de resultar de aplicación] [de resultar de aplicación]
1. Procedimientos de Contratación Alcanzado
2. Objeto
3. Plazo Mantenimiento Oferta
4. Retiro Pliego - Constitución Domicilio Comunicaciones
5. Consultas y Aclaraciones
6. Oferentes - Condiciones Requeridas
7. Ofertas - Su Presentación
8. Ofertas - Documentación a Integrar
9. Defectos de Forma - Desestimación Ofertas
10. Garantía Cumplimiento Contrato
11. Perfeccionamiento Contrato
12. Lugar Entrega/prestación
13. Plazo prestación
14. Pago
15. Instancias Competentes
16. Seguros
17. Personal de EL PRESTADOR
18. Exigencias sobre el Personal
19. Obligaciones Legales Personal Propio
20. Sistema Control Asistencia y Tareas
21. Libro Órdenes de Servicio y Control
22. Responsabilidades Desempeño Personal Propio
23. Relevo Personal
24. Materiales
25. Visita a Instalaciones.
26. Certificado Servicio
27. Del Servicio y Sanciones Incumplimiento
[de resultar de aplicación]
28. Generación y Obtención Versión Impresa y Digital de la Propuesta Económica o Técnica-Económica
[de resultar de aplicación]
29. Generación y Obtención Versión Impresa y Digital de Documentación Complementaria (manuales, folletos, etc.)
1. Procedimientos de Contratación Alcanzados
Las presentes Condiciones Particulares rigen para la Licitación Nº 7/2011 encuadrada en el artículo 26, inciso 1) de la Ley de Contabilidad – Decreto – Ley Nº 7764/71.
Sin perjuicio de lo establecido por estas Condicione Particulares, el procedimiento de referencia se rige por las disposiciones del “Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios de la Provincia de Buenos Aires”, implementado por el Decreto Nº 1676/05 y modificatorios.
2. Objeto
El presente llamado tiene por objeto la provisión en la modalidad e alquiler de un Grupo Electrógeno con mantenimiento preventivo y correctivo, destinado a suministrar energía al CPD x xxxx de servidores y a los equipos de aire acondicionado y otros elementos de misión crítica, pertenecientes a [Organismo contratante].
3. Plazo Mantenimiento Oferta
Los Oferentes deben mantener sus Ofertas, por el término de [Consignar] días corridos, contados a partir de la fecha del acto de apertura.
4. Retiro Pliego - Constitución Domicilio Comunicaciones
Los Interesados podrán obtener el Pliego de Bases y Condiciones, accediendo directamente al sitio Web de la Provincia de Buenos Aires.
Asimismo podrán obtener un ejemplar de los mismos, previa acreditación del pago del precio de corresponder, Punto 11 - Valor xxx Xxxxxx - Condiciones Generales, en [Consignar área, oficina, dependencia, dirección, localidad, Provincia de Buenos Aires],
en el horario de [Consignar] horas.
En esa oportunidad, constituirán también el “Domicilio de Comunicaciones” mediante presentación escrita por duplicado en la que consignarán domicilio, teléfono y/o fax al que el Comitente enviará todas las comunicaciones previas al acto de apertura que hagan al proceso licitatorio, debiendo el destinatario, en caso de comunicaciones vía fax, confirmar su recibo.
El duplicado, debidamente sellado por el / la [Consignar Unidad Orgánica], que será la constancia de “Constitución de Domicilio de Comunicaciones”, deberá adjuntarse a la propuesta.
En caso de obtener el Pliego de Bases y Condiciones a través del sitio Web de la Provincia de Buenos Aires, deberán concurrir a la dependencia y en el horario establecido en el segundo párrafo, a fin de constituir el “Domicilio de Comunicaciones”, hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha de apertura.
5. Consultas y Aclaraciones
Los Interesados podrán formular consultas aclaratorias por escrito, hasta [Consignar cantidad] días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura, ante la oficina indicada en el Punto 4 de estas Condiciones Particulares y en el horario de [Consignar] horas, las que serán respondidas hasta tres (3) días hábiles administrativos anteriores a esa fecha.
Todas las consultas y sus respuestas, se comunicarán a todos los Interesados que hubieren retirado el Pliego de Bases y Condiciones, en el “Domicilio de Comunicación” que hayan constituido al efecto - Punto 4 - Condiciones Particulares.
El Comitente podrá efectuar las aclaraciones de oficio que considere conveniente, hasta tres (3) días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura.
6. Oferentes - Condiciones Requeridas
Podrán formular Oferta quienes reúnan los siguientes requisitos:
6.1. Estén habilitados por el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado, en los términos que prevén las Condiciones Generales. Los titulares de credenciales que al momento de cotizar, se encontraren caducas, deberán regularizar su situación ante el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado, con carácter previo a la adjudicación.
Aquellos Oferentes que estando inscriptos en el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado, no lo estén específicamente en el rubro objeto del presente concurso pero se hallen habilitados para ello por las autoridades de aplicación o con poder de policía en la materia y, en el caso de personas jurídicas, integre su objeto social, deberán requerir antes de la adjudicación, la ampliación de rubro en el referido Registro.
6.2. En el caso de Oferentes no inscriptos en el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado, no alcanzados por las excepciones previstas en el Artículo 101 del Reglamento de Contrataciones, acreditar, al momento de cotizar, el cumplimiento de los requisitos inherentes a las exigencias de dicho Registro, debiendo regularizar su situación ante el mismo, conforme lo previsto en el Punto 6.1. - Condiciones Generales, y dentro del plazo general de mantenimiento de las Ofertas (Punto 3 - Plazo de Mantenimiento de Oferta - Condiciones Particulares) y en forma previa a la adjudicación.
6.3. Constituir el “Domicilio de Comunicaciones” previsto en el Punto 4 - Condiciones
Particulares.
6.4 En el caso de Oferentes bajo alguna de las figuras sociales reguladas por la Ley Nº19550, deberán tener un plazo de duración que sea superior al vencimiento de las
obligaciones contractuales emergentes del presente llamado.
6.5. En el caso de Sociedades Extranjeras, las mismas deberán estar inscriptas en la Inspección General de Justicia de la Nación u organismo provincial análogo, lo cual deberá ser fehacientemente acreditado. En el caso de resultar adjudicatarias, deberán inscribirse en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires.
6.6. Cumplan, cuando se trate de Uniones Transitorias de Empresas (UTE) no constituidas, con las exigencias establecidas en el Punto 7 - Uniones Transitorias de Empresas - Condiciones Generales.
6.7. Concurriendo en forma independiente, no lo hagan a su vez como integrantes de una UTE y quienes lo hicieren bajo esta figura, no integren más de una UTE. Su incumplimiento hará inadmisible todas las Ofertas en que participe un mismo Interesado.
6.8. Faciliten toda la información que permita su evaluación como sujetos y estén en condiciones de presentar Referencias y Antecedentes.
7. Ofertas - Su Presentación
Las propuestas deberán confeccionarse y presentarse conforme los términos establecidos por los Artículos 16 y siguientes del Reglamento de Contrataciones, en un único sobre o paquete y éstos rotularse en la forma que se indica seguidamente:
* [Organismo Jurisdiccional] - [Unidad de Gestión de las Contrataciones] - [Dirección] - Oficina [Número] - [Localidad] - Provincia de Buenos Aires
* Expediente Nº [Consignar]
* Licitación Pública /Privada/ Contratación Directa Nº [Consignar]
* Fecha de Apertura: [Consignar]
* Hora Apertura: [Consignar] hs.
Toda la documentación que la integre deberá estar foliada en todas sus hojas y firmada por quien detente el uso de la firma social o poder suficiente, en su caso.
Toda raspadura o enmienda debe ser debidamente salvada por los Oferentes ya que, en caso contrario, la Oferta será rechazada por aplicación del Artículo 40, Inciso
b) del Reglamento de Contrataciones.
Las propuestas deberán confeccionarse en idioma español. La documentación complementaria que se acompañe (como manuales y folletos) podrá estar redactada en idioma extranjero.
8. Ofertas - Documentación a Integrar
Toda documentación deberá ser presentada en original o copia autenticada por Escribano Público y legalizada por el Colegio respectivo cuando fuere de extraña jurisdicción y, según corresponda, legalizada por Consulado y/o Cancillería y/o Colegio de Escribanos.
Cuando fueren documentos o constancias emitidas por Contador Público Nacional, su firma debe estar legalizada por el Consejo Profesional respectivo.
Aquella documentación que exija este Pliego de Bases y Condiciones y no constituya un documento público, revestirá carácter de Declaración Jurada y la omisión de su presentación constituirá causal de inadmisibilidad de la Oferta.
El sobre o paquete deberá contener la siguiente documentación:
8.1. Datos del Oferente - Punto 40 - Anexos A, B, C y D, según corresponda
- Condiciones Generales;
8.2. En caso de Oferentes:
a) Inscriptos en el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado y cuando la representación legal del firmante de la Oferta no surja de la documentación social: copia certificada del poder vigente a la fecha de apertura.
b) No Inscriptos en el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado: documentación social o poderes vigentes a la fecha de apertura, de donde surja uso de la firma social o la representación legal del firmante de la Oferta, en copias certificadas.
8.3. Contrato de Unión Transitoria de Empresas o “Compromiso de Constitución de Unión Transitoria de Empresas” que cumpla con las exigencias del Punto 7 - Uniones Transitorias de Empresas - Condiciones Generales;
8.4. Constancia de Constitución del Domicilio de Comunicaciones (Punto 4 - Condiciones Particulares);
8.5. Garantía de Oferta según lo establecido en el Punto 18 - Garantías de Oferta y de Cumplimiento del Contrato - Condiciones Generales;
8.6. Declaración en instrumento privado que indique que no ha sido demandado por la Provincia de Buenos Aires o sus entidades descentralizadas por causas fiscales o contractuales, exigencia que en el caso de UTE, se extiende a todos sus integrantes - Punto 40 - Anexo E - Condiciones Generales. En el caso de existir juicios, el Oferente deberá afianzar los montos totales involucrados, costos y costas;
8.7. Declaración en instrumento privado requerida por el primer párrafo del Punto 13 - Oferta Nacional - Prioridad - Preferencia - y Punto 40 - Anexo F - Condiciones Generales, cuando resulte de aplicación;
8.8. Constancia de Inscripción en el Registro Provincial de Microempresas, cuando resulte de aplicación el Punto 14.1 - Micro, Pequeñas y Medianas Empresas - Condiciones Generales;
8.9. Documento que acredite el domicilio fiscal y el asiento principal de las actividades o el establecimiento productivo en la Provincia de Buenos Aires, cuando resulte de aplicación el Punto 14.2 - Oferentes Bonaerenses - Condiciones Generales;
8.10 Certificación del nivel de calidad alcanzado, cuando resulte de aplicación el Punto 15 - Principio de Prioridad y Preferencia en razón de Calidad Certificada - Condiciones Generales;
8.11. Declaración en instrumento privado que indique que la firma no utiliza ni utilizará mano de obra infantil en ninguno de los segmentos de sus procesos de fabricación o producción, de conformidad con las normas legales vigentes, Punto 40 - Anexo G - Condiciones Generales;
8.12. Declaración del número de cuenta corriente o caja de ahorro, en moneda nacional, operativa en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de la cual fuera titular, indicando el número de sucursal, Punto 40 - Anexo A - Condiciones Generales;
8.13 Comprobante de pago del precio xxx Xxxxxx, cuando corresponda - Punto 11
- Valor xxx Xxxxxx - Condiciones Generales;
8.14 Declaración de Confidencialidad en instrumento privado, cuando corresponda - Punto 40 - Anexo I - Condiciones Generales;
8.15. Antecedentes de su actividad empresaria, no menor de dos (2) años, detallando para cada trabajo ejecutado de similares características a los trabajos objeto del presente llamado: Comitente, Domicilios y Teléfonos, Ubicación de las Instalaciones, Monto, Plazo y Estado de ejecución y todo otro dato de interés que contribuya a efectuar una valoración de méritos para lo cual deberá acreditar antecedentes específicos;
8.16 Certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, en el cual conste que el Oferente no mantiene conflictos gremiales ni laborales con su personal;
8.17 Constancia Visita a Instalaciones - Punto 25 - Condiciones Particulares, de corresponder;
8.18 Planilla de Oferta Económica o Técnica - formulada conforme lo previsto en el Punto 32 - Condiciones Particulares, según corresponda;
9. Defectos de Forma - Desestimación Ofertas
Sin perjuicio de lo establecido en el Punto 19 de las Condiciones Generales, si la Oferta tuviera defectos de forma relacionados con los Puntos 8.2, 8.3, 8.5., y 8.18 Condiciones Particulares no serán subsanables y la Oferta será desestimada.
Si la Oferta tuviera defectos relacionados con los restantes requisitos indicados en el Punto 8 Ofertas- Documentación a Integrar - Condiciones Particulares, el Oferente podrá ser intimado por el Comitente a subsanarlos dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, vencido el cual la Oferta será desestimada sin más trámite.
10. Garantía Cumplimiento Contrato
Su constitución será, conforme lo dispuesto por el Artículo 26 del Reglamento de Contrataciones, por un importe no inferior al [Consignar] por ciento ([Consignar]%) del valor total adjudicado.
11. Perfeccionamiento Contrato
El contrato se perfeccionará mediante constancia de recepción de la respectiva Orden de Compra o Provisión por parte del adjudicatario.
12. Lugar instalación/prestación
En las dependencias consignadas en el Punto 2- Condiciones Particulares.
13. Plazo prestación
13.1. Servicio de Alquiler: se establece desde la fecha de perfeccionamiento del contrato, según lo establecido en el Punto 26 - Perfeccionamiento del Contrato
- Condiciones Generales, por el término de hasta [Consignar] meses, contados desde la recepción de la respectiva Orden de Compra, con una (1) opción de prórroga por noventa (90) días, que solamente podrá ejercer el organismo contratante.
14. Pago
14.1. El pago se efectuará a partir de facturaciones de períodos mensuales previa conformidad por parte del Comitente del remito mensual que detalle el servicio prestado, conforme lo estipulado en el Punto 31 - Pago - Condiciones Generales.
14.2. Las facturas, por triplicado, deberán presentarse acompañadas de los remitos
respectivos, en la Mesa General de Entradas del Comitente y cumplir con las exigencias previstas en la normativa fiscal, tanto Nacional como Provincial. Asimismo, deberá presentarse:
14.2.1. Comprobantes de pago de cada uno de los seguros exigidos en el Punto 17
- Condiciones Particulares;
14.2.2. Comprobante de pago y declaración de cargas sociales, presentados ante la AFIP correspondiente a las obligaciones del mes inmediato anterior al período de prestación que se factura;
14.2.3. Listado de personal afectado a la prestación del servicio;
14.2.4. Certificado de cobertura del personal emitido por la A.R.T.;
14.2.5. Copia de la Constancia de Aceptación de la AFIP con la Clave de Alta
Temprana (C.A.T.) correspondiente al personal afectado al periodo de facturación.
14.3. El Comitente no dará curso al pago ante omisiones de la documentación solicitada en el presente Punto.
15. Instancias Competentes
Las instancias administrativas o técnicas competentes del Organismo Contratante, con la intervención de la Secretaría General de la Gobernación y de los Órganos de Asesoramiento y Control cuando corresponda según la materia, serán quienes se expedirán respecto de la interpretación del presente Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que, posteriormente, integre el contrato.
Serán también quienes intervendrán en todas las cuestiones que el Pliego de Bases y Condiciones prevé, autoriza, reserva o impone al Comitente.
En particular, [Consignar el área, oficina, dependencia o instancia] será responsable de actuar como contraparte de la relación contractual y tendrá a su cargo la verificación del cumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que el Pliego de Bases y Condiciones establece.
16. Seguros
16.1. Las pólizas respectivas deberán mantener plena vigencia durante todo el plazo del Contrato y determinando que el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires será el asegurado secundario (coasegurado) y contendrán el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativos del Departamento Judicial de La Plata.
16.2. Con posterioridad a la adjudicación y en forma previa al perfeccionamiento del correspondiente Contrato, EL PRESTADOR deberá presentar la póliza de Seguro y el recibo del pago total del premio que, a satisfacción del Comitente,
que cubran los riesgos de responsabilidad civil, amplio, contra cualquier daño, pérdida o lesión a terceros y a bienes, derivados de negligencia, imprudencia o inobservancia de las reglas del buen arte, en las tareas a causa o como consecuencia del Contrato, por un monto mínimo de PESOS [Consignar] ($[Consignar]).
16.3. En forma previa al inicio de la prestación del servicio, EL PRESTADOR deberá presentar ante [Consignar el área, oficina, dependencia o instancia responsable de actuar como contraparte de la relación contractual]
16.3.1. La póliza de Seguro y el recibo del pago total del premio que, a satisfacción del Comitente, cubra los riesgos del trabajo regidos por la Ley N° 24.557 y sus Decretos Reglamentarios nº 170/96 y nº 334/96 (Contrato de afiliación con la ART) y el Seguro de Vida Obligatorio, en ambos casos, sobre la totalidad de la dotación del personal a su cargo afectado.
16.3.2. De corresponder, copia de la póliza de Seguro de Accidentes Personales por un monto individual de PESOS [Consignar] ($[Consignar]), de sujetos contratados por EL PRESTADOR que no se encuentren bajo relación de dependencia.
17. Personal de EL PRESTADOR
17.1.Cláusula de Indemnidad. El Comitente no tiene ningún tipo de relación con el personal de EL PRESTADOR, afectado al cumplimiento de las tareas objeto del presente y no responderá por ningún tipo de reclamo.
Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, EL PRESTADOR se compromete y acuerda en forma irrevocable, mantener indemne al Comitente por cualquier reclamo, acción judicial, demanda, daño o responsabilidad de cualquier tipo o naturaleza que sea entablada por cualquier persona pública o privada, física o jurídica, o dependientes de EL PRESTADOR, cualquiera fuera la causa del reclamo, responsabilidad que se mantendrá aún concluida la contratación cualquiera fuere la causa y que se extenderá o alcanzará a indemnizaciones, gastos y costas, sin que la enunciación sea limitativa.
17.2.Pasantías Educativas y/o Contratos de Trabajo de Aprendizaje. De prever afectar al cumplimiento de las tareas objeto del presente llamado, estudiantes que realicen residencias programadas u otras formas de prácticas supervisadas, relacionadas con su formación y especialización y llevadas a cabo bajo la organización y control de las unidades educativas, sobre la base Convenios de Pasantías Educativas o con fines de formación teórica-práctica a partir de Contratos de Trabajo de Aprendizaje y/o cualquier otra normativa que regule regímenes de educación y formación similares, los Oferentes deberán:
17.2.1.Cumplir con las exigencias establecidas en las Leyes Nº 25.013 y Nº 25.165 y demás normativa aplicable
17.2.2.Denunciar ante el Comitente, tanto en el momento de presentación de la Oferta como en caso de resultar adjudicatario y previo a la iniciación de la prestación:
17.2.2.1 En el caso de Pasantías Educativas: las condiciones acordadas presentado copia certificada del convenio suscripto con cada institución universitaria (Artículo 8, Ley Nº 25.165);
17.2.2.2. En el caso de Contratos de Trabajo de Aprendizaje: copia certificada del contrato, copia certificada de la registración del mismo en el libro del Artículo 52 de la Ley de Contratos de Trabajo Nº 20.744 y modificatorias y presentaciones efectuadas ante la AFIP.
17.2.3.En ningún caso podrán afectar, en conjunto, más xxx xxxx (10%) del total de horas que integran los Renglones del rubro Mano de Obra, a aprendices y/o alumnos encuadrados en los citados xxxxxxxxx.
17.3.Pasantías Educativas y/o Contratos de Trabajo de Aprendizaje- Afectaciones durante el cumplimiento del Contrato. Si con posterioridad a la iniciación de las prestaciones, EL PRESTADOR previera afectar al cumplimiento de las tareas
alumnos y/o aprendices encuadrados en los regímenes citados en el Punto 18.2, deberá denunciar lo requerido en el Punto 18.2.2.1. y/o 18.2.2.2.- Condiciones Particulares. En estos casos, el Comitente deberá a su sólo criterio, prestar conformidad a la propuesta formulada.
17.4.Entidades Ley nº 20.337 y modificatorias. En el caso de entidades encuadradas en la Ley nº 20.337 y modificatorias, el personal afectado a la prestación de los servicios objeto del presente llamado, deberá revestir el carácter de asociados.
17.5.Designación de Responsables. Entre el personal necesario para cumplir las tareas, EL PRESTADOR deberá contemplar la designación de Responsables con amplios poderes para decidir en todo lo que haga al cumplimiento del servicio y en su relación con las autoridades.
18. Exigencias sobre Personal
El personal que afecte EL PRESTADOR a sus tareas deberá cumplir las siguientes exigencias:
18.1. No ser agentes al servicio del Estado Provincial.
18.2. Contar con dieciocho (18) años de edad cumplidos como mínimo, excepto el Responsable (Supervisor especializado en la materia) cuya edad como mínimo será de veintiún (21) años cumplidos.
18.3. Contar con libreta Sanitaria que estará obligado a presentar en toda ocasión que la Repartición Contratante se lo solicite.
18.4. Contar con uniforme completo de uso obligatorio y con tarjeta de identificación numerada que deberá exhibir permanentemente sobre el lado izquierdo del pecho. El uniforme deberá ser provisto por la Empresa contratista, responderá a un mismo color, tipo y modelo, las tarjetas de identificación se ajustarán a las mismas instrucciones.
18.5. Observar las normas de buena conducta y aseo pertinente, estando prohibido circular por las áreas que no tengan asignadas para la prestación del servicio.
18.6. Evitar su relación con el personal de la administración y con la población asistente, salvo los casos que así lo exijan razones de trabajo.
19. Obligaciones Legales Personal Propio
19.1. Pagar en término de sueldos y jornales y toda retribución que le corresponda, en término xx Xxx.
19.2. Contratar los seguros xx Xxx (ART, Seguro de Vida Obligatorio y Seguro de Responsabilidad Civil).
19.3. Cumplir todas las obligaciones laborales y previsionales que la legislación vigente establezca o que se dicten en el futuro.
19.4. Cumplir las disposiciones de la Ley N° 19.587 y sus decretos reglamentarios, como así mismo toda otra normativa que la amplíe o reemplace, respecto de las Normas de Higiene y Seguridad Laboral.
19.5. Utilizar las normas técnicas, sanitarias, precautorias y de tutela del trabajador en cuanto a las condiciones ambientales, integridad psicofísica y prevención de los riesgos laborales.
19.6. Contar con la certificación de los exámenes preocupacionales correspon- dientes a cada uno de los empleados dependientes de la empresa que figuren en la nómina de servicios (Artículo 5° inciso o) de la Ley 19.587 - Decretos N° 351/79 y 1338/96).
19.7. Presentar, previo al inicio de las actividades, el aviso de inicio de obra presentado a la A.R.T. y el Plan de Prevención aprobado por la A.R.T., rubricado por el profesional matriculado que lo representa (Ley nº 19.587), siendo por su exclusiva cuenta todos los gastos inherentes a la preparación y ejecución del mismo.
19.8. El Comitente se reserva el derecho de verificar cuando lo considere oportuno, y a través de la Contaduría General de la Provincia y del Ministerio de Trabajo, el cumplimiento de las leyes laborales, previsionales y sociales, pudiendo requerir al EL PRESTADOR la documentación necesaria para tal fin.
20. Sistema Control Asistencia y Tareas
20.1. El Comitente implementará un sistema de control de personal de la empresa contratista, en la forma que más convenga a dichos fines.
20.2. EL PRESTADOR, en forma previa a la iniciación de la prestación, cursará al Comitente el detalle de la nómina del personal con indicación de sus datos de identidad, filiación, domicilio y vínculo contractual y su fecha de inicio. Igual exigencia corresponderá para el personal que se incorpore en caso de relevos.
20.3. EL PRESTADOR esta obligado a informar por escrito las altas y bajas de su personal en relación de dependencia que se produzcan en la prestación del servicio, con el mismo alcance de las exigencias establecidas en el Punto 21.2.- Condiciones Particulares. Las altas deberán ser comunicadas al menos con doce (12) horas de anterioridad a que el empleado inicie el servicio y las bajas deberán ser comunicadas por el PRESTADOR dentro del primer día hábil siguiente al de producido el cambio, debiendo acreditar que ninguna obligación se mantiene incumplida respecto del personal cuya baja se comunica.
21. Libro Órdenes de Servicio y Control
21.1. Las órdenes, instrucciones, observaciones o pedidos de aclaraciones que se deba transmitir a El PRESTADOR, se efectuarán mediante el “Libro de Ordenes de Servicio y Notas de Pedido” en que deberán notificarse, diariamente, hubieren o no, ocurrido novedades. En caso de negativa, el Comitente le entregará una copia de la Orden o Nota de Xxxxxx, firmando en el original un testigo que dará fe que la copia fue entregada. EL PRESTADOR quedará notificado del contenido, comenzando a correr desde ese momento el plazo fijado para su cumplimiento.
21.2. A tales efectos, EL PRESTADOR proveerá un (1) libro con doscientos (200) folios numerados, impresos en original y dos (2) copias, el que deberá ser rubricado por el Comitente.
21.3. De completarse el Libro de Órdenes y Notas de Pedido, EL PRESTADOR proveerá inmediatamente un libro adicional para la continuación del proceso de comunicación. La reposición de libros se efectuará cuantas
veces sea necesario, estará a cargo de EL PRESTADOR y a su exclusivo costo.
22. Responsabilidades Desempeño Personal Propio
EL PRESTADOR será responsable del desempeño de su personal, el que en ningún caso podrá pertenecer al establecimiento usuario cualquiera fuere su categoría, cargo o función, como así también de los daños que dicho personal pudiera ocasionar al establecimiento por el incumplimiento de su tarea o durante su permanencia en el mismo.
23. Relevo Personal
EL PRESTADOR deberá proceder al relevo del personal observado por el Comitente, cuando a su exclusivo juicio existieran razones para ello.
24. Materiales
Todos los materiales necesarios para llevar a cabo las tareas descriptas en el presente Xxxxxx, serán provistos por EL PRESTADOR de acuerdo con lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas.
25. Visita a Instalaciones
25.1.Servicios: Será responsabilidad del Oferente la verificación de las instalaciones donde se procederá a la prestación del servicio en forma previa a su cotización, no pudiendo alegar desconocimiento ni al momento de cotizar, ni en caso de resultar adjudicatario, durante la ejecución del contrato.
25.1.1.Los Interesados podrán solicitar por escrito visita a las Instalaciones en forma adicional a la obligatoria, hasta [Consignar] días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura, ante la oficina indicada en el Punto 4 - Retiro xxx Xxxxxx - Constitución Domicilio Comunicaciones, de estas Condiciones Particulares y en el horario de [Consignar] horas.
25.1.2.Todos los pedidos de visitas adicionales formulados por los Interesados serán concentrados en un único acto, que se llevará a cabo hasta [Consignar] días hábiles administrativos antes de la fecha de apertura, y que será comunicado a todos los Interesados que hubieren retirado el Pliego de Bases y Condiciones, en el “Domicilio de Comunicación” que hayan constituido al efecto - Punto 4 - Retiro xxx Xxxxxx - Constitución Domicilio Comunicaciones.
26. Certificación
26.1.Servicio: la autoridad competente deberá extender las certificaciones mensuales pertinentes que acrediten la materialización del mismo, en tiempo y forma legal, sobre la base de un remito presentado por el Proveedor.
27. Del Servicio y Sanciones Incumplimiento
Cuando EL PRESTADOR, cumpliere parcialmente o dejare de cumplir con el servicio contratado o el mismo no resultare satisfactorio a solo juicio de la Repartición, hecho que deberá resultar acreditado por la autoridad contratante mediante inspecciones y notificaciones fehacientes de los incumplimientos, con detalle de los mismos al adjudicatario, éste será pasible de las sanciones previstas en el artículo 74 del Reglamento de Contrataciones.
Sin perjuicio de las sanciones establecidas precedentemente, también será pasible una sanción punitoria por incumplimiento parcial del Servicio, en el tiempo y/o en la forma previstas en las Especificaciones Técnicas Básicas de hasta el cinco por ciento (5 %) sobre el monto mensual facturado.
28. Generación y Obtención de Versión Impresa y Digital de la Propuesta Económica o Técnica-Económica [de resultar de aplicación]
Cuando por la naturaleza del objeto demandado, su diversidad, magnitud o complejidad de datos o información que deba aportar cada Oferente para la formulación de la propuesta económica o técnico-económica, fuera conveniente exigir
una versión digital porque así lo aconseje aquella dimensión o cuando se prevea llevar a cabo cualquier ponderación para la comparación de Ofertas, mediante algún proceso informático que determine su aceptabilidad y la o las preadjudicaciones, regirán las presentes regulaciones.
Por lo tanto y ante la vigencia del principio de prevalencia de la versión impresa de la Oferta a presentar, se aplicará el procedimiento indicado en los Puntos 32.1 y 32.2 - Condiciones Particulares, para generar y obtener la versión impresa y digital de la propuesta económica o técnico-económica, el que tiene por finalidad asegurar que la versión digital sea total y absolutamente equivalente, en todos sus términos, a la versión impresa de la “Planilla de Cotización”, que rija de acuerdo a la naturaleza del objeto demandado y que contenga la propuesta que integra la Oferta.
En consecuencia, será absoluta responsabilidad del Oferente garantizar la integridad, coherencia, igualdad y seguridad de los datos existentes en ambos medios, a fin que el Comitente pueda utilizarlos indistintamente. En caso de discrepancias, prevalecerá la versión impresa.
28.1. Los precios y condiciones comerciales deben presentarse únicamente en la “Planillas de Cotización”, siendo su formato, tamaño y conceptos definidos para el presente llamado por el Comitente y de uso obligatorio y no debiendo ser modificada por los Oferentes bajo ningún concepto. Su incumplimiento hará inadmisible la Oferta.
La "Planilla de Cotización”, en formato [definir el formato como por ejemplo Excel, XML, etc.] será facilitada a los interesados en medio digital y deberá ser utilizada para generar las Ofertas, cuidando de no alterar su formato, organización ni conceptos.
28.2. La propuesta económica deberá generarse conforme al procesamiento informático obligatorio que se indica y presentarse en los medios y con las formalidades que seguidamente se establecen:
28.2.1.Generación: en formato [definir el formato como por ejemplo Excel, XML, etc.] a través de la versión facilitada por el Comitente en medio digital.
El Comitente notificará fehacientemente a todos los Interesados al “Domicilio de Comunicación” que hayan constituido al efecto - Punto 4-
Retiro Pliego -Constitución Domicilio Comunicaciones - Condiciones Particulares, el Hash correspondiente a la versión facilitada en medio digital.
28.2.2.Procesamiento: se procesará el archivo mediante algoritmo MD5 y obtendrá el “Digesto Digital Seguro” (Hash), en formato hexadecimal, resultante de ese proceso.
28.2.3.Obtención y Presentación:
28.2.3.1 Versión Impresa: en papel de tamaño “legal”, conteniendo la propuesta económica o técnico-económica.
28.2.3.2 Versión Óptica Digital: en no menos de dos (2) medios ópticos (CDROM) no regrabables y grabados de forma que no puedan realizarse agregados ni modificaciones, conteniendo cada uno de ellos un único archivo, en formato [definir el formato como por ejemplo Excel, XML, etc.], de la “Planilla de Cotización”
28.2.3.3 Ambas versiones deberán estar debidamente identificadas y firmadas por el Oferente y por el Escribano Público interviniente, éste último sólo a los fines de la identificación y certificación requeridas en el Punto 8 Ofertas- Documentación a Integrar - Condiciones Particulares. En el caso de los CD, la identificación y firmas con tinta indeleble deberán cruzar tanto la etiqueta (si la tuviere), como su superficie.
28.2.4. Certificación:
Deberán certificarse por ante Escribano Público -labrándose el/las Acta/s Notarial/es pertinente/s que deberá/n integrar la presentación- las siguientes circunstancias:
28.2.4.1. Que el archivo "Planilla de Cotización", en formato [definir el formato como por ejemplo Excel, XML, etc.], ha sido procesado mediante algoritmo MD5 y se
ha obtenido el “Digesto Digital Seguro” (Hash) resultante de ese proceso en formato hexadecimal, que consta en el Acta Notarial.
28.2.4.2. Que la versión impresa, en papel de tamaño “legal”, conteniendo las respuestas a la "Planilla de Cotización" que se presenta integrando la propuesta, proviene del archivo del que se obtuvo el “Digesto
Digital Seguro” (Hash) que consta en el Acta Notarial.
28.2.4.3. Que los medios ópticos (CD-ROM) no regrabables y grabados de forma que no puedan realizarse agregados ni modificaciones, contienen cada uno de ellos en formato [definir el formato como por ejemplo Excel, XML, etc.], ese archivo de la “Planilla de Cotización” y además, como único archivo.
28.2.5. Validación:
El Comitente procederá, en el acto de apertura, a validar los CD presentados conteniendo el archivo con las “Planillas de Cotización”, mediante el algoritmo MD5 hasta obtener dos (2) CD’s que produzcan el mismo “Digesto Digital Seguro” (Hash) declarado y certificado por el Escribano Público interviniente (Puntos 29.2.3.3 y 29.2.4 - Condiciones Particulares).
29. Generación y Obtención de Versión Impresa y Digital de Documentación Complementaria (manuales, folletos, etc.) [de resultar de aplicación]
Cuando por la naturaleza del objeto demandado, su diversidad, magnitud o complejidad de datos o información que deba aportar cada Oferente como documentación complementaria (manuales, folletos, etc.), fuera conveniente exigir una versión digital porque así lo aconseje aquella dimensión o cuando se prevea llevar a cabo cualquier ponderación para la comparación de Ofertas, regirán las presentes regulaciones.
Por lo tanto y ante la vigencia del principio de prevalencia de la versión impresa de la Oferta a presentar, se aplicará el procedimiento que se indica en el presente Punto, para generar y obtener la “Documentación Complementaria”, el que tiene por finalidad asegurar que la versión digital sea total y absolutamente equivalente, en todos sus términos.
En consecuencia, será absoluta responsabilidad del Oferente garantizar la integridad, coherencia, igualdad y seguridad de los datos existentes en ambos medios, a fin que el Comitente pueda utilizarlos indistintamente.
En caso de discrepancias, prevalecerá la versión impresa.
La “Documentación Complementaria” deberá generarse conforme al procesamiento
informático obligatorio que se indica y presentarse en los medios y con las formalidades que seguidamente se establecen:
29.1.Generación: en formato [definir el formato como por ejemplo Word, Excel, XML, etc.].
29.2.Procesamiento: se procesará el archivo mediante algoritmo MD5 y obtendrá el “Digesto Digital Seguro” (Hash), en formato hexadecimal, resultante de ese proceso.
29.3.Obtención y Presentación:
29.3.1.Versión Impresa: en papel de tamaño “legal”, conteniendo la “Documentación Complementaria”.
29.3.2.Versión Óptica Digital: en no menos de dos (2) medios ópticos (CDROM) no regrabables y grabados de forma que no puedan realizarse agregados ni modificaciones, conteniendo cada uno de ellos un único archivo, en formato [definir el formato como por ejemplo Word, Excel, XML, etc.], de la “Documentación Complementaria”.
29.3.3.Ambas versiones deberán estar debidamente identificadas y firmadas por el Oferente y por el Escribano Público interviniente, éste último sólo a los fines de la identificación y certificación requeridas en el Punto 8 Ofertas- Documentación a Integrar - Condiciones Particulares. En el caso de los CD, la identificación y firmas con tinta indeleble deberán cruzar tanto la etiqueta (si la tuviere), como su superficie.
29.4. Certificación:
Deberán certificarse por ante Escribano Público -labrándose el/las Acta/s Notarial/es pertinente/s que deberá/n integrar la presentación- las siguientes circunstancias:
29.4.1. Que el archivo “Documentación Complementaria”, en formato [definir el formato como por ejemplo Word, Excel, XML, etc.], ha sido procesado mediante algoritmo MD5 y se ha obtenido el “Digesto Digital Seguro” (Hash) resultante de ese proceso en formato hexadecimal, que consta en el Acta Notarial.
29.4.2. Que la versión impresa, en papel de tamaño “legal”, conteniendo la
“Documentación Complementaria” que se presenta integrando la propuesta, proviene del archivo del que se obtuvo el “Digesto Digital Seguro” (Hash) que consta en el Acta Notarial.
29.4.3. Que los medios ópticos (CD-ROM) no regrabables y grabados de forma que no puedan realizarse agregados ni modificaciones, contienen cada uno de ellos en formato [definir el formato como por ejemplo Word, Excel, XML, etc.], ese archivo de la “Documentación Complementaria” y además, como único archivo.