Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES Y DEPENDENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA XXXX DE TENERIFE
ÍNDICE
1. Objeto 3
2. Instalaciones y dependencias objeto de contrato 3
3. Normativa de aplicación y ámbito territorial de actuación 5
4. Ejecución de actuaciones para seguridad de trabajos en altura… 6
5. Prestación del servicio de limpieza 10
5.1 Metodología y técnicas a emplear 10
5.2 Métodos de limpieza 12
5.3 Métodos mecánicos y productos a emplear 13
5.4 Limpieza por elementos 14
5.5 Otros espacios adscritos a las instalaciones objeto del contrato 16
5.6 Obligaciones específicas del adjudicatario… 17
5.7 Plan de ejecución de los servicios a ofertar 17
6. Documentación a presentar por el licitador 22
6.1 Medios personales 22
6.2 Medios materiales. 22
6.3 Sistema de control de asistencia del personal y cumplimiento de las tareas asignadas. 23
6.4 Planes de trabajo. 23
7 . Otros servicios a prestar por el adjudicatario y las modificaciones a ordenar sobre el contrato por el Ayuntamiento 24
7.1 Servicios excepcionales. 24
8 . Sobre el personal del servicio 25
8.1 Aspectos generales 22
8.2 Sustitución del personal. 25
9. Supervisión del servicio 25
10. Otros sistemas y herramientas de seguimiento, control y optimización de los trabajos del servicio 25
11. De los indicadores de control de calidad prestacional… 27
12. Variación de precios en función del cumplimiento de determinados objetivos de rendimiento 31
CAPITULO PRIMERO: ASPECTOS GENERALES
1. OBJETO
El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares es el establecimiento de los condicionantes técnicos mínimos que han de regir el contrato de servicios de limpieza de las instalaciones (Colegios y Dependencias) del Ayuntamiento de Santa Xxxx de Tenerife.
La ejecución del contrato se valorará por los resultados que han de lograrse en su ejecución conforme al sistema de medición previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, debiendo el adjudicatario desarrollar, las actividades de limpieza, aseo, adecentamiento, y decoro de las diversas instalaciones o dependencias de éstas que se enumeran en este pliego a título enunciativo, sin carácter excluyente, pues el órgano se reserva la prerrogativa de ampliar o reducir las instalaciones o dependencias de éstas objeto de contrato conforme al procedimiento descrito en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Para alcanzar los objetivos propuestos se ha de garantizar por el adjudicatario los resultados prestacionales que al efecto se fijan en este pliego, asignándosele el riesgo de su ejecución al vincularse el régimen retributivo a la evolución del servicio y al cumplimiento de los indicadores de medida definidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
2. INSTALACIONES Y DEPENDENCIAS OBJETO DE CONTRATO
2.1 Las instalaciones objeto del servicio de limpieza y en particular los colegios y las dependencias de éstas son las que se relacionan en el ANEXO I a este Pliego, a título enunciativo sin carácter limitativo dado que el órgano de contratación podrá acordar durante la vigencia del contrato su aumento o reducción, debiendo estar y pasar el adjudicatario por las decisiones que al respecto se adopten conforme determina el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
El Contratista acepta la totalidad de las instalaciones objeto de contrato, tanto las actuales como las que se puedan incorporar en el futuro, en las condiciones en las que se encuentran actualmente así como de todos y cada uno de sus elementos, haciéndose cargo de las mismas, a las que prestará el servicio correspondiente, de acuerdo con las especificaciones de éste Pliego.
Esta aceptación de todas las instalaciones actuales independientemente de su tipo, estado, calidad, etc., le obliga a ejecutar las operaciones a que le obliga este pliego.
2.2 A los efectos del régimen retributivo del contrato y por tanto para realizar los cálculos de la licitación, se ha de considerar lo siguiente:
a. Limpieza de Colegios: Se realizará durante 10 meses al año, sin considerar el periodo comprendido entre el 25 xx xxxxx y el 25 xx xxxxxx, aproximadamente, pudiendo el Ayuntamiento modificar esta fecha, viniendo obligado el contratista a observar las directrices que sobre el particular se le dicten al instituirse en obligación contractual esencial. A partir del 25 xx xxxxxx de cada año natural deben comenzar las limpiezas generales a que deben someterse los Colegios antes del inicio del curso escolar, siendo responsabilidad del contratista dimensionar los medios necesarios (personal, maquinaria y demás dotación) para garantizar el cumplimiento de las prestaciones a las que viene obligado. En la justificación de precios incorporada como anejo a este Pliego dimensiona el servicio y el número de horas a realizar para cada dependencia en función de 10 meses de ejecución al año. Por tanto, en el cálculo de los costes directos a ofertar se tendrá en cuenta esta condición esencial de la licitación.
b. Limpieza de Colegios durante la celebración de campamentos xx xxxxxx: Además de la limpieza ordinaria de Colegios descrita en el apartado anterior, el contratista vendrá obligado a realizar durante los meses xx xxxxxx (periodos a concretar por el Ayuntamiento) y en aquellos
Colegios que la administración determine, las prestaciones de limpieza que en este pliego se describen, para garantizar la operatividad de los campamentos xx xxxxxx y otras actividades propias de esa época. A estos efectos se valoran estas prestaciones de manera alzada, de forma que el contratista viene obligado a ejecutar la limpieza de cuantos Colegios determine el Ayuntamiento para dar soporte a estas actividades, sin limitación o exclusión alguna, asumiendo a su coste los gastos que dichas operaciones le irrogue. Así el Ayuntamiento por medio del Responsable de Contrato remitirá con antelación suficiente relación de colegios en los que se realizarán o ejecutarán actividades y campamentos xx xxxxxx con indicación de las estancias, canchas, salas, etc., a utilizar, así como el nº de alumnos en cada campamento. Esta obligación se califica de contractual esencial a los efectos de la licitación por lo que su inobservancia o negativa reputará como incumplimiento culpable del contratista a los efectos de la resolución del contrato.
c. Limpieza de instalaciones; Se realizará durante 12 meses al año, a excepción de las dependencias de la Policía Local en Las Teresitas que tendrá una temporalidad estimada de cuatro meses, a criterio del Responsable del Contrato.
d. Amortización de la inversión en actuaciones para seguridad en altura: Se instituye en obligación contractual esencial que el contratista realice la redacción de proyecto, financiación, ejecución de obras de instalación de elementos para seguridad de trabajos en altura de limpieza de instalaciones, conservación y mantenimiento hasta su reversión al Ayuntamiento, en adecuado estado de uso y conservación, libre de cargas y gravámenes y completamente amortizados. A estos efectos, en la justificación de precios adjunta se incluye una partida alzada de amortización de estas actuaciones, debiendo los licitadores en su oferta considerar y dimensionar esta concreta prestación, a su riesgo y xxxxxxx, con completa indemnidad para el órgano de contratación en caso de que la ejecución de la misma se torne más onerosa o le irrogue unos mayores costes de los ofertados. De lo que se sigue que nada podrá reclamar al órgano de contratación por estos conceptos.
2.3 Exclusiones.
Quedarán excluidos del contrato la limpieza de las cocinas de los colegios, sus paramentos horizontales y verticales, muebles de cocina, los espacios destinados al personal de cocina, y la limpieza de mesas y sillas de comedor.
Igualmente estará excluido de este contrato la limpieza de las estancias cedidas a las AMPAS.
Por el contrario, si estará expresamente incluidos la limpieza diaria de los pavimentos de los comedores, los paramentos verticales, alicatados, etc., de los mismos, limpieza de puertas y pomos con frecuencia establecida en el presente pliego
Se reforzará la limpieza en todos los Colegios o Dependencias en donde se estén realizando obras o reformas, incluso en los espacios no contemplados o excluidos anteriormente, a la vez que se realizará una limpieza general una vez finalizada las mismas, todo ello a cuenta del contratista, estableciéndose los medios de coordinación entre los distintos interlocutores en materia de seguridad y salud implicados
También será por cuenta del contratista la retirada de cadáveres de animales, en los edificios, patios, canchas, etc....
2.4 Se entenderá como objeto del contrato las instalaciones definidas en la documentación aneja al PPTP, así como aquellas que el órgano de contratación decida añadir o suprimir durante la vigencia del contrato de conformidad con el procedimiento de modificación descrito en este pliego. Sin perjuicio de lo anterior, no reputará como modificación del contrato si la medición de cada elemento incorporada en la documentación aneja en el momento de formalizar el acta de inicio no supera en más de un 5% la medición base de licitación.
2.5 Si durante la vigencia del contrato el Ayuntamiento acuerda incluir una nueva instalación, el contratista deberá efectuar antes de su puesta en uso un servicio de limpieza
extraordinario o desbloqueo inicial para garantizar su apertura, sin exclusión ni limitación alguna en cuanto a las tareas a ejecutar, debiendo dimensionar los medios materiales y personales que sean precisos, sin exclusión alguna, para lograr este objetivo de resultado. Para entender ejecutada esta concreta prestación el Responsable de Contrato extenderá un acta en la que se manifestará su satisfacción expresa y formal con el acabado de la ejecución.
Esta obligación se instituye en obligación contractual esencial y en condición esencial de ejecución a los efectos de su consideración como incumplimiento contractual muy grave o como causa de resolución del contrato, a elección del órgano de contratación, mediando culpa del contratista, máxime si ha mediado previo requerimiento del Responsable de Contrato para corregir o subsanar las deficiencias detectadas y no se hayan corregido, dando lugar a la indemnización de daños y perjuicios que corresponda y a la declaración de prohibición de contratar de conformidad con el art. 60.2 letra c) en armonía con la Directiva 2014/24/UE.
3. NORMATIVA DE APLICACIÓN Y ÁMBITO TERRITORIAL DE ACTUACIÓN
3.1 El adjudicatario está obligado a ejecutar el contrato con observancia de:
a) Los criterios de accesibilidad universal y de diseño definidos en la Directiva 2014/24/UE sobre contratación pública; así como al Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, que resulten compatibles con el servicio de limpieza y las características físicas de las instalaciones (Colegios y dependencias) dentro de éstas objeto de contrato.
b) Los criterios de sostenibilidad y protección ambiental, conforme a las definiciones y principios regulados en los artículos 3 y 4, respectivamente de la Ley 16/2002, de 1 de julio, sobre prevención y control integrado de la contaminación.
c) La normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, así como aquellas que se dicten para su desarrollo. Con carácter especial, la empresa adjudicataria deberá cooperar en la aplicación de la normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales, estableciendo los medios previstos en el R.D. 171/2004 de 30 de enero, referente a la “coordinación de actividades empresariales”
d) La normativa vigente en materia laboral, de seguridad social y de seguridad, higiene y salud en el trabajo, y cualquier otra norma que le corresponda según normativa aplicable, así como la se dicte en el futuro que se incorporará de manera automática al servicio siendo responsabilidad del adjudicatario su observancia y adaptación técnica a la misma en su caso sin que quepa reclamar nada por estos conceptos a la entidad contratante.
Para trabajos que requieran emplear personal especializado se atenderá a la siguiente normativa:
Código Técnico de la Edificación (CTE) artículo 12.1, parte I, documento básico SU 1 (Real Decreto 614/2006), en el que se hace referencia a la “Seguridad frente al riesgo de caídas”. En el mismo CTE se recoge lo siguiente en el documento básico SU 2 y en el apartado 3.2: “Características de las barreras de protección”, su apartado 3.2.1: Altura. En el apartado 5, se hace referencia específica a la “limpieza de los acristalamientos exteriores”.
