Contract
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE PRÁCTICAS PROFESIONALES QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, REPRESENTADO POR EL DOCTOR XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE EXTENSIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL, CON LA PARTICIPACIÓN DE (NOMBRE Y CARGO DEL TITULAR DE LA UNIDAD ACADÉMICA QUE PROMUEVE) Y POR LA OTRA, (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA CONTRAPARTE), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR (NOMBRE Y CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA CONTRAPARTE), PARTES A LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO EL “IPN” Y (SIGLAS DE LA CONTRAPARTE); RESPECTIVAMENTE, Y EN SU CONJUNTO COMO “LAS PARTES” AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
(NOTA: EN EL SUPUESTO DE QUE DERIVE DE UN CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN VIGENTE, SE LE DENOMINARÁ EN TODO EL DOCUMENTO CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN Y SE DEBERÁ INCLUIR UN APARTADO DE ANTECEDENTES QUE HAGA REFERENCIA AL MISMO).
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara el “IPN”:
I.1. Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 2 y 6, de su Ley Orgánica; y 2 de su Reglamento Interno, es una institución educativa del Estado con personalidad jurídica y patrimonio propios.
I.2. Que tiene como finalidades entre otras, realizar investigación científica y tecnológica con vista al avance del conocimiento, al desarrollo de la enseñanza tecnológica y al mejor aprovechamiento social de los recursos naturales y materiales, así como participar en los programas que para coordinar las actividades de investigación se formulen para la planeación y desarrollo de la política nacional de ciencia y tecnología, de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico, político y social del país.
I.3. Que entre sus atribuciones, se encuentra la de organizar las prácticas profesionales que deben prestar sus alumnos y pasantes, mediante el establecimiento de las actividades programadas y sistematizadas que los alumnos realicen en forma grupal fuera de las Escuelas, Centros y Unidades de Enseñanza y de Investigación del Instituto, y que tengan por objeto complementar los conocimientos teóricos adquiridos en las aulas, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Prácticas y Visitas Escolares del 31 de enero de 1990 del Instituto Politécnico Nacional.
I.4. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 14, fracción XIX de la Ley Orgánica; 137 del Reglamento Interno y 16 del Reglamento Orgánico; ordenamientos todos del Instituto Politécnico Nacional, la representación legal de esta Casa de Estudios la tiene su Director General, el Doctor Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 139 del propio Reglamento Interno, tiene facultades para delegarla.
I.5. Que el Doctor Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, en su carácter de Secretario de Extensión e Integración Social, se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento en representación de este Instituto, tal y como lo acredita en términos del nombramiento de fecha 24 de enero de 2018, otorgado a su favor por el Director General el Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx y cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representado en los términos del Poder Notarial número 36,073 de fecha 0 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Licenciado Xxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx.
I.6. Que dentro de su estructura orgánica administrativa se encuentra (ASENTAR EL NOMBRE DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE, CUANDO SE TRATE DE DIRECCIONES ADSCRITAS AL ÁREA CENTRAL SE DEBERÁ ESPECIFICAR), en adelante referida como (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA ECU) la cual cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento.
I.7. Que el (la) (ASENTAR EL NOMBRE DEL DIRECTOR (A) DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD DE QUE SE TRATE), es el (la) Director (a) de (ASENTAR LAS SIGLAS DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE Y CUANDO SE TRATE DE DIRECCIONES ADSCRITAS AL ÁREA CENTRAL ESPECIFICAR LA RAMA CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN), de conformidad con su nombramiento de fecha (ASENTAR LA FECHA DEL NOMBRAMIENTO) expedido a su favor por el Director General del propio Instituto.
I.8. Que señala como su domicilio legal, el edificio de la Dirección General, ubicado en Avenida Xxxx Xxxxxxx Xxxx, sin número, Unidad Profesional “Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx”, Xxxxxxxxx, Demarcación Territorial Xxxxxxx X. Xxxxxx, Código Postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
I.9. Que señala como su domicilio operativo el ubicado en (ASENTAR EL DOMICILIO DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD DE QUE SE TRATE).
II. Declara (ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE):
EN ESTE APARTADO, SE DEBEN ASENTAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA CONTRAPARTE, OBJETO, ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA DEL FIRMANTE Y SU DOMICILIO.
II.1. Que es (SEÑALAR SU NATURALEZA JURÍDICA; ESTO ES CÓMO SE CONSTITUYO, Y EN CASO DE SER MEDIANTE INSTRUMENTO NOTARIAL, ÉSTE DEBERÁ CONTENER LOS DATOS DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO QUE CORRESPONDA).
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II.2. Que tiene entre otros, como objeto social (SEÑALAR EL OBJETO PRINCIPAL DE LA CONTRAPARTE).
II.3. Que el (NOMBRE DEL REPRESENTANTE) es su (CARGO DEL REPRESENTANTE) por lo que cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente instrumento legal, como lo acredita con (ACREDITAR LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE SU REPRESENTANTE LEGAL MEDIANTE EL RESPECTIVO INSTRUMENTO JURÍDICO E INTEGRAR UNA COPIA DE DICHO DOCUMENTO), manifestando que dichas facultades no le han sido modificadas, revocadas ni restringidas a la fecha de este Convenio.
II.4 Que señala como su domicilio legal el ubicado en: (SEÑALAR EL DOMICILIO DE LA CONTRAPARTE)
III. Declaran “LAS PARTES”:
III.1. Que la prestación de las prácticas profesionales a que se refiere el presente Convenio, se rigen por lo dispuesto en el Reglamento de Prácticas y Visitas Escolares del “IPN” vigente.
III.2. Que de conformidad con las anteriores declaraciones, “LAS PARTES” reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, así mismo conocen el alcance y contenido de este Convenio y están de acuerdo en someterse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA. OBJETO.
“LAS PARTES” convienen que el objeto del presente Convenio es establecer las bases y mecanismos de colaboración para el desarrollo y organización de las prácticas profesionales de los alumnos del “IPN”.
SEGUNDA. OBLIGACIONES DEL “IPN”.
El “IPN” tiene como obligaciones:
Designar a los alumnos que reúnan los requisitos previstos por la normatividad académica aplicable y solicitados por “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE” para realizar prácticas profesionales y proponerlos como candidatos, integrando el expediente académico correspondiente y en su caso, proporcionar la información académica que por escrito le solicite “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE” respecto de los aspirantes aptos para realizar las prácticas profesionales que cumplan con los perfiles académicos que “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE” defina.
Promover entre la comunidad estudiantil del “IPN”, que esté en posibilidad de realizar sus prácticas profesionales, su incorporación al desarrollo de prácticas profesionales, en los términos convenidos con “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”.
Establecer comunicación con “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”, a efecto de dar a conocer las regulaciones institucionales a que deberán sujetarse las prácticas profesionales, mismas que no afectarán los intereses necesidades o estructura de la misma.
Realizar las gestiones necesarias para que los alumnos cuenten con el seguro médico facultativo durante su estancia en “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”.
Abstenerse de hacer públicos los resultados entregados por los alumnos en el reporte académico correspondiente, cuando así lo solicite “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE” por contener información que implique ventajas competitivas, lo cual debe ser informado al alumno previamente a la elaboración del trabajo, en el entendido de que podrán ser usados con fines exclusivamente académicos.
Designar al profesor encargado de supervisar las prácticas profesionales.
Supervisar y evaluar periódicamente el desarrollo de las prácticas profesionales.
Abstenerse de divulgar institucionalmente o por conducto de su personal o alumnos del “IPN”, cualquier información que sea de su conocimiento relacionada con las operaciones u organización de “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”, sin contar para ello con la autorización escrita de la misma.
Las demás necesarias para el adecuado desarrollo del objeto del presente instrumento legal.
TERCERA. OBLIGACIONES DE “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”.
“SIGLAS DE LA CONTRAPARTE” tiene como obligaciones:
Analizar y en su caso, aprobar las propuestas de los candidatos designados por el “IPN”, para el desarrollo de sus prácticas profesionales, notificando tales resultados al responsable designado por este último, en la Cláusula de Responsables.
Definir el número de alumnos del “IPN” que prestarán sus prácticas profesionales estableciendo los perfiles con los que deberán cumplir, de acuerdo con las necesidades de las actividades a desarrollar.
Determinar el área responsable para la captación de alumnos del “IPN”, dentro de la cual se llevarán a cabo acciones referentes a las prácticas profesionales.
Proteger los datos personales de los alumnos del “IPN” a que tenga acceso con motivo del presente Convenio, en los términos de la legislación aplicable.
Permitir a los alumnos designados por el “IPN”, el acceso a sus instalaciones con el propósito de que se desarrollen las actividades inherentes a las prácticas profesionales.
Se proporcionará la información necesaria a los alumnos del “IPN” que desarrollen sus prácticas profesionales, para que el horario de actividades no interfiera con sus actividades académicas.
Nombrar al personal que fungirá como asesor, quien preferentemente será el responsable directo del alumno y los evaluará en caso de ser necesario en su desenvolvimiento y resultados.
Cuando corresponda, otorgar las facilidades necesarias a los asesores, a efecto de que puedan asistir a las diversas actividades académicas que guarden relación con las prácticas profesionales.
Dar facilidades, así como proporcionar la información necesaria a los profesores designados como supervisores de las prácticas profesionales del “IPN”.
Proporcionar por escrito a través de los asesores designados, las restricciones a información de la empresa que sea susceptible de ser utilizada por los alumnos para la elaboración de sus trabajos y reportes escolares.
Extender la carta de aceptación de los alumnos en la que mencione el número de horas, período, área, nombre del asesor designado y si se otorgará algún tipo de beca o ayuda económica, así como el monto de ésta.
Expedir las constancias necesarias para la gestión de trámites de los alumnos o egresados, que así requiera el “IPN”.
Establecer programas de becas o ayuda económica, dentro de sus posibilidades y de acuerdo a su presupuesto, a los alumnos que desarrollen sus prácticas profesionales en el marco del presente Convenio.
Considerar a los alumnos y egresados que hayan desarrollado sus prácticas profesionales, como prospectos en caso de existir vacantes a ocupar y que las aptitudes de los mismos sean las necesarias.
Las demás necesarias para el adecuado desarrollo del objeto del presente instrumento legal.
CUARTA. DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES.
“LAS PARTES” convienen en que las Prácticas Profesionales que realicen los alumnos del “IPN”, se desarrollarán de acuerdo a las siguientes prevenciones:
Los participantes deberán ser alumnos inscritos, que cuenten con seguro facultativo.
Los horarios y días de actividad para el desarrollo de las prácticas profesionales, serán acordados conjuntamente por “LAS PARTES”.
La cantidad máxima de alumnos que “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE” aceptará para desarrollar prácticas profesionales, dependerá de sus necesidades y posibilidades al momento de la solicitud.
Los alumnos aceptados, desarrollarán sus prácticas profesionales en el período y horario establecido en la carta de aceptación, las actividades que realicen deben ser necesariamente inherentes a su perfil profesional y serán señaladas por “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”, conforme sus necesidades.
Para el caso de que por necesidades de “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”, se requiera una extensión en las horas de prestación de prácticas profesionales, esta solicitud deberá dirigirse al responsable designado por el “IPN”, justificando los motivos de tal prórroga para efectos de autorización, debiendo contar previamente con la autorización del alumno involucrado.
Las demás necesarias para el adecuado desarrollo del objeto del presente instrumento legal.
QUINTA. COMUNICACIONES.
Las comunicaciones referentes a cualquier aspecto de este convenio, deberán dirigirse por escrito y con acuse de recibo a los domicilios señalados en el apartado de declaraciones.
Los cambios de domicilio que efectúen, deberán notificarse dentro de los cinco días hábiles previos a la fecha del cambio, en caso contrario no se considerará como efectuado el cambio y cualquier notificación se entenderá como debidamente realizada cuando se envíe al domicilio originalmente declarado.
SEXTA. RESPONSABILIDAD.
“LAS PARTES” estarán exentas de toda responsabilidad por los daños y perjuicios que se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del presente Convenio, debido a caso fortuito, o fuerza mayor, entendiéndose por esto a todo acontecimiento, presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que esté fuera del dominio de la voluntad, que no pueda preverse o que aun previéndose no pueda evitarse, incluyendo la huelga y el paro de labores académicas o administrativas.
En tales supuestos revisarán de común acuerdo el avance de los trabajos para establecer las bases de su terminación anticipada, buscando en todo momento salvaguardar sus intereses, y en su caso, celebrar el instrumento respectivo.
SÉPTIMA. EXCLUSIÓN LABORAL.
“LAS PARTES” establecen que las prácticas profesionales que realicen los alumnos del “IPN”, no originarán relación de carácter laboral con el “IPN” ni con “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”, ni de manera solidaria ni sustituta. Por lo que se deslindan de cualquier responsabilidad para con los alumnos incluso en materia civil, mercantil y/o fiscal.
OCTAVA. SEGURIDAD Y USO DE EQUIPO.
Los alumnos del “IPN” que presten sus prácticas profesionales, en el marco del presente Convenio, deberán asumir por escrito el compromiso de respetar las condiciones que “LAS PARTES” establezcan para el desarrollo de los trabajos, así como cumplir con las normas vigentes en materia de seguridad y uso de equipo, acatando en todo momento las indicaciones del personal de “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”, a cargo del área en la que se lleven a cabo las prácticas profesionales.
NOVENA. TRANSPARENCIA.
“LAS PARTES” acuerdan que la información que se genere con motivo del cumplimiento del presente Convenio será pública; sin embargo, podrá identificarse como confidencial o reservada previo cumplimiento a la legislación aplicable a cada una de ellas. Por lo que hace al “IPN” se sujeta a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
DÉCIMA. PROPIEDAD INTELECTUAL.
La propiedad intelectual que se derive de los trabajos realizados con motivo de este Convenio (trabajos susceptibles de registro como patentes, certificados de invención, marcas, modelos o dibujos industriales, publicaciones, libros, folletos, etc.), estará sujeta a las disposiciones legales aplicables y a los instrumentos específicos que sobre el particular suscriba “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE” con el alumno, otorgando, en su caso, el reconocimiento correspondiente al “IPN”.
“SIGLAS DE LA CONTRAPARTE” autoriza al “IPN” a utilizar su nombre y logotipo para su uso en todo tipo de publicaciones impresas y electrónicas internas, exclusivamente con el fin de promover y hacer la invitación a los alumnos del “IPN” que cumplan con los requisitos en llevar a cabo sus Prácticas Profesionales en las instalaciones de “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”, respetando en todo momento su política de identidad.
Queda expresamente entendido que el “IPN” podrá utilizar los resultados obtenidos de las actividades amparadas por el presente instrumento con fines exclusivamente académicos.
DÉCIMO PRIMERA. RESPONSABLES.
“LAS PARTES” acuerdan designar a los responsables institucionales de la ejecución del presente instrumento legal, en los siguientes términos:
El “IPN” designa como responsable operativo a: SUGERIDO JEFE UPIS |
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“SIGLAS DE LA CONTRAPARTE” designa como responsable operativo a:
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Quienes deberán dar el adecuado seguimiento al desarrollo de las actividades comprometidas, por lo que podrán realizar las acciones necesarias para la consecución del objeto previsto en la Cláusula Primera.
DÉCIMO SEGUNDA. VIGENCIA.
“LAS PARTES” convienen que la vigencia del presente Convenio será de tres años, contados a partir de la fecha de su firma.
DÉCIMO TERCERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El presente Convenio se podrá dar por terminado mediante aviso que por escrito y con treinta días naturales de anticipación, presente una de “LAS PARTES” a la otra, sin embargo, “SIGLAS DE LA CONTRAPARTE” permitirá que los alumnos que en ese momento se encuentren desarrollando alguna de las actividades objeto de la Cláusula Primera del presente instrumento legal, terminen el período estipulado en la carta de aceptación correspondiente.
DÉCIMO CUARTA. MODIFICACIONES.
El presente Convenio sólo podrá ser modificado mediante la firma del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMO QUINTA. ENCABEZADOS Y DEFINICIONES.
Los encabezados y definiciones contenidos en este documento se han utilizado por conveniencia, brevedad y para fácil identificación de cláusulas y términos y en ningún momento se entenderá que dichos encabezados y definiciones limitan o alteran el acuerdo de “LAS PARTES” contenido en el clausulado del presente Convenio.
DÉCIMO SEXTA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
El presente Convenio es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones que estén a su alcance y sean inherentes a su cumplimiento; sin embargo, en caso de que existan controversias que no llegaren a solucionarse, aún por los responsables a que alude la Cláusula Décima Primera del presente instrumento, convienen en sujetarse a lo dispuesto en las leyes federales y a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro.
Previa lectura y con pleno conocimiento de su contenido, se suscribe por triplicado en la Ciudad de México, a los _______ días del mes de ____________ del año dos mil diecinueve.
POR ELINSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
___________________________________ DOCTOR XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX SECRETARIO DE EXTENSIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL
___________________________________ (TITULAR DE LA UNIDAD ACADÉMICA)
REVISIÓN Y APROBACIÓN JURÍDICA
__________________________________ LICENCIADO XXXX XXXXXXXX XXXXXXXX DIRECTOR DE NORMATIVIDAD, CONSULTA Y DICTAMINACIÓN
EL PRESENTE CONVENIO SE REVISA EN CUANTO A SU FORMA JURÍDICA, POR LO QUE LOS COMPROMISOS SUSTANTIVOS QUE SE ASUMAN CON SU CELEBRACIÓN, ASÍ COMO LOS ASPECTOS TÉCNICOS, OPERATIVOS, PRESUPUESTALES Y FISCALES SON RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL ÁREA OPERATIVA.
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POR LA(NOMBRE COMPLETO, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE LA CONTRAPARTE)
__________________________________ (NOMBRE COMPLETO Y SIN ABREVIATURAS DEL FIRMANTE Y CARGO) |
ESTA ES LA HOJA ____ Y ÚLTIMA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE PRÁCTICAS PROFESIONALES, CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL POR CONDUCTO DE (SEÑALAR LA ECU RESPONSABLE) Y (ASENTAR NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DE LA CONTRAPARTE).
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE PRÁCTICAS PROFESIONALES (2019) INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL - (DENOMINACIÓN SOCIAL DE LA CONTRAPARTE SIN ABREVIATURAS) |
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