Contract
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD EN LAS INSTALACIONES DE ALJARFESA, (ETAP SALTERAS, OFICINA XX XXXXXXX, PISA), CON Nº EXP. S: 62/17-163.
INDICE
PRELIMINAR 4
I. DISPOSICIONES GENERALES 5
I.1. Objeto xxx Xxxxxx 5
I.2. Objeto del Contrato 5
I.3. Régimen Jurídico 5
II. PLAZO DEL CONTRATO 6
III.PRESUPUESTO DE LICITACIÓN 6
IV. PAGO DEL CONTRATO 7
V. PERFIL DE CONTRATANTE Y SOLICITUD DE INFORMACIÓN 7
VI. LICITACIÓN 8
VI.1. Capacidad para Contratar 8
VI.2. Procedimiento de Contratación 9
VI.3. Presentación Ofertas 9
VI.4. Formulación de las Ofertas 10
VI.5. Mesa de Valoración y Órgano de Contratación 17
VI.6.- Apertura de proposiciones y calificación de la documentación presentada 18
VI.7.- Ofertas con valores anormales y desproporcionados 19
VI.8.- Reclamación sobre Proceso de Licitación 20
VI.9.- Adjudicación del Contrato 20
VII. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 21
VIII. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 26
IX. EJECUCIÓN DEL CONTRATO 28
X. VERIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS 28
XI. CESION Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO 29
XII. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 30
XIII. PROTECCIÓN DATOS PERSONALES 31
XIV. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y RECEPCIÓN DEL SERVICIO 33
XV. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO 33
XVI. REGIMEN SANCIONADOR 34
XVII. SANCIONES 35
XVIII. PLAZO DE GARANTÍA 37
XIX. VICIOS O DEFECTOS DURANTE EL PLAZO DE GARANTÍA 37
XX. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 38
XXI. JURISDICCIÓN COMPETENTE 39
CLÁUSULA ADICIONAL ÚNICA 40
ANEXO I. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA PARA EL LOTE 41
ANEXO II. MODELO FIANZA PROVISIONAL 42
ANEXO III. MODELO AVAL DEFINITIVO 43
ANEXO IV. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES, DE ESTAR AL CORRIENTRE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL 44
PRELIMINAR
La Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A., Aljarafesa, cuyo capital social esta aportado en su totalidad por la Mancomunidad de Municipios del Aljarafe, tiene por finalidad la gestión y administración, encomendada por dicha Mancomunidad, del circuito hidráulico integral, es decir, desde la captación de los recursos hídricos, hasta la entrega en los cauces naturales de las aguas residuales previamente depuradas. Dicha actividad está incluida en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre Procedimientos de Contratación en los Sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales, en adelante Ley 31/2007, de 30 de octubre, así como, en la Directiva 2014/25/UE, de 26 de febrero de 2014.
Esta Empresa forma parte del Sector Público y tiene la consideración de poder adjudicador, que no de Administración Pública, de conformidad con el artículo 3.3 b) del Real Decreto Legislativo 3/2011, 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante TRLCSP, disponiendo de unas Instrucciones de Contratación conforme a lo dispuesto en los artículos 189, 190 y 191 del citado Texto, que regulan sus Procedimientos de Contratación para aquellas contrataciones no sujetas a regulación armonizada. En dichas Instrucciones, queda garantizada la efectividad de los Principios Generales establecidos en el artículo 1 del TRLCSP.
En cuanto a las contrataciones sujetas a regulación armonizada que se lleven a cabo por Xxxxxxxxxx, se deberá cumplir con las condiciones establecidas en el TRLCSP y en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, y aquellas normas que le sean de aplicación directa.
El pasado 26 de febrero de 2014 se aprueban las nuevas Directivas Europeas en materia de Contratación, Directiva 2014/23/UE, 2014/24/UE y 2014/25/UE, estableciéndose un plazo de dos años para su trasposición. Desde el 18 xx xxxxx de 2016 dichas Directivas son de aplicación directa para todas las contrataciones sujetas a regulación armonizada en aquellas cuestiones donde las disposiciones sean lo suficientemente claras y precisas y no estén sujetas a excepción ni condición.
I. DISPOSICIONES GENERALES.
I.1. Objeto xxx Xxxxxx.
El presente Pliego contiene las condiciones particulares por las que se va a regir el presente procedimiento de contratación hasta la formalización, ejecución y resolución del Contrato resultante de la misma, correspondiente al Servicio de Seguridad en las Instalaciones de Aljarfesa (ETAP Salteras, Oficina xx Xxxxxxx, PISA), con N.º Exp. S: 62/17-163 en los términos definidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas del presente Servicio, fijando los derechos y obligaciones derivados de dicha contratación.
I.2. Objeto del Contrato.
Tiene por objeto la presente contratación la prestación del servicio indicado en el punto anterior, con todas las actividades principales y accesorias necesarias para la correcta prestación del mismo, en los términos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas del presente Servicio, en el que se especifican las necesidades que se quieren satisfacer mediante la contratación de aquellos, en los términos establecidos en el presente Pliego.
I.3. Régimen Jurídico.
El contrato de Servicio a suscribir tiene carácter privado, en virtud de lo establecido en el artículo 20 del TRLCSP.
El procedimiento de adjudicación de este Contrato se ajustará a lo establecido en las Instrucciones de Contratación vigentes en Aljarafesa, en concordancia con lo dispuesto en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre Procedimientos de Contratación en los Sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales y aquellas normas que le sean de aplicación directa.
La formalización y ejecución de este contrato queda sometido a lo establecido en el presente Pliego, el de Prescripciones Técnicas, el de Condiciones Generales y las Instrucciones de Contratación vigente en Aljarafesa, constituyendo todos ellos la base contractual del mismo.
Asimismo, este Contrato en cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, a falta de regulación expresa en los documentos contractuales indicados, se regirá por el derecho privado, teniendo presente lo establecido para la ejecución de los contratos, en su caso, por la Directiva 2014/25/UE.
Cualquier discrepancia que pudiera existir entre este Pliego y cualquier otro documento contractual, será solventada en función de lo que el presente disponga, teniendo en cuenta las facultades interpretativas de Aljarafesa.
II. PLAZO DEL CONTRATO.
El periodo de ejecución de este Contrato será hasta el total consumo de la bolsa de 15.574 horas, no pudiendo consumirse en un plazo superior a UN (1) AÑO, a partir de la fecha de la firma del Contrato.
Para la presente contratación se prevé una prórroga de 7.787 horas, no pudiendo consumirse en un plazo superior a SEIS (6) MESES. En caso de que se decidiera por Xxxxxxxxxx llevar a efecto la prórroga, ésta comunicará dicha decisión a la empresa adjudicataria, con la antelación mínima de DOS (2) meses, quedando obligada la empresa adjudicataria a aceptarla.
Finalizado el plazo de vigencia previsto para este Contrato, y, en su caso, el de la prórroga, si la misma se hiciera efectiva, se producirá la extinción y resolución del mismo, sin necesidad de aviso ni comunicación al contratista.
III. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.
El presupuesto del presente Contrato asciende a la cantidad total de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON
CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (265.692,44 €), excluido el IVA, que equivale a 17,06
€ por hora de trabajo efectuada, estableciéndose un total de 15.574 horas para el plazo establecido en la Condición II anterior, en el horario establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas del presente Servicio, en el Anexo III.
Las ofertas de los licitadores deberán ser, en todo caso, iguales o inferiores a la cantidad indicada, siendo desechadas las que superen el presupuesto de licitación indicado anteriormente.
En el precio propuesto por el adjudicatario se entenderán incluidos todos los gastos necesarios para la correcta ejecución del objeto del Contrato, incluso de las actividades accesorias o complementarias al mismo, precisas para su cumplimiento.
No se prevé revisión del precio de este contrato durante el periodo de ejecución del mismo.
El valor estimado del Contrato se encuentra establecido en la Cláusula Adicional Única de este Pliego.
IV. PAGO DEL CONTRATO.
El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de las prestaciones efectivamente recibidas por Xxxxxxxxxx, conforme al precio que resulte de la adjudicación de este Contrato, considerándose incluido en el mismo todos los gastos que fuesen precisos para su ejecución.
