevo cronograma que incluirá la deuda vencida más los cargos respectivos.
El cliente podrá realizar pagos anticipados por el saldo del crédito, en forma total o parcial con la correspondiente reducción de intereses al día de pago. Cuando se produzca un pago anticipado parcial de la deuda, EL CLIENTE podrá optar por reducir el importe de las cuotas o disminuir el plazo del crédito por periodos anuales.
Todas las condiciones se refieren al tarifario a la fecha en que se emite la presente Hoja Resumen. ITF aplicable a las transacciones antes señaladas estarán afectas a la tasa actual es de 0.005%. Datos del cronograma: El monto total a pagar por intereses, el monto total a pagar por el crédito, la tasa de costo efectivo anual, el número de cuotas, el monto de la cuota, periodicidad y fecha de pago, se indicarán en el cronograma de pagos que se entregará al cliente con el desembolso xxx xxxxxxxx y que forma parte del presente documento.
EL CLIENTE declara conocer y aceptar que la primera cuota de pago correspondiente a EL CREDITO, incluirá los intereses compensatorios generados a partir del día del desembolso hasta el pago de la primera cuota. EL CLIENTE recibirá, una vez desembolsado EL CREDITO, un cronograma de pagos en el que se detallan las fechas de vencimiento finales de las cuotas de EL CREDITO y demás información acerca del mismo. La no observación por EL CLIENTE de este cronograma en un plazo de 30 días o el pago de cualquiera de las cuotas que el mismo señale implica la aceptación del mismo. El cronograma de pagos podrá ser modificado por variaciones en EL CREDITO de acuerdo a lo establecido en los respectivos contratos. Los fiadores solidarios y/o avalistas respaldan la presente obligación así como cualquier otra obligación presente o futura, directa o indirecta que el cliente haya contratado o asuma durante su vigencia ante el Banco. La vigencia de la garantía será indefinida y sólo quedará liberada cuando el cliente no mantenga obligaciones pendientes con el Banco.
En caso de existir pagos en exceso realizado por el cliente o por un tercero, estos excesos serán aplicados en la siguiente cuota del cliente, como un pago parcial de cuota. En caso el cliente ya no mantenga cuotas pendiente de pago en su crédito, estas serán depositadas en cuentas internas relacionadas al cliente, de las cuales podrá realizar la disposición en cualquiera de las oficinas del Banco.
Los canales de recepción de reclamos en el BANCO son: red de agencias, Banca Telefónica, Scotia en Línea. Asimismo el CLIENTE podrá recurrir a otras instancias para presentar reclamos por los reclamos por las operaciones y servicios que realicen tales como el Defensor del Cliente Financiero (DFC) teléfono 0-000-0-0000, o a través de xxx@xxxxxx.xxx.xx, xxx.xxx.xxx.xx; ante la Oficina de Servicios de Atención al Ciudadano de Indecopi xxx.xxxxxxxx.xxx.xx: o la Plataforma de Atención al Usuario (PAU) de SBS xxx@xxx.xxx.xx.
El CLIENTE declara haber recibido la presente Xxxx Xxxxxxx y el Contrato para su lectura y que el BANCO ha absuelto todas sus preguntas, suscribiendo el presente documento y el Contrato con absoluto conocimiento de sus alcances en cuanto a derechos, obligaciones y responsabilidades contenidas.
Cláusula de Protección
“En caso EL CLIENTE hubiera accedido al presente formato de contrato a través de la web o de cualquier otro medio electrónico que EL BANCO hubiera puesto a su disposición, desde ya manifiesta que en el supuesto que existiera alguna discrepancia entre el presente documento impreso y el archivo electrónico del cual se tomó, prevalecerá la versión registrada en los medios electrónicos de EL BANCO.
El presente documento carece de valor si no está acompañado del respectivo contrato firmado por los representantes del Banco.
El Cliente
Sr(a).
El Cliente
Sr(a).
Scotiabank Perú S.A.A. (El Banco) Sr(a).
Scotiabank Perú S.A.A. (El Banco) Sr(a).