Real Decreto 486/1997, de 14 xx xxxxx, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y
salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.
Real Decreto 773/1997, de 30 xx xxxx, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
NORMAS UNE-EN de referencia
UNE-EN 358 Cinturones para sujeción y retención y componentes de amarre de sujeción.
UNE-EN 353-1 Dispositivos anti caídas deslizantes con línea de anclaje rígida.
UNE-EN 353-2 Dispositivos anti caídas deslizantes con línea de anclaje flexible.
UNE-EN 361 Arneses anti caídas.
UNE-EN 362 Conectores o mosquetones.
UNE-EN 363 Equipos de protección individual contra la caída de altura. Sistemas anti caídas.
UNE-EN 795 Protección contra caídas de altura. Dispositivos de anclaje. Requisitos y ensayos.
Y cualquier otra normativa de aplicación.
3.2 Cambios normativos sobrevenidos.
Si durante la vigencia del contrato se produjeran cambios normativos que afecten a la ejecución del contrato, la definición de las prestaciones de la ejecución o de cualquier naturaleza, quedarán automáticamente incorporados al contrato como cláusula de progreso, viniendo el contratista obligado a asumir las adaptaciones operativas, de inversión, de logística, redacción de proyecto, tramitación de licencias, permisos y autorizaciones administrativas de toda índole, pago de honorarios profesionales, impuestos, y cualquier otro gasto que la adaptación le irrogue sin exclusión alguna habida cuenta el carácter de resultado del contrato, con completa indemnidad para el órgano de contratación.
CAPITULO SEGUNDO: DEL SERVICIO
4. EJECUCION DE ACTUACIONES PARA SEGURIDAD EN TRABAJOS EN ALTURA
Habida cuenta las características de alguna de las instalaciones objeto de contrato, y atendiendo a las operaciones de limpieza a realizar así como al obligado cumplimiento de la legislación vigente en materia de prevención de riesgos laborales, se hace necesario e imprescindible que se acometa una inversión en aquellas instalaciones y dependencias que lo requieran para instalar medidas de seguridad para ejecutar tales trabajos en altura.
A estos efectos, los licitadores acompañarán a su oferta de la documentación que a continuación se exige, indicando de acuerdo a las operaciones impuestas por este pliego, la legislación vigente en materia de prevención de riesgos laborales así como las características iniciales de las instalaciones objeto de contrato, una justificación técnica de la necesidad de acometer la actuación así como su descripción concisa y precisa y su correspondiente valoración.
En la justificación de precios base de licitación que se acompaña como anejo se incluye valoración alzada de estas actuaciones, a los meros efectos de justificar la solución base de licitación correspondiendo a los licitadores realizar con precisión la valoración de los términos de su oferta, asumiendo completamente los riesgos derivados de la adjudicación del contrato de manera que no podrá reclamar del órgano de contratación cantidad adicional alguna en caso de que la ejecución de las actuaciones sea más onerosa o le irrogue un mayor coste, siendo esto una obligación contractual esencial a los efectos de la licitación que acepta de manera incondicional por el mero hecho de participar en la licitación.
a. Necesidad de acometer las actuaciones
Las actuaciones propuestas para ejecutar medidas de seguridad de trabajos en altura deberán ser precisadas y definidas por los licitadores en su oferta, son necesarias para garantizar el cumplimiento de la vigente normativa técnica de aplicación, así como de prevención de riesgos laborales.
b. Ejecución de las actuaciones programadas
Para ejecutar las actuaciones propuestas durante el primer mes de vigencia de ejecución del contrato, se procederá de la siguiente forma:
1. Durante la fase de licitación los licitadores visitarán las instalaciones según relación aneja, para evaluar su estructura, composición, estado de uso y conservación, así como la documentación técnica disponible, que le permita realizar el diseño de las actuaciones propuestas, su valoración económica con arreglo al procedimiento que luego se dirá. A estos efectos se les transfiere íntegramente el riesgo derivado del estado de las instalaciones, apreciable a simple vista o no, tenga patología oculta o no, de forma que de resultar adjudicatarios deberán ejecutar la actuación con arreglo a la valoración ofertada de manera que si la ejecución resulta más onerosa que la prevista y ofertada deberá asumir esa diferencia a su xxxxx, con completa indemnidad para el órgano de contratación al aceptar de manera incondicional por el mero hecho de participar en la licitación esta transferencia de riesgos sin que nada pueda reclamar a la administración con independencia de la causa que provoque esta mayor onerosidad sin exclusión o limitación alguna.
2. Los licitadores incorporarán a su oferta la documentación técnica definida en este pliego de las actuaciones a ejecutar durante el primer mes de ejecución del contrato. Para confeccionar los precios unitarios de las unidades de obra que se incluyan en la documentación técnica presentada a licitación se han de apoyar en el cuadro de precios unitario base de licitación incorporado como Anejo, complementado con el que oferte el contratista que ha de apoyarse en el publicado por el Centro de Información y Economía de la Construcción, Fundación CIEC 2017, para el año de realización del proyecto de obra, y para aquellas unidades de obra en las que no pueda confeccionarse el precio unitario apoyándose en el cuadro de precios descrito anteriormente, se propondrá de manera separada los precios unitarios nuevos de aplicación a las citadas unidades para su valoración por los servicios técnicos municipales. Será causa de rechazo de la oferta y exclusión de la licitación el no apoyarse en el cuadro de precios base de licitación, con su baja de adjudicación, para confecciona los precios unitarios de las unidades de obra integradas en su documentación técnica.
En el caso de los licitadores al confeccionar su documentación técnica con la que concurran a la licitación o el posterior proyecto, en caso de resulta adjudicatarios, debiendo apoyarse en el cuadro de precios base de licitación para la valoración de las unidades de obra, introduzcan elementos nuevos no previstos en el citado cuadro observarán el siguiente procedimiento para fijar el precio nuevo de aplicación al componente que corresponda, incluyendo en este caso una separata a la documentación técnica presentada para su valoración por la mesa de contratación:
- Que exista en la justificación de precios del cuadro de precios base de licitación de aplicación el elemental que se pretenda incluir pero se carezca de descompuesto que incluya el citado elemental. En este caso se empleará el similar de la base de datos última publicada por la Fundación CIEC en todos los conceptos salvo el concreto componente a introducir, certificándose por elementales. Los rendimientos de la mano de obra han de valorarse con arreglo a la base de datos de obligada aplicación para unidades similares, análogas o equivalentes, no aceptándose valoraciones que se aparten de esta metodología. A estos elementales se le aplicarán el 3% en concepto de medios auxiliares.
- En ausencia de la previsión anterior, esto es que el elemental no aparezca en la base de datos CIEC. En este caso se empleará el elemental a incluir acompañado de tres presupuestos de diferentes suministradores de material empleándose el del precio más bajo, pudiendo la Dirección Facultativa hacer las consultas o petición de presupuesto correspondiente, de tal forma que si tras las oportunas consultas los precios obtenidos por la Dirección Facultativa son inferiores a los propuestos por el contratista prevalecerán los de la Dirección Facultativa, viniendo obligado el contratista a aceptar estos últimos. A los efectos de la expedición de la certificación se acordará la inclusión de este elemental en la base de datos conforme al procedimiento establecido, y se certificará por elementales. Los rendimientos de la mano de obra han de valorarse con arreglo a proyecto y en su defecto a la base de datos CIEC para unidades similares, análogas o equivalentes, no aceptándose valoraciones que se aparten de esta metodología. A este elemental se le aplicará el 3% en concepto de medios auxiliares.
- En ausencia de los supuestos anteriores, es decir, un precio nuevo o que difiera sustancialmente de lo regulado anteriormente, y previa autorización de la Dirección Facultativa. En este caso el contratista presentará propuesta de precio descompuesto, para su fiscalización por la Dirección Facultativa, acompañado de dos cuadros de diálogo a precios descompuestos, uno de proyecto o en su defecto de la base de datos CIEC de aplicación a las unidades de obra análogas o similares a los materiales a emplear consignadas en la base de datos o proyecto, y otro, con la descomposición propuesta que permita comparar de manera clara y precisa que los materiales elementales o básicos que se justifique introducir y no previstos en proyecto o en la base de datos CIEC se han valorado de manera análoga a los de proyecto o de la base de datos o en su defecto a precios xx xxxxxxx, considerando a estos efectos precio xx xxxxxxx el menor de los tres presupuestos que deba adjuntarse para el suministro del concreto material que se trate pudiendo, en este caso, la Dirección Facultativa, hacer las consultas o petición de presupuesto correspondiente, de tal forma que si tras las oportunas consultas los precios obtenidos por la Dirección Facultativa son inferiores a los propuestos por el contratista prevalecerán los de la Dirección Facultativa, viniendo obligado el contratista a aceptar estos últimos. Los rendimientos de la mano de obra han de valorarse con arreglo a los de proyecto o en su defecto a la base de datos CIEC para unidades similares, análogas o equivalentes, no aceptándose valoraciones que se aparten de esta metodología. A los efectos de la expedición de la certificación se acordará la inclusión de este descompuesto o contradictorio en la base de datos conforme al procedimiento establecido, y se certificará por precio nuevo. A este precio se le aplicará el 3% en concepto de medios auxiliares.
3. Requerirá la realización y entrega, por parte del contratista, una vez formalizado el contrato, en los plazos que determine el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, de un proyecto, de conformidad a la documentación técnica presentada a licitación, que deberá ser remitido para su aprobación al Ayuntamiento, el cual se reserva la facultad de introducir aquellas modificaciones que estime por convenientes respecto a la documentación técnica ofertada con el límite de no superar la valoración ofertada de la citada actuación. Para fijar los precios unitarios de aplicación a las diferentes unidades de obra que lo compongan se apoyará en el cuadro de precios base de licitación, siendo motivo de rechazo el no hacerlo y causa de resolución del contrato por incumplimiento culpable del contratista de sus
obligaciones contractuales esenciales al calificarse esta obligación como tal; en caso de introducir precios nuevos se seguirá el procedimiento descrito anteriormente.
4. Tramitación y obtención de la correspondiente licencia urbanística, así como las autorizaciones de las instalaciones, sin exclusión o limitación alguna, a que obligue la normativa vigente para la legalización de las instalaciones, asumiendo el contratista a su xxxxx la ejecución de cuantas intervenciones sean necesarias para su obtención, incluido las tasas e impuesto correspondientes, sean estatales autonómicas o locales.
5. Una vez ejecutadas las obras y obtenidas las autorizaciones respectivas (licencia de obras), y equipadas las mismas conforme a la oferta del adjudicatario se procederá a entregar a los servicios técnicos municipales la documentación técnica que exija la normativa técnica de aplicación, integrándose en el contrato a los efectos de su mantenimiento para su posterior entrega al órgano de contratación. El acta de recepción de las obras se extenderá a la finalización del contrato.
6. Todas las instalaciones objeto de actuación serán objeto de mantenimiento preventivo y correctivo sin limitación o exclusión alguna siguiendo las recomendaciones del fabricante que permita, a la finalización del contrato, las instalaciones en adecuado estado de uso y conservación, sin limitación o exclusión alguna, al instituirse esta obligación como esencial de ejecución a los efectos de la resolución el contrato.
Las actuaciones programadas se valoran por la administración a los efectos de la licitación de manera alzada, debiendo los licitadores concretar su valoración, tras su medición y presupuesto con arreglo al sistema aquí descrito, sin que en ningún caso el precio unitario con el que concurran a la licitación que ha de incluir todos los costes de ejecución del contrato (amortización de la inversión, costes directos, costes indirectos, gastos generales y beneficio industrial) pueda superar el base de licitación, asumiendo que el mismo todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios.
Igualmente todos los gastos que por su concepto sean asimilables a cualquiera de los que, bajo el título genérico de costes indirectos se mencionan en el proyecto, se considerarán siempre incluidos en los precios de las unidades de obra del proyecto cuando no figuren en el presupuesto valorados en unidades de obra o en partidas alzadas.
Con todo, la valoración alzada estimada, desprovista de todo valor contractual, lo es a los meros efectos de fijar el precio unitario base de licitación, y se contiene en el programa económico anejo y en el programa de actuaciones.
c. Contenido de la documentación técnica a presentar a la licitación
Los licitantes ofertarán una documentación técnica para cada actuación ofertada y por instalación, siendo causa de rechazo de la oferta y exclusión de la licitación el incumplimiento de esta determinación.
1. Aspectos previos
De acuerdo con el Artículo 122 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en adelante RGLCAP, la documentación técnica que presente el licitante en su oferta contendrá los siguientes apartados:
◊ Memoria
En la que se expondrán las necesidades a satisfacer, los factores sociales, técnicos, económicos y administrativos que se tienen en cuenta para plantear el problema a resolver y la justificación de la solución que se propone desde los puntos de vista técnico y económico, así como los datos y cálculos básicos correspondientes. También se justificarán los precios descompuestos adoptados.
◊ Presupuesto
Formado por un estado de mediciones de elementos compuestos, especificando claramente el contenido de cada uno de ellos; un cuadro de los precios adoptado, en base al cuadro de precios publicado por el Centro de Información y Economía de la Construcción, Fundación CIEC, para el año de realización del proyecto de obra, para los diferentes elementos compuestos y el correspondiente resumen o presupuesto general que comprenda todos los gastos.
3. Estudio básico de seguridad y salud
Como documento independiente dentro de la documentación técnica se incluirá el estudio de seguridad y salud, según lo dispuesto en la legislación vigente al respecto y lo contemplado en la documentación técnica.
Con objeto de ser tramitadas de forma independiente ante las diferentes Compañías suministradoras y Organismos Centrales o Autonómicos una vez adjudicado el contrato, el concesionario ejecutará los Proyectos con las separatas que se hagan necesarios para su tramitación ante los órganos competentes.
Dichas separatas deberán ser producidas con los mismos criterios de la documentación técnica y en particular sus presupuestos desglosados en los mismos presupuestos parciales que el presupuesto general.
5. PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA
Para la ejecución del contrato en lo que al servicio de limpieza se refiere, y alcanzar los resultados descritos en este pliego, el adjudicatario deberá ejecutar las acciones que a continuación se describen, que documentará por escrito y presentará a la licitación para su valoración por el órgano de contratación, de conformidad al plan de ejecución de los servicios a ofertar conforme al contenido determinado en este pliego con sujeción a la consecución de los siguientes objetivos prestacionales:
5.1 Metodología y técnicas a emplear
El servicio de limpieza deberá disponer de todas las técnicas y útiles existentes en el mercado necesarios para la obtención de una calidad óptima en la higiene de las dependencias afectadas.
Dichos sistemas serán preferentemente de tipo mecánico: máquina fregadora última generación, barredora, máquina aspiradora, cepillos y carrito con cubos, y otras análogas.
Todos los detergentes utilizados deberán ser neutros y adecuados en relación con los elementos a limpiar.
Todos los envases de productos deberán llegar a las dependencias perfectamente cerrados, garantizando su no manipulación previa. Los envases serán los originales y deberán estar debidamente etiquetados, conforme a la normativa vigente.
Los materiales a utilizar no producirán contaminación en el ambiente ni en aguas residuales de acuerdo con la legislación vigente.
Los trabajos de limpieza se harán de tal manera que, en ningún momento, se vea perturbado el normal funcionamiento de los servicios durante la jornada laboral. Como norma general el
servicio de limpieza en colegio y dependencias se realizará en horario de tarde, si bien se deberá tener cubiertas las sedes municipales con personal de mañana para las posibles eventualidades.
En la limpieza de los Colegios se observará esta determinación.
Una vez finalizada la jornada laboral, se procederá a la limpieza de los utensilios utilizados, así como a su correcto almacenamiento.
CON BARRIDO
La limpieza de zonas por barrido se realizará por procedimientos mecánicos en medio seco/húmedo con circuito de entrada y salida en cada zona a limpiar.
FREGADO.
El fregado en aquellas zonas de pequeña superficie se realizará con cubo de tanque doble con desinfectante apropiado a la superficie a tratar. En las zonas diáfanas o de gran superficie libre se realizará necesariamente de forma mecánica con máquina fregadora.
LIMPIEZA DE SUPERFICIES Y ELEMENTOS.
Se empleará un trapo o friegasuelos húmedo o mojado para limpiar las paredes, los suelos y las otras superficies en vez de barrer con escoba o quitar el polvo en seco para reducir que se propaguen los microorganismos y el polvo.
Se lavarán las superficies de arriba hacia abajo para que la suciedad caiga al suelo y sea lo último de recoger. Se limpiarán primero las instalaciones que se encuentran a mayor altura continuando hacia abajo con el fin de evitar que caiga suciedad en zonas ya limpias.
Las bayetas que sean utilizadas para la limpieza de los baños públicos y aseos serán de un color a diferencia de las del resto de áreas o elementos que se utilizarán otras de diferente color.
LAVADO Y DESINFECCIÓN.
Para la eliminación eficaz de la suciedad y los microorganismos se deberán lavar y desinfectar en todo procedimiento de limpieza.
DILUCIONES.
Se cambiarán las soluciones de limpieza cuando las mismas se encuentren sucias o se cambie de habitáculo. Resulta menos probable que una solución que esté muy sucia mate microorganismos infecciosos.
MOBILIARIO.
El mobiliario se limpiará con doble trapo comprendiendo todos los elementos de cada dependencia.
BAÑOS Y ASEOS.
Los sanitarios se limpiarán utilizando productos específicos para este fin. Se completará la limpieza mediante la utilización de trapo y se procederá posteriormente a su desinfección mediante la aplicación de desinfectante sobre las zonas limpias, incluyendo sanitarios, pavimentos y paramentos verticales. Se limpiará igualmente la escobilla, los dispensadores de papel y jabón, etc.
MATERIALES, MAQUINARIA Y OTROS.
El adjudicatario deberá disponer de toda la maquinaria, medios auxiliares, utillaje y productos de limpieza necesarios para el desarrollo de los trabajos descritos en el presente pliego. Será a su cargo la adquisición, reparación y reposición de los mismos o, en su caso, el alquiler de la maquinaria necesaria para el correcto desarrollo de las tareas.
Queda expresamente incluido en el servicio de limpieza, a cargo del adjudicatario, tanto la compra como la reposición y comprobación de forma diaria en turno de mañana y tarde, a título enunciativo y no limitativo, de papel higiénico, jabón y toallas de papel y ambientadores en todas las dependencias objeto de contrato, así como el resto de material de limpieza necesario para la ejecución del contrato tales como bayetas, jabones detergentes, fregonas, mopas, cubos, maquinaria de todo tipo, etc.
Igualmente se considera incluido en el objeto del contrato todo el material necesario, sin exclusión alguna, para el correcto funcionamiento del servicio, a título enunciativo y no limitativo, dispensadores de papel-toalla, dispensadores de jabón, y en caso de daño o sustracción de las existentes la reposición de escobillas y papeleras de aseos y office.
5.2 Métodos de limpieza
La limpieza se efectúa usando combinada o separadamente métodos físicos, por ejemplo: restregando o utilizando fluidos turbulentos y métodos químicos, por ejemplo, mediante el uso de detergentes, álcalis o ácidos. El calor es un factor adicional importante en el uso de los métodos físicos y químicos por lo que hay que tener cuidado con las temperaturas, de acuerdo con los detergentes que se usen y de las superficies de trabajo.
Según las circunstancias, podrán emplearse uno o más de los métodos siguientes:
MANUALES:
Se realizará cuando haya que eliminar la suciedad, restregando con una solución detergente. Se recomienda remojar en un recipiente aparte con soluciones de detergentes. Se dejará actuar la solución detergente 10 minutos.
PULVERIZACION A BAJA PRESION Y ALTO VOLUMEN:
Es la aplicación de agua o una solución detergente en grandes volúmenes a presiones de hasta
6.8 Kg/cm2
PULVERIZACION A ALTA PRESION Y BAJO VOLUMEN:
Es la aplicación de agua o una solución detergente en volumen reducido y a alta presión. Es decir hasta 68 Kg/cm2.
LIMPIEZA A BASE DE ESPUMA:
Es la aplicación de un detergente en forma de espuma durante 15 a 20 minutos, que posteriormente se enjuaga con agua asperjada.
BARRIDO:
Consiste en la eliminación de la suciedad de cualquier superficie y se realizará con escoba, cepillo o máquina barredora según la zona a tratar, evitando deteriorar puertas, enseres, y demás mobiliario y accesorios de las dependencias objeto de contrato. Con especial cuidado de levantar polvo en las zonas de pública concurrencia y de afluencia de usuarios.
FREGADO:
Consiste en la eliminación de suciedad adherida a cualquier superficie, obteniendo una limpieza uniforme. Esta operación se realizará por medio de máquina fregadora automática, tipo de disco
o cepillo utilizando un detergente adecuado, sobre el suelo granítico deberá utilizarse un detergente neutro; se realizará con fregona en zona de aseos y oficinas, y donde fuera necesario.
ELIMINACION DE CAPAS DE GRASA:
En la eliminación de capas de grasa, se libera la partícula adherida facilitando la remoción mediante un enjuague adecuado.
Se usarán los detergentes adecuados para debilitar el material adherido y proceder a su retirada, mediante cepillado y enjuague adecuados.
SECADO DESPUES DE LA LIMPIEZA:
Cuando la superficie se deja mojada después de la limpieza, pueden proliferar microorganismos en la capa de agua, teniendo un punto crítico difícil de eliminar. Por ello es importante eliminar la mayor parte del agua para que no se produzcan estancamientos, dejando la superficie completamente seca. Si la superficie queda inevitablemente mojada durante un período en el que puedan desarrollarse un número importante de microorganismos, deberá desinfectarse otra vez antes de volverse a usar.
5.3 Métodos mecánicos y productos a emplear
Maquinaria.- El adjudicatario deberá disponer de maquinaria y equipos necesarios para la prestación del servicio, de tal forma que se encuentre en condiciones técnicas de capacidad y calidad para prestar el servicio con el máximo de eficacia. Su adquisición será por cuenta del adjudicatario, así como los gastos de conservación y mantenimiento.
Sólo se adquirirán equipos y maquinaria conformes con la legislación vigente, que dispongan de certificación (provistos de marcado CE), con medidas de seguridad integradas y adaptados a las condiciones de utilización.
Los medios mecánicos mínimos que se consideran necesarios para el correcto desarrollo del servicio de limpieza desinfección y evacuación de residuos son los siguientes:
• Máquina de agua a presión
• Fregadora industrial
• Barredora
• Aspirador industrial
• Carros de Limpieza
La maquinaria a emplear por el adjudicatario en la ejecución del contrato contará como mínimo con protección eléctrica clase II con doble aislamiento, protección contra humedad y polvo clase IP 40, protección contra sobrecalentamiento, nivel sonoro inferior a 80 db (A) y mínima emisión de partículas.
Productos.- Los productos de limpieza a emplear cumplirán la legislación vigente sobre biodegrabilidad, alta en el registro sanitario correspondiente, así como una ficha técnica que indique, al menos las características/propiedades, aplicaciones, modo de empleo, datos técnicos, efecto sobre materiales, precauciones de uso, y ficha de seguridad, cuando proceda, debiendo siempre acudirse a aquellos productos que, a igualdad de eficacia, no presenten o presenten riesgos mínimos para los/as empleados/as.
Se atenderá a lo establecido en el artículo 15 de la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales, relativo a los principios de la acción preventiva; de manera específica, se deberán sustituir los productos peligrosos por otros que entrañen poco o ningún peligro.
A modo enunciativo y no limitativo, el contratista aportará los productos y útiles que a continuación se relacionan:
Textil:
Mopa forrada con paño.
Estropajos.
Fregona.
Bayeta de algodón. Otros.
Productos:
Hipoclorito (lejía al 40%) Detergentes aniónicos Desinfectantes medios (perfumado) Detergentes neutros.
Detergentes en polvo para loza sanitaria. Detergentes biodegradables.
Salfuman
Xxxxx xx xxxxxx Abrillantadores
Productos germicidas y desinfectantes. Cera para pisos
Limpia cristales Otros
5.4 Limpieza por elementos
Pavimentos.- En la ejecución de las tareas de limpieza de los pavimentos se observarán las siguientes prescripciones:
a. Los pavimentos duros y porosos tipo mármol, terrazo o similar se tratarán con productos autobrillantes, realizándose el mantenimiento de los mismos mediante barrido húmedo.
b. Los pavimentos no porosos tipo granito, gres, azulejo, plaqueta y ladrillo vitrificado o similar se aspirarán o barrerán y se fregarán con mopa y detergente apropiado.
c. Los pavimentos de cemento y hormigón se barrerán, aspirarán, baldearán y/o fregarán.
d. Los pavimentos xx xxxxxx se limpiarán con mopa o paño húmedo en agua. , y los xx xxxxxx barnizados, lacados, y plastificados se aplicará, con la periodicidad necesaria, emulsión acrílica especial.
e. Los pavimentos lisos u homogéneos de goma, plastificados, vinilo o similares serán objeto de un tratamiento base, que consistirá en un fregado a fondo. El mantenimiento se realizará mediante un barrido húmedo de toda la superficie.
Paramentos verticales y techos.- En caso de superficies sucias o grasientas se empleará detergente alcalino diluido al 10%. Los paramentos verticales y techos con superficie xx xxxxxx, los falsos techos, techos con estructura metálica, y cualquier otro sin exclusión alguna, se limpiarán mediante fregado húmedo en su cara vista.
Para la eliminación de grafitis, se procederá de manera que no se dañen las superficies afectadas.
El uso de escaleras de mano será exclusivamente para accesos puntuales, nunca para ser utilizadas como plataformas de trabajo y siempre atendiendo a los requerimientos establecidos en el Real Decreto 486/1997, de 14 xx xxxxx, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo y por el Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se
establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.
Puertas, ventanas, xxxxxx y contraventanas.- Las Puertas, ventanas, xxxxxx y contraventanas se mantendrán libres de polvo utilizando productos que los conserven en perfectas condiciones.
Cristales y espejos.- Se limpiarán con raqueta escurridora, agua y detergente neutro o en su defecto limpiacristales, repasando los bordes con una gamuza. El contratista utilizará los medios auxiliares y equipos de protección necesarios para la limpieza xx xxxxxxxxx de difícil acceso. Dichas tareas serán realizadas por personal especializado. Se utilizará elevador o tubo telescópico para limpieza xx xxxxxxxxx en altura o cualquier otro que fuera necesario. La limpieza de manchas y adhesivos se realizará con productos limpiacristales puro, rascando con rascavidrios si fuese necesario hasta su eliminación. Los medios auxiliares y el transporte de los mismos serán por cuenta del contratista.
Metales.- El acero inoxidable y el aluminio se limpiarán con detergente neutro excluyendo cualquier abrasivo o ácido, secándose con un paño suave, evitando en este caso el uso de limpiametales.
Aseos, baños públicos y vestuarios.- La limpieza de estas instalaciones se realizará de tal manera que se encuentren siempre en un óptimo grado de limpieza e higiene, debiendo realizarse dichas tareas en el día cuantas veces sea necesaria en cada infraestructura. Como mínimo se ejecutarán las siguientes tareas:
- Barrido húmedo del suelo
- Limpieza y desinfección de los elementos sanitarios con una solución detergente/desinfectante.
- Eliminación de los restos xx xxxxx u óxido con una solución detergente ácido cuyo uso se restringe a este fin y fregado posterior fregando posteriormente con abundante agua.
- Limpieza de alicatados con una solución de detergente neutro.
- Fregado de cabinas con detergente/desinfectante.
- Limpieza adecuada de papeleras, espejos, dispensadores y otros accesorios.
- Reposición de papel higiénico, toallas secamanos, jabón de mano, y dispensadores de todos ellos, u otros.
- Aplicación de desinfectantes y ambientadores.
- Fregado de suelos con solución desinfectante limpia.
- La escobilla se mantendrá sumergida en agua y lejía.
- Sustitución de bolsa en contenedores higiénicos femeninos.
Almacenes, archivos, cuartos de instalaciones.- Se mantendrán limpios tanto los paramentos verticales como los horizontales mediante barrido húmedo, aspirado y fregado con detergentes neutros. Se deberá dar la información necesaria e instrucciones específicas sobre los riesgos existentes y las medidas preventivas a adoptar al personal que realice las funciones de limpiezas en estas instalaciones.
Equipamiento informático, maquinaria de oficina y audiovisuales.- Se verificará que los equipos informáticos se encuentren apagados antes de proceder a su limpieza. El personal de limpieza nunca desconectará, apagará o desenchufará estos equipos. En caso de encontrarse con algún equipo informático encendido, se procederá a realizar la limpieza retirando el polvo mediante bayeta de microfibra levemente humedecida en agua, sin producto alguno. Las manchas y suciedad profunda de la superficie se quitarán empleando una gamuza impregnada en producto neutro de evaporación rápida. En el caso de las pantallas planas no se utilizarán productos que contengan alcohol ni amoniaco, teniendo sumo cuidado en su limpieza y no rociando líquido directamente sobre ellas.
Muebles, enseres y objetos de decoración:
a. Se retirará el polvo de toda su superficie con bayetas tratadas, así como los roces y manchas que se hubiesen producido.
b. Los muebles lavables se fregarán aplicando una fina capa de un producto protector neutro. La parte superior del mobiliario se deberá limpiar con una gamuza humedecida con agua.
c. A las superficies xx xxxxxx que lo requieran se les aplicará una cera especial que mantenga sus condiciones originales.
d. Los muebles tapizados se aspirarán para quitar el polvo de la superficie y se practicará desmanchando con espuma seca cuando sea necesario.
e. Los objetos de decoración, maceteros, letreros y otros enseres se limpiarán con productos adecuados a cada elemento.
f. Las lámparas ornamentales, y cortinas se limpiarán con una frecuencia de dos veces al año, pudiendo ser incrementada por causas justificadas (obras u otros).
Otros elementos:
Papeleras: Se vaciarán y fregarán con una solución de detergente/desinfectante, prestando especial atención a los elementos cromados si los hubiera.
Teléfonos: Se usará gamuza impregnada en producto neutro desinfectante.
Persianas, radiadores y elementos de ventilación, contraincendios y canalizaciones: Se aspirará el polvo y se limpiarán con detergente neutro.
Puntos de luz en paredes, techos, lámparas de pie y xx xxxx: Se limpiarán con un paño en su parte externa empleando útiles de gasa tan finos como requiera el elemento objeto de limpieza.
Enchufes e interruptores: Se retirará el polvo y se limpiarán con bayeta humedecida con detergente neutro, con la debida precaución.
5.5 Mantenimiento otros espacios adscritos a las instalaciones objeto de contrato (patios, terrazas, canchas, etc...)
5.5.1 Limpieza de zonas abiertas, y espacios libres.
Este servicio incluirá:
1.- Limpieza, barrido y vaciado de papeleras, ceniceros, mobiliario urbano con la misma frecuencia que más adelante se define, limpieza alrededor de mobiliario urbanos, etc.
5.5.2 Limpieza de pintadas, grafittis manchas de grasa, de refrescos, etc., retirada de chicles y retirada de carteles en espacios no autorizados
Todas aquellas pintadas, graffitis o carteles que se fijen en espacios no autorizados, así como las manchas de grasa o de cualquier otro tipo, retirada de chicles, etc., existentes en los interiores de las instalaciones objeto de contrato serán limpiados mediante este servicio, con arreglo a las frecuencias o necesidades requeridas..
Se empleará en cada caso la tecnología adecuada, garantizándose el fregado y la limpieza a vapor según la superficie sobre la que se haya producido la pintada, fijación de cartel, macha de grasa o chicle no debiendo quedar restos de los trabajos tras la limpieza. Los trabajos se efectuarán sin ocasionar molestias a los usuarios y con la pertinente señalización y delimitación de la zona de trabajo. Todo el residuo generado en la limpieza deberá ser adecuadamente recogido.
Se exige la utilización de productos poco abrasivos y que no dañen nunca los materiales de base, procurando mantener la estética y composición del elemento pintado.
5.5.3 Limpiezas de emergencia como consecuencia de situaciones excepcionales tales como arrastres por lluvias, vendavales, etc.
En el caso de arrastres por lluvias intensas, el contratista procederá a la limpieza xxx xxxxxxx afectado utilizando los medios adecuados acorde a la incidencia detectada mediante los medios adecuados (por ejemplo: pala, dumper, barredora, baldeo, etc.), dejando limpia la instalación.
Estos trabajos se realizarán dentro del plazo de las 24 horas posteriores a la causa que ocasionó la emergencia.
5.6 Obligaciones específicas del adjudicatario.
Serán por cuenta del adjudicatario, a título enunciativo y no limitativo, la aportación del personal, los medios auxiliares, maquinaria, herramientas y productos necesarios para realizar una correcta prestación del servicio contratado, entre los que se encuentran, los de uso higiénico, como son: El jabón líquido de los dosificadores, el papel higiénico y toallitas secamanos, el mantenimiento de secadores de mano, los utilizados en la limpieza de toallas, sabanillas y ajuar en su caso, las bolsas de basura, los desinfectantes, desinsectantes, así como todos los necesarios para la correcta prestación del servicio, incluidos los dispensadores antivandálicos.
Será obligación de la empresa adjudicataria retirar los residuos de cada una de las dependencias y colegios objeto de contrato, respetando los criterios de clasificación de contenedores de reciclaje existentes o futuros, conforme a la normativa autonómica medioambiental. Dicha retirada se realizara depositando los residuos en el interior de los contenedores situados en la vía pública más cercanos al inmueble donde se presta el servicio, para su retirada por el servicio municipal de recogida de basuras. Igualmente se deberá de dotar de las bolsas de basura necesarias para los distintos contenedores, en caso de que el servicio de recogida de residuos no lo haga.
5.7 Plan de Ejecución de los servicios a ofertar
a. El plan de ejecución de los servicios a ofertar por los licitantes contendrá toda la documentación necesaria para una descripción concisa y completa del mismo, debiendo conocer los licitantes que el proceso productivo ofertado lo es como justificación de la oferta para alcanzar los resultados previstos en este pliego, en cuanto mejore los xxx xxxxxx, de suerte que a través de la organización ofertada pueda la entidad concedente ejecutar las funciones de fiscalización, inspección y control del servicio para evaluar el grado de cumplimiento de los resultados a garantizar. Por tanto el Ayuntamiento no reconoce el proceso productivo ofertado desde un punto de vista económico sino a los meros efectos de fiscalización del servicio, reconociéndose únicamente los resultados a obtener habida cuenta que la asignación del riesgo en la ejecución debe ser asumido por el adjudicatario, lo que impone que los ingresos que perciba de la entidad contratante se liquidarán en función de los metros cuadrados de las instalaciones y dependencias objeto de contrato y del grado de cumplimiento del resultado, teniendo en cuenta las horas de servicio ofertadas por cada instalación para lograr los resultados prestacionales exigidos o a obtener según indicadores de control definidos en este pliego y en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
b. En el diseño del plan de ejecución a ofertar se considerarán las dependencias municipales y colegios objeto de contrato, las horas de prestación de servicio que se ha de garantizar por instalación, así como la superficie aproximada de cada una de ellas.
A tal efecto, se acompaña como anexo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares una justificación de los precios unitarios de la licitación que se obtienen considerando las horas semanales y anuales que se estiman necesarias para alcanzar los resultados previstos en este pliego, la superficie aproximada de cada uno de los colegios y dependencias municipales aplicando las magnitudes económicas en el descritas, que deberán observar los licitantes en su
oferta en cuanto a las superficies de las instalaciones iniciales y las horas de prestación de servicio semanales y anuales consideradas en la justificación de precios.
El contratista estará obligado a aumentar, a su xxxxx, las horas propuestas en su oferta para las instalaciones (colegios y dependencias) con el fin de garantizar la buena prestación del servicio.
Será objeto de consideración por los licitantes en la confección de su plan de ejecución de los servicios que se garantice como mínimo:
1. COLEGIOS PUBLICOS
Diariamente
- Barrido y fregado de aulas, pasillos, despachos, escaleras, patios interiores, y resto de zonas existentes en los recintos escolares.
- Limpieza a fondo de aseos y aparatos sanitarios.
- Barrido y fregado de comedores.
- Vaciado, limpieza fregado y desinfección de papeleras.
- Suministro y colocación de jabón líquido y papel higiénico.
- Limpieza de mobiliario, enseres y elementos decorativos (mesas, sillas, teléfonos, ordenadores, pomos, lámparas xx xxxx, mostradores, etc.).
- Retirada de embalajes y materiales de desecho. Los residuos serán clasificados por su naturaleza y depositados en el contenedor correspondiente.
Quincenalmente
- Limpieza de patios y canchas.
- Limpieza a fondo del mobiliario.
- Limpieza de paramentos verticales y techos.
- Limpieza de interruptores de luz. Repaso de pavimentos de zonas comunes con bactericida.
- Limpieza de todas las barandillas.
- Limpieza de los paramentos verticales alicatados de comedores y aseos.
- Limpieza de los pasillos de emergencia y carpintería metálica, así como el abrillantado y bruñido de las partes mecánicas.
- Limpieza de manchas aisladas que puedan aparecer en cualquier elemento de las instalaciones (moquetas, tapizados, manchas de grasa, etc.), con los productos apropiados en cada caso.
- Fregado de las escaleras de servicio.
- Limpieza de zonas de almacenes.
- Limpieza especial de pantallas de ordenador, etc. con productos antiestáticos.
- Limpieza de teclados de ordenadores y otros con cepillos especiales.
- Limpieza de puertas y xxxxxx.
Mensualmente
- Limpieza de ventanas, cristales y persianas, interiores y exteriores.
- Limpieza de polvo y húmedo de mamparas.
- Limpieza de garajes o sótanos.
Semestralmente
- Limpieza a fondo de estanterías, libros, vitrinas y otros objetos.
- Limpieza xx xxxxxxxx y lámparas especiales.
Anualmente
- Limpieza a fondo antes del inicio del curso escolar, en edificios, patios interiores y exteriores, cristales, persianas, librerías, etc.
Otros
- Refuerzos de las limpiezas que requiera la instalación según necesidades a la vista del estado de limpieza ordinario
- Refuerzo de limpieza por motivos de obras.
- Refuerzo de limpiezas de patios y terrazas en épocas de caídas de hojas, frutos, situaciones meteorológicas adversas que lo requieran, pudiendo tener que realizarse cuantas veces fuera necesario.
2. TALLERES Y CAMPAMENTOS XX XXXXXX A DESARROLLAR EN LOS COLEGIOS
Durante los meses xx xxxxxx (periodos a concretar por el Ayuntamiento) se realizarán en aquellos Colegios que la administración determine prestaciones de limpieza, con arreglo a las determinaciones que a pie se relacionan, para garantizar la operatividad de los campamentos xx xxxxxx y otras actividades propias de esa época. A estos efectos se valoran estas prestaciones de manera alzada, de forma que el contratista viene obligado a ejecutar la limpieza de cuantos Colegios determine el Ayuntamiento para dar soporte a estas actividades, sin limitación o exclusión alguna, asumiendo a su coste los gastos que dichas operaciones le irrogue. Así el Ayuntamiento por medio del Responsable de Contrato remitirá con antelación suficiente relación de colegios en los que se realizarán o ejecutarán actividades y campamentos xx xxxxxx con indicación de las estancias, canchas, salas, etc. a utilizar, así como el nº de alumnos en cada campamento. Esta obligación se califica de contractual esencial a los efectos de la licitación por lo que su inobservancia o negativa reputará como incumplimiento culpable del contratista a los efectos de la resolución del contrato.
Diariamente
- Barrido y fregado de aulas, pasillos, xxxx de entradas, salones y cualquier otro espacio utilizado en los talleres.
- Limpieza a fondo de aseos y aparatos sanitarios, solo los que estén al uso para los talleres.
- Barrido y fregado del comedor.
- Vaciado, limpieza fregado y desinfección de papeleras de los espacios a disposición de los talleres.
- Suministro y colocación de jabón líquido y papel higiénico, en los aseos disponibles.
- Limpieza de mobiliario, enseres y elementos decorativos (mesas, sillas, teléfonos, ordenadores, pomos, lámparas xx xxxx, mostradores, etc.) de los espacios utilizados.
- Retirada de embalajes y materiales de desecho. Los residuos serán clasificados por su naturaleza y depositados en el contenedor correspondiente
Semanalmente
- Limpieza de patios y canchas utilizadas en los talleres.
- Limpiezas de escaleras de entradas.
Mensualmente
- Limpieza de ventanas, cristales y persianas, interiores y exteriores
3. DEPENDENCIAS
Diariamente
- Limpieza de oficinas y ascensores.
- Limpieza a fondo de las zonas cerradas y abiertas de la totalidad de las instalaciones objeto de contrato.
- Barrido y fregado de pavimentos en las zonas cuyo suelo sea lavable.
- Aspirado de alfombras y moquetas.
- Vaciado, limpieza fregado y desinfección xx xxxxxxxxx y papeleras.
- Limpieza de mobiliario, enseres y elementos decorativos (mesas, sillas, archivadores, ficheros, estanterías, teléfonos, ordenadores, pomos, lámparas xx xxxx, mostradores, etc.).
- Limpieza especial y desinfección de los baños públicos, aseos, vestuarios, aparatos sanitarios, offices, suelos, puertas. Se han de repetir las operaciones de limpieza en un mismo turno y/ día cuantas veces sea necesaria en cada infraestructura con el fin de conseguir un grado de limpieza e higiene óptimos.
- Limpieza de manchas aisladas que puedan aparecer en cualquier elemento de las instalaciones (moquetas, tapizados, manchas de grasa, etc.), con los productos apropiados en cada caso.
- Retirada de embalajes y materiales de desecho. Los residuos serán clasificados por su naturaleza y depositados en el contenedor correspondiente.
- Reposición de materiales de uso diario en baños públicos, aseos y servicios (jabón líquido, papel higiénico, toallitas de papel, etc., según demanda y a título enunciativo y no limitativo)
- Limpieza de puertas y xxxxxx.
- Limpieza de material informático (ordenadores, impresoras, videograbadores, armarios rack, etc.).
- Barrido y limpieza de polvo y fregado, en todas las áreas de espera, accesos, zonas de transito público, pasillos, escaleras, oficinas y despachos.
- Retirada de residuos y basura que se produzca en la zona a limpiar, transportándola y depositándola en el interior de los contenedores de residuos de las infraestructuras, clasificando los residuos por su naturaleza y depositados en el contenedor correspondiente. No debe existir ningún residuo en las infraestructuras ni en las zonas anejas a los mismos.
- Retirada de cualquier tipo de cartel anunciador, pegatina, publicidad, graffiti o similar colocado en lugares no autorizados para tal fin, en interiores.
Quincenalmente
- Limpieza de patios y canchas.
- Limpieza a fondo del mobiliario.
- Limpieza de paramentos verticales y techos.
- Repaso de suelo de zonas comunes con bactericida.
- Limpieza de todas las barandillas.
- Limpieza de las paredes alicatadas en aseos, vestuarios y duchas
- Limpieza de los pasillos de emergencia y carpintería metálica, así como el abrillantado y bruñido de las partes mecánicas.
- Fregado de las escaleras de servicio.
- Cepillado o aspirado de tapicerías de sofás, sillones y sillas.
- Limpieza de tapicerías de cuero y similares con los productos adecuados.
- Limpieza de elementos metálicos.
- Repaso general y limpieza a fondo de aseos y baños públicos con productos desinfectantes, con limpieza a fondo y abrillantamiento de suelos, azulejos, y espejos.
- Desempolvado de aparatos de luz, extintores contra incendios, tablones de anuncio y rótulos de señalización.
- Limpieza de interruptores de luz y Limpieza de zonas de almacenes.
- Limpieza especial de pantallas de ordenador, etc. con productos antiestáticos.
- Limpieza de teclados de ordenadores y otros con cepillos especiales.
- Limpieza de escaleras exteriores, y baldeado de entradas principales a las infraestructuras.
- En el CPD del Ayuntamiento se procederá al aspirado de los ordenadores, así como a la limpieza del suelo mediante aspirado y fregado. Dichas tareas se realizarán con las técnicas y medios adecuados a la particular sensibilidad de las instalaciones.
- Limpieza de polvo de libros, archivadores, cajas y otros objetos, así como de las estanterías, armarios y vitrinas de despachos y archivos.
- Limpieza de interruptores de luz. Mensualmente
- Limpieza de canaletas de los baños.
- Limpieza de paramentos verticales en los pasillos de escaleras.
- Limpieza general de ventanas, cristales y persianas, interiores y exteriores por ambas caras.
- Limpieza de polvo en mamparas, paredes y techos, incluidas rejillas.
- Fregado en húmedo de mamparas
- Limpieza de aparatos y puntos de luz.
- Limpieza a fondo de teléfonos con productos desinfectantes.
- Limpieza a fondo de todos los despachos y zonas de trabajo, así como de los cuadros y otros objetos de decoración, e interior y exterior de librerías, vitrinas y estanterías.
- Retirada y depósito en puntos de tratamiento adecuados para residuos especiales provenientes de impresoras y fotocopiadoras Limpieza de zonas de difícil acceso y no transitables a realizar por personal especializo en tareas de difícil ejecución.
- Limpieza xx xxxxxxxxx que requieran el uso de maquinaria auxiliar porque forman parte de cerramientos de edificaciones, tanto exteriores en fachadas como en patios interiores, debiendo preverse por el contratista la utilización de los medios auxiliares y equipos de protección necesarios para su limpieza, así como el transporte de los equipos señalados a su xxxxx
- Desempolvado de la parte baja de las paredes.
- Barrido y limpieza con agua de las zonas destinadas a garajes o zonas de estacionamiento.
- Limpieza a fondo del mobiliario.
- Tratamiento, pulido, abrillantado y encerado de los distintos tipos de suelos.
Semestralmente
- Limpieza en seco de alfombras, cortinas, lámparas de techo especiales, etc.
- Desempolvado xx xxxxxxx en zonas altas.
- Limpieza de lucernarios, claraboyas, luminarias, falsos techos, techos, etc.
- Tratamiento de Moquetas con maquinaria o según necesidades
- Otros
- Refuerzos de las limpiezas que requiera la instalación según necesidades a la vista del estado de limpieza ordinario
- Refuerzo de limpieza por motivos de obras.
- Refuerzo de limpiezas de patios y terrazas en Sedes principales en épocas de caídas de hojas, frutos, situaciones meteorológicas adversas que lo requieran, pudiendo tener que realizarse cuantas veces fuera necesario.
Específicamente para las dársenas y zonas de rodadura, se ha de realizar la retirada de manchas de grasa y aceite, así como la reiterada de chicles, baldeo y barrido con la periodicidad que demande el estado de las mismas y en todo caso cuantas veces lo requiera el Responsable de Contrato.
Además de las operaciones descritas anteriormente será obligación del contratista mantener de manera continua los colegios y dependencias municipales en un estado óptimo de limpieza según necesidades del servicio en el bien entendido de que no se contrata el proceso productivo a implementar por el contratista sino el resultado del mismo de acuerdo con el sistema de evaluación de la calidad descrito en este pliego y en el PCAP.
En cuanto a las horas de prestación de los servicios por instalación y dependencia en cómputo semanal y anual, deberán observar las siguientes:
Los horarios de limpieza que oferten los licitantes en su plan de ejecución de los servicios tendrá en consideración las peculiaridades de los colegios y dependencias municipales, garantizando como mínimo las horas de prestación de servicio por cada instalación conforme documento anejo, todo ello sin perjuicio que el órgano de contratación pueden modificar los mismos durante la vigencia del contrato por lo que el adjudicatario deberá estar y pasar por las decisiones que al respecto se adopten sin que nada puedan reclamar al Ayuntamiento por estas decisiones.
c. Con objeto de garantizar un mejor control de la prestación del servicio, se ofertarán dos planes de ejecución, uno referido a los Colegios que incluirá las prestaciones de talleres y campamentos xx xxxxxx, y otro referido a las dependencias, todo ello justificado en las diferentes prestaciones a ejecutar en uno y otro caso. Cada plan de ejecución de los servicios a ofertar, para la finalidad descrita en el apartado a) anterior, deberá desarrollar al menos los siguientes apartados:
6. DOCUMENTACION A PRESENTAR POR EL LICITADOR
6.1. Medios personales
6.1.1. ORGANIGRAMA
6.1.2. TABLA RESUMEN DE PERSONAL A ADSCRIBIR AL SERVICIO INDICANDO EL TIPO DE VINCULACION CON EL LICITANTE
6.1.3. PLAN ANUAL DE PERSONAL A OFERTAR PARA LA CONSECUCIÓN DE LOS RESULTADOS PRESTACIONALES A OBTENER:
Indicará, para cada colegio y dependencia municipal la previsión de personal necesario, indicando dedicación, horarios y personal de sustitución necesario, así como el tipo de contratación a efectuar, de modo que siempre estén cubiertos la totalidad de puestos de trabajo, a pesar de las vacaciones, días de permiso, horas sindicales, bajas, ausencias, etc. Se indicará igualmente, el coste por persona (de todo el personal del servicio) pormenorizando por categoría y diferenciando los días laborales de los festivos.
Igualmente se indicará el personal que deberá realizar tareas de riesgo especial (trabajos con medios auxiliares frente a caídas de altura, trabajos en espacios confinados,…)
6.2. Medios materiales
6.2.1. TABLA DE MAQUINARIA QUE OFERTE EMPLEAR EN LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS CONFORME A LAS DETERMINACIONES MÍNIMAS DE ESTE PLIEGO:
A estos efectos se diferenciará en la oferta aquella maquinaria de utilización y adscripción exclusiva al servicio de aquellos medios auxiliares de apoyo puntual al servicio.
Se aportará memoria justificativa de la conveniencia, oportunidad e idoneidad de la maquinaria ofertada por su necesidad respecto al servicio de acuerdo con el proceso productivo ofertado.
Se indicará la cantidad, uso y principales características técnicas (marca, modelo, potencia, capacidad, antigüedad, etc.), acompañándose de fotografías.
Igualmente, se indicará para cada maquinaria la conformidad con la normativa correspondiente en materia de seguridad y salud en el trabajo (marcado CE, declaración CE de conformidad, manual de instrucciones, certificados de cumplimiento del R.D. 1215/1997, etc…
6.3. Sistema de control de la asistencia de personal y cumplimiento de las tareas asignadas
El licitador deberá proponer un sistema de control a tiempo real de la asistencia del personal.
Igualmente, deberá proponer una ficha de control que abarque todas las tareas que debe realizar en cada una de las instalaciones (colegios y dependencias), que será firmada por los responsables de los distintos centros y que se deberá entregar mensualmente en el Ayuntamiento junto con la relación valorada para poder proceder a la tramitación de la certificación.
El Ayuntamiento podrá acordar la inclusión de cuantas modificaciones sean precisas, en dichas fichas, con el fin de quedar reflejado toda la información precisa para los abonos de los trabajos realizados y el control de los indicadores de control de calidad.
6.4. Planes de trabajo
6.4.1. PLAN DE TRABAJO PARA CADA PERIODO DE EJECUCION DE LAS TAREAS (DIARIO, SEMANAL, QUINCENAL, MENSUAL, TRIMESTRAL SEMESTRAL, Y ANUAL) OFERTADAS PARA ALCANZAR LOS RESULTADOS PRESTACIONALES FIJADOS A LOS EFECTOS DE CONTROL POR LOS SERVICIOS TÉCNICOS DEL AYUNTAMIENTO:
Se aportará:
Ficha del servicio, esquematizado que incluirá al menos:
Descripción de las tareas a realizar, equipos de trabajo necesarios, composición de cada equipo de trabajo, especificando los medios materiales y personales necesarios por categoría, rendimiento de cada equipo de trabajo, frecuencias, horarios con especificación de inicio y finalización, servicios o prestaciones mínimas a garantizar.
6.4.2. PLAN DE SUMINISTRO Y REPOSICIÓN DE LOS PRODUCTOS NECESARIOS PARA ALCANZAR LOS RESULTADOS PRESTACIONALES FIJADOS, A LOS EFECTOS DE CONTROL POR LOS SERVICIOS TÉCNICOS DEL AYUNTAMIENTO.
6.4.3. RELACIÓN DE SERVICIOS ADICIONALES OFERTADOS PARA ALCANZAR LOS RESULTADOS PRESTACIONALES FIJADOS, A LOS EFECTOS DE CONTROL POR LOS SERVICIOS TÉCNICOS DEL AYUNTAMIENTO.
6.4.4. PLANIFICACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES OFERTADO PARA ALCANZAR LOS RESULTADOS PRESTACIONALES FIJADOS, A LOS EFECTOS DE CONTROL POR LOS SERVICIOS TÉCNICOS DEL AYUNTAMIENTO.
En desarrollo del propio Plan de Prevención de la empresa, el adjudicatario elaborará una planificación específica en materia de prevención de riesgos laborales para los trabajos objeto de esta licitación.
Deberá incluir, al menos:
- Evaluación de riesgos asociados a la actividad y planificación de medidas preventivas para su control, con indicación del tipo de productos químicos que utilizarán y las medidas preventivas y de protección a adoptar.
- Evaluación específica de riesgos para aquellos trabajos que requieran técnicas especiales: trabajos en altura, trabajos en espacios confinados, etc…
- Especificación de la cualificación necesaria del personal acorde a las tareas a
realizar, y forma de garantizar, cuando proceda, la presencia de recursos preventivos en estas tareas de riesgo especial, conforme a la normativa de prevención de riesgos laborales.
- Formación e información general y específica de la actividad en materia de prevención de riesgos laborales del personal.
- Vigilancia de la salud del personal.
- Planificación de la coordinación de actividades empresariales: medios de coordinación, información recíproca, actuación en caso de emergencia, comunicación de accidentes e incidentes, etc…
6.4.5. MEDIDAS PARA LA REDUCCIÓN DEL IMPACTO MEDIOAMBIENTAL OFERTADAS PARA ALCANZAR LOS RESULTADOS PRESTACIONALES FIJADOS, A LOS EFECTOS DE CONTROL POR LOS SERVICIOS TÉCNICOS DEL AYUNTAMIENTO:
Se detallarán las medidas propuestas para reducir el impacto medioambiental en la consecución del resultado prestacional a alcanzar.
Las empresas licitadoras podrán aportar toda aquella información adicional, que estimen conveniente, sobre los aspectos relacionados en el apartado anterior, manteniendo la misma estructura y orden.
7. OTROS SERVICIOS A PRESTAR POR EL ADJUDICATARIO Y LAS MODIFICACIONES A ORDENAR SOBRE EL CONTRATO
7.1. Servicios excepcionales.
Durante la vigencia del contrato el Ayuntamiento podrá acordar, viniendo obligado el adjudicatario a su prestación, la ejecución de servicios excepcionales tales como:
- De urgencia o necesidad
Se entenderá por éstos aquellas otras labores de limpieza o mantenimiento no descritas en este pliego, que por su naturaleza de urgencia o necesidad se realizarán con los medios disponibles en el contrato cuando se soliciten.
- Actuaciones en situación de emergencia
El adjudicatario pondrá a disposición del Ayuntamiento, previo requerimiento de ésta, en situaciones de emergencia todo el personal adscrito al servicio. Los adjudicatarios podrán incluir en su oferta cuantas sugerencias mejoren la prestación de estos servicios. Se estará siempre en disposición de ejecutar las órdenes particulares emanadas del Ayuntamiento.
Con carácter previo a la ejecución de estos servicios excepcionales, el Ayuntamiento ordenará la ejecución, dejando constancia por escrito a la mayor brevedad posible, definiendo el servicio a realizar así como las horas de servicios necesarias, debiendo el adjudicatario disponer de los medios personales y materiales necesarios para su ejecución. Estos trabajos se realizarán, en todo caso, en las mismas condiciones de seguridad y salud que los trabajos ordinarios.
Estos servicios se cuantificarán a razón de un 80% del precio unitario €/hora ofertado a licitación (IGIC EXCLUIDO), según determine el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para el servicio de limpieza.
