INDICE
INDICE
CLÁUSULA 1.- OBJETO DEL CONTRATO 2
CLÁUSULA 2.- DEPENDENCIAS E INSTALACIONES DONDE SE PRESTARÁN LOS SERVICIOS
DE LIMPIEZA 2
CLÁUSULA 3.- DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO A REALIZAR 2
CLÁUSULA 4.- ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DE LA EMPRESA. PLANIFICACIÓN 10
CLÁUSULA 5.- MEDIOS PERSONALES 10
CLAUSULA 6.- HORARIO DE REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS 16
CLÁUSULA 7.- MEDIOS MATERIALES 16
CLÁUSULA 8.- SUMINISTRO DE AGUA Y ENERGÍA ELÉCTRICA 20
CLÁUSULA 9. – CONTROL DE CALIDAD 21
CLÁUSULA 10.- HUELGA DE LIMPIEZA 22
CLÁUSULA 11.- FACULTAD DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE LOS TRABAJOS 23
CLÁUSULA 12.- RELACIONES INSTITUCIONALES 23
CLÁUSULA 13.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 24
CLÁUSULA 14: DOCUMENTACIÓN 25
CLÁUSULA 15.- ORDENACIÓN DEL SERVICIO 25
CLAUSULA 1: OBJETO.
El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas consiste en regular las condiciones técnicas que han de regir la prestación del servicio de limpieza en los edificios, centros, locales, dependencias e instalaciones (en adelante “dependencias”) de la Dirección General de Policía Municipal, servicio que coadyuva a que dichas actividades se realicen en condiciones de seguridad, salubridad y confort. Este servicio se relaciona a continuación y su régimen específico se encuentra regulado en este Pliego.
Las prestaciones correspondientes a esta contratación, a la fecha del inicio de la misma, no están incluidas en ningún otro contrato ni se realizan directamente por el Ayuntamiento.
CLAUSULA 2.- DEPENDENCIAS E INSTALACIONES DONDE SE PRESTARÁN LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA.
El servicio de limpieza objeto del contrato se habrá de prestar en las dependencias e instalaciones cuya ubicación y superficie se detallan en el Anexo de este Pliego.
CLAUSULA 3.- DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO A REALIZAR.
Las operaciones de limpieza serán las necesarias para la realización de un servicio adecuado. Se entenderá comprendida en el contrato:
La limpieza de todas las dependencias objeto del contrato.
La recogida de la basura en las zonas ajardinadas y hojas en las zonas de paso y acceso, así como la limpieza de aparcamientos y zonas exteriores pertenecientes a las dependencias.
Los servicios extraordinarios que sean precisos como consecuencia de actos organizados por el Ayuntamiento de Madrid en las dependencias objeto del contrato.
La recogida diaria y diferenciada de los residuos urbanos generados en todas las dependencias, según lo regulado en este Pliego.
La recogida de los residuos peligrosos y no peligrosos generados en las dependencias, incluidos los decomisados no perecederos, según lo regulado en este Pliego.
3.1. XXXXXX A DESARROLLAR CON CARÁCTER GENERAL EN TODAS LAS DEPENDENCIAS
Diariamente:
a) Ventilación de los locales en los que existan ventanas.
b) Vaciado y limpieza xx xxxxxxxxx y papeleras (interiores y exteriores).
c) Limpieza general de suelos y su fregado. En los suelos de superficie xxxx, el tratamiento será de barrido o aspirado y repaso húmedo con gasa humedecida en una disolución adherente, al objeto de eliminar el polvo y la suciedad poco persistente, sin producir deterioros en el abrillantado que previamente se aplicaría del modo siguiente:
• Suelos xx xxxxxx - Mediante cristalizado
• Suelos sintéticos – Abrillantado-metalizado, restaurados periódicamente, según el uso, con productos conservantes del brillo, aplicados mecánicamente.
d) Desempolvado y subsiguiente repaso húmedo, utilizando los productos específicos para cado uso, de mesas, asientos, aparatos de telefonía, lámparas, archivadores, zócalos, poyetes y objetos decorativos.
e) Desempolvado y repaso de huellas y otras trazas de suciedad en mamparas, puertas, paramentos verticales, metales, plásticos y vidrios.
f) Servicios sanitarios (aseos, vestuarios, duchas, etc…): Barrido y fregado de suelos con solución desinfectante. Limpieza esmerada y desinfección de elementos sanitarios. Limpieza de grifería, lámparas, espejos y alicatados. Reposición de toallas de papel, jabón y papel higiénico. A estos efectos ha de tenerse en cuenta que los vestuarios deberán estar en perfecto estado de uso previamente al cambio de cada turno.
g) Especial limpieza con los medios adecuados a sus características en salas de ordenadores, terminales informáticos y similares efectuando el desempolvado, exclusivamente, por medio de aspiración.
h) Limpieza de los ascensores.
i) Limpieza de office en las dependencias que disponen de los mismos y salas de descanso.
j) Barrido zonas de acceso a garajes, edificios y zonas exteriores.
k) Retirada de residuos y reciclaje de los mismos.
l) Cubos de basura: colocación de los cubos de basura en los lugares y horarios especificados por el Ayuntamiento para su ulterior recogida por el Servicio Municipal correspondiente, así como la retirada de los mismos al interior de la dependencia una vez efectuada la recogida de residuos; siempre y cuando se realice dentro de la jornada laboral establecida para el personal de limpieza.
Semanalmente:
a) Repaso general a fondo de entrepaños, patas y faldones de mesas y otros muebles, localización y limpieza de rincones, etcétera.
b) Fregado de alicatados, bruñido de metales y repaso de elementos situados a más de dos metros de altura.
c) Limpieza de almacenes.
d) Limpieza de patios y aparcamientos; especialmente barrido por procedimientos mecánicos de garajes, limpieza de aceites, grasas y otros.
e) Desempolvado de libros. Quincenalmente:
a) La limpieza xx xxxxxxxxx, tanto interiores como exteriores se realizará diariamente, de forma rotatoria, con una periodicidad mínima quincenal por cada cristal en particular.
b) Limpieza de plantas artificiales y macetas. Mensualmente:
a) Limpieza de techos y paredes.
b) Limpieza de aparatos de luz, cuadros y demás objetos situados en paredes altas.
c) Limpieza exterior de aparatos individuales de aire acondicionado, incluidas rejillas de retorno.
d) Recogida de los contenedores higiénicos depositados en los aseos femeninos de todas las dependencias objeto del contrato y su sustitución por otros de iguales características, tratados e higienizados.
e) Limpieza de cada uno de los contenedores exteriores de recogida de residuos urbanos.
Trimestralmente:
a) Limpieza de persianas venecianas, estores y similares. Persianas enrollables exteriores.
b) Cristalizado de suelos xx xxxxxx, terrazo y similares.
c) Metalizado de suelos sintéticos.
d) Limpieza a fondo de muebles y enseres. Semestralmente:
a) Limpieza de extintores y BIES.
b) Limpieza de interior de suelos técnicos xx xxxxx de ordenadores con medios adecuados a sus características.
c) Fregado por procedimientos mecánicos de garajes.
d) Elementos xx xxxxx al exterior.
e) Limpieza con los medios adecuados de las tapicerías de las sillas de todas las dependencias gradual y rotatoriamente de forma que se vuelva a realizar a los seis meses de la última vez.
f) Limpieza xx xxxxxxx de fachadas que por su difícil acceso requieren personal y medios auxiliares extraordinarios (UID Centro Norte, UID Centro Sur, Madrid Máster y Edificio de Pico Pato.
3.2. LIMPIEZA DEL CENTRO DE MANDO MÓVIL (CMM)
Quincenalmente:
a) Ventilación.
b) Limpieza de mobiliario, teléfonos, fax, etcétera.
c) Limpieza de suelos con los medios adecuados a sus características.
d) Limpieza de nevera.
e) Limpieza de horno microondas.
f) Limpieza xx xxxxxxxxx.
g) Especial limpieza en ordenadores, terminales informáticos y similares con los medios adecuados a sus características.
h) Servicios sanitarios (aseos): Barrido y fregado de suelos con solución desinfectante. Limpieza esmerada y desinfección de elementos sanitarios. Limpieza de grifería, lámparas, espejos y paramentos verticales. Reposición de toallas de papel, jabón y papel higiénico.
i) Limpieza y vaciado de papeleras y cubos de basura de forma reglamentaria.
j) Limpieza de extintores
k) Limpieza de cualquier otro elemento de similares características que pueda formar parte del equipo de CMM.
Aparte de lo detallado anteriormente se harán otras limpiezas cada vez que el CMM tenga una intervención, tanto a la salida como a la llegada, incluida la limpieza externa del mismo.
Evacuación de aguas fecales:
Se realizará en el sitio convenido cada vez que vuelva el CMM de una intervención.
Limpieza del aparato sanitario WC:
Se hará de acuerdo con lo detallado por el fabricante.
3.3. LIMPIEZA DEL ESCUADRÓN DE CABALLERÍA Y DESTACAMENTO DEL RETIRO
Diariamente:
a) Sanear un 80% del nº total de boxes de los caballos, (actualmente 60 boxes): retirar lo sucio, airear, ahuecar, reposición del producto base de la cama.
b) Limpieza total 20% del nº total de boxes de los caballos: retirar completamente la cama, limpiar en profundidad, desinfectar el box, reponer en su totalidad el producto base de la cama.
c) Limpieza de los pasillos interiores de las cuadras con cepillo o escoba.
d) Trasladar todo lo sucio en carretillas al contenedor exterior y remontar la carga en el mismo, incluido suministro de contenedores.
e) Limpieza del herradero (taller xxx xxxxxxxx) con productos (limpiadores y desinfectantes) autorizados y aptos para uso ganadero.
f) Limpieza y desinfección del Consultorio Veterinario, productos (limpiadores y desinfectantes) autorizados y aptos para uso ganadero.
Semanalmente:
a) Limpieza y desinfección de las zonas comunes de toda la cuadra con mochila y productos (limpiadores y desinfectantes) autorizados y aptos para uso ganadero.
b) Saneamiento de los sumideros de las cuadras con productos adecuados.
c) Limpieza xxx xxxxxxx de piensos del Escuadrón. Quincenalmente:
a) Limpieza de puertas, barrotes, cristales y repisas de ventanas, desempolvar y quitar telas xx xxxxx. Otras tareas:
a) Durante los meses xx xxxx a octubre, ambos inclusive, con una periodicidad de cada 11 días y en aquellas ocasiones que sean determinadas por el veterinario se desinsectaran todas las instalaciones de las cuadras, con mochila o técnica adecuada al desinfectante usado y desinsectante autorizado.
3.4. LIMPIEZA EN SECCION CANINA
En la actualidad, la Sección Canina cuenta con 22 caniles fijos y 4 provisionales (con zona interior y exterior), pudiendo variar este número según las necesidades que se planteen y 5 vehículos adaptados al transporte de animales, además de las zonas de paso del bloque xx xxxxxxxx.
Las necesidades de limpieza se refieren a 7 días a la semana, los 365 días del año.
Perreras.-
Los animales comen normalmente dos veces diarias en tres horarios distintos. Debido a un reflejo fisiológico, normalmente hacen sus deposiciones tras haber sido alimentados. Por ello, las limpiezas ordinarias se deben de realizar diariamente en tres horarios distintos.
Sobre las 8:30 – 9:00 horas.
Sobre las 14:30 – 15:00 horas.
Sobre las 20:30 – 21:00 horas.
Este tipo de limpieza se debe de realizar con manguera y agua, secando posteriormente con escurridores el suelo de las perreras.
Una vez cada 2 semanas, se realizará una limpieza más exhaustiva y se aplicarán productos limpiadores y desinfectantes aptos para su uso en presencia de animales.
A principio xx xxxxxxxxx y hasta el inicio del otoño, se realizarán desinsectaciones mensualmente.
En cuanto a la zona habilitada para el transporte de animales en el interior de los vehículos, se realizará una limpieza ordinaria interior 2 veces semanales, y una limpieza más profunda con productos desinfectantes cada 2 semanas.
Cocina, Consultorio Veterinario, etc.
Se realizara una limpieza diaria.
Todos los productos desinfectantes, desinsectantes, y de limpieza deben de ser autorizados por el Servicio Veterinario de la Sección Canina.
3.5: LIMPIEZA EN TALLERES DE LA AVENIDA XX XXXXXXXXXX
Una vez cada QUINCE DIAS: Se realizará una limpieza integral de las instalaciones utilizando equipos y productos específicos de limpieza respetuosos con la normativa medio ambiental.
3.6. OTROS TRABAJOS A REALIZAR / SERVICIOS EXTRAORDINARIOS
En caso necesario, la Administración podrá requerir a la empresa contratista con una antelación mínima de 48 horas, la realización de “servicios extraordinarios”, precisando profesionales necesarios, y el lugar, fecha y horario de los mismos, sin que ello suponga repercusión alguna en el precio del contrato. En los casos de emergencia o fuerza mayor el servicio se prestará en la mayor brevedad posible.
Dentro de los “servicios extraordinarios” a realizar se podrán incluir, entre otros, los siguientes:
a) Las consecuencias de sucesos imprevistos como pérdidas de agua, atascos en la red de saneamiento, etcétera. Cuando ello implique la alteración del programa de trabajo se pondrá en conocimiento del Departamento de Inmuebles e Instalaciones, a efectos de su conformidad.
b) Las limpiezas de locales en primera ocupación.
c) La limpieza necesaria, fuera del horario habitual, por la celebración de actos festivos extraordinarios.
d) Limpieza de calabozos, cuando sea necesaria por su urgencia.
Se consideran “otros trabajos a realizar” dentro del horario habitual:
a) Limpieza de la vía pública, cuando así proceda en cumplimiento de las Ordenanzas Municipales.
b) Limpieza de las dependencias e instalaciones en las que se hayan efectuado obras de reparación dimanantes del obligado mantenimiento y conservación de las mismas.
3.7. RETIRADA DE RESIDUOS Y RECICLAJE
Diariamente, el personal de limpieza asignado por la empresa contratista a cada dependencia recogerá de forma diferenciada envases ligeros, papel-cartón, vidrio y resto de residuos y los depositará en los contenedores especiales que a tal fin ha instalado el Ayuntamiento de Madrid. Si no se dispusiera en aquéllas de dichos contenedores, deberá dirigirse la empresa contratista al Departamento de Inmuebles e Instalaciones a fin de que este último estudie la necesidad de instalarlos en la dependencia de que se trate y, en su caso, promueva su instalación dirigiéndose al servicio municipal correspondiente.
La empresa contratista deberá asegurar que el depósito y posterior recogida de los contenedores higiénicos en los aseos femeninos de las dependencias se realicen por un gestor autorizado para la gestión de los residuos contenidos en los mismos. La empresa contratista deberá llevar un registro o albarán de recepción en el que se relacione la fecha en que se procede a la sustitución de los contenedores y la cantidad que se sustituye, registro o albarán que deberá firmar el responsable de la dependencia, dando conformidad al mismo. El responsable de cada dependencia comprobará periódicamente la buena marcha del servicio prestado, debiendo informar puntualmente al Departamento de Inmuebles e Instalaciones de aquellos supuestos en que se produzca alguna incidencia, a fin de que este último inste a la empresa contratista su inmediata corrección.
Los residuos generados por la limpieza de las cuadras/perreras/anexos, especialmente los residuos orgánicos, serán recogidos, transportados, almacenados y tratados, proporcionando el contratista toda la documentación relativa al tratamiento de los mencionados residuos.
La empresa contratista deberá realizar la recogida de los residuos peligrosos de todas las dependencias e instalaciones de la Dirección General de la Policía Municipal, incluyendo
expresamente, cuando se obtenga el permiso correspondiente para su correcta destrucción, los artículos decomisados no perecederos (colonias, sprays, bebidas alcohólicas, petardos, mecheros, etc.), debiendo certificar el correcto almacenamiento de los mismos, su retirada, su transporte, su correcta gestión y destrucción, a través de los gestores autorizados de residuos peligrosos.
Instalará en los locales de la Avenida xx Xxxxxxxxxx, 6, contenedores específicos: maderas, mobiliario y material férrico, aparatos eléctricos y electrónicos, lámparas fluorescentes y compactas, baterías y aceites de motor.
La empresa contratista recogerá, en todas las dependencias incluidas en el Anexo, para su reciclaje o eliminación, según la normativa vigente, otros desechos: pequeños electrodomésticos, muebles y enseres, residuos de embalajes, productos decomisados no peligrosos, etcétera.
De acuerdo con el párrafo anterior, la empresa contratista deberá aportar e instalar, en número suficiente, en cada dependencia donde se generen residuos peligrosos y no peligrosos los correspondientes contenedores y/o recipientes reglamentarios donde se depositen dichos residuos,
De forma general en lo referente a la recogida y tratamientos de los residuos generados en las dependencias objeto del contrato, la empresa contratista deberá cumplir con la normativa vigente que les sea de aplicación.
CLAUSULA 4: ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DE LA EMPRESA. PLANIFICACION.
El contrato de gestión de los servicios de limpieza de las dependencias de la Dirección General de Policía Municipal implica que la empresa contratista se responsabilizara, por si misma y ante la Administración municipal contratante, del cumplimiento íntegro y satisfactorio de la totalidad de las prestaciones objeto del contrato.
Por ello la empresa contratista debe disponer de la organización, medios técnicos, materiales y humanos suficientes que permitan acometer y realizar perfectamente la totalidad de los diferentes servicios que constituyen el objeto del contrato, respondiendo con su organización incluso de aquellos que sean subcontratados.
La organización y estructura empresarial serán por tanto coherentes y adaptadas a la naturaleza y características del objeto del contrato y de sus diferentes prestaciones.
CLAUSULA 5: MEDIOS PERSONALES
Principios generales
La empresa contratista deberá contratar al personal que resulte preciso para atender el cumplimiento de sus obligaciones. Es obligatorio que los bienes y servicio objeto de este contrato hayan sido producidos o se desarrollen respetando las normas socio laborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del trabajo.
En ningún caso existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a los servicios objeto de este contrato por la empresa contratista y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto dicho personal queda expresamente sometido al poder de dirección y de organización de aquella en todo ámbito y orden legalmente establecido, siendo la empresa contratista, por lo tanto, la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables con relación a su personal, en especial las referidas a su contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y aspectos tributarios, y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente correspondan al Ayuntamiento de Madrid (artículo 43 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores).
En cualquier caso, la empresa contratista no podrá alegar como causa del retraso o imperfección de la ejecución de la prestación la insuficiencia de plantilla.
A los efectos previstos en los correspondientes Convenios Colectivos sectoriales en relación con la subrogación del personal, el órgano de contratación facilitara a las empresas licitadoras la información y documentación sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implicará tal medida. Sin perjuicio de lo anterior, las empresas licitadores podrán solicitar esta información y documentación con una antelación de doce días a la fecha límite para la presentación de ofertas. El órgano de contratación de conformidad con lo establecido en el artículo 158.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico (en adelante “TRLCSP”), deberá facilitar la citada información, al menos seis días antes de la fecha límite para la presentación de ofertas.
Antes del inicio de la ejecución del contrato la empresa adjudicataria entregará en el Departamento de Inmuebles e Instalaciones de la Dirección General de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, Departamento municipal responsable del contrato, de conformidad con lo previsto en el artículo 52 del TRLCSP, al que corresponden las funciones de supervisar la ejecución del contrato y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización del mismo:
• una relación nominal y pormenorizada del personal adscrito al desarrollo del mismo y en la que se especificará el personal de reserva permanente que pueda proceder de forma inmediata a las sustituciones por enfermedad, accidente u otras causas que sean precisas. En
la determinación del precio del presente contrato se ha tenido en cuenta el salario base establecido en el Convenio Colectivo del personal de limpieza más el correspondiente complemento de antigüedad.
• un Proyecto técnico del servicio, elaborado a partir de la información técnica de este contrato relativa a las dependencias, cuadras/perreras/anexos, personal y horario de prestación de los servicios, en el que deberá recogerse el plan operativo que la empresa adjudicataria proponga para la ejecución del contrato.
En este proyecto técnico se especificará:
− El horario que se destinará a la prestación del servicio de limpieza en cada dependencia, cuadras/perreras/anexos, con indicación de los días laborables y domingos y festivos.
− El número de personas por categorías profesionales (limpiador, cristalero y peón especialista) con indicación de su distribución y horario en cada dependencia, cuadras/perreras/anexos.
La propuesta deberá justificarse en función de las características físicas y funcionales de las dependencias y cuadras/perreras/anexos y del régimen de funcionamiento de los servicios policiales y administrativos ubicados en los mismos.
Obligaciones formales
Es condición especial para la ejecución de este contrato, que la empresa adjudicataria organice 2 acciones formativas en el puesto de trabajo de 3 horas de duración que mejore la ocupación y la adaptabilidad de las personas adscritas a la ejecución del contrato, así como sus capacidades y su calificación. Para su acreditación la empresa adjudicataria deberá presentar con carácter previo a la finalización del contrato la relación de acciones formativas realizadas al personal vinculado a la ejecución del contrato con especificación del contenido formativo y de los asistentes así como fecha y lugar de los mismos. La persona responsable de formación de la empresa adjudicataria deberá rubricar la relación de las acciones formativas realizadas así como su contenido, debiendo entregarse copia de la documentación anterior en el Departamento de Inmuebles e Instalaciones de la Dirección General de la Policía.
En el supuesto de que la empresa contratista considere oportuna la sustitución de su personal deberá notificarlo al Departamento de Inmuebles e Instalaciones con una antelación mínima de cinco días naturales. Las sustituciones que tengan su causa en la cobertura de bajas por enfermedad u otros
motivos de carácter imprevisible y que no hayan podido ser comunicadas en el plazo anteriormente fijado, serán notificadas al Departamento de inmuebles e Instalaciones en el momento de la incorporación del sustituto y acreditar su afiliación y alta en la Seguridad Social. En dichas notificaciones se expresarán las causas concretas que obligan a la sustitución y se indicará porqué trabajador de la lista de reserva ha sido la sustitución. En caso de no figurar el sustituto/a en la lista de reserva se facilitarán los datos personales del trabajador que se incorpora.
La distribución de los medios personales podrá ser variada por la empresa contratista cuando las circunstancias concurrentes así lo requieran, sin que ello suponga modificación del contrato, poniendo en conocimiento del Departamento de Inmuebles e Instalaciones la nueva distribución con una antelación de cinco días naturales.
La empresa contratista organizará su personal de modo que cubra en todo momento las necesidades de funcionamiento de las dependencias, debiendo proceder, en todo caso, a la sustitución inmediata de las ausencias del personal a su cargo, independientemente de la causa de las mismas, con objeto de que no se interfiera en la prestación del servicio. Cualquier sustitución del personal deberá mantener iguales condiciones en cuanto a la categoría, formación y experiencia del trabajador/a sustituido.
Los trabajadores que presten el servicio de limpieza estarán obligados a guardar el debido sigilo profesional en relación con las actuaciones, informaciones o hechos, de los que pudieran tener conocimiento como consecuencia del normal desempeño de sus funciones.
Las intervenciones del personal que se encuentren reguladas por normas o reglamentos se realizarán por personal cualificado y que cuente con los correspondientes permisos y acreditaciones oficiales exigidos por la normativa de aplicación. En su caso también se deben de cumplimentar los libros o documentos oficiales correspondientes con las anotaciones y observaciones pertinentes.
Todo el personal de la empresa contratista adscrito a los servicios objeto del contrato deberá disponer de una tarjeta de identificación plastificada. En ella se hará constar nombre y apellidos del trabajador, la empresa a la que pertenece y la categoría profesional. Dicha tarjeta ira validada por el Departamento de Inmuebles e Instalaciones y por el representante de la empresa contratista ante el Ayuntamiento de Madrid o responsable máximo. Todo el personal la llevara siempre visible en los lugares donde esté desarrollando su labor profesional. En cualquier caso deberá mostrar su tarjeta de identificación cuando le sea requerida por el responsable de la dependencia de que se trate.
En caso de sustituciones o incorporaciones de última hora, dependiendo de la urgencia de que se trate, el Departamento de Inmuebles validará las mismas a la mayor brevedad posible. A este personal, la Empresa le facilitara una acreditación temporal.
En el caso del personal adscrito al edificio de la Xxxxxxx Xxxxxxxxx 0, sede de la Coordinación General de Seguridad y Emergencias, la tarjeta será la del personal externo que le facilite la dependencia competente del citado edificio.
Seguridad y Salud Laboral
La empresa contratista deberá proveer a su personal de los uniformes y equipos de protección de trabajo necesarios para el desempeño de las tareas objeto del contrato.
Adopción de las medidas previstas en materia de seguridad y salud en el trabajo:
La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.
Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes:
• La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada. La evaluación y sus resultados deben documentarse, especialmente, respecto de cada puesto de trabajo cuya evaluación ponga de manifiesto la necesidad de tomar alguna medida preventiva.
• La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato. La empresa queda obligada a facilitar al personal, antes de que comience a desempeñar cualquier puesto de trabajo, la formación e información acerca de los riesgos y peligros que en él puedan afectarle y sobre la forma, métodos y procesos que deben observarse para prevenirlos o evitarlos. La empresa garantizará la formación teórica y práctica para los/as trabajadores/as afectados/as en los temas relacionados con el servicio de limpieza y acordes con los trabajos a realizar y los factores específicos de riesgos del mismo en base a la evaluación de riesgos.
• El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios.
La empresa contratista deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos mediante declaración responsable efectuada por el empresario, trabajadores designados, departamento de prevención ajeno o departamento prevención propio, según el criterio de organización preventiva elegida por la empresa adjudicataria, donde se acredite el cumplimiento de las obligaciones expuestas anteriormente en el plazo de 5 meses desde la celebración del contrato rubricado con la empresa adjudicataria.
Se deberá informar, en el mismo día en que suceda, o en el día siguiente, sobre cualquier accidente o incidente ocurrido al personal de la empresa, en la realización de trabajos y servicios contratados al Departamento de Inmuebles e Instalaciones.
La empresa adjudicataria estará facultada para emitir las certificaciones o informes que sean requeridos por el Departamento de Inmuebles e Instalaciones sobre el estado de las instalaciones o equipos, objeto de la limpieza.
La empresa contratista adoptará las medidas necesarias para evitar que de la ejecución del contrato puedan derivarse daños al personal municipal o a los ciudadanos en general, mediante la señalización adecuada de los trabajos cuando se produzca la utilización de equipos o herramientas en los edificios donde se preste el servicio, todo ello conforme al REAL DECRETO 486/1997, de 14 xx xxxxx, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo y el Real Decreto 485/1997, de 14 xx xxxxx. Se eliminarán con rapidez los desperdicios, las manchas de grasa, los residuos de sustancias peligrosas y demás productos residuales que puedan originar accidentes o contaminar el ambiente de trabajo. Las operaciones de limpieza no deberán constituir por si mismas una fuente de riesgo para los trabajadores que las efectúen o para terceros, realizándose a tal fin en los momentos, de la forma y con los medios más adecuados conforme a la normativa en prevención de riesgos laborales.
La empresa contratista deberá indicar de forma previa al inicio de la prestación una dirección de correo electrónico y fax, a efectos de notificaciones, lo que supone la aceptación del sistema como medio valido de notificación.
Personal mínimo
La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la empresa adjudicataria principal destinado a la ejecución del contrato.
El personal mínimo del que la empresa contratista deberá disponer para el cumplimiento del objeto del contrato será el siguiente:
• Un Encargado – Inspector, con titulación universitaria superior o media con experiencia mínima de cuatro años en gestión de edificios, centros, locales, dependencias e instalaciones de las características de las que son objeto de los servicios contratados y con formación específica en prevención de riesgos laborales, referida especialmente a los trabajos relativos a la ejecución del presente contrato.
El Encargado – Inspector será el responsable máximo del buen funcionamiento y de la correcta prestación de los servicios contratados en las dependencias de la Dirección General Policía Municipal y el único interlocutor válido con el Departamento de Inmuebles e Instalaciones. Ejercerá las funciones de control, supervisión y gestión técnica de los recursos propios de la empresa contratista. Coordinará al personal adscrito a las diferentes dependencias en las que se realizan los servicios objeto del contrato y redactará los informes necesarios para el Departamento de Inmuebles e Instalaciones esté perfectamente informado del cumplimiento de las prescripciones establecidas en el presente Pliego.
La presencia del Encargado – Inspector ante el Departamento de Inmuebles e Instalaciones podrá ser requerida en cualquier momento, debiendo ser atendido el requerimiento por este responsable máximo.
En caso de ausencia, la Empresa adjudicataria deberá designar un sustituto.
• Demás personal descrito en el Anexo del presente Xxxxxx para la ejecución de las tareas relacionadas en los mismos. Este personal a su vez estará apoyado técnica y profesionalmente por la organización y estructura de la empresa contratista.
En la redacción de este Pliego se ha tenido en cuenta la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con diversidad funcional, así como los criterios de accesibilidad universal y de diseño universal o diseño para todas las personas, tal y como son definidos estos términos en el TRGDPD.
CLAUSULA 6: HORARIO DE REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS
La empresa contratista antes de iniciar el servicio fijará con el responsable de cada dependencia el horario de trabajo, teniendo en cuenta que las dependencias están en funcionamiento las 24 horas del día durante los 7 días de la semana y en cualquier caso tendrá que atenerse a las especificaciones del horario descritas en el Anexo como mínimo.
Dentro de los límites establecidos por la legislación vigente, el Departamento de Inmuebles e Instalaciones podrá modificar puntualmente para cada dependencia el programa trabajo con el fin de adecuarlo a sus necesidades específicas, siempre que ello no suponga alteración del precio del contrato.
CLAUSULA 7: MEDIOS MATERIALES
Es obligatorio que los bienes y servicio objeto de este contrato hayan sido producidos o se desarrollen respetando las normas socio laborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del trabajo.
La empresa contratista dispondrá de cuantos medios materiales, técnicos, sistema de comunicación y de cualquier otra índole resulten necesarios para garantizar el normal desempeño del servicio, así como de los instrumentos precisos para el desarrollo de los trabajos objeto del contrato.
Si como consecuencia de avances tecnológicos o por disposiciones legales se aprobara, recomendara u obligara la utilización de nuevos productos, materiales, elementos o sistemas distintos de los existentes a la entrada en vigor del presente contrato, la empresa contratista estará obligada a prestar en las dependencias objeto del contrato de servicio requerido con arreglo a aquellos, sin que la utilización de los nuevos productos, materiales, elementos o sistemas de lugar a la modificación del contrato, ni a la alteración del precio de adjudicación del mismo.
La Administración municipal contratante no será responsable de las sustracciones o deterioros que la empresa contratista pudiera sufrir en sus medios técnicos y materiales durante la ejecución del contrato.
Se exigirá la utilización por la empresa contratista, de medios y/o recursos que tengan una incidencia directa en los aspectos medioambientales y de ahorro energético de la prestación. La empresa adjudicataria detallará cuáles serán estos medios y/o recursos, su número, características y funcionalidades, especificando los efectos derivados de su utilización en los aspectos medioambientales y de ahorro energético.
La empresa contratista procederá a la instalación de contenedores reglamentarios, en el Escuadrón de Caballería y en la Sección Canina, para los residuos generados por la limpieza de las cuadras, perreras y anexos y posterior retirada de dichos contenedores con su contenido.
La empresa contratista deberá depositar en los aseos femeninos de las dependencias objeto del contrato los contenedores higiénicos que sean necesarios, teniendo en cuenta la lista que figura en el Anexo de este Pliego, los cuales deberán ser sustituidos mensualmente por otros de iguales características, tratados e higienizados reglamentariamente.
La empresa contratista aportará los recipientes adecuados y en número suficiente en el interior de cada dependencia para permitir la recogida selectiva de residuos; envases ligeros (color amarillo), papel-cartón (color azul), vidrio (color verde) y resto de residuos (color gris y tapa naranja).
Asimismo la empresa contratista aportará para los aseos de todas las dependencias en los que no existan secadores eléctricos, dispensadores de toallas de papel para el secado de manos.
La maquinaria, utensilios y medios auxiliares necesarios para la prestación de los trabajos a realizar descritos en la cláusula 3 de este Pliego serán suministrados por la empresa contratista. Estos medios
se ajustarán a la naturaleza técnica del suelo y paramentos, sanitarios y demás superficies a limpiar, serán biodegradables y no agresivos con el medio ambiente.
La empresa contratista aportará aspiradoras, enceradoras, pértigas articuladas, etcétera. Cada una de las dependencias contará, al menos, con una aspiradora de polvo, un carro con doble cubo por cada uno/una de los trabajadores/as asignados/as a las mismas, así como mopas y bayetas.
El material necesario para realizar las operaciones de limpieza y cuya adquisición correrá a cargo de la empresa contratista, será de primera calidad entre los existentes en el mercado para cada tipo de operación y se utilizará en cantidad y concentración suficiente como para que las labores de limpieza sean correctas.
En el primer mes de prestación del servicio, la empresa contratista deberá presentar la siguiente información relativa a cada uno de los productos de limpieza que va a utilizar:
• Tipo de producto
• Forma de presentación y envase
• Marca
• Composición
• Fichas de seguridad, así como la descripción de usos y dosis requeridas.
En cuanto al uso de materiales de bajo impacto ambiental, en el caso de productos reciclados:
• El papel para secado de manos debe ser papel 100% reciclado.
• Las bolsas de basura deberán ser de diferentes colores para permitir la recogida selectiva de residuos y deberán ser de materiales reciclados libres de plástico halogenado (PVC).
Para garantizar la calidad del producto, éste deberá poseer la correspondiente certificación o etiqueta ecológica, y en el caso de que no disponga de ninguna de ellas, la empresa deberá presentar una declaración formal del fabricante indicativa de que el producto es reciclado.
Los productos de limpieza y ambientadores deberán ajustarse a los siguientes requisitos:
1. Ambientador ecológico con germicida y desodorante bactericida biodegradable y desinfectante.
2. Limpiacristales que deberá estar especialmente formulado para todo tipo xx xxxxxxxxx sin que forme velos y que deje una ligera capa antipolvo.
3. Decapante de ceras y barnices que se pueda usar en todo tipo de suelos.
4. Cristalizador de pavimentos y terrazos no vitrificados que proporcione brillo y alta resistencia al desgaste, que sea antideslizante y permita el uso de detergentes neutros.
5. Cera formada con ceras naturales nutrientes, disolventes especiales de gran poder limpiador y siliconas abrillantadoras y antipolvo.
6. Limitación del uso de materiales nocivos: el uso de productos de limpieza especialmente nocivos para el medio ambiente como el hipoclorito sódico (lejía) se limitará a aquellas zonas en las puedan encontrarse gérmenes o bacterias, como lavabos, duchas, etcétera.
7. Siempre que sea posible se utilizarán productos desinfectantes de bajo impacto ambiental. En todo caso, se prohibirá el uso de productos que contengan paraclorodifenoles, clorobenzoles e hidrocarburos policíclicos, así como cualquier sustancia incluida en la lista de sustancias peligrosas prioritarias en política de aguas.
8. En cuanto a los productos de limpieza no desinfectantes, los criterios ambientales que deben aplicarse a los productos a utilizar son: la etiqueta europea o equivalente; ausencia de productos cáusticos, corrosivos y derivados del petróleo. Ausencia de aditivos fosfatados; los niveles de COVs (compuestos orgánicos volátiles) no deben exceder el 6%; evitar tintes y fragancias, salvo que se justifique por el medio de trabajo; uso de productos biodegradables, basados en ingredientes orgánicos; que los productos adquiridos sean de forma concentrada aplicables mediante dilución. Envases reciclables, siempre que sea posible; evitar el uso de aerosoles con propelentes que afecten a la capa de ozono.
9. En general los suelos y pavimentos se limpiarán con pasta de jabón neutro y se prescindirá del uso de desinfectante (lejía), con excepción de los espacios y los edificios con prescripciones específicas al respecto.
10.En WC, lavamanos, duchas y otros desagües, se deben utilizar desinfectantes con gran poder bactericida, en este caso se podrá utilizar hipoclorito sódico (lejía). En ningún caso se puede usar lejía fuera de las zonas previstas, esta prohibición incluye la limpieza de pavimentos.
11.Todos los envases de productos deberán llegar a las distintas dependencias perfectamente cerrados, garantizando su no manipulación previa. La empresa adjudicataria se responsabilizará de su correcto almacenaje y, en su caso, correcta eliminación. Todos los envases utilizados deberán estar debidamente etiquetados (nombre comercial del producto, designación química de las sustancias tóxicas o peligrosas que pueda contener el producto, símbolos de toxicidad/peligrosidad correspondientes, e instrucciones de uso y dosificación), e informar claramente de los productos
peligrosos que contengan, de manera que cualquier persona pueda identificar el producto y tomar las medidas necesarias.
00.Xx debe reducir el consumo de productos químicos mediante el control y el uso de sistemas de dosificación.
Los productos destinados a la higiene personal deberán ajustarse a las siguientes características:
1. Gel xx xxxxxx de manos/ducha hipoalergénico, con una viscosidad adecuada para su utilización mediante equipos dosificadores convencionales. Poseerá, a su vez, facilidad de eliminación, dejando la piel suave, sin tacto áspero y sin sensación de pegajosidad.
2. Toallitas secamanos: toallitas de papel 100 % reciclado, con las medidas de los dispensadores ubicados en los aseos de las dependencias.
3. Papel higiénico: biodegradable, doble capa, blanco, tipo tisú, gramaje 18.
4. Ambientadores aromáticos, en los aseos masculinos y femeninos.
5. Bobina industrial, dos capas – 450 mts., plus, para Escuadrón, Sección Canina y Sección Banda.
En los productos destinados a la limpieza, desinfección y desinsectación de las zonas de estancia de caballos, perros y locales similares (cuadras/perreras/anexos) relacionados con el Escuadrón de Caballería y la Sección Canina, se indicará el número de registro sanitario y la ficha técnica correspondiente. Los productos utilizados y suministrados deberán estar autorizados según la legislación vigente y serán almacenados en lugares habilitados a tal fin. No deberán almacenarse sin etiqueta identificativa. Deberán conservarse en sus envases originales.
La viruta suministrada para el acondicionamiento de las camas en los Boxes de los caballos deberá tener las siguientes características:
• La viruta será de xxxxxx xx xxxx o chopo específica para équidos.
• Será de lasca grande.
• Estará cribada, exenta de polvo y suciedad.
• 100 % natural.
• Libre de gérmenes y hongos.
• Alta absorción.
• No contendrá pesticidas ni aditivos químicos.
Los contenedores higiénicos de los aseos femeninos de las dependencias objeto del contrato deberán ser sustituidos mensualmente por otros de iguales características, tratados e higienizados con desinfectante autorizado, de acción vapor sobre todo el residuo, con una duración de hasta ocho semanas como mínimo y actividad sobre virus de la Hepatitis B, HIV, entre otros, debiendo garantizar un perfecto estado de la asepsia.
Es responsabilidad de la empresa contratista la administración, uso, cuidado y retirada, en su caso, de cualquier elemento suministrado por la misma.
Se prohíbe, en todo caso y de forma expresa, el uso de productos de cualquier tipo que por sus características sean susceptibles de producir, por sí solos o por interacción con otros, corrosión o daño a las superficies sobre las que se apliquen, o a las personas o bienes que las utilicen.
CLAUSULA 8: SUMINISTRO DE AGUA Y ENERGIA ELECTRICA.
Serán de cuenta de la Administración contratante el suministro de agua y energía eléctrica necesario para el desarrollo de los trabajos contratados, comprometiéndose la empresa contratista a instruir a su personal y hacer cumplir las medidas de ahorro de agua y energético adecuadas en estos suministros.
CLAUSULA 9: CONTROL DE CALIDAD.
Se exigirá la puesta a disposición de la Administración contratante de un sistema de control de la prestación de los servicios que permita al Departamento de Inmuebles e Instalaciones conocer, en todo momento, el estado de ejecución de los servicios contratados.
La información proporcionada por el sistema debe de ser amplia (altas, bajas y redistribución del personal, horario de los servicios, programación de servicios periódicos o repetitivos, partes e informes de actividades específicas realizadas en la ejecución del servicio, mecanismos de supervisión técnica, etc…), debiendo la empresa contratista facilitar las características del soporte o procedimientos por los cuales la Administración contratante podrá tener acceso a dicha información.
a) El Encargado – Inspector de la empresa contratista deberá supervisar el buen rendimiento de los operativos de la plantilla del personal adscrito al servicio, el resultado final de las operaciones y el cumplimiento del horario objeto de este contrato, siendo aquel el interlocutor inmediato con el Departamento de Inmuebles e Instalaciones para resolver los problemas cotidianos que plantee la prestación del servicio.
La identidad de esta persona, juntamente con los datos necesarios para su fácil localización, (especialmente número de teléfono, correo electrónico)deberá aparecer mencionados en la correspondiente oferta.
b) La Dirección General de la Policía Municipal, a propuesta del Departamento de Inmuebles e Instalaciones, designará un responsable en cada una de las diferentes dependencias quien directamente comprobará la buena marcha de la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, informando de la situación al citado Departamento a fin de que conozca en todo momento como se está desarrollando el servicio. En caso de deficiencias en el desarrollo del mismo, el informe de esta situación se efectuará en veinticuatro horas para poder tomar medidas y subsanarlas.
Para ello los responsables de cada una de las dependencias, utilizando el programa informático municipal para gestión de incidencias en inmuebles e instalaciones, dejarán constancia de las que se produzcan.
Fichas de Calidad de Limpieza:
Así mismo, los responsables de cada una de las dependencias dispondrán de la FICHAS DE CALIDAD, ficha de control de calidad de limpieza, que figura en el Anexo de este Pliego, en las que deberán dejar constancia de si se está prestando el servicio de manera adecuada, o si bien se está prestando de manera defectuosa, debiendo incorporar a las mismas las observaciones que estimen oportunas.
La ficha de control de calidad del servicio de limpieza será remitida cuando se considere oportuno y con carácter obligatorio mensualmente al Departamento de Inmuebles e Instalaciones, mediante correo electrónico.
Por otro lado y con independencia de lo anterior, el Departamento de Inmuebles e Instalaciones realizará inspecciones periódicas a la totalidad de las dependencias objeto del contrato para comprobar el cumplimiento del mismo.
c) Si como consecuencia de las incidencias comunicadas o de las comprobaciones e inspecciones efectuadas se advirtiese que existe una ejecución defectuosa de la prestación, o bien que la misma no se ha realizado, se procederá a iniciar el correspondiente expediente de imposición
de penalidades o en su caso a la resolución del contrato e incluso a la posterior inhabilitación del adjudicatario, todo ello de conformidad con lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el presente contrato.
d) La empresa contratista dispondrá, igualmente, de un SISTEMA DE CONTROL adecuado que permita garantizar la correcta prestación del servicio. Sistema que podrá ser supervisado por el Departamento de Inmuebles e Instalaciones.
e) El Departamento de Inmuebles e Instalaciones podrá modificar, de mutuo acuerdo con la empresa contratista, el control de calidad dispuesto por aquella, instaurando el que se considere más adecuado a las características del servicio prestado.
CLAUSULA 10: HUELGA DE LIMPIEZA.
En el eventual supuesto de huelga legal de los trabajadores adscritos a los diferentes servicios objeto del contrato, la empresa contratista deberá informar con la antelación necesaria al Departamento de Inmuebles e Instalaciones, ya sea por carta, fax o cualquier otro medio que permita dejar constancia de dicha comunicación, sobre los servicios mínimo que se vayan a prestar.
Una vez finalizada la huelga la empresa contratista deberá presentar obligatoriamente en el plazo máximo de una semana un informe, que deberá contar con la conformidad del Departamento de Inmuebles e Instalaciones, en el que se informara del desarrollo de la huelga y en el que se indicara cuáles son los servicios mínimos efectivamente prestados, el número de horas, en su caso, se haya dejado de prestar y las dependencias en las que se haya producido el incumplimiento.
Comprobada la defectuosa prestación del servicio se procederá al cálculo de la correspondiente deducción en la factura del mes en que se haya producido aquella teniendo en cuenta, a estos efectos, el porcentaje de participación de la dependencia en el coste total del precio del contrato. El importe de la deducción calculada se comunicará por escrito a la empresa contratista a fin de que proceda a efectuar la misma en la factura del mes que corresponda o, en su defecto, en la del siguiente, según lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, Ley Orgánica de Libertad Sindical y demás normativa laboral.
CLAUSULA 11: FACULTAD DE INSPECCION Y CONTROL DE LOS TRABAJOS.
El Departamento de Inmuebles e Instalaciones de la Dirección General de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid podrá inspeccionar tanto al personal de la empresa contratista, como su trabajo en todo lo establecido en el presente Pliego y sus Anexos, así como comprobar el servicio realizado cuando lo considere oportuno.
En caso de incumplimiento de las estipulaciones establecidas en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas Particulares, se comunicará por escrito a la empresa contratista haciendo constar la anomalía detectada.
La empresa contratista vendrá obligada a la corrección de las irregularidades o alteraciones que se produjesen en el servicio, so pena de la imposición de penalidades o resoluciones del contrato en los términos previstos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
La Subdirección General Económico Administrativa podrá requerir a la empresa contratista, en el momento que lo considere necesario, la documentación relativa a las obligaciones establecidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus Reglamentos de desarrollo.
Corresponde la supervisión de los trabajos de los servicios objeto del contrato al Departamento de Inmuebles e Instalaciones de la Subdirección General Económico Administrativa, como responsable del contrato.
CLÁUSULA 12: RELACIONES INSTITUCIONALES.
La empresa contratista no podrá mantener relación institucional, hacer declaraciones a medios de comunicación o entregar documentación o datos, sobre temas concernientes al contrato, sin la autorización de la Dirección General de Policía Municipal. Ni la empresa ni sus trabajadores afectos a la ejecución del servicio, podrán en ningún caso mantener relación alguna con instancias oficiales, públicas o privadas o medios de comunicación o publicaciones sin permiso expreso y previo de la Dirección General de Policía Municipal, sobre materias relacionadas con la prestación del servicio.
Esta prohibición persistirá aun cuando haya finalizado la ejecución del contrato.
CLÁUSULA 13: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
13.1 MODIFICACIONES PREVISTAS DEL SERVICIO QUE IMPLICAN LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Para el normal desarrollo de las actividades que se realizan en las dependencias de la Dirección General de Policía Municipal, tal y como queda reflejado en la primera cláusula del presente Pliego, es imperativo prever la posibilidad de modificar el contrato, de conformidad con el artículo 106 del TRLCSP, se establece:
Si a lo largo del periodo de vigencia fuera necesario modificar la relación de inmuebles por una modificación en la adscripción de edificios ordenada por órgano superior, añadiendo o eliminando edificios; el adjudicatario está obligado a prestar el servicio en los edificios añadidos y dejar de prestarlo en los retirados siempre que la variación en el precio del contrato, calculada como se indica a continuación, no supere el 10% de su valor.
La modificación de la relación de edificios dará lugar a la variación del precio de adjudicación del contrato, al alza o a la baja en la misma proporción que la variación de superficie, siempre que la modificación supere el 2%, considerada en valores absolutos, de la superficie prevista inicialmente (63.602 m2).
13.2. MODIFICACIONES PREVISTAS DEL SERVICIO QUE IMPLICAN LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO SIN MODIFICACIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO.
En el caso de que la modificación, calculada conforme a lo indicado en el apartado anterior, sea igual o inferior al 2%, considerada en valores absolutos, de la superficie prevista inicialmente (63.602 m2), el coste de la modificación contractual será asumido por el Adjudicatario o por el Ayuntamiento en función de que se trate de una modificación al alza o a la baja, sin que exista modificación económica del contrato.
CALUSULA 14: DOCUMENTACIÓN
Los licitadores presentarán, en el sobre de documentación administrativa, además de los documentos que se exigen en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas, un Catálogo de Productos de limpieza a utilizar y sus características, además de un memorándum sobre los medios materiales y técnicos y métodos generales de limpieza usados por la empresa contratista, forma de realizar el control de los mismos por parte de esta última y del sistema de información a realizar a los responsables de las dependencias y al Departamento de Inmuebles e Instalaciones al respecto.
En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.
CALUSULA 15: ORDENACIÓN DEL SERVICIO
Tras la formalización del contrato, se concretará con la empresa adjudicataria la prestación del servicio por el personal adscrito a la ejecución del contrato en las diferentes dependencias. Durante la ejecución del contrato podrá readecuarse la prestación del servicio si razonadamente lo estima necesario el Departamento de Inmuebles e Instalaciones.
Es condición especial de ejecución tener a disposición documentación completa y verificable sobre los trabajadores y trabajadoras empleados, a presentarla al órgano de contratación cuando éste lo
requiera y a advertir a las personas trabajadoras sobre la posibilidad de una inspección por parte de dicho órgano.
ANEXO
FICHA DE CONTROL DE CALIDAD DE LIMPIEZA
UNIDAD
FECHA _
3.1. DIARIAMENTE BIEN REGULAR MAL
a) Ventilación de los locales en los que existan ventanas...................
b) Vaciado y limpieza xx xxxxxxxxx (exteriores) y papeleras.............
c) Limpieza general de suelos y su fregado........................................
d) Desempolvado y repaso húmedo (mesas, asientos, lámparas, etc.)
e) Desempolvado y repaso de huellas y otras trazas de suciedad......
f) Servicios sanitarios..........................................................................
g) Especial limpieza xx xxxxx de ordenadores y terminales informáticos efectuando el desempolvado por medio de aspiración..............................
h) Limpieza de ascensores..................................................................
i) Limpieza de teléfonos, fax, etc........................................................
j) Limpieza de office............................................................................
k) Barrido zonas de acceso a garajes, edificios y zonas exteriores....
l) Retirada de residuos y reciclaje.......................................................
m) Cubos de basura: Colocación de los cubos y posterior retirada al interior de la Unidad, una vez vaciados por el Servicio Municipal correspondiente, siempre que se realice dentro de la jornada laboral del personal de limpieza
3.2. SEMANALMENTE BIEN REGULAR MAL
a) Repaso general de entrepaños, patas, faldones de mesas y otros muebles
b) Fregado de alicatados, bruñido metales y repaso elementos
situados a más de dos metros de altura..........................................
c) Limpieza de almacenes....................................................................
d) Limpieza de patios y aparcamientos; especialmente barrido
por procedimientos mecánicos de garajes, limpieza de aceites, grasas y otros............................................................................
e)Desempolvado de libros....................................................................
3.3. QUINCENALMENTE BIEN REGULAR MAL
a) Limpieza xx xxxxxxxxx tanto interiores como exteriores...........................
b) Limpieza de plantas artificiales y macetas..............................................
3.4. MENSUALMENTE BIEN REGULAR MAL
a) Limpieza de techos y paredes.................................................................
b) Limpieza de aparatos de luz, cuadros y demás objetos situados en paredes......
c) Limpieza de aparatos individuales de aire acondicionado......................
d) Fecha de reposición de contenedores higiénicos...................................
3.5. TRIMESTRALMENTE BIEN REGULAR MAL
a) Limpieza de persianas y estores...............................................................
b) Cristalizado de suelos xx xxxxxx, terrazo y similares..............................
c) Metalizado de suelos sintéticos....................................................
d) Limpieza a fondo de muebles y enseres......................................
3.6. SEMESTRALMENTE BIEN REGULAR MAL
a) Limpieza de extintores y BIES....................................................................
b) Limpieza de interior de suelos técnicos xx xxxxx de ordenadores
con medios adecuados a sus características.....................................................
c) Fregado por procedimientos mecánicos de garajes....................................
d) Limpieza / lavado especial a fondo de la moqueta....................................
e) Elementos xx xxxxx al exterior.................................................................
3.7. OTROS TRABAJOS A REALIZAR
a) Limpieza de la vía pública, cuando así proceda en cumplimiento de las Ordenanzas Municipales.....................................................................
VALORACIÓN GLOBAL DEL SERVICIO PRESTADO BIEN REGULAR MAL
OBSERVACIONES:
CUADRO SUPERFICIES | ||
RELACION DE DEPENDENCIAS OBJETO DE LA PRESTACION DE LIMPIEZA | ||
DEPENDENCIA | DIRECCION | LOCALES M2 |
UID CENTRO NORTE | PZA. STA. Xx XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, Nº 2 | 2100 |
UID XXXXXX XXX | X/ XXXXXXX, Xx 00 | 0000 |
XXX XXXXXXXXXX | Xx. DE LA CHOPERA, Nº 2 | 3075 |
U. ATESTADOS DE TRAFICO | C/ PLOMO, Nº 14 | 7892 |
U. ESPECIAL DE TRAFICO | XXXX. XXX XXXXXXXXXX, Xx 0 | 0000 |
XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX | C/ COCHERAS, Nº 5 | 781 |
U. APOYO SEGURIDAD - DESTAC. RETIRO | Pº XXXXXX XXXXX, Nº 2 X (XXXXXX XXXXXX) | 000 |
XXX XXXXXXXXX | X/ XXXXX XXXXXXX 00 | 1474 |
UID CHAMARTIN | X/ XXXXXXXX XX XXXXXXX, Xx 000 | 2723 |
UID TETUAN | XXXX. XX XXXXXXXX, Xx 00 | 1461 |
UID FUENCARRAL | XXXX. XXXX XXXXXXXX, Xx 0 | 0000 |
X. XXXXX X XX XXXXXXXXX | CTRA. EL XXXXX, Nº 3 | 3174 |
U. CENTRAL DE SEGURIDAD I | RDA. XXX XXXX, Nº 6 | 1381 |
SECCION BANDA | X/ XXXXX XXXX, Xx 0 | 000 |
X. XX XXXXX XXXXXXXX | C/ GANADERIA, Nº 3 | 750 |
SECCION CANINA | XXX. XX XXX XXXXX, Xx 0 | 000 |
XXX XXXXXXX - XXXXXXX | C/ XXXXXXXXX Y XXXXXXX XXXXXXXXX, Nº 2 | 880 |
UID MONCLOA - ARAVACA - COMISARIA MIXTA | X/ XXX XXXXX, Xx 00 | 000 |
XXXXXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXX MUNICIPAL | AVENIDA PRINCIPAL, 6 | 6138 |
UID CHAMBERI | X/ XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX, Xx 0 | 0000 |
XXXXXXX XXXXXXXXXXXX | XXXX. XXXXXXXXXX, Xx 0 | 4473 |
UID LATINA | X/ XXXXXXX XX XXXXX, Xx 00 | 1456 |
UID CARABANCHEL | C/ ALBOX, Nº 8 | 1100 |
UID USERA | X/ XXXXXX XXXXXX XXXXXX, Xx 00 | 0000 |
XXX XXXXXX XX XXXXXXXX | C/ PUERTO XXXXXXX, Nº 7 | 1086 |
UNIDAD DE EDUCACION VIAL | C/ XXXX XXXXX XXXXX, Nº 49 | 864 |
UID CIUDAD LINEAL | X/ XXXX XXXXXXX XXX, Xx 00 | 1100 |
UID HORTALEZA | X/ XXXXXXXX, Xx 0 | 0000 |
XXX XXXXXXXXXX | XXXX. XXXXXXXXXXX-XXXXXXXXXX, 000 | 0000 |
XXX XXXXX XX XXXXXXXX | AVDA. REAL XXXXXXX, Nº 64 | 1400 |
UID VICALVARO | Pº. DEL POLIDEPORTIVO, Nº 138 | 1100 |
UID SAN XXXX | C/ ESTOCOLMO, Nº 91 | 1100 |
UID XXXXXXX | X/ XXXXXXXXXXX, Xx 00 | 0000 |
XXX XXXXXXXXX | X/ XXXXXX XXXXXXXXXX, Xx 0 | 0000 |
XXXXXX XX XXXXXXXXX XXXX XX XXXXX | C/ XXXXXX, Nº 10 | 413 |
TOTAL | 63602 |
RELACION DE DEPENDENCIAS OBJETO DE LA PRESTACION DE LIMPIEZA | ||||||||
HORAS SEMANA | ||||||||
Encargado | Peón | Limpiador | Lim Xxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Peón Domi | |||
DEPENDENCIA | DIRECCION | M2 | ||||||
UID XXXXXX XXXXX | XXX. XXX. Xx XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, Xx 0 | 2100 | 50 | 2,99 | 4,01 | |||
UID CENTRO SUR | C/ MONTERA, Nº 16 | 3726 | 55,50 | 4,01 | 4,01 | |||
UID XXXXXXXXXX | Xx. XX XX XXXXXXX, Xx 0 | 3075 | 74,49 | 2,99 | 4,01 | |||
U. ATESTADOS DE TRAFICO | C/ PLOMO, Nº 14 | 7892 | 207,00 | 4,01 | 4,01 | |||
U. ESPECIAL DE TRAFICO | XXXX. XXX XXXXXXXXXX, Xx 0 | 0000 | 16,00 | 1,99 | 4,01 | |||
UNIDAD INTEGRAL DE RETIRO | C/ COCHERAS, Nº 5 | 781 | 30,00 | 2,99 | 2,99 | |||
U. APOYO SEGURIDAD - DESTAC. RETIRO | Pº XXXXXX XXXXX, Nº 2 B (PARQUE RETIRO) | 494 | 7,00 | 0,00 | 1,99 | |||
UID SALAMANCA | X/ XXXXX XXXXXXX 00 | 1474 | 35,00 | 1,99 | 4,01 | |||
UID CHAMARTIN | X/ XXXXXXXX XX XXXXXXX, Xx 000 | 0000 | 98,01 | 2,99 | 4,01 | |||
UID TETUAN | XXXX. XX XXXXXXXX, Xx 00 | 1461 | 73,00 | 4,01 | 4,01 | |||
UID FUENCARRAL | XXXX. XXXX XXXXXXXX, Xx 7 | 1263 | 35,00 | 4,01 | 4,01 | |||
U. APOYO A LA SEGURIDAD | CTRA. EL XXXXX, Nº 3 | 3174 | 35,00 | 105,01 | 14,00 | 11,97 | 7,59 | |
U. CENTRAL DE SEGURIDAD I | RDA. XXX XXXX, Nº 6 | 1381 | 48,50 | 2,99 | 2,99 | |||
SECCION BANDA | X/ XXXXX XXXX, Xx 0 | 000 | 19,51 | 0,00 | 0,00 | |||
U. DE MEDIO AMBIENTE | C/ GANADERIA, Nº 3 | 750 | 18,01 | 1,99 | 1,99 | |||
SECCION CANINA | RDA. DE LOS TOROS, Nº 2 | 536 | 33,39 | 9,99 | 1,99 | 1,99 | 7,59 | |
UID MONCLOA - ARAVACA | X/ XXXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX, Xx 0 | 000 | 59,99 | 0,00 | 1,99 | |||
COMISARIA MIXTA ARAVACA | C/ OSA MAYOR, Nº 72 | 375 | 20,00 | 0,00 | 0,00 | |||
DIRECCION GENERAL DE PM | XXXXXXX XXXXXXXXX | 0000 | 29,00 | 30,00 | 132,49 | 5,01 | 6,08 | |
UID CHAMBERI | X/ XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX, Xx 0 | 0000 | 38,99 | 4,01 | 4,01 | |||
SECCION SEÑALIZACION | AVDA. VALLADOLID, Nº 6 | 4473 | 73,99 | 4,01 |
UID LATINA | X/ XXXXXXX XX XXXXX, Xx 00 | 0000 | 50,00 | 4,01 | 4,01 | |||
UID CARABANCHEL | C/ ALBOX, Nº 8 | 1100 | 35,00 | 4,01 | 4,01 | |||
UID USERA | C/ DOCTOR XXXXXX XXXXXX, Nº 16 | 2130 | 58,00 | 0,00 | 4,01 | |||
UID XXXXXX XX XXXXXXXX | X/ XXXXXX XXXXXXX, Xx 7 | 1086 | 30,00 | 2,99 | 4,01 | |||
UNIDAD DE EDUCACION VIAL | C/ XXXX XXXXX XXXXX, Nº 49 | 864 | 25,01 | 0,00 | 0,00 | |||
UID CIUDAD LINEAL | C/ XXXX XXXXXXX XXX, Nº 17 | 1100 | 43,00 | 4,01 | 4,01 | |||
UID HORTALEZA | C/ AREQUIPA, Nº 4 | 1100 | 38,99 | 4,01 | 4,01 | |||
UID XXXXXXXXXX | XXXX. XXXXXXXXXXX- XXXXXXXXXX, 000 | 0000 | 38,99 | 4,01 | 4,01 | |||
UID XXXXX XX XXXXXXXX | XXXX. XXXX XXXXXXX, Xx 64 | 1400 | 28,00 | 4,01 | 4,01 | |||
UID VICALVARO | Pº. DEL POLIDEPORTIVO, Nº 138 | 1100 | 38,99 | 4,01 | 2,97 | |||
UID SAN XXXX | C/ ESTOCOLMO, Nº 91 | 1100 | 38,99 | 4,01 | 2,99 | |||
UID XXXXXXX | C/ TRESPADERNE, Nº 16 | 1950 | 49,00 | 4,01 | 4,01 | |||
UID MORATALAZ | X/ XXXXXX XXXXXXXXXX, Xx 0 | 0000 | 50,00 | 4,01 | 4.01 | |||
PARQUE DE EDUCACION VIAL DE USERA | C/ XXXXXX, Nº 10 | 413 | 15,00 | |||||
GENERAL | 38,99 | 78,00 | ||||||
TOTAL | 63602 | |||||||
67,99 | 176,39 | 1746,45 | 109,07 | 118,14 | 15,19 |
LUN - SAB | DOM - FES | ||
LIMPIADORA | 1855,52 | 118,14 | |
PEON ESP | 176,39 | 15,19 | |
ENCARG | 67,99 |
RELACION DE DEPENDENCIAS OBJETO DE LA PRESTACION DE LIMPIEZA | ||||||||
HORAS ANUALES | ||||||||
Encargado | Peón | Limpiador | Lim Sábado | Lim Xxxxxxx | Xxxx Xxxxxxx | |||
DEPENDENCIA | DIRECCION | M2 | ||||||
UID XXXXXX XXXXX | XXX. XXX. Xx XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, Xx 0 | 2100 | 2607 | 156 | 209 | |||
UID CENTRO SUR | C/ MONTERA, Nº 16 | 3726 | 2894 | 209 | 209 | |||
UID XXXXXXXXXX | Xx. XX XX XXXXXXX, Xx 0 | 3075 | 3884 | 156 | 209 | |||
U. ATESTADOS DE TRAFICO | C/ PLOMO, Nº 14 | 7892 | 10793 | 209 | 209 | |||
U. ESPECIAL DE TRAFICO | XXXX. XXX XXXXXXXXXX, Xx 0 | 1515 | 834 | 104 | 209 | |||
UNIDAD XXXXXXXX XX XXXXXX | X/ XXXXXXXX, Xx 0 | 781 | 1564 | 156 | 156 | |||
U. APOYO SEGURIDAD - XXXXXX. XXXXXX | Xx XXXXXX XXXXX, Xx 0 X (XXXXXX XXXXXX) | 494 | 365 | 104 | ||||
UID SALAMANCA | X/ XXXXX XXXXXXX 00 | 1474 | 1825 | 104 | 209 | |||
UID CHAMARTIN | X/ XXXXXXXX XX XXXXXXX, Xx 000 | 0000 | 5110 | 156 | 209 | |||
UID TETUAN | XXXX. XX XXXXXXXX, Xx 68 | 1461 | 3806 | 209 | 209 | |||
UID FUENCARRAL | XXXX. XXXX XXXXXXXX, Xx 0 | 1263 | 1825 | 209 | 209 | |||
U. APOYO A LA SEGURIDAD | CTRA. EL XXXXX, Nº 3 | 3174 | 1825 | 5475 | 730 | 624 | 396 | |
U. CENTRAL DE SEGURIDAD I | RDA. XXX XXXX, Nº 6 | 1381 | 2529 | 156 | 156 | |||
SECCION BANDA | X/ XXXXX XXXX, Xx 0 | 000 | 0000 | |||||
X. XX XXXXX XXXXXXXX | C/ GANADERIA, Nº 3 | 750 | 939 | 104 | 104 | |||
SECCION CANINA | RDA. DE LOS TOROS, Nº 2 | 536 | 1741 | 521 | 104 | 104 | 396 | |
UID MONCLOA - ARAVACA | X/ XXXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXX, Xx 2 | 880 | 3128 | 104 | ||||
COMISARIA MIXTA ARAVACA | C/ OSA MAYOR, Nº 72 | 375 | 1043 | |||||
DIRECCION XXXX XX XXXXXXX XXXXXXXXX | XXXXXXX XXXXXXXXX, 0 | 0000 | 0000 | 1564 | 6908 | 261 | 317 | |
UID CHAMBERI | X/ XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX, Xx 0 | 0000 | 2033 | 209 | 209 | |||
SECCION SEÑALIZACION | XXXX. XXXXXXXXXX, Xx 0 | 4473 | 3858 | 209 | ||||
UID LATINA | C/ XXXXXXX DE | 1456 | 2607 | 209 | 209 |
ARANA, Nº 50 | ||||||||
UID CARABANCHEL | C/ ALBOX, Nº 8 | 1100 | 1825 | 209 | 209 | |||
UID USERA | C/ DOCTOR XXXXXX XXXXXX, Nº 16 | 2130 | 3024 | 209 | ||||
UID XXXXXX XX XXXXXXXX | X/ XXXXXX XXXXXXX, Xx 0 | 1086 | 1564 | 156 | 209 | |||
UNIDAD DE EDUCACION VIAL | C/ XXXX XXXXX XXXXX, Nº 49 | 864 | 1304 | |||||
UID CIUDAD LINEAL | C/ XXXX XXXXXXX XXX, Nº 17 | 1100 | 2242 | 209 | 209 | |||
UID HORTALEZA | X/ XXXXXXXX, Xx 0 | 1100 | 2033 | 209 | 209 | |||
UID XXXXXXXXXX | XXXX. XXXXXXXXXXX- XXXXXXXXXX, 000 | 1100 | 2033 | 209 | 209 | |||
UID XXXXX XX XXXXXXXX | XXXX. XXXX XXXXXXX, Xx 64 | 1400 | 1460 | 209 | 209 | |||
UID VICALVARO | Pº. DEL POLIDEPORTIVO, Nº 138 | 1100 | 2033 | 209 | 155 | |||
UID SAN XXXX | C/ ESTOCOLMO, Nº 91 | 1100 | 2033 | 209 | 156 | |||
UID XXXXXXX | C/TRESPADERNE, Nº 16 | 1950 | 2555 | 209 | 209 | |||
UID MORATALAZ | X/ XXXXXX XXXXXXXXXX, Xx 0 | 1448 | 2607 | 209 | 209 | |||
PARQUE DE EDUCACION VIAL DE USERA | C/ XXXXXX, Nº 10 | 413 | 782 | |||||
GENERAL | 2033 | 4067 | ||||||
TOTAL | 63602 | |||||||
3545 | 9197 | 91060 | 5687 | 6160 | 792 | |||
LUN - SAB | DOM – FES | |||||||
LIMPIADORA | 96747 | 6160 | ||||||
PEON XXX | 0000 | 000 | ||||||
XXXXXXXXX | 0000 |
RELACIÓN DEPENDENCIAS DONDE SE DEPOSITARÁN CONTENEDORES HIGIENICOS | |||
UNIDAD | DIRECCION | Nº CONTENEDORES HIGIENICOS | SISTEMA DE HIGIENE Y CONTROL OLORES |
Mensual | Mensual | ||
Dirección General de la Policía Municipal | Casa de Campo (Pipa- Pico Pato-Madrid Master) | 26 | 26 |
Sección Señalización | Xxxx. Xxxxxxxxxx, 0 | 0 | 0 |
X.X.X. Xxxxxx | X/ Xxxxxxx xx Xxxxx, 00 | 0 | 0 |
X. Xxxxxxxxx xx Tráfico | C/ Plomo, 14 | 18 | 18 |
Unidad de Educación Xxxx Xxxxxxxxx | X/ Xxxx xx Xxxxx Xxxxx, 00 | 0 | 0 |
Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx y Protección / Grupo de Escoltas y Protección | Pº de la Chopera, 10 | 2 | 2 |
Unidad Especial Tráfico | Xxxx. xxx Xxxxxxxxxx, 0 | 0 | 0 |
Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxxx | X/ Xxxxxxxxx, 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxx. Xx Xxxxx, 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxx Xxxxxx | Xxxxx xx xxx Xxxxx, 0 | 0 | 0 |
U.I.D. Xxxxxx Xxx | X/ Xxxxxxx, 00 | 0 | 0 |
Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx. xxx Xxxxxx | Xxx. xxx Xxxxxx | 0 | 1 |
U.I.D. Chamberí | X/ Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, 0 | 0 | 0 |
U.I.D Mncloa-Aravaca | X/ Xxx. x Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxx | X/ Xxx Xxxxx, 00 | 0 | 0 |
X.X.X. Xxxxxx | Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, 00. | 7 | 7 |
U.I.D. Usera | X/ Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, 00 | 0 | 0 |
X.X.X. Xxxxxxxxxx | Xxxx. Xxxxxxxxxxx- Xxxxxxxxxx 000 | 0 | 0 |
X.X.X. Xxxxxxxxxxx | X/ Xxxxx, 0 | 0 | 0 |
X.X.X. Xxxxxx | X/ Xxxxxxxx,0 | 0 | 0 |
X.X.X. Xxxxxxxxx | X/ Xxxxxx Xxxxxxxxxx, 0 | 0 | 0 |
X.X.X. Xxxxxx Xxxxxxxx | C/ Puerto Xxxxxxx, 7 | 3 | 3 |
U.I.D. Villa-Vallecas | Xxxx. Xxxx xx Xxxxxxx, 00 | 0 | 0 |
X.X.X. Xxxxxxxxx | Xx del Polideportivo, 138 | 6 | 6 |
U.I.D. Chamartín - Unidad | X/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, | 00 | 00 |
xx Xxxxxxx | 000, 0x | ||
X.X.X. Xxxxxxxxx | X/ Xxxxx Xxxxxxx, 00 | 0 | 0 |
X.X.X. Xxxxxx Xxxxxx | X/ X. Xxxxxxx Xxx, 00 | 0 | 0 |
X.X.X. Xxxxxxxxxx | Xxxx. Xxxx Xxxxxxxx, 0 | 0 | 0 |
X.X.X. Xxx Xxxx | C/ Estocolmo, 91 | 6 | 6 |
U.I.D. Xxxxxxx | X/ Xxxxxxxxxxx, 00 | 0 | 0 |
X.X.X. Xxxxxxxxx | X/ Xxxxxxxx, 0 | 0 | 0 |
Xxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx 1 | Xxxxx xxx Xxxx, 6 | 4 | 4 |
Destacamento de Retiro (UCS 1) | Pº Xxxxxx Xxxxx, 2 B | 3 | 3 |
Educación vial (Usera) | C/ Xxxxxx, 10 | 3 | 3 |
U.I.D. Centro Norte | Xxx. Xxxxx Xx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, 0 | 0 | 0 |
X.X.X. Xxxxxxxxxx | Xx de la Chopera, 2 | 8 | 8 |
TOTAL | 203 | 203 |
PERSONAL SUBROGACIÓN LIMPIEZA | ||||
Categoría profesional | Tipo de contrato | Jornada | Fe.antig. | Incentivos |
LIMPIADOR/A | 200 | 35,00 | 17/12/2008 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 17,00 | 20/09/2009 | |
LIMPIADOR/A | 100 | 39,00 | 02/01/1993 | |
LIMPIADOR/A | 100 | 39,00 | 01/05/2000 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 19,50 | 10/10/2005 | |
LIMPIADOR/A | 289 | 37,50 | 01/08/2001 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 20,00 | 01/02/1993 | |
LIMPIADOR/A | 289 | 30,00 | 31/12/2001 | |
LIMPIADOR/A | 189 | 39,00 | 02/07/2007 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 25,00 | 05/10/1995 | |
LIMPIADOR/A | 100 | 39,00 | 01/10/1985 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 35,00 | 01/10/1987 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 10,00 | 26/02/1990 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 10,00 | 03/02/1992 | |
LIMPIADOR/A | 100 | 39,00 | 12/08/2004 | |
LIMPIADOR/A | 289 | 28,00 | 10/03/2010 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 13,00 | 18/03/2005 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 27,08 | 02/10/2014 | |
LIMPIADOR/A | 289 | 17,00 | 26/11/2001 | |
LIMPIADOR/A | 289 | 22,90 | 16/05/2005 | |
LIMPIADOR/A | 289 | 10,00 | 17/07/2010 | |
LIMPIADOR/A | 100 | 39,00 | 07/09/2014 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 12,00 | 12/01/2002 | |
LIMPIADOR/A | 100 | 39,00 | 01/08/1986 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 25,00 | 13/09/2004 | |
LIMPIADOR/A | 100 | 39,00 | 02/01/1993 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 22,50 | 16/12/2008 | |
LIMPIADOR/A | 189 | 39,00 | 24/11/1995 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 25,00 | 28/10/2001 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 29,00 | 29/10/2002 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 20,00 | 02/01/2004 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 7,00 | 18/10/1999 | |
LIMPIADOR/A | 289 | 35,00 | 15/04/2005 | |
LIMPIADOR/A | 289 | 35,00 | 15/04/2005 |
LIMPIADOR/A | 289 | 25,00 | 10/10/2007 | |
LIMPIADOR/A | 189 | 39,00 | 15/04/2005 | |
LIMPIADOR/A | 100 | 39,00 | 01/11/2010 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 20,00 | 11/01/2002 | |
LIMPIADOR/A | 189 | 39,00 | 02/03/2009 | |
LIMPIADOR/A | 289 | 20,00 | 28/12/2011 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 18,00 | 01/09/2001 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 20,00 | 27/06/2008 | |
LIMPIADOR/A | 100 | 39,00 | 04/01/1993 | |
LIMPIADOR/A | 100 | 39,00 | 01/09/2008 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 29,00 | 02/01/2008 | |
LIMPIADOR/A | 100 | 39,00 | 26/08/2003 | |
LIMPIADOR/A | 289 | 20,00 | 12/07/2011 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 30,00 | 04/01/1993 | |
LIMPIADOR/A | 289 | 18,50 | 09/05/1996 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 28,00 | 16/09/2004 | |
LIMPIADOR/A | 100 | 39,00 | 02/01/1993 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 18,00 | 17/11/2011 | |
LIMPIADOR/A | 100 | 39,00 | 04/01/1993 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 36,14 | 03/10/2013 | |
LIMPIADOR/A | 289 | 35,00 | 15/01/2005 | |
LIMPIADOR/A | 289 | 15,00 | 19/12/2005 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 25,00 | 18/06/2008 | |
LIMPIADOR/A | 510 | 25,00 | 27/10/2015 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 35,00 | 04/01/1993 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 25,00 | 01/06/1994 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 35,00 | 14/10/2002 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 10,00 | 01/02/1983 | |
LIMPIADOR/A | 100 | 39,00 | 01/01/1990 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 19,00 | 11/08/2001 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 35,00 | 28/04/2003 | |
LIMPIADOR/A | 289 | 35,00 | 18/04/2005 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 20,00 | 02/09/2004 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 38,00 | 01/07/2003 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 20,00 | 04/01/1993 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 27,50 | 29/02/2000 | |
LIMPIADOR/A | 289 | 35,00 | 15/04/2001 | |
LIMPIADOR/A | 189 | 39,00 | 26/08/2011 |
LIMPIADOR/A | 200 | 18,15 | 01/07/2015 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 35,00 | 12/07/2013 | |
LIMPIADOR/A | 200 | 13,61 | 06/09/2014 | |
ESPECIALISTA LIMPIEZA | 100 | 39,00 | 27/06/2005 | |
ESPECIALISTA LIMPIEZA | 100 | 39,00 | 02/08/2006 | |
PEON ESPECIALIZADO LIMP. | 200 | 30,00 | 22/08/2002 | |
PEON ESPECIALIZADO LIMP. | 230 | 38,00 | 07/06/2010 | |
PEON ESPECIALIZADO LIMP. | 289 | 34,00 | 01/10/2009 | |
ENCARGADO/A DE GRUPO | 200 | 30,00 | 15/11/2000 | |
ENCARGADO/A DE SECTOR | 189 | 39,00 | 02/01/2006 | 140€ /mes |