CONDICIONES JURÍDICAS, ECONÓMICAS Y TÉCNICAS QUE REGULAN LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO PARA LA EXPLOTACIÓN DE DE “BAR – TIENDA CENTRO DE DIA MULTISERVICIOS”
CONDICIONES JURÍDICAS, ECONÓMICAS Y TÉCNICAS QUE REGULAN LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO PARA LA EXPLOTACIÓN DE DE “BAR – TIENDA CENTRO DE DIA MULTISERVICIOS”
I. - OBJETO DEL CONTRATO NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER, Y RÉGIMEN JURÍDICO.-
1.-Es objeto del presente es establecer las condiciones jurídicas, económicas y técnicas que regulan la adjudicación del contrato para la explotación de “BAR – TIENDA CENTRO DE DIA MULTISERVICIOS”
2.- Las necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato se refieren a la satisfacción de las demandas de gran parte de las personas del municipio de Calmarza.
3.- El objeto del contrato se prestará sobre los bienes e instalaciones de titularidad municipal que se pondrán a disposición del adjudicatario para la explotación objeto del presente contrato y mientras permanezca vigente el mismo. Los citados bienes se pondrán a disposición del adjudicatario exclusivamente para la explotación del servicio estando expresamente prohibido su uso para aprovechamiento privado.
4.-El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo especial, tal y como establece el artículo 19.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y su procedimiento de adjudicación es el simplificado definido en la ley 3/2011, de 24 de febrero de Medidas en Materia de Contratos del Sector Público xx Xxxxxx
5.-En lo no previsto en el presente pliego, será de aplicación la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP, en adelante), Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la Ley 30/2007 (RGLCAP), así como el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y la Ley 3/2011, de 24 de febrero de Medidas en Materia de Contratos del Sector Público xx Xxxxxx
II.- CANON-
1.- El canon anual que sirve de base a la licitación se fija en MIL DOSCIENTOS (1.200,00) euros más el IVA aplicable que será revisado el uno de enero de cada año según el indice de precios al consumo. El precio resultante se abonara por doceavas partes mensuales mediante transferencia bancaria que el adjudicatario realizará la primera semana de cada mes.
III- DURACIÓN DEL CONTRATO.-
1.-El presente contrato tendrá una duración de un año, a contar desde la fecha del comienzo de su ejecución, la cual tendrá lugar entre los días 01 y 07 de julio de 2011.
2.- En caso de que el contrato, por causa no imputable al contratista, no iniciara en la fecha prevista, el plazo de duración del contrato comenzará a computarse desde el día siguiente al de su formalización en documento administrativo.
3.-Por mutuo acuerdo de las partes, podrá el contrato ser objeto de tres prórrogas anuales que se producirán automáticamente si no hay acuerdo en contra del órgano de contratación. Si hay acuerdo en contra se deberá comunicar al adjudicatario con una antelación de un més.
3.- En caso de que el empresario no tuviere intención de prorrogar el contrato habrá de advertirlo al Ayuntamiento de Calmarza con una antelación de 2 meses, al día de la finalización del periodo inicial o prórroga correspondiente. En caso de que dicha obligación fuere incumplida, mediante acuerdo del órgano de contratación podrá imponerse al contratista, con carácter forzoso, la prórroga del contrato por dicho plazo o, en su caso, por el menor que resulte preciso para proceder a la selección de un nuevo contratista.
V- PERFIL CONTRATANTE.-
De acuerdo con el artículo 10 2C de la Ley 3/2011, de 24 de febrero de Medidas en Materia de Contratos del Sector Público xx Xxxxxx y con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a la actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, se publicará en el perfil contratante de este Ayuntamiento sito en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
VI - PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.-
- Mejora en el canon ofertado al Ayuntamiento: Hasta un máximo de 10 puntos, a razón de un punto por cada 100,00
€ de incremento.
- Mejoras en el equipamiento y acondicionamiento de las instalaciones, para la finalidad objeto de licitación, por cuenta del adjudicatario: Hasta un máximo de 3 puntos valorándose 1 punto por cada mil euros de inversión prevista.
