NÚMERO DE CONTRATO:
1. DATOS DEL CANAL DE CONTRATACIÓN
Nombre O Razón Social*: Nombre Comercial*:
Código*:
Dirección*:
2. DATOS PERSONALES DEL CIENTE/EMPRESA
Razón social*: NIF/CIF/NIE/PASAPORTE*:
Nombre*:
Apellidos*:
Nombre del representante legal*: NIF/NIE representante legal*:
Domicilio social*:
calle, número, escalera, piso, puerta
Localidad*: Código postal*:
Idioma de atención al Cliente: Teléfono de contacto*:
Fecha creación de la empresa*:
Provincia*:
Nacionalidad: E-mail de contacto*:
Dirección de envío (completar sólo en caso de que sea diferente a la de facturación)
Domicilio*:
calle, número, escalera, piso, puerta
Localidad*: Código postal*:
Provincia*:
Dirección de instalación (completar sólo en caso de que sea diferente a la de facturación)
Domicilio*:
calle, número, escalera, piso, puerta
Localidad*: Código postal*:
Provincia*:
3. SERVICIOS CONTRATADOS
LÍNEA MÓVIL 1 Nº teléfono móvil: | LÍNEA MÓVIL 2 | LÍNEA MÓVIL 3 | LÍNEA MÓVIL 4 | LÍNEA MÓVIL 5 | |||||
Nº tarjeta SIM: | |||||||||
Tarifa*: | |||||||||
Promoción*: | |||||||||
Compromiso*: | |||||||||
Penalización máx. (€)*: | |||||||||
Tipo de movimiento*: | |||||||||
(Alta nueva, Portabilidad, Migración Pre-Post) Límite de consumo: | € | € | € | € | € |
Tecnología*: ADSL
Tipo de acceso*: Par Activo
Fibra
Par Vacante
Portabilidad línea fija*: Si
No
Servicios de telefonía fija y acceso a internet xx Xxxxx Ancha
(sólo aplica en caso de ADSL)
Velocidad*:
(sólo aplica en caso de Fibra)
Tipo de movimiento*: Alta nueva Migración ADSL-Fibra Promoción*:
Promoción coste instalación*:
Compromiso*: Penalización max. (€)*:
Nº de teléfono fijo*: Coste instalación*:
XFERA MÓVILES, S.A.U. Con domicilio social en Xxxxxxx xx xx Xxxx, 00, 00000 - Xxxxxxxxxx (Xxxxxx), inscrita en el registro mercantil de Madrid, Tomo 14.805, Folio 140, sección 8ª, hoja M-246.226, inscripción 1ª CIF X-00000000
En caso de que esté marcado el check “Portabilidad línea fija”, la solicitud de la misma se firmará en el documento anexo correspondiente a la portabilidad del teléfono fijo específica
4. EQUIPAMIENTO
Dispositivo entregado*:
(marca y modelo)
El cliente se compromete a devolver los equipos de conexión (router) en la baja del servicio o a abonar la cantidad de a MÁSMÓVIL
5. CAMBIO DE TITULAR. DATOS DE ANTIGUO TITULAR
XFERA MÓVILES, S.A.U. Con domicilio social en Xxxxxxx xx xx Xxxx, 00, 00000 - Xxxxxxxxxx (Xxxxxx), inscrita en el registro mercantil de Madrid, Tomo 14.805, Folio 140, sección 8ª, hoja M-246.226, inscripción 1ª CIF X-00000000
Línea fija: Línea Móvil 1:
Línea Móvil 2:
Línea Móvil 3:
Línea Móvil 4:
Nº telefono a cambiar
Nombre y Apellidos antiguo titular
Documento de Identidad
Firma
Línea Móvil 5:
El nuevo titular adquiere todos los derechos y obligaciones asumidos por el antiguo titular en el contrato, incluido cualquier compromiso vigente, con excepción de las deudas devengadas hasta la presente fecha, de las que seguirá respondiendo el antiguo titular.
6. OTROS
Servicios restringidos
Llamadas internacionales: Servicios de tarifación adicional: Servicios de mensajería:
Roaming:
Fijo: Fijo:
Móvil: Móvil: Móvil:
Nº de Móvil: Nº de Móvil: Nº de Móvil: Nº de Móvil:
He leído la cláusula de protección de datos y quiero que mis datos sean utilizados para todas las finalidades especificadas. En caso contrario, te enviaremos un sms o un e-mail para que puedas configurar de forma manual tus opciones de privacidad.
7. FACTURACIÓN | |
Nombre de entidad: |
Titular de factura*: Documento de identidad*: Formato de factura:
Codigo país ISO 3166*
Electronica:
Digito control IBAN*
Papel:
Entidad* sucursal* D.C.* Número de cuenta*
Titular cuenta de cargo*:
Necesario también firmar el mandato SEPA adjunto
9. FIRMA
Por XFERA MÓVILES, S.A.U.*:
Por el cliente*:
En a de de
Los datos señalados con asterisco son de cumplimiento obligatoria. En caso de no ser debidamente cumplimentados, XFERA MÓVILES, S.A.U. no podrá presentarle los servicios objeto del presente contrato. El cliente declara que todos y cada uno de los anteriores datos e informaciones son correctos, que ha leido, conoce y acepta en su integridad las tarifas que le han sido entregadas, la información relativa al servicio, así como las condiciones generales y particulares que figuran en el presente documento, las cuales rigen sus relaciones con XFERA MÓVILES, S.A.U. con domicilio social en Xxxxxxx xx xx Xxxx, 00, 00000 - Xxxxxxxxxx (Xxxxxx).
