EL ÓRGANO DE GOBIERNO DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ – JEP-
ÓRGANO DE GOBIERNO
ACUERDO AOG No. 36 DE 2023
(30 de octubre)
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
EL ÓRGANO DE GOBIERNO DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ – JEP-
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acto Legislativo 01 de 2017, la Ley 1957 de 2019, el Acuerdo ASP No. 001 de 2020, y
CONSIDERANDO
Que el artículo transitorio 5º del Acto Legislativo 01 del 2017 creó la Jurisdicción Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica.
Que, adicionalmente, respecto de su naturaleza jurídica, el mismo artículo del citado Acto Legislativo señala que la JEP estará sujeta a un régimen legal propio y se encargará de administrar justicia de manera transitoria y autónoma.
Que el artículo 7 transitorio del citado Acto Legislativo dispuso que la JEP está compuesta por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y Determinación de los Hechos y Conductas, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, la Sala de Amnistía o Indulto, el Tribunal para la Paz, la Unidad de Investigación y Acusación, y la Secretaría Ejecutiva la cual se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la entidad.
Que el artículo 110 de la Ley 1957 del 6 xx xxxxx de 2019 previó que la JEP “tendrá un Órgano de Gobierno cuyo objeto será el establecimiento de los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de la estrategia general de la JEP, así como en la toma de decisiones de planeación, diseño y/o mejoramiento organizacional, definición de herramientas, lineamientos y criterios generales necesarios para el funcionamiento, así como la definición de políticas públicas que involucren a la JEP”.
Que el numeral 8° del referido artículo establece como una de las funciones del Órgano de Gobierno “determinar requisitos, funciones y competencias de los empleos que conforman la planta de personal de la JEP”.
Que el artículo 2.2.3.5 del Decreto 1083 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública” determinó que las entidades deben identificar en el Manual de Funciones y de Competencias Laborales, los Núcleos Básicos del Conocimiento
-NBC- que contengan las disciplinas académicas o profesiones, de acuerdo con la clasificación establecida en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior -SNIES-.
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Que los artículos 2.2.4.7 y 2.2.4.8 del Decreto 815 del 2018 “Por el cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos”, determinaron las competencias comportamentales que deben acreditar o desarrollar quienes estén vinculados a la administración pública, agrupadas en dos secciones: comunes y por nivel jerárquico.
Que en virtud de la normativa vigente, el Órgano de Gobierno, mediante Acuerdo AOG No. 006 de 2018, adoptó el manual de funciones y competencias laborales de la planta de personal de la Presidencia, del Tribunal Especial para la Paz, de las Salas de Justicia, del Grupo de Análisis de la Información – GRAI, de la Secretaría Judicial, de la Unidad de Investigación y Acusación -UIA y de los empleos de Secretario Ejecutivo, Director Administrativo (Subdirector Nacional), Subdirector Financiero (Asesor III), Tesorero (Asesor II), Contador (Asesor II) y Presupuesto (Asesor II) de la Secretaría Ejecutiva.
Que el Acuerdo AOG No. 001 de 2019 modificó los Acuerdos AOG No. 005 y 006 de 2018 en relación con la estructura organizacional y el manual de funciones de la UIA.
Que el Órgano de Gobierno, mediante el Acuerdo AOG No. 012 de 2023, modificado por el Acuerdo AOG No. 022 de 2023, estableció la estructura organizacional de la JEP.
Que mediante Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023, el Órgano de Gobierno adoptó el Manual de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la UIA de la Jurisdicción Especial para la Paz.
Que la UIA, en atención a las funciones y procedimientos internos de sus grupos de trabajo, así como a las necesidades propias de la misionalidad de la Unidad, evidencia la necesidad de incorporar a sus manuales de funciones el núcleo básico del conocimiento denominado “Antropología, Artes Liberales”, que incluye la profesión de antropología en los empleos pertenecientes a los grupos Especializado Técnico Investigativo Judicial y Apoyo Técnico Forense, así como a las fichas transversales de empleos del nivel técnico y profesional, con el fin de cumplir los requerimientos de la magistratura y las funciones de esa Unidad, y complementar los análisis, investigaciones y demás actividades que se realizan para el esclarecimiento de los hechos, conductas y demás información obtenida en las investigaciones que se adelantan1.
Que, actualmente, la antropología en sus diferentes líneas es aplicada para la caracterización a presuntos lugares de interés forense, procesos de exhumación, diseño e implementación de lineamientos de enfoque de género y enfoque diferencial, análisis de contextos y demás
1 Justificación técnica presentada por la UIA, mediante oficio UIA – 044 del 28 de julio de 2023.
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actividades asociadas en el recaudo de elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida en el ámbito dialógico y adversarial propios de la misionalidad de esa Unidad, por lo que resulta necesario incluir dentro de los requisitos de educación de las fichas del manual de funciones de los cargos de Profesional de Gestión II, Profesional de Gestión I, Técnico Investigador IV y Técnico Investigador II del grupo Especializado Técnico Investigativo Judicial; Profesional de Gestión I, Técnico Investigador IV y Técnico Investigador II del grupo de Apoyo Técnico Forense, así como las fichas transversales de los empleos Profesional de Gestión II, Profesional de Gestión I, Técnico Investigador IV y Técnico Investigador II, el núcleo denominado “Antropología, Artes Liberales”2
Que, mediante el Decreto 266 de 20183, se dispuso que para los empleos de Magistratura de la JEP aplica la nomenclatura y requisitos de los empleos de la Rama Judicial, mientras que para los empleos de la UIA y de la Secretaría Ejecutiva aplica la nomenclatura de la Fiscalía General de la Nación.
Que, en la ficha del manual de funciones del empleo de Conductor II contenida en el Acuerdo AOG No. 014 de 2023, se dispuso como requisito contar con licencia de conducción con categoría B2 o C2, el cual corresponde a un requerimiento que aplica a los manuales de la magistratura para el empleo de “Conductor o Chofer de Corporación Nacional y Equivalentes, Grado 6”, tal como se prevé para la Rama Judicial, mas no para el empleo de Conductor II de la Fiscalía General de la Nación.
Que, en consecuencia, el Órgano de Gobierno advierte la necesidad de modificar la ficha del manual de funciones del empleo de Conductor II contenida en el Acuerdo AOG No. 014 de 2023, a efectos de suprimir el requisito de la categoría B2 y C2 en la licencia de conducción y, de esa forma, atender la disposición del Decreto 266 de 2018.
Que, aun cuando para el empleo de Conductor II de la Fiscalía General de la Nación no se exige licencia de conducción, se considera necesario que como mínimo para el ejercicio de este empleo se exija licencia de conducción vigente, por lo que en el Manual de Funciones se incluirá este requisito sin exigir ninguna categoría.
Que, en consecuencia, el Órgano de Gobierno aprueba la modificación del Acuerdo AOG No. 014 de 2023 por medio del cual se adoptó el Manual de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Unidad de Investigación y Acusación -UIA- de la Jurisdicción Especial para la Paz.
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“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
Que con la expedición del presente Acuerdo no se generan obligaciones adicionales al tesoro público, no excede el monto global fijado en el presupuesto para la JEP y no implica la modificación de nomenclatura de los cargos.
Que el Órgano de Gobierno aprueba la suscripción del presente Acuerdo por parte del Presidente y del Secretario Ejecutivo.
En mérito de lo expuesto,
ACUERDA
Articulo 1.- Modificar el Acuerdo AOG No. 014 de 2023, con el fin de incorporar el núcleo básico del conocimiento de “Antropología, Artes Liberales” en el ítem VI REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA de las fichas del Manual de Funciones de los empleos denominados Profesional de Gestión II, Profesional de Gestión I, Técnico Investigador IV y Técnico Investigador II del grupo Especializado Técnico Investigativo Judicial, Profesional de Gestión I, Técnico Investigador IV y Técnico Investigador II del grupo de Apoyo Técnico Forense, así como en las fichas transversales de los empleos Profesional de Gestión II, Profesional de Gestión I, Técnico Investigador IV y Técnico Investigador II, las cuales quedarán así:
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: PROFESIONAL DE GESTIÓN II |
DEPENDENCIA: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN |
EMPLEO DEL JEFE INMEDIATO: QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA |
ÁREA: GRUPO ESPECIALIZADO TÉCNICO INVESTIGATIVO JUDICIAL |
II. PROPÓSITO PRINCIPAL |
Implementar acciones de apoyo judicial y administrativo en los procesos, procedimientos y actividades del grupo especializado técnico investigativo judicial de la UIA, a fin de dar cumplimiento a las metas y objetivos de la Unidad de Investigación y Acusación de acuerdo con la normativa aplicable, lineamientos institucionales y competencias del cargo. |
III. FUNCIONES ESENCIALES |
Para el cumplimiento del propósito principal del empleo, realizará las siguientes funciones: 1. Participar en la elaboración y ejecución de los proyectos, programas y planes operativos del grupo o equipo donde se encuentre asignado el cargo, conforme a los lineamientos institucionales. 2. Realizar labores técnico-científicas de recolección e interpretación de los elementos materiales probatorios, evidencia física o información pertinente para el adecuado desarrollo de las investigaciones, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 3. Recolectar, verificar, proteger y enviar los elementos materiales probatorios y evidencia física, conforme los procedimientos xx xxxxxx de custodia establecidos por la normativa |
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vigente, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 4. Ejecutar las actividades de investigación que ordena el Fiscal con cumplimiento a los tiempos y parámetros establecidos y la normativa vigente, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 5. Elaborar y rendir informes de policía judicial que le sean requeridos mediante orden a policía judicial asignada de acuerdo con los lineamientos institucionales y según competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 6. Apoyar la elaboración de contextos y la priorización de situaciones y casos en las investigaciones que le sean asignadas, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 7. Construir bases de datos que sirvan como consulta al interior del Despacho, respecto de la información recolectada en los diferentes casos asignados, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación. 8. Participar en las actividades de gestión de autocontrol y auditorías que sean competencias del grupo o equipo en donde se encuentre asignado el cargo, según lineamientos institucionales. 9. Ejecutar y apoyar el seguimiento y control de las actividades de los proyectos, planes y acciones misionales o administrativas del grupo o equipo en donde se encuentre asignado el cargo, en cumplimiento de la normativa vigente y los lineamientos institucionales. 10. Mantener las bases de información de las actividades asignadas, actualizadas y organizadas, según lineamientos institucionales y teniendo en cuenta las instrucciones del superior jerárquico. 11. Proponer acciones de mejora en los procesos, procedimientos o actividades donde se desempeña el cargo, conforme a los lineamientos institucionales. 12. Ejecutar las órdenes o asignaciones de trabajo remitidas por el superior jerárquico, teniendo en cuenta los lineamientos institucionales. 13. Participar en los comités, reuniones y comisiones en las que sea asignado por el superior jerárquico, según lineamientos institucionales. 14. Apoyar en las labores misionales y administrativas en las que sea asignado por el Director o el superior jerárquico, en el marco de los lineamientos institucionales. 15. Cumplir con la política y lineamientos de seguridad de la información y de gestión documental según competencia del grupo y cargo. 16. Presentar informes de gestión, técnicos, estadísticos y demás, requeridos por el superior jerárquico, según competencia del grupo y lineamientos institucionales. 17. Participar en la estructuración y el desarrollo de programas de capacitación, planes operativos entre otros requeridos por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación y el superior jerárquico, de acuerdo con su competencia y lineamientos institucionales. 18. Implementar el protocolo de comunicación con las víctimas elaborado por la Unidad de Investigación y Acusación, según competencias del grupo. 19. Participar en el Comité Técnico-Jurídico de la Unidad de Investigación y Acusación y comisiones temporales de la Jurisdicción Especial para la Paz, cuando el Director de la Unidad lo decida y según la naturaleza y competencias del empleo. |
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20. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por el superior jerárquico o Director de la Unidad de Investigación y Acusación, de acuerdo con la naturaleza del empleo, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, la Ley y demás disposiciones. | |
IV. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES | |
• Constitución Política de Colombia. • Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. • Derecho Constitucional. • Código Penal y de Procedimiento Penal. • Derecho Administrativo. • Política y Análisis Criminal. • Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. • Policía Judicial. • Metodologías y técnicas de investigación. • Protección a Personas y colectivos. • Cadena de Custodia. • Funciones y Objetivos de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP. • Herramientas Ofimáticas. • Sistema de Gestión de Calidad. • Gestión Documental. | |
V. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES | |
COMUNES | POR NIVEL JERÁRQUICO |
• Aprendizaje continuo • Orientación a resultados • Orientación al usuario y al ciudadano • Compromiso con la organización • Trabajo en equipo • Adaptación al cambio | • Aporte técnico-profesional • Comunicación efectiva • Gestión de procedimientos • Instrumentación de decisiones |
VI. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA | |
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Título de formación profesional en disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en: Formación relacionada con el campo militar o policial; Derecho y afines; Economía; Administración; Ingeniería Industrial y afines; Ciencia Política, Relaciones Internacionales; Bibliotecología, Otros de Ciencias Sociales y Humanas; Ingeniería de Sistemas, telemática y afines; Contaduría Pública; Comunicación Social, periodismo y afines; Psicología; Sociología, trabajo social y afines; Matemáticas, estadística y afines; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería Civil y afines; Ingeniería Electrónica, telecomunicaciones y afines; Educación; Geografía, Historia; Filosofía, teología y afines; Antropología, Artes Liberales. | Un (1) año de experiencia profesional. |
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I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: PROFESIONAL DE GESTIÓN I |
DEPENDENCIA: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN |
EMPLEO DEL JEFE INMEDIATO: QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA |
ÁREA: GRUPO ESPECIALIZADO TÉCNICO INVESTIGATIVO JUDICIAL |
II. PROPÓSITO PRINCIPAL |
Ejecutar los procesos, procedimientos y actividades misionales y administrativas del grupo especializado técnico investigativo judicial, a fin de dar cumplimiento a las metas, planes, acciones y objetivos de la Unidad de Investigación y Acusación de acuerdo con la normativa aplicable, lineamientos institucionales y competencias del cargo. |
III. FUNCIONES ESENCIALES |
Para el cumplimiento del propósito principal del empleo, realizará las siguientes funciones: 1. Ejecutar y apoyar el seguimiento y control de las actividades de los proyectos, planes y acciones misionales o administrativas del grupo o equipo en donde se encuentre asignado el cargo, en cumplimiento de la normativa vigente y los lineamientos institucionales. 2. Realizar labores técnico-científicas de recolección e interpretación de los elementos materiales probatorios, evidencia física o información pertinente para el adecuado desarrollo de las investigaciones, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 3. Recolectar, verificar, proteger y enviar los elementos materiales probatorios y evidencia física, conforme los procedimientos xx xxxxxx de custodia establecidos por la normativa vigente, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 4. Ejecutar las actividades de investigación que ordena el Fiscal con cumplimiento a los tiempos y parámetros establecidos y la normativa vigente, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 5. Mantener las bases de información de las actividades asignadas, actualizadas y organizadas, según lineamientos institucionales y teniendo en cuenta las instrucciones del superior jerárquico. 6. Proponer acciones de mejora en los procesos, procedimientos o actividades donde se desempeña el cargo, conforme a los lineamientos institucionales. 7. Ejecutar las órdenes o asignaciones de trabajo remitidas por el superior jerárquico, teniendo en cuenta los lineamientos institucionales. 8. Participar en los comités, reuniones y comisiones en las que sea asignado por el superior jerárquico, según lineamientos institucionales. 9. Apoyar en las labores misionales y administrativas en las que sea asignado por el Director o el superior jerárquico, en el marco de los lineamientos institucionales. 10. Cumplir con la política y lineamientos de seguridad de la información y de gestión documental según competencia del grupo y cargo. 11. Presentar informes de gestión, técnicos, estadísticos y demás, requeridos por el superior jerárquico, según competencia del grupo y lineamientos institucionales. 12. Participar en la estructuración y en el desarrollo de programas de capacitación, planes operativos entre otros requeridos por el Director de la Unidad de Investigación y |
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Acusación y el superior jerárquico, de acuerdo con su competencia y lineamientos institucionales. 13. Implementar el protocolo de comunicación con las víctimas elaborado por la Unidad de Investigación y Acusación, según competencias del grupo. 14. Participar en el Comité Técnico-Jurídico de la Unidad de Investigación y Acusación y comisiones temporales de la Jurisdicción Especial para la Paz, cuando el Director de la Unidad lo decida y según la naturaleza y competencias del empleo. 15. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por el superior jerárquico o Director de la Unidad de Investigación y Acusación, de acuerdo con la naturaleza del empleo, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, la Ley y demás disposiciones. | |
IV. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES | |
• Constitución Política de Colombia. • Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. • Derecho Constitucional. • Código Penal y de Procedimiento Penal. • Derecho Administrativo. • Política y Análisis Criminal. • Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. • Policía Judicial. • Metodologías y técnicas de investigación. • Protección a Personas y Colectivos. • Cadena de Custodia. • Funciones y Objetivos de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP. • Herramientas Ofimáticas. • Sistema de Gestión de Calidad. • Gestión Documental. | |
V. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES | |
COMUNES | POR NIVEL JERÁRQUICO |
• Aprendizaje continuo • Orientación a resultados • Orientación al usuario y al ciudadano • Compromiso con la organización • Trabajo en equipo • Adaptación al cambio | • Aporte técnico-profesional • Comunicación efectiva • Gestión de procedimientos • Instrumentación de decisiones |
VI. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA | |
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Título de formación profesional o terminación y aprobación de formación en disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en: Formación relacionada con el campo militar o policial; Derecho y afines; Economía; Administración; Ingeniería Industrial y afines; Ciencia Política, relaciones internacionales; Bibliotecología, otros de ciencias sociales y | Un (1) año de experiencia laboral. |
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“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
humanas; Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines, Contaduría Pública; Comunicación Social, periodismo y afines; Psicología; Sociología, trabajo social y afines; Matemáticas, estadística y afines; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería Civil y afines; Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines; Educación; Geografía, historia; Filosofía, teología y afines; Antropología, Artes Liberales. |
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: TÉCNICO INVESTIGADOR IV |
DEPENDENCIA: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN |
EMPLEO DEL JEFE INMEDIATO: QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA |
ÁREA – GRUPO ESPECIALIZADO TÉCNICO INVESTIGATIVO JUDICIAL |
II. PROPÓSITO PRINCIPAL |
Ejecutar labores técnico-científicas de recolección de elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida, en apoyo a las investigaciones y actuaciones de la Unidad de Investigación y Acusación, según competencias del grupo, lineamientos institucionales y normatividad existente. |
III. FUNCIONES ESENCIALES |
Para el cumplimiento del propósito principal del empleo, realizará las siguientes funciones: 1. Realizar labores investigativas judiciales ordenadas por los fiscales, que sean competencia del grupo y según lineamientos institucionales. 2. Realizar actividades de recolección, incautación, embalaje y envío de los elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida, según lineamientos institucionales. 3. Elaborar y presentar el informe de investigador de campo correspondiente a las órdenes de policía judicial, asignados por los fiscales de la unidad de investigación y acusación, según procedimientos, guías y lineamientos institucionales. 4. Ejecutar el procesamiento de información xx xxxxxxx formales y no formales que surjan de la actividad investigativa judicial, competencia del grupo y teniendo en cuenta los procedimientos institucionales y normativa que aplique. 5. Actualizar y consultar cuando se requiera, los sistemas de información institucionales diseñados para el cumplimiento de la labor de policía judicial, de acuerdo con los lineamientos y procedimientos que apliquen. 6. Implementar los procedimientos y lineamientos para la consulta de información de los distintos organismos de investigación, seguridad e inteligencia a nivel nacional e internacional y administrativos dentro del ámbito de su competencia y teniendo en cuenta las directrices que apliquen. 7. Implementar y coordinar operativamente la interceptación de comunicaciones que ordenen los Fiscales de la Unidad de Investigación y Acusación, según normativa aplicable y lineamientos institucionales. 8. Administrar el almacén general y transitorio de elemento material probatorio y evidencia física e información legalmente obtenida por la Unidad de Investigación y Acusación, cuando sea requerido, según los procedimientos institucionales y competencias del cargo. |
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“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
9. Participar en la elaboración del programa metodológico, o análisis de información, requeridas por los fiscales de la Unidad de Investigación y Acusación, según lineamientos institucionales. 10. Apoyar a los Grupos de Protección a Víctimas, testigos y demás intervinientes y al de análisis, contexto y estadística y el equipo de investigación especial de violencia sexual de la Unidad de Investigación y Acusación, en las labores investigativas y de recolección de información, según competencias del grupo y lineamientos institucionales. 11. Apoyar en las labores investigativas del proceso de búsqueda, localización, exhumación, inhumación de restos óseos y demás actividades forenses según competencia del grupo, procedimientos y lineamientos institucionales. 12. Acudir como testigo en los procesos en que sea solicitada su declaración, de acuerdo con la normativa vigente, los procedimientos y lineamientos institucionales establecidos. 13. Apoyar en la elaboración y actualización del manual único de policía judicial de la Unidad de Investigación y Acusación, según lineamientos institucionales y competencias del cargo. 14. Proponer y ejecutar acciones de mejoramiento en las actividades y procedimientos donde ejecute sus funciones, según lineamientos institucionales y competencias del grupo o equipo donde se encuentre asignado el cargo. 15. Cumplir con la política y lineamientos de seguridad de la información y de gestión documental según competencia del grupo y cargo. 16. Presentar informes de gestión, estadísticos y demás, requeridos por el superior jerárquico, según competencia del grupo y lineamientos institucionales. 17. Participar en la estructuración y el desarrollo de programas de capacitación, planes operativos entre otros requeridos por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación y el superior jerárquico, de acuerdo con su competencia y lineamientos institucionales. 18. Aplicar el protocolo de comunicación con las víctimas elaborado por la Unidad de Investigación y Acusación, según competencias del grupo. 19. Participar en el Comité Técnico-Jurídico de la Unidad de Investigación y Acusación y comisiones temporales de la Jurisdicción Especial para la Paz, cuando el Director de la Unidad lo decida y según la naturaleza y competencias del empleo. 20. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por el superior jerárquico o Director de la Unidad de Investigación y Acusación, de acuerdo con la naturaleza del empleo, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, la Ley y demás disposiciones. | |
IV. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES | |
Constitución Política de Colombia. • Derecho Constitucional. • Código Penal y de Procedimiento Penal. • Política y Análisis Criminal. • Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. • Justicia Transicional. • Metodologías y Técnicas de Investigación. • Cadena de Custodia. • Funciones y Objetivos de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP. • Herramientas Ofimáticas. • Sistema de Gestión Integral. • Gestión documental. • Técnicas de Atención al Usuario. | |
V. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES | |
COMUNES | POR NIVEL JERAÁRQUICO |
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“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
• Aprendizaje continuo • Orientación a resultados • Orientación al usuario y al ciudadano • Compromiso con la organización • Trabajo en equipo • Adaptación al cambio | • Confiabilidad Técnica • Disciplina • Responsabilidad |
VI. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA | |
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Título de formación tecnológica o aprobación de cuatro (4) años de educación superior del núcleo básico del conocimiento en: Formación relacionada con el campo militar o policial; Derecho y afines; Economía; Administración; Ingeniería Industrial y afines; Ciencia Política, relaciones internacionales; Bibliotecología, otros de Ciencias Sociales y Humanas; Ingeniería de Sistemas, telemática y afines, Contaduría Pública; Comunicación Social, periodismo y afines; Psicología; Sociología, trabajo social y afines; Matemáticas, estadística y afines; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería Civil y afines; Ingeniería Electrónica, telecomunicaciones y afines; Educación; Geografía, historia; Filosofía, teología y afines; Antropología, Artes Liberales. | Cinco (5) años de experiencia relacionada. |
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: TÉCNICO INVESTIGADOR II |
DEPENDENCIA: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN |
EMPLEO DEL JEFE INMEDIATO: QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA |
ÁREA: GRUPO ESPECIALIZADO TECNICO INVESTIGATIVO JUDICIAL |
II. PROPÓSITO PRINCIPAL |
Ejecutar y realizar todas las labores técnicas-científicas, con el fin de recolectar los elementos materiales probatorios, evidencia física o información conducente y pertinente, tendientes a lograr la eficacia y eficiencia de las investigaciones y actuaciones operativas de competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz y apoyar las labores administrativas asignadas de acuerdo con las políticas, procedimientos y protocolos establecidos y la normatividad existente. |
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESCENCIALES |
Para el cumplimiento del propósito principal del empleo, realizará las siguientes funciones: 1. Ejercer las funciones de policía judicial establecidas en la Ley, teniendo en cuenta la normativa aplicable, el manual de policía judicial de la JEP y los lineamientos institucionales. 2. Realizar labores técnico-científicas de recolección e interpretación de los elementos materiales probatorios, evidencia física o información pertinente para el adecuado |
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Continuación del Acuerdo AOG No. 036 de 2023
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
desarrollo de las investigaciones, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 3. Recolectar, verificar, proteger y enviar los elementos materiales probatorios y evidencia física, conforme los procedimientos xx xxxxxx de custodia establecidos por la normativa vigente, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 4. Ejecutar las actividades de investigación que ordena el Fiscal con cumplimiento a los tiempos y parámetros establecidos y la normativa vigente, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 5. Elaborar y rendir informes de policía judicial que le sean requeridos mediante orden a policía judicial asignada de acuerdo con los lineamientos institucionales y según competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 6. Apoyar la elaboración de contextos y la priorización de situaciones y casos en las investigaciones que le sean asignadas, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 7. Construir bases de datos que sirvan como consulta al interior del Despacho, respecto de la información recolectada en los diferentes casos asignados, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación. 8. Acudir oportunamente como testigo en los procesos en que sea solicitada su declaración, de acuerdo con los procedimientos y protocolos establecidos y la normativa vigente. 9. Registrar oportunamente en los sistemas de información las actuaciones de policía judicial que le sean asignadas, de acuerdo con los procedimientos establecidos y estándares de calidad requeridos. 10. Desarrollar actividades para brindar atención y protección inmediata a las víctimas, testigos y personas hasta que el programa de protección impulse las medidas pertinentes, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación y la normativa vigente. 11. Participar en la elaboración del programa metodológico de la investigación, según se le asigne. 12. Realizar las labores administrativas que le sean asignadas por el superior jerárquico según lineamientos institucionales y competencias del grupo en el cual esté asignado el cargo. 13. Cumplir con la política y lineamientos de seguridad de la información y de gestión documental según competencia del grupo y cargo. 14. Presentar informes de gestión, técnicos, estadísticos y demás, requeridos por el superior jerárquico, según competencia del grupo y lineamientos institucionales. 15. Participar en la estructuración y el desarrollo de programas de capacitación, planes operativos entre otros requeridos por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación y el superior jerárquico, de acuerdo con su competencia y lineamientos institucionales. 16. Implementar el protocolo de comunicación con las víctimas elaborado por la Unidad de Investigación y Acusación, según competencias del grupo. 17. Participar en el Comité Técnico-Jurídico de la Unidad de Investigación y Acusación y comisiones temporales de la Jurisdicción Especial para la Paz, cuando el Director de la Unidad lo decida y según la naturaleza y competencias del empleo. 18. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por el superior jerárquico o Director de la Unidad de Investigación y Acusación, de acuerdo con la naturaleza del empleo, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, la Ley y demás disposiciones. |
IV. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESCENCIALES |
• Constitución Política de Colombia. |
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Carrera 7 # 63-44, Bogotá Colombia // x00 (000) 0000000 // xxxx@xxx.xxx.xx
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Continuación del Acuerdo AOG No. 036 de 2023
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
• Derecho Constitucional. • Código Penal y de Procedimiento Penal. • Política y Análisis Criminal. • Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. • Policía Judicial. • Metodologías y Técnicas de Investigación. • Cadena de Custodia. • Funciones y Objetivos de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP. • Herramientas Ofimáticas. • Sistema de Gestión Integral. • Gestión Documental. • Técnicas de Atención al Usuario. | |
V. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES | |
COMUNES | POR NIVEL JERÁRQUICO |
• Aprendizaje continuo • Orientación a resultados • Orientación al usuario y al ciudadano • Compromiso con la organización • Trabajo en equipo • Adaptación al cambio | • Confiabilidad Técnica • Disciplina • Responsabilidad |
VI. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA | |
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Aprobación de dos (2) años de educación en formación técnica profesional o tecnológica en el núcleo básico del conocimiento en: Formación relacionada con el campo militar o policial; Matemáticas, estadística y afines; Derecho y afines; Economía; Administración; Ingeniería Industrial y afines; Ciencia Política, relaciones internacionales; Bibliotecología, otros de Ciencias Sociales y Humanas; Ingeniería de Sistemas, telemática y afines, Contaduría Pública; Comunicación Social, periodismo y afines; Psicología; Sociología, trabajo social y afines; Matemáticas, estadística y afines; ; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería Civil y afines; Ingeniería Electrónica, telecomunicaciones y afines; Educación; Geografía, historia; Filosofía, teología y afines; Antropología, Artes Liberales. | Dos (2) años de experiencia relacionada. |
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: PROFESIONAL DE GESTIÓN I |
DEPENDENICA: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN |
EMPLEO DEL JEFE INMEDIATO: QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA |
ÁREA: GRUPO DE APOYO TÉCNICO FORENSE |
II. PROPÓSITOPROPÓSITO PRINCIPAL |
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Carrera 7 # 63-44, Bogotá Colombia // x00 (000) 0000000 // xxxx@xxx.xxx.xx
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“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
Ejecutar los procesos, procedimientos y actividades del grupo donde se encuentre asignado el cargo, a fin de dar cumplimiento a las metas, planes, acciones y objetivos de la Unidad de Investigación y Acusación de acuerdo con la normativa aplicable, lineamientos institucionales y competencias del cargo. |
III. FUNCIONES ESENCIALES |
Para el cumplimiento del propósito principal del empleo, realizará las siguientes funciones: 1. Ejecutar y apoyar el seguimiento y control de las actividades de los proyectos, planes y acciones misionales o administrativas del grupo o equipo en donde se encuentre asignado el cargo, en cumplimiento de la normativa vigente y los lineamientos institucionales. 2. Mantener las bases de información de las actividades asignadas, actualizadas y organizadas, según lineamientos institucionales y teniendo en cuenta las instrucciones del superior jerárquico. 3. Proponer acciones de mejora en los procesos, procedimientos o actividades donde se desempeña el cargo, conforme a los lineamientos institucionales. 4. Ejecutar las órdenes o asignaciones de trabajo remitidas por el superior jerárquico, teniendo en cuenta los lineamientos institucionales. 5. Participar en los comités, reuniones y comisiones en las que sea asignado por el superior jerárquico, según lineamientos institucionales. 6. Apoyar en las labores misionales y administrativas en las que sea asignado por el Director o el superior jerárquico, en el marco de los lineamientos institucionales. 7. Cumplir con la política y lineamientos de seguridad de la información y de gestión documental según competencia del grupo y cargo. 8. Presentar informes de gestión, técnicos, estadísticos y demás, requeridos por el superior jerárquico, según competencia del grupo y lineamientos institucionales. 9. Participar en la estructuración y el desarrollo de programas de capacitación, planes operativos entre otros requeridos por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación y el superior jerárquico, de acuerdo con su competencia y lineamientos institucionales. 10. Implementar el protocolo de comunicación con las víctimas elaborado por la Unidad de Investigación y Acusación, según competencias del grupo. 11. Participar en el Comité Técnico-Jurídico de la Unidad de Investigación y Acusación y comisiones temporales de la Jurisdicción Especial para la Paz, cuando el Director de la Unidad lo decida y según la naturaleza y competencias del empleo. 12. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por el superior jerárquico o Director de la Unidad de Investigación y Acusación, de acuerdo con la naturaleza del empleo, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, la Ley y demás disposiciones. |
IV. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES |
• Constitución Política de Colombia. • Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. • Derecho Constitucional. • Código Penal y de Procedimiento Penal. • Derecho Administrativo. • Política y Análisis Criminal. • Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. |
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“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
• Policía Judicial. • Metodologías y Técnicas de Investigación. • Protección a Personas y Colectivos. • Cadena de Custodia. • Funciones y Objetivos de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP. • Herramientas Ofimáticas. • Sistema de Gestión de Calidad. • Gestión Documental. | |
V. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES | |
COMUNES | POR NIVEL JERÁRQUICO |
• Aprendizaje continuo • Orientación a resultados • Orientación al usuario y al ciudadano • Compromiso con la organización • Trabajo en equipo • Adaptación al cambio | • Aporte técnico-profesional • Comunicación efectiva • Gestión de procedimientos • Instrumentación de decisiones |
VI. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA | |
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Título de formación profesional o terminación y aprobación de formación en disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en: Formación relacionada con el campo militar o policial; Derecho y afines; Economía; Administración; Ingeniería Industrial y afines; Ciencia Política, relaciones internacionales; Bibliotecología, otros de Ciencias Sociales y Humanas; Ingeniería de Sistemas, telemática y afines, Contaduría Pública; Comunicación Social, periodismo y afines; Psicología; Sociología, trabajo social y afines; Matemáticas, estadística y afines; ; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería Civil y afines; Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines; Educación; Geografía, Historia; Filosofía, teología y afines; Antropología, Artes Liberales. | Un (1) año de experiencia laboral. |
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: TÉCNICO INVESTIGADOR IV |
DEPENDENCIA: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN |
EMPLEO DEL JEFE INMEDIATO: QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA |
II. ÁREA: GRUPO DE APOYO TECNICO FORENSE |
III. PROPÓSITO PRINCIPAL |
Ejecutar y realizar labores técnicas en el área de la fotografía forense, para las diligencias judiciales que se deban realizar en la Unidad de Investigación y Acusación. |
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IV. FUNCIONES ESENCIALES |
Para el cumplimiento del propósito principal del empleo, realizará las siguientes funciones: 1. Documentar fotográficamente y/o por video, los procedimientos, elementos materiales de prueba, evidencia física e información legalmente obtenida, en las actividades de búsqueda, localización y recuperación de cadáveres, según lineamientos institucionales. 2. Documentar fotográficamente y/o por video las actividades de caracterización a presuntos lugares de interés forense, según lineamientos institucionales. 3. Registrar la información fotográfica y de video en los repositorios o bases de información del grupo de apoyo técnico forense, según lineamientos institucionales. 4. Realizar actividades en el campo de la fotografía forense, que apoyen las investigaciones en el marco de los procedimientos dialógico y adversarial, competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz, según los procedimientos y lineamientos institucionales. 5. Participar en la elaboración del programa metodológico cuando sea requerido, según lineamientos institucionales. 6. Apoyar desde el ámbito de su competencia, las investigaciones de los casos de violencia sexual, de conocimiento de la Jurisdicción Especial Para la Paz, según lineamientos institucionales. 7. Realizar actividades en el campo de la Fotografía forense que apoyen las investigaciones en delitos y/o afectación ambiental que adelante la Unidad de Investigación y Acusación, de acuerdo con las competencias del grupo y procedimientos institucionales. 8. Elaborar conceptos técnicos periciales en el área de fotografía forense, solicitados por los fiscales en apoyo al proceso de investigación y acusación de la Unidad de Investigación y Acusación. 9. Presentar informes técnicos al Director y a los Fiscales de la Unidad de Investigación y Acusación, que sirvan como apoyo para la labor investigativa, según competencias del cargo. 10. Implementar el manual de Policía Judicial de la JEP, según competencias del cargo. 11. Cumplir con la política y lineamientos de seguridad de la información y de gestión documental según competencia del grupo y cargo. 12. Presentar informes de gestión, estadísticos y demás, requeridos por el superior jerárquico, según competencia del grupo y lineamientos institucionales. 13. Participar en la estructuración y el desarrollo de programas de capacitación, planes operativos entre otros requeridos por el director de la Unidad de Investigación y Acusación y el superior jerárquico, de acuerdo con su competencia y lineamientos institucionales. 14. Implementar el protocolo de comunicación con las víctimas elaborado por la Unidad de Investigación y Acusación, según competencias del grupo. 15. Participar en el Comité Técnico-Jurídico de la Unidad de Investigación y Acusación y comisiones temporales de la Jurisdicción Especial para la Paz, cuando el Director de la Unidad lo decida y según la naturaleza y competencias del empleo. 16. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por el superior jerárquico o Director de la Unidad de Investigación y Acusación, de acuerdo con la naturaleza del empleo, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, la Ley y demás disposiciones. |
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES |
• Técnicas de fotográficas forense. • Manejo actualizado de equipos tecnológicos en fotografía y video. • Manejo de software de fotografía y video. • Constitución Política de Colombia. |
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Carrera 7 # 63-44, Bogotá Colombia // x00 (000) 0000000 // xxxx@xxx.xxx.xx
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Continuación del Acuerdo AOG No. 036 de 2023
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
• Derecho Constitucional. • Código Penal y de Procedimiento Penal. • Política y Análisis Criminal. • Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. • Manual de Policía Judicial JEP. • Metodologías y técnicas de investigación. • Cadena de Custodia. • Herramientas Ofimáticas. • Sistema de Gestión Integral. • Gestión Documental. • Técnicas de Atención al Usuario. | |
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES | |
COMUNES | POR NIVEL JERÁRQUICO |
• Aprendizaje continuo • Orientación a resultados • Orientación al usuario y al ciudadano • Compromiso con la organización • Trabajo en equipo • Adaptación al cambio | • Confiabilidad Técnica • Disciplina • Responsabilidad |
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA | |
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Título de formación tecnológica o aprobación de cuatro (4) años de educación superior del núcleo básico del conocimiento en: Formación relacionada con el campo militar o policial; Derecho y afines; Economía; Administración; Ingeniería Industrial y afines; Ciencia Política, relaciones internacionales; Bibliotecología, Otros de Ciencias Sociales y Humanas; Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines, Contaduría Pública; Comunicación Social, Periodismo y afines; Psicología; Sociología, Trabajo Social y afines; Matemáticas, estadística y afines; ; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería Civil y afines; Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines; Educación; Diseño; Antropología, Artes Liberales. | Cinco (5) años de experiencia relacionada. |
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: TÉCNICO INVESTIGADOR IV |
DEPENDENCIA: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN |
EMPLEO DEL JEFE INMEDIATO: QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA |
ÁREA: GRUPO DE APOYO TÉCNICO FORENSE |
II. PROPÓSITO PRINCIPAL |
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Carrera 7 # 63-44, Bogotá Colombia // x00 (000) 0000000 // xxxx@xxx.xxx.xx
Xxxxxxx 0 # 00-00, Xxxxxx Xxxxxxxx
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Continuación del Acuerdo AOG No. 036 de 2023
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
Ejecutar y realizar todas las labores técnico-científicas, con el fin de recolectar los elementos materiales probatorios, evidencia física o información conducente y pertinente, tendientes a lograr la eficacia y eficiencia de las investigaciones y actuaciones operativas de competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz y apoyar las labores administrativas asignadas de acuerdo con las políticas, procedimientos y protocolos establecidos y la normatividad existente. |
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESCENCIALES |
Para el cumplimiento del propósito principal del empleo, realizará las siguientes funciones: 1. Ejercer las funciones de policía judicial establecidas en la Ley, teniendo en cuenta la normativa aplicable, el manual de policía judicial de la JEP y los lineamientos institucionales. 2. Realizar labores técnico-científicas de recolección e interpretación de los elementos materiales probatorios, evidencia física o información pertinente para el adecuado desarrollo de las investigaciones, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 3. Recolectar, verificar, proteger y enviar los elementos materiales probatorios y evidencia física, conforme los procedimientos xx xxxxxx de custodia establecidos por la normativa vigente, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 4. Revisar los elementos materiales probatorios y evidencia física dentro de la investigación criminal y apoyar su análisis, conforme los procedimientos establecidos, la normativa vigente, lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 5. Ejecutar las actividades de investigación que ordena el Fiscal con cumplimiento a los tiempos y parámetros establecidos y la normativa vigente, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 6. Elaborar y rendir informes de policía judicial que le sean requeridos mediante orden a policía judicial asignada de acuerdo con los lineamientos institucionales y según competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 7. Apoyar la elaboración de contextos y la priorización de situaciones y casos en las investigaciones que le sean asignadas, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 8. Construir bases de datos que sirvan como consulta al interior del Despacho, respecto de la información recolectada en los diferentes casos asignados, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación. 9. Acudir oportunamente como testigo en los procesos en que sea solicitada su declaración, de acuerdo con los procedimientos y protocolos establecidos y la normativa vigente. 10. Registrar oportunamente en los sistemas de información las actuaciones de policía judicial que le sean asignadas, de acuerdo con los procedimientos establecidos y estándares de calidad requeridos. 11. Desarrollar actividades para brindar atención y protección inmediata a las víctimas, testigos y personas hasta que el programa de protección impulse las medidas pertinentes, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación y la normativa vigente. 12. Participar en la elaboración del programa metodológico de la investigación, según se le asigne. 13. Realizar las labores administrativas que le sean asignadas por el superior jerárquico según lineamientos institucionales y competencias del grupo en el cual esté asignado el cargo. |
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Continuación del Acuerdo AOG No. 036 de 2023
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
14. Proponer y ejecutar acciones de mejoramiento en las actividades y procedimientos donde ejecute sus funciones, según lineamientos institucionales y competencias del grupo o equipo donde se encuentre asignado el cargo. 15. Cumplir con la política y lineamientos de seguridad de la información y de gestión documental según competencia del grupo y cargo. 16. Presentar informes de gestión, técnicos, estadísticos y demás, requeridos por el superior jerárquico, según competencia del grupo y lineamientos institucionales. 17. Participar en la estructuración y el desarrollo de programas de capacitación, planes operativos entre otros requeridos por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación y el superior jerárquico, de acuerdo con su competencia y lineamientos institucionales. 18. Implementar el protocolo de comunicación con las víctimas elaborado por la Unidad de Investigación y Acusación, según competencias del grupo. 19. Participar en el Comité Técnico-Jurídico de la Unidad de Investigación y Acusación y comisiones temporales de la Jurisdicción Especial para la Paz, cuando el Director de la Unidad lo decida y según la naturaleza y competencias del empleo. 20. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por el superior jerárquico o Director de la Unidad de Investigación y Acusación, de acuerdo con la naturaleza del empleo, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, la Ley y demás disposiciones. | |
IV. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESCENCIALES | |
• Constitución Política de Colombia. • Derecho Constitucional. • Código Penal y de Procedimiento Penal. • Política y Análisis Criminal. • Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. • Policía Judicial. • Metodologías y Técnicas de Investigación. • Cadena de Custodia. • Funciones y Objetivos de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP. • Herramientas Ofimáticas. • Sistema de Gestión Integral. • Gestión Documental. • Técnicas de Atención al Usuario. | |
V. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES | |
COMUNES | POR NIVEL JERÁRQUICO |
• Aprendizaje continuo • Orientación a resultados • Orientación al usuario y al ciudadano • Compromiso con la organización • Trabajo en equipo • Adaptación al cambio | • Confiabilidad Técnica • Disciplina • Responsabilidad |
VI. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA | |
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Título de formación tecnológica o aprobación de cuatro (4) años de educación superior del núcleo básico del conocimiento en: Formación relacionada con el campo militar o policial; Matemáticas, estadística y afines; | Cinco (5) años de experiencia relacionada. |
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Carrera 7 # 63-44, Bogotá Colombia // x00 (000) 0000000 // xxxx@xxx.xxx.xx
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Continuación del Acuerdo AOG No. 036 de 2023
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
Derecho y afines; Economía; Administración; Ingeniería Industrial y afines; Ciencia Política, Relaciones Internacionales; Bibliotecología, Otros de Ciencias Sociales y Humanas; Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines, Contaduría Pública; Comunicación Social, Periodismo y afines; Psicología; Sociología, Trabajo Social y afines; Matemáticas, estadística y afines; ; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería Civil y afines; Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines; Educación; Geografía, Historia; Filosofía, Teología y afines; Antropología, Artes Liberales. |
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: TÉCNICO INVESTIGADOR II |
DEPENDENCIA: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN |
EMPLEO DEL JEFE INMEDIATO: QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA |
ÁREA: GRUPO DE APOYO TÉCNICO FORENSE |
II. PROPÓSITO PRINCIPAL |
Ejecutar y realizar todas las labores técnicas-científicas, con el fin de recolectar los elementos materiales probatorios, evidencia física o información conducente y pertinente, tendientes a lograr la eficacia y eficiencia de las investigaciones y actuaciones operativas de competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz y apoyar las labores administrativas asignadas de acuerdo con las políticas, procedimientos y protocolos establecidos y la normatividad existente. |
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESCENCIALES |
Para el cumplimiento del propósito principal del empleo, realizará las siguientes funciones: 1. Ejercer las funciones de policía judicial establecidas en la Ley, teniendo en cuenta la normativa aplicable, el manual de policía judicial de la JEP y los lineamientos institucionales. 2. Realizar labores técnico-científicas de recolección e interpretación de los elementos materiales probatorios, evidencia física o información pertinente para el adecuado desarrollo de las investigaciones, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 3. Recolectar, verificar, proteger y enviar los elementos materiales probatorios y evidencia física, conforme los procedimientos xx xxxxxx de custodia establecidos por la normativa vigente, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 4. Ejecutar las actividades de investigación que ordena el Fiscal con cumplimiento a los tiempos y parámetros establecidos y la normativa vigente, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 5. Elaborar y rendir informes de policía judicial que le sean requeridos mediante orden a policía judicial asignada de acuerdo con los lineamientos institucionales y según competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. |
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“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
6. Apoyar la elaboración de contextos y la priorización de situaciones y casos en las investigaciones que le sean asignadas, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 7. Construir bases de datos que sirvan como consulta al interior del Despacho, respecto de la información recolectada en los diferentes casos asignados, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación. 8. Acudir oportunamente como testigo en los procesos en que sea solicitada su declaración, de acuerdo con los procedimientos y protocolos establecidos y la normativa vigente. 9. Registrar oportunamente en los sistemas de información las actuaciones de policía judicial que le sean asignadas, de acuerdo con los procedimientos establecidos y estándares de calidad requeridos. 10. Desarrollar actividades para brindar atención y protección inmediata a las víctimas, testigos y personas hasta que el programa de protección impulse las medidas pertinentes, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación y la normativa vigente. 11. Participar en la elaboración del programa metodológico de la investigación, según se le asigne. 12. Realizar las labores administrativas que le sean asignadas por el superior jerárquico según lineamientos institucionales y competencias del grupo en el cual esté asignado el cargo. 13. Cumplir con la política y lineamientos de seguridad de la información y de gestión documental según competencia del grupo y cargo. 14. Presentar informes de gestión, técnicos, estadísticos y demás, requeridos por el superior jerárquico, según competencia del grupo y lineamientos institucionales. 15. Participar en la estructuración y el desarrollo de programas de capacitación, planes operativos entre otros requeridos por el director de la Unidad de Investigación y Acusación y el superior jerárquico, de acuerdo con su competencia y lineamientos institucionales. 16. Implementar el protocolo de comunicación con las víctimas elaborado por la Unidad de Investigación y Acusación, según competencias del grupo. 17. Participar en el Comité Técnico Jurídico de la Unidad de Investigación y Acusación y comisiones temporales de la Jurisdicción Especial para la Paz, cuando el Director de la Unidad lo decida y según la naturaleza y competencias del empleo. 18. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por el superior jerárquico o Director de la Unidad de Investigación y Acusación, de acuerdo con la naturaleza del empleo, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, la Ley y demás disposiciones. |
IV. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESCENCIALES |
• Constitución Política de Colombia. • Derecho Constitucional. • Código Penal y de Procedimiento Penal • Política y Análisis Criminal. • Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. • Policía Judicial. • Metodologías y Técnicas de Investigación. • Cadena de Custodia. • Funciones y Objetivos de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP. • Herramientas Ofimáticas. • Sistema de Gestión Integral. • Gestión Documental. • Técnicas de Atención al Usuario. |
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Continuación del Acuerdo AOG No. 036 de 2023
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
V. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES | |
COMUNES | POR NIVEL JERÁRQUICO |
• Aprendizaje continuo • Orientación a resultados • Orientación al usuario y al ciudadano • Compromiso con la organización • Trabajo en equipo • Adaptación al cambio | • Confiabilidad Técnica • Disciplina • Responsabilidad |
VI. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA | |
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Aprobación de dos (2) años de educación en formación técnica profesional o tecnológica en el núcleo básico del conocimiento en: Formación relacionada con el campo militar o policial; Matemáticas, estadística y afines; Derecho y afines; Economía; Administración; Ingeniería Industrial y afines; Ciencia Política, Relaciones Internacionales; Bibliotecología, Otros de Ciencias Sociales y Humanas; Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines, Contaduría Pública; Comunicación Social, Periodismo y afines; Psicología; Sociología, Trabajo Social y afines; Matemáticas, estadística y afines; ; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería Civil y afines; Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines; Educación; Geografía, Historia; Filosofía, Teología y afines; Antropología, Artes Liberales. | Dos (2) años de experiencia relacionada. |
TRANSVERSALES
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: PROFESIONAL DE GESTIÓN II |
DEPENDENCIA: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN |
EMPLEO DEL JEFE INMEDIATO: QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA |
ÁREA: DONDE SE UBIQUE EL EMPLEO |
II. PROPÓSITO PRINCIPAL |
Implementar las acciones de planeación estratégica, proyectos, procesos, procedimientos y actividades del grupo o equipo donde se encuentre asignado el cargo, a fin de dar cumplimiento las metas y objetivos de la Unidad de Investigación y Acusación de acuerdo con la normativa aplicable, lineamientos institucionales y competencias del cargo. |
III. FUNCIONES ESENCIALES |
Para el cumplimiento del propósito principal del empleo, realizará las siguientes funciones: |
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Carrera 7 # 63-44, Bogotá Colombia // x00 (000) 0000000 // xxxx@xxx.xxx.xx
Xxxxxxx 0 # 00-00, Xxxxxx Xxxxxxxx
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Continuación del Acuerdo AOG No. 036 de 2023
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
1. Participar en la elaboración y ejecución de los proyectos, programas y planes operativos del grupo o equipo donde se encuentre asignado el cargo, conforme a los lineamientos institucionales. 2. Participar en las actividades de gestión de autocontrol y auditorias que sean competencias del grupo o equipo en donde se encuentre asignado el cargo, según lineamientos institucionales. 3. Ejecutar y apoyar el seguimiento y control de las actividades de los proyectos, planes y acciones misionales o administrativas del grupo o equipo en donde se encuentre asignado el cargo, en cumplimiento de la normativa vigente y los lineamientos institucionales. 4. Mantener las bases de información de las actividades asignadas, actualizadas y organizadas, según lineamientos institucionales y teniendo en cuenta las instrucciones del superior jerárquico. 5. Proponer acciones de mejora en los procesos, procedimientos o actividades donde se desempeña el cargo, conforme a los lineamientos institucionales. 6. Ejecutar las ordenes o asignaciones de trabajo remitidas por el superior jerárquico, teniendo en cuenta los lineamientos institucionales. 7. Participar en los comités, reuniones y comisiones en las que sea asignado por el superior jerárquico, según lineamientos institucionales. 8. Apoyar en las labores misionales y administrativas en las que sea asignado por el Director o el superior jerárquico, en el marco de los lineamientos institucionales. 9. Cumplir con la política y lineamientos de seguridad de la información y de gestión documental según competencia del grupo y cargo. 10. Presentar informes de gestión, técnicos, estadísticos y demás, requeridos por el superior jerárquico, según competencia del grupo y lineamientos institucionales. 11. Participar en la estructuración y el desarrollo de programas de capacitación, planes operativos entre otros requeridos por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación y el superior jerárquico, de acuerdo con su competencia y lineamientos institucionales. 12. Implementar el protocolo de comunicación con las víctimas elaborado por la Unidad de Investigación y Acusación, según competencias del grupo. 13. Participar en el Comité Técnico Jurídico de la Unidad de Investigación y Acusación y comisiones temporales de la Jurisdicción Especial para la Paz, cuando el Director de la Unidad lo decida y según la naturaleza y competencias del empleo. 14. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por el superior jerárquico o Director de la Unidad de Investigación y Acusación, de acuerdo con la naturaleza del empleo, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, la Ley y demás disposiciones. |
IV. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES |
• Constitución Política de Colombia. • Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera • Derecho Constitucional. • Código Penal y de Procedimiento Penal. • Derecho Administrativo • Política y Análisis Criminal. • Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. • Policía Judicial. |
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“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
• Metodologías y Técnicas de Investigación. • Protección a Personas y Colectivos. • Cadena de Custodia. • Funciones y Objetivos de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP. • Herramientas Ofimáticas. • Sistema de Gestión de Calidad. • Gestión Documental. | |
V. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES | |
COMUNES | POR NIVEL JERÁRQUICO |
• Aprendizaje continuo • Orientación a resultados • Orientación al usuario y al ciudadano • Compromiso con la organización • Trabajo en equipo • Adaptación al cambio | • Aporte técnico-profesional • Comunicación efectiva • Gestión de procedimientos • Instrumentación de decisiones |
VI. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA | |
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Título de formación profesional en disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en: Formación relacionada con el campo militar o policial; Derecho y afines; Economía; Administración; Ingeniería Industrial y afines; Ciencia Política, Relaciones Internacionales; Bibliotecología, Otros de Ciencias Sociales y Humanas; Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines, Contaduría Pública; Comunicación Social, Periodismo y afines; Psicología; Sociología, Trabajo Social y afines; Matemáticas, estadística y afines; ; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería Civil y afines; Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines; Educación; Geografía, Historia; Filosofía, Teología y afines; Antropología, Artes Liberales. | Un (1) año de experiencia profesional. |
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: PROFESIONAL DE GESTIÓN I |
DEPENDENICA: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN |
EMPLEO DEL JEFE INMEDIATO: QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA |
ÁREA: DONDE SE UBIQUE EL EMPLEO |
II. PROPÓSITO PRINCIPAL |
Ejecutar los procesos, procedimientos y actividades del grupo donde se encuentre asignado el cargo, a fin de dar cumplimiento las metas, planes, acciones y objetivos de la Unidad de |
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“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
Investigación y Acusación de acuerdo con la normativa aplicable, lineamientos institucionales y competencias del cargo. |
III. FUNCIONES ESENCIALES |
Para el cumplimiento del propósito principal del empleo, realizará las siguientes funciones: 1. Ejecutar y apoyar el seguimiento y control de las actividades de los proyectos, planes y acciones misionales o administrativas del grupo o equipo en donde se encuentre asignado el cargo, en cumplimiento de la normativa vigente y los lineamientos institucionales. 2. Mantener las bases de información de las actividades asignadas, actualizadas y organizadas, según lineamientos institucionales y teniendo en cuenta las instrucciones del superior jerárquico. 3. Proponer acciones de mejora en los procesos, procedimientos o actividades donde se desempeña el cargo, conforme a los lineamientos institucionales. 4. Ejecutar las ordenes o asignaciones de trabajo remitidas por el superior jerárquico, teniendo en cuenta los lineamientos institucionales. 5. Participar en los comités, reuniones y comisiones en las que sea asignado por el superior jerárquico, según lineamientos institucionales. 6. Apoyar en las labores misionales y administrativas en las que sea asignado por el Director o el superior jerárquico, en el marco de los lineamientos institucionales. 7. Cumplir con la política y lineamientos de seguridad de la información y de gestión documental según competencia del grupo y cargo. 8. Presentar informes de gestión, técnicos, estadísticos y demás, requeridos por el superior jerárquico, según competencia del grupo y lineamientos institucionales. 9. Participar en la estructuración y el desarrollo de programas de capacitación, planes operativos entre otros requeridos por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación y el superior jerárquico, de acuerdo con su competencia y lineamientos institucionales. 10. Implementar el protocolo de comunicación con las víctimas elaborado por la Unidad de Investigación y Acusación, según competencias del grupo. 11. Participar en el Comité Técnico Jurídico de la Unidad de Investigación y Acusación y comisiones temporales de la Jurisdicción Especial para la Paz, cuando el Director de la Unidad lo decida y según la naturaleza y competencias del empleo. 12. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por el superior jerárquico o Director de la Unidad de Investigación y Acusación, de acuerdo con la naturaleza del empleo, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, la Ley y demás disposiciones. |
IV. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES |
• Constitución Política de Colombia. • Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera • Derecho Constitucional. • Código Penal y de Procedimiento Penal. • Derecho administrativo • Política y Análisis Criminal. • Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. • Policía Judicial. • Metodologías y técnicas de investigación. |
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“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
• Protección a Personas y colectivos. • Cadena de custodia. • Funciones y objetivos de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP. • Herramientas Ofimáticas. • Sistema de Gestión de calidad. • Gestión documental. | |
V. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES | |
COMUNES | POR NIVEL JERÁRQUICO |
• Aprendizaje continuo • Orientación a resultados • Orientación al usuario y al ciudadano • Compromiso con la organización • Trabajo en equipo • Adaptación al cambio | • Aporte técnico-profesional • Comunicación efectiva • Gestión de procedimientos • Instrumentación de decisiones |
VI. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA | |
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Título de formación profesional o terminación y aprobación de formación en disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en: Formación relacionada con el campo militar o policial; Derecho y afines; Economía; Administración; Ingeniería Industrial y afines; Ciencia Política, Relaciones Internacionales; Bibliotecología, Otros de Ciencias Sociales y Humanas; Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines, Contaduría Pública; Comunicación Social, Periodismo y afines; Psicología; Sociología, Trabajo Social y afines; Matemáticas, estadística y afines; ; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería Civil y afines; Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines; Educación; Geografía, Historia; Filosofía, Teología y afines; Antropología, Artes Liberales. | Un (1) año de experiencia laboral. |
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: TÉCNICO INVESTIGADOR IV |
DEPENDENCIA: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN |
EMPLEO DEL JEFE INMEDIATO: QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA |
ÁREA: DONDE SE UBIQUE EL EMPLEO |
II. PROPÓSITO PRINCIPAL |
Ejecutar y realizar todas las labores técnico-científicas, con el fin de recolectar los elementos materiales probatorios, evidencia física o información conducente y pertinente, tendientes a lograr la eficacia y eficiencia de las investigaciones y actuaciones operativas de competencia de la |
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Jurisdicción Especial para la Paz y apoyar las labores administrativas asignadas de acuerdo con las políticas, procedimientos y protocolos establecidos y la normatividad existente. |
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESCENCIALES |
Para el cumplimiento del propósito principal del empleo, realizará las siguientes funciones: 1. Ejercer las funciones de policía judicial establecidas en la Ley, teniendo en cuenta la normativa aplicable, el manual de policía judicial de la Jurisdicción Especial para la Paz y los lineamientos institucionales. 2. Realizar labores técnico-científicas de recolección e interpretación de los elementos materiales probatorios, evidencia física o información pertinente para el adecuado desarrollo de las investigaciones, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 3. Recolectar, verificar, proteger y enviar los elementos materiales probatorios y evidencia física, conforme los procedimientos xx xxxxxx de custodia establecidos por la normativa vigente, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 4. Revisar los elementos materiales probatorios y evidencia física dentro de la investigación criminal y apoyar su análisis, conforme los procedimientos establecidos, la normativa vigente, lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 5. Ejecutar las actividades de investigación que ordena el Fiscal con cumplimiento a los tiempos y parámetros establecidos y la normativa vigente, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 6. Elaborar y rendir informes de policía judicial que le sean requeridos mediante orden a policía judicial asignada de acuerdo con los lineamientos institucionales y según competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 7. Apoyar la elaboración de contextos y la priorización de situaciones y casos en las investigaciones que le sean asignadas, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 8. Construir bases de datos que sirvan como consulta al interior del Despacho, respecto de la información recolectada en los diferentes casos asignados, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación. 9. Acudir oportunamente como testigo en los procesos en que sea solicitada su declaración, de acuerdo con los procedimientos y protocolos establecidos y la normativa vigente. 10. Registrar oportunamente en los sistemas de información las actuaciones de policía judicial que le sean asignadas, de acuerdo con los procedimientos establecidos y estándares de calidad requeridos. 11. Desarrollar actividades para brindar atención y protección inmediata a las víctimas, testigos y personas hasta que el programa de protección impulse las medidas pertinentes, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación y la normativa vigente. 12. Participar en la elaboración del programa metodológico de la investigación, según se le asigne. 13. Realizar las labores administrativas que le sean asignadas por el superior jerárquico según lineamientos institucionales y competencias del grupo en el cual esté asignado el cargo. 14. Proponer y ejecutar acciones de mejoramiento en las actividades y procedimientos donde ejecute sus funciones, según lineamientos institucionales y competencias del grupo o equipo donde se encuentre asignado el cargo. |
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Continuación del Acuerdo AOG No. 036 de 2023
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
15. Cumplir con la política y lineamientos de seguridad de la información y de gestión documental según competencia del grupo y cargo. 16. Presentar informes de gestión, técnicos, estadísticos y demás, requeridos por el superior jerárquico, según competencia del grupo y lineamientos institucionales. 17. Participar en la estructuración y el desarrollo de programas de capacitación, planes operativos entre otros requeridos por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación y el superior jerárquico, de acuerdo con su competencia y lineamientos institucionales. 18. Implementar el protocolo de comunicación con las víctimas elaborado por la Unidad de Investigación y Acusación, según competencias del grupo. 19. Participar en el Comité Técnico Jurídico de la Unidad de Investigación y Acusación y comisiones temporales de la Jurisdicción Especial para la Paz, cuando el Director de la Unidad lo decida y según la naturaleza y competencias del empleo. 20. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por el superior jerárquico o Director de la Unidad de Investigación y Acusación, de acuerdo con la naturaleza del empleo, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, la Ley y demás disposiciones. | |
IV. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESCENCIALES | |
• Constitución Política de Colombia. • Derecho Constitucional. • Código Penal y de Procedimiento Penal • Política y Análisis Criminal. • Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. • Policía Judicial. • Metodologías y Técnicas de Investigación. • Cadena de Custodia. • Funciones y Objetivos de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP • Herramientas Ofimáticas • Sistema de Gestión Integral • Gestión Documental • Técnicas de atención al usuario | |
V. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES | |
COMUNES | POR NIVEL JERÁRQUICO |
• Aprendizaje continuo • Orientación a resultados • Orientación al usuario y al ciudadano • Compromiso con la organización • Trabajo en equipo • Adaptación al cambio | • Confiabilidad Técnica • Disciplina • Responsabilidad |
VI. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA | |
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Título de formación tecnológica o aprobación de cuatro (4) años de educación superior del núcleo básico del conocimiento en: Formación relacionada con el campo militar o policial; Matemáticas, estadística y afines; Derecho y afines; Economía; Administración; Ingeniería Industrial y afines; Ciencia Política, Relaciones Internacionales; Bibliotecología, | Cinco (5) años de experiencia relacionada. |
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Continuación del Acuerdo AOG No. 036 de 2023
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
Otros de Ciencias Sociales y Humanas; Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines, Contaduría Pública; Comunicación Social, Periodismo y afines; Psicología; Sociología, Trabajo Social y afines; Matemáticas, estadística y afines; ; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería Civil y afines; Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines; Educación; Geografía, Historia; Filosofía, Teología y afines; Antropología, Artes Liberales. |
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: TÉCNICO INVESTIGADOR II |
DEPENDENCIA: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN |
EMPLEO DEL JEFE INMEDIATO: QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA |
ÁREA: DONDE SE UBIQUE EL EMPLEO |
II. PROPÓSITO PRINCIPAL |
Ejecutar y realizar todas las labores técnicas-científicas, con el fin de recolectar los elementos materiales probatorios, evidencia física o información conducente y pertinente, tendientes a lograr la eficacia y eficiencia de las investigaciones y actuaciones operativas de competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz y apoyar las labores administrativas asignadas de acuerdo con las políticas, procedimientos y protocolos establecidos y la normatividad existente. |
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESCENCIALES |
Para el cumplimiento del propósito principal del empleo, realizará las siguientes funciones: 1. Ejercer las funciones de policía judicial establecidas en la Ley, teniendo en cuenta la normativa aplicable, el manual de policía judicial de la Jurisdicción Especial para la Paz y los lineamientos institucionales. 2. Realizar labores técnico-científicas de recolección e interpretación de los elementos materiales probatorios, evidencia física o información pertinente para el adecuado desarrollo de las investigaciones, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 3. Recolectar, verificar, proteger y enviar los elementos materiales probatorios y evidencia física, conforme los procedimientos xx xxxxxx de custodia establecidos por la normativa vigente, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 4. Ejecutar las actividades de investigación que ordena el Fiscal con cumplimiento a los tiempos y parámetros establecidos y la normativa vigente, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 5. Elaborar y rendir informes de policía judicial que le sean requeridos mediante orden a policía judicial asignada de acuerdo con los lineamientos institucionales y según competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. 6. Apoyar la elaboración de contextos y la priorización de situaciones y casos en las investigaciones que le sean asignadas, según lineamientos institucionales y competencias del grupo en donde esté asignado el cargo. |
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Continuación del Acuerdo AOG No. 036 de 2023
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
7. Construir bases de datos que sirvan como consulta al interior del Despacho, respecto de la información recolectada en los diferentes casos asignados, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación. 8. Acudir oportunamente como testigo en los procesos en que sea solicitada su declaración, de acuerdo con los procedimientos y protocolos establecidos y la normativa vigente. 9. Registrar oportunamente en los sistemas de información las actuaciones de policía judicial que le sean asignadas, de acuerdo con los procedimientos establecidos y estándares de calidad requeridos. 10. Desarrollar actividades para brindar atención y protección inmediata a las víctimas, testigos y personas hasta que el programa de protección impulse las medidas pertinentes, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación y la normativa vigente. 11. Participar en la elaboración del programa metodológico de la investigación, según se le asigne. 12. Realizar las labores administrativas que le sean asignadas por el superior jerárquico según lineamientos institucionales y competencias del grupo en el cual esté asignado el cargo. 13. Cumplir con la política y lineamientos de seguridad de la información y de gestión documental según competencia del grupo y cargo. 14. Presentar informes de gestión, técnicos, estadísticos y demás, requeridos por el superior jerárquico, según competencia del grupo y lineamientos institucionales. 15. Participar en la estructuración y el desarrollo de programas de capacitación, planes operativos entre otros requeridos por el Director de la Unidad de Investigación y Acusación y el superior jerárquico, de acuerdo con su competencia y lineamientos institucionales. 16. Implementar el protocolo de comunicación con las víctimas elaborado por la Unidad de Investigación y Acusación, según competencias del grupo. 17. Participar en el Comité Técnico Jurídico de la Unidad de Investigación y Acusación y comisiones temporales de la Jurisdicción Especial para la Paz, cuando el Director de la Unidad lo decida y según la naturaleza y competencias del empleo. 18. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por el superior jerárquico o Director de la Unidad de Investigación y Acusación, de acuerdo con la naturaleza del empleo, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, la Ley y demás disposiciones. | |
IV. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESCENCIALES | |
• Constitución Política de Colombia. • Derecho Constitucional. • Código Penal y de Procedimiento Penal • Política y Análisis Criminal. • Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. • Policía Judicial. • Metodologías y Técnicas de Investigación. • Cadena de Custodia. • Funciones y objetivos de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP • Herramientas Ofimáticas • Sistema de Gestión Integral • Gestión Documental • Técnicas de atención al usuario | |
V. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES | |
COMUNES | POR NIVEL JERÁRQUICO |
• Aprendizaje continuo | • Confiabilidad Técnica |
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Continuación del Acuerdo AOG No. 036 de 2023
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
• Orientación a resultados • Orientación al usuario y al ciudadano • Compromiso con la organización • Trabajo en equipo • Adaptación al cambio | • Disciplina • Responsabilidad |
VI. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA | |
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Aprobación de dos (2) años de educación en formación técnica profesional o tecnológica en el núcleo básico del conocimiento en: Formación relacionada con el campo militar o policial; Matemáticas, estadística y afines; Derecho y afines; Economía; Administración; Ingeniería Industrial y afines; Ciencia Política, Relaciones Internacionales; Bibliotecología, Otros de Ciencias Sociales y Humanas; Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines, Contaduría Pública; Comunicación Social, Periodismo y afines; Psicología; Sociología, Trabajo Social y afines; Matemáticas, estadística y afines; ; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería Civil y afines; Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines; Educación; Geografía, Historia; Filosofía, Teología y afines, Antropología, Artes Liberales. | Dos (2) años de experiencia relacionada. |
Artículo 2. Modificar el ítem VI REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA de la ficha del Manual de Funciones del empleo de Conductor II contenida en el Acuerdo AOG No. 014 de 2023, la cual quedará así.
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: CONDUCTOR II |
DEPENDENCIA: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN |
EMPLEO DEL JEFE INMEDIATO: QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA |
ÁREA: DIRECCIÓN DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN |
II. PROPÓSITO PRINCIPAL |
Trasladar o transportar las personas y los objetos que le sean encomendados por la Dirección de la Unidad de Investigación y Acusación de la Jurisdicción Especial para la Paz o por el Fiscal ante las Salas de Justicia o Fiscal ante el Tribunal para la Paz, según sea el caso, asegurándose de mantener el vehículo a su cargo en óptimas condiciones mecánicas y de aseo, de acuerdo con los lineamientos institucionales. |
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESCENCIALES |
Para el cumplimiento del propósito principal del empleo, realizará las siguientes funciones: |
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Continuación del Acuerdo AOG No. 036 de 2023
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
1. Transportar a servidores públicos que tengan asignados vehículos, así como a testigos, víctimas e intervinientes en el proceso penal que le sean encomendados por éstos de acuerdo con los lineamientos institucionales. 2. Apoyar las labores administrativas de las dependencias de la Dirección de la Unidad de Investigación y Acusación cuando sea necesario de acuerdo con los lineamientos institucionales. 3. Mantener el vehículo que tenga a cargo en óptimas condiciones mecánicas y de aseo, para garantizar su normal funcionamiento de acuerdo con la ficha técnica de los mismos y lineamientos institucionales. 4. Conducir con la prudencia y el cuidado necesario para asegurar el buen estado y condiciones de uso del vehículo asignado, respetando cabalmente las normas de tránsito vigentes y las demás que las regulen, aclaren, complementen o modifiquen. 5. Realizar el mantenimiento preventivo de los vehículos conforme con los estándares, criterios de calidad establecidos y lineamientos institucionales. 6. Establecer el croquis y realización de los esquemas de las rutas terrestres utilizadas en los desplazamientos, de acuerdo con los parámetros y procedimientos establecidos por los manuales o protocolos diseñados por la entidad. 7. Coadyuvar al responsable del parque automotor en la actualización de la hoja de vida del vehículo y proporcionar las recomendaciones necesarias, según lineamientos institucionales. 8. Elaborar y reportar el registro periódico de consumo de combustible y kilometraje del vehículo asignado al responsable del parque automotor para contribuir al control de gastos de la dependencia, en cumplimiento de las normas en el gasto público y teniendo en cuenta los lineamientos institucionales. 9. Realizar el mantenimiento preventivo del vehículo bajo su cargo para evitar el deterioro anticipado de los mismos, según lineamientos institucionales. 10. Custodiar el vehículo, sus elementos necesarios y los que se encuentren en él, para garantizar su integridad y la seguridad de los mismos, según lineamientos institucionales. 11. Informar al jefe inmediato sobre las anomalías que presente el automotor, solicitar y velar para que las reparaciones necesarias se realicen para su óptimo funcionamiento. 12. Entregar la correspondencia enviada y recibida por la Dirección de la UIA, las Fiscalías adscritas a esta o cualquier otra dependencia, cuando para ello se requiera hacer uso del vehículo automotor y responder por los documentos que le sean confiados. 13. Efectuar diligencias externas cuando las necesidades del servicio lo requieran. 14. Velar por la confidencialidad y seguridad de la información que con ocasión de sus funciones conozca, según lineamientos institucionales. 15. Cumplir con la política y lineamientos de seguridad de la información y de gestión documental según competencia del grupo, equipo y cargo. 16. Presentar informes de gestión, estadísticos y demás, requeridos por el superior jerárquico, según competencia del grupo y lineamientos institucionales. 17. Implementar el protocolo de comunicación con las víctimas elaborado por la Unidad de Investigación y Acusación, según competencias del grupo y cargo. 18. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por el superior jerárquico o Director de la Unidad de Investigación y Acusación, de acuerdo con la naturaleza del empleo, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, la Ley y demás disposiciones. |
IV. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESCENCIALES |
• Técnicas de atención al usuario. • Esquemas de Seguridad y Protección. |
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Continuación del Acuerdo AOG No. 036 de 2023
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 014 del 31 xx xxxxx de 2023”
• Mecánica Automotriz. • Normas de Tránsito. • Ofimática. | |
V. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES | |
COMUNES | POR NIVEL JERÁRQUICO |
• Aprendizaje continuo • Orientación a resultados • Orientación al usuario y al ciudadano • Compromiso con la organización • Trabajo en equipo • Adaptación al cambio | • Manejo de la información • Relaciones interpersonales • Colaboración |
VI. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA | |
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Diploma de educación media y licencia de conducción. | Cuatro (4) años de experiencia relacionada. |
Artículo 3.- Las demás disposiciones del Acuerdo AOG No. 014 de 2023 se mantienen vigentes.
Artículo 4.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 5.- El presente Acuerdo se divulgará a través de la página web de la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP-.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días de octubre de dos mil veintitrés (2023).
XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX
Presidente
XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Secretario Ejecutivo
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