CONTRATO NÚMERO 095-2017-LPF
CONTRATO NÚMERO 095-2017-LPF
CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS (DE PATENTE Y GENÉRICOS), QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA UADY”, REPRESENTADA POR EL DIRECTOR GENERAL DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, MAESTRO EN IMPUESTOS XXXXXX DE XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, Y POR LA OTRA PARTE FARMACON, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR EL LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE APODERADO ESPECIAL, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
DE “LA UADY”:
1. Que es una institución pública, de enseñanza superior, autónoma por Ley, descentralizada del Estado, con plena capacidad, personalidad jurídica y patrimonio propios, que se rige por su Ley Orgánica contenida en el Decreto número 257, publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado con fecha 31 xx xxxxxx de 1984 y que tiene por finalidades, educar, generar el conocimiento y difundir la cultura en beneficio de la sociedad, como establecen los artículos 1 y 3 de su Ley Orgánica;
2. Que el Maestro en Impuestos Xxxxxx de Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Director General de Finanzas y Administración, en su carácter de apoderado general, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato, lo cual acredita con la escritura pública número cuarenta y nueve de fecha veintisiete xx xxxxx del año dos mil quince, otorgada en esta ciudad ante la fe de la Maestra en Derecho Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, titular de la Notaría Pública número Noventa y Cinco del Estado de Yucatán;
3. Que señala como domicilio para efectos del presente contrato, el siguiente: predio número 491-A de la calle 60 con 57, Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxx;
4. Que su Registro Federal de Contribuyentes es: UAY8409012S1; y
5. Que cuenta con los recursos financieros necesarios para el cumplimiento de los compromisos adquiridos en este contrato, los cuales provienen del Subsidio Federal Fondo de Operación Genérico de la Universidad Autónoma de Yucatán.
DE “EL PROVEEDOR”:
1. Que es una sociedad anónima de capital variable, cuya constitución quedó protocolizada mediante escritura pública número nueve mil novecientos veintidós de fecha veintinueve xx xxxxx del año de mil novecientos noventa y siete, otorgada en la ciudad de Culiacán, Sinaloa, ante la fe del Licenciado Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Notario Público número setenta y nueve en el estado de Sinaloa, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Culiacán, Sinaloa, bajo el número 57 el Libro 27 Primero de Comercio con fecha de treinta xx xxxxx del año de mil novecientos noventa y siete;
2. Que tiene como objeto, entre otras, la compra venta y distribución por cuenta propia y de terceros de toda clase de medicamentos y productos farmacéuticos;
3. Que en este acto comparece el Licenciado en Administración de Empresas Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Apoderado Especial, lo cual acredita conforme a la escritura pública número cuarenta y un mil veinticuatro de fecha diecinueve xx xxxx del año dos mil dieciséis, otorgada en el municipio de San Xxxxxxx de los Xxxxx, Nuevo León, ante la fe del Licenciado Xxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxx de la Xxxxx, titular de la Notaría Pública número 139 con ejercicio en el Primer Distrito Registral; manifestando bajo protesta de decir verdad, que las facultades conferidas no le han sido modificadas, limitadas o revocadas a la firma del presente instrumento;
4. Que su Registro Federal de Contribuyentes es: FAR970429SE2;
5. Que cuenta con los recursos legales, financieros y humanos para cumplir con las obligaciones contraídas en el presente instrumento; y
6. Que señala como domicilio para efectos del presente contrato, el siguiente: Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx X. Xxxxxx Xxxxxxxx 000-0, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx, Código Postal 80000.
DE ACUERDO CON LO ANTERIOR, LAS PARTES CONVIENEN EN LAS SIGUIENTES:
CLÁUSULAS OBJETO DEL CONTRATO
PRIMERA.- “EL PROVEEDOR” se compromete a proporcionar a los trabajadores de “LA UADY” y a sus derechohabientes el servicio de suministro de medicamentos en general (de patente y genéricos), relacionados con la partida 01, derivado de la Licitación Pública Nacional Número LA-931056978-E17-2017, convocada por la Universidad Autónoma de Yucatán, y conforme a los términos y condiciones establecidos en el presente contrato.
COMPROMISOS DE “EL PROVEEDOR”
SEGUNDA “EL PROVEEDOR” se compromete a proporcionar a los trabajadores de “LA UADY” y a sus derechohabientes, en el módulo de atención, suministro y depósito de medicamentos, ubicado en la Coordinación General de Salud “LA UADY” sita en la xxxxx 00 x/x por 76 y 78 colonia Centro en Mérida, Yucatán, el servicio de suministro de medicamentos (de patente y genéricos), fórmulas lácteas y complementos nutricionales, objeto del presente contrato, mediante recetas debidamente avaladas con los sellos correspondientes, que para el efecto expida la mencionada Coordinación General de Salud, en los días y horas establecidos por la misma.
Asimismo, “EL PROVEEDOR” se compromete a proporcionar dicho servicio en sus sucursales autorizadas, de conformidad con los requisitos y condiciones establecidos en las bases de la convocatoria de la Licitación Pública Nacional Número LA-931056978-E17-2017, y a cumplir con todos los términos contemplados en dichas bases, con respecto a lo requerido para los medicamentos objeto del presente contrato.
TERCERA.- “EL PROVEEDOR”, como parte integral de los servicios objeto de este contrato, se obliga a:
a) Enlazarse con el Sistema Institucional de Información de la Coordinación General de Salud antes del 31 de diciembre de 2017, a fin de que garantice la expedición de recetas y surtimiento de medicamentos prescritos.
b) Contar con servicio de farmacias con una red mínima de 8 sucursales distribuidas en los cuatro puntos cardinales de la ciudad xx Xxxxxx, Yucatán, indicando sus direcciones y teléfonos.
c) Instalar, el día uno de enero del año dos mil dieciocho, un módulo de atención, suministro y depósito de medicamentos, en el local que ocupa la Coordinación General de Salud de la Universidad Autónoma de Yucatán, sita en la xxxxx 00 x/x xxx 00 x 00 xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx; dicho módulo deberá laborar en los días y en el horario de la citada Coordinación General de Salud.
d) Instalar, el día uno de enero del año dos mil dieciocho, en la ciudad de Tizimín, Yucatán, una sucursal que labore los 365 días del año, proporcionando servicio las 24 horas del día; lo anterior, en caso de no contar con una sucursal con estas características en dicha ciudad.
e) Adquirir y mantener medicamentos genéricos tanto en el módulo ubicado en la Coordinación General de Salud como en sus sucursales autorizadas, cuando la sal y presentación así lo permita, eligiendo de entre ellos los de menor precio, procurando que sean de buena calidad; actualizando periódicamente el inventario de genéricos a través de las informaciones oficiales de la COFEPRIS.
f) Tener en el módulo instalado en la Coordinación General de Salud, presencia permanente de los medicamentos de los cuales haya existencia en plaza (tanto en sus sucursales como en las otras cadenas de farmacias de la entidad).
g) Entregar a la Coordinación General de Salud el documento que ampare el faltante de medicamentos (en plaza o en laboratorio), en un lapso no mayor de 72 horas cada vez que un medicamento resulte faltante y/o se le solicite.
h) Instalar lector de código xx xxxxxx tanto en el módulo de la Coordinación General de Salud como en todas sus sucursales autorizadas que verifique y valide de forma inmediata el folio de receta, vale de canastilla y vale de lácteos prescritos en los formatos respectivos de la Coordinación General de salud.
i) Surtir, en el momento que se presente la receta o en un lapso no mayor de 48 horas, en forma total los medicamentos, fórmulas lácteas y complementos nutricionales prescritos en las referidas recetas, que, para tal efecto, expida la Coordinación General de Salud de la Universidad Autónoma de Yucatán y en la presentación que se indique en las mismas. La Universidad Autónoma de Yucatán únicamente cubrirá el importe correspondiente a los medicamentos, fórmulas lácteas y complementos nutricionales prescritos en las recetas que para tal efecto expida la Coordinación General de Salud.
j) Proporcionar a la Coordinación General de Salud de la Universidad Autónoma de Yucatán, informes y/o reportes estadísticos cada vez que se requiera, relativos al suministro de los productos prescritos.
k) Mantener actualizada diariamente la existencia y disponibilidad de los medicamentos, fórmulas lácteas y complementos nutricionales en el Sistema de Información Institucional (SII) de la Universidad Autónoma de Yucatán.
l) Proporcionar a la Coordinación General de Salud de la Universidad Autónoma de Yucatán, el último día hábil de cada mes, un listado conteniendo la actualización de los precios de los medicamentos y productos que hubiesen variado, de acuerdo a los requisitos establecidos en el anexo III de estas bases, aceptando que dichos cambios en los precios entrarán en vigor el primer día natural del siguiente mes. De igual manera, deberá comprometerse a entregar el último día hábil de cada mes información que permita verificar, respecto a los medicamentos de patente y genéricos, el precio máximo al público vigente.
m) Ofertar a la Universidad Autónoma de Yucatán, en fórmulas lácteas y complementos nutricionales, un descuento no menor del 15% del precio máximo al público vigente.
n) Otorgar a la Universidad Autónoma de Yucatán, todas las ofertas y promociones que ofrezca al público en general, en cuanto beneficien a la misma.
FORMA DE PAGO
CUARTA.- “EL PROVEEDOR” presentará a “LA UADY”, semanalmente, las facturas por el importe total de los medicamentos y productos suministrados, acompañando a dichas facturas, una relación de las recetas emitidas y anexando las recetas originales correspondientes. “LA UADY” cubrirá el total del importe de las facturas presentadas, en moneda nacional, dentro de los veinte días siguientes a la fecha de recepción de las mismas, corriendo a cargo de “EL PROVEEDOR” el pago de las demás contribuciones que se causen. Las facturas deberán cumplir con los requisitos fiscales marcados por la ley y con los requisitos administrativos señalados por “LA UADY”.
MÓDULO DE ATENCIÓN, SUMINISTRO Y DEPÓSITO DE MEDICAMENTOS
QUINTA.- “LA UADY” se compromete a proporcionar a “EL PROVEEDOR” un espacio en el local que ocupa la Coordinación General de Salud de “LA UADY”, en el que se habilitará el módulo de atención, suministro y depósito de medicamentos, mencionado en el inciso c) de la cláusula tercera de este contrato; así mismo, “EL PROVEEDOR”, se obliga y compromete a conservar en buen estado este módulo, dándole el mantenimiento necesario y efectuando la limpieza general del mismo, comprometiéndose también a poner en un lugar visible de dicho módulo, un acrílico que contendrá las políticas para el suministro de los medicamentos.
RECETAS MÉDICAS
SEXTA.- “EL PROVEEDOR” se compromete a hacer uso adecuado y correcto de las recetas que reciba de “LA UADY” y a entregar solamente lo que especifique dichas recetas. Al momento de la entrega de los productos, “EL PROVEEDOR” deberá solicitar a la persona que los recibe, una identificación oficial con fotografía (credencial de “LA UADY”, credencial de elector, licencia de conducir o pasaporte), y escribir al dorso de la receta original los datos contenidos en la identificación (nombre completo, dirección, teléfono) y la fecha de entrega, verificando que la identificación presentada corresponda a la persona (mayor de edad) a la que se le entrega el medicamento. Asimismo, quien reciba los productos deberá firmar en la misma.
PORCENTAJE DE DESCUENTO
SÉPTIMA.- “EL PROVEEDOR” se compromete a sostener durante la vigencia del presente contrato, el porcentaje de descuento del 37.15% respecto a los medicamentos de Patente y del 52.10%, respecto a los medicamentos Genéricos, contenidos ambos porcentajes de descuento, en su proposición económica presentada, respecto de la partida 1, en la Licitación Pública Nacional Número LA-931056978-E17-2017. Estos porcentajes de descuento se aplicarán sobre los precios máximos al público vigentes.
Asimismo, por lo que respecta a las fórmulas lácteas y complementos nutricionales, el descuento no será menor del 15% del precio máximo al público vigente.
SUFICIENCIA PRESUPUESTAL
OCTAVA.- Las partes acuerdan que en virtud de que el presente contrato se efectuará en su modalidad de CONTRATO ABIERTO, se considerará para tal efecto un presupuesto promedio anual para el 2018 mínimo de: 65'000,000.00 (sesenta y cinco millones de pesos, sin centavos,
moneda nacional) y máximo de: $ 115'000,000.00 (ciento quince millones de pesos, sin centavos, moneda nacional); para el 2019, se prevé un presupuesto mínimo de: 70’000,000.00 (setenta millones de pesos, sin centavos, moneda nacional) y máximo de 120’000,000.00 (ciento veinte millones de pesos, sin centavos, moneda nacional), y para el 2020, se prevé un presupuesto mínimo de: $75’000,000.00 (setenta y cinco millones de pesos, sin centavos, moneda nacional) y máximo de $125’000,000.00 (ciento veinticinco millones de pesos, sin centavos, moneda nacional).
GARANTÍAS
NOVENA.- Con la finalidad de garantizar el total cumplimiento de este contrato, la calidad de los medicamentos y productos, así como de los servicios suministrados, el pago de los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del mismo, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones contraídas, “EL PROVEEDOR” deberá presentar, al momento de la firma de este contrato, póliza de fianza por el 5% del monto máximo anual determinado respecto del presupuesto previsto para el ejercicio fiscal del año 2020, es decir por la cantidad de
$6,250,000.00 (seis millones doscientos cincuenta mil pesos, sin centavos, moneda nacional). Dicha fianza deberá estar vigente durante el mismo período de duración de este contrato (tres años). La póliza de fianza se anexa a este contrato como parte integral del mismo, estará denominada en moneda nacional y sólo podrá cancelarse por escrito y a solicitud de “LA UADY”.
Transcurridos tres meses posteriores a la fecha establecida como vigencia del presente contrato, siempre que los servicios hubieren sido prestados a entera satisfacción de “LA UADY”, ésta se compromete a expedir a “EL PROVEEDOR”, previa solicitud hecha por escrito por el mismo, una carta de conformidad para que sea cancelada la póliza de fianza entregada como garantía de cumplimiento del contrato. Dicha carta de conformidad estará firmada por el Director General de Finanzas y Administración de “LA UADY”.
PENAS CONVENCIONALES
DÉCIMA.- En caso de atraso en la entrega de los medicamentos solicitados conforme al plazo establecido en la cláusula tercera, inciso i), del presente contrato, se aplicará a “EL PROVEEDOR” una pena convencional por atraso en el cumplimiento del servicio, por una cantidad equivalente al 2% sobre el precio del o los medicamentos entregados fuera del plazo, y por cada día natural que trascurra hasta la entrega de los mismos.
La penalización por atraso antes referida, no podrá exceder individual o acumulativamente del monto de la garantía entregada por el licitante conforme a lo dispuesto en la cláusula novena, para garantizar el cumplimiento del contrato, por lo que sí “EL PROVEEDOR” lo alcanza, “LA UADY” podrá rescindir el contrato y hacer efectiva la referida garantía de cumplimiento.
Para el pago de las penas convencionales “LA UADY”, a través de la Coordinación General de Salud, informará por escrito a “EL PROVEEDOR” el cálculo de la pena correspondiente, indicando el número de días de atraso y el monto de la pena a que se haya hecho acreedor.
En el caso de proceder el cobro xx xxxxx convencionales, el pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago de la pena convencional que deba efectuar “EL PROVEEDOR”.
DÉCIMA PRIMERA.- “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “LA UADY”, el área ocupada por el módulo de atención, suministro y depósito de medicamentos, en las mismas condiciones en que la recibió, inmediatamente después de la terminación o rescisión del presente contrato, sin necesidad de gestión judicial alguna.
DÉCIMA SEGUNDA.- Las partes acuerdan que en el módulo de atención, suministro y depósito de medicamentos mencionado en la cláusula anterior, por ningún motivo existirá cualquier tipo de propaganda o publicidad externa, ni ventas al público en general, obligándose “EL PROVEEDOR” a surtir exclusivamente las recetas expedidas por la Coordinación General de Salud, quedando expresamente prohibido el surtido de cualquier otra receta a personas ajenas a “LA UADY”.
RELACIONES LABORALES
DÉCIMA TERCERA.- “EL PROVEEDOR” acepta que el personal que designe para la prestación del servicio objeto del presente contrato, dependerá única y exclusivamente del mismo, por lo que continuará en forma absoluta bajo su dirección y dependencia; en tal virtud, asumirá su responsabilidad por este concepto y en ningún caso se considerará a “LA UADY” como patrón solidario o sustituto.
VIGENCIA
DÉCIMA CUARTA.- La vigencia del presente contrato será de TRES AÑOS contados a partir del uno de enero del año dos mil dieciocho; no obstante, “LA UADY” podrá dar por terminado de manera anticipada el presente contrato cuando por razones de interés general o por causas justificadas ya no sean necesarios los servicios y de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría perjuicio para “LA UADY”.
La contratación de los servicios objeto de este contrato incluirá los tres ejercicios fiscales siguientes: 2018, 2019 y 2020.
RESCISIÓN
DÉCIMA QUINTA.- “LA UADY”, podrá en cualquier momento, dar por rescindido el presente contrato en caso de incumplimiento por parte de “EL PROVEEDOR” respecto de la entrega de los medicamentos en los términos pactados, así como por hacer mal uso de los documentos que “LA UADY” le entregue o del espacio otorgado por la misma para la instalación del módulo de atención, suministro y depósito de medicamentos, y en general por el incumplimiento de “EL PROVEEDOR” respecto de cualesquiera de las demás obligaciones que adquiere conforme a lo establecido en el presente contrato.
Procedente la rescisión, “LA UADY” hará efectiva la fianza otorgada para garantizar el cumplimiento del contrato señalada en la cláusula novena, esto es independiente de las penas convencionales, gastos, daños y perjuicios que se pudieran ocasionar por el incumplimiento de “EL PROVEEDOR”, igual que todos aquellos otros gastos y honorarios que se generen si fuere necesario el ejercicio de las acciones legales de los Tribunales competentes.
De igual manera, “LA UADY” podrá rescindir el presente contrato, en caso de que las deducciones aplicadas a “EL PROVEEDOR” derivadas de las penalizaciones aplicadas por su incumplimiento, sean iguales al monto de la garantía entregada conforme a lo dispuesto en la cláusula novena, para garantizar el cumplimiento del contrato.
CESIÓN DE DERECHOS
DÉCIMA SEXTA.- Queda expresamente pactado que “EL PROVEEDOR” no podrá ceder en favor de terceros los obligaciones adquiridas en el presente contrato; sin embargo, podrá ceder los derechos de cobro, previa autorización que por escrito otorgue “LA UADY”.
ANEXOS
DÉCIMA SÉPTIMA.- Se consideran como parte integrante del presente contrato, los anexos siguientes:
a) Copia certificada del acta constitutiva de la Sociedad;
b) Copia certificada del instrumento público conforme al cual acredita su personalidad el representante legal de “EL PROVEEDOR”;
c) Copia de la identificación oficial vigente con fotografía del representante legal de “EL PROVEEDOR”;
d) Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales vigente en términos de lo dispuesto por la regla 2.1.31. de la resolución miscelánea fiscal para 2017;
e) La proposición económica presentada por “EL PROVEEDOR”;
f) Xxxxxx xx Xxxxxx Xx. 0000000, Documento 1550663 de fecha 13 de diciembre del año 2017, expedida por: AFIANZADORA SOFIMEX, SOCIEDAD ANÓNIMA, por la cantidad de: $ 6’250,000.00 (SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS, SIN CENTAVOS, MONEDA NACIONAL).
TRIBUNALES COMPETENTES
DÉCIMA OCTAVA.- Para todo lo relacionado con la interpretación de este contrato, las partes contratantes se someten expresamente a la jurisdicción de los Jueces y Tribunales competentes de esta ciudad xx Xxxxxx, Yucatán, México, renunciando a cualquier fuero que pudieran tener relación con sus domicilios, presentes y/o futuros o por cualquier otra circunstancia.
EL PRESENTE CONTRATO SE FIRMA POR TRIPLICADO, EN LA CIUDAD XX XXXXXX, CAPITAL DEL ESTADO DE YUCATÁN, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
POR “LA UADY” M. I. XXXXXX DE XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX DIRECTOR GENERAL DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN | POR “EL PROVEEDOR” L.A.E. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX APODERADO ESPECIAL |
ANEXO DEL CONTRATO
El Proveedor deberá llevar a cabo las acciones necesarias desde el punto de vista informático, a fin de enlazarse con el Sistema Institucional de Información de la Coordinación General de Salud, que garantice la expedición de recetas y surtimiento de medicamentos prescritos; lo anterior dentro de las primeras 24 horas siguientes a la fecha de notificación del fallo, enlace que deberá haber concluido antes del 31 de diciembre de 2017.
Para lo anterior deberá comunicarse con la responsable del área de Informática de la Coordinación General de Salud a fin de obtener la información que requiera para tal efecto.
El Proveedor deberá entregar, todos los días hábiles del año, un archivo electrónico conteniendo un listado de los medicamentos que existen en el mercado; este listado deberá incluir los productos nuevos, las nuevas presentaciones y aquellos medicamentos y productos descontinuados, a efecto de que la Coordinación General de Salud de la Universidad Autónoma de Yucatán pueda actualizar su catálogo diariamente.
El archivo electrónico deberá ser entregado diariamente, en el turno matutino, por el responsable del módulo en farmacia al responsable del catálogo de la Coordinación General de Salud de la Universidad Autónoma de Yucatán.
Asimismo, el proveedor deberá entregar a la Coordinación General de Salud de la Universidad Autónoma de Yucatán, el último día hábil de cada mes, un archivo electrónico conteniendo un listado de los productos cuyos precios hubieren sido modificados.
Este archivo electrónico mensual deberá ser entregado por el encargado del módulo en farmacia al responsable en el turno nocturno de la Coordinación General de Salud de la Universidad Autónoma de Yucatán, a fin de que las actualizaciones entren en vigor el primer día natural del siguiente mes al de su entrega.
Ambos archivos deberán contener las siguientes características:
1) Archivo de texto (.txt).
2) El separador de cada campo será la arroba “@”.
3) Sólo información sin encabezado.
4) Deberá contener un enter o retorno de línea al final de cada renglón o producto en lugar de una arroba, igualmente la última línea deberá contener un enter o retorno de línea al final.
5) No deberá contener espacios en blanco al principio y al final de cada campo para insertar el separador de manera inmediata.
6) Se requiere que la información respete el orden y formatos que a continuación se pide:
Campo | Tipo de dato | Descripción |
CveProdProv | Entero (>>>>>>>>>9) | Clave del medicamento o producto con el que el proveedor identifica a su medicamento o producto. |
Nombre | Carácter (100) | Es el nombre comercial del producto |
Presentación | Carácter (100) | Presentación del producto (gramaje, numero de: tabletas, comprimidos, grageas,etc., mililitros y gramos de contenido en el caso de cremas). |
Sales | Carácter (100) | Contiene la sal o sales de los medicamentos separados por comas. |
Precio | Decimal (>>>>9.99) sin comas | Precio de los productos sin descuento y sin IVA. |
Iva | Entero (99) | Impuesto del producto. Ejemplo: 15% = 15 |
Descuento | Decimal (>9.99) | Descuento del producto. Ejemplo: 36.2% = 36.20 |
Tipo | Entero (9) | Tipo del producto: 1 = Medicamento, 2 = Oncológicos, Especializados y tratamiento contra VIH, 3 = Lácteos y Nutricionales, 4 = Materiales, Medicamentos de curación y Otros. |
Código | Entero (>>>>>>>>>>>>9) | Se escribe el Código xx xxxxxx, si el medicamento o producto cuenta con él. |
FechaIni | Date (dd/mm/yyyy) | Fecha inicial de la vigencia de los productos. |
FechaFin | Date (dd/mm/yyyy) | Fecha final de la vigencia de los productos. |
Estado | Entero (9) | Especifica como será procesado el producto en el catálogo: 0 = Como una actualización, 1 = Como una alta, 2 = Como una baja lógica. |
ClasifGI | Entero(9) | Especifica si el medicamento es un medicamento Genérico Intercambiable: 0 = No es GI, 1 = Si es GI. |
ClasifPsicotrópico | Entero(9) | Especifica si el medicamento es Psicotrópico, y a cual grupo pertenece: 0 = No es Psicotrópico, 1 = Si es Grupo 1, 2 = Si es Grupo2, 3 = Si es Grupo3, 4 = Antibiótico. |
Laboratorio | Carácter (100) | Laboratorio que lo produce |