PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA VENTA MEDIANTE SUBASTA VOLUNTARIA DE LA FINCA QUE DESPUÉS SE DESCRIBIRÁ PROPIEDAD DE CAJA RURAL DE SALAMANCA, S. COOP. DE CRÉDITO.
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA VENTA MEDIANTE SUBASTA VOLUNTARIA DE LA FINCA QUE DESPUÉS SE DESCRIBIRÁ PROPIEDAD DE CAJA RURAL XX XXXXXXXXX, S. COOP. DE CRÉDITO.
CAJA RURAL XX XXXXXXXXX, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO, con domicilio social en
Salamanca, Xxxxxx xx Xxxxxx, nº 2 y titular del C.I.F. F/37.015.856, pone a la venta mediante “Subasta a mano alzada” la siguiente finca:
DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE OBJETO DE SUBASTA: RÚSTICA: DEHESA LOTE Localización: PARAJE
DEHESA ESTAQUILLAS DE ABAJO, con una Superficie de ciento noventa y tres hectáreas ochenta y dos áreas. Linderos: Norte, Xxxxxxx xx Xxxxxx y Estacas; Sur, Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx e Hija y Pelilla; Este, Xxxx Xxxxx Xxxxxxx e Hija; Oeste Termino de Estacas.
TÍTULO: Escritura de Dación otorgada en Salamanca, ante el Xxxxxxx X. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx el 19 xx Xxxxx de 2015.
ESTADO DE CARGAS: Libre de cargas y gravámenes, excepto la existencia de un contrato de arrendamiento de toda la finca formalizado el 21 de Octubre de 2013 y con vencimiento el 21 de Octubre de 2023.
Dicha subasta se regirá por el siguiente PLIEGO DE CONDICIONES:
1ª).- El objeto de la subasta es la finca descrita con las edificaciones existentes en la misma, considerándolo como un solo lote a efectos de esta subasta.
2ª).- La Subasta se celebrará el día 2 xx Xxxxx de 2016, a las 13:00 Horas, en el salón de actos del domicilio social de la Entidad sito en Xxxxxx xx Xxxxxx, nº 2 xx Xxxxxxxxx. No se prevé la posibilidad de segunda o tercera subasta.
3ª).- Tipo mínimo de Subasta: SEISCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (650.000,00 €). No se admitirán posturas por debajo de citada cantidad. Si ningún postor ofreciese cantidad superior a la indicada, quedará desierta la subasta.
4ª).- Para asistir a la subasta, los licitadores deben cumplir los siguientes requisitos: a). Identificarse de forma suficiente.
b). Declarar que conocen el pliego de condiciones de la subasta.
c). Haber realizado un depósito del 5% del tipo mínimo de Subasta, que supone la cantidad de 32.500 €, mediante ingreso en la cuenta de Caja Rural xx Xxxxxxxxx nº XX00 0000 0000 00 0000000000, antes de las 14:00 horas del día 1 xx Xxxxx de 2016. La cantidad depositada por el mejor postor se considerará parte del precio de adjudicación.
5ª).- Por el hecho de realizar el depósito para tomar parte en esta subasta se entiende que el postor conoce y acepta las condiciones de la subasta. En todo caso, tiene a su disposición toda la documentación, incluida la información registral de los inmuebles, el contrato de arrendamiento y el pliego de condiciones, en el Departamento de Inmuebles de Caja Rural, sito en Salamanca, Puerta Xxxxxx, nº 2, planta 2ª, en horario de lunes a viernes de 8,30 a 14:00 horas.
6ª).- Celebración de la Subasta. A la hora señalada comenzará las subasta invitando a los licitadores que cumplan los requisitos de la condición 4ª, a que realicen las pujas a mano alzada y se irán admitiendo las posturas que vayan mejorando el tipo de salida hasta que dejen de hacerse proposiciones. Los tramos para pujar no pueden ser superiores a 30.000 €.
Finalizada la puja, se declarará mejor rematante al licitador que haya hecho la postura más elevada. La condición de adjudicatario es personal e intransferible, no pudiendo ceder el derecho de la adjudicación del inmueble objeto de subasta.
7ª).- Quien resulte adjudicatario se compromete a formalizar la escritura pública de compraventa antes del día 30 xx Xxxxx de 2016, en la Notaría de D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, sita en Salamanca, calle Toro, nº 39, 1º, debiendo el adjudicatario satisfacer el resto del precio hasta cubrir el importe total de la postura ofrecida en la Subasta, menos la cantidad ya abonada en concepto de depósito, cantidad a la que habrá que añadir, en su caso, los impuestos legalmente establecidos. Este pago deberá realizarse bien a través de cheque bancario nominativo a favor de la Entidad vendedora o bien a través de transferencia, a elección de la entidad vendedora.
Son condiciones de la compraventa las siguientes:
a). La finca objeto del presente contrato es vendida como cuerpo cierto, delimitado por los linderos, que la concretan y determinan; en consecuencia las partes contratantes renuncian desde ahora en lo menester, a las acciones que pudieran competirles, en los casos en que hubiere diferencia en más o en menos, entre la realidad física y la superficie reseñada en la descripción de la finca, según consta en la Manifestación I, según permite el art. 1.485.2 del Código Civil, ya que adquiere la finca en el estado en el que se encuentra, liberando de cualquier posterior responsabilidad al vendedor, por la finca que transmite.
b). La parte compradora declara conocer y aceptar la situación y el estado físico, jurídico y de ocupación actual de la finca que se transmite y en concreto la existencia de un contrato de arrendamiento, que tiene a su disposición y cuyo contenido conoce expresamente, y por ello, la parte compradora renuncia a cualquier reclamación, tanto por vicios ocultos o manifiestos de la propia finca, referidos a una falta, defecto o vicio de su construcción, instalaciones, servicios, etc., y de su situación urbanística y registral
c). Todos los gastos e impuestos que se generen como consecuencia de la compraventa serán abonados por las partes, según Ley.
8ª).- Si transcurrido el plazo establecido para formalizar la escritura de compraventa con el abono del precio restante, el adjudicatario no lo hubiese efectuado en las condiciones establecidas, el adjudicatario perderá las cantidades entregadas en depósito, quedando nula y sin efecto la adjudicación realizada en la subasta. En este caso, se considerará adjudicatario al segundo mejor licitador que hubiese mantenido el depósito previo a estos efectos y siempre que su postura haya superado la cantidad mínima de 650.000 €.
9ª).- Los depósitos realizados por las restantes posturas se reintegrarán al término del acto de la subasta; salvo que cualquiera de los oferentes quiera mantener su postura para el caso previsto en la condición 8ª, cuando el mejor postor no satisfaga el precio del remate en las condiciones establecidas.
FINCA RÚSTICA “ESTAQUILLAS DE ABAJO”
Identificación de la Finca:
Municipio: Xxxxxxx - 37100
Comarca / Paraje: XXXXXXX/XXXXXXX/XXXXXXXXXXX XX XXXXX.
Xxxxxxxxx: Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx: Xxxxxxxx 0 Xxxxxxx 0 y Xxxxxxxx 0 Xxxxxxxx 0, 0, 0,0 x 0.
Xxxxxxxxxxx XXX (x; y) según Tasación: (-5.9878714094; 41.1029181899)
Superficie Registral: 193,82 Ha. Instalaciones Agrícolas:
1. Nave de 430 m2
2. Nave de 242 m2
3. Nave de 924 m2
Además cuenta con una Vivienda de 210 m2, jardín y caseta para aperos.
Cargas: Contrato de Arrendamiento
Contrato de Arrendamiento de fecha 21 de Octubre de 2013.
El contrato se sujeta a las disposiciones de la Ley de Arrendamientos Rústicos 83/1980 de 31 de diciembre y las modificaciones introducidas por la Ley 19/1955 de 4 de julio en su artículo 28.
Condiciones del contrato:
Duración: 10 años.
Vencimiento: 21 de Octubre de 2023.
Renta: 10.800,00 € pagaderos en dos plazos, el primero el 30 xx Xxxxx y el segundo el 30 de Octubre de cada año.
Uso: El arrendatario explotará la finca sin poder destinarla a cualquier otro uso distinto a la ganadería. La finca será explotada exclusivamente para ganado ovino, bovino y porcino excluyéndose otro tipo de ganado.
Exclusiones: Queda excluido del contrato de arrendamiento la vivienda y nave adyacentes, con todos sus accesorios como caseta, jardín, sondeo, leñera, perrera y terreno adyacente no labrado. Tampoco serán objeto de arrendamiento ni el aprovechamiento cinegético ni el aprovechamiento de la leña de la finca. Los propietarios, quedan autorizados a pasear libremente por la totalidad de la finca objeto del arrendamiento.
En fecha 19 xx Xxxxx de 2.015 Caja Rural xx Xxxxxxxxx se convierte en propietaria de la finca objeto de subasta, subrogándose en ese momento en todas las condiciones que rigen el referenciado contrato incluyendo además de las ya existentes, UNA CLÁUSULA QUE REFLEJA LA RENUNCIA POR PARTE DE LOS ARRENDATARIOS A CUALQUIER DERECHO DE ADQUISICIÓN PREFERENTE QUE POR SU CONDICIÓN DE ARRENDATARIOS PUDIERA CORRESPONDERLES.
Situación y Fotos:
Termino municipal xx Xxxxxxx
Dentro del término municipal de PELILLA
Señalado en Verde la Vivienda y las Instalaciones ganaderas
Instalaciones ganaderas y Vivienda
Instalaciones ganaderas:
Almacén
Pajar
Corrales
Finca:
Vivienda y Caseta para Caza:
Vivienda con Jardín vallado.
Caseta con cocina y aperos xx xxxx.