OTROSÍ No. 1 AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No. 1 DE 2022 CELEBRADO ENTRE GEOTEC INFRAESTRUCTURA S.A.S CON NIT. 830.053.994-4 Y EL PATRIMONIO AUTÓNOMO AEROCAFÉ CUYO VOCERO Y ADMINISTRADOR ES FIDUCIARIA SCOTIABANK COLPATRIA S.A. ANTES...
OTROSÍ No. 1 AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No. 1 DE 2022 CELEBRADO ENTRE GEOTEC INFRAESTRUCTURA S.A.S CON NIT. 830.053.994-4 Y EL PATRIMONIO AUTÓNOMO AEROCAFÉ CUYO VOCERO Y ADMINISTRADOR ES FIDUCIARIA SCOTIABANK COLPATRIA S.A. ANTES FIDUCIARIA COLPATRIA S.A NIT 800.144.467-6.
Entre los suscritos, XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía número 39.788.683 de Bogotá, D.C, quien actúa en calidad de Representante Legal de la FIDUCIARIA SCOTIABANK COLPATRIA S.A. ANTES FIDUCIARIA COLPATRIA S.A con NIT
800.144.467-6, sociedad de servicios financieros con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, D.C., constituida mediante la Escritura Pública número mil setecientos diez (1710) otorgada el día diecisiete
(17) de septiembre de mil novecientos noventa y uno (1991) de la Notaría Cuarenta y Cuatro (44) del Círculo de Bogotá, D.C., con autorización de funcionamiento expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia mediante la Resolución No. S.B. 3940 del veintiocho (28) de octubre de mil novecientos noventa y uno (1991), todo lo cual consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia, documento que se acompaña y hace parte integral del presente documento, sociedad que para efectos del presente contrato actúa única y exclusivamente como vocera y administradora del PATRIMONIO AUTÓNOMO AEROCAFÉ, identificado con NIT. 830.053.994-4, quien en adelante y para efectos de este vínculo contractual se denominará EL CONTRATANTE; y, por otra parte, GEOTEC INFRAESTRUCTURA
S.A.S identificado con NIT 900.804.333-3, representada legalmente por el señor XXXX XXXXXX TABA XXXXXXX, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 9.910.190 de Riosucio, Caldas, quien para los efectos de este contrato se denominará EL CONTRATISTA, y quienes conjuntamente para los efectos del presente documento se denominarán LAS PARTES, y de común acuerdo hemos decidido celebrar el presente OTROSÍ No. 1, el cual se regirá por las cláusulas que se indican a continuación, previas las siguientes:
CONSIDERACIONES:
1. Que el veintiocho (28) de enero de 2022, EL CONTRATANTE y GEOTEC INFRAESTRUCTURA S.A.S, celebraron el CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS No. 01 DE 2022, cuyo objeto es “PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA LA ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS GEOMÉTRICOS, DE PAVIMENTOS, DE TRANSITO Y DE SEÑALIZACIÓN DE LAS VIAS INTERNAS, ASÍ COMO EL DISEÑO ESTRUCTURAL DE LOS EDIFICIOS COMPLEMENTARIOS Y DE LOS PARQUEADEROS DEL LADO TIERRA DEL PROYECTO AEROPUERTO DEL CAFÉ”.
2. Que a partir del día 8 de febrero de 2022, se inició la ejecución del CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No. 01 DE 2022, de acuerdo con el acta de inicio suscrita por el contratista y el supervisor designado Ingeniero Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Ingeniero Supervisor I vinculado a la Asociación Aeropuerto del Café.
3. Que el parágrafo de la cláusula Vigésima Séptima del CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No. 01 DE 2022 indica: (…) VIGÉSIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES ESCRITAS: Cualquier modificación que acuerden LAS PARTES deberá hacerse constar por escrito, sin dicha formalidad se reputará inexistente. Las obligaciones expresas, claras y exigibles derivadas de este documento prestarán mérito ejecutivo (…).
4. Que el contratista mediante oficio del 30 xx xxxxx de 2022 presenta solicitud de modificación de adición y prórroga al contrato 01 de 2022.
5. Que mediante solicitud del 4 xx xxxxx de 2022, allegada a la Unidad de Gestión mediante correo electrónico del 28 xx xxxxx, el supervisor del contrato - Ingeniero Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Ingeniero Supervisor I vinculado a la Asociación Aeropuerto del Café, solicitó y recomendó la modificación, exponiendo entre otros, los siguientes argumentos:
“(…)A. JUSTIFICACIÓN TÉCNICA
Dado el dinamismo del proyecto en sus diferentes fases de estudios y diseños, es razonable que cada una de las infraestructuras, el urbanismo y redes de servicio, sufran cambios en la arquitectura, estructura, geometría, entre otras consideraciones, que impliquen hacer cambios al alcance inicial del contrato.
En ese orden de ideas, se ha visto la necesidad que el presente contratista GEOTEC INFRAESTRUCTURA S.A.S, desarrolle algunas actividades necesarias para el cumplimiento de su objeto contractual y que permitan consolidar los diseños de su competencia para el desarrollo del proyecto. Estas actividades que serán descritas al detalle en párrafos posteriores, se relacionan con el diseño geométrico, diseño de placas a nivel de piso, diseño geotécnico y estructural xx xxxxx de contención que permitan dar estabilidad a los viales, rotondas e infraestructuras diseñadas por él mismo, y, además, compilar todas las disciplinas a través de la metodología BIM y su comportamiento e interacción con el diseño geométrico, de pavimentos y el urbanismo en general, que componen el lado tierra del Aeropuerto del Café.
1.Diseño geométrico para Hangares Comerciales.
La plataforma de Hangares Comerciales se encontraba configurada para una pendiente tanto longitudinal como transversal del 0.7%. Sin embargo, la dinámica del proyecto evidenció que la funcionalidad optima de los Hangares tanto para el componente arquitectónico como para el posicionamiento de las aeronaves dentro de los mismos, se da con una pendiente transversal mixta de 0.0% en hangares y 0.7% en zona de plataforma. Por ende, surge la necesidad de diseñar geométricamente la plataforma con la configuración requerida.
Entregables:
• Informe técnico de diseño geométrico donde se presentan los parámetros y criterios adoptados para el estudio, resultados obtenidos, conclusiones y recomendaciones de la modelación xxx xxxxxxxx respecto a su alineamiento horizontal, vertical y secciones transversales.
• Planos planta – perfil y secciones transversales.
• Carteras de elementos de curvatura (horizontal y vertical) y chaflanes para replanteo en obra Cantidades de obra.
Valor actividad: $ 5’355.000 (IVA incluido) (…)
(…) 2. Diseño placas de contrapiso Hangares de Aviación General, SEI, Centro de Gestión y Torre de Control, Terminal de Pasajeros (incluidas rampas 3 und). (A: 7965 m2 )
Con base en el tránsito peatonal que se espera, los equipos y maquinaria a disponer en los primeros niveles de las edificaciones Hangares de Aviación General, SEI, Centro de Gestión y Torre de Control y Terminal de Pasajeros, es necesario proyectar las placas a nivel o losas de contrapiso con sus respectivos espesores y refuerzos de ser el caso. Razón por la cual se hace necesario proyectar su diseño. Es importante mencionar que el diseño de la placa del Terminal de Pasajeros contiene una complejidad mayor que las otras placas, debido a su tamaño, las diferencias de nivel (desniveles) y las dilataciones a considerar con el bioclimático, así como las cargas previstas.
Entregables:
• Informe técnico de diseño de placas a nivel donde se presentan los parámetros y criterios adoptados para el estudio, resultados obtenidos, conclusiones y recomendaciones de la modelación de cada una de las placas y rampas.
• Planos planta, cortes, despieces y detalles constructivos.
• Cantidades de obra. Valor actividad: $ 53’550.000 (IVA incluido) (…)
(…) 3. Diseño geotécnico y estructural muros de contención para zona de glorieta sur, glorieta norte, parqueadero, SEI, TWR (Alturas entre 2m - 5m). Diseño geotécnico muro en tierra armada y terraplén vial de servicio zona sur.
El diseño en planta – perfil y secciones transversales tanto de las glorietas, viales y parqueadero, posterior a los ajustes realizados en las diferentes fases del proyecto, así como también a las modificaciones ejecutadas a plataformas que tienen conexión con las mismas como lo son SEI, Torre de Control y Centro de Gestión, Talud Cementerio y Terminal de Pasajeros, genera la necesidad de plantear obras complementarias para dar contención o estabilidad a las vías en mención. Su estimación se da en una fase avanzada del proyecto, y es por ello por lo que se cuantifican los trabajos necesarios para la correcta ejecución del proyecto, con todas las obras que demande.
Entregables: Informe técnico de diseño de estructuras de contención donde se presentan los parámetros y criterios adoptados para el estudio, resultados obtenidos, conclusiones y recomendaciones del análisis geotécnico y estructural de cada una de las estructuras proyectadas.
• Planos planta, cortes, fachadas, despieces y detalles constructivos.
• Cantidades de obra. Valor actividad: $ 44’030.000 (IVA incluido) (…)
(…) 4. Compilación del urbanismo, paisajismo, viales, rotondas, plataformas EI, Torre de Control y Centro de Gestión) y edificios complementarios (caniles y edificio de cuartos técnicos) mediante metodología BIM.
El urbanismo, viales, rotondas, plataformas y los edificios complementarios son parte fundamental del proyecto. Su integración a través de la metodología BIM permite visualizar el comportamiento e interacción de estos con el entorno y demás componentes y especialidades del proyecto pudiéndose detectar interferencias con redes, alineaciones y/o cotas incorrectas de edificaciones, entre otras, que permiten una gestión adecuada de la información como lo exige un proyecto en fase III o de detalle constructivo.
Entregables: Planos planta, cortes, fachadas, incluyendo fichas técnicas de mobiliario urbano, así como también detalles de carpintería en madera y metálica, pisos, pinturas. • Gestión mediante metodología BIM (archivos editables) para que la construcción pueda ser ejecutada correctamente en armonía con las exigencias técnicas.
• Cantidades de obra. Valor actividad: $ 99’960.000 (IVA incluido)
(…) B. VALOR DE LA ADICIÓN
A continuación, se presenta la relación de actividades contractuales, a ejecutar y no previstas dentro del contrato, objeto de ajuste. Es importante resaltar que los valores totales mostrados incluyen el IVA (…)
De acuerdo con la tabla anterior, se evidencia que algunas actividades no podrán ser ejecutadas por las razones que se detallan más adelante, como el Diseño estructural de aparcamientos de 2 niveles, las exploraciones y ensayos de laboratorio asociados a esta edificación y el diseño estructural de la zona de combustible, el valor de la adición de acuerdo con la tabla anterior se describe a continuación: (…)
Por decisión de la gerencia de la Asociación, la supervisión, la coordinadora de los estudios y diseños del lado tierra, interventoría y el presente contratista, se concertó no diseñar ni construir los parqueaderos de dos niveles, dispuestos para cubrir la demanda de vehículos en etapa II por factores netamente económicos, explicados a continuación:
• El diseño de una posible ampliación de la zona de parqueaderos se debe realizar en deprimido ya que por factores visuales, estéticos y funcionales no es posible tener un edificio en altura, ya que obstaculizará el 50% aprox. de la visual del terminal de pasajeros en su fachada principal, dicho lo anterior, diseñar y construir una segunda planta de parqueaderos en un nivel inferior a la que ya está diseñada representa altos costos en sistemas de contenciones y tratamientos de terreno, rampas de ascenso y descenso vehicular, ascensores y equipos especiales, sistemas de seguridad y vigilancia adicionales, partidas económica que una vez analizada con todo el equipo del lado tierra incluido GEOTEC Infraestructura S.A.S. se concluye su inviabilidad en esta fase del proyecto.
• Para garantizar que se cubra la capacidad de demanda de la ETAPA 2 del proyecto se propuso disponer parqueaderos satélites en predios cercanos a aeropuerto tal como funciona el aeropuerto de Rionegro. Predios que no se tienen proyectados en esta fase del proyecto ya que para garantizar la cobertura se deberán negociar en su momento dichos espacios y/o que funcionen a través de privados garantizando un ingreso económico a la población. (…)
(…) Por lo anterior, y una vez analizadas las posibles soluciones y costos asociados, la partida del ítem 4 “Diseño estructural de aparcamientos de 2 niveles” y, por consiguiente, la partida del ítem 6 “Exploración de campo y ensayos de laboratorio” asociado a las exploraciones para realizar el estudio geotécnico del edificio de aparcamiento, presenta cantidad de 0.
En cuanto al diseño estructural de edificios complementarios (ítem 5), se reitera que, dado el dinamismo del proyecto en las diferentes fases de estudios y diseños, es consecuente sufrir cambios en la arquitectura o geometría hasta consolidarse como fase III y por ello se evidencian cambios en las cantidades inicialmente presupuestadas que correspondían al anteproyecto arquitectónico. Dichas cantidades finales corresponden al resultado obtenido por las diferentes especialidades.
Finalmente, el edificio complementario denominado zona de combustibles (ítem 5.2), no será ejecutado debido a que su desarrollo lo deberá ejecutar una empresa especializada en la fase de CONSTRUCCIÓN mediante una concesión que hace directamente el operador del aeropuerto. Dicha infraestructura debe contar con aprobación del Ministerio de Minas y Energía, cuyo permiso y aprobación es solicitado directamente por la empresa contratada para diseñar, construir y operar dicha zona, que como ya se mencionó, es competencia del operador del aeropuerto. Esta información fue conocida posterior a la suscripción del presente contrato a través de las distintas consultas realizadas por la coordinación de los estudios y diseños del lado tierra.
A manera de conclusión y como supervisor del contrato, encuentro acertado los precios asociados a cada una de las actividades no previstas ofertados por el contratista, toda vez, que los precios definidos y sustentados, corresponden a valores xx xxxxxxx, así mismo, es de resaltar que gran parte de las actividades a realizar están enmarcadas dentro del cronograma de contingencia, el cual, cuenta con tiempos muy ajustados, por ello el contratista requiere de un mayor número de profesionales con dedicación exclusiva para la terminación de las actividades contratadas
C. PRÓRROGA DEL CONTRATO
Para llevar a cabo la actividad de “compilación del urbanismo lado tierra, viales, rotondas, plataformas (SEI, Torre de Control y Centro de Gestión) y edificios complementarios (caniles, tanque de agua potable y RCI, tanque de agua no potable, garita sur, PTAR) mediante metodología BIM”, se requiere un plazo adicional hasta el 31 xx xxxx de 2022, toda vez, que para efectos de realizar la modelación, detección de colisiones, y ajustes a los modelos, se requiere de los estudios y diseños en fase III, cuyas entregas están definidas en el cronograma del plan de contingencia, es decir, hasta el 29 xx xxxxx. Así mismo, esta actividad, requiere del acompañamiento y revisión del coordinador BIM, en razón a las obligaciones 2, 3 y 4 del contrato 028 de 2021, a saber:
(…) “2. Coordinar la realización de modelos arquitectónico, estructural, hidrosanitario, eléctrico, urbanístico y paisajístico bajo metodología BIM como apoyo técnico al equipo de diseño arquitectónico según la dirección e indicaciones de este para las edificaciones y obras complementarias del lado tierra del proyecto Aeropuerto del Café́ -Etapa I.
3. Coordinar la realización de modelos arquitectónico, estructural, hidrosanitario, eléctrico, urbanístico y paisajístico en el software REVIT en sus diferentes formatos: .rvt y .rfa. de acuerdo con lo requerido por el PEB (Plan de Ejecución BIM) del proyecto y en concordancia con los estándares de la información gráfica y no gráfica requerida por la metodología BIM de las edificaciones y obras complementarias del lado tierra del proyecto Aeropuerto del Café́ -Etapa I.
4. Recibir, comunicar y gestionar las incidencias dadas en el marco de la coordinación de los diseños BIM con el equipo de arquitectura, estructura, hidrosanitario, eléctrico, urbanístico y paisajístico con los equipos de apoyo designados para la modelación en 3D de las edificaciones y obras complementarias del lado tierra del proyecto Aeropuerto del Café́ -Etapa I”
(…)
Este profesional validará la ejecución y asegurará la calidad de este producto conforme a las obligaciones contractuales.
(…) G. MODIFICACIÓN DE LAS CLÁUSULAS CONTRATUALES
Teniendo en cuenta la presente solicitud, se hace perentoria la modificación de las cláusulas contractuales, de la siguiente forma:
1) Modificar el anexo técnico teniendo en cuenta la inclusión y exclusión de actividades correspondiente a la cláusula segunda.
SEGUNDA. ALCANCE: Las especificaciones técnicas se encuentran establecidas en el documento anexo “Especificaciones Técnicas”, así como en el documento Análisis de Necesidad, que hacen parte integral del presente contrato.
2). Modificar la cláusula tercera valor total del contrato, de la siguiente manera:
TERCERA. VALOR DEL CONTRATO. El valor total del contrato será la suma de CIENTO NOVENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOSPESOS ($ 199.195.400) M/CTE, incluido el
IVA y todos los costos y gastos que se generan para la legalización, ejecución y cierre del contrato. Dicho valor también comprende los costos y gastos administrativos, así como los demás impuestos que sean imputables por el tipo de contrato. Adicionando al valor inicial del contrato de prestación de servicios No 01-2022 en SETENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS
PESOS ($ 71’949.762) M/CTE, por lo tanto, el valor total del contrato quedará de la siguiente forma DOSCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO SESENTA Y DOS PESOS M/CTE ($ 271.145.162).
3)Modificar el inciso primero de la cláusula sexta del contrato original, prorrogando el plazo del contrato de prestación de servicios No 01-2022 hasta el 31 xx xxxx de 2022, por lo anterior la cláusula sexta denominada plazo quedará así:
“SEXTA. PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA: El plazo de ejecución del contrato será hasta el 31 xx xxxx de 2022, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio del contrato, previa aprobación de las garantías contractuales”
4)Modificar la cláusula cuarta del contrato, de la siguiente manera: CUARTA. FORMA DE PAGO: El valor total del contrato se pagará de la siguiente forma: Los pagos se realizarán a la entrega de los siguientes productos, una vez sean recibidos a satisfacción y avalados por la supervisión del contrato:
- Pago 1: Un pago del 30% del valor inicial total del contrato a la entrega de diseño geométrico, señalización y diseño de pavimentos de edificio SEI y torre de control (Informes, anexos y planos).
- Pago 2: Un pago del 60% del valor inicial total del contrato más el 50% del valor de la adición con la entrega de diseño geométrico de hangares comerciales. Diseño placas a nivel Hangares Comerciales, SEI, Centro de Gestión y Torre de Control, Terminal de Pasajeros. Diseño geotécnico y estructural muros de contención para zona de glorieta sur, glorieta norte, parqueadero, SEI, TWR (Alturas entre 2m - 5m). Diseño geotécnico muro en tierra armada y terraplén vial de servicio zona sur, (Informes, anexos y planos). Planos con sectorización urbanismo lado tierra, posicionamiento e implantación de edificios complementarios.
- Pago 3: Un pago del 10% del valor inicial total del contrato más el 50% del valor de la adición con la aprobación de los productos contratados por parte de la interventoría y el recibo a satisfacción por parte de la Asociación Aeropuerto del Café. Los parágrafos de la cláusula cuarta no presentan modificación. 5) Las demás cláusulas del contrato de prestación de servicios No 01-2022, que no fueron modificadas continúan vigentes al igual que su exigibilidad. (…)
(…) La viabilidad de la adición del contrato N° 01 de 2022 se fundamenta en la Ley 1474 de 2011 y el Manual de Contratación del Patrimonio Autónomo en su capítulo V, numerales 5.3 y 5.4 que señalan:
“5.3 Ampliación del plazo El plazo de ejecución de los contratos podrá modificarse durante su desarrollo, si ello se requiriera para cumplir con los fines de la contratación, previa recomendación por parte del Interventor o Supervisor del contrato (según sea aplicable), de la Dirección responsable del Objeto a contratar y del Comité de Contratación. Esta modificación contractual debe formalizarse mediante un documento escrito por las partes que suscribieron el contrato, para lo cual la Unidad de Gestión dará la instrucción a la Fiduciaria. En el caso que la ampliación de plazo sea por hechos atribuibles al contratista, el Patrimonio Autónomo puede ampliar el plazo de ejecución por el término que estime razonable, sin perjuicio de aplicar las sanciones contractualmente pactadas y/o acciones pertinentes. La ampliación del plazo dará lugar a la modificación de la vigencia de las garantías constituidas por el contratista, para la ejecución del contrato respetivo” “5.4 Ampliaciones en el valor de los contratos El valor de los contratos podrá incrementarse durante su desarrollo, si ello se requiera para cumplir con los fines de la contratación, previa recomendación por parte del Interventor o Supervisor del contrato (según sea aplicable), de la Dirección responsable del Objeto a contratar y del Comité de Contratación, decisión que deberá ser justificada técnica y económicamente.
Esta modificación contractual, debe formalizarse mediante un acuerdo escrito por las partes que suscribieron el contrato, para lo cual la Unidad de Gestión dará a la Fiduciaria la debida instrucción.
La adición en valor dará lugar a la modificación del valor de las garantías constituidas por el contratista, para la ejecución del contrato respectivo.
No obstante, no se podrán adicionar los contratos por valor mayor al 50% del valor inicial del contrato. Así mismo, la modificación del contrato no podrá afectar la cuantía de forma tal que el proceso de contratación hubiese sido diferente al momento de elaborar el Análisis de Necesidad.
Sin perjuicio de lo señalado en esta sección, este límite no les aplicará a los siguientes contratos:
a)Los contratos suscritos por el Patrimonio Autónomo, para la contratación del personal de la Unidad de Gestión.
b) Los contratos de arrendamiento, comodato y adquisición de bienes muebles. c) Los contratos suscritos con los Interventores. d) Los contratos de corretaje o de seguros.”
Dicho esto, en calidad de supervisor del contrato 01 de 2022, recomiendo la aprobación de la adición en valor por $ 71.949.762, la cual no supera el 50% del valor total del contrato, esto con cargo a la fuente del recurso – GOBERNACIÓN XX XXXXXX, así mismo, recomiendo expresamente al Patrimonio Autónomo Aerocafé prorrogar el contrato hasta el 31 xx xxxx, de conformidad con lo dispuesto en el Manual de Contratación numeral 5.6 y por las razones puntualizadas anteriormente. De acuerdo con todo lo anterior, se reafirma la justificación de la modificación N° 1 al Contrato de Prestación de Servicios N° 01 de 2022 suscrito entre GEOTEC INFRAESTRUCTURA S.A.S y El Patrimonio Autónomo Aerocafé cuyo vocero y administrador es fiduciaria Scotiabank Colpatria S.A, la cual, es de vital importancia para lograr el afianzamiento técnico del proyecto”.
6. Que mediante sesión No. 19 del Comité de Contratación realizado el día 29 xx xxxxx de 2022, se recomendó adelantar la modificación contractual del Contrato No. 01 de 2022.
7. Que teniendo en cuenta lo anterior, conforme lo dispuesto en los numerales 5.3 “Ampliación del plazo” y 5.6 “Modificaciones contractuales” del Manual de Contratación del Patrimonio Autónomo Aerocafé, es procedente efectuar la modificación al plazo y adición del valor del contrato No. 01 de 2022.
8. Que el valor de la presente adición tiene como respaldo el Certificado de Disponibilidad de Recursos No. 011 del 24 xx xxxxx del 2022, expedido por el Director Senior xx Xxxxxxx Pública de la Fiduciaria Scotiabank Colpatria S.A.., obrando única y exclusivamente como vocero del Patrimonio Autónomo Aerocafé. El cual hace parte integral del presente documento de modificación
9. Que mediante correo electrónico del 3 xx xxxx de 2022, se remitió a LA FIDUCIARIA la instrucción suscrita por el Gerente de la Unidad de Gestión para que en su condición de vocera y administradora del PATRIMONIO AUTONOMO AEROCAFÉ procediera a elaborar y suscribir el Otrosí No. 1 al Contrato de Prestación de Servicios No. 01 de 2022.
10. Que el CONTRATISTA acepta la celebración de este Otrosí No. 1 en las condiciones y términos anteriormente indicados y bajo las siguientes:
CLÁUSULAS:
CLÁUSULA PRIMERA. ADICIONAR, al valor del contrato en el inciso primero de la cláusula Segunda del Contrato de Prestación de Servicios No. 01 de 2022, en la suma de SESENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS PESOS M/CTE ($
71.949.762), el cual para todos los efectos quedará de la siguiente forma, los demás apartes continuaran sin modificación:
(…) SEGUNDA. VALOR DEL CONTRATO. El valor total del contrato será la suma de
DOSCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CIENTO CUARETA Y CINCO MIL CIENTO
CUARENTA Y DOS PESOS M/CTE ($ 271.145.162) incluido el IVA y todos los costos y gastos que se generan para la legalización, ejecución y cierre del contrato. Dicho valor también
comprende los costos y gastos administrativos, así como los demás impuestos que sean imputables por el tipo de contrato.(…)
CLAUSULA SEGUNDA. MODIFICAR, la cláusula cuarta FORMA DE PAGO, la cual quedará en los siguientes términos:
(…) CUARTA FORMA DE PAGO: Los pagos se realizarán a la entrega de los siguientes productos, una vez sean recibidos a satisfacción y avalados por la supervisión del contrato:
- Pago 1: Un pago del 30% del valor inicial total del contrato a la entrega de diseño geométrico, señalización y diseño de pavimentos de edificio SEI y torre de control (Informes, anexos y planos).
- Pago 2: Un pago del 60% del valor inicial total del contrato más el 50% del valor de la adición con la entrega de diseño geométrico de hangares comerciales. Diseño placas a nivel Hangares Comerciales, SEI, Centro de Gestión y Torre de Control, Terminal de Pasajeros. Diseño geotécnico y estructural muros de contención para zona de glorieta sur, glorieta norte, parqueadero, SEI, TWR (Alturas entre 2m - 5m). Diseño geotécnico muro en tierra armada y terraplén vial de servicio zona sur, (Informes, anexos y planos). Planos con sectorización urbanismo lado tierra, posicionamiento e implantación de edificios complementarios.
- Pago 3: Un pago del 10% del valor inicial total del contrato más el 50% del valor de la adición con la aprobación de los productos contratados por parte de la interventoría y el recibo a satisfacción por parte de la Asociación Aeropuerto del Café.
CLAUSULA TERCERA. MODIFICAR, el inciso primero de la CLÁUSULA SEXTA, en el sentido de prorrogar el plazo de ejecución hasta el 31 xx xxxx d 2022, la cual quedará así:
“SEXTA. PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA: El plazo de ejecución del contrato será hasta el 31 xx xxxx de 2022, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio del contrato, previa aprobación de las garantías contractuales.”
CLÁUSULA CUARTA. EL CONTRATISTA se compromete a ampliar las vigencias de las garantías y el valor amparado de las mismas, de conformidad con lo establecido en CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA “GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO” del CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No. 01 DE 2022.
CLÁUSULA QUINTA. Las demás cláusulas del CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No. 01
DE 2022, que no fueron modificadas continúan vigentes.
CLÁUSULA SEXTA. El presente Otrosí se perfecciona con la firma de las partes.
Para constancia se firma en Bogotá, D.C., a los tres (3) días del mes xx xxxx de dos mil veintidós (2022).
EL CONTRATANTE, EL CONTRATISTA,
XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXX XXXXXX TABA XXXXXXX
Representante Legal Contratista
FIDUCIARIA SCOTIABANK COLPATRIA S.A. C.C. 9.910.190 de Riosucio, Caldas.
Actuando única y exclusivamente como vocero GEOTEC INFRAESTRUCTURA S.A.S
del PATRIMONIO AUTÓNOMO AEROCAFÉ