8. SOBRE EL PERSONAL DEL SERVICIO
8.1 Aspectos generales
El contratista designará un interlocutor competente con la administración con cualificación necesaria, capacidad de decisión y dedicación exclusiva, el cual deberá ser sustituido por persona de las mismas características en caso de vacaciones, bajas, ausencias, etc.
Este interlocutor o su sustituto deberán estar localizable las veinticuatro (24) horas del día.
El personal a emplear que se reseñe en cada una de las posibles ofertas, en cuanto su número y dedicación no tendrá más valor que una aportación de datos para la supervisión y control del servicio. En este sentido, el ofertante asume el riesgo de tener que aumentar los medios materiales o personales, si ello es necesario, para el cumplimiento del Servicio, ya que lo que se contrata es el resultado final de limpieza de las instalaciones y dependencias y no un número determinado de medios y personal.
Sin perjuicio de lo anterior, los horarios de limpieza que oferta la adjudicataria podrán ser variados por el Ayuntamiento, quedando inalteradas el número de horas semanales y/o anuales mínimas de prestación del servicio salvo modificación expresa de las mismas conforme al procedimiento previsto en este pliego.
El personal de la empresa adjudicataria procederá con la debida forma y corrección en las instalaciones y dependencias objeto de contrato. Asimismo, se podrá exigir al adjudicatario que prescinda en los trabajos de sus dependencias de la persona que a juicio del Ayuntamiento no observase una actitud correcta.
Todo el personal deberá ir convenientemente uniformado e identificado, siendo responsable el adjudicatario de la falta de higiene, decoro en el vestir o características del uniforme.
8.2 Sustitución del personal
El Ayuntamiento se reserva el derecho a exigir a la adjudicataria, en cualquier momento de la vigencia del contrato la sustitución de todo o parte del personal asignado al servicio cuando así lo estime conveniente. En caso de producirse y/o notificarse al ayuntamiento quejas o conflictos del personal de limpieza, éste deberá reubicarse en otro centro educativo o dependencia municipal o bien apartarlo del servicio según la gravedad de la queja o conflicto.
En caso de enfermedad, vacaciones u otras ausencias, el adjudicatario se compromete a realizar las sustituciones de forma inmediata con personal que desarrolle el trabajo en las mismas condiciones que la persona ausente, debiendo comunicar al Ayuntamiento con antelación los datos del nuevo trabajador.
9. SUPERVISIÓN DEL SERVICIO
El órgano de contratación designará un Responsable de Contrato que desempeñará las funciones previstas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
10. OTROS SISTEMAS Y HERRAMIENTAS DE SEGUIMIENTO, CONTROL Y OPTIMIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DEL SERVICIO
10.1 Sistema de Información Geográfica (S.I.G)
El contratista deberá actualizar de manera permanente las bases de datos con las modificaciones que se realicen o produzcan a lo largo del presente contrato, en el sistema de información geográfica municipal. Esto se instituye en obligación contractual esencial a los efectos de la resolución del contrato por incumplimiento culpable del contratista.
El Adjudicatario contará con los equipos y programas necesarios para mantener actualizada, en el Sistema de Información Geográfica Municipal (S.I.G.), la información relativa al objeto del contrato: horario, turnos de trabajo del personal, planes de trabajo, categorías del personal asignado, modificaciones de cualquier tipo, así como toda la información inherente al contrato y la indicada por el Ayuntamiento. El ayuntamiento le suministrará, junto con el Gobierno de Canarias, aquella cartografía o los medios para acceder a la misma desde los ordenadores de la entidad adjudicataria, accediendo a servidores de mapas.
10.1.1 Medios y datos
En el caso del contrato que nos ocupa, se incluirán las capas geográficas y simbologías necesarias para la localización y simbolización de los elementos colocados y gestionados en las Edificaciones Municipales, así como las fichas de cada elemento y su vínculo con los partes de trabajo. Las fichas contarán con la información alfanumérica, multimedia y cartográfica que se establezca como necesaria por parte de los técnicos municipales (fotografías, vídeos, planos, etc.). El diseño de esas fichas será realizado de manera conjunta por la empresa y por la entidad municipal. Deberá quedar reflejado las tareas realizadas (DIARIA, QUINCENAL, MENSUAL, Y CUANTAS VECES SE PRECISE), de modo que se puedan realizar consultas de cada Edificio (Colegios y Dependencias). La información será suministrada en ficheros de intercambio con formato Shapefile de la empresa ESRI (Environmental Systems Research Institute, Inc). Este formato es el más utilizado en todos los SIG comerciales o de software libre.
A tales efectos, los licitadores propondrán un sistema que permita crear y mantener la información gráfica y las bases de datos de todos los elementos objeto del contrato, que tendrán que estar conectadas a la cartografía del municipio, de modo que a partir de la selección de una edificación se acceda a los datos de cada elemento y al conjunto de actuaciones que se han realizado sobre él.
10.1.2 Entrega de fondo de cartografía por parte del Ayuntamiento
El Ayuntamiento habilitará un acceso, al adjudicatario, para obtener, la cartografía actualizada para su utilización durante la vigencia del contrato y de los planos de las edificaciones de que disponga. El sistema deberá poder aprovechar los datos históricos con los que ya cuenta el Ayuntamiento. Los sistemas propuestos deberán ser compatibles con la entrega y recepción por parte del adjudicatario de los ficheros en formato Shapefile de la empresa ESRI (Environmental Systems Research Institute, Inc). Se trata de un formato de archivo informático propiedad de ESRI, pero abierto, que contiene datos espaciales, que actualmente se ha convertido en formato estándar de facto para el intercambio de información geográfica entre sistemas de información geográfica y por estar muy bien documentado. Un Shapefile es un formato vectorial de almacenamiento digital donde se guarda la localización de los elementos geográficos y los atributos asociados a ellos. El formato carece de capacidad para almacenar información topológica. En el caso de disponer el adjudicatario de formatos topológicos más avanzados deberán ser compatibles con su conversión total al citado formato.
Al mismo tiempo, el adjudicatario se compromete a custodiar dicha información adecuadamente, evitando que sea accesible a terceros sin autorización del Ayuntamiento y a usarla únicamente durante la vigencia del contrato para el desempeño de las tareas encomendadas.
10.1.3 Actualización del SIG
El Adjudicatario deberá aportar mensualmente, durante los 5 primeros días de cada mes, la relación de las variaciones que se produzcan en el mes correspondiente con arreglo a lo programado, empleando los medios disponibles, copia de la información temática actualizada del
S.I.G. en los formatos establecidos. Correrá a cargo del Adjudicatario los soportes y medios necesarios para transportar e introducir la información facilitada en los sistemas municipales.
Toda la información facilitada al Adjudicatario, relativa a los servicios contratados, así como la obtenida por él mismo en el desarrollo del contrato, sólo podrá ser utilizada en el ámbito de los
servicios prestados, no pudiendo ser utilizada para otros fines o facilitada a terceros sin la autorización expresa del Ayuntamiento.
Asimismo, toda la documentación relativa al servicio, que genere o archive el Adjudicatario, será propiedad del Ayuntamiento, por lo que deberá entregarse debidamente ordenada y clasificada anualmente y a la finalización del contrato.
10.2 Programa de Gestión de Incidencias
Las comunicaciones entre el Adjudicatario y el Ayuntamiento se realizaran preferentemente por medio del programa informático con el que cuenta el Servicio Municipal y que facilitara al adjudicatario. Mediante dicho programa de trasmisión de datos, se darán las órdenes para ser cumplidas de forma inmediata o, en su caso, en el plazo que oportunamente se fijen. La empresa deberá comunicar mediante el mismo procedimiento, la confirmación de la ejecución de los trabajos o consultas que quieran realizar sobre las órdenes dadas. De manera que quede todo reflejado por escrito a modo de control de los servicios efectivamente realizados. El trabajo no se considerará ejecutado si no ha recibido confirmación de ello por parte del Ayuntamiento.
10.3 Otros
El adjudicatario deberá incluir a su xxxxx cualesquiera servicio informático (web, correo, móvil, WhatsApp, etc.), para una mejor y más rápida, comunicación con los responsables del Contrato, que permita agilizar las incidencias y ordenes comunicadas.
CAPITULO TERCERO: INDICADORES DE CONTROL DE CALIDAD PRESTACIONAL
11. DE LOS INDICADORES DE CONTROL DE CALIDAD
Con la finalidad de conocer el correcto funcionamiento de la ejecución del contrato, se establecen un conjunto de indicadores de control de calidad prestacional, sin perjuicio del régimen de incumplimientos y sus penalidades previstas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares al ser compatible la aplicación de ambos mecanismos, a cuyos contenidos deberá estar el adjudicatario, manteniendo en todo momento los límites ofertados, comprometiéndose a su cumplimiento.
Estos indicadores se aplicarán sobre la parte variable del precio unitario que determine el PCAP. La estructura de estos indicadores será:
A) Aplicación de los indicadores
Indicador número 1: Capacidad de respuesta a incidencias planteadas como consecución de los objetivos prestacionales según estándares fijados en el PPTP (20%)
Evalúa el cumplimiento de los objetivos prestacionales fijados en el PPTP. En particular se evaluará el tiempo de resolución de las incidencias que se comuniquen, a estos efectos se tramitará como incidencia en la ejecución de los servicios el incumplir los plazos máximos siguientes en la resolución de las incidencias derivadas de la ejecución de los servicios:
Las incidencias podrán ser comunicadas al contratista por el Responsable de Contrato, denuncia o comunicado de un tercero, a través de la aplicación Municipal de Control de Incidencias o cualquier otra que implante la administración para el control de los contratos, o por el personal del Ayuntamiento.
El plazo máximo para resolver la incidencia como normal general será de una hora desde que le sea comunicada generando una orden de trabajo o parte, o bien, la que se establezca por los responsables técnico municipales en relación a la naturaleza de la incidencia. La resolución de la incidencia
deberá notificarse al Ayuntamiento en un plazo máximo de 1 hora desde que sea resuelta para su comprobación
Para la aplicación de este indicador el Responsable de Contrato, podrá inspeccionar las instalaciones quedando reflejado en el sistema de gestión de incidencias el grado de cumplimiento de la orden de trabajo de la incidencia que se ha generado, o bien aportara fotografías indicativas de los incumplimientos de la misma.
La ponderación del indicador considerará la existencia o no de incidencias en la ejecución del servicio, así de no existir incidencia alguna que permita de manera indubitada colegir un cumplimiento total de los objetivos se le aplicará como cumplimiento la totalidad del peso del indicador, esto es un 20%.
En caso de incidencias se ponderará de la siguiente forma:
1 Incidencia por deficiente calidad de la prestación | descuento de 5% del peso del indicador |
2 Incidencias por deficiente calidad de la prestación | descuento de 10% del peso del indicador |
3 Incidencias por deficiente calidad de la prestación | descuento de 15% del peso del indicador |
4 Incidencias por deficiente calidad de la prestación | descuento de 20% del peso del indicador |
5 Incidencias por deficiente calidad de la prestación | descuento de 25% del peso del indicador |
A partir de 5 incidencias por deficiente calidad de la prestación | descuento de 100% del peso del indicador |
Indicador número 2: Incidencias del software de gestión y partes de trabajo (15%)
Este indicador evalúa el grado de funcionamiento del software de gestión ofertado por el contratista al ser obligación de este último su gestión y garantía de plena operatividad.
Este indicador evaluará el cumplimiento de las actualizaciones que se deben incorporar conforme a las modificaciones que se realicen en el servicio de cada edificio a través del SIG municipal, así como el seguimiento a través del programa del gestor de incidencias. Al mismo tiempo se evaluara la presentación junto con las certificaciones mensuales de los partes de trabajo debidamente sellado y firmados.
Para la aplicación de este indicador el Responsable de Contrato inspeccionará la ejecución del servicio con la periodicidad y frecuencia que estime confeccionado informe sobre el grado de funcionamiento de la herramienta de gestión, pudiendo emitir informe sobre los incumplimientos para fundamentar las incidencias que en su caso detecte.
La ponderación del indicador considerará la existencia o no de incidencias en el funcionamiento de la herramienta de gestión con independencia de la causa que la origine y el responsable de la misma, así de no existir incidencia alguna que permita de manera indubitada colegir un cumplimiento total se le aplicará como cumplimiento la totalidad del peso del indicador, esto es un 15%.
En caso de incidencias se ponderará de la siguiente forma:
Una incidencia por deficiente calidad de la prestación | Descuento del 5% del peso del indicador |
Dos incidencias por deficiente calidad de la prestación | Descuento del 10% del peso del indicador |
Tres incidencias por deficiente calidad de la prestación | Descuento del 15% del peso del indicador |
Cuatro incidencias por deficiente calidad de la prestación | Descuento del 20% del peso del indicador |
Cinco incidencias por deficiente calidad de la prestación | Descuento del 25% del peso del indicador |
Más de cinco incidencias por deficiente calidad de la prestación | Descuento del 100% del peso del indicador |
Indicador número 3: Ejecución del número de horas de prestación de servicios establecida
(15%)
Evalúa el grado de cumplimiento de las horas de prestación de servicio a que viene obligado el adjudicatario.
Para la aplicación de este indicador el Responsable del Contrato solicitará al adjudicatario cuanta información necesite sobre listados de personal, cuadrantes, partes diarios, semanales o mensuales de servicio, nóminas, TC1, TC2, etc., viniendo el adjudicatario obligado a facilitarla, en caso de negativa o de ser insuficiente la información aportada que impida la aplicación del indicador se le descontará el 100% del peso del mismo.
La ponderación del indicador considerará sobre las horas de prestación de servicios vigentes que deba ejecutar el adjudicatario el grado de cumplimiento de las mismas. Así una ejecución del 100% de las horas de prestación del servicio en el periodo analizado equivaldrá a un cumplimiento total por lo que se le asignará la totalidad del peso del indicador, esto es del 15%.
La ponderación se realizará de la siguiente forma (el signo < se refiere a igual o menor que el importe de referencia):
Grado de cumplimiento de los servicios (c) en el periodo evaluado | Cumplimiento del Estándar del indicador | ||
C | >99% | 100% | |
96% < | C | < 99% | 90% |
94% < | C | < 96% | 80% |
90% < | C | < 94% | 70% |
C | < 90% | 60% |
Indicador número 4: Disponibilidad de maquinaria, suministro permanente de materiales, productos de limpieza, y reposición diaria de productos consumibles (20%)
Evalúa el grado de cumplimiento por el adjudicatario de las obligaciones impuestas por el PPTP y de su oferta en cuanto a la dotación de maquinaria, suministro permanente de materiales, productos de limpieza y reposición diaria de productos consumibles tales como bolsas de basura, papel higiénico, toallitas secamanos, jabón, dispensadores antivandálicos de jabón y de toallitas secamanos, y cualesquier otro previsto en el PPTP, o cualquier otra dotación del servicio de limpieza.
Para la aplicación de este indicador el Responsable de Contrato inspeccionará la instalaciones con la periodicidad y frecuencia que estime confeccionado informe sobre el grado de cumplimiento de los objetivos que han de alcanzarse en cuanto a la dotación, suministro y reposición se refiere, según determinaciones del PPTP y de la oferta del adjudicatario, pudiendo acompañar de fotografías indicativas de los incumplimientos para fundamentar las incidencias que en su caso detecte.
Igualmente solicitará al adjudicatario cuanta información necesite sobre los aspectos inspeccionados, viniendo el adjudicatario obligado a facilitarla, en caso de negativa o de ser insuficiente la información aportada que impida la aplicación del indicador se le descontará el 100% del peso del mismo.
La ponderación del indicador considerará la existencia o no de incidencias en la dotación de maquinaria, suministro permanente de materiales, productos de limpieza y reposición diaria de productos consumibles; así de no existir incidencia alguna que permita de manera indubitada colegir un cumplimiento total de los objetivos se le aplicará como cumplimiento la totalidad del peso del indicador, esto es un 20%.
En caso de incidencias se ponderará de la siguiente forma:
1 Incidencia por falta de dotación de maquinaria, suministro permanente de materiales, productos de limpieza, y reposición diaria de productos consumibles | descuento de 5% del peso del indicador |
2 Incidencias por falta de dotación de maquinaria, suministro permanente de materiales, productos de limpieza, y reposición diaria de productos consumibles | descuento de 10% del peso del indicador |
3 Incidencias por falta de dotación de maquinaria, suministro permanente de materiales, productos de limpieza, y reposición diaria de productos consumibles | descuento de 15% del peso del indicador |
4 Incidencias por falta de dotación de maquinaria, suministro permanente de materiales, productos de limpieza, y reposición diaria de productos consumibles | descuento de 20% del peso del indicador |
5 Incidencia por falta de dotación de maquinaria, suministro permanente de materiales, productos de limpieza, y reposición diaria de productos consumibles | descuento de 25% del peso del indicador |
A partir de 5 incidencias por falta de dotación de maquinaria, suministro permanente de materiales, productos de limpieza, y reposición diaria de productos consumibles | descuento de 100% del peso del indicador |
Indicador número 5: Tiempo medio de sustitución del personal adscrito por el contratista a la ejecución de los servicios (15%)
Justificación: La rapidez en la sustitución del personal adscritos por el contratista a la ejecución de los servicios es capital en este tipo de servicios. En atención a ello se medirá el tiempo medio de sustitución del personal por referencia a un plazo máximo de sustitución de 24 horas a contar desde que se produzca la ausencia por la causa que sea.
Fórmula: Se calculará como producto del cociente resultante de aplicar al numerador el tiempo empleado en la sustitución del personal que se trate y el tiempo máximo de sustitución permitido.
Así se considera un incumplimiento del indicador obtener un valor superior a 1 en cualquiera de las sustituciones acordadas en el periodo analizado.
Indicador número 6: Incidencias del servicio imputables al adjudicatario (15%)
A estos efectos se considerará incidencia cualquier comunicación que se reciba sobre el servicio objeto de contrato por cualesquiera de los medios descritos en este pliego (llamada telefónica, por internet o correo electrónico, mediante app del sistema móvil, escrito registrado en las dependencias municipales, o escrito/comunicación o correo electrónico recibido en las dependencias municipales, ante el Responsable del Contrato o ante el contratista) que a juicio del Responsable del Contrato se considere imputable al contratista.
En caso de incidencias se ponderará de la siguiente forma:
De 1 a 3 incidencias en el servicio | Descuento de 5% del peso del indicador |
De 4 a 6 incidencias en el servicio | Descuento de 10% del peso del indicador |
De 7 a 9 incidencias en el servicio | Descuento de 15% del peso del indicador |
De 10 a 12 incidencias en el servicio | Descuento de 20% del peso del indicador |
De 13 a 15 incidencias en el servicio | Descuento de 25% del peso del indicador |
Más de 15 incidencias en el servicio | Descuento de 100% del peso del indicador |
La existencia de alguna incidencia o reclamación que tenga la consideración de grave, conforme a criterio argumentado por el Responsable del Contrato, implicará de forma automática la aplicación de un 0% del indicador.
B) Consideraciones adicionales
Cuando no se disponga de datos en alguno de los indicadores, se repartirá el valor de este entre el total de los restantes indicadores.
La evaluación de los indicadores se hará en los plazos fijados en el PCAP.
Su implantación y seguimiento permitirá conocer la evolución de los compromisos del concesionario adquiridos mediante la presentación de su oferta, abonándose una parte significativa de la retribución en función del grado de cumplimiento de los mismos.
CAPITULO CUARTO: VARIACION DE PRECIOS EN FUNCION DEL CUMPLIMIENTO DE DETERMINADOS OBJETIVOS DE RENDIMIENTO
12. VARIACION DE PRECIOS EN FUNCION DEL CUMPLIMIENTO DE DETERMINADOS OBJETIVOS DE RENDIMIENTO
De conformidad con el art. 87.4 del Texto Refundido de la Ley Contratos del Sector Público se incluye la presente cláusula de variación de precios, referida al precio unitario en su parte fija, en función del cumplimiento de determinados objetivos de rendimiento, determinándose con precisión los mismos.
- Descuento por la no actualización de la herramienta informática Sistema de Información Geográfica Municipal y del Programa de Incidencia Municipal
La contratista deberá tener permanentemente actualizada las herramientas informáticas descritas según características de las mismas.
En el supuesto de que la contratista no completara las actualizaciones a que viene obligado se le aplicará un descuento en la facturación mensual que corresponda de 500 €.
- Descuento por la no presentación de los partes de trabajo conjuntamente con la relación valorada mensual.
La contratista deberá adjuntar a la relación valorada mensual los partes de trabajo del mes de referencia de acuerdo con el plan de ejecución de los servicios ofertado.
En el supuesto de que la contratista no facilitara los mismos en tiempo y forma requerido a criterio del Responsable de Contrato, se le aplicará un descuento en la certificación mensual de 500 €.
- Descuento por la no ejecución de prestaciones.
En el supuesto de que la empresa adjudicataria no lleve a cabo la realización de alguno o varios de los servicios incluidos en este pliego, así como de las mejoras ofertadas, el Responsable del Contrato descontará de la factura el importe que corresponda con arreglo a la justificación de precios ofertada a la licitación, en caso de que se haya abonado previamente se descontará de la siguiente facturación que corresponda.
Con independencia del descuento por el servicio no ejecutado, se aplicará los siguientes descuentos en concepto de daños y perjuicios de acuerdo con la siguiente escala:
Importe operación | Importe Penalización (*) | Cantidad de operaciones no realizadas |
…....€ | 1.000 € | 1 operación |
1.000 € + (20% imp. operación an) x 1 | 2 operaciones | |
1.000 € + (20% imp. operación an) x 2 | 3 operaciones | |
1.000 € + (20% imp. operación an) x 3 | 4 operaciones |
- Descuento por la no sustitución de personal o modificaciones del personal, sin previa notificación y aprobación.
La empresa adjudicataria deberá tener en todo momento cubiertas las necesidades de cada instalación (colegios y dependencias) Sustituyendo al personal ausente en los plazos establecidos
El no cumplimento de dichos plazos establecidos supondrá un descuento de la certificación mensual de 500 €.
- Descuento por la no dotación o reposición del suministro de materiales obligado en los pliegos.
La empresa adjudicataria deberá tener en todo momento cubiertas las necesidades de suministro de materiales en cada instalación (colegios y dependencias) Debiendo prever con antelación la carencia de los mismos.
La comunicación por desabastecimiento de material en cualquier instalación (colegios y dependencias) supondrá un descuento de la certificación mensual de 500 €.
Anejos:
Anejo I: Descripción técnica de las actuaciones para seguridad de trabajos en altura
Anejo II: Justificación de precios base de licitación, así como información sobre mano de obra ex art. 120 TRLCSP