CONTRATO DE VIAJE COMBINADO DEEP PLANET EXPEDITIONS
CONTRATO DE VIAJE COMBINADO DEEP PLANET EXPEDITIONS
Según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, de conformidad con la redacción del Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, de transposición de la Directiva de Viajes Combinados y Servicios de Viaje Vinculados se formaliza el presente contrato entre:
De una parte: La agencia de viajes GENERAL DE EXPEDICIONES Y TURISMO, SL, con nombre comercial DEEP PLANET EXPEDITIONS, con N.I.F. B91726398, y domicilio en Xxxxx XXXXX 0, XX 00000 Xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxx, xxxx Agencia organizadora.
Y de otra parte: (en calidad de consumidor-contratante principal) D./Dña
(en adelante, el CLIENTE), con DNI Nº/pasaporte , en nombre propio y en representación de las demás personas incluidas en la reserva.
Ambas partes de común acuerdo expresan su voluntad de formalizar un viaje combinado sobre la base de las siguientes condiciones y estipulaciones.
Condiciones Particulares
Estas condiciones particulares se complementan con los datos y fechas que constan en la documentación de viaje y que se entrega al CLIENTE previa salida del viaje, y los Anexos que se entregan.
Así mismo, el CLIENTE DECLARA que ha recibido previamente el formulario con la información precontractual relativa al viaje combinado que aquí se reproduce, referente a destino, períodos de estancia, fechas, número de pernoctaciones incluidas, los medios de transporte, sus características y categorías, los puntos, fechas y horas de salida y de regreso, la duración, ubicación del alojamiento, las principales características, con las comidas previstas, visitas, excursiones u otros servicios incluidos, tamaño aproximado del grupo y el mínimo de personas necesarias, el idioma del servicio, nombre comercial, la dirección completa del organizador y, en su caso, del minorista, así como el número de teléfono y la dirección de correo electrónico de ambos, con el precio total del viaje combinado con todos los impuestos incluidos y, en su caso, todas las comisiones, recargos y otros costes adicionales, así como las modalidades de pago, e información general sobre los requisitos de pasaporte y visado, trámites sanitarios, capacidad resolutoria con penalización, y posibilidad de suscribir seguro facultativo de cancelación y asistencia, que cubra eventuales gastos en estos supuestos, incluidos los de repatriación, en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento, así como la información exigida por la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
DECLARA también que han sido entregadas las Condiciones Generales de aplicación al presente viaje que obra en poder del cliente, y forma parte íntegramente del presente contrato.
PRECIO: El precio del viaje ha sido calculado también en base al cambio de divisa, tarifas de transporte, coste de combustibles o de otras fuentes energéticas, impuestos, tasas y
recargos turísticos, de aterrizaje y de embarque o desembarque en puertos y aeropuertos; y los tipos de cambio de divisa aplicables al viaje combinado en la fecha de la solicitud de servicios, que pueden variar.
Así, expresamente el organizador/minorista se reserva el derecho de modificar el precio dado, por cualquier incremento/reducción en la citada cotización del precio que podrá revisarse y repercutirse al cliente de acuerdo con la normativa vigente, y las condiciones generales incluidas en el folleto, oferta o anexos mencionados en las condiciones particulares del presente contrato hasta veinte días antes de la fecha de salida, salvo la reducción que será hasta inicio del viaje, según el artículo 158 RDL 1/2007.
Si el incremento excediera del 8% del precio del viaje, podrá el cliente resolver el contrato sin pagar penalización, o aceptar un viaje combinado sustitutivo, cuestión que deberá comunicar en las 72 horas siguientes a ser informado, y de no hacerlo, se entenderá que opta por el resolver en contrato sin penalización alguna.
CESION DE LA RESERVA: El cliente podrá ceder el contrato de viaje combinado a una persona que reúna todas las condiciones aplicables a ese contrato, si bien, deberá ser comunicado previamente al organizador o, en su caso, al minorista, en un soporte duradero, con una antelación de al menos siete días naturales al inicio del viaje combinado.
El cedente del contrato y el cesionario responderán solidariamente de la cantidad pendiente de pago del precio acordado, así como de cualquier comisión, recargo u otros costes adicionales derivados de la cesión. El organizador o, en su caso, el minorista informará al cedente acerca de los costes efectivos de la cesión.
AUTORIZACIÓN Y DOCUMENTACION NECESARIA: Los documentos tanto personales como familiares de todos los clientes (niños incluidos) deberán estar en regla y el cliente habrá de comprobar que el pasaporte, y/o visado o DNI son los exigidos por la reglamentación del país que va a visitar. Consulte en las embajadas y consulados correspondientes tanto los requisitos como tiempos necesarios de obtención. Serán por su cuenta la obtención del pasaporte o cualquier otro requisito exigido de entrada en cada país así como la obtención de los correspondientes visados y/o autorizaciones (p.ej. ESTA, eTA, etc….), incluido tránsitos por terceros países.
En caso de ser rechazada por alguna autoridad la documentación o sea denegada la entrada en el país por no cumplir los requisitos que se exigen o por no poseer la misma, no será considerado como "anulación por fuerza mayor" y la agencia no será responsable de los gastos adicionales ni hará devolución del precio del viaje. Los menores de 18 años deben llevar un permiso escrito firmado por sus padres o tutores otorgando ante la autoridad competente, en previsión de que el mismo pueda ser solicitado por cualquier autoridad. Los menores y bebés deben llevar DNI o pasaporte, además de otros documentos si fuera necesario (p. ej: visado). De igual manera, para el caso de que el menor no viaje acompañado, se facilita el teléfono del hotel en destino.
Ante la imposibilidad manifiesta de lograr una información actualizada de todos y cada uno de los países, y de los requisitos de entrada/salida/tránsito, que además por su propia soberanía pueden variar sin previo aviso, para cada uno de los nacionales de cada país, las partes acuerdan que el cliente acudirá al Ministerio de Asuntos Exteriores de España, y/o al consulado/embajada del país de destino y/o tránsito para verificar y obtener la documentación de viaje (visados, autorizaciones, etc…) y sanitaria necesaria.
MODIFICACION VIAJE COMBINADO POR EL ORGANIZADOR: El organizador podrá
modificar unilateralmente el contrato de viaje combinado, siempre que los cambios sean insignificantes. De ser un cambio sustancial, o incrementarse en más del 8% el importe del precio, el cliente podrá en un plazo de 3 días desde la comunicación de este hecho, aceptar el cambio propuesto o resolver el contrato sin penalización. Transcurrido dicho plazo se entenderá no que acepta la modificación realizada.
RESOLUCIÓN/CANCELACIÓN/DESISTIMIENTO DEL CONTRATO: En cualquier momento
anterior al inicio del viaje combinado el cliente podrá resolver el contrato en cuyo caso el organizador, o, en su caso, el minorista podrá exigirle que pague una penalización tal como se indica en el punto 7. No obstante, lo dispuesto en el apartado anterior, cuando concurran circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino o en las inmediaciones que afecten de forma significativa a la ejecución del viaje combinado o al transporte de clientes al lugar de destino, el cliente tendrá derecho a resolver el contrato antes del inicio del mismo sin pagar ninguna penalización. En este caso, el cliente tendrá derecho al reembolso completo de cualquier pago realizado, pero no a una compensación adicional. El organizador y, en su caso, el minorista podrá cancelar el contrato y reembolsar al cliente la totalidad de los pagos que este haya realizado, pero no será responsable de compensación adicional alguna si:
a) el número de personas inscritas para el viaje combinado es inferior al número mínimo especificado en el contrato y el organizador o, en su caso, el minorista notifica al cliente la cancelación dentro del plazo fijado más arriba.
b) el organizador se ve en la imposibilidad de ejecutar el contrato por circunstancias inevitables y extraordinarias y se notifica la cancelación al cliente sin demora indebida antes del inicio del viaje combinado.
De no presentarse a la salida, el cliente está obligado al pago del importe total del viaje, abonando las cantidades pendientes, en su caso.
El cliente, con arreglo al artículo 97.1.l y 103.l del RDL 1/2007, carece del derecho de desistimiento del contrato de viaje combinado, salvo cuando los contratos de viaje combinado se celebren fuera del establecimiento mercantil, que dispondrá de un plazo de catorce días para ejercer su derecho desistimiento, sin necesidad de justificación.
RESPONSABILIDAD AGENCIA MINORISTA/ORGANIZADOR: El organizador y el minorista son responsables de la correcta ejecución de todos los servicios de viaje incluidos de conformidad con el artículo 161, y están obligados a prestar asistencia si el cliente se halla en dificultades de conformidad con el artículo 163, sin perjuicio del derecho del organizador y, en su caso, el minorista a facturar un recargo razonable por dicha
asistencia si la dificultad se ha originado intencionadamente o por negligencia del cliente. En todo caso, es obligación del cliente la comunicación de toda falta de conformidad advertida durante la ejecución del viaje combinado de conformidad con el artículo 161.2.
El cliente tendrá derecho a una reducción del precio adecuada por cualquier periodo durante el cual haya habido falta de conformidad, a menos que el organizador o el minorista demuestren que la falta de conformidad es imputable al cliente. El cliente tendrá derecho a recibir una indemnización adecuada del organizador o, en su caso, del minorista por cualquier daño o perjuicio que sufra como consecuencia de cualquier falta de conformidad. El cliente no tendrá derecho a una indemnización por daños y perjuicios si el organizador o, en su caso, el minorista demuestra que la falta de conformidad es:
a) imputable al cliente, b) imputable a un tercero ajeno a la prestación de los servicios contratados e imprevisible o inevitable, o c) debida a circunstancias inevitables y extraordinarias.
En la medida en que los convenios internacionales que vinculan a la Unión Europea limiten el alcance o las condiciones del pago de indemnizaciones por parte de prestadores de servicios de viaje incluidos en un viaje combinado, las mismas limitaciones se aplicarán a los organizadores y minoristas. Así, se limita la indemnización que debe pagar el organizador o el minorista (siempre que esa limitación no se aplique a los daños corporales o perjuicios causados de forma intencionada o por negligencia) al triple del precio total del viaje.
ENTIDAD GARANTE: El nombre de la entidad garante en caso de insolvencia, y del cumplimiento de la ejecución del contrato de viaje combinado, es CATALANA OCCIDENTE, con domicilio en Avd. Xxxxxxx Xxxxxxx, 00, 00000-XXXX XXXXX XXX XXXXXX Xxxxxxxxx, y Póliza Nº: N-04406434-V, siendo la autoridad competente la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, Plaza Nueva, nº 4. 41001 – Sevilla. Teléfono: 000.000.000.
PROCEDIMIENTOS INTERNOS DE TRAMITACIÓN DE RECLAMACIONES:
Independientemente del derecho de asistencia en destino, y la obligación del cliente de constatar en destino la prestación defectuosa/incumplimiento contractual, el cliente podrá presentar la correspondiente reclamación por escrito ante la agencia minorista, quien deberá dar traslado de la misma al mayorista/proveedor correspondiente en el plazo de 7 días. En caso de que el mayorista/proveedor no conteste en el plazo de otros 7 días, la agencia comunicará dicha situación al cliente, quien quedará en libertad para ejercitar los derechos que la normativa le ampara ante los organismos correspondientes.
Conforme a lo dispuesto en el RDL 1/2007, la Agencia declara expresamente que actúa únicamente como intermediaria entre clientes y las entidades o personas llamadas a facilitar los servicios que constan en la documentación entregada, o sea; empresas de transportes, hoteles restaurantes, etc. Toda reclamación será tratada por la agencia con la mayor celeridad posible, realizando todas las averiguaciones posibles sobre las
incidencias comunicadas por los clientes, informando a los mismos de la posibilidad de presentar la correspondiente hoja de reclamación, y/o acudir a los mecanismos de solución de conflictos extrajudiciales existentes.
Las acciones derivadas de los derechos reconocidos en el RDL 1/2007 referente a Viajes Combinados prescribirán a los dos años.
PROTECCIÓN DE DATOS: En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD-GDD), así como la normativa que fuera de aplicación, en su caso, en el momento de la recogida de sus datos personales, GENERAL DE EXPEDICIONES Y TURISMO S.L, le ha proporcionado la información básica respecto de su tratamiento. Anexado a las presentes condiciones podrás obtener la información adicional. Igualmente, le informamos que Usted tiene derecho a acceder, a rectificar, a limitar el tratamiento, a suprimir sus datos y a solicitar la portabilidad de sus datos, tal y como se explica en la información adicional, mediante carta certificada a la dirección C/ Eagle, 9. 41500 Xxxxxx de Guadaira, Sevilla o por mail a xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. En todo caso, usted podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos especialmente cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos. La dirección de la Agencia es X/ Xxxxx Xxxx 0, 00000, Xxxxxx, y su página web xxx.xxxx.xx. En prueba de su conformidad, por favor, aceptar las condiciones a continuación.
VIGENCIA. Las presentes Condiciones y Disposiciones Generales tendrán vigencia hasta su sustitución por otras nuevas.
ANEXO I – CAMBIO DE PRECIO
Como indica el contrato de viajes combinados, el precio del viaje ha sido calculado en base al cambio de divisa, tarifas de transporte, coste de combustibles o de otras fuentes energéticas, impuestos, tasas y recargos turísticos, de aterrizaje y de embarque o desembarque en puertos y aeropuertos; y los tipos de cambio de divisa aplicables al viaje combinado en la fecha de la solicitud de servicios, que pueden variar.
Deep Planet Expeditions podría modificar el precio dado, por cualquier incremento/reducción de los conceptos mencionados anteriormente de acuerdo con la normativa vigente hasta veinte días antes de la fecha de salida, salvo la reducción que será hasta inicio del viaje, según el artículo 158 RDL 1/2007. Si el incremento excediera del 8% del precio del viaje, podrá el consumidor resolver el contrato sin pagar penalización, o aceptar un viaje combinado sustitutivo, cuestión que deberá comunicar en las 72 horas siguientes a ser informado, y de no hacerlo, se entenderá que opta por el resolver en contrato sin penalización alguna.
A efectos de minimizar estos casos, Deep Planet Expeditions asegurará los tipos de cambio en el momento de la confirmación del viaje, evitando el riesgo divisa.
Las compañías aéreas pueden, por motivos organizativos, cancelar o modificar alguna de sus rutas previstas. Su obligación es ofrecer un trasporte alternativo o la devolución del dinero del billete. Aunque los casos son mínimos, en alguna ocasión, la alternativa no es compatible con la estructura del viaje y tenemos que pedir la devolución y buscar otra alternativa de vuelos que podrían originar un cambio en el precio de los aéreos.
ANEXO II – Programa de información normalizada para contratos de viaje combinado
La combinación de servicios de viaje que se le ofrece es un viaje combinado en el sentido del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
De igual manera, si usted celebra un contrato con la empresa antes de que se cumplan veinticuatro horas de la recepción de la confirmación de la reserva enviada por la empresa mayorista, el servicio de viaje ofrecido por minorista y mayorista constituirá un viaje combinado en el sentido del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre
Por lo tanto, usted gozará de todos los derechos que se aplican en el marco de la Unión Europea a los viajes combinados. La(s) empresa(s) mayorista/minorista será(n) plenamente responsable(s) de la correcta ejecución del viaje combinado en su conjunto.
Además, como exige la legislación, la(s) empresa(s) mayorista/minorista está(n) cubierta(s) por una garantía para reembolsarle los pagos realizados y, si el transporte está incluido en el viaje, asegurar su repatriación en caso de que incurra(n) en insolvencia.
Principales derechos en virtud del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre:
– Los clientes recibirán toda la información esencial sobre el viaje combinado antes de celebrar el contrato de viaje combinado.
– Siempre habrá como mínimo un empresario responsable de la correcta ejecución de todos los servicios de viaje incluidos en el contrato.
– Se proporcionará a los clientes un número de teléfono de emergencia o los datos de un punto de contacto donde puedan contactar con el organizador y, en su caso, con el minorista.
– Los clientes podrán ceder el viaje combinado a otra persona, con un preaviso razonable y, en su caso, con sujeción al pago de gastos adicionales.
– El precio del viaje combinado solo se podrá aumentar si se producen gastos específicos (por ejemplo, en los precios de combustible) y está expresamente estipulado en el contrato, y en ningún caso en los últimos veinte días anteriores
al inicio del viaje combinado. Si el aumento de precio excede del ocho por ciento del precio del viaje combinado, el cliente podrá poner fin al contrato. Si el organizador se reserva el derecho de aumentar el precio, el cliente tendrá derecho a una reducción del precio si disminuyen los gastos correspondientes.
– Los clientes podrán poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización y obtener el reembolso completo de todos los pagos realizados si se modifica significativamente alguno de los elementos esenciales del viaje combinado que no sea el precio. Si el empresario responsable del viaje combinado lo cancela antes de su inicio, los clientes tendrán derecho al reembolso de los pagos realizados y, cuando proceda, a una compensación.
– En circunstancias excepcionales, por ejemplo, en caso de que en el lugar de destino existan graves problemas de seguridad que puedan afectar al viaje combinado, los clientes podrán poner fin al contrato antes del inicio del viaje combinado, sin pagar ninguna penalización.
– Además, los clientes podrán poner fin al contrato en cualquier momento antes del inicio del viaje combinado mediante el pago de una penalización por terminación que sea adecuada y justificable.
– Si, después del inicio del viaje combinado, no pueden prestarse elementos significativos del mismo, deberán ofrecerse al cliente fórmulas alternativas adecuadas, sin coste adicional. Los clientes podrán poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización en caso de no ejecución de los servicios cuando ello afecte sustancialmente a la ejecución del viaje combinado y el organizador y, en su caso, el minorista, no consigan solucionar el problema.
– Los clientes también tendrán derecho a una reducción del precio y/o a una indemnización por daños y perjuicios en caso de no ejecución o ejecución incorrecta de los servicios de viaje.
– El organizador y el minorista deberán proporcionar asistencia al cliente en caso de que este se encuentre en dificultades.
– Si el organizador o el minorista incurren en insolvencia se procederá al reembolso de los pagos. En caso de que el organizador o, en su caso, el minorista incurra en insolvencia después del inicio del viaje combinado y este incluya el transporte, se garantizará la repatriación de los clientes. GENERAL DE EXPEDICIONES Y TURISMO, S.L. ha suscrito una garantía de protección frente a la insolvencia con CATALANA OCCIDENTE. Si se deniegan servicios debido a la insolvencia de GENERAL DE EXPEDICIONES Y TURISMO S.L., los clientes podrán ponerse en contacto con dicha entidad o, en su caso, con la autoridad competente, en Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, Plaza Nueva, nº 4. 41001 – Sevilla. Teléfono: 000.000.000