Acuerdo de Colaboración
Acuerdo de Colaboración
Colaborador de Soluciones Vaillant (CSV)
Índice
1. De la condición de Colaborador 3
4. Obligaciones y responsabilidades 6
5. Condiciones de Financiación 8
8. Relación entre las partes 10
9. Acuerdo íntegro y nulidad parcial 10
10. Ley aplicable y resolución de controversias 10
El presente documento (“Condiciones del Programa”) contiene las normas que regulan las relaciones entre VAILLANT, S.L.U. (“VAILLANT”) y aquellos instaladores ("Colaboradores") que participan en el programa COLABORADOR DE SOLUCIONES VAILLANT (el "Programa" o “CSV”) para obtener, bajo un único número de registro (el "Registro"), los beneficios asociados al mismo (los “Beneficios”).
1. De la condición de Colaborador
Podrán ser Colaboradores de CSV aquellas personas, físicas o jurídicas, que dispongan de la correspondiente autorización administrativa para la realización de instalaciones térmicas de edificios, de acuerdo con la normativa aplicable en cada momento.
No obstante lo anterior, la adquisición de la condición de Colaborador no se producirá en tanto no hayan sido aceptadas las Condiciones del Programa por parte del Colaborador, que deberá firmar el documento de adhesión que se incorpora a las presentes Condiciones del Programa como Anexo.
La condición de Colaborador se perderá por alguna de las siguientes causas:
Los efectos serán automáticos desde la fecha de su presentación.
b) Por cese de la actividad del Colaborador, cualquiera que sea la causa, incluso por fallecimiento, sin que se hubiere producido la transmisión de la condición de Colaborador en el año siguiente al cese de la actividad.
Los efectos serán automáticos una vez cumplido el plazo señalado.
En evitación de toda duda, se deja expresa constancia de que durante el período de un (1) año arriba señalado, el Registro del Colaborador quedará bloqueado, no resultando posible el acceso a los Beneficios en tanto no se resuelva la situación por caducidad, con cancelación del Registro, o por cambio de su titularidad, conforme a lo dispuesto en el apartado 1.3 siguiente.
El bloqueo o la cancelación del Registro no darán derecho al Colaborador a obtener o reclamar cantidad alguna.
Idéntico régimen aplicará en los supuestos de disolución (con liquidación) del Colaborador persona jurídica.
c) Por transmisión voluntaria ínter vivos de la condición de Colaborador.
La transmisión de la condición de Colaborador deberá realizarse conforme a lo dispuesto en el apartado 1.3 siguiente e implicará el cambio de titularidad del Registro y, por ende, de los Beneficios desde el momento en que la transmisión sea aceptada por VAILLANT.
d) Por sanción, acordada por XXXXXXXX, como consecuencia del incumplimiento grave, reiterado o deliberado, de los deberes emanados de las Condiciones del Programa o de cualesquiera otros que resulten de aplicación al Colaborador por razón del mismo. Entre otros, se considerarán incumplimientos habilitantes a la sanción los siguientes:
• Inasistencia reiterada a las formaciones fijadas en el plan anual de formación por VAILLANT.
• No mantenimiento de niveles de valoración conforme a los niveles de excelencia y calidad fijados por VAILLANT.
• Pérdida de la autorización administrativa correspondiente.
• Transmisión de la condición de Colaborador no autorizada conforme a lo dispuesto en el apartado 1.3 siguiente.
• Utilización negligente o indebida de los signos distintivos xx XXXXXXXX o sin sujeción a lo dispuesto en el apartado 6 siguiente.
• Por notificación enviada por XXXXXXXX en los términos establecidos en la Cláusula 7 siguiente.
VAILLANT, en caso de incumplimiento por parte del Colaborador de las Condiciones del Programa, podrá decidir la aplicación de sanciones distintas a la pérdida de la condición de Colaborador. En cualquier caso, la aplicación de sanciones distintas no supondrá la renuncia por parte xx XXXXXXXX al derecho a dar por finalizada la participación en CSV del Colaborador incumplidor.
La decisión xx XXXXXXXX será notificada por escrito al Colaborador y tendrá efecto inmediato.
La pérdida de la condición de Colaborador conllevará la cancelación del Registro y la imposibilidad por parte del Colaborador de acceder al disfrute de los Beneficios. A la pérdida de la condición de Colaborador o cancelación del Programa, el Colaborador no tendrá derecho a ninguna clase de indemnización. En particular, en ningún supuesto el Colaborador tendrá derecho a indemnización o compensación alguna, incluyendo indemnización por clientela, indemnización por fondo de comercio u otro beneficio generado en favor xx XXXXXXXX en la medida en que, en su caso, estos se habrían generado como consecuencia del uso de la xxxxx XXXXXXXX. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que pudiere corresponder al Colaborador por los daños y perjuicios irrogados x XXXXXXXX, a otros Colaboradores o a Terceros.
A los efectos de la presente cláusula, se entenderá por transmisión de la condición de Colaborador cualquier operación, incluyendo a modo enunciativo, aunque no limitativo, la venta, donación, permuta, dación en pago, fusión, escisión (total o parcial) o cesión global de activos y pasivos que conlleve un cambio en la titularidad del Registro.
Asimismo, las partes dejan expresa constancia de que cualquier transmisión quedará sujeta, en todo caso, a la autorización xx XXXXXXXX y, en su caso, a la obligación del adquirente de aceptar las Condiciones del Programa.
Las transmisiones ínter vivos de la condición de Colaborador se ajustarán a las reglas establecidas a continuación:
a) El Colaborador transmitente deberá poner en conocimiento xx XXXXXXXX su intención de transmitir su condición de Colaborador, mediante comunicación escrita en la que se haga constar la identidad del potencial adquirente, así como el cumplimiento por parte de éste de las Condiciones del Programa.
b) XXXXXXXX, en un plazo máximo de dos (2) meses a contar desde la recepción de la comunicación, notificará su decisión con respecto a la transmisión propuesta, pudiendo proponer un adquirente alternativo o rechazando la propuesta sin necesidad de motivar su decisión.
c) La falta de notificación por parte xx XXXXXXXX de su resolución implicará el rechazo a la propuesta de transmisión cursada por el Colaborador.
d) En el supuesto de que cualquiera de los Colaboradores transmitiera su condición de Colaborador incumpliendo el procedimiento previsto en la presente cláusula, la compraventa o el negocio traslativo no producirá efecto alguno frente x XXXXXXXX, que la considerará ineficaz, sin que en ningún caso se repute al tercero ofertante Colaborador. Sin perjuicio de lo anterior, la parte o partes perjudicadas tendrán adicionalmente derecho a exigir una compensación económica a la parte incumplidora por dicho incumplimiento. XXXXXXXX podrá decidir la finalización de la participación en CSV por parte del Colaborador transmitente incumplidor.
e) Las reglas establecidas en la presente cláusula serán aplicables mutatis mutandi (i) a las transmisiones indirectas que cualquiera de los Colaboradores pretenda (incluidos los cambios de control del Colaborador), así como (ii) a las transmisiones de derechos asociados a dicha condición de Colaborador.
2. El Registro
El Registro representa las instalaciones de equipos de climatización de la xxxxx XXXXXXXX o de marcas por esta comercializadas realizados por el Colaborador que cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:
a) Que el Colaborador facilite x XXXXXXXX el número de serie del equipo instalado;
b) Que, así mismo, se hayan facilitado x XXXXXXXX los datos del usuario final del equipo;
c) Que la instalación se encuentre en activo. A los efectos de las Condiciones del Programa, se entenderán en activo aquellas instalaciones de productos VAILLANT o de las marcas por esta comercializadas en las que el Servicio Oficial de Asistencia Técnica que corresponda a la dirección de la instalación haya realizado en los últimos cinco (5) años una actuación correctiva y/o preventiva. La pérdida de la condición de activa de la instalación no tendrá por qué resultar definitiva.
El Colaborador será responsable de la veracidad y exactitud de los datos facilitados x XXXXXXXX, debiendo mantener a esta última indemne con ocasión del incumplimiento de la normativa aplicable (en particular, la normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal).
3. Beneficios
Los Colaboradores tendrán, por razón de su pertenencia al Programa, derecho a los siguientes Beneficios:
a) Asignación preferente de las oportunidades de intervención que surjan durante la vida útil de los productos VAILLANT, en aquellas instalaciones realizadas y comunicadas en su origen por el Colaborador, siempre y cuando el Colaborador esté capacitado para su realización.
Lo anterior no implica obligación o garantía de negocio alguno para el Colaborador. En este sentido, VAILLANT únicamente se obliga, para el caso de tener conocimiento de las anteriores circunstancias a través del usuario final o de sus Servicios Oficiales de Asistencia Técnica, a ofrecer al Colaborador la intervención conforme a los criterios de calidad fijados por VAILLANT. De no poder atender el Colaborador la intervención en los términos que en cada momento fije VAILLANT, esta estará facultada para asignar la intervención a otro Colaborador o a un tercero. Las intervenciones no atendidas por el Colaborador no se reflejarán en su Registro personal.
b) Participación en los programas de formación de CSV que anualmente defina VAILLANT.
c) Acceso a condiciones de financiación en los términos previstos en la cláusula 5.
d) Cualesquiera otros beneficios que VAILLANT vincule al Programa CSV.
4. Obligaciones y responsabilidades
a) El Colaborador se compromete a cumplir en todas aquellas intervenciones en las que se identifique como miembro del CSV las normas e instrucciones técnicas dimanantes xx XXXXXXXX. El incumplimiento de la presente obligación, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1.2 anterior, habilitará x XXXXXXXX a excluir el equipo afectado por la intervención del Registro personal del Colaborador.
b) El Colaborador será plenamente responsable y responderá personalmente de todos los actos que realice en relación con el Programa (incluidos los Beneficios asociados al mismo). Por lo tanto, XXXXXXXX no se hace responsable de las decisiones que el Colaborador pudiere tomar como consecuencia de su pertenencia al Programa.
c) VAILLANT se reserva el derecho a modificar, corregir, cambiar o cancelar el Programa en cualquier momento, debiendo informar a los Colaboradores de las variaciones más importantes que se produzcan. Si el Colaborador no aceptase los cambios, deberá solicitar la baja en el Programa conforme a lo dispuesto en el apartado 1.2.a). La continuación del uso del Registro por parte del Colaborador (x.xx. nuevas intervenciones) o por aceptación de Beneficios, implicará la aceptación de dichas modificaciones.
d) El Colaborador garantiza que la información suministrada x XXXXXXXX sobre su persona es veraz y exacta. El Colaborador deberá comunicar inmediatamente x XXXXXXXX cualquier cambio en la información.
e) El Colaborador se compromete a ceder x XXXXXXXX, así como a su red de Servicios Técnicos Oficiales, de forma global, completa y permanente, los datos de usuarios finales de la xxxxx XXXXXXXX que obtenga a partir de la fecha de adhesión al presente Programa, para que estas empresas traten los datos con la finalidad de cumplimiento de sus obligaciones legales y contractuales como fabricante, para la prestación de la garantía comercial sobre el equipo, para la correcta prestación del servicio de atención al cliente, para el envío de información comercial sobre productos y servicios relacionados con los equipos xx XXXXXXXX, incluyendo medios electrónicos, y para la realización de estudios de satisfacción y calidad.
El Colaborador deberá consignar debidamente la autorización por parte del usuario para la cesión de sus datos a las empresas y con las finalidades referidas en cualquier notificación que curse para con usuarios finales, debiendo mantener indemne x XXXXXXXX por el incumplimiento o ausencia de la referida autorización. A este respecto, el Colaborador declara haber obtenido el consentimiento de los titulares de los datos objeto de cesión y se compromete a seguir recabando dicho consentimiento en el futuro.
Las partes se comprometen a guardar la máxima reserva y confidencialidad sobre los datos de carácter personal y, a estos efectos, se comprometen a respetar todas aquellas medidas de seguridad, técnicas u organizativas que requiera la normativa vigente.
Las partes se comprometen a informar y dar respuesta a las solicitudes de derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición interpuestas por los titulares, y a notificarse recíprocamente del ejercicio de estos derechos por parte de los usuarios finales.
Cada una de las partes se hace responsable frente a la otra de los daños y perjuicios, incluyendo las sanciones administrativas, que se deriven de reclamaciones judiciales o extrajudiciales de terceros o de procedimientos sancionadores abiertos por la Agencia Española de Protección de Datos u organismos análogos de las Comunidades Autónomas, y que sean consecuencia de la inobservancia de las obligaciones asumidas en las Condiciones del Programa o impuestas por la normativa vigente.
f) El Colaborador se compromete a adoptar las medidas necesarias para la no divulgación, ni cesión a ningún tercero, de manera total o parcial, de información alguna relacionada con el Programa o las Condiciones del Programa.
g) El Colaborador mantendrá indemne x XXXXXXXX frente a cualesquiera responsabilidades, procedimientos, costes daños, pérdidas o gastos incurridos por VAILLANT en relación con cualquier incumplimiento de las Condiciones de Programa o cualquier acto negligente o ilícito, incluyendo, sin limitación alguna, cualesquiera problemas técnicos provocados por el Colaborador en las intervenciones referidas en la cláusula 3 anterior.
h) Las consecuencias tributarias derivadas del Programa, de existir, serán asumidas por quien fuere responsable de acuerdo con la legislación que sea de aplicación.
i) El Colaborador se compromete a facilitar x XXXXXXXX el número de serie de todos los equipos VAILLANT o de marcas que esta última comercialice y que aquel instale desde la adhesión al
presente Programa. Para dar cumplimiento a la presente obligación el Colaborador deberá proceder al registro de las instalaciones conforme a lo dispuesto en el apartado 2 anterior.
j) El Colaborador se compromete a cumplir con la normativa que resulte aplicable, en particular, con las disposiciones en materia de protección de los derechos de consumidores y usuarios.
5. Condiciones de Financiación
5.1. XXXXXXXX ha acordado con su proveedor de servicios financieros (el “Proveedor”) diferentes condiciones de financiación (las “Condiciones de Financiación”) a las que el Colaborador podrá acceder en virtud de su pertenencia al Programa, en los términos y condiciones que se detallan en este documento y en las Condiciones de Financiación.
5.2. El acceso a las Condiciones de Financiación requerirá la previa aceptación de su contenido por parte del Colaborador mediante la firma del documento de adhesión que se incorpora a las Condiciones del Programa como Anexo II.
Ello no obstante, el acceso a las Condiciones de Financiación estará siempre, en último término, condicionado a que el Proveedor acepte la financiación de cada una de las operaciones que se le plantee, sin que de su decisión se pueda derivar ninguna responsabilidad para VAILLANT.
5.3. VAILLANT decidirá, en cada momento, qué productos y en qué condiciones quedan afectados por las Condiciones de Financiación. El ofrecimiento por parte del Colaborador a los usuarios finales de las Condiciones de Financiación respecto a productos diferentes a los indicados por VAILLANT será considerado como un incumplimiento grave a los efectos de la condición 1.2.d).
5.4. Las Condiciones de Financiación y las Condiciones del Programa, en particular, la presente condición, se aplicarán como condiciones marco a cada una de las operaciones sujetas a financiación (la “Venta Financiada”). Consecuentemente, el Colaborador asume la obligación de cumplir cualesquiera obligaciones derivadas de las Condiciones de Financiación y de las Condiciones del Programa en relación con la Venta Financiada.
5.5. Asimismo, el Colaborador asume expresamente las siguientes obligaciones en relación a la Venta Financiada:
Cumplimiento de la normativa aplicable, ya sea de carácter material o formal, en relación a los trabajos de instalación de los equipos de la marca objeto de la Venta Financiada. En este sentido, sin excluir la aplicación de ninguna otra obligación, el Colaborador declara expresamente estar dado de alta en el registro de empresas autorizadas competente y tener vigente la autorización administrativa correspondiente a las actividades a desarrollar en ejecución de la Venta Financiada y, de igual forma, se compromete a mantener los requisitos exigidos para la obtención de la autorización indicada mientras se mantenga adherido a las Condiciones de Financiación.
Recabar y entregar x XXXXXXXX, o en su caso directamente al Proveedor, la conformidad escrita del usuario respecto a la factura final de la Venta Financiada.
Este requisito será condición indispensable para que el Proveedor acepte la financiación de la operación.
5.6. Cuando la Venta Financiada incluya un contrato de mantenimiento, el Colaborador se compromete a utilizar el modelo de presupuesto y contrato que facilite VAILLANT al efecto, debiendo entregar x XXXXXXXX copia de la documentación debidamente firmada por el usuario, entre otros, las condiciones generales del mantenimiento y de las Condiciones de Financiación. El Colaborador podrá, alternativamente al modelo de presupuesto facilitado por Xxxxxxxx, utilizar otro formato de presupuesto siempre y cuando el mismo cumpla con la normativa aplicable y haya sido previamente validado por VAILLANT.
La venta de los contratos no dará derecho a percibir contraprestación o importe alguno por parte del Colaborador, en tanto se considera debidamente retribuido por razón de los Beneficios.
5.7. El Colaborador será el único responsable de la correcta ejecución de los trabajos de instalación que se deriven de la Venta Financiada.
Sin perjuicio de lo previsto en la condición 4.g), el Colaborador se compromete expresamente a mantener indemne x XXXXXXXX frente a cualesquiera responsabilidades, procedimientos, costes, pérdidas o gastos incurridos por VAILLANT, en especial frente a eventuales responsabilidades frente al Proveedor en relación con cualquier incumplimiento de las Condiciones de Financiación o cualquier acto negligente o ilícito, incluyendo, sin limitación alguna, cualesquiera problemas técnicos provocados por el Colaborador en la ejecución de la Venta Financiada.
5.8. La pérdida de la condición de Colaborador por cualquiera de las causas previstas en la condición 1.2 supondrá, de forma automática, su exclusión de las Condiciones de Financiación.
6. Derechos de Propiedad Industrial
En atención al objeto del Programa, VAILLANT autoriza al Colaborador a usar sus signos distintivos con el único y exclusivo objetivo de que lo emplee como elemento identificativo como miembro CSV en las intervenciones cuyo origen sea VAILLANT. Por tanto, queda terminantemente prohibido que el Colaborador utilice los signos distintivos xx XXXXXXXX para los fines diferentes a los indicados o fuera del ámbito de uso que por el presente se autoriza. El Colaborador se obliga a no alterar ni modificar los signos distintivos de referencia, en todo o en parte, sin la autorización previa, expresa y por escrito xx XXXXXXXX.
La autorización establecida en el párrafo anterior no puede en forma alguna entenderse como una cesión de la titularidad de los signos distintivos xx XXXXXXXX a favor del Colaborador, que mantiene aquella a todos los efectos. Así, el Colaborador reconoce x XXXXXXXX el exclusivo título sobre dichos signos distintivos y la imposibilidad de que de su utilización se deriven derechos distintos de los de mera referencia dentro de los límites establecidos en el presente contrato. Asimismo, el Colaborador se obliga a no efectuar, desarrollar o ejecutar ni ser causa de acto u omisión que pueda entorpecer, poner en peligro, perjudicar, menoscabar, suprimir o eliminar el ejercicio de los derechos e intereses inherentes a dicha titularidad por parte xx XXXXXXXX o de cualquier tercero por esta designado. El Colaborador se compromete y obliga a
no registrar, ni dentro ni fuera del territorio español, ningún derecho de propiedad industrial igual, similar o que sea imitación de los del presente contrato.
El uso de los signos distintivos xx XXXXXXXX por parte del Colaborador fuera de los supuestos y condiciones establecidos por el presente contrato y, en general, cualquier uso fraudulento o que pueda ser considerado perjudicial para la imagen xx XXXXXXXX constituirá un incumplimiento contractual grave a los efectos de la condición 1.2.d) anterior, quedando esta última facultada para dar por finalizada la participación del Colaborador en el Programa.
En caso de que el Colaborador tuviera conocimiento de cualquier violación por tercero de cualesquiera de los derechos inherentes a la titularidad de los signos distintivos cuyo uso se autoriza en virtud del presente Contrato, deberá notificarlo x XXXXXXXX de forma inmediata a fin de que esta pueda adoptar las medidas de defensa oportunas, debiendo el Colaborador prestar cuanta colaboración le sea requerida.
7. Duración del Programa
El Programa estará vigente indefinidamente desde que el Colaborador adquiera dicha condición, si bien VAILLANT podrá ponerle fin en cualquier momento, previa notificación a los Colaboradores con al menos seis (6) meses de antelación, siendo medio válido a tal efecto la notificación realizada por xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx. Una vez finalizado el plazo establecido en la notificación, cesarán los derechos del Colaborador recogidos en las presentes Condiciones del Programa.
8. Relación entre las partes
Cada parte será considerada un contratista independiente con respecto al objeto de este acuerdo y nada contenido en el mismo será considerado o interpretado de ninguna manera como que esté creando una sociedad, empresa conjunta, empleo, relación laboral, agente u otra relación similar.
9. Acuerdo íntegro y nulidad parcial
Las presentes Condiciones constituyen el acuerdo completo entre las partes sobre el objeto del mismo y sustituyen a todos los anteriores contratos, acuerdos, pactos y/o compromisos (verbales o escritos) existentes entre ellas, que las Partes dan por íntegramente concluidos y satisfechos.
La declaración de nulidad o invalidez de cualquier cláusula del presente contrato por laudo o sentencia no afectará a la validez y eficacia de aquellas cláusulas que no se vean afectadas por dicha nulidad o invalidez. En este sentido, las partes negociarán de buena fe la sustitución o modificación mutuamente satisfactoria de la cláusula o cláusulas que hayan sido declaradas nulas o inválidas por otras en términos similares y que puedan cumplirse legalmente.
10.Ley aplicable y resolución de controversias
Las presentes Condiciones se rigen en todos sus extremos y a todos los efectos por la legislación española.
Las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiere corresponderles, someten la resolución de cuanta controversia o cuestión litigiosa relacionada con la existencia, validez,
interpretación, ejecución o extinción de las presentes Condiciones al conocimiento de los juzgados y tribunales ordinarios xx Xxxxxx (Bizkaia).
Anexo I a las Condiciones del Programa CSV
Adhesión del Colaborador a las Condiciones del Programa
En a
, provisto/-a de N.I.F. número en vigor, representada por su Administrador/-a o Apoderado/-a, en su calidad de Instalador Autorizado xx XXXXXXXX, por medio de la presente
MANIFIESTA
I.- Que conoce, en todos sus términos y condiciones, la regulación para participar en el Programa “Colaborador de Soluciones Vaillant”, del que ha recibido una copia por parte xx XXXXXXXX (en adelante, el “Programa”).
II.- Que conoce todos y cada uno de los derechos y obligaciones que derivan del Programa. III.- Que en atención a lo anterior, desde la fecha xx xxx, por medio de la presente presta su
A D H E S I Ó N
Al Programa “Colaborador de Soluciones Vaillant”, solicitando a esta última le identifique y le registre individualmente de modo que le permita el control y seguimiento de cuanto afecte en relación con el mismo.
Datos complementarios de la empresa Colaboradora xx XXXXXXXX
Nombre y apellidos del gerente/administrador/apoderado:
XXX del gerente/administrador/apoderado:
Domicilio social:
Teléfono/fax/e-mail:
Año de inicio de actividad:
Nº de inscripción en el Registro de Empresas Industriales:
Nº carné de instalador:
Sello y firma del instalador
Copia para Vaillant
Anexo I a las Condiciones del Programa CSV
ESǦCsFY EǦn ŽnǍáŽdǍEŽd Ǎ nǍC ŽYEsÐsŽYǦC EǦn WdŽÖdǍûǍ
Y Ǎ
ΣÐdŽ|sCIŽˇTǍ EǦ E˙ƒ˙&˙ Y5ûǦdŽ ǦY |sÖŽdΣ dǦÐdǦCǦYIǍEǍ ÐŽd CZ EûsYsCIdǍEŽdˇTǍ Ž ÐŽEǦdǍEŽˇTǍΣ ǦY CZ ÐǍnsEǍE EǦ ƒYCIǍnǍEŽd ZIŽdsfiǍEŽ EǦ s ƒ>> EdΣ ÐŽd ûǦEsŽ EǦ nǍ ÐdǦCǦYIǦ
MANIFIESTA
ƒ˙T XXX XXXXXXX XX XXXXX XXX IGdûsYŽC fl ÐŽYEsÐsŽYǦCΣ nǍ dǦÖZnǍÐsFY ÐǍdǍ ÐǍdIsÐsÐǍd ǦY Ǧn WdŽÖdǍûǍ
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ƒƒ˙T YZǦ ÐŽYŽÐǦ IŽEŽC fl ÐǍEǍ ZYŽ EǦ nŽC EǦdǦÐSŽC fl ŽánsÖǍÐsŽYǦC dZǦ EǦds|ǍY EǦn WdŽÖdǍûǍ˙ ƒƒƒ˙T YZǦ ǦY ǍIǦYÐsFY Ǎ nŽ ǍYIǦdsŽdΣ EǦCEǦ nǍ IǦÐSǍ EǦ SŽflΣ ÐŽd ûǦEsŽ EǦ nǍ ÐdǦCǦYIǦ ÐdǦCIǍ CZ
A D H E S I Ó N
n WdŽÖdǍûǍ ¯ ŽnǍáŽdǍEŽd EǦ ^ŽnZÐsŽYǦC sǍsnnǍYI_Σ CŽnsÐsIǍYEŽ Ǎ ǦCIǍ 5nIsûǍ nǦ sEǦYIsIsdZǦ fl nǦ dǦÖsCIdǦ sYEs|sEZǍnûǦYIǦ EǦ ûŽEŽ dZǦ nǦ ÐǦdûsIǍ Ǧn ÐŽYIdŽn fl CǦÖZsûsǦYIŽ EǦ ÐZǍYIŽ ǍIǦÐIǦ ǦY dǦnǍÐsFY ÐŽY Ǧn
ûsCûŽ˙
Datos complementarios de la empresa Colaboradora xx XXXXXXXX
EŽûádǦ fl ǍÐǦnnsEŽC EǦn ÖǦdǦYIǦˇǍEûsYsCIdǍEŽdˇǍÐŽEǦdǍEŽ͗ Eƒ& EǦn ÖǦdǦYIǦˇǍEûsYsCIdǍEŽdˇǍÐŽEǦdǍEŽ͗
ŽûsÐsnsŽ CŽÐsǍn͗ dǦnGIŽYŽˇIǍ¼ˇǦTûǍsn͗
ZŽ EǦ sYsÐsŽ EǦ ǍÐIs|sEǍE͗
EO EǦ sYCÐdsÐÐsFY ǦY Ǧn ZǦÖsCIdŽ EǦ ûÐdǦCǍC ƒYEZCIdsǍnǦC͗ EO ÐǍdYG EǦ sYCIǍnǍEŽd͗
^ǦnnŽ fl IsdûǍ EǦn sYCIǍnǍEŽd
Anexo II a las Condiciones del Programa
Adhesión al Acuerdo Marco de Colaboración Nº VAILLANT001/2015 otorgado por XXXXXXXX, S.L.U. y CaixaBank Payments & Consumer, E.F.C., E.P., S.A.U. con fecha de 19 de Enero de 2016.
En a
, provisto/-a de N.I.F. número en vigor, representada por su Administrador/-a o Apoderado/-a, Instalador Autorizado xx XXXXXXXX, por medio de este escrito M A N I F I E S T A:
I.- Que conoce, en todos sus términos y condiciones, la regulación del Acuerdo Marco de Colaboración otorgado por CAIXABANK PAYMENTS & CONSUMER E.F.C., S.A.U. (en adelante, “CAIXABANK) y VAILLANT, S.L.U. Nº VAILLANT001/2015 (en adelante, el “Convenio”), del que ha recibido una copia, eximiendo, por tanto, a CAIXABANK de su entrega.
II.- Que conoce todos y cada uno de los derechos y obligaciones que derivan del Convenio.
III.- Que en atención a lo anterior, desde la fecha xx xxx, se A D H I E R E unilateralmente, pura y simplemente, al Convenio, solicitando a CAIXABANK proceda a identificarle individualmente de modo que le permita el control y seguimiento de cuanto afecte en relación con el mismo (Convenio).
DATOS COMPLEMENTARIOS Y SOCIALES DE LA EMPRESA INSTALADORA COLABORADORA XX XXXXXXXX
Nombre y apellidos del gerente/administrador/apoderado:
XXX del gerente/administrador/apoderado:
Domicilio social completo:
Teléfono/fax/e-mail:
Año de inicio de actividad:
Sello y firma del instalador
XXXXXXXX, X.X.X. ACEPTA la adhesión de la empresa instaladora Colaboradora al Acuerdo Marco de Colaboración otorgado por CAIXABANK PAYMENTS & CONSUMER E.F.C., S.A.U. y XXXXXXXX, S.L.U. en fecha de 19 de Enero de 2016 nº VAILLANT001/2015.
Sello y firma VAILLANT
Xxxxxxx x xx XXXXXXXX, S.L.U. P.p.
de 2019
CAIXABANK PAYMENTS & CONSUMER E.F.C., X.X.X.
X.x.
Fdo. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Fdo. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxx
Fdo. Xxxxx Xxxxx Xxxxx
Copia para el instalador
Anexo II a las Condiciones del Programa
Adhesión al Acuerdo Marco de Colaboración Nº VAILLANT001/2015 otorgado por XXXXXXXX, S.L.U. y CaixaBank Payments & Consumer, E.F.C., E.P., S.A.U. con fecha de 19 de Enero de 2016.
En a
, provisto/-a de N.I.F. número en vigor, representada por su Administrador/-a o Apoderado/-a, Instalador Autorizado xx XXXXXXXX, por medio de este escrito M A N I F I E S T A:
I.- Que conoce, en todos sus términos y condiciones, la regulación del Acuerdo Marco de Colaboración otorgado por CAIXABANK PAYMENTS & CONSUMER E.F.C., S.A.U. (en adelante, “CAIXABANK") y VAILLANT, S.L.U. Nº VAILLANT001/2015 (en adelante, el “Convenio”), del que ha recibido una copia, eximiendo, por tanto, a CAIXABANK de su entrega.
II.- Que conoce todos y cada uno de los derechos y obligaciones que derivan del Convenio.
III.- Que en atención a lo anterior, desde la fecha xx xxx, se A D H I E R E unilateralmente, pura y simplemente, al Convenio, solicitando a CAIXABANK proceda a identificarle individualmente de modo que le permita el control y seguimiento de cuanto afecte en relación con el mismo (Convenio).
DATOS COMPLEMENTARIOS Y SOCIALES DE LA EMPRESA INSTALADORA COLABORADORA XX XXXXXXXX
Nombre y apellidos del gerente/administrador/apoderado:
XXX del gerente/administrador/apoderado:
Domicilio social completo:
Teléfono/fax/e-mail:
Año de inicio de actividad:
Sello y firma del instalador
XXXXXXXX, X.X.X. ACEPTA la adhesión de la empresa instaladora Colaboradora al Acuerdo Marco de Colaboración otorgado por CAIXABANK PAYMENTS & CONSUMER E.F.C., S.A.U. y XXXXXXXX, S.L.U. en fecha de 19 de Enero de 2016 nº VAILLANT001/2015.
Sello y firma XXXXXXXX
Xxxxxxx a de de 2019.
XXXXXXXX, X.X.X. CAIXABANK PAYMENTS & CONSUMER E.F.C., X.X.X.
X.x.
Fdo. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Fdo. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxx
P.p.
Fdo. Xxxxx Xxxxx Xxxxx
Copia para el Vaillant