Contract
PLIEGO DE PRESCIPCIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS PARA EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES.
I. Objeto xxx xxxxxx.
El objeto de este pliego es definir las condiciones técnicas y administrativas que han de regir la contratación del servicio integral de las instalaciones deportivas pertenecientes al Ayuntamiento de Zierbena.
Además del presente pliego habrán de tenerse en cuenta lo establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares y resto de documentación que figure en el expediente, de los servicios a prestar en las citadas instalaciones deportivas:
- Polideportivo Municipal.
- Karrejo xx xxxxx.
II. Definición de las instalaciones
El polideportivo sustituye al antiguo frontón, situado en el Barrio San Xxxxx Nº 6. La ubicación del Polideportivo esta referenciada al punto máximo limitado por el área de seguridad del oleoducto, por su zona sur, consiguiendo un espacio urbano junto a la Casa de cultura por el norte. Desarrollo en detalle en Anexo II.
III. Alcance y extensión de la prestación de los servicios.
El alcance del contrato consiste en definir las actividades mínimas y necesarias para posibilitar el mantenimiento de las instalaciones deportivas abiertas durante el horario de apertura al público, así como permitir la prestación de una serie de actividades deportivas y servicios, que garanticen que los ciudadanos de Zierbena puedan desarrollarse y mantenerse físicamente de la forma más adecuada a sus capacitaciones, a sus necesidades e intereses.
Los servicios objeto del contrato, comprenderán, obligatoriamente y como mínimo:
3.1. La atención de las Instalaciones Deportivas.
Mantenimiento, limpieza y conservación de las instalaciones, maquinaria y equipamientos. Atención al público en vestuarios y equipamientos deportivos.
Vigilancia, control y seguridad de todas las instalaciones y equipos. Control de accesos, que comprende los siguientes extremos:
- Atención e información a usuario/as en control de accesos y por teléfono.
- Venta de entradas y otros artículos, cobros, altas y bajas de cursillos.
- Apertura y cierre de puertas internas y externas.
- Comprobación de ausencia de intrusos al cierre de la instalación.
- Apagado y encendido xx xxxxx y demás elementos automáticos, así como cualquier dispositivo que necesite ser accionado para la puesta en marcha, parada y mantenimiento de la instalación.
- Manejo del ordenador, megafonía, máquina registradora y caja fuerte.
- Elaboración de partes de incidencias Cuando sea necesario.
- Control diario de los ingresos generados por la instalación y servicios. Número de usuarios de las instalaciones y número de personas que de manera esporádica acuden al centro.
- Aplicación de la Normativa General de Uso de Instalaciones Deportivas, tanto en lo que respecta al acceso de los usuarios a la instalación, como en su proceder dentro de los mismos (la Normativa general de Uso de Instalaciones Deportivas está disponible para las empresas licitadoras en las oficinas del Polideportivo).
- Aviso a la policía, ambulancia, bomberos, etc. en caso de necesidad.
- En general todas aquellas tareas de Control de Acceso que aparezcan en los diversos programas elaborados por el Departamento de Deportes del Ayuntamiento de Zierbena.
- Recaudación de cobros por servicios aplicando las tasas municipales vigentes, e ingreso de las mismas.
Labores administrativas. Comprenderán todo lo relativo a la administración de los demás apartados del presente epígrafe, tales como:
- Contabilidad.
- Manejo de programas informáticos específicos.
- Elaboración y control de tarjetas y carnets.
- Correspondencia, tramitación de subvenciones y las gestiones administrativas derivadas del Departamento de Deportes.
Contratación y gestión de todo el personal para la prestación de todos los servicios propios de los centros deportivos, con sus correspondientes titulaciones. Previamente lo deberá comunicar al Ayuntamiento.
Realización periódica de encuestas de satisfacción y opinión.
Información y publicidad de los servicios ofertados, incluyendo Internet y redes sociales y campañas de promoción y captación de usuarios/as.
Diseño, organización e impartición de cursos de actividades deportivas y relacionados con la salud y el bienestar.
Todas cuantas tareas sean necesarias de acuerdo con el presente pliego para el adecuado estado de la instalación y prestación efectiva de las actividades. Incluyendo los siguientes gastos:
▪ Cursillos: El precio de licitación incluye la prestación de 1840 horas anuales de cursillos. Si no se alcanza este tope, el adjudicatario deberá reembolsar al Ayuntamiento de Zierbena el importe de treinta euros (30€) por cada hora que no fuera efectivamente prestada.
▪ Conservación y Mantenimiento: Gastos de mantenimiento y adquisición de bienes consumibles, incluyendo útiles y herramientas, ascensores, celulosas, adquisición, mantenimiento y combustibles de vehículos y maquinaria, trabajos eléctricos que si sean mantenimiento ordinario, vestuario del personal, productos para el mantenimiento, productos de limpieza, sanitarios e higiénicos, botiquín, material para reparaciones en edificios e instalaciones, reparaciones de albañilería, herrería, cristalería, carpintería y otros gremios, mantenimiento puertas automáticas del garaje, gradas, porterías, redes y demás elementos deportivos, etc.
▪ Oficina: Teléfono, acceso a Internet, material de oficina y consumibles, imprenta y cartelería, ordenadores y programas informáticos.
▪ Seguridad, Higiene y Prevención: Gastos necesarios para la seguridad de personal y usuarios/as y la prevención de riesgos laborales, alfombras antideslizantes, contenedores higiénicos, prevención de legionela, control de plagas, extintores y material anti-incendios.
▪ Agua: Consumos de agua y gastos por trabajos de fontanería.
▪ Consumos energéticos: Los consumos energéticos referidos a la electricidad, gas y cualquier otros combustible utilizado para las calderas.
▪ Mantenimiento: Mantenimiento integral xx xxxxxxxx y sistemas de climatización.
▪ Mantenimiento ordinario: Mantenimiento ordinario de las instalaciones eléctricas (reposición e instalación de cuantas lámparas y materiales así lo requieran, reparación de averías en la instalación eléctrica).
▪ Material de oficina: Los materiales de oficina, ofimática y consumibles correrán a cargo de la empresa concesionaria.
Se hace excepción de los siguientes gastos, que correrán a cargo del Ayuntamiento:
▪ Gastos derivados de daños registrados en edificios e instalaciones por causas ajenas a la explotación del servicio, (sin perjuicio del deber de suscripción de la póliza de seguro para la cobertura de riesgos, según se estipula en estos pliegos).
▪ Daños ocultos en los edificios e instalaciones que existieran con anterioridad a la firma del contrato.
▪ Gastos generados por actividades organizadas o solicitadas por el Ayuntamiento y no incluidos en el contrato: limpieza/mantenimiento generados por fiestas y eventos, servicios prestados fuera del horario estipulado…
Para la optimización del funcionamiento del servicio, el Ayuntamiento podrá efectuar las inversiones que a su criterio considere de interés, quedando obligada la empresa concesionaria a permitir y favorecer la ejecución de las mismas y a ajustar, en su caso, el precio a abonar al Ayuntamiento en función del ahorro que por ello se le genere a aquella.
3.2. La elaboración y desarrollo de los Programas de Actividades Deportivas.
Todos los programas establecidos mediante el presente pliego serán considerados siempre de “mínimos”, y serán objeto de revisión anual, con una anterioridad de al menos tres meses con respecto a la fecha de inicio de la temporada deportiva (con carácter general, el 1 de septiembre de cada año) y podrá ser modificado al alza o a la baja a petición normal y razonada de la empresa adjudicataria, siempre con la autorización del Ayuntamiento de Zierbena.
La empresa concesionaria deberá garantizar la prestación, como mínimo, de los siguientes servicios a los usuarios, sin perjuicio de lo dispuesto en los presentes Pliegos:
- Utilización del gimnasio/fitness y salas de actividades existentes en las instalaciones.
- Actividades deportivas, con un mínimo de mil ochocientas cuarenta (1840) horas anuales: según lo dispuesto en estos Pliegos, y sin perjuicio de las posibles innovaciones que disponga la empresa concesionaria.
- Alquiler de todos los espacios disponibles en todas las instalaciones, salvo y cuando las mismas se encuentren ocupadas por los clubes, tal y como se referencia en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas.
3.3. Prestación de actividades de Fisioterapia y Nutrición En los términos recogidos en el anexo XII.
IV. Programa deportivo.
En relación a la cláusula anterior, y más concretamente, el programa de actividades a desarrollar habrá de completar, como mínimo, las siguientes líneas de actuación:
4.1. En el ámbito del deporte federado:
La empresa adjudicataria deberá garantizar, a favor de los clubes deportivos con sede social en Zierbena y con destino a sus entrenamientos y competiciones, el acceso gratuito en las franjas horarias en este apartado especificadas. La empresa concesionaria gestionará el reparto de estas horas de entrenamiento entre las entidades deportivas que lo soliciten, conforme a la tabla aquí presentada, y debiendo acordar cualquier modificación de la misma con el Ayuntamiento y con los clubes usuarios. Esta cesión de espacios es gratuita, pero si cualquiera de estos clubes solicitaran ampliar su número de horas/semana y hubiera disponibilidad de espacios, se aplicarían las tarifas vigentes.
- Cancha del polideportivo (Club de pelota, Club Fútbol Sala, etc.): De 17:00 a 21:00 h, de lunes a viernes. Los fines de semana tendrán prioridad los clubes deportivos para poder disputar los partidos federados correspondientes a cada jornada sin coste para ellos.
- Karrejo xx xxxxx (Asociación de Karrejo xx Xxxxx): De 17.00 a 21.00h, de lunes a viernes. Los fines de semana tendrán prioridad los clubes deportivos para poder disputar los partidos federados correspondientes a cada jornada sin coste para ellos.
Al igual que lo anteriormente citado, existen clubes en el municipio que podrán reservar determinadas franjas horarias, pero en este caso no de manera gratuita, debiendo abonar las tarifas que aparecen en la Ordenanza de precios públicos anexa a este Pliego, los espacios y horarios habilitados para ello son:
- Sala Multiusos (Club de pelota, Club xx xxxx, Club de Fútbol Sala, Asociación de Karrejo xx Xxxxx, Clubes municipales de Surf, etc.): martes y jueves de 11:00 a 13:00h y de 19:00 a 21:00h. Período: Desde inicios de octubre hasta finales xx xxxxx, excepto Navidad, Semana Santa y Xxxxxx.
Si cualquiera de estos clubes solicitaran ampliar su número de horas/semana y hubiera disponibilidad de espacios, se aplicaría el mismo criterio económico.
El resto de horarios disponibles en cualquiera de las instalaciones podrá ser utilizado por la empresa concesionaria para su uso en las actividades y programas deportivos que considere de interés.
4.2. En el ámbito del deporte de participación (abierto a toda la población):
- La empresa concesionaria deberá ofertar actividades dirigidas a toda la población, orientadas al ocio, mantenimiento físico y actividad deportiva. Dentro de la oferta deportiva la empresa adjudicataria deberá establecer programas de iniciación deportiva, así como actividades deportivas dirigidas a la tercera edad y otros colectivos con dificultades (personas discapacitadas, etc.). Las actividades se realizarán en las instalaciones deportivas, así como en el exterior de las mismas.
- La prestación de servicios consistirá en la impartición de cursos de las disciplinas descritas en las instalaciones deportivas y con el material deportivo que la instalación disponga para ello. La empresa concesionaria deberá renovar el material que se utilice en las clases para garantizar un servicio de calidad.
- La empresa adjudicataria se obliga a aportar los recursos humanos necesarios para las actividades deportivas que se programen. Todo el personal deberá tener la capacitación suficiente mediante titulación homologada para impartir las clases. De igual forma del personal de la empresa que en cada momento se encuentre presente en las instalaciones deportivas municipales al menos uno de ellos deberá estar en posesión de un título de primeros auxilios y los que mantengan relación directa con los usuarios con dominio acreditado de los dos idiomas oficiales en la Comunidad Autónoma.
- La asistencia a cursillos se permitirá únicamente a todos aquellos usuarios que tengan contratado ese servicio, para lo cual habrá de controlar la asistencia a dichos cursillos. Diariamente se recogerán datos de los cursillos en los que figurará: modalidad de cursillo, nombre del monitor o monitora así como el numero de usuarios y usuarias por clase.
- La empresa adjudicataria permitirá en cualquier momento la inspección técnica del Ayuntamiento sobre la gestión del servicio a fin de comprobar que su funcionamiento se ajusta a lo prevenido en el presente pliego y a las disposiciones legales vigentes.
- La empresa adjudicataria deberá designar/nombrar entre el personal del centro a un representante como interlocutor con el técnico municipal de Deportes o al responsable municipal en dicho área. Este interlocutor deberá estar localizable durante todo el horario de apertura de las instalaciones y en caso de no estar disponible la empresa adjudicataria deberá nombrar un sustituto, avisando al técnico municipal de deportes de sus datos de contacto.
- La empresa se obliga a que el personal vista la indumentaria adecuada e identificativa, de forma que los usuarios de la instalación puedan identificarlos con facilidad en el que se incluirá el escudo del Ayuntamiento de Zierbena.
- El programa deportivo podrá incluir también competiciones de carácter recreativo abiertas a la participación de toda la población, los 365 días del año.
- La adjudicataria estará facultada para ampliar la oferta mínima con una mayor programación de actividades, o innovando y adaptándose a las nuevas tendencias en el ámbito de la actividad física y deportiva, siempre que éstas estén enfocadas a los objetivos mencionados en este pliego. En todo caso, deberá notificar al Ayuntamiento cualquier cambio en la oferta de actividades, horarios etc.
- Si hay demanda suficiente, la empresa adjudicataria deberá mantener el mismo nivel de actividad durante toda la duración del contrato, aunque el contenido de la misma pueda variar. El número máximo de usuarios matriculados por cada monitor en las salas aquí especificadas no podrá exceder de los siguientes ratios, salvo excepciones debidamente justificadas y aceptadas expresamente y por escrito por el responsable municipal de Deportes.
- Los números mínimos de inscripciones a partir de los cuales la empresa concesionaria deberá impartir los cursos ofertados serán los siguientes:
Actividades en Gimnasio y Sala multiusos: - 4 Spining: - 2
La empresa podrá abrir un curso con menos cupo de alumnos del aquí indicado, con vistas a que vaya aumentando en nº de inscritos, alcanzando las 1840 horas anuales mínimas exigidas.
- Durante los horarios en los que no estén reservados para cursos o para clubes, la adjudicataria se responsabilizará del alquiler o cesión (según proceda) de los espacios deportivos sujetos a este contrato, aplicando para ello las tarifas aprobadas por el pleno municipal. Anexo IX
- En relación a los programas y actividades deportivas ajenas al funcionamiento ordinario de las instalaciones deportivas, tales como colonias, campus, competiciones, exhibiciones etc., que pretenda organizar el Ayuntamiento de Zierbena, serán a cuenta y cargo del mismo, a excepción del uso de los espacios necesarios que se usarán de forma gratuita y sin perjudicar el buen funcionamiento del resto de actividades ni el mantenimiento de las instalaciones. La empresa concesionaria deberá tener disponibilidad para poder llevarlos a cabo si requiriesen su participación, previa aceptación del correspondiente presupuesto por parte de los responsables municipales.
La empresa adjudicataria podrá ofertar sus propios programas deportivos de la misma naturaleza, siempre y cuando no pretenda sustituir otros similares que se vinieran ofertando previamente y se respete lo establecido en los presentes pliegos.
V. Personal necesario
Mano de obra directa: Si conforme a la aplicación de la legislación en materia laboral o del convenio colectivo vigente procediera la subrogación de algún@/s emplead@/s de la actual contratista por el nuevo adjudicatario, el mismo, estará obligando a respetar los derechos y obligaciones económico-laborales establecidas en aquellos. Si procediera dicha subrogación -ya de forma total ya de forma parcial- del personal existente, el adjudicatario no detentará derecho alguno frente al Ayuntamiento en orden a formular reclamación económica alguna por ello. A tal fin el Ayuntamiento acompaña al presente Pliego los datos de relevancia económica proporcionados por la actual adjudicataria en relación al personal que actualmente presta el servicio.
Se hace constar expresamente que de conformidad con la Resolución 235/2016, de 2 de noviembre, del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid y del Tribunal Central de Recursos Contractuales núm. 75/2013, de 14 de febrero o 969/2015, de 23 de octubre así como con la sentencia de la Sala de lo contencioso- administrativo del Tribunal Supremo, de 8 xx xxxxx de 2016 el presente Pliego ni impone ni exime al nuevo adjudicatario de dicha subrogación laboral que resultaría, en su caso, de lo establecido en la legislación laboral y en los convenios colectivos.
- La empresa adjudicataria deberá cumplir con las obligaciones legales laborales y de Seguridad Social, debiendo satisfacer al personal que presta el servicio objeto de adjudicación, como mínimo, el salario correspondiente según lo previsto en el convenio colectivo vigente. Igualmente, la empresa concesionaria deberá cumplir con los requisitos legales que existen en materia de contratación de trabajadores con discapacidad, de forma que su plantilla esté conformada, cuando menos, por el porcentaje mínimo de trabajadores con estas características que la legislación estipula.
- Todo el personal que ejecute las prestaciones dependerá únicamente de la empresa concesionaria, o, en su caso, de las empresas subcontratadas, a todos los efectos, sin que exista ningún vínculo de dependencia funcionarial ni laboral con el Ayuntamiento. A tal efecto, y con carácter previo al inicio de la ejecución del contrato, e estará obligado a especificar las personas concretas que ejecutarán las prestaciones y a acreditar su afiliación y su situación de alta en la Seguridad Social. Durante la vigencia del contrato, cualquier modificación o sustitución de esas personas deberá comunicarse previamente al Ayuntamiento, así como acreditar que su situación laboral está ajustada a derecho.
- El personal contratado (a excepción del personal subrogado) deberá contar con la titulación mínima legalmente requerida por la normativa vigente y, en especial, a lo que la Ley determine en cuanto a competencias profesionales en el sector.
- El personal de la instalación deberá poder ser identificado en todo momento como tal por las personas usuarias de la misma, para lo que la empresa adjudicataria adoptará las medidas necesarias (acreditación visible…).
- Del desaseo, falta de decoro y uniformidad en el vestir, y de la descortesía o mal trato que el personal observe con el de las dependencias y público en general, será responsable la empresa concesionaria. El contratista se compromete a retirar a aquellas personas que hubiese destinado al servicio y fuesen poco cuidadosos en el desempeño de sus funciones. En todo caso se dará previa información al Departamento de Deportes del Ayuntamiento de Zierbena.
- En el caso de que, en el futuro y por razones de interés público, el Ayuntamiento optase por el rescate del servicio en aras a gestionarlo directamente, de conformidad con lo dispuesto en la TRLCSP, el personal contratado directamente por la empresa adjudicataria, así como el perteneciente a las empresas subcontratadas por aquél, en ningún caso quedará vinculado ni funcionarial ni laboralmente con el Ayuntamiento de Zierbena. Tampoco existirá dicho vínculo funcionarial o laboral para el caso de que, una vez acabada la vigencia del contrato o alguna de sus prórrogas, el Ayuntamiento optase por no volver a licitar la gestión integral y explotación de todas las instalaciones deportivas, pasando a explotarlas directamente.
VI. Acreditación del conocimiento de las dos lenguas oficiales por parte del personal de las instalaciones
- El personal contratado en las instalaciones que tenga trato directo con los usuarios deberá estar capacitado para tratar con los mismos en los dos (2) idiomas oficiales de la CAPV (euskera y castellano); si bien, esto no le afecta al personal subrogado, que no deberá acreditar el conocimiento del euskera.
- La capacitación del conocimiento del euskera del personal de nueva contratación se podrá acreditar, cuando fuera solicitado por parte el técnico municipal, mediante entrevista con el responsable de Euskera del Ayuntamiento de Zierbena.
- En el caso de que se produzca la sustitución de un trabajador que haya acreditado el conocimiento del euskera, el trabajador que lo sustituya deberá cumplir con los requerimientos señalados en estos puntos. Lo mismo se cumplirá para todos los trabajadores nuevos que tomen parte en esta actividad.
VII. Inventario
En el Anexo IV se facilita a la empresa adjudicataria un inventario detallado de los bienes y equipos propiedad del Ayuntamiento de Zierbena, que se entregan junto con las instalaciones. La empresa adjudicataria dispondrá de siete (7) días hábiles para verificar la entrega y la disponibilidad del citado material. Una vez transcurrido el plazo asignado y si no media recurso por escrito, se entenderá aceptada la conformidad con dicho inventario.
Los bienes inventariables o fungibles adquiridos con cargo a la adjudicataria, las edificaciones, instalaciones, equipamiento y enseres afectos al servicio, quedarán a la finalización o a la resolución del contrato de propiedad Municipal y a su libre y entera disposición y en perfecto estado de conservación y utilización, aunque siempre en función de su antigüedad.
VIII.Estándar de calidad de las instalaciones
La empresa concesionaria deberá mantener en esta instalación los mismos parámetros que definen el estándar de calidad del resto de instalaciones deportivas municipales, tanto en temperaturas de aire y agua, porcentajes de humedad y cumplimiento del RITE ensobre ventilación.
IX. Prestación de otros servicios al Ayuntamiento
La empresa concesionaria se obliga a prestar otros servicios al Ayuntamiento de Zierbena, tanto deportivos como no, en aras a atender necesidades de interés general auspiciadas por las distintas Áreas municipales: cursillos para personas con discapacidades o necesidades especiales, uso de instalaciones en fiestas y eventos etc. La prestación de estos servicios no conllevará pago por alquiler de instalaciones, pero sí los demás gastos derivados los mismos: personal, mantenimiento, limpieza… y se especificarán en presupuesto previo aprobado por el Área solicitante.
X. Horario del servicio y acceso al recinto para el público.
La empresa adjudicataria deberá contemplar, como mínimo, el siguiente horario de apertura de la instalación al público:
- De lunes a viernes de 9h a 22h (julio y agosto hasta las 21 horas).
- Sábados de 9h a 15h (julio y agosto cerrado).
- Domingos y festivos cerrado.
La empresa concesionaria podrá abrir durante los días de cierre permitido, previa notificación al Ayuntamiento. El Ayuntamiento se reserva el derecho de apertura por actos o eventos, un total de tres (3) sábados a por la tarde (de 15h a 22h) y tres (3) domingos y festivos (de 9h a 22h), previa comunicación a cargo de la empresa adjudicataria.
Aún estando inicialmente prevista la contratación para la prestación del servicio durante los doce (12) meses del año, el Ayuntamiento con un preaviso de nueve (9) meses lo podrá reducir a once con reducción proporcional del precio a abonar.
El Ayuntamiento de Zierbena podrá requerir de la adjudicataria la apertura en determinadas fechas y horas por razones de interés público municipal. Dicha apertura extraordinaria dará lugar al abono del precio correspondiente calculado tomando como referencia la totalidad del contrato.
Para la realización de obras o labores de mantenimiento de las instalaciones, éstas podrán permanecer cerradas con los siguientes criterios, siempre previa autorización del Ayuntamiento, salvo que obedezcan a razones de urgencia y estricta necesidad.
Cualquier cierre temporal de un espacio de las instalaciones de cualquier Polideportivo deberá comunicarse a los responsables del Ayuntamiento, con la suficiente antelación, quien dará o no el visto bueno a la operación. Se procederá, siempre que sea posible, a la coordinación de uso de las instalaciones con otros espacios deportivos municipales.
La empresa adjudicataria deberá tomar las medidas necesarias para que toda persona con dificultades de movilidad tenga acceso a las instalaciones en igualdad de condiciones que el resto de usuarios, removiendo todo obstáculo que impida o dificulte el uso y disfrute de dichas instalaciones por parte de estos usuarios.
XI. Proceso de inscripción a cursos y actividades
La empresa adjudicataria realizará de su cuenta las inscripciones a cursos ofertados en las instalaciones, poniendo los medios para desarrollar el proceso en las condiciones necesarias. El Ayuntamiento podrá establecer, en su caso, los criterios a seguir en el proceso de inscripciones en lo referente a la prioridad en el acceso a las plazas de los cursos.
XII. Mantenimiento y cuidado de las instalaciones
- La empresa concesionaria de la gestión de las instalaciones será el responsable del buen uso, adecuado mantenimiento, cuidado, limpieza y ornato de dichas instalaciones. Además, deberá prestar especial atención al mantenimiento de las condiciones de seguridad de los usuarios.
- Serán a cargo de la empresa adjudicataria las labores de mantenimiento de las instalaciones necesarias para su adecuada conservación, siempre que las mismas respondan al deterioro ordinario producido por el uso de las mismas, así como a actos de vandalismo. El coste económico de estas operaciones será asumido íntegramente por la empresa adjudicataria.
- El Ayuntamiento podrá, en cualquier momento, verificar el cumplimiento de lo establecido en el Libro de Mantenimiento entregado por la empresa adjudicataria, así como realizar cualquier indicación sobre el estado del mantenimiento y conservación de las instalaciones, que deberá ser atendida por la empresa adjudicataria.
- En ningún caso podrá la empresa adjudicataria realizar obras o modificaciones en las instalaciones a su cargo sin la previa autorización del Ayuntamiento.
XIII. Contratos de mantenimiento y suministro
La empresa concesionaria subrogará los contratos establecidos entre el Ayuntamiento y los diversos proveedores y servicios técnicos aquí especificados, negociando a partir de esa fecha la empresa adjudicataria con dichos proveedores y servicios técnicos, por su cuenta y riesgo. Se indican aquí los contratos existentes a la fecha.
EMPRESA | CONCEPTO | FECHA DE ADJUDICACIÓN | DURACIÓN DEL CONTRATO | IMPORTE |
ADOS INFORMÁTICA | Mantenimiento de aplicación informática para Gestión Deportiva y Dispositivos de control de acceso al Polideportivo | Acuerdo JGL 22/12/2016 | Anual | 1.600,00 €/año + IVA |
ALMAS INDUSTRIALES BSAFE | Mantenimiento del desfibrilador del Polideportivo | Acuerdo JGL 15/12/2017 | 12 meses | 130,00 €/mes + IVA |
BESTCYCLING | Entrenamiento virtual de spinning | 13/02/2018 | Mensual | 600,00 €/año +IVA |
XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | Colocación del pavimento taraflex en la cancha del Polideportivo. | Resolución 78/2017 31/08/2017 | Anual | 16.335,00 €/año IVA incluido |
XXXX XXXX - XXXXXXXXXX DEL CALOR | Mantenimiento de la xxxx xx xxxxxxxx del Polideportivo | - | Semestral | 2.721,29 €/semestre IVA incluido |
XXXXX | Mantenimiento del ascensor | Resolución 159/2008 | Mensual | 215,00 €/mes + IVA |
SGAE: AGEDI-AIE | Utilización de música en el Polideportivo | Acuerdo JGL 29/06/2017 | Indefinida | 37,58 €/mes Se revisa cada enero con incremento de IPC |
SPOTIFY SPAIN, S.L. | Programa de música | - | Mensual | 10,00 €/mes IVA incluido |
TECHNOGYM | Mantenimiento de máquinas del Polideportivo | Acuerdo JGL 23/02/2017 | Inicio: 15/03/2017 Duración: 12 meses | 540,00 €/mes + IVA |
Los contratos de mantenimiento y suministro que prorrogue o contrate la empresa concesionaria no podrán seguir en vigor a la finalización del contrato; por lo tanto, el Ayuntamiento de Zierbena y/o el siguiente adjudicatario, si lo hubiera, no se harán cargo de dichos contratos.
XIV. Comunicación, publicidad e imagen del servicio.
La entidad gestora se obliga a:
1. No utilizar el nombre, ni la imagen externa o interna de las instalaciones con motivos publicitarios o por cualesquiera otros de interés exclusivo de la entidad, excepto que medie autorización expresa previa por parte del Ayuntamiento.
2. En cualquier difusión de las actividades o servicios de la instalación, además de la identificación de la empresa concesionaria (nombre, logotipo…), habrá de hacerse constar la titularidad pública de la instalación, así como el escudo del Ayuntamiento de Zierbena.
3. Las tarifas, impresos, avisos, propaganda, elementos de rotulación o señalización y similares se redactarán siempre previa autorización del Ayuntamiento, en los dos (2) idiomas oficiales de la CAV.
4. La publicidad que se realice en la instalación habrá de ajustarse a la normativa legal vigente. En cualquier caso, la colocación de carteles o cualquier otro elemento publicitario, ya sea fijo o móvil, deberá contar con la previa autorización del Ayuntamiento.
5. El Ayuntamiento podrá incluir, dentro de las comunicaciones y acciones de difusión generales que realice sobre la oferta deportiva, información acerca de la oferta deportiva existente en las instalaciones, así como sobre las actividades y cursos que la empresa adjudicataria de la gestión de dichas instalaciones realice. En estas comunicaciones se indicará, en todo caso, que esta oferta se presta en las instalaciones a cargo de la empresa adjudicataria.
6. La empresa concesionaria deberá informar, a aquellos usuarios que demanden dicha información, de la posibilidad de acogerse al régimen de exenciones y bonificaciones vigentes en el Ayuntamiento para el uso de las instalaciones deportivas, encauzando a los interesados a las instancias municipales oportunas.
7. La empresa adjudicataria podrá explotar publicitariamente las instalaciones del Polideportivo, siempre con el previo consentimiento expreso del Ayuntamiento.
XV. Realización de encuesta de satisfacción de los usuarios/as
La empresa adjudicataria deberá realizar, con una periodicidad anual, una encuesta de satisfacción a los usuarios. El coste de dicha encuesta deberá ser sufragada por la empresa concesionaria.
La encuesta de satisfacción deberá ser lo suficientemente representativa del conjunto de los usuarios de la instalación y, necesariamente, deberá recabar la opinión de los usuarios acerca de, al menos, los siguientes aspectos:
- Satisfacción de los usuarios con el mantenimiento y grado de conservación de las instalaciones.
- Satisfacción de los usuarios con el contenido, calidad y variedad de las actividades deportivas organizadas por la empresa adjudicataria.
- Satisfacción de los usuarios con el sistema de usos y preferencias en el acceso establecido para las instalaciones.
- Satisfacción de los usuarios con el tratamiento dispensado por el personal al servicio de la empresa adjudicataria.
- Posibles aspectos a mejorar en la gestión y conservación de las instalaciones (preguntas abiertas).
El Ayuntamiento podrá supervisar, con anterioridad a su puesta en marcha, el contenido y estructuración del modelo de encuesta, estando facultado para proponer al adjudicatario los ajustes que estime necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en esta cláusula, debiendo la empresa adjudicataria atender estas indicaciones.
Los resultados de esta encuesta de satisfacción deberán trasladarse al Ayuntamiento durante los tres (3) primeros meses de cada ejercicio. En base a dichos resultados, el Ayuntamiento podrá plantear al adjudicatario mejoras en la gestión de las instalaciones deportivas, que éste deberá acometer, sin perjuicio de la aplicación de las condiciones del contrato y del régimen de penalidades previsto en el presente Pliego, en caso necesario.
XVI. Reglamento de servicios
El polideportivo tiene su propio Reglamento de Servicios, que se adjunta como Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y que la empresa adjudicataria deberá respetar y velar por su cumplimiento en todo momento. No obstante, la empresa concesionaria podrá proponer modificaciones a dicho Reglamento, si bien, deberá contar con la autorización previa del responsable técnico del Ayuntamiento de Zierbena.
En ningún caso podrá la modificación del reglamento propuesta por la empresa concesionaria suponer un recorte en los derechos de los usuarios de las instalaciones, respecto a los derechos que el Reglamento de Servicios del Ayuntamiento fija para dichos usuarios.
Este reglamento general de utilización de las instalaciones incluirá tanto los tipos de usuarios, sus derechos y deberes, el pago de las cuotas de carnets, alquileres y utilización de las instalaciones, solicitud de utilización de las instalaciones, así como acceso a las mismas, utilización de los equipamientos y material deportivo, normas para las zonas deportivas, régimen de infracciones y sanciones, etc.
XVII. Otras obligaciones de la empresa concesionaria en relación a la prestación del servicio objeto del presente pliego
La empresa adjudicataria del presente contrato deberá, además:
a) A la conclusión de cada ejercicio, y dentro de los dos (2) primeros meses inmediatamente posteriores a ésta, la empresa adjudicataria deberá presentar una memoria resumen del servicio correspondiente al ejercicio terminado, incluyendo información sobre:
- Número de abonados iniciales, finales y variaciones habidas durante el ejercicio, detalladas conforme a las categorías establecidas.
- Memoria deportiva y resumen de las actividades dirigidas: calendario, duración y horarios, plazas ofertadas y plazas finalmente cubiertas. Resumen de los alquileres de cada una de las instalaciones.
- Resultados de la encuesta de satisfacción del cliente (conforme a los criterios recogidos en la cláusula XV de este Pliego).
- Análisis de las principales incidencias producidas: en mantenimiento, en aspectos organizativos, en eventos, etc.).
b) Todo lo anterior se deberá entender sin perjuicio de la facultad del Ayuntamiento de Zierbena, de verificación de cuanta información se considere oportuna en relación con la memoria, datos y propuestas ofrecidas por la empresa adjudicataria, así como del cumplimiento de la legislación aplicable a las relaciones jurídicas que se establezcan. Los gastos del cumplimiento de todos estos compromisos se entenderán de cuenta y cargo de la empresa adjudicataria.
c) Garantizar que todas las personas usuarias dispongan de toda la información pertinente sobre el funcionamiento de la instalación. En este sentido, habrá de colocar en un lugar visible y de fácil acceso un panel o pantalla, además de cuentas en redes sociales y página web creadas al efecto, en las que se indique como mínimo, y en euskera y castellano:
- Las tarifas vigentes.
- El horario en el que la instalación permanece abierta.
- El horario de atención al público.
- Los servicios y programas que se ofertan.
- El nombre de la empresa adjudicataria.
- El nombre de la instalación y el logotipo del Ayuntamiento.
d) La empresa concesionaria deberá implantar, en un lugar accesible al público ubicado en la propia instalación, un sistema de recogida de avisos, quejas y sugerencias acerca del funcionamiento de la instalación y de los servicios ofrecidos en la misma, debiendo periódicamente dar cuenta al Ayuntamiento acerca de las informaciones recabadas por este sistema.
e) Habrá de presentar, en los plazos que se establezcan, la siguiente documentación:
- Antes del 15 de febrero de cada año: cómputo anual de horas de cursillos impartidos el año anterior (cuyos monitores cobren según el nº de horas impartidas). En el caso de no haber alcanzado el máximo de 1840 h/año establecido en los pliegos, el adjudicatario deberá reembolsar al Ayuntamiento de Zierbena el importe de treinta euros (30€) por cada hora que no fuera efectivamente prestada.
- Antes del 31 de julio de cada ejercicio, contenido completo de la oferta deportiva programada para la siguiente temporada dentro de sus instalaciones (tipo de actividad, público objetivo, horarios de impartición, etc.) y propuesta de actualización de precios para el siguiente ejercicio.
- Deberá disponer de Libro de Mantenimiento, Limpieza y Control de todos los espacios y las instalaciones, especificando todas las operaciones que van a efectuarse en las instalaciones, tanto preventivas como correctivas, con indicación de la planificación del programa de trabajo. El contenido de este Libro habrá de respetar, en todo caso, lo dispuesto en los presentes Pliegos y en la oferta formulada por la empresa adjudicataria en la licitación.
- Auditoría técnica sobre las instalaciones, si fuera solicitada por el Ayuntamiento.
XVIII. Obligaciones de la empresa adjudicataria en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
Las obligaciones de la empresa adjudicataria en materia de Prevención de Riesgos Laborales se desarrolla en el Anexo XI.
XIX. Tratamiento de la información y cumplimiento de las disposiciones legales en materia de protección de datos de carácter personal.
1. En el tratamiento, la comunicación y la cesión de cualquier información que contenga datos de carácter personal (datos de abonados, matriculaciones, etc.), la adjudicataria deberá cumplir en todo momento con las disposiciones legales vigentes en esta materia y, más concretamente, con lo dispuesto por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como por el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan Datos de Carácter Personal, aprobado por RD 994/1999, de 11 xx xxxxx.
2. El Ayuntamiento de Zierbena mantendrá la condición de titular de los datos personales necesarios para la gestión de la actividad de las instalaciones objeto de esta contratación, actualmente registrados convenientemente ante la Agencia Vasca de Protección de Datos.
3. La empresa adjudicataria estará obligada a la firma de un convenio específico de cesión para el tratamiento de dichos datos de carácter personal. En este sentido, no podrá aplicar o utilizar los datos de carácter personal que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura en el mismo, ni cederlos a terceros bajo ningún concepto, ni siquiera para su conservación.
4. Una vez cumplida la prestación contractual, la empresa adjudicataria entregará al Ayuntamiento de Zierbena los datos de carácter personal tratados. La empresa concesionaria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Ayuntamiento, motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años.
5. De cualquier incumplimiento en este sentido responderá la adjudicataria ante el posible afectado, sin perjuicio de la responsabilidad que, ante el propio Ayuntamiento de Zierbena posea la empresa adjudicataria en virtud de estos pliegos.
6. La adjudicataria deberá, una vez le sea notificada la adjudicación del contrato y con carácter previo al comienzo de su actividad, cumplimentar por escrito los compromisos necesarios para poder efectuar el posible tratamiento de datos de carácter personal en poder del Ayuntamiento de Zierbena, según lo dispuesto en el artículo
12.2 de la LOPD.