1 El Monto Definitivo se comunicará al momento del desembolso. E l Banco determinará por evaluación crediticia incluso que no se otorgue el financiamiento a EL CLIENTE.
2 Las cuotas dobles serán cobradas a solicitud del cliente en los meses de julio y diciembre (aplica sólo para trabajadores dependientes).
3 MAPFRE PERÚ es la compañía de seguros que emite la póliza N° 6110610100007 en soles y N° 6110610100006 en dólares. Tasa mensual aplicable al saldo deudor, sobre la base de 30 días, considerando para el cálculo los días del mes en curso. Incluye 18% por IGV y 3% por Derechos de emisión.
4 Cardif del Perú S.A es la compañía de seguros que emite la póliza de seguro N° 57010712 para clientes con préstamos personales en Nuevos Soles y la póliza de seguro N° 57010713 para clientes con préstamos personales en dólares americanos. Prima del seguro: 4% (incluye IGV y Derecho de Emisión), aplicable sobre el monto xxx xxxxxxxx desembolsado, cuya prima única será financiada dentro xxx xxxxxxxx. Seguro desempleo involuntario o incapacidad temporal el cual cubre hasta 06 cuotas xxx xxxxxxxx hasta por un máximo de S/.700.00 por cuota o su equivalente en moneda extranjera, en caso de pérdida de empleo o incapacidad temporal. Para desembolsos de préstamos personales se ofrecerá al Cliente el Seguro desempleo involuntario o incapacidad temporal el cual tendrá carácter optativo para el cliente. Las condiciones, exclusiones y otras características de la póliza de seguro de desempleo involuntario o incapacidad temporal se encuentran disponibles en la página web de EL BANCO.
5 Comisión por envío físico mensual del “Estado de Cuenta”.
6 Tipo de cambio referencial será el T.C. del día de la transacción.
ORIGINAL – ARCHIVO
T.C. Referencial6:
ANEXO AL CONTRATO DE PRÉSTAMOS PERSONALES Y ESTABLECIMIENTOS
Hoja Resumen de los costos y condiciones crediticias (Ley 28587 y sus modificatorias/ Resolución S.B.S. N° 8181-2012
Fecha:
Solicito la entrega del cronograma final personalmente.
Nota: De no aceptar la opción se enviará el cronograma final al cliente a la dirección que mantiene el Banco en sus sistemas. El cliente podrá solicitar personalmente el cronograma en un lapso no mayor de 2 días útiles posteriores al desembolso. Transcurrido dicho plazo se procederá a enviar el cronograma a la dirección que mantiene el Banco en sus sistemas
Apellidos y Nombres: | Producto: | ||||||
Monto Mínimo del Crédito/ Línea Crédito1: | Moneda: Soles: Dólares: Periodicidad de pago: | T.E.A. Fija (Compensatoria) Promocional: % * T.C.E.A. Tasa de Costo Efectivo Anual % T.E.A. Fija (Compensatoria) Convencional: Será la TEA fija Promocional + 8% | Cuenta Club Sueldo : Cantidad de Cuotas: | Si: | No: | ||
*En el supuesto de que i) el Cliente reciba el préstamo y no cumpla con instruir a su empleador el pago de su remuneración a través de una cuenta de haberes en el Banco dentro de los 60 días siguientes al desembolso; ii) el Cliente efectúe el traslado de su remuneración depositada en cuentas del Banco hacia otra institución o, iii) se dé por terminada la relación laboral del Cliente por cualquier causa; ya no será aplicable la T.E.A. Compensatoria Promocional sino la T.E.A. Compensatoria Convencional. | |||||||
Monto de Cuota Referencial: | Mod. Cuotas: Simples | Dobles 2 | Periodo xx xxxxxx: meses. | Seguro de Desgravamen: Individual Conyugal | Total Intereses compensatorios: | ||
PRODUCTO 🡺 | Préstamo Personal | ||||||
Seguro Desgravamen (Prima Bruta Mensual) 3 | Tasa%: | Individual | Conyugal | ||||
Seguro de Temporal 4 | Desempleo | Involuntario | o | Incapacidad | 4% (incluye IGV y Derechos de Emisión) | ||
Comisiones | |||||||
Categoría: Servicios asociados al crédito | |||||||
Denominación: Envío físico de Estado de Cuenta 5 | US$ 4.00 ó S/. 9.00 | ||||||
Denominación: Evaluación de Póliza de Seguro Endosada -Estudio de Pólizas Endosadas | US$ 15.00 ó S/. 40.50 |
En caso de incumplimiento de pago: | |
Penalidad por pago tardío | - A partir del primer día de atraso, se cobrará US$ 17.00 ó S/.45.00 - Al tercer día de atraso, se cobrará US$ 23.00 ó S/. 60.00 - Al quinto día de atraso, se cobrará US$ 29.00 ó S/. 75.00 - A partir del noveno día de atraso a más, se cobrará US$ 33.00 ó S/. 85.00 |
Gastos Judiciales | Se cobrarán según las tarifas relacionadas al proceso judicial |
Las partes acuerdan que estos costos durante la vigencia del crédito podrán ser modificados por el Banco, por los motivos y en los plazos que se establezcan en el contrato respectivo. El cliente se obliga a cumplir con las obligaciones de pago a su cargo en forma puntual y a constituir las garantías cuando corresponda.
Los intereses compensatorios se devengarán hasta que la deuda quede íntegramente cancelada, aún cuando lo adeudado esté siendo cobrado en la vía judicial. Se aplicarán una penalidad a partir del día siguiente de la fecha de pago de no haberse cumplido con el mismo, se cobrará una sola vez por cada cuota vencida. Ante el incumplimiento del pago según las condiciones pactadas, se procederá a realizar el reporte correspondiente a las Centrales de Riesgo con la calificación que corresponda, de conformidad con el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones vigente. Los efectos generados en caso el CLIENTE reestructure o refinancie el préstamo serán: i) deterioro de la clasificación crediticia del CLIENTE en el sistema financiero; y ii) cambio de las condiciones originales xxx xxxxxxxx, generándose un nuevo cronograma que incluirá la deuda vencida más los cargos respectivos.
El cliente podrá realizar pagos anticipados por el saldo del crédito, en forma total o parcial con la correspondiente reducción de intereses al día de pago. Cuando se produzca un pago anticipado parcial de la deuda, EL CLIENTE podrá optar por reducir el importe de las cuotas o disminuir el plazo del crédito por periodos anuales.
Todas las condiciones se refieren al tarifario a la fecha en que se emite la presente Hoja Resumen. ITF aplicable a las transacciones antes señaladas estarán afectas a la tasa actual es de 0.005%. Datos del cronograma: El monto total a pagar por intereses, el monto total a pagar por el crédito, la tasa de costo efectivo anual, el número de cuotas, el monto de la cuota, periodicidad y fecha de pago, se indicarán en el cronograma de pagos que se entregará al cliente con el desembolso xxx xxxxxxxx y que forma parte del presente documento.
EL CLIENTE declara conocer y aceptar que la primera cuota de pago correspondiente a EL CREDITO, incluirá los intereses compensatorios generados a partir del día del desembolso hasta el pago de la primera cuota. EL CLIENTE recibirá, una vez desembolsado EL CREDITO, un cronograma de pagos en el que se detallan las fechas de vencimiento finales de las cuotas de EL CREDITO y demás información acerca del mismo. La no observación por EL CLIENTE de este cronograma en un plazo de 30 días o el pago de cualquiera de las cuotas que el mismo señale implica la aceptación del mismo. El cronograma de pagos podrá ser modificado por variaciones en EL CREDITO de acuerdo a lo establecido en los respectivos contratos. Los fiadores solidarios y/o avalistas respaldan la presente obligación así como cualquier otra obligación presente o futura, directa o indirecta que el cliente haya contratado o asuma durante su vigencia ante el Banco. La vigencia de la garantía será indefinida y sólo quedará liberada cuando el cliente no mantenga obligaciones pendientes con el Banco.
En caso de existir pagos en exceso realizado por el cliente o por un tercero, estos excesos serán aplicados en la siguiente cuota del cliente, como un pago parcial de cuota. En caso el cliente ya no mantenga cuotas pendiente de pago en su crédito, estas serán depositadas en cuentas internas relacionadas al cliente, de las cuales podrá realizar la disposición en cualquiera de las oficinas del Banco.
Los canales de recepción de reclamos en el BANCO son: red de agencias, Banca Telefónica, Scotia en Línea. Asimismo el CLIENTE podrá recurrir a otras instancias para presentar reclamos por los reclamos por las operaciones y servicios que realicen tales como el Defensor del Cliente Financiero (DFC) teléfono 0-000-0-0000, o a través de xxx@xxxxxx.xxx.xx, xxx.xxx.xxx.xx; ante la Oficina de Servicios de Atención al Ciudadano de Indecopi xxx.xxxxxxxx.xxx.xx: o la Plataforma de Atención al Usuario (PAU) de SBS xxx@xxx.xxx.xx.
El CLIENTE declara haber recibido la presente Xxxx Xxxxxxx y el Contrato para su lectura y que el BANCO ha absuelto todas sus preguntas, suscribiendo el presente documento y el Contrato con absoluto conocimiento de sus alcances en cuanto a derechos, obligaciones y responsabilidades contenidas.
Cláusula de Protección
“En caso EL CLIENTE hubiera accedido al presente formato de contrato a través de la web o de cualquier otro medio electrónico que EL BANCO hubiera puesto a su disposición, desde ya manifiesta que en el supuesto que existiera alguna discrepancia entre el presente documento impreso y el archivo electrónico del cual se tomó, prevalecerá la versión registrada en los medios electrónicos de EL BANCO.
El presente documento carece de valor si no está acompañado del respectivo contrato firmado por los representantes del Banco.
El Cliente
Sr(a).
El Cliente
Sr(a).
Scotiabank Perú S.A.A. (El Banco) Sr(a).
Scotiabank Perú S.A.A. (El Banco) Sr(a).
1 El Monto Definitivo se comunicará al momento del desembolso. E l Banco determinará por evaluación crediticia incluso que no se otorgue el financiamiento a EL CLIENTE.
2 Las cuotas dobles serán cobradas a solicitud del cliente en los meses de julio y diciembre (aplica sólo para trabajadores dependientes).
3 MAPFRE PERÚ es la compañía de seguros que emite la póliza N° 6110610100007 en soles y N° 6110610100006 en dólares. Tasa mensual aplicable al saldo deudor, sobre la base de 30 días, considerando para el cálculo los días del mes en curso. Incluye 18% por IGV y 3% por Derechos de emisión.
4 Cardif del Perú S.A es la compañía de seguros que emite la póliza de seguro N° 57010712 para clientes con préstamos personales en Nuevos Soles y la póliza de seguro N° 57010713 para clientes con préstamos personales en dólares americanos. Prima del seguro: 4% (incluye IGV y Derecho de Emisión), aplicable sobre el monto xxx xxxxxxxx desembolsado, cuya prima única será financiada dentro xxx xxxxxxxx. Seguro desempleo involuntario o incapacidad temporal el cual cubre hasta 06 cuotas xxx xxxxxxxx hasta por un máximo de S/.700.00 por cuota o su equivalente en moneda extranjera, en caso de pérdida de empleo o incapacidad temporal. Para desembolsos de préstamos personales se ofrecerá al Cliente el Seguro desempleo involuntario o incapacidad temporal el cual tendrá carácter optativo para el cliente. Las condiciones, exclusiones y otras características de la póliza de seguro de desempleo involuntario o incapacidad temporal se encuentran disponibles en la página web de EL BANCO.
5 Comisión por envío físico mensual del “Estado de Cuenta”.
6 Tipo de cambio referencial será el T.C. del día de la transacción.