Dicho pago se efectuará, mediante la certificación aprobada por Aljarafesa, que incluirá las horas efectivamente empleadas durante cada mes de ejecución del contrato. La certificación se efectuará en los términos establecidos en la Condición X de este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Para efectuar el pago de la Certificación, el adjudicatario deberá presentar en el Servicio Económico-Financiero de ALJARAFESA, en el plazo de SEIS (6) DÍAS naturales siguientes a la conformidad de la Certificación de cada mes natural vencido la correspondiente factura, con identificación del Contrato y su Número de Expediente, por el importe de aquella, emitida dentro de ese período, procediéndose a su devolución si ésta se emitiese en fecha anterior, y a su pago en los términos descritos en el párrafo precedente.
V. PERFIL DE CONTRATANTE Y SOLICITUD DE INFORMACIÓN.
La Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A, Aljarafesa, tiene habilitada en su página institucional, el correspondiente Perfil de Contratante, en el cual, se ofrece, entre otras cuestiones de la actividad contractual, la información relativa a las condiciones de contratación con esta Empresa.
Así pues, y en relación con la presente contratación, en el Perfil de Contratante de Aljarafesa (xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx) se ofrecerá la información relativa al proceso de licitación de este Servicio, incluyendo los Pliegos de Condiciones Particulares y de Prescripciones Técnicas.
Los licitadores podrán solicitar información sobre la documentación indicada en el párrafo precedente, hasta CINCO (5) días naturales antes de la fecha límite fijada para la presentación de ofertas en el Anuncio de licitación. Esta información se facilitará hasta TRES (3) días naturales antes del fin del plazo de presentación de proposiciones.
A fin de completar y ofrecer una mayor información para la elaboración de las correspondientes Ofertas, se prevé efectuar una visita guiada a las instalaciones objeto de este Contrato. Para ello, aquellas empresas que estén interesadas en la misma podrán solicitarlo a través del correo electrónico señalado en el párrafo precedente. La fecha de la citada visita será publicada previamente en el Perfil de Contratante de Aljarafesa.
Asimismo, se establece que las consultas se efectuarán mediante correo electrónico, indicando el número de expediente en el Asunto del mismo, a la dirección: xxxxxxxxxxxx.xxx@xxxxxxxxxx.xx y serán contestadas a través del mismo medio.
Las consultas efectuadas deberán indicar en el epígrafe Asunto del correo electrónico el Nº Expediente (S: 69/17-174) y en su contenido la identificación de la Empresa que la realiza y una persona de contacto.
Las consultas que sean recibidas en Aljarafesa fuera del plazo indicado en esta Condición, no serán contestadas.
VI. LICITACIÓN.
VI.1. Capacidad para Contratar.
Podrán optar a la presente licitación aquellas personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios o agrupaciones de operadores económicos, que tengan plena capacidad de obrar, acrediten el cumplimiento de los criterios de selección cualitativa conforme a la Condición VI.4 del presente Pliego y no se encuentren incursas en las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, así como, acrediten su solvencia económico-financiera y técnica o profesional, en los términos establecidos en el presente Pliego.
Si la participación en este Procedimiento se instrumentaliza a través de una Unión Temporal de Empresas (UTE), todos sus componentes tendrán que acreditar conforme se establece en la Condición VI.4 siguiente, la habilitación profesional necesaria para la ejecución de la prestación que constituya el objeto del contrato, considerándose, en su caso, que la solvencia técnica requerida se cumple si la acumulación de la solvencia individual de cada Empresa da como resultado la establecida en este Pliego.
Cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios, a fin de poder ejecutar el objeto de este Contrato.
En caso de que se trate de empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir, además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.
VI.2. Procedimiento de Contratación.
Según ha sido acordado por el Órgano de Contratación de este Expediente, el procedimiento que se convoca es un Procedimiento Abierto, en virtud de lo establecido en el artículo 58.2 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, en concordancia con lo regulado en las Instrucciones de Contratación vigentes en Aljarafesa, cuyo criterio de adjudicación es la oferta económicamente más ventajosa, en función al precio más bajo.
VI.3. Presentación de ofertas.
Las Empresas interesadas en participar en la licitación que se propone, habrán de presentar su oferta, dentro del plazo que se indique en el anuncio de licitación, de forma presencial o mediante su remisión por correo, en el Registro General de Aljarafesa, sito en la 2ª planta de sus Oficinas Centrales en Tomares (Sevilla), Glorieta Gerente Xxxxxx Xxxxxx s/n.
Si las mismas son enviadas por correo deberán estar en el Registro General de ALJARAFESA antes de las 14.00 horas xxx xxxxxx día hábil siguiente a la finalización del citado plazo, cumpliendo además los siguientes requerimientos:
− Remitir dentro del plazo de la presentación de las ofertas Burofax al Registro General de ALJARAFESA, acompañando copia del justificante del envío, indicando igualmente el número de sobres de la documentación remitida.
− Xxxxx Xxxxxxx habrá de ser recibido en el Registro General de ALJARAFESA antes de las 14.00 h. del día siguiente hábil a la finalización del plazo de presentación de las ofertas.
Las ofertas que no cumplan lo establecido en los párrafos precedentes de ese apartado quedaran excluidas de este Proceso de Licitación.
La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación del clausulado de este pliego y del de prescripciones técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad o reserva alguna, y la manifestación responsable que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con esta Empresa, sin perjuicio de la acreditación de las mismas conforme se establece en la Condición
VI.4 de “Formulación de las Ofertas” del presente documento.
En particular, ante cualquier discrepancia entre los requerimientos expresados en los pliegos de la presente contratación, y las condiciones de la oferta del licitador, se considerará nula la oferta o manifestación de cualquier licitador que implique un menoscabo o restricción para Aljarafesa en la forma y plazos de entrega, alcance, prestaciones, servicios, funcionalidades, costes, plazos, suministros a percibir por Aljarafesa, respecto de las condiciones establecidas en los pliegos de contratación.
Entregada o remitida la proposición a Xxxxxxxxxx, la misma no puede ser retirada, salvo por causa debidamente justificada, que será sometida a la decisión de la Mesa de Valoración de este Procedimiento.
Los licitadores deberán indicar un domicilio a efectos de notificaciones, una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y de fax, entre otros, tal como se indica en la Condición VI.4.
Para la presente contratación no se admiten variantes o alternativas, por lo que, cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en Unión Temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La vulneración de esta regla producirá la exclusión de todas las ofertas en las que intervenga.
VI.4. Formulación de las Ofertas.
La oferta ha de presentarse conforme a lo establecido en la Condición anterior, en DOS (2) SOBRES. Los sobres se dividen de la siguiente forma:
- Sobre nº 1: Documentación General.
- Sobre nº 2: Proposición Económica.
Con carácter general todos los documentos deberán ser originales, copias notariales o fotocopias compulsadas en relación con la documentación de Capacidad, así como aquellas declaraciones requeridas, salvo que se establezca otra forma.
La documentación que incluir en los Sobres de esta Licitación deberá estar redactada en castellano. En caso de que se presentasen en lengua distinta, deberán aportar la correspondiente traducción oficial a la lengua castellana primando esta última en caso de duda o discrepancia.
El contenido de cada sobre consistirá en: SOBRE 1
TITULO: Documentación General.
Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente, con identificación de la licitación de que se trate y del licitador. De acuerdo con ello, en forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre, se consignarán los siguientes datos:
SOBRE 1
DOCUMENTACIÓN GENERAL
Identificación de la Licitación:…………………………………
Nombre completo- y siglas, en su caso-del Licitador:…………………………..
N.I.F:……………………………………………….
Dirección:………………………………………..
Teléfono:…………………Fax:…………….
Correo Electrónico:…………………………..
Firma/s:………………………………………….
CONTENIDO: En el interior del sobre se hará constar su contenido en hoja independiente, enunciado numéricamente, debiendo contener los siguientes documentos por el orden que a continuación se indica:
SOBRE NÚMERO 1:
1.- Capacidad:
1.1.- Las empresas que sean personas jurídicas presentarán la Escritura Notarial de constitución y/o modificación, original o debidamente compulsadas o legitimadas, si existiese, inscrita en el Registro Mercantil cuando ello sea exigible conforme a la Legislación aplicable al tipo de la Entidad, o el correspondiente registro oficial, salvo que se traten de Sociedades Civiles donde no se requiera dicha elevación a Escritura Pública e inscripción registral, debiendo aportar en este caso el documento de constitución.
1.2.- Los empresarios que sean personas físicas deberán presentar Documento Nacional de Identidad debidamente compulsado o legitimado.
1.3.- Las empresas extranjeras deberán acreditar su personalidad, de acuerdo con lo establecido en el TRLCS.
1.4.- Si el que firmase la oferta actuase por representación, ya sea de una persona física o jurídica, habrá de presentar su Documento Nacional de Identidad o Tarjeta de Residencia, así como el Poder correspondiente, ya sea especial para este acto o general, original o debidamente compulsado o legitimado, debiendo, en todo caso, ser bastante para obligar a la empresa representada a los derechos y deberes que se derivan del contrato en caso de resultar adjudicatario y declaraciones que se indican a continuación.
1.5.- Declaración Responsable del representante legal de que la sociedad a la que representa, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con el sector público señaladas en el artículo 60 del TRLCSP y que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como, que no ha sido sancionada en vía administrativa o jurisdiccional en el último año por el incumplimiento de sus obligaciones de orden laboral y que cumple con las prescripciones que establece la Normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales, conforme Anexo IV.
1.6.- Certificado de Compañía Aseguradora o Agente de Mediación de Seguro, en el que conste la vigencia y cobertura de la póliza de responsabilidad civil suscrita por la entidad solicitante.
1.7.- Identificación del centro de gestión de la empresa y designación por parte del representante legal de la empresa con poderes suficientes para decidir y resolver todas las cuestiones relacionadas con la licitación, con indicación de un teléfono y dirección de correo electrónico, que igualmente será utilizado para todas las comunicaciones de esta licitación, salvo que se designe otro a estos solos efectos.
1.8.- Unión Temporal de Empresas: Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la UTE frente a Xxxxxxxxxx deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en los apartados anteriores, además de un escrito de compromiso solidario en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la UTE con poderes bastantes, para ofertar de ese modo, con el fin de poder ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven.
El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la UTE.
En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una UTE, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a la misma antes de la formalización del contrato. La duración de la UTE será coincidente con la del contrato, hasta la finalización del plazo de garantía.
1.9.- Empresas pertenecientes a un mismo grupo: Cuando sean empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en el ámbito de aplicación del artículo 42.1. del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar Declaración Responsable en la que hagan constar esta condición.
También deberán presentar Declaración explícita, respecto de los socios que la integran, aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
En el caso que no formen parte de un grupo de empresas, deberán presentar igualmente una declaración responsable manifestando dicha situación.
1.10.- Fianza Provisional: Las empresas que quieran tomar parte en la presente licitación habrán de depositar mediante transferencia a ALJARAFESA, al número de cuenta XX0000000000000000000000 de la entidad Caja Rural del Sur o aval bancario, en concepto de Fianza Provisional, la cantidad de MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO EUROS CON CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS (1.328,46 €), conforme al modelo que figura en el Anexo II de este Pliego.
Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresas (UTE), la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía indicada en el párrafo precedente y garantice solidariamente a todos los integrantes de la UTE.
La garantía provisional permanecerá vigente hasta la formalización del contrato correspondiente, extinguiéndose automáticamente y siendo devuelta a los licitadores no propuestos adjudicatarios en aquel momento. Al adjudicatario se le retendrá la garantía provisional hasta que proceda a la constitución de la fianza definitiva.
En el caso que algún licitador retirase su proposición injustificadamente antes de la adjudicación o si el adjudicatario no constituye la garantía definitiva, o por causas imputables al mismo, como pudiera ser la no presentación o el incumplimiento de los requisitos establecidos en este Pliego y el de Prescripciones Técnicas, no pudiese formalizarse en plazo el contrato, se procederá a la ejecución de la garantía provisional por parte de Aljarafesa, haciendo suya el importe de la misma.
Dicha Fianza tiene como fin garantizar el cumplimiento de las ofertas presentadas, y habrá de mantenerse hasta que resulte formalizado el contrato correspondiente.
Para la empresa adjudicataria, además, responderá del cumplimiento de las obligaciones impuestas en el artículo 151.2 del TRLCSP, relativas a la presentación de la documentación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
2.- Solvencia Económica-Financiera:
2.1.- Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil de los tres últimos ejercicios aprobados. Estos documentos deben reflejar unos fondos propios positivos. Para el caso del empresario individual, deberá presentar el modelo 390.
2.2.- Informe positivo de al menos una Entidad Financiera sobre la solvencia económica de la empresa.
3.- Solvencia Técnica o Profesional:
Será condición imprescindible para la admisión de las ofertas que las empresas licitadoras cumplan con los requisitos que se establecen a continuación:
3.1.- Declaración responsable de disponer de la habilitación del Ministerio del Interior que requiere la prestación de este servicio, conforme a la legislación vigente en esta materia.
3.2.- Declaración responsable de que dispone del certificado de apertura de la delegación y/o sucursal en la provincia donde se preste el servicio que se contrata, conforme a la legislación vigente en esta materia.
3.3.- Declaración responsable de que la empresa aportará el programa de formación que tiene previsto impartir entre sus vigilantes conforme a la legislación vigente en esta materia.
3.4.- Declaración responsable de que la empresa aportará el estudio sobre la adecuación del servicio que se presta a los riesgos que hayan sido detectados en el correspondiente análisis de amenazas efectuado en el edificio los Centros de Vigilancia.
3. 5.- Declaración responsable suscrita por el representante legal de la empresa que acredite la experiencia del ofertante en contratos similares al objeto de la presenta licitación y con un presupuesto de ejecución igual o superior al establecido en la Cláusula Adicional de este Pliego.
Deberá presentar al menos tres certificados de buena ejecución firmada por la entidad contratante, para acreditar este requisito.
3.6.- Declaración responsable suscrita por el representante legal de la empresa que acredite cumplimiento de los requisitos específicos en materia de Seguridad y Salud.
3.7.- Declaración responsable de garantizar las condiciones laborales y económicas establecidas en el Convenio Colectivo estatal para las empresas de seguridad vigente a la publicación del presente Contrato.
3.8.- Compromiso de adscribir al Servicio todos los medios técnicos y humanos necesarios para la ejecución del presente Contrato, en los términos definidos en los
Xxxxxxx que rigen la presente Contratación, suscrito por el representante legal de la Empresa. Dicho documento incluirá el compromiso de que en caso de resultar adjudicatario se establecerá un centro de gestión o delegación en la provincia xx Xxxxxxx, para la asistencia inmediata a las actividades necesarias para el desarrollo del contrato. Se presentará, además, listado con el inventario de maquinaria y medios humanos y técnicos que se adscribirá al servicio.
La inclusión en este Sobre de cualquier tipo de documentación que permita conocer datos referentes a la Oferta Económica del licitante traerá como consecuencia, la exclusión del procedimiento del ofertante.
Sobre Número 2:
TITULO: Proposición económica.
Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente, con identificación de la licitación de que se trate y del licitador. De acuerdo con ello, en forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre, se consignarán los datos siguientes:
SOBRE 2
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Identificación de la Licitación:…………………………………
Nombre completo- y siglas, en su caso-del Licitador:…………………………..
N.I.F:……………………………………………….
Dirección:………………………………………..
Teléfono:…………………Fax:…………….
Correo Electrónico:…………………………..
Firma/s………………………………………….
CONTENIDO: Contendrá la proposición económica. 1.- Oferta económica:
Se presentará una única oferta económica que estará firmada por quien tenga
capacidad para formular la proposición -la proposición presentada por una UTE deberá estar firmada por los representantes de cada una de las empresas componentes de esta- y se presentará, dentro de un sobre cerrado. El contenido de la oferta económica se
ajustará estrictamente al modelo del Anexo I de este Pliego. Asimismo, se incluirán los precios unitarios hora/vigilante, IVA excluido.
La proposición económica se presentará con caracteres claros o escrita a máquina, expresada en número y en letra, y no se aceptarán aquéllas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente su contenido. Si existiese discrepancia entre la cantidad escrita en número y la escrita en letra, se estará a esta última.
La proposición económica, en cualquier caso, debe ser firmada por el representante legal de la Entidad licitante o persona con habilitación para ello, y fechada, y en su caso, el sello de la Empresa; por lo que la omisión de alguno de estos requisitos supondrá la exclusión de este Procedimiento de la Empresa correspondiente, en caso de su ausencia y no subsanación en el plazo de Tres (3) días hábiles desde su comunicación.
Los participantes, en la proposición económica que presenten, deberán tener en cuenta todas las prestaciones objeto del presente Contrato, incluso las actividades accesorias o complementarias necesarias, para la correcta ejecución de este Servicio, debiendo estar el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) o tributo que lo sustituya cuantificado expresamente e indicado como partida independiente, según modelo Anexo I establecido en este Pliego.
VI.5. Mesa de Valoración y Órgano de Contratación.
X. Xxxx de Valoración.
La composición de esta Mesa, en razón a la cuantía, corresponde a lo establecido en el punto 12. e) de las Instrucciones de Contratación vigentes en Aljarafesa, con las funciones establecidas en la referida norma. El criterio de valoración para este procedimiento es el precio.
La Mesa de Valoración elevará al Órgano de Contratación la propuesta de Adjudicación del presente Contrato. Dicha Mesa podrá solicitar cuanta información adicional o complementaria se precise. En todo caso, quedarán excluidos aquellos licitadores cuyas ofertas no cumplan los requisitos exigidos en los Pliegos de la presente Licitación.
B. Órgano de Contratación.
El Órgano de Contratación corresponde a la Comisión de Contratación establecida en el punto 6 de las Instrucciones de Contratación vigentes en Aljarafesa.
VI.6.- Apertura de proposiciones y Calificación de la Documentación Presentada.
Toda la documentación requerida en el Clausula VI.4 anterior, deberá estar incluida en su Sobre correspondiente para que la misma pueda ser calificada o clasificada en el momento procedimental que corresponde, siendo requisito no subsanable que cualquiera de aquella sea solicitado a terceros y/o aportada por la Empresa participante en momento posterior a la fecha de presentación de su oferta.
Serán subsanables los defectos u omisiones correspondientes sobre la documentación aportada dentro del plazo establecido para la presentación de las ofertas.
Finalizado el plazo de presentación de las Ofertas en Aljarafesa, la documentación contenida en el Sobre 1: Documentación General, podrá ser revisada por los responsables de los Servicios correspondientes, constituidos en Comisión de Calificación, con la finalidad de calificar si las Empresas participantes poseen los requisitos de Solvencia establecidos en el presente Pliego.
En el caso que se apreciara algún defecto subsanable u omisión, se le comunicará a la Empresa que corresponda en el plazo de hasta SIETE (7) DÍAS hábiles siguientes al de la apertura del Sobre 1, concediéndoles un plazo máximo de TRES (3) DÍAS desde la comunicación para que lo subsanen o los corrijan o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios, con el apercibimiento de que, caso de no subsanar, quedarán excluidos del Procedimiento. Finalizado este plazo, en el caso que se hubiese dado la situación descrita anteriormente, o antes del mismo, en el caso que no se hubiese producido necesidad de subsanación entre los participantes, la Mesa de Valoración en acto no público, determinará, oído el Informe de Calificación, las empresas que cumplen los criterios de solvencia empresarial que se establecen en el presente Pliego, en cuanto a la capacidad de obrar, solvencia económica-financiera y técnica o profesional de las Empresas presentadas, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
A continuación del acto descrito en el párrafo precedente y/o dentro de los VEINTE (20) días hábiles siguientes al mismo, se procederá en acto público, de cuyo día y hora se informará a través del Perfil de Contratante y/o mediante correo electrónico a las empresas licitadoras, a la apertura de la Proposición Económica (Sobre 2), conforme al orden de entrada en el Registro General de Aljarafesa comunicándose en primer lugar el resultado de la calificación de las Empresas participantes, y procediendo a continuación a la apertura de las Proposiciones Económicas de las Empresas admitidas y a la clasificación de las mismas.
VI.7. Ofertas con Valores Anormales o Desproporcionados.
La Mesa de Valoración, a la vista de las ofertas económicas, comprobará la existencia de valores anormales o desproporcionados, incurriendo en tal circunstancia aquellas proposiciones que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
A los efectos de establecer la referida media aritmética, no serán consideradas las diversas proposiciones económicas que se formulen individualmente por sociedades pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, sino únicamente la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los
efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas incursas en temeridad, respecto de las restantes proposiciones formuladas por las empresas del grupo.
Si se apreciara una proposición con valores anormales, conforme a los criterios anteriormente señalados, se le comunicará a la Empresa y se le otorgará un plazo de TRES (3) días hábiles desde el día siguiente al Acto de apertura del Sobre 2, o desde su comunicación, para la justificación razonada de la baja.
El licitador deberá justificar la valoración hecha a la oferta y precisar las condiciones de la misma, centrándose, en particular, en lo relativo al ahorro que permite el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección de empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación o la posible obtención de una ayuda de Estado.
Aquellas ofertas que a criterio de la Mesa de Valoración no justifiquen adecuadamente su baja, se considerarán anormales o desproporcionadas por estimarse que no pueden ser cumplidas a satisfacción de esta entidad, quedando por tanto excluidas del proceso, mediante comunicación razonada.
VI.8. Reclamación sobre el Acto de Licitación.
Dentro de los TRES (3) DÍAS hábiles siguientes a la apertura del Sobre 2, los participantes podrán exponer por escrito ante ALJARAFESA cuanto estimen conveniente sobre el proceso de licitación. El Órgano de Contratación, previo informe de la Mesa de Valoración, deberá resolver el procedimiento de adjudicación con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentadas.
VI.9. Adjudicación del Contrato.
Dentro de los DIEZ (10) DÍAS HÁBILES siguientes a la comprobación de las Ofertas Económicas, la Mesa de Valoración, conforme a todo lo actuado, formulará propuesta de Adjudicación al Órgano de Contratación de esta Licitación, quien resolverá la adjudicación del contrato a la Entidad que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para Aljarafesa.
En caso de que se presentasen dos o más proposiciones que resultasen ser las de precio más bajo, se decidirá la adjudicación de éste mediante sorteo.
El contrato se adjudicará en el plazo máximo de TRES (3) MESES, a contar desde el día siguiente de la apertura del Sobre 1, comunicándose a las empresas participantes mediante correo electrónico la adjudicación del Contrato, con indicación, en su caso, a las empresas que no hayan sido admitidas o excluidas las causas de dicha decisión.
Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en los TRES (3) MESES siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, Xxxxxxxxxx no estará obligada a seguirla custodiando.
VII. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato adjudicado se perfeccionará con su formalización. Para el caso del adjudicatario, se procederá mediante correo electrónico a comunicar los requisitos previos a la formalización del mismo, que deberá tener en cuenta o, en su caso, presentar en Aljarafesa, en el lugar y día que se le indique en la citada comunicación.
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá acreditar ante ALJARAFESA toda la documentación que se indica a continuación; tener constituida la fianza definitiva; y tener cumplidas todas las condiciones establecidas en el presente Pliego y en el de Prescripciones Técnicas, como previas a la contratación, así como, en su caso, haber verificado el pago de los anuncios de la licitación. ALJARAFESA podrá exigir la exhibición para su verificación de los comprobantes del pago citado.
La documentación a presentar antes de la formalización del Contrato será la siguiente:
1. Garantía definitiva.
Antes de la formalización del contrato, y como condición previa del mismo, el Contratista Adjudicatario presentará documento acreditativo de haber constituido la fianza definitiva. Dicha Fianza responderá del cumplimiento del contrato por parte del adjudicatario, y como consecuencia de ello la correcta ejecución del servicio, así como de los daños y perjuicios que se deriven de las actuaciones llevadas por el mismo en su ejecución, y de sus actuaciones accesorias o complementarias.
El importe de esa fianza definitiva ascenderá al 6% del importe de la adjudicación, sin IVA, y habrá de constituirse bien mediante transferencia al número de cuenta que indique Aljarafes o bien mediante aval bancario, efectivo al simple requerimiento de ALJARAFESA, conforme al modelo que figura como Xxxxx XXX de este Pliego.
A partir de la adjudicación y durante la vigencia del contrato, la Empresa podrá exigir al Contratista modificación o ampliación de la garantía constituida, como asimismo garantías complementarias, en consideración a la circunstancia concreta de la prestación del Servicio, la cual, en su caso, deberá quedar suficientemente justificada.
2. Obligaciones tributarias.
a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de estar al corriente de sus obligaciones tributarias. Dicho Certificado deberá tener una vigencia anual y será presentado anualmente, o en su caso, por el tiempo que por el que sea otorgado.
3. Obligaciones con la Seguridad Social:
1. Documentación de alta en la Seguridad Social, con identificación del número patronal.
2. Certificación negativa por descubiertos en la Tesorería de la Seguridad Social
4. Seguros.
El Adjudicatario adoptará las medidas necesarias para que durante la ejecución de los trabajos objeto del presente Xxxxxx, quede asegurada la protección a terceros, siendo de su total responsabilidad los daños y perjuicios que puedan originarse como consecuencia de la ejecución de estos.
Certificado acreditativo de tener en vigor o haber suscrito a su cargo una póliza de seguros que cubra los riesgos propios de la prestación del servicio en la cuantía de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL (1.800.000 €).
5. Documentación o Actuaciones previas a realizar.
- Documento que acredite la habilitación del Ministerio del Interior que requiere la prestación de este servicio, conforme a la legislación vigente en esta materia.
- Certificado de apertura de la delegación y/o sucursal en la provincia xx Xxxxxxx, conforme a la legislación vigente en esta materia. En caso contrario, el certificado versará sobre los motivos que hacen innecesaria la existencia de delegación o sucursal.
- Programa de formación que tiene previsto impartir entre sus vigilantes conforme a la legislación vigente en esta materia. En todo caso, para los vigilantes de seguridad, los cursos de actualización o especialización tendrán una duración, como mínimo, de veinte horas lectivas; cada vigilante deberá cursar al menos uno por año, y se desarrollarán en la forma que determine el Ministerio del Interior.
- Estudio sobre la adecuación del servicio que se presta a los riesgos que hayan sido detectados en el correspondiente análisis de amenazas efectuado en el edificio. Todo ello en cumplimiento de lo que establece en la legislación vigente en esta materia.
- Certificación de estar inscrita en el Registro de Empresas de Seguridad de la Dirección General de la Policía, para la actividad de la vigilancia.
- Evaluación de Riesgos y Planificación de la Actividad Preventiva: el Adjudicatario, en el plazo máximo de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES a partir de la firma del contrato,
deberá presentar ante ALJARAFESA, de manera diferenciada para cada tarea, la correspondiente Evaluación de Riesgos y Planificación de la Actividad Preventiva.
Dicha Evaluación de Riesgos pondrá de manifiesto las situaciones de riesgo previsibles para los trabajos que se contratan, sean o no evitables, lo que conllevará, según establece la Ley 31/1995, a que en la Planificación de la Actividad Preventiva se especifiquen las medidas y protecciones técnicas tendentes a controlar o eliminar los riesgos definidos en la Evaluación de Riesgos inicial. Ambos documentos, para así cumplir con el derecho a la información, participación y consulta de los trabajadores, deben estar refrendados con la conformidad de la representación legal de los trabajadores. Además, el Adjudicatario deberá facilitar a ALJARAFESA su Plan de Prevención de Riesgos Laborales, siendo este entendido tal y como se específica en el art. 16 de la Ley 31/1995 y de la Ley 54/03, como un documento en el que se hará constar la estructura organizativa, las responsabilidades y funciones asignadas, las prácticas, los procedimientos y recursos necesarios para aplicar la actividad preventiva de la empresa en los servicios contratados.
Igualmente, si durante el transcurso de los trabajos surgen actividades no contempladas inicialmente en la documentación preventiva entregada a ALJARAFESA, o modificaciones en los procesos de ejecución, será obligatoria la redacción de actualizaciones al documento inicial, así como nuevamente su entrega en ALJARAFESA.
Para el desarrollo de los trabajos el Adjudicatario dispondrá de personal adecuado que será capaz de calcular todos los riesgos que se puedan presentar y realizar su valoración para aplicar las medidas preventivas necesarias en cada caso.
Además, en el plazo fijado anteriormente, deberán presentar la siguiente documentación:
• Relación de trabajadores asignados para la realización del trabajo y copia de sus DNI, así como alta en seguridad social de los trabajadores y último TC1 y TC2 disponible.
• Designación de Recurso Preventivo y su formación como técnico de prevención de riesgos laborales.
• Cumplimiento del deber de informar y formar en materia preventiva a los trabajadores que vayan a realizar los servicios, aportando el Certificado de los
cursos realizados por los trabajadores y la Información recibida en la materia citada.
• Documento de resultado de la vigilancia de la salud de los trabajadores.
• Justificante de entrega de equipos de protección a los trabajadores.
• Contrato en vigor con Servicio de Prevención.
5. Otros.
Justificantes correspondientes al pago de los anuncios de licitación y, en su caso, la documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, para la comprobación por parte de Aljarafesa del cumplimiento de los requisitos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen la presente contratación.
Una vez presentada adecuadamente la documentación señalada y constituida la garantía definitiva, se procederá a la formalización del correspondiente contrato dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a la recepción de la documentación.
Durante la vigencia de este Contrato de Servicio, Aljarafesa podrá requerir al Contratista que presente cualquier otro tipo de documentación que esté vinculada al objeto del presente Contrato.
En caso de no presentar el adjudicatario la documentación que se le requiera o que la misma no se entregue en los plazos establecidos en la comunicación de adjudicación que Aljarafesa verifique, así como, por otras causas imputables al mismo por las que no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, Aljarafesa hará suya la garantía provisional en concepto de indemnización, procediéndose entonces a recabar la misma documentación al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa en función al precio más bajo en segundo lugar, y así sucesivamente.
Igualmente, efectuada la adjudicación, de forma previa a la firma del contrato, se comprobará por Xxxxxxxxxx, por el mecanismo que ésta estime conveniente, incluso pudiendo ir a realizar una verificación in situ, que el adjudicatario dispone de los medios, humanos y materiales, comprometidos en la oferta para la ejecución del Servicio objeto de la licitación. De no cumplimentarse este requerimiento, se revocará la adjudicación, con pérdida de la fianza provisional, y pasará a tramitarse la misma, para este caso, con el siguiente licitador mejor valorado.
Durante la vigencia de este Contrato, Xxxxxxxxxx podrá requerir al contratista que acredite encontrarse al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar a Xxxxxxxxxx una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de UN (1) MES desde su formalización.
VIII. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
1. El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de la prestación que realmente ejecute con sujeción al contrato, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por Xxxxxxxxxx, a través del responsable de los trabajos, en su caso, siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el presente Xxxxxx.
2. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 120 del TRLCSP, se adjunta la información necesaria del coste laboral del personal a subrogar en el ANEXO X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. La tramitación de baja y alta en las relaciones laborales indicadas en el citado Anexo se realizará entre la Empresa actual y la Empresa adjudicataria de este Contrato, desde la fecha de efecto de este, subrogándose esta en los derechos y obligaciones de los trabajadores.
3. Serán por cuenta del Adjudicatario todos los gastos necesarios para la correcta ejecución de este Contrato en los términos expresados en el presente Pliego y en las Prescripciones Técnicas.
4. Es obligación del adjudicatario poner en conocimiento de ALJARAFESA cualquier eventualidad o decisión que redunde en una mayor estabilidad, rapidez y orden en los trabajos, no reservándose ningún tipo de información.
5. También deberá tener debidamente asegurado a todo el personal que intervenga en los trabajos objeto de la contratación y bajo su dependencia, y en este sentido deberá cumplir con las leyes laborales relativas a la Seguridad Social y los seguros obligatorios de accidente de trabajo, seguro de enfermedad y otras que pudieran afectarle. Le corresponderá acreditar periódicamente a requerimiento de ALJARAFESA, estar al corriente de los
compromisos contraídos con su personal, presentando los recibos de xxxxxxxx y sus TC. Asimismo, el adjudicatario deberá tener asegurado los útiles y vehículos adscritos al Contrato. ALJARAFESA, podrá requerir que se le acrediten todas estas circunstancias durante el periodo de vigencia de esta contratación.
6. Antes del inicio de los trabajos, el contratista deberá facilitar relación de todo el personal que vaya a actuar en el servicio, así como, en su caso, de la subcontrata que tenga autorizada, solicitando autorización previa a ALJARAFESA sobre las variaciones que se vayan produciendo. ALJARAFESA podrá requerir copia de los TC de dichos trabajadores, en cualquier momento, durante la vigencia del contrato. Todos los daños y perjuicios que se deriven de la propia ejecución del servicio y de sus actuaciones accesorias o complementarias, se causen a ALJARAFESA o a terceros, serán de la exclusiva responsabilidad del contratista adjudicatario, quien viene obligado a atender las reclamaciones que por tal concepto se formulen ante él o ALJARAFESA, asumiendo incluso el pago de las indemnizaciones que correspondan, aun cuando por Resolución Judicial o Administrativa la sanción o indemnización, en su caso, viniese obligada ALJARAFESA a atenderla.
Aljarafesa podrá durante toda la vigencia del contrato solicitar información al contratista sobre las condiciones contractuales por las que se rige el personal afecto a la ejecución del servicio objeto del contrato, debiendo el adjudicatario acomodar aquellas contrataciones a los requerimientos legales precisos para el cumplimiento de la Legislación aplicable y el cumplimiento de la obligación del contratista, especialmente en cuanto a que a la finalización del contrato el personal afecto al servicio no genere ningún tipo de derecho del que resulte una posible incorporación a Aljarafesa.
En caso de inobservancia de estas normas, el adjudicatario será el único responsable, sin que en ningún supuesto se pueda exigir a ALJARAFESA responsabilidad alguna. El incumplimiento de las obligaciones expuestas anteriormente podrá motivar la resolución de este Contrato, y en todo caso será motivo de la penalización correspondiente.
IX. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto por el artículo 215 del TRLCSP.
Para el seguimiento, inspección y organización de los trabajos ALJARAFESA designará un Representante que velará por el cumplimiento del Contrato, según la oferta realizada por el contratista. Dicho representante tendrá directa comunicación con la persona designada por el adjudicatario como interlocutor y responsable de esta contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para esta Empresa o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Será obligación del contratista indemnizar de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Así pues, el adjudicatario adoptará las medidas necesarias para que durante la ejecución de los trabajos objeto del presente Xxxxxx, quede asegurada la protección a terceros, siendo de su total responsabilidad los daños y perjuicios que puedan originarse como consecuencia de la ejecución de los mismos.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo previsto en su clausulado, en este pliego y en el pliego de prescripciones técnicas y de acuerdo con las instrucciones que, para la interpretación de éstos, en su caso, dé Xxxxxxxxxx a través del responsable de este Contrato al contratista, suponiendo todo ello la base contractual del presente Servicio.
X. VERIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS.
La ejecución de los trabajos del presente Contrato se llevará a cabo en los términos establecidos en las Prescripciones Técnicas de este Servicio. Los trabajos se harán a petición de Xxxxxxxxxx.
El representante de Xxxxxxxxxx dispondrá de los QUINCE (15) días naturales siguientes a los trabajos ejecutados dentro del mes natural vencido anterior, para la comprobación de estos. El contratista dejará constancia en cada Certificación del número de horas efectivamente realizadas y deberá entregarla a dicho representante
dentro los SIETE (7) días siguientes a su ejecución. Aprobada la Certificación por el representante de Aljarafesa, el contratista procederá a emitir una factura que será abonada por esta Empresa en los términos establecidos en la Condición IV de este Pliego.
A efectos de la verificación de los trabajos ejecutados por el contratista, se tendrá en cuenta si la prestación se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, y a las instrucciones que, en su caso, se hubiesen dado por el Responsable de los trabajos, pudiendo para ello realizar todas las pruebas de control y verificación que estime oportunas, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, Xxxxxxxxxx podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
En caso de detección de irregularidades en la prestación del servicio, deberán corregirse de forma inmediata por el contratista, previa comunicación al responsable del Contrato, fijando plazo para ello y suspendiéndose, en su caso, hasta su subsanación, las conformidades periódicas a la facturación.
Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, XXXXXXXXXX podrá rechazar la misma, sin perjuicio de las penalidades que puedan suponer, de acuerdo con lo previsto en la Condición XVI del presente Xxxxxx.
En el caso de que como consecuencia del incumplimiento del contratista ALJARAFESA resolviera anticipadamente el contrato, el adjudicatario deberá ejecutar y mantener a su xxxxx la prestación del servicio contratado hasta la adjudicación a un nuevo adjudicatario.
XI. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO.
A. Cesión:
El adjudicatario podrá ceder los derechos y obligaciones derivados de las que trae causa el contrato a otra Empresa, si bien ésta ha de reunir las condiciones exigidas para poder participar en esta adjudicación, en los términos establecidos en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas de este Servicio, y que el contratista cedente hubiera ejecutado, al menos el 10% del importe del contrato.
La cesión de los derechos y obligaciones derivados del contrato supondrá la realización por parte de la nueva Empresa del Servicio adjudicado, en las mismas condiciones que la hubiese verificado el adjudicatario cedente.
Si la Empresa a la que se pretende ceder el contrato hubiese concurrido al procedimiento de adjudicación de este, habrá de hacer expresa renuncia a la oferta en su día formulada.
En cualquier caso, la cesión del contrato no podrá verificarse sin la expresa autorización de Xxxxxxxxxx, que se plasmará mediante Cláusula Adicional al contrato en su momento suscrito, elevándose a Escritura Pública si ésta se hubiese otorgado para el cumplimiento del mismo, siendo todos los gastos que la misma genere de cuenta del contratista.
El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente, no admitiéndose modificación alguna sobre las condiciones del contrato establecidas en el Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo aportar nueva fianza definitiva.
Para la formalización del correspondiente contrato, la Empresa cesionaria deberá entregar en Xxxxxxxxxx la carta de renuncia a la oferta presentada en su momento, la documentación establecida en la Condición VII anterior.
B. Subcontratación:
El adjudicatario no podrá concertar con terceros la realización parcial de las prestaciones objeto del presente Contrato.
XII. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
1.- Requisitos generales.
El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de actividades empresariales y cuantas otras normas, legales o convencionales, contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas en dicho ámbito así como en el RD 337/2010, de 19 xx
xxxxx, por el que se modifican el RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Igualmente se compromete a acatar cualquier norma de seguridad elaborada por esta Empresa, que afecte a sus instalaciones y donde los empleados desarrollen su trabajo.
2.- Incumplimiento de las Normas de Prevención de Riesgos Laborales.
En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente cláusula y en la normativa citada y de las obligaciones del contratista en materia preventiva, Xxxxxxxxxx podrá imponer al contratista una penalización de hasta el 0,5
% sobre todo el periodo de facturación mensual en el que se hubiera producido.
Se considerará como causa de resolución del contrato el incumplimiento de las obligaciones que resultan de la presente cláusula, al considerarse una obligación esencial del contratista, conforme a lo dispuesto en el Art. 223 del TRLCSP, y sin perjuicio de la obligación de indemnizar a Aljarafesa por los daños y perjuicios que le hubiere causado.
XIII. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
El contratista queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este pliego, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación.
Asimismo, queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la xx Xxx Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A tal fin, el contratista incluirá en la documentación previa a la formalización del Contrato una Memoria descriptiva de las medidas de seguridad que adoptarán para asegurar la disponibilidad, confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Además, deberá designar a la persona o personas que, sin perjuicio de la responsabilidad propia de la empresa, estarán autorizadas para el uso correcto del material y de la información.
XXXXXXXXXX tiene el carácter de responsable de unos ficheros con datos de carácter personal de titularidad privada cuyo contenido son los datos de carácter personal necesarios para el desarrollo de su actividad, y que a efectos de la presente cláusula serán identificados como “los datos”. ALJARAFESA como entidad
Responsable del Fichero, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), autoriza al licitador adjudicatario (como Encargado del Tratamiento), que acepta, para que por medio de cualquiera de sus empleados tenga acceso a los datos de carácter personal y pueda efectuar un tratamiento de los mismos, en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Como consecuencia de la autorización de acceso dispuesta en la cláusula anterior, todos los empleados de la sociedad Encargado del Tratamiento que tengan acceso a los datos quedarán vinculados por los deberes y obligaciones inherentes a todo Encargado del Tratamiento conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la LOPD.
De cualquier infracción tipificada en la LOPD y cometida por el Encargado del Tratamiento en vulneración de las instrucciones dadas por el responsable del Fichero, así como en aquellos supuestos en que el destino que se dé a los datos a los que se ha tenido acceso difiera de la finalidad reseñada en la cláusula anterior, responderá única y exclusivamente el Encargado del Tratamiento como si del responsable del Fichero se tratase, de conformidad con lo previsto en el artículo 12.4 de la LOPD.
El adjudicatario (como Encargado del Tratamiento) asume expresamente la obligación de implantar las medidas de seguridad sobre los datos a que se refiere el artículo 9 de la LOPD, a fin de impedir su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, de acuerdo con el estado de la tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a que estén expuestos los mismos. De igual forma, adoptará, cuando menos, las medidas de seguridad correspondientes al nivel de seguridad de los datos a los que tenga acceso, que serán medidas de seguridad de nivel básico, que aparecen definidas y enumeradas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Una vez extinguido el contrato, el Encargado del Tratamiento devolverá al responsable del Fichero los datos que obren en su poder, así como cualquier soporte o documento en el que consten los mismos.
XIV. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y RECEPCIÓN DEL SERVICIO.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido el plazo de vigencia total del mismo o agotada la bolsa de horas establecidas en cada caso, conforme a lo establecido en la Condición II de este Pliego, se haya ejecutado el objeto del Contrato de acuerdo con los términos de este y a satisfacción de Aljarafesa.
Finalizado, por tanto, aquél, si se considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas, se procederá en el plazo máximo de UN (1) MES desde la última factura abonada, a la Recepción Definitiva del contrato.
Hasta que tenga lugar la Recepción Definitiva, el contratista responderá de la correcta realización de la prestación objeto del contrato y de los defectos que en ella hubiera, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la circunstancia de que el responsable de los trabajos los haya examinado o reconocido durante su elaboración, o aceptado en comprobaciones, valoraciones o entregas parciales.
A efecto de la recepción del Servicio, el responsable de los trabajos tendrá que dar conformidad a las prestaciones recibidas, produciendo un documento de Recepción del Servicio, en el que se identificarán, en su caso, el detalle de las no conformidades o sanciones que hacen inviable la misma, con la deducción que corresponda en la factura de ese mes. Subsanadas las mismas se dejará constancia, mediante Anexo al mismo, procediéndose, en su caso, a la liquidación del Contrato en los términos establecidos en la Condición IV de este Pliego.
XV. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.
Dentro del plazo de DOS (2) MESES a contar desde la fecha de recepción del contrato, Xxxxxxxxxx deberá acordar y notificar al contratista la liquidación del mismo y pagarle, en su caso, el saldo resultante.
La extinción del contrato no producirá, en ningún caso, la consolidación de las personas que realizarán los trabajos objeto del contrato como personal de ALJARAFESA.
XVI. RÉGIMEN SANCIONADOR.
Las infracciones que cometa el adjudicatario en la ejecución del servicio serán clasificadas, en su caso por el órgano de contratación y previo informe del responsable del contrato, como leves, graves y muy graves.
Tendrán consideración xx xxxxxx leves:
• Todas las actuaciones u omisiones cometidas por el Adjudicatario, que no estando expresamente tipificadas como falta grave o muy grave conlleven detrimento del servicio encomendado.
• La no presentación puntual de partes mensuales y sus deficiencias en cuanto a veracidad y falta de información.
• El no ir el personal adscrito al servicio debidamente identificado y uniformado.
Tendrán consideración de infracciones graves:
• El retraso, no sistemático, en la prestación de los servicios.
• Los incidentes del personal afecto a la Empresa Adjudicataria, con los usuarios de la Empresa, tanto por trato incorrecto como por deficiencia de la prestación del servicio.
• La reiteración de tres faltas leves, dentro de un trimestre.
Se consideran infracciones muy graves:
• Paralización o interrupción parcial de la prestación del servicio durante más de veinticuatro (24) horas, salvo causas de fuerza mayor. A partir de las 48 horas podrá ser considerado causa de resolución del contrato.
• La no comunicación a Xxxxxxxxxx o la no intervención inmediata tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación inmediata, en los casos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
• La prestación manifiestamente defectuosa o irregular del servicio, que, en su caso, podrá ser considerado causa de resolución del contrato.
• Realización de trabajos realizados sin autorización previa de Aljarafesa.
• El retraso sistemático en el inicio o en la ejecución de los trabajos, retraso en los horarios.
• No atender puntualmente las órdenes de Xxxxxxxxxx relativo al orden, forma y régimen del servicio y en general a las normas que regulan la prestación del mismo.
• Deficiente organización general de los trabajos.
• Deficiencias que afecten a la imagen de Xxxxxxxxxx, durante la ejecución de los trabajos.
• La inobservancia de las leyes o el incumplimiento de las normas, en particular, de las de Prevención de Riesgos Laborales, cuando estas supongan un riesgo para el trabajador, sus compañeros o terceros, así como, no usar o usar inadecuadamente los medios de seguridad establecidos en la Evaluación de Riesgos. En caso de que el riesgo fuera grave, la falta se considerará muy grave. La reiteración de falta grave, aunque sea de distinta naturaleza, siempre que se cometa dentro de un semestre.
Cualquiera de estas faltas muy graves y según la magnitud y/o la reincidencia de las mismas podrá ser causa de resolución del contrato.
A efectos de reincidencia, serán eliminadas las faltas que se hubieran cometido con anterioridad, en virtud de los siguientes plazos, contados desde la última falta notificada:
Faltas Leves: 3 meses. Faltas Graves: 6 meses.
Faltas Muy Graves: 12 meses.
En caso de que se produzcan cualquiera de las situaciones descritas en el presente punto previamente a la aplicación de las penalizaciones establecidas, se le dará traslado al contratista para que en el plazo de CINCO (5) días hábiles desde la comunicación de la incidencia, pueda expresar lo que estime en su derecho.
XVII. SANCIONES.
Las sanciones que podrá imponer Aljarafesa por el incumplimiento en la ejecución del Contrato, serán notificadas a la empresa adjudicataria en el plazo máximo de un mes desde su conocimiento por esta Empresa. Su calificación será la siguiente:
• Por la comisión de cada infracción leve deducción de un UNO (1%) POR CIENTO del valor mensual facturado.
• Por cada infracción grave, deducción de un CINCO (5%) POR CIENTO del valor mensual facturado.
• Por cada infracción calificada como de muy grave, deducción de un DIEZ (10%) POR CIENTO del valor mensual facturado, excepto en el caso del incumplimiento de la planificación mensual, que se aplicará lo establecido para ese supuesto.
Las citadas sanciones serán aplicadas a la factura del mes en el que se le notifique a la Contrata.
La reincidencia de una misma falta tendrá una sanción que seguirá la siguiente formula:
n x sanción correspondiente a la citada infracción,
Siendo n el número de veces que se ha reiterado la misma falta, por ejemplo, si se sanciona una infracción leve tendrá una sanción de un 1%, si se sanciona una falta de esa misma naturaleza por segunda vez tendrá una sanción de 2 por el 1%, si se sanciona una falta de esa misma naturaleza por tercera vez tendrá una sanción de 3 por el 1%, y así sucesivamente.
En relación con aquellos trabajos cuya realización no se ajuste a lo indicado en la documentación que sirve de base a la presente contratación, y que deba ejecutar Aljarafesa, éstos se realizarán a cargo del contratista, procediéndose a aplicarle a éste una sanción en base a los valores anteriores, más el costo total de la intervención por Xxxxxxxxxx u otro contratista para la corrección del incumplimiento.
No obstante, lo anterior, en caso de que ocurra alguna incidencia en la ejecución de la prestación objeto del contrato, que suponga daño para las personas o los bienes, o manifiesto peligro para los mismos, el contratista está obligado a comunicar de forma inmediata dicha incidencia a Aljarafesa. El incumplimiento de dicha obligación llevará aparejada la imposición de una penalización de 2.000 euros.
La aplicación y el pago de las penalizaciones no excluyen la indemnización a que Xxxxxxxxxx pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del incumplimiento imputable al contratista.
Terminado el trabajo en que se hubiera producido una penalización y tras seguir el procedimiento establecido para ello, Xxxxxxxxxx comunicará ésta al adjudicatario, el cual quedará obligado a ingresar su importe en la Caja de esta Empresa. De no hacerlo así se hará efectiva la penalización con cargo a la factura presentada o a la fianza definitiva.
XVIII. PLAZO DE GARANTÍA.
Se establece como periodo de garantía para este Contrato el plazo de UN (1) AÑO, que empezará a contar desde la fecha de la Recepción Definitiva del Contrato.
Dicha garantía responderá de la inexistencia de vicios o defectos de las prestaciones conformadas. Transcurrido el plazo de garantía si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la Fianza Definitiva, se procederá a su devolución, previa autorización del responsable del Contrato.
XIX. VICIOS O DEFECTOS DURANTE EL PLAZO DE GARANTÍA.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los servicios prestados, Xxxxxxxxxx tendrá derecho a reclamar al contratista que restablezca la prestación ejecutada de forma inadecuada o a exigir su reparación, si ésta resultase suficiente.
En caso de que durante el período de garantía se estimase que los servicios prestados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos, por causas imputables al contratista, Xxxxxxxxxx podrá rechazar los servicios dejándolos de cuenta del contratista, quedando exenta de la obligación del pago o, si éste se hubiese efectuado, tendrá derecho a la recuperación del precio satisfecho, antes de finalizar este período.
XX. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Será causa de resolución del contrato el incumplimiento del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones asumidas como consecuencia de la presentación de su oferta, y en todo caso las siguientes:
- El incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones asumidas como consecuencia de la mera presentación de su oferta, con lo que ello conlleva de aceptación de todas las condiciones establecidas y que hayan servido de base para la adjudicación de este Contrato.
- La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad adjudicataria.
- Los supuestos de extinción o liquidación de la UTE.
- Por la imposibilidad del cumplimiento del contrato, cualquiera de las partes podrá darlo por resuelto, percibiendo el contratista el importe de la prestación realizada y de los gastos efectivamente realizados que no pudieran ser recuperados.
- La declaración de insolvencia del contratista en cualquier procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de liquidación.
- En caso de incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir para la ejecución del mismo los medios personales y/o materiales suficientes.
- En los supuestos de escisión, aportación o transmisión parcial de la Empresa Adjudicataria, si la nueva Sociedad no tuviese la solvencia profesional, técnica y económica exigida para concurrir a la adjudicación; supuesto que se considerará, en todo caso, incumplimiento por parte de la Empresa Adjudicataria.
- El incumplimiento de pago del contratista frente a sus trabajadores o en su caso a sus subcontratistas, en relación con sus obligaciones laborales.
- Transcurrido el plazo de un año sin que se hayan agotado las 15.574 horas, o en su caso, transcurrido el plazo de prórroga del contrato que se hayan agotado las 7.787 horas.
- Consumo de las horas computadas conforme a la Condición II del presente Xxxxxx.
La resolución del contrato por causa imputable al contratista comportará la pérdida de la fianza definitiva y la retención de las cantidades pendientes de abonar, además de la indemnización de daños y perjuicios a ALJARAFESA, en la que se incluirá el resarcimiento de las prestaciones no ejecutadas, que se hará efectiva en primer lugar de las cantidades que estén pendientes de abonar, aun cuando sean de parte de contrato cumplido.
Aun cuando el adjudicatario haya incurrido en causa de resolución del contrato, XXXXXXXXXX podrá optar por la continuidad del contrato y la ejecución subsidiaria del mismo, realizando las obligaciones incumplidas por sí o a través de las personas o Empresas que determine, x xxxxx del adjudicatario, comunicando al mismo esa circunstancia.
Las partes, en cualquier momento, podrán dar por resuelto el Contrato de mutuo acuerdo, percibiendo el Contratista tan solo el importe de adjudicación correspondiente al servicio realizado, reteniendo en cualquier caso ALJARAFESA el importe de la fianza hasta el plazo de SEIS (6) MESES a contar desde dicha resolución, si no media reclamación, supuesto en el cual no se procederá a su devolución hasta que queden solventadas las mismas.
XXI. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Todas las controversias que surjan respecto a la aplicación de las normas contenidas en el presente Pliego o de los documentos que forman parte de la base contractual objeto del mismo, así como de su cumplimiento, efectos y extinción, quedan sometidas a la jurisdicción civil de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxx, fuero que aceptan expresamente todos los licitadores por el mero hecho de presentar su oferta, con renuncia expresa al fuero que les correspondiese.
CLÁUSULA ADICIONAL ÚNICA. - VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Según lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre Procedimientos de Contratación en los Sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales, en concordancia con lo dispuesto en el punto 5.b) de las Instrucciones de Contratación vigentes en la Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A, Aljarafesa, el valor estimado del presente Servicio es el sumatorio de los siguientes conceptos:
1. Presupuesto base de licitación, sin IVA: 265.692,44 €.
2. 1ª Prórroga de 6 meses: 132.846,22 €, sin IVA. 3. Total: 398.538,66 €, sin IVA.
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. , con D.N.I.
núm. , en
(su propio
nombre y derecho o en representación de) , con N.I.F. , con domicilio en , Calle , Nº
, visto el anuncio de licitación del contrato de:
, y enterado de las condiciones requisitos y obligaciones establecidos en los Pliegos de Condiciones Particulares y Prescripciones Técnicas, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente, y de las obligaciones sobre protección del empleo, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y sobre protección del medioambiente, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato, de acuerdo con las condiciones ofertadas por un importe total de
EUROS (IVA EXCLUIDO), por la
totalidad de las 15.574 horas, a razón de EUROS por hora (IVA EXCLUIDO) y con adscripción a la ejecución del contrato de los medios personales y materiales necesarios en los términos establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen el contrato y los diferentes anexos. Dicho importe incluye todos los gastos que se generen para la ejecución del contrato.
Importe de I.V.A sobre la Proposición Económica (en letras y números):
(Lugar, fecha y firma del proponente)
, de de 20
ANEXO II
MODELO DE FIANZA PROVISIONAL
D.
y D.
ambos en nombre y representación de Banco
, en virtud de los poderes que tienen atribuidos por Escritura de Poder, otorgada ante el Notario D.
, xxx Xxxxxxx Colegio de , con fecha , bajo el número de su protocolo y respectivamente, con facultades para el otorgamiento de este Aval, la Entidad Banco .
A V A L A
De forma solidaria, para responder en los mismos términos y condiciones y renunciando a los derechos de división y excusión, a
, ante la EMPRESA MANCOMUNADA DEL
ALJARAFE, S.A. (ALJARAFESA), por la cantidad de
( ) EUROS, (1% del presupuesto base de licitación) correspondiente al importe de la fianza provisional del Servicio de Aljarafesa, que
el afianzado como participante del procedimiento de adjudicación que se está llevando a cabo por XXXXXXXXXX, está obligado a depositar para responder de las obligaciones, penalidades e indemnizaciones establecidas en el presente Xxxxxx durante el citado proceso y hasta la formalización del correspondiente contrato.
Este Aval se hará efectivo, de forma parcial o total, al mero requerimiento de ALJARAFESA.
El presente Aval ha sido inscrito en el Registro de Avales bajo el número
.
, a de de 20_
ANEXO III
FIANZA DEFINITIVA
D. y X. ambos en nombre y representación de Xxxxx , en virtud de los poderes que tienen atribuidos por Xxxxxxxxx de Poder, otorgada ante el Notario
D. , xxx Xxxxxxx Colegio de , con fecha , bajo el número de su protocolo y respectivamente, con facultades para el otorgamiento de este Aval, la Entidad Banco .
A V A L A
De forma solidaria, para responder en los mismos términos y condiciones y renunciando a los derechos de división y excusión, a
, ante la EMPRESA MANCOMUNADA DEL
ALJARAFE, S.A. (ALJARAFESA), por la cantidad de ( ) EUROS, (6% de la Adjudicación) correspondiente al importe de la fianza definitiva del servicio de……………….. con Nº Exp. S:…… ”, que el afianzado, como adjudicatario del mismo, está obligado a depositar para responder del cumplimiento del contrato de ejecución de dicho servicio y de la correcta realización del mismo, así como de las penalidades e indemnizaciones que, conforme al Contrato y Pliego de Condiciones o Disposición Legal, sean con cargo al afianzado.
El presente Xxxx tendrá validez hasta tanto ALJARAFESA proceda a autorizar su cancelación.
Este Aval se hará efectivo, de forma parcial o total, al mero requerimiento de ALJARAFESA.
El presente Aval ha sido inscrito en el Registro de Avales bajo el número
.
, a de de
ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL, DE NO SANCIÓN EN VÍA ADMINISTRATIVA O JURISDICCIONAL POR EL INCUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES DE ORDEN LABORAL Y DE CUMPLIMIENTO CON LA NORMATIVA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
D./Dña ……………………………………………………, con DNI/NIE …………..……… en nombre propio o en representación de la empresa ……………………..…………………, con NIF nº
….……………, en calidad de ………………………...…………………....………
DECLARA:
I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 de la Ley de Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
III.- Que la citada Empresa cumple con todas las prescripciones que establece la Normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
IV.- Que esta Empresa no ha sido sancionada en vía administrativa o jurisdiccional en el último año por incumplimiento de sus obligaciones de orden laboral.
En ……………………………………, a …….. de …………………….. de …. Fdo.: