Contract
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CONTRATO CIVIL DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRA EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL DE LA XXXXXXXX CON EL INGENIERO AGRÓNOMO XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX En la Parroquia de la Xxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxx , comparecen a la celebración del presente contrato por una parte el Gobiernos Autónomo Descentralizado Parroquial de la Xxxxxxxx, representada por su Presidente el señor Xxxxxxxx Xxxxxxxxx a quien en adelante y para efectos del presente contrato se le denominara como CONTRATANTE; y, por otra parte, el Ingeniero Agrónomo Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, portador de la cedula de identidad No. 0000000000, comparece por sus propios derechos, a quien en adelante se le denominará como el PROFESIONAL. Los comparecientes son de nacionalidad ecuatoriana, domiciliados en la parroquia la Xxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxx, Provincia del Azuay, hábiles para contratar, como en efecto lo hacen al tenor de las siguientes cláusulas: PRIMERA.- ANTECEDENTES: Que el Reglamento General a la Ley Orgánica de Servicio Público dada por Decreto Ejecutivo No. 710, publicado en Registro Oficial Suplemento 418 de 1 xx Xxxxx del 2011. Establece en el Art. 148.- De los contratos civiles de servicios.- La autoridad nominadora podrá suscribir contratos civiles de servicios profesionales o contratos técnicos especializados sin relación de dependencia, siempre y cuando la UATH justifique que la labor a ser desarrollada no puede ser ejecutada por personal de su propia entidad u organización, fuere insuficiente el mismo o se requiera especialización en trabajos específicos a ser desarrollados, que existan recursos económicos disponibles en una partida para tales efectos, que no implique aumento en la masa salarial aprobada, y que cumpla con los perfiles establecidos para los puestos institucionales y genéricos correspondientes. El Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial de la Xxxxxxxx es una entidad de derecho público cuya finalidad es el fortalecimiento de su parroquia a través de estrategias de sus capacidades, acompañamiento y construcción de políticas públicas a favor de la población rural con una mirada articuladora y participativa de los procesos y la ejecución técnica de sus competencias. Dentro de su naturaleza jurídica, es un ente de persona jurídica de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera. Una de las funciones determinada en el literal g) del Art. 63 de Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización para los Gobiernos Parroquiales es fomentar la inversión y el desarrollo económico especialmente de la economía popular y solidaria, en sectores como la agricultura, artesanía y turismo, entre otros, en coordinación con los demás gobiernos autónomos descentralizados.
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En el Art. 65 del cuerpo legal en referencia, establece que es competencia exclusiva del Gobierno Parroquial incentivar el desarrollo de actividades productivas comunitarias la preservación de la biodiversidad y la protección del ambiente. En el Art. 135 del COOTAD establece el ejercicio de la competencia de fomento de las actividades productivas para los Gobiernos Parroquiales, el cual definirá de manera concurrente la definición de estrategias participativas de apoyo a la producción; el fortalecimiento de las cadenas productivas con un enfoque de equidad; la generación y democratización de los servicios técnicos y financieros a la producción; la transferencia de tecnología, desarrollo del conocimiento y preservación de los saberes ancestrales orientados a la producción; la agregación de valor para lo cual se promoverá la investigación científica y tecnológica; la construcción de infraestructura de apoyo a la producción; el impulso de organizaciones económicas de los productores e impulso de emprendimientos económicos y empresas comunitarias; la generación de redes de comercialización; y, la participación ciudadana en el control de la ejecución y resultados de las estrategias productivas. Para el cumplimiento de sus competencias establecerán programas y proyectos orientados al incremento de la productividad, optimización xxx xxxxx, asistencia técnica, suministro de insumos, agropecuarios y transferencia de tecnología, en el marco de la soberanía alimentaria, dirigidos principalmente a los micro y pequeños productores. Para viabilizar el Proyecto Agroecológico y Productivo la Xxxxxxxx para el año 2015 y llevar a cabo un Plan de Sostenibilidad, el mismo que apoyara al desarrollo social y productivo agroecológico de la población rural, es necesario contratar un profesional quien llevara a cabo la capacitación tanto teórica como práctica de la producción. Realizara el debido seguimiento de la población beneficiaria acorde a las etapas establecidas en el proyecto y bajo la supervisión del Presidente del GAD Parroquial o su delegado. Por su parte el PROFESIONAL, declara no estar incurso en ningún tipo de prohibición establecido en la Ley Orgánica de Servicio Público, y cumplir con todos los requisitos establecidos en el Artículo 5 de mencionado cuerpo legal. Se cuenta con la existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria Nº 71.15.10 denominada Servicios Personales por Contrato, conforme consta con el certificado conferido por la Tecnóloga Xxxxxxxxx Xxxxxx Secretaria – Tesorera del GAD Parroquial de la Xxxxxxxx. SEGUNDA.- OBJETO: Mediante el presente documento, EL CONTRATANTE contrata los servicios lícitos del PROFESIONAL con el fin de que desempeñe las funciones de Técnico en Producción de conformidad al perfil Técnico requerido por el CONTRATANTE, para la asistencia técnica, seguimiento, capacitación, evaluación, monitoreo y control del proyecto de Agroecológico y Productivo la Xxxxxxxx para el año 2015; así también, asistirá y asesorara a el CONTRATANTE en los proyectos y programas que efectué dentro de su Planificación institucional, actividades estas que por ser lícitas, y por no atentar a la ley, moral o buenas costumbres La PROFESIONAL acepta y se compromete a cumplir.
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TERCERA.- INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS: los términos del contrato deben interpretarse en un sentido literal, en el contexto del mismo, cuyo objeto revela claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
1. Cuando los términos se hallen definidos en las leyes ecuatorianas, se estará a tal definición.
2. Si no están definidos en las leyes ecuatorianas, se estará lo dispuesto en el contrato en su sentido literal y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes.
3. En su falta o insuficiencia se aplicara las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV del Código Civil, De la interpretación de los Contratos.
De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato. CUARTA.- DOCUMENTOS HABILITANTES: Forman parte integrante del presente contrato los siguientes documentos habilitantes:
La certificación de la disponibilidad presupuestaria. Autorización de la Presidenta para la elaboración del presente contrato. Términos de Referencia para la contratación de la Profesional (debe incorporar el informe
de la UATH respecto a la necesidad del técnico)
Proyecto Agroecológico y Productivo la Xxxxxxxx para el año 2015 Curriculum Vitae (Hoja de Vida) Copia del RUC.
Certificado del Ministerio de Relaciones Laborales de No tener Impedimento Legal para prestar servicios en el Sector Publico.
Declaración Juramentada de Bienes Patrimoniales presentada en la Contraloría General del Estado.
QUINTA.- OBLIGACION DEL PROFESIONAL: Con el fin de cumplir lo estipulado en el presente Contrato, El PROFESIONAL podrá desempeñar con sus obligaciones contractuales, sean estas dentro o fuera de las Instalaciones Administrativas del GAD Parroquial de la Xxxxxxxx, así también, cumplirá con la debida asesoría y asistencia en los proyectos y programas que efectué el GAD Parroquial de la Xxxxxxxx dentro de su Planificación institucional.
Focalización de los terrenos
Capacitación a beneficiarios del proyecto y comunidad Presentar informes respectivos de cada mes antes del pago planillado
Apoyar en otros aspectos dentro de la institución q lo contrata
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SEXTA.- HONORARIOS PROFESIONALES:- Como contraprestación a los servicios que EL PROFESIONAL realice, EL CONTRATANTE se compromete a cancelar, por concepto de Honorarios Profesionales un valor total de $ 2700( dos mil setecientos dólares ); el cual será cancelado en dividendos mensualidades de $ 900 ( novecientos dólares) más el valor del IVA, previa presentación del informe mensual y la factura. SEPTIMA.- FACILIDADES: EL CONTRATANTE brindará todo tipo de facilidades a El PROFESIONAL con el propósito de que cumpla las funciones que le corresponden. El PROFESIONAL, cuando lo requiera, contará con la colaboración de los otros profesionales, auxiliares, técnicos, asistentes o demás personal administrativo de LA CONTRATANTE. OCTAVA.- NATURALEZA: En vista de que el presente Contrato es de naturaleza Civil, el Gobiernos Autónomo Descentralizado Parroquial de la Xxxxxxxx no tendrá ninguna obligación laboral con El PROFESIONAL, por lo que no están ni se entienden incorporadas al presente Contrato las disposiciones del Código del Trabajo. Por tanto, las partes contratantes no podrán invocar las disposiciones contenidas en la Ley mencionada en cualquier disputa, interpretación, o reclamo que tuvieren. La presente relación queda especial y expresamente excluida de cualquier liquidación, indemnización o remuneración que pudiere causarse por la aplicación de cualquier ley laboral o relacionada con el régimen laboral a la finalización del presente contrato. El PROFESIONAL podrá realizar sus actividades dentro del GAD Parroquial, sin que ello no impida realizarlas en sus propias instalaciones. La relación laboral será directa y bilateral entre el PROFESIONAL y sus trabajadores, de ser el caso, sin que haya responsabilidad solidaria por parte del GAD Parroquial de la Xxxxxxxx. NOVENA.- RESERVA DE INFORMACION: En vista de que El PROFESIONAL tendrá acceso a información reservada que tiene que ver con el CONTRATANTE, se compromete y obliga a guardar absoluta discreción respecto a toda la información a la que tenga acceso. Por tanto, todos los documentos, cartas, planes, proyectos, contratos y demás instrumentos o información relacionada a su trabajo que tenga que ver con el GAD Parroquial de la Xxxxxxxx, a los que tenga acceso deberán permanecer dentro de las oficinas del CONTRATANTE, a menos que con el fin de cumplir con los servicios materia del presente contrato deba transportarlos a otros lugares pero siempre con la autorización del contratante, Adicionalmente, toda la información oral a la que tenga acceso, relacionada con todo tipo de documentos, cartas, planes, proyectos, contratos y demás instrumentos, no podrá ser divulgada a ningún tercero, y por ningún motivo, salvo el caso que lo amerite la información será divulgada mediante socialización autorizada por la máxima autoridad. DECIMA.- DURACION: El presente Contrato tendrá un plazo de duración desde el 15 de octubre del 2015 hasta el 15 de enero del año 2016, luego de lo cual las partes podrán acordar renovarlo por un plazo que deberá ser convenido mediante documento suscrito entre las partes. Sin embargo, si alguna de las partes manifiesta su voluntad contraria a renovarlo, El PROFESIONAL no deberá recibir, ni podrá exigir ningún tipo de liquidación, indemnización o remuneración especial. Las partes expresamente aclaran que el presente Contrato no se renovará automáticamente por ningún motivo.
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DECIMA PRIMERA.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO:
1. Por cumplimiento total de estas obligaciones 2. Por mutuo acuerdo de las partes. 3. Por declaración unilateral por parte del GAD Parroquial.
DECIMA SEGUNDA.- JURISDICCION Y COMPETENCIA: Las Partes se comprometen a ejecutar de buena fe las obligaciones recíprocas que contraen mediante este Contrato y a realizar todos los esfuerzos requeridos para superar, de mutuo acuerdo, cualquier controversia. Toda controversia o diferencia derivada de la aplicación, validez, interpretación, nulidad o cumplimiento del presente Contrato será resuelta con la asistencia de un mediador del Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado. DECIMO TERCERA.- CUSTODIA: El PROFESIONAL queda como responsable absoluto de los bienes, enseres, y todo lo que se le entregare bajo su responsabilidad, como también lo existente en el lugar de trabajo siempre y cuando pertenezca al GAD Parroquial de la Xxxxxxxx. Para constancia de todo lo acordado en el presente contrato y ratificándose en todas y cada una de las cláusulas, las partes lo suscriben en original y una copia en esta Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx, xx xxxxx 00 xx xxxxxxx xx 0000. Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Ing. Xxxxxx Xxxxxxxxxx PRESIDENTE DEL GAD PARROQUIAL RUC: 0104822242001 DE LA XXXXXXXX EL PROFESIONAL EL CONTRATANTE