- Lista de precios ofertada, se tendrán en cuenta los precios de la cerveza (caña, tubo, botellín y sin) de los cafés (solo, cortado y con leche) refrescos (cola, limón,) y combinados (gin-tonic y similares) hasta un máximo de 5 puntos a razon de 050 puntos por cada 10 céntimos de diferencia promedio con al siguiente fórmula: puntuación=oferta a puntuar/mejor oferta x 5 Se adjunta una lista tipo, Anexo I, al objeto de que los criterios de valoración sean aplicables
- Experiencia en la explotación de instalaciones de similares características: Hasta un máximo de 2 puntos, a razón de un punto por cada dos años en que se acredite dicha experiencia.
VII.- PRESENTACION DE PROPOSICIONES.-
Las proposiciones se presentarán de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la LCSP .
Las proposiciones para participar en la contratación se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en horario de oficina, o por cualquiera de los medios establecidos en el Art. 38 de la Ley 30 de 1.992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de proposiciones finalizará a las 13,00 horas del DECIMO día natural, contado a partir del siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el Perfil Contratante.
Las proposiciones se presentarán en sobre cerrado, en el que figurará la siguiente leyenda: “Proposición para tomar parte en la licitación convocada por el Ayuntamiento de Calmarza para la contratación de la explotación de Bar- Tienda centro de día multiservicios 2011”.
Dentro del sobre se presentará:
SOBRE A: DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA
1º.- Documento nacional de identidad o fotocopia compulsada.
2º.- Declaración responsable (art.6.1 de la Ley 3/2001) de que cumple los requisitos de capacidad, representación y solvencia exigidos y comprometiéndose a acreditarlos en caso de que sea propuesto como adjudicatario
SOBRE B: OFERTA ECONÓMICA
1) Modelo de proposición: Ver ANEXO II
2) Memoria firmada por el proponente con indicación clara, precisa y valorada de las mejoras en las instalaciones, su funcionamiento y servicios ofertados.
3) Lista de precios propuesta. (Anexo I )
VIII.- Horario.-
Se establecen dos horarios mínimos, de invierno del 1 de noviembre al 30 xx xxxxx de 11 horas a 23 horas
Resto del año
de 10,30 horas a 24 horas
IX.- APERTURA DE PROPOSICIONES.-
1.- El Organo de Contratación en acto celebrado el segundo día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de ofertas, excepto si es sábado, en cuyo caso será el inmediatamente posterior, a las diez treinta horas, procederá a la apertura de los sobres relativos a Documentación Administrativa.
2.- El Organo de Contratación a los efectos de calificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante telefax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a cinco días naturales para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios.
3.- Una vez calificada la documentación y realizadas, si procede, las actuaciones indicadas, El Organo de Contratación determinará los licitadores que se ajustan a los requisitos de solvencia que establecen en el presente Pliego.
4.- El Organo de Contratación procederá a hacer un pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
X.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.-
1.- El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación siguiente:
- Obligaciones tributarias:
a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.
c) Además, el empresario propuesto como adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Calmarza. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en su propia Tesorería el cumplimiento de dicha obligación.
- Obligaciones con la Seguridad Social:
Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
- Garantía definitiva
a) El empresario cuya oferta hubiera sido seleccionada como la más ventajosa está obligado a constituir una garantía definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, IVA excluido.
b) La constitución de esta garantía deberá ser acreditada por el adjudicatario en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación.
c) En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 88 de la LCSP.
d) La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en el Capítulo I del Título IV del Libro I de la LCSP y en cualquiera de las formas que se establecen en el artículo 84.1 de la LCSP.
2.- El empresario deberá acreditar también en el plazo establecido en los apartados anteriores suscripción de las pólizas de seguros siguientes:
- Seguro de responsabilidad civil
- Otros seguros
El adjudicatario deberá presentar, si tiene trabajadores, antes de la adjudicación definitiva, copia y justificante de pago acreditativo de de la póliza de seguro obligatoria de Accidentes de Convenio de sus trabajadores actualizada a dicha fecha.
3.- Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la presentación de la documentación señalada se acordará por el órgano de contratación la adjudicación del contrato en resolución motivada y se publicará conforme a lo establecido en los artículos 42 y 135.4 de la Ley de Contratos del Sector Público.
4.- La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones.
XI.-OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL ADJUDICATARIO.-
A.- Serán de cuenta del adjudicatario las siguientes obligaciones:
1.- El contratista está obligado a abrir dentro del horario mínimo establecido y a pagar todos los gastos derivados de la explotación (luz, agua, ) así como el canon ofertado
Los Fines de Semana, Festivos y Fiestas Patronales el horario podrá ampliarse por el contratista, previa autorización por parte del Ayuntamiento. Si bien, hasta un máximo de dos días al año en los que sea previsible una muy baja afluencia al centro, la contratista podrá solicitar el cierre del Centro durante todo el día o bien la parte de la jornada.
2.- A cerrar y revisar los sistemas de alarmas, a realizar el encendido y apagado de las luces y sistemas de climatización del Centro así como atender las necesidades de los usuarios del centro a este respecto, y demás servicios del Centro Multiservicios.
3.- A colaborar con el personal designado por el Ayuntamiento en aquellas actuaciones que supongan una mejora en la atención de los usuarios.
4.- A llevar a cabo la limpieza integra del Centro, previa su apertura diaria del mismo, con especial incidencia en los baños y la sala de cafetería, con arreglo a las instrucciones realizadas por el Ayuntamiento en cuanto a la periodicidad en la limpieza de las distintas dependencias y elementos. Realizará mantenimiento de la maquinaria e instalaciones de la cafetería, (almacenes, barras, servicios y terrazas). Con carácter mínimo deberá limpiar todos los días antes de la apertura:
a.- Las barras del bar, servicios, barrer y fregar el suelo xxx xxxxxxx y limpiar el almacén. b.- Mantener limpias las mesas
c.- Vaciar las papeleras
d.- Depositar la basura en bolsas cerradas en los contenedores, para su posterior recogida por el Servicio.
5.- El contratista aplicará los precios de expedición de las consumiciones por el ofertado . 6.- A respetar la duración anual del contrato.
7.- A aportar los enseres y material fungible que complementen a los ya existentes. El Ayuntamiento realizará un inventario de los bienes existentes.
8.- A dar un trato esmerado y adecuado a los usuarios, de acuerdo con la función social del Centro. 9.- Al mantenimiento y conservación del mobiliario de la sala (mesas, sillas, etc.)
10.- A estar en posesión del carnet de manipulador de alimentos expedido por la Diputación General xx Xxxxxx. El adjudicatario deberá cumplir todas las obligaciones establecidas en el Decreto 131/2006, de 23 xx xxxx, del Gobierno xx Xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones sanitarias en los establecimientos y actividades de comidas. En particular, deberá disponer de un programa de autocontrol, en los términos señalados en el artículo 34 del citado Decreto, que pondrá a disposición del Ayuntamiento cuando éste así lo requiera.
11.- Obligación de tener los alimentos en la barra a disposición del público en el interior de vitrinas higiénicas, cumpliendo las indicaciones higiénico-sanitarias de los servicios veterinarios o farmacéuticos locales
12.- A no instalar máquinas recreativas o de otras características sin autorización del Ayuntamiento.
13.- A dejar libre y expedito los bienes objeto del presente al finalizar el contrato a disposición del Ayuntamiento al día siguiente al de la finalización del mismo, procediéndose en caso contrario a tomar posesión por el Ayuntamiento por su propia autoridad del citado bien.
14.- A suministrar, almacenar y reponer el material de limpieza necesario para mantener las instalaciones en las debidas condiciones higiénicas y de limpieza, realizando a su xxxxx las obras de mantenimiento o entretenimiento necesarias. La limpieza del establecimiento se realizará a diario realizando por parte del Ayuntamiento los oportunos controles de calidad.
15.- A mantener en el mismo estado y condiciones los bienes muebles que se detallaran en el inventario. Todos los deterioros que sufra dicho mobiliario, así como las averías en los servicios de fontanería, carpintería, albañilería y electricidad del bar, serán a cargo del adjudicatario. Las mejoras de modo permanente o no que se hagan, con la debida autorización del Ayuntamiento, quedarán en propiedad del Ayuntamiento sin indemnización alguna.
