CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN
COMPARECEN
CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN
De una parte, don XXXXXXXXXX, mayor de edad, con DNI Nº XXXXXXXXXX, interviniendo en su propio nombre, con domicilio en la calle XXXXXXXXXX, teléfono XXXXXXXXXX e email XXXXXXXXXX. En adelante “EL AUTOR”, que ostenta los derechos de la obra: “XXXXXXXXXX”
Y de otra, xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, mayor de edad, con DNI N.º 00000000-X, interviniendo en nombre y representación de la empresa "GRUPO EDITOR VISION NET S.L.", con domicilio en la xxxxx Xxx Xxxxxxxxx, X.x 00, 00000 xx Xxxxxx (XXXXXX), con CIF N.º X-00000000 e email xxx@xxxxxxxxx.xx. En adelante “EL DISTRIBUIDOR”, entidad que le ofrece una plataforma eficaz de distribución en formatos impresos y electrónicos. Actúa en calidad de administrador, en virtud de escritura N.º 618/2018, de protocolo de la notaría de D.ª Xxxxx Xxxxx xx Xxxxx.
BORRADOR
Las partes se reconocen mutuamente su capacidad legal de contratar y, en su virtud, acuerdan suscribir el presente contrato con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
En virtud del presente contrato EL AUTOR solicita y autoriza a VNET DISTRIBUCIONES (división perteneciente al Grupo Editor Vision Net S.L.) a distribuir y comercializar la publicación detallada a continuación:
Títulos e ISBN contemplados:
Título: XXXXXXXXXXX
ISBN formato papel: XXX-XX-XXXXX-XX-X ISBN formato POD: XXX-XX-XXXXX-XX-X
ISBN formato eBook: XXX-XX-XXXXX-XX-X
El precio de referencia de la obra en sus diversos formatos será:
Formato Papel: 0,00 € (Sin impuestos)
Formato POD (impresión a demanda): 0,00 € (Sin impuestos)
Formato eBook: 0,00 € (Sin impuestos)
Formato eBook préstamo licencia anual (1 uso): 0,00 € (Sin impuestos) Formato eBook préstamo licencia (25 usos): 0,00 € (Sin impuestos) Formato eBook préstamo anual (uso ilimitado): 0,00 € (Sin impuestos)
A todos los precios se les aplica el 4% de IVA o el vigente en cada momento.
SEGUNDA: CONDICIONES DE DISTRIBUCIÓN
A. EL AUTOR cobrará el 10% del PVP sin impuestos de los ejemplares vendidos (Formato papel). Producidos y pagados por EL DISTRIBUIDOR.
B. Si EL AUTOR desea dejar en stock parte de los ejemplares adquiridos (Formato papel), EL DISTRIBUIDOR le pagará el 40% del PVP sin impuestos por cada ejemplar vendido. EL AUTOR podrá solicitar en cualquier momento, con una antelación de al menos 15 días laborables, la devolución de los ejemplares no vendidos a través del e-mail xxx@xxxxxxxxx.xx. La devolución se realizará x xxxxxx debidos, por lo que EL AUTOR correrá con los gastos de envío. Una vez finalizado el contrato de distribución, EL DISTRIBUIDOR devolverá los ejemplares no vendidos AL AUTOR x xxxxxx pagados.
C. Cuando se contemple la impresión y distribución a demanda (Formato POD), se imprimirá en blanco y negro (salvo excepción), papel blanco o ahuesado, con cubierta impresa a color y plastificado brillo o mate, sin solapas y encuadernación fresada. Las comisiones que EL AUTOR recibirá sobre las ventas en formato papel (POD) serán del 40% de los beneficios netos obtenidos por EL DISTRIBUIDOR.
BORRADOR
D. Cuando se contemple la distribución electrónica (Formato eBook), las comisiones que EL AUTOR recibirá serán del 40% sobre los beneficios netos obtenidos por EL DISTRIBUIDOR.
E. Una vez finalizado el contrato de distribución, si quedasen ejemplares en stock propiedad del DISTRIBUIDOR, este informará al AUTOR del número de ejemplares disponibles, quien podrá adquirir con un descuento del 75% sobre el PVP. Si no fuesen de su interés, ambas partes acuerdan expresamente que el DISTRIBUIDOR podrá liquidarlos a precio de saldo, destinarlos a donaciones, regalos, promociones o destruirlos. Sobre ellos EL AUTOR no recibirá remuneración alguna.
TERCERA: ADQUISICIÓN DE LA OBRA Y PAGO DE COMISIONES
A. Cualquier persona que desee obtener una copia de la publicación podrá hacerlo en librerías virtuales, cuando se trata de formatos electrónicos, y en librerías físicas o virtuales para formatos impresos.
B. EL AUTOR podrá controlar en todo momento las ventas de su obra, comprobar sus comisiones y solicitar su liquidación (mínimo 60€). Para ello, dispondrá de un panel de control de ventas con un acceso privado que le será asignado tras la firma del presente contrato.
C. No obstante, todas las liquidaciones de ventas se cerrarán anualmente o en el momento de cancelar la distribución. El cobro se realizará a los 30 días de la cancelación del contrato de distribución o, cuando se trate de liquidaciones anuales (mínimo 60€), durante el primer trimestre del año siguiente. EL AUTOR podrá ponerse en contacto con el DISTRIBUIDOR en cualquier momento y solicitar su liquidación. (Máx. dos veces al año)
D. Al poder realizarse la producción a demanda y la venta a través de otros partners, la liquidación comprenderá las ventas facturadas y comunicadas hasta la fecha de cierre.
E. El abono de las comisiones se realizará según los siguientes casos:
a. Residentes en España:
I Profesionales o empresas:
A través de la emisión de una factura. Para ello, se confeccionará la factura tomando como base imponible de la misma el resultado final obtenido en el “Panel de Control” y aplicando la fiscalidad correspondiente.
II Personas físicas no profesionales:
Se hará efectivo el pago de las comisiones que corresponda con una periodicidad anual, previa aceptación por e-mail, realizando la retención oportuna (según normativa vigente).
b. No Residentes en España:
I Para profesionales o empresas:
BORRADOR
A través de la emisión de una factura. Para ello, se confeccionará la factura tomando como base imponible de la misma el resultado final obtenido en el “Panel de Control” y aplicando la fiscalidad correspondiente.
c. Datos de facturación y envío de factura (profesionales o empresas)
GRUPO EDITOR VISION NET S.L.
CIF: X-00000000
San Xxxxxxxxx N.º 17- Madrid 28012
F. Las formas de cobro deberán atender a las normas tributarias vigentes en España en las que fija, para los no residentes, una retención del 24%, esta se reducirá al 15% a residentes en países de la UE, Islandia y Noruega.
EL AUTOR tendrá que remitir anualmente un certificado de residencia fiscal de su agencia tributaria de “residente” o “doble imposición”, con indicación de los tratados o convenios internacionales que le sean de aplicación. De no recibir este certificado anual, la retención que aplicará EL DISTRIBUIDOR será la vigente en el momento.
EL AUTOR proporcionará al DISTRIBUIDOR su número de cuenta bancaria, haciendo constar el código IBAN, junto con el número de entidad, sucursal, dígito de control y el número de cuenta (24 dígitos en total).
CUARTA: PLATAFORMAS O WEBS DONDE SE COMERCIALIZARÁN
El DISTRIBUIDOR gestionará el alta de la publicación en plataformas propias y en todas aquellas con las que tenga acuerdos de distribución:
Determinadas plataformas cuentan con dispositivos propios y utilizan formatos específicos. El tipo de protección será el que aplique cada plataforma.
A. EL DISTRIBUIDOR notificará semanalmente a sus partners las novedades y promociones, siendo potestad de los mismos la selección de libros a comercializar.
B. Salvo indicación por parte del AUTOR, la zona de distribución se entenderá de ámbito mundial.
C. Para excluir la distribución en alguna plataforma EL AUTOR debe indicarlo previamente o notificarlo posteriormente por escrito.
QUINTA: DURACIÓN DEL CONTRATO
BORRADOR
Este contrato tendrá una duración de CINCO AÑOS (5 AÑOS) a partir de la fecha de su firma. Llegando a su vencimiento, si ninguna de las partes comunica a la otra su intención de dar por terminada su vigencia (dicha comunicación deberá realizarse con un mínimo de 60 días laborales de antelación a la fecha del vencimiento deseado), se entenderá renovado por periodos anuales hasta su conclusión mediante el preaviso antes descrito.
SEXTA: EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato quedará extinguido:
a. Por cumplimiento del plazo de duración fijado en el mismo o de cada una de sus prórrogas sin denuncia por ninguna de las partes.
b. Por incumplimiento de las cláusulas del contrato.
c. Por algunas de las causas que en el contrato se prevén para su resolución.
d. Los derechos del autor se trasmiten a sus herederos, no extinguiéndose, por tanto, el contrato por su fallecimiento
No constituye causa de extinción la transmisión de participaciones sociales ni la fusión o absorción de la sociedad.
SÉPTIMA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
En caso de dudas que pudieran surgir en la interpretación del presente contrato, así como las reclamaciones por incumplimiento de alguna o de la totalidad de sus cláusulas, las partes, salvo disposición legal en contrario, se someten expresamente a los juzgados y tribunales de MADRID (ESPAÑA), renunciando a su propio fuero.
Como domicilio respectivo a efectos de notificaciones, se toma el que aparece en la cabecera de este contrato.
Ambas partes, habiendo leído y aceptado las cláusulas de este contrato, firman este documento por duplicado en todas las páginas como confirmación de su acuerdo:
En Madrid a XX de XXXX de XXXX
EL AUTOR EL DISTRIBUIDOR
Fdo. Grupo Editor Vision Net S.L.
BORRADOR
Fdo.