CONTRATO-AUTORIZACIÓN
Local Usuario Contrato Zona
CONTRATO-AUTORIZACIÓN
sociedad general de autores y editores para la utilización del repertorio de pequeño derecho en amenizaciones de carácter secundario e incidental en grandes superficies, grandes almacenes, hipermercados y en centros comerciales.
Nombre del establecimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Tipo de local . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . .
Domicilio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Nº . . . . . . . . . . . . . . . .
Población . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Provincia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . CP . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
En . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fecha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
INTERVIENEN
De una parte, la Sociedad General de Autores y Editores, domiciliada en Madrid, xxxxx xx Xxxxxxxx VI, número 4, representada por
D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, en su condición de Director General de SGAE, con CIF X-00000000 y domicilio social en Madrid, X/ Xxxxxxxx XX, 0.
A esta parte se denominará en adelante SGAE.
Y de otra, D. / Dña. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
mayor de edad y con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , Nº . . . . . . . . . . . . . . . . .
Población . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Provincia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . CP . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Teléfono . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Móvil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Email . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
con PERMISO DE RESIDENCIA PASAPORTE NIF DNI / número . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
actuando [1] como . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
A esta parte se denominará en adelante EMPRESA.
Asociación Empresarial a la que pertenece: ………………………………………………………………………………………………………………………….
Tiene dicha Asociación Convenio Sectorial suscrito con SGAE: SI NO
Se adhiere(*) al Convenio Sectorial suscrito con SGAE, cuyos términos declara conocer, y a las Condiciones Adicionales de contratación del mismo a las que tiene acceso en la dirección web indicada al inicio:
SI NO
(*) una vez verificada la existencia de dicho Convenio y para que la adhesión pueda producir sus efectos será necesario que cumpla con los requisitos previstos en el mismo.
[1] En su propio nombre
En representación de la sociedad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
domiciliada en calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . n° . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Población . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Provincia.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . CP . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
con CIF n° . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , según acredita con la escritura de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , otorgada el . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
ante el Notario de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , D. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
bajo el número de su protocolo.
EXPONEN
I. Que SGAE es una entidad de gestión de derechos de autor, regulada por las disposiciones del Título IV del Libro III del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, así como por sus Estatutos. Obtuvo la autorización del Ministerio de Cultura para actuar en esa condición de entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual mediante la Orden del Ministerio de Cultura de 1 xx xxxxx de 1988, y le corresponde, entre otros, el ejercicio del derecho de comunicación pública, y el derecho de remuneración previsto en el artículo 90.4 del TRLPI de los autores y sus derecho-habientes, en los términos previstos en sus Estatutos.
II. A los efectos del presente contrato, se entenderá que el repertorio administrado por SGAE comprende las composiciones musicales (con o sin letra), obras dramáticas, dramático-musicales y cinematográficas y demás obras audiovisuales, cuyos titulares del derecho de comunicación pública y de remuneración hayan confiado y le confíen en el futuro a SGAE, conforme a sus Estatutos, la gestión de tales derechos.
III. a ) Que EMPRESA desea hacer uso de las obras del repertorio de SGAE en las modalidades de comunicación pública que se indican en la estipulación Primera de este contrato, con las condiciones que en el mismo se señalan, y para las modalidades contempladas en este documento.
b) Que los establecimientos propiedad de EMPRESA que bajo la denominación comercial de:
en que se utiliza el repertorio administrado por SGAE en las modalidades que se expresan en la estipulación Primera, son los que quedan recogidos en el Anexo I entregado por EMPRESA y que se une al presente contrato, con expresión para cada uno de ellos de las modalidades de comunicación pública utilizadas y de los datos necesarios para la aplicación de las tarifa generales de SGAE que a cada modalidad corresponden, diferenciando las superficies de exposición, exhibición o venta de las destinadas a aparcamientos.
c) Que EMPRESA dispone de, al menos, un establecimiento de superficie superior a 2.000 metros cuadrados, o de distintos establecimientos de superficie inferior a la citada, pero que en su conjunto global superan los 30.000 metros cuadrados.
IV. Que reconociéndose mutuamente, según actúan, la capacidad legal nece- saria para contratar y obligarse, llevan a efecto este contrato (“el Contrato”) en base a las siguientes.
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- Objeto.
SGAE concede a EMPRESA autorización no exclusiva, bajo las condiciones y dentro de los límites que se establecen a continuación, para la comunicación pública de las obras musicales y audiovisuales de su repertorio como amenización de carácter secundario e incidental por cualquier procedimiento o medio, en los locales mencionados en el Anexo I de este contrato entregado por EMPRESA.
A los efectos del presente contrato:
• Se entenderá que el repertorio audiovisual comprende las aportaciones de los autores literarios (argumento, guion y diálogos), de dirección realización, y autores de la banda sonora de las obras cinematográficas, series de televisión, telenovelas, telefilmes, documentales y, en general, las creaciones expresadas mediante una serie de imágenes asociadas, con o sin sonorización incorporada que tengan la consideración de obra audiovisual y sean administradas por la Entidad. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que cualquier obra de estas clases pertenece al repertorio de SGAE.
• Se entenderá que el repertorio musical comprende todas las obras de pequeño derecho que sean administradas por la Entidad. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que cualquier obra de estas clases pertenece al repertorio de SGAE. Son obras de “pequeño derecho”:
a) Todo tipo de composiciones musicales (con o sin letra), las obras musicales contenidas en cualquier otra obra, incluidas las obras audiovisuales, y las creaciones literarias de pequeña extensión, dramatizadas o no, creadas para los espectáculos denominados de “variedades”, o representadas o recitadas en tales espectáculos como poemas, chistes, sketchs y producciones análogas.
b) Se asimilan a las obras de “pequeño derecho” y se entienden incluidas en el repertorio de esta clase de obras, las obras dramáticas, las dramático- musicales, las coreográficas, las pantomímicas y demás obras teatrales o creadas, o adaptadas, para la escena o lugar de representación análogo, siempre que se utilicen en forma fragmentaria no escénica y que la duración de ejecución del fragmento no exceda de quince minutos ni sobrepase el veinticinco por ciento de la duración total de la obra.
• Se entenderá por amenización de carácter secundario e incidental, aquella que xx xxxxx, no altere la naturaleza del establecimiento ni de su actividad.
No obstante la autorización concedida, SGAE se reserva la facultad de prohibir la ejecución de determinada obra, con carácter excepcional, y mediando siempre petición expresa del autor. Dicha prohibición será comunicada por escrito a EMPRESA.
SEGUNDA.- Derechos reservados.
1. Quedan excluidos del objeto de este Contrato, y reservados a los titulares de las obras, cuantos derechos les correspondan en relación a modalidades de utilización de las mismas no previstas en la estipulación PRIMERA, o que hayan de efectuarse en forma y condiciones distintas a las expresamente mencionadas en dicha Estipulación.
2. Especialmente quedan excluidas del objeto del contrato la comunicación pública de obras del repertorio de SGAE en los siguientes actos y modalidades: a). Representaciones de obras dramáticas o lírico dramáticas, espectáculos de
variedades y conciertos sinfónicos..
b). La utilización de las obras del repertorio administrado por SGAE en toda clase xx xxxxxx, incluidos aquellos que tienen lugar con motivo de la celebración de fiestas de fin de año, bodas, banquetes y actos análogos.
c) La utilización de las obras del repertorio SGAE para pases de modelos.
d) Cualquier modalidad de actuaciones en directo.
e) La proyección, exhibición y presentación de obras audiovisuales a partir de soportes lícitamente producidos y destinados para uso privado.
3. EMPRESA no podrá utilizar las obras del repertorio de SGAE en modalidad y forma distintas a la autorizada, sin solicitar y obtener previamente su autorización por escrito.
TERCERA.- Otros derechos de propiedad intelectual.
Las disposiciones contenidas en este contrato dejan a salvo, en todo caso, los derechos que la legislación reconoce a los artistas, intérpretes o ejecutantes, a los productores de fonogramas y a los productores de grabaciones audiovisuales.
CUARTA.- Intransmisibilidad de la autorización.
La autorización concedida en este contrato por SGAE será, en todo caso, intransmisible. EMPRESA responderá ante SGAE de cuantas obligaciones se establecen en este contrato, aunque transitoriamente ceda su local a otra persona física o jurídica, ya sea a título oneroso o gratuito.
QUINTA.- Remuneración. Forma de pago.
1) Como remuneración por la autorización concedida, y, en tanto la misma esté vigente, EMPRESA satisfará a SGAE, por cada mes o fracción, la cantidad establecida en las tarifas generales de la entidad de gestión, que se encuentran en: xxx.xxxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxx-xx-xxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxx/ establecimientos-comerciales/ y que EMPRESA declara conocer, siendo el importe mensual de la remuneración correspondiente a la fecha de la firma del presente contrato, la que se expresa en el Anexo I y que resulta de la aplicación de las tarifas generales a los datos que para cada uno de los establecimientos se detallan en el citado anexo.
2) Serán de aplicación, en su caso, los descuentos previstos en las mencionadas tarifas, en los términos recogidos en las mismas, así como en las notas preliminares de las Tarifas Generales de SGAE, a las que también tiene acceso en la web xxx.xxxx.xx.
3) Las tarifas serán revisadas en el mes de enero de cada año, publicándose en xxx.xxxx.xx los criterios de revisión, siempre de acuerdo con lo previsto en la normativa que se encuentre vigente. Se tomará como base para cada revisión el importe de la tarifa que viniere siendo aplicada en el período inmediato anterior. La revisión de las tarifas será automática y surtirá efectos desde el 1 de enero de cada año, sin necesidad de notificación expresa a EMPRESA.
4) Para facilitar el pago de la remuneración, EMPRESA designa la cuenta corriente que a continuación se indica:
IBAN: ............................................................................................................
SWIFT: ...........................................................................................................
5) El pago de la remuneración indicada se efectuará de forma:
Trimestral Anticipado (dentro del primer mes de cada trimestre) Semestral Anticipado (dentro del primer mes del semestre) Anual Anticipado (dentro del segundo mes de la anualidad)
6) Efectos del contrato:
desde la fecha de su firma
carácter retroactivo desde:
SEXTA.- Obligaciones formales de Empresa
1) En caso de apertura de un nuevo establecimiento o cierre de alguno de ellos, EMPRESA queda obligada a comunicarlo de forma inmediata por escrito a SGAE, facilitando en ese momento los datos previstos en el Anexo I.
2) Los datos declarados por EMPRESA en este documento, referidos a sus establecimientos y al número relacionado de estos, determinan la cuantía de la remuneración que ha de satisfacer a SGAE, por lo que EMPRESA deberá comunicarle por escrito, con un mínimo de dos días hábiles de antelación a la fecha en que haya de producirse, cualquier variación que afecta a los datos señalados y, consecuentemente, a la cuantía de las cantidades a satisfacer a SGAE.
3) La falta de comunicación de las variaciones o alteraciones a que se hace mención en los números anteriores, cuando la misma hubiera significado un aumento de la remuneración establecida, dará lugar a que SGAE practique la oportuna liquidación de las diferencias producidas desde la fecha de la firma del presente contrato, hasta el momento en que tenga conocimiento del hecho.
SÉPTIMA.- Duración y resolución del contrato
1) El contrato entrará en vigor el día de su firma y finalizará el 31 de diciembre del año de su entrada en vigor, pudiendo prorrogarse tácitamente por periodos
OCTAVA.- Tratamiento de datos personales.
De conformidad con la normativa de protección de datos, le informamos de que SGAE trata los datos facilitados por la EMPRESA con motivo de la gestión de los derechos de Propiedad Intelectual y la verificación del uso de los derechos de explotación. Los datos serán conservados con ese fin durante la vigencia de la relación contractual y, aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades, según la legislación aplicable.
Manifiesto mi oposición a la recepción de comunicaciones comerciales.
Asimismo, los datos serán tratados para enviar a la EMPRESA comunicaciones comerciales, incluso por medios electrónicos, sobre noticias e información de SGAE, salvo que se oponga marcando la siguiente casilla. Si no manifiesta su voluntad en contra, los datos serán conservados indefinidamente con esta finalidad.
La base legal para el tratamiento de los datos del EMPRESA es la ejecución del presente contrato. El tratamiento de los datos para la remisión de comunicaciones comerciales está basado en el interés legítimo, si bien, como se ha indicado, LA EMPRESA puede oponerse en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento efectuados con anterioridad. Todos los datos solicitados son obligatorios para realizar las finalidades indicadas. LA EMPRESA garantiza que los datos facilitados son veraces y, en caso de facilitar datos de terceros, manifiesta contar con el consentimiento de los mismos y se compromete a trasladarle la información contenida en la presente Cláusula, eximiendo a SGAE de cualquier responsabilidad en este sentido.
Los datos facilitados por la EMPRESA podrán ser comunicados a (i) El Ministerio de Cultura, Administraciones Públicas y Organismos Judiciales, en los casos previstos por la Ley; (ii) Bancos y entidades financieras para gestionar los cobros y/ o pagos; (iii) Entidades de gestión de derechos nacionales, (iv)
Asociaciones Empresariales cuando dicha cesión sea necesaria para la consecución de los fines del Convenio suscrito o para la realización de funciones de mediación.
De acuerdo con la normativa de protección de datos, la EMPRESA puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, así como el derecho a la portabilidad de sus datos, contactando con SGAE o su responsable en materia de Protección de Datos (Responsable del Departamento de Calidad) a través de la dirección indicada o a través de xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xx, en los términos establecidos en la normativa vigente. También puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos, si considera que sus derechos han sido vulnerados.
NOVENA.- Gastos.
Todos los gastos, impuestos y tributos de cualquier índole que se deriven directa o indirectamente del presente contrato, serán de cuenta de EMPRESA.
DÉCIMA.- Jurisdicción
Ambas partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a los Juzgados y Tribunales de:
anuales, salvo denuncia por cualquiera de las partes, por escrito, con una , para la
antelación mínima de un mes a la fecha de su finalización.
2) Serán causas de resolución del contrato, además de las legales, el incumplimiento por EMPRESA de la obligación de pago establecida en la estipulación QUINTA. Bastará para que tenga lugar la resolución la notificación, por escrito y certificada, enviada al domicilio de EMPRESA.
3) En caso de resolución por parte de EMPRESA, será requisito imprescindible el cese efectivo en la utilización del repertorio de SGAE y la retirada material del establecimiento de los aparatos, medios o procedimientos utilizados para las amenizaciones. Si posteriormente a que la EMPRESA comunique la resolución, continua haciendo uso del repertorio de SGAE, el contrato se considerará vigente a todos los efectos.
4) Toda cantidad no satisfecha a su vencimiento devengará a favor de SGAE y
resolución de cuantas cuestiones puedan suscitarse con motivo del presente contrato.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman por duplicado, en el lugar y fecha antes indicados.
hasta la fecha de abono, los gastos de devolución si los hubiere, más el interés previsto en la Ley 3/2004 de 29 de Diciembre (BOE 314 / 30-12-2004) en los términos y condiciones que la misma prevé, incrementado.
Por EMPRESA
Por SGAE
Al CoNtRAto-AUtoRIZACIÓN
relación de los establecimientos de empresa
ModAlIdAdES dE UtIlIZACIÓN dEl REPERtoRIo
Solo obras musicales(1)
FECHA DE CONTRATO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
FECHA DECLARACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Sociedad CIF Enseña comercial domicilio CP localidad Provincia CC.AA.
Sí/No
Superficie de exposición,
exhibición o venta (a)
Superficie de Aparca- miento (b)
Sí/No
obras musicales y audiovisuales(2)
Superficie de exposición,
exhibición o venta (c)
(1) esta modalidad de explotación se producirá cuando la utilización del repertorio se realice a través de aparatos, procedimientos o medios exclusivamente sonoros.
(2) esta modalidad de explotación se producirá cuando la utilización del repertorio se realice a través de aparatos, procedimientos o medios no exclusivamente sonoros.
Superficie total m2
0,00
0,00
0
ANEXo I
dEtERMINACIÓN dE lA tARIFA GENERAl MENSUAl
Local Usuario Contrato Zona
(a) Superficie de exposición, exhibición o venta IMPoRtE tARIFA
tramo de superficie en tarifas anterior a la superficie total
diferencial de superficie
(b) Superficie de aparcamiento IMPoRtE tARIFA
(c) Superficie de exposición, exhibición o venta IMPoRtE tARIFA
importe por m2 tramo diferencial de superficie
Mod. 361GA - Anexo I
totAl A PAGAR (a)
V201805FGH
0,00
0,00
Por EMPRESA,
totAl A PAGAR (b)
Por SGAE,
0,00
0,00
totAl PAGo EMPRESA
totAl A PAGAR (c)
0,00
0,00
0,00
€/MES
sociedad general de autores y editores
Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA
A cumplimentar por el acreedor
To be completed by the creditor
SEPA Direct Debit Mandate
Referencia de la orden de domiciliación:
Mandate reference
Identificador del acreedor : ES51020G28029643
Creditor Identifier
Nombre del acreedor / Creditor´s name
SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES
Dirección / Address
XXXXXXXX VI, 4
Código postal - Población - Provincia / Postal Code - City - Town
28004 – MADRID
País / Country
ESPAÑA
Mediante la firma de esta orden de domiciliación, el deudor autoriza (A) al acreedor a enviar instrucciones a la entidad del deudor para adeudar su cuenta y (B) a la entidad para efectuar los adeudos en su cuenta siguiendo las instrucciones del acreedor. Como parte de sus derechos, el deudor está legitimado al reembolso por su entidad en los términos y condiciones del contrato suscrito con la misma. La solicitud de reembolso deberá efectuarse dentro de las 8 semanas que siguen a la fecha en que se realizó el adeudo en cuenta. Puede obtener información adicional sobre sus derechos en su entidad financiera.
A cumplimentar por el deudor
To be completed by the debtor
By signing this mandate form, you authorise (A) the Creditor to send instructions to your bank to debit your account and (B) your bank to debit your account in accordance with the instructions from the Creditor. As part of your rights, you are entitled to a refund from your bank under the terms and conditions of your agreement with your bank. A refund must be claimed within 8 weeks starting from the date on which your account was debited. Your rights are explained in a statement that you can obtain from your bank.
Nombre del deudor/es / Debtor’s name (titular/es de la cuenta de cargo)
Dirección del deudor /Address of the debtor
Código postal - Población - Provincia / Postal Code - City - Town
País del deudor / Country of the debtor
Persona en cuyo nombre se realiza el pago/ Person on whose behalf the payment is made
Código deudor
Swift BIC / Swift BIC
Número de cuenta - IBAN / Account number - IBAN
En España el IBAN consta de 24 posiciones
Spanish IBAN up to 24 position
Tipo de pago: Pago recurrente o
Type of payment Recurrent payment or
Pago único
One-off payment
Fecha – Localidad:
Date - location in which you are signing
Firma del deudor:
Signature of the debtor
TODOS LOS CAMPOS HAN DE SER CUMPLIMENTADOS OBLIGATORIAMENTE.
UNA VEZ FIRMADA ESTA ORDEN DE DOMICILIACIÓN DEBE SER ENVIADA AL ACREEDOR PARA SU CUSTODIA.
ALL GAPS ARE MANDATORY. ONCE THIS MANDATE HAS BEEN SIGNED MUST BE SENT TO CREDITOR FOR STORAGE.