16.- A devolver tanto el bien inmueble como los muebles en perfecto estado de conservación, salvo los pequeños desperfectos naturales producidos por el normal y adecuado uso.
17.- A no ceder ni subarrendar, total o parcialmente, el bien objeto de este contrato sin permiso previo del Ayuntamiento.
18.- A no desarrollar en el inmueble actividades distintas de las contempladas en el presente. 19.- No podrá sobrepasar los 45 dB hasta las 22 horas y los 35 dB el resto del horario.
B.- Serán derechos del adjudicatario:
a) Utilizar las instalaciones, maquinaria, enseres y utensilios que para el cumplimiento del contrato se hayan puesto a su disposición por el Ayuntamiento de acuerdo con los principios de buena fe y diligencia.
b) Recabar del Ayuntamiento la reparación y en su caso la reposición del material reflejado en Inventario, siempre y cuando las averías o roturas no sean debidas a un mal uso por el adjudicatario.
c) Percibir, de los usuarios, el pago del precio de los productos que aquéllos adquieran, de conformidad con la lista de precios aprobada por el Ayuntamiento.
d) Solicitar al Ayuntamiento la variación de los precios de los productos básicos a percibir de los usuarios del servicio de bar-tienda.
e) Solicitar al Ayuntamiento indemnización por los daños y perjuicios que le pudiera ocasionar el rescate o la supresión del servicio, si estas se produjeran sin mediar culpa del adjudicatario.
C.- Obligaciones del Ayuntamiento:
a) El Ayuntamiento viene obligado a poner a disposición del adjudicatario el bien objeto del presente desde el mismo día de comienzo del contrato y hasta la fecha de finalización.
XII.- RÉGIMEN DE PENALIDADES
1.- A efectos contractuales se considerará falta penalizable toda acción u omisión del adjudicatario que suponga un quebranto de las exigencias específicas en el contrato.
2.- Las faltas que pudiera cometer el adjudicatario se clasificarán, según su trascendencia, en leves y graves, de acuerdo a los siguientes criterios:
3.- Faltas Leves:
- Falta de explotación con la continuidad y periodicidad convenida, con respeto a los horarios establecidos, siempre que no supusiera la interrupción total en la prestación del servicio durante más de dos días consecutivos, siempre que no concurran circunstancias de fuerza mayor.
- Deficiencias en la limpieza e higiene de las instalaciones, y mantenimiento y perfecto estado de funcionamiento de las mismas, sin causar daños a la salud de los usuarios.
- Inobservancia de las normas de seguridad e higiene alimentaria y de manipulación de alimentos y bebidas sin causar daños a la salud de los usuarios.
4.- Faltas Graves:
- Interrupción total en explotación durante tres o más días consecutivos o abandono unilateral de la prestación del servicio durante dicho periodo, siempre que en ambos casos no concurran circunstancias de fuerza mayor.
- Deficiencias en la limpieza e higiene de las instalaciones, mantenimiento y perfecto estado de las mismas, causando daños a la salud de los usuarios.
- Inobservancia de las normas de seguridad e higiene alimentaria y de manipulación de alimentos y bebidas causando daños a la salud de los usuarios.
- Enajenar o gravar bienes afectos a la explotación que hubiesen de revertir al Ayuntamiento, sin autorización expresa del Ayuntamiento.
- Incumplimiento de las normas de precios establecidas por la Administración.
- Comprobación de la falsedad en la información o documentos facilitados por el concesionario.
- Incumplimiento reiterado de las órdenes del órgano de contratación o, en su caso, del responsable del
contrato.
- Desaseo, falta de decoro e higiene, comportamiento inadecuado del contratista o el personal adscrito al
servicio previo un único requerimiento de la Administración.
- Incumplimiento de la obligación de mantenimiento de las pólizas de seguros.
- Reiteración en la comisión de tres o más infracciones Leves.
5.- La sanción que procederá por la comisión de infracciones leves, será la penalización al adjudicatario con una cantidad de entre 100 a 200€ por cada infracción leve cometida. Para ello deberá tramitarse el correspondiente expediente administrativo en el que necesariamente se dará audiencia al adjudicatario.
6.- La sanción que procederá por la comisión de infracciones graves, podrá ser la penalización al adjudicatario con una cantidad entre 201 y 1000€, y/o la resolución del contrato. Para ello deberá tramitarse el correspondiente expediente administrativo en el que necesariamente se dará audiencia al adjudicatario.
7.- Para la graduación de las sanciones a aplicar se tendrán en cuenta el daño producido, el beneficio obtenido por el infractor, así como su reincidencia y circunstancias personales y económicas.
8.- En caso de que la interrupción de la explotación se produjera como consecuencia del ejercicio de los derechos colectivos de los trabajadores, no se impondrán penalidades.
XIII.-PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
1.-El órgano de contratación dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP, de conformidad con lo previsto en el artículo 194 y ss. de la misma, ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público (LCSP) y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP). Asimismo, podrá acordar la supresión o rescate de la explotación, debiendo indemnizar, en este caso al contratista.
2.-Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Secretaría General, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
3.-Los órganos del orden jurisdiccional contencioso administrativo con competencia en el municipio serán competentes para resolver cuantas cuestiones litigiosas se susciten en relación con la preparación, adjudicación, efectos y extinción del presente contrato.
ANEXO I
Lista de precios orientativa
CONCEPTO | PRECIOS MAXIMOS |
CAFES | |
CAFÉ SOLO | |
CAFÉ CORTADO | |
CAFÉ CON LECHE | |
CAFÉ DESCAFEINADO | |
CARAJILLO | |
INFUSIONES (MANZANILLA, TE, XXXXX, XXXX, OTROS) | |
VARIOS | |
COCA-COLA | |
KAS NARANJA | |
KAS LIMON | |
TONICA | |
BITTER | |
ZUMOS | |
BATIDOS | |
VINO PEQUEÑO | |
REFRESCO | |
CERVEZA | |
CERVEZA SIN ALCOHOL | |
AGUA MINERAL | |
CAÑA | |
MARTINI | |
COPAS | |
SOBERANO | |
VETERANO | |
PACHARAN | |
ANIS | |
CUBATAS | |
WHISKI (SOLO Ó CON HIELO) | |
COMBINADOS DE WHISKI X XXXXXXX | |
LICORES | |
CHUPITO DE WHISKY | |
CHUPITO DE LICORES |
XXXXX XX.- MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Don/doña: .............................................................con domicilio en municipio
de......................................cp..............y D.N.I. Núm................................expedido en. en nombre propio (o
en representación de ), enterado de la licitación convocada para la adjudicación de explotación
Servicio de Bar-Tienda Centro de Dia Multiservicio , toma parte en la misma, comprometiéndose a su aprovechamiento, mediante el pago de un canon anual de................................(en letra y número) euros, con arreglo al presente
documento de condiciones jurídicas, técnicas y económicas, que acepta íntegramente, con las mejoras que se especifican en documento adjunto, haciendo constar que no está incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar, conforme a lo señalado en la Ley de Contratos del Sector Público.
PRECIO (ANUAL) | IVA | PRECIO TOTAL |
(lugar, fecha y firma).
XXXXX XXX DECLARACIÓN RESPONSABLE
DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR
D/DÑA.
............................................................................
en
D.N.I.
................................................,
con domicilio
calle ....................................................... y provisto
...............................
en
nombre propio
o
en representación
de
del
la
empresa
calle
..................................................................
con
domicilio
en
............................,
..................................................
C.P.
...................
Tfno.
......................................
y
C.I.F. ........................................................
En relación con el expediente ………………………..
DECLARA
Que ni él, ni la empresa a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes
legales de la misma, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar con las Administraciones públicas, señaladas en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Igualmente declara que la citada empresa se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose, caso de resultar adjudicatario, a presentar en un plazo máximo de 10 días hábiles, la acreditación de tal
requisito.
Declara, asimismo, que no tiene deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo con el
Ayuntamiento de Calmarza.
Y para que conste, firmo la presente declaración en ……………………………, a de
…………..…….…….. de 2………….
Fdo:…………………………………………
D.N.I.: