LICITACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO DE ASESORAMIENTO JURIDICO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
Insc. Registro de Fundaciones, Sección Primera F “Docentes, Científicas y Desarrollo” con el nº SE/621 con CIF: G 41918830.
LICITACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO DE ASESORAMIENTO JURIDICO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
No Sujeto a regulación armonizada
FUNDACIÓN PÚBLICA ANDALUZA PARA LA GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN EN SALUD EN SEVILLA (FISEVI)
Expediente: 12/2018
Título: Contrato de servicio de asesoramiento jurídico Código CPV: 79100000-5 Servicios jurídicos
1. OBJETO.
El objeto del presente pliego es definir y establecer las características mínimas que ha de cumplir el servicio de asesoramiento jurídico de FISEVI.
Insc. Registro de Fundaciones, Sección Primera F “Docentes, Científicas y Desarrollo” con el nº SE/621 con CIF: G 41918830.
El contrato de arrendamiento de servicios profesionales, referidos a la labor jurídica concretada en los servicios que se relacionan a continuación, es de naturaleza mercantil y se llevará a cabo con estricta sujeción a las normas deontológicas de la abogacía, asumiendo plenamente el cliente la retribución de los honorarios profesionales correspondientes al servicio prestado. El asesor o asesores designados por el adjudicatario prestarán los servicios referidos sin relación de dependencia respecto de la estructura organizativa, disciplinaria y jerárquica de FISEVI tanto en las dependencias de la entidad arrendadora, como en su propio despacho profesional, sin sujeción a horario y con plena disponibilidad a favor de la entidad contratante.
El trabajo consistirá en la resolución de consultas y en su caso la emisión de informe, preparación de escritos, recursos y reclamaciones en vía administrativa, y demás actuaciones sobre los asuntos que se pudieran plantear en relación a las materias enumeradas en el apartado segundo.
Las consultas serán realizadas y evacuadas mediante correo electrónico en el plazo más breve como sea posible. El asesor se personará en cuantas reuniones se estime necesario en la sede de la fundación para aclarar los asuntos que requieran un análisis o exposición más pormenorizada.
FISEVI designará un interlocutor que lo represente en sus relaciones con el asesor. Salvo que se designe para un caso concreto a otra persona, esta persona será la encargada de formular las consultas y de recibir las oportunas respuestas.
Quedan excluidos del presente contrato los siguientes servicios:
- Las actuaciones que por su carácter excepcional, su complejidad o dificultad jurídica no puedan considerarse retribuidas con la asignación anual, y con tal carácter se establezcan de común acuerdo entre las partes.
- Cualquier reclamación o litigios por vía judicial o arbitral. En este caso, el asesor se encargará de la coordinación, seguimiento y traslado de
información sobre el asunto, y presentará un presupuesto para la gestión integral del litigio hasta su buen término y se facturará aparte. No obstante se contempla como mejora la inclusión en el precio del servicio de un número de actuaciones de representación en juicio y/o en actos de conciliación.
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- Los desplazamientos fuera del término municipal donde radique la sede principal del cliente, que se facturarán de acuerdo a las normas aprobadas al efecto por el Ilustre Colegio de Abogados xx Xxxxxxx.
2. DESCRIPCIÓN DE MATERIAS
2.1. FISCAL
a) Establecimiento, de acuerdo con los responsables de la Fundación, de las directrices generales de planificación fiscal, revisando y adaptando las mismas en función de las necesidades que pudieran plantearse en cada momento.
b) Contestación a las consultas que pudieran plantearse en el desarrollo normal de la actividad de la Fundación y que se formulen en relación a todos los aspectos de la tributación española y, especialmente, respecto de las siguientes figuras tributarias:
• Impuesto sobre sociedades
• Impuesto sobre el Valor Añadido
• Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Retenciones)
• Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
• Impuestos Municipales
c) Revisión de la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades de la Fundación.
d) Información y análisis de las distintas modificaciones de la legislación fiscal que pudiera afectar a la Fundación.
2.2. LABORAL
a) Información y asesoramiento jurídico laboral.
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• Análisis de la legislación que vincula a FISEVI en los distintos ámbitos de las relaciones con sus profesionales y la Junta de Andalucía: requisitos para realizar contrataciones, modificar condiciones de trabajo, régimen disciplinario de aplicación, posible vinculación de Convenios Colectivos, procesos de selección, etc.
• Resolución de consultas y elaboración de los dictámenes e informes jurídicos que nos sean requeridos por el Cliente en materia laboral.
• Elaboración de instrucciones, reglamentos, cartas o cualquier otro tipo de documento en materia laboral y de recursos humanos que deban promoverse desde la Compañía con el fin de garantizar el cumplimiento de la normativa laboral.
b) Asesoramiento en materia de contratación laboral.
• Asesoramiento en materia de contratación de carácter indefinido o temporal de empleados/as, con relación laboral (de carácter ordinario o especial).
• Asesoramiento en la inclusión y redacción de cláusulas contractuales particulares (i.e. cláusulas de no concurrencia post- contractual, pactos de permanencia, exclusividad, etc.).
• Asesoramiento en relación con la modalidad más adecuada de contratación temporal y adecuación de los contratos temporales a la legalidad vigente.
• Asesoramiento sobre relaciones especiales de alta dirección con exclusión de procesos de negociación con los afectados o sus abogados o representantes legales.
• Asesoramiento general en materia retributiva y sistemas de retribución.
• Asesoramiento general sobre las diferentes vicisitudes en las que se desarrolle la relación laboral individual: periodo de prueba, excedencias, permisos, vacaciones, huelgas, incapacidades, jubilaciones.
• Asesoramiento sobre situaciones específicas del trabajador
c) Modificación y extinción de contratos.
• Asesoramiento general en los procedimientos individuales y colectivos de suspensión o extinción de los contratos de trabajo, así como de las indemnizaciones que, en su caso, pudieran generarse.
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• Redacción de comunicaciones y escritos necesarios para la formalización de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, la suspensión de contratos de trabajo, su extinción, etc.
d) Condiciones laborales y Convenios Colectivos.
• Asesoramiento en relación con las condiciones laborales aplicables (entre otras, retribución, jornada, horarios, horas extraordinarias, clasificación profesional, categorías profesionales, vacaciones, etc.) y con la aplicación e interpretación del/los Convenio/s Colectivo/s que resulten aplicables a sus empleados/as.
• Resolución de consultas en relación a la negociación del Convenio Colectivo.
e) Seguridad Social.
• Asesoramiento al Cliente en materias relativas a la Seguridad Social, tales como el encuadramiento en los diferentes regímenes de la Seguridad Social, cotizaciones, prestaciones de la Seguridad Social, etc.
f) Asesoramiento en materia de expedientes disciplinarios (imposición de sanciones).
• Valoración de las faltas o infracciones cometidas por los/las trabajadores/as, y asesoramiento en el procedimiento formal a seguir.
• Redacción de cartas de amonestación, sanción, despido o de los documentos necesarios en la tramitación del expediente disciplinario contradictorio, allí donde proceda legalmente.
g) Asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales.
• Asesoramiento al Cliente desde un punto de vista jurídico formal en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
h) Representantes legales de los trabajadores/as.
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• Asesoramiento general al Cliente en cuestiones relacionadas con la representación de los trabajadores/as (funciones, garantías, competencias, medios, etc.).
i) Igualdad de oportunidades, no discriminación y prevención del acoso.
• Asesoramiento al Cliente en relación con la igualdad de oportunidades, no discriminación y prevención del acoso.
• Resolución de consultas en relación a la negociación del Plan de Igualdad que se va a iniciar en la Fundación.
j) Relaciones no laborales con terceros en centros de trabajo de FISEVI:
• Asesoramiento en materia de contratas o prestaciones de servicios con terceros: empresas o autónomos.
• Asesoramiento sobre Empresas de Trabajo Temporal y los trabajadores que prestan sus servicios en la FPS a través de los contratos de puesta a disposición.
• Asesoramiento respecto a la formalización y desarrollo de la relación de FISEVI con alumnos en prácticas, becarios o cualquier otra figura de carácter no laboral que se pueda dar en las instalaciones de FISEVI.
k) Asesoramiento sobre actuaciones de la Inspección de Trabajo.
l) Consultas verbales, de carácter extraoficial ante las administraciones competentes en materia laboral y/o de Seguridad Social.
2.3. ASESORÍA JURÍDICA GENERAL
Cualquier asunto de ámbito jurídico de cualquier materia no mencionada en los apartados anteriores sobre las que pudiera surgir dudas o consultas en el ámbito de FISEVI, incluyendo la información sobre novedades legislativas de cualquier ámbito que pueden afectar a la gestión de la fundación, con comentarios sobre su trascendencia y recomendaciones para la aplicación.