Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN EN EXCLUSIVA DE UN PROYECTO INMOBILIARIO, QUE CELEBRAN DE UNA PARTE LA PERSONA MORAL DENOMINADA “PROYECTOS IDEALES DEL SURESTE”, SOCIEDAD CIVIL PARTICULAR, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SEÑOR XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, A QUIEN SE LE DENOMINARÁ EN LO SUCESIVO COMO “CONCEPTO MASTER BROKER” O “LA INTERMEDIARIA”; Y DE LA OTRA PARTE EL SEÑOR (A) XXXXXXXX/LA PERSONA MORAL DENOMINADA XXXXX, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL(A) SEÑOR -----------
-------------------------, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL CLIENTE”, Y A AMBOS SUJETOS CONTRACTUALES SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, CONTRATO QUE SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I.- Declara “CONCEPTO MASTER BROKER”, a través de su representante:
1. Ser una persona moral de nacionalidad mexicana, que acredita su legal existencia mediante escritura pública número cincuenta y siete, de fecha diecisiete de febrero de dos mil veinte otorgada ante la fe del abogado Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, titular de la Notaría número uno con residencia en Mérida, Estado de Yucatán, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de Personas Xxxxxxx de Naturaleza Civil del Instituto de Seguridad Jurídica Patrimonial de Yucatán, en el folio de personas xxxxxxx civiles número 11730, el día veinticuatro xx xxxxx de dos mil veinte.
2. Que su representante cuenta con las facultades suficientes para la celebración de este acto, las cuales no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna y se encuentran vigentes, según lo acredita con el primer testimonio de la escritura pública relacionada en la declaración anterior. Una copia de su identificación oficial vigente, corre agregada al presente Contrato como Anexo “A”.
3. Que se encuentra inscrita ante el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, bajo el Registro Federal de Contribuyentes PIS200217SG0.
4. Que tiene su domicilio en Xxxxx 00-“X” Xx. 000-“G”, por 20 y Xxxxx X/Xxxxxx, Xxx. Monterreal, Municipio xx Xxxxxx, Yucatán, C.P. 97133.
5. Que dentro de su objeto social, se encuentra la prestación de servicios de intermediación para la compraventa de inmuebles, incluyendo aquellos destinados para casa habitación a favor de terceros, con el fin de poner en contacto a la oferta ya a la demanda de dichos inmuebles para formalizar la compraventa de los mismos.
6. Que es miembro de la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios bajo el número de registro AMRY0095.
7. Que puso a disposición de “EL CLIENTE”, la información y documentación especificada en los Anexos “B” y “C”.
II.- Declara “EL CLIENTE”:
1.- EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA.- Que es de nacionalidad mexicana con plena capacidad para celebrar el presente Contrato y se identifica con (Identificación oficial vigente INE, Pasaporte o Cédula Profesional), número XXXXX, expedida por (el Instituto Nacional Electoral/la Secretaría de Relaciones Exteriores o la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública). Una copia de dicha identificación, se agrega al presente documento como Anexo “D”.
1.- EN CASO DE SER PERSONA MORAL.- Que es una sociedad mercantil/civil, constituida conforme a la legislación mexicana, según se desprende de la escritura/póliza número XXXX, de fecha XXXX, ante el licenciado xxxxx, titular de la Notaría/Correduría Pública número XXXX, de XXXX, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y Comercio bajo el folio mercantil número xxxx/el folio de personas xxxxxxx civiles número xxxx.
2.- EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA REPRESENTADA O PERSONA MORAL.- Su
representante cuenta con las facultades suficientes para obligarlo en los términos y condiciones del presente contrato, lo cual se acredita con el primer testimonio de la escritura número XXXX, de fecha XXXX, ante el licenciado xxxxx, titular de la Notaría Pública número XXXX, de XXXX, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y Comercio bajo el folio mercantil número xxxx/el folio de personas xxxxxxx civiles número xxxx, facultades que no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna y se encuentran vigentes. Una copia de su identificación oficial, se agrega al presente documento como Anexo “D”.
3.- SI EL CLIENTE ES PROPIETARIO DIRECTO DEL INMUEBLE. Ser legítimo
propietario de “EL INMUEBLE”/”DESARROLLO INMOBILIARIO” ubicado en XXXXXXX, al que para efectos prácticos en adelante se denominará como “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”, y tener plena capacidad legal y económica para enajenar cada una de las unidades privativas que lo integran y entregarlas libres de cualquier tipo de gravamen o responsabilidad civil, fiscal, laboral o de cualquier otra naturaleza, como consta en la escritura número XXXX, de fecha xxxx, ante el licenciado xxxx, titular de la Notaría número XXXX, de XXXX, Estado de Yucatán, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Instituto de Seguridad Jurídica Patrimonial de Yucatán, en el folio electrónico XXXX.
3.- SI EL DESARROLLO SE ENCUENTRA DENTRO DE UN FIDEICOMISO.- Que “EL
INMUEBLE”/”DESARROLLO INMOBILIARIO” ubicado en XXXXX (en adelante “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”), se encuentra aportado al Fideicomiso identificado como XXXXX en administración del Banco xxxxx/Institución Financiera xxxxx y que dentro de los fines de dicho Fideicomiso, “EL CLIENTE”, se encuentra facultado para llevar a cabo la comercialización de cada una de las unidades privativas que lo integran por sí o a través de los terceros que designe.
4.- EN CASO DE QUE EL INMUEBLE SE ENCUENTRE ACTUALMENTE EN
CONDOMINIO.- “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO” se encuentra sujeto al régimen
de propiedad en condominio en los términos de la escritura número XXXX de fecha XXXX, ante el licenciado XXXXX, titular de la Notaría XXXX, de XXXX, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad de XXX en el folio XXXX, instrumento en el cual están referidas las correspondientes áreas de uso común y porcentaje de indiviso.
4.- EN CASO DE QUE “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO” VAYA A CONSTITUIRSE POSTERIORMENTE EN CONDOMINIO.- Que “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”, una
vez obtenidos las licencias y autorizaciones necesarias, se sujetará a régimen de propiedad en condominio.
5.- Que se encuentra inscrito ante el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, bajo el Registro Federal de Contribuyentes XXXX.
6.- Que tiene su domicilio en XXXXX.
7.- Que, por las actividades propias e inherentes a su actividad económica, es su intención contratar los servicios de “CONCEPTO MASTER BROKER”.
8.- Bajo protesta de decir verdad, declara que los recursos con los que se pagarán los servicios de “CONCEPTO MASTER BROKER”, son de origen lícito, no violándose en ningún caso la Ley Federal para la Protección e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
9.- Que cuenta con la siguiente documentación e información relativa a “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”:
EN CASO DE VIVIENDA | ||
Documentación/información | ¿Cuenta con la documentación/información? | |
Sí | No | |
Autorizaciones, licencias y permisos relativos a la construcción de “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”, sus especificaciones técnicas, clase de materiales utilizados, seguridad, uso de suelo y servicios básicos. | ||
Planos estructurales, arquitectónicos y de instalaciones o en su defecto, dictamen de las condiciones estructurales de “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”. | ||
Programa Interno de Protección Civil. | ||
Existencia de gravámenes que afecten la propiedad de “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”. | ||
Condiciones en las cuales se encuentren el pago de contribuciones, derechos y servicios. |
EN CASO DE TERRENO DESITINADO A CASA HABITACIÓN | |
Documentación/información | ¿Cuenta con la documentación/información? |
Sí | No | |
Uso de suelo aplicable a “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”, conforme al plan de desarrollo urbano vigente, con su respectiva interpretación y copia del documento oficial vigente que acredite la licencia de uso de suelo de “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”. | ||
Estudio de factibilidad técnico, oficial o avalado por autoridad competente para la instalación de servicios básicos en “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”. | ||
En su caso, Reglamento de adecuaciones o construcción aplicable al fraccionamiento, condominio o conjunto habitacional al que esté sujeto “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”. | ||
Programa Interno de Protección Civil. | ||
Existencia de gravámenes que afecten la propiedad de “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”. | ||
Condiciones en las cuales se encuentren el pago de contribuciones, derechos y servicios. |
Atento a lo expuesto, “LAS PARTES”, otorgan las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO. En virtud del presente Contrato, “CONCEPTO MASTER BROKER”
prestará a “EL CLIENTE” los siguientes servicios:
I. ASESORIA. “CONCEPTO MASTER BROKER” analizará “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO” a fin de determinar su valor en el mercado y la manera más adecuada para enajenarlo, tomando en consideración sus características físicas y demás condiciones comerciales. Asimismo, “CONCEPTO MASTER BROKER” orientará a “EL CLIENTE” en relación con los contratos y documentación necesarios para el manejo de la operación de compraventa y la escrituración ante Notario Público de las unidades de propiedad exclusiva que lo integran.
II. PUBLICIDAD. “CONCEPTO MASTER BROKER” promoverá “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO” utilizando los medios de difusión que considere adecuados conforme a sus características y proporcionará información a su red de asociados inmobiliarios. “EL CLIENTE” autoriza a “CONCEPTO MASTER BROKER” a inscribir y publicitar “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO” en los portales web de los asociados inmobiliarios y demás medios que se consideren necesarios para la consecución del objeto del presente Contrato.
III. INTERMEDIACIÓN. Realizar labores de intermediación entre los posibles compradores captados por su red de asociados inmobiliarios a nombre de
“EL CLIENTE”, a fin de lograr las operaciones de compraventa de las unidades privativas que integran “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”, logrando el mejor precio y condiciones de venta.
IV. OFERTA. Entregar a “EL CLIENTE” de manera oportuna a su recepción, todas y cada una de las ofertas de posibles compradores que reciba a través de su red de asociados inmobiliarios con el fin de que “EL CLIENTE” estudie y determine la aceptación o la negación de las mismas.
En caso de que “EL CLIENTE” acepte la oferta y la operación de compraventa se llegase a concretar por este conducto, “LAS PARTES” acuerdan que se utilicen los formatos y contratos aprobados por “EL CLIENTE”, los cuales deberán cumplir con la legislación aplicable en la materia.
Las ofertas a que alude este inciso serán enviadas a “EL CLIENTE”, a través de la plataforma WhatsApp y/o correo electrónico al teléfono y/o correo que se establecen en el presente Contrato.
En este mismo supuesto, si “EL CLIENTE”, no manifiesta por estas mismas vías algún comentario dentro de las 24 horas siguientes, se entenderá que ha aceptado la oferta y por tanto, “CONCEPTO MASTER BROKER” realizará los actos necesarios para proceder a la formalización de la compraventa de la unidad privativa integrante de “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”.
V. INFORMACIÓN. “EL CLIENTE”, deberá mantenerse informado y autorizará las demostraciones y negociaciones de las unidades privativas integrantes de “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”; para esto, “CONCEPTO MASTER BROKER” mediando la previa solicitud de “EL CLIENTE” podrá entregar un Reporte Bimestral de las actividades realizadas a través de sus asociados inmobiliarios.
SEGUNDA.- VIGENCIA. LAS PARTES acuerdan que el presente Contrato estará vigente a partir de su fecha de firma y hasta que se firme el Contrato de Promesa de Compraventa de la última unidad privativa de “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”.
TERCERA.- EXCLUSIVIDAD. Durante la vigencia del presente contrato, “EL CLIENTE”, no podrá realizar por sí o solicitar a persona alguna la prestación de los servicios objeto de este contrato en relación con “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”, pero sí podrá hacerlo respecto de cualquier otro inmueble que sea de su propiedad.
CUARTA.- HONORARIOS. “EL CLIENTE”, se obliga y compromete a pagar las siguientes cantidades en concepto de contraprestación por los servicios objeto del presente Contrato:
CUANDO SEA POR TRANSFERENCIA:
A) A “CONCEPTO MASTER BROKER”, un honorario equivalente al % ( por
ciento) del precio de la unidad privativa integrante de “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”, más el correspondiente Impuesto al Valor Agregado (IVA). Este honorario será cubierto precisamente el día de la firma del Contrato de Promesa de Compraventa por el comprador final mediante transferencia electrónica a la cuenta:
BANCO: XXXXX
Cuenta No. XXXXXXX Clabe xxxxxx
Titular: “PROYECTOS IDEALES DEL SURESTE”, S.C.P.
B) A el asociado inmobiliario o agencia inmobiliaria que haya cerrado la venta con el comprador final, un honorario equivalente al % ( por ciento) del precio de la unidad privativa integrante de “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”. Este honorario será cubierto precisamente el día de la firma del Contrato de Promesa de Compraventa por el comprador final, mediante transferencia electrónica a la cuenta :
BANCO: XXXXX
Cuenta No. XXXXXXX Clabe xxxxxx
Titular: “XXXX”.
CUANDO SEA EN EFECTIVO:
A) A “CONCEPTO MASTER BROKER”, un honorario equivalente al % ( por ciento) del precio de la unidad privativa integrante de “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”, en efectivo, Moneda Nacional. Este honorario será cubierto precisamente el día de la firma del Contrato de Promesa de Compraventa por el comprador final, en el domicilio de “EL CLIENTE”.
En caso de que el comprador final decidiere por cualquier causa rescindir el Contrato de Promesa de Compraventa, los honorarios entregados a favor “CONCEPTO MASTER BROKER” y al asociado inmobiliario, no serán reembolsables a “EL CLIENTE”.
Si “EL CLIENTE” durante la vigencia de la exclusividad del presente Contrato, vende alguna de las unidades privativas integrantes de “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO” por sí mismo o con la intervención de terceros pagará a “CONCEPTO MASTER BROKER” el equivalente al % ( por ciento) del precio en que se cierre la operación, comprometiéndose este último a prestar todos los servicios arriba señalados.
QUINTA.- OBLIGACIONES DE “CONCEPTO MASTER BROKER”.
1.- “CONCEPTO MASTER BROKER” se encargará de administrar, comercializar y promocionar con fines de venta por conducto de sus asociados inmobiliarios, “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”.
2.- “CONCEPTO MASTER BROKER” proporcionará toda la información a los asociados inmobiliarios que deseen promocionar “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”.
3.- ”CONCEPTO MASTER BROKER” coordinará con “EL CLIENTE” el control de apartados de las unidades privativas integrantes de “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”, ya sean estos depositados a cuenta de “EL CLIENTE” o en efectivo.
4.- ”CONCEPTO MASTER BROKER”, de acuerdo con las instrucciones de “EL CLIENTE”:
a) Enviará la información de los compradores de cada una de las unidades privativas integrantes de “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO” a “EL CLIENTE” vía correo electrónico al correo electrónico XXXXX, para que éste proceda a la elaboración de los contratos de Promesa o Privado de Compraventa para que en un plazo de xxxxx días hábiles lo haga llegar a “CONCEPTO MASTER BROKER” y éste a su vez al asociado inmobiliario de que se trate para su envío a revisión del posible comprador; o
b) Llenará el Contrato Xxxxx de Promesa o Privado de Compraventa autorizado por el Departamento Jurídico de “EL CLIENTE” y se lo proporcionará al asociado inmobiliario de que se trate para su envío a revisión del posible comprador.
En ambos casos, la firma de los contratos será en las oficinas de “EL CLIENTE” o en cualquier otro lugar convenido por las partes.
SEXTA.- OBLIGACIONES DE “EL CLIENTE”. En virtud del presente contrato “EL CLIENTE”, se obliga a lo siguiente:
1.- Dar todas las facilidades necesarias para que “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO” sea mostrado a los posibles compradores;
2.- No interferir durante las visitas que realicen el “CONCEPTO MASTER BROKER” o los asociados inmobiliarios y los posibles a “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO”;
3.- Mantener “EL INMUEBLE”/”EL DESARROLLO” en condiciones de limpieza, higiene y seguridad, y al corriente de contribuciones fiscales, pago de servicios y demás obligaciones que se generen en relación con la misma;
4.- No intervenir en las negociaciones hasta el momento que sea indispensable su participación para la celebración del contrato de promesa de venta o de compraventa respectivo y posterior escrituración ante Notario Público.
5.- Pagar la contraprestación pactada en el presente Contrato por los servicios de “CONCEPTO MASTER BROKER” así como la contraprestación a los asociados inmobiliarios. 6.- Responder por cualquier reclamación hecha por los compradores respecto de garantías, daños y vicios ocultos que se presenten en la unidad privativa que haya sido comercializada durante la vigencia del presente contrato. Liberando a “CONCEPTO
MASTER BROKER” de cualquier responsabilidad.
7.- Sujetar el Contrato de Promesa de Compraventa que firme con los compradores finales, así como la Póliza de Garantía que a éstos les extienda en su caso, a las disposiciones legales aplicables en materia civil y en especial a las disposiciones establecidas en materia de Protección al Consumidor.
8.- Sujetarse a las Políticas de Comercialización que se adjuntan como parte integrante del presente Contrato y se identifican como Anexo “E”.
9.- Cubrir los gastos de la publicidad digital e impresa que decida en conjunto con “CONCEPTO MASTER BROKER”, los cuales se determinarán posteriormente a la firma del presente Contrato, una vez que se haya conceptualizado “EL PROYECTO INMOBILIARIO”, se haya estimado el valor total del mismo y se hayan asignado los recursos y tipo de publicidad de acuerdo con las características particulares de dicho proyecto. Una vez determinados los costos, se agregarán al Anexo “F” de este documento y LAS PARTES desde ahora convienen que formará parte integrante del mismo.
10.- Entregar a “CONCEPTO MASTER BROKER” los documentos e información enlistados en el documento que se agrega al presente documento como Anexo “B”. “EL CLIENTE” deberá entregar dichos documentos e información a más tardar dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la firma de este Contrato.
SÉPTIMA.- REVOCACIÓN.- “EL CLIENTE” cuenta con un plazo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la firma del presente Contrato para revocar su consentimiento sobre la operación sin responsabilidad alguna de su parte, mediante aviso por escrito por correo electrónico a “CONCEPTO MASTER BROKER”. Se tomará como fecha de revocación, la de recepción para su envío.
OCTAVA.- CAUSAS DE RESCISIÓN. Será causa de rescisión del presente Contrato cualquier incumplimiento de LAS PARTES a las obligaciones pactadas en el presente instrumento, debiendo la parte que incumpla cubrir a la otra los daños y perjuicios que con su incumplimiento le llegara a ocasionar.
NOVENA.- PENA CONVENCIONAL. Solamente para el caso de que “EL CLIENTE”, por cualquier causa, decida no construir “EL INMUEBLE/”EL DESARROLLO”, deberá de pagar a favor de “CONCEPTO MASTER BROKER”, una pena convencional de $100,000.00 (Cien Mil Pesos 00/100 Moneda Nacional).
Dicha pena convencional, deberá pagarla “EL CLIENTE” a “CONCEPTO MASTER BROKER”, dentro de los 10 (diez) días hábiles contados a partir de que le notifique por escrito vía correo electrónico la decisión de no llevar a cabo “EL INMUEBLE/”EL DESARROLLO”.
DÉCIMA.- PARTES INDEPENDIENTES. Ni este Contrato ni algún otro contrato, instrumento, documento o transacción contemplados en éste, serán interpretados, entendidos o traducidos en el sentido de hacer a “EL CLIENTE” socio o copartícipe con “CONCEPTO MASTER BROKER” en el sentido de crear alguna relación laboral, similar o una sociedad.
Adicionalmente, “EL CLIENTE” indemnizará y mantendrá a “CONCEPTO MASTER BROKER” a salvo de cualquiera y de todas las demandas (incluyendo gastos judiciales y honorarios de abogados) relativas a los Contratos de Promesa de Compraventa y Definitivos firmados con los compradores finales.
DÉCIMA PRIMERA.- CONFIDENCIALIDAD. “LAS PARTES” se obligan a mantener absoluta reserva y a considerar como estrictamente confidencial toda la información y los datos que se suministren recíprocamente en relación con el objeto del presente Contrato, (en lo sucesivo Información Confidencial). Asimismo, se obligan a devolver una vez que haya sido utilizada, toda la documentación, informes, listados, bases de datos y demás información que hubiese sido proporcionada por “LAS PARTES” para llevar a cabo las obligaciones derivadas del presente Contrato. Lo anterior, siempre y cuando la Información Confidencial no incluya información que: (i) en la fecha de firma de este Contrato se encuentre en posesión de cualquiera de las partes habiéndola recibido sin el carácter de confidencial; (ii) en la fecha en que se le haya dado a conocer, sea del dominio público;
(iii) después de haber sido dada a conocer, sea publicada o de cualquier manera llegue a formar parte del dominio público, sin responsabilidad por cualquiera de las partes o por medios ajenos a ellas (pero solo después de que dicha información haya sido publicada o haya llegado a formar parte del dominio público); o, (iv) se haya tenido legal acceso a la misma a través de un tercero sin que existan restricciones de confidencialidad hacia el propietario de la información.
“LAS PARTES” acuerdan que en caso de que cualquiera de ellas sea requerido, a través de una resolución administrativa o judicial dictada por autoridad competente, a divulgar la información de la otra parte, aquella deberá notificar, incluso vía correo electrónico, dicha situación a más tardar al día hábil siguiente de aquel al haya recibido dicha notificación. Lo anterior, con el objeto de estar en condiciones de realizar aquellos actos que a su mejor derecho convengan, incluyendo la obtención de una orden de protección adecuada, medida precautoria u otro recurso apropiado para prevenir la divulgación de la información requerida.
“LAS PARTES” acuerdan que se proporcionarán toda aquella documentación que les sea requerida a más tardar al día hábil siguiente de la fecha en que les sea solicitada, con el objeto de dar cabal cumplimiento al requerimiento de la autoridad.
“LAS PARTES” manifiestan su conformidad con todo lo dispuesto en la presente cláusula y que en caso de haberse entregado información a la autoridad correspondiente ello no constituirá violación a la obligación de confidencialidad.
Las obligaciones de la presente cláusula tendrán la misma vigencia del presente contrato y cinco años posteriores a su vencimiento.
“LAS PARTES” de común acuerdo establecen que la parte que incumpla a esta cláusula será acreedora de una pena convencional por la cantidad de $200,000.00 (Doscientos Mil
Pesos 00/100 Moneda Nacional) en caso de que se compruebe que haya realizado conductas tendientes a divulgar información de carácter confidencial propiedad de la otra parte, sin perjuicio de la responsabilidad que pudiere tener en términos de la Ley de la Propiedad Industrial y el Código Penal Federal vigentes.
DÉCIMA SEGUNDA.- DOMICILIOS. Todas las notificaciones, requerimientos, autorizaciones, renuncias, avisos y otras comunicaciones que deban darse LAS PARTES conforme a este Contrato, deberán hacerse por escrito y considerarse como debidamente entregadas si se encuentran firmadas por la respectiva parte contractual o su representante legal y entregadas con acuse de recibo al destinatario o confirmación de recepción en:
“CONCEPTO MASTER BROKER”.
Domicilio: Calle 35-“A” No. 202-“G”, por 20 y Calle S/nombre, Col. Monterreal, Municipio xx Xxxxxx, Yucatán, C.P. 97133
Correo Electrónico: xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx WhatsApp:
Atención: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
“EL CLIENTE”:
Domicilio: XXXXXX
Correo Electrónico: XXXXXXXXX Atención: XXXXXXXXXX WhatsApp:
DÉCIMA TERCERA.- DATOS PERSONALES. Los datos personales que se obtengan por “CONCEPTO MASTER BROKER” deben ser tratados conforme a los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad.
Para efectos de lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, ““CONCEPTO MASTER BROKER” adjunta al presente contrato su Aviso de Privacidad en el Anexo “G”, en el cual informa al titular de los datos personales, qué información recabará y con qué finalidades.
En caso de tratarse de datos personales sensibles, “CONCEPTO MASTER BROKER” debe obtener consentimiento expreso y por escrito del titular para su tratamiento. No podrán crearse bases de datos que contengan datos personales sensibles, sin que se justifique la creación de las mismas para finalidades legítimas, concretas y acordes con las actividades o fines explícitos que persigue el sujeto regulado.
En caso de que los datos personales fueren obtenidos de manera indirecta del titular, se debe informar a los titulares de los datos personales que así lo soliciten cómo se dio la transferencia u obtención de dichos datos y se deben observar las siguientes reglas:
a. Si fueron tratados para una finalidad distinta prevista en una transferencia consentida, o si los datos fueron obtenidos de una fuente de acceso público, el aviso de privacidad se debe de dar a conocer a “EL CLIENTE” en el primer contacto que se tenga con él.
b. Cuando “CONCEPTO MASTER BROKER” pretenda utilizar los datos para una finalidad distinta a la consentida, el aviso de privacidad debe ser actualizado y darse a conocer al titular previo aprovechamiento de los datos personales.
La persona titular de los datos personales o su representante legal podrá solicitar a “CONCEPTO MASTER BROKER” en cualquier momento el acceso, rectificación, cancelación u oposición respecto a sus datos personales y datos personales sensibles.
DÉCIMA CUARTA.- JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en el presente Contrato, las partes manifiestan su conformidad en someterse a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad xx Xxxxxx, renunciando expresamente al fuero de su domicilio presente o futuro.
Igualmente, ante cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del presente contrato, “EL CLIENTE” puede acudir a la PROFECO, la cual tiene funciones de autoridad administrativa encargada de promover y proteger los derechos e intereses de los consumidores y procurar la equidad y certeza jurídica en las relaciones de consumo, desde su ámbito competencial.
DÉCIMA QUINTA. REGISTRO DEL MODELO DE CONTRATO DE ADHESIÓN.- El presente
modelo de Contrato de Adhesión se encuentra en trámite de ser inscrito en el Registro Público de Contratos de Adhesión de la PROFECO bajo el número de expediente PCF.B.E.7/008637-2022. Cualquier diferencia entre el texto del Contrato de Adhesión registrado ante la Procuraduría y el utilizado en perjuicio de los consumidores, se tendrá por no puesta.
Leído que fue por las partes el contenido del presente Contrato y sabedoras de su alcance legal, lo firman por duplicado el XX de XXXX de XXXX en la Ciudad xx Xxxxxx, Estado de Yucatán, por lo que, “CONCEPTO MASTER BROKER” está obligada a entregar un tanto del contrato y sus anexos originales firmados a “EL CLIENTE”.
El presente Contrato y sus anexos pueden signarse: de manera autógrafa original o a través de una firma electrónica avanzada o fiable que será considerada para todos los efectos con la misma fuerza y consecuencia que la firma autógrafa original de la parte firmante.
“EL CLIENTE”
“CONCEPTO MASTER BROKER”
“XXXXXXX. Representada por XXXXXXXXXXXX/POR SU PROPIO DERECHO
“PROYECTOS IDEALES DEL SURESTE”, S.C.P.
Representada por Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
Autorización para la utilización de información con fines mercadotécnicos o publicitarios.- “EL CLIENTE” sí ( ) no ( ) acepta que “CONCEPTO MASTER BROKER” ceda o transmita a terceros, con fines mercadotécnicos o publicitarios, la información proporcionada con motivo del presente contrato y sí ( ) no ( ) acepta que “CONCEPTO MASTER BROKER” le envíe publicidad sobre bienes y servicios.
Firma de “EL CLIENTE”
Todo consumidor que no desee recibir publicidad por parte de los proveedores en términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor, puede inscribir de manera gratuita su número telefónico en el Registro Público de Consumidores (también denominado Registro Público para Evitar Publicidad) de la PROFECO, a través del portal web xxxxx://xxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/ o al 5596280000 (desde la Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey) u 8009628000 (desde el resto de la República Mexicana).
Queda prohibido a los proveedores que utilicen información sobre consumidores con fines mercadotécnicos o publicitarios y a sus clientes, utilizar la información relativa a los consumidores con fines diferentes a los mercadotécnicos o publicitarios, así como enviar publicidad a los consumidores que expresamente les hubieren manifestado su voluntad de no recibirla o que estén inscritos en el Registro Público de Consumidores (también denominado Registro Público para Evitar Publicidad). Los proveedores que sean objeto de publicidad son corresponsables del manejo de la información de consumidores cuando dicha publicidad la envíen a través de terceros.
Anexo “A”
Identificación Oficial representante de “CONCEPTO MASTER BROKER”
Anexo “B”
Especificaciones de “EL INMUEBLE/”EL DESARROLLO”
(Se sugiere agregar memoria descriptiva del proyecto que contenga características técnicas, de seguridad, extensión del terreno, superficie construida, tipo de estructura, instalaciones, acabados, accesorios, lugares de estacionamiento, servicios incluyendo los básicos, estado físico general, áreas de uso común con otros inmuebles, porcentaje de indiviso, así como el detalle del equipamiento urbano existente en la localidad dónde se encuentra el inmueble y los sistemas y medios de transporte existentes para llegar a él).
Firma de “EL CLIENTE”
Firma de “CONCEPTO MASTER BROKER”
Anexo “C”
Información y documentación que se pone a disposición de “EL CLIENTE”
Información/Documentación | ¿Le informaron sobre/exhibieron la documentación correspondiente? | Medio a través del cual se pone a disposición de “EL CLIENTE” (Domicilio o link del sitio web en el cual está disponible la documentación para consulta) | |
Sí | No | ||
Personalidad de “CONCEPTO MASTER BROKER” y autorización para promover la venta | |||
Carta de Derechos | |||
Aviso de Privacidad | |||
Beneficios adicionales | |||
Opciones de pago, con especificación del monto a pagar en cada una de ellas | |||
Erogaciones distintas del precio de la venta | |||
Condiciones bajo las cuales pueden cancelar la operación |
Importante para “EL CLIENTE”.- Antes de que firme como constancia de que tuvo a su disposición la información y documentación relativa al inmueble, es importante cerciorarse de que la misma coincide con la que efectivamente le haya mostrado y/o proporcionado “CONCEPTO MASTER BROKER”.
Firma de “EL CLIENTE”
Firma de “CONCEPTO MASTER BROKER”
Anexo “D”
Identificación de “EL CLIENTE” o de su representante legal
Anexo “E”
Políticas de Comercialización
Firma de “EL CLIENTE”
Firma de “CONCEPTO MASTER BROKER”
Anexo “F” Publicidad
Firma de “EL CLIENTE”
Firma de “CONCEPTO MASTER BROKER”
Anexo “G” Aviso de Privacidad
Anexo “H”
Carta de derechos de ”EL CLIENTE”
• Recibir información y publicidad veraz, clara y actualizada sobre la operación de consumo; de forma tal, que esté en posibilidad de tomar la mejor decisión.
• Firmar un contrato de adhesión bajo el modelo inscrito en la Procuraduría Federal del Consumidor, en el cual consten los términos y condiciones de la intermediación. Posterior a su firma, EL PROFESIONAL tiene la obligación de entregar una copia del contrato firmado a EL PROPIETARIO.
• Contar con canales y mecanismos de atención gratuitos y accesibles para consultas, solicitudes, reclamaciones y sugerencias a EL PROFESIONAL y conocer el domicilio señalado por ésta para oír y recibir notificaciones.
• Tener a su disposición un Aviso de Privacidad para conocer y en su caso consentir el tratamiento que se dará a los datos personales que proporcione, que sus datos personales sean tratados conforme a la normatividad aplicable y conocer los mecanismos disponibles para realizar el ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
• Derecho a la protección por parte de las autoridades competentes y conforme a las leyes aplicables, incluyendo el derecho a presentar denuncias y reclamaciones ante las mismas.
Los derechos previstos en esta carta, no excluyen otros derivados de tratados o convenciones internacionales de los que los Estados Unidos Mexicanos sea signatario; de la legislación interna ordinaria; o de reglamentos expedidos por las autoridades administrativas competentes.
Recibí
“EL CLIENTE”
Anexo “I”
Listado de servicios adicionales, especiales o conexos
(El presente formato debe contener el listado de los servicios adicionales, especiales o conexos que “EL CLIENTE” puede solicitar de forma opcional por conducto de la intermediación, en concordancia con lo dispuesto en el contrato de intermediación del cual forma parte integrante).
Firma de “EL CLIENTE”
Firma de “CONCEPTO MASTER BROKER”