Aceptación domiciliación pago facturas en cuenta bancaria
Orden de domiciliación de adeudo directo
SEPA Direct Debit Mandate
Referencia de la orden de domiciliación:
Mandate reference
Identificador del acreedor:
Creditor Identifier
Nombre del acreedor / Creditor s name
Dirección Address
Código postal Población - Provincia / Postal Code - City - Town
País /Country
A cumplimentar por el acreedor
To be completed by the creditor
Mediante la firma de esta orden de domiciliación, el deudor autoriza (A) al acreedor a enviar instrucciones a la entidad del deudor para adeudar su cuenta y (B) a la entidad para efectuar los adeudos en su cuenta siguiendo las instrucciones del acreedor. Como parte de sus derechos, el deudor está legitimado al reembolso por su entidad en los términos y condiciones del contrato suscrito con la misma. La solicitud de reembolso deberá efectuarse dentro de las ocho semanas que siguen a la fecha de adeudo en cuenta. Puede obtener información adicional sobre sus derechos en su entidad financiera.
A cumplimentar por el deudor
To be completed by the debtor
By signing this mandate form, you authorise (A) the Creditor to send instructions to your bank to debit your account and (B) your bank to debit your account in accordance with the instructions from the Creditor. As part of your rights, you are entitled to a refund from your bank under the terms and conditions of your agreement with your bank. A refund must be claimed within eigth weeks starting from the date on which your account was debited. Your rights are explained in a statement that you can obtain from your bank.
TODOS LOS CAMPOS HAN DE SER CUMPLIMENTADOS OBLIGATORIAMENTE.
UNA VEZ FIRMADA ESTA ORDEN DE DOMICILIACIÓN DEBE SER ENVIADA AL ACREEDOR PARA SU CUSTODIA.
ALL GAPS ARE MANDATORY. ONCE THIS MANDATE HAS BEEN SIGNED MUST BE SENT TO CREDITOR FOR STORAGE.
Nombre del cliente / Xxxxxx’x name
Dirección del cliente /Address of the debtor
Código postal - Población - Provincia / Postal Code - City - Town
País del cliente / Country of the debtor
Swift BIC (puede contener 8 u 11 dígitos) / Swift BIC (up to 8 or 11 digits)
Número de cuenta - IBAN / Account number - IBAN
En España el IBAN consta de 24 dígitos comenzando siempre por ES / Spanish IBAN of 24 digits always starting ES
Tipo de pago:
Pago recurrente
O
Pago único
Type of payment Recurrent payment or One-off payment
Fecha – Localidad:
Date - location in which you are signing
Firma del cliente:
Signature of the debtor
ANEXO CONTRATO DE SERVICIOS COMBINADOS MASMOVIL NEGOCIOS
NÚMERO DE CONTRATO:
1. DATOS PERSONALES DEL CIENTE
Nombre*: Nombre del representante legal*:
NIF/CIF/NIE/PASAPORTE*:
NIF representantelegal:
XFERA MÓVILES, S.A.U. Con domicilio social en Xxxxxxx xx xx Xxxx, 00, 00000 - Xxxxxxxxxx (Xxxxxx), inscrita en el registro mercantil de Madrid, Tomo 14.805, Folio 140, sección 8ª, hoja M-246.226, inscripción 1ª CIF X-00000000
Domicilio*:
Localidad*:
Código postal*:
Idioma de atención al Cliente:
Teléfono de contacto*: Fecha de creación de la empresa*:
Provincia*:
Nacionalidad: E-mail de contacto*:
2. CONDICIONES DE TARIFA CONTRATADA
Si la línea móvil principal del paquete contratado no llegase a activarse porque el cliente no recepciona la tarjeta SIM en el plazo establecido, o una vez activada se da de baja, el servicio fijo se migrará a la tarifa de solo fijo correspondiente a la tecnología contratada
3. FIRMA
Por XFERA MÓVILES, S.A.U.*:
Por el cliente*:
En a de de
Los datos señalados con asterisco son de cumplimiento obligatoria. En caso de no ser debidamente cumplimentados, XFERA MÓVILES, S.A.U. no podrá presentarle los servicios objeto del presente contrato. El cliente declara que todos y cada uno de los anteriores datos e informaciones son correctos, que ha leido, conoce y acepta en su integridad las tarifas que le han sido entregadas, la información relativa al servicio, así como las condiciones generales y particulares que figuran en el presente documento, las cuales rigen sus relaciones con XFERA MÓVILES, S.A.U. con domicilio social en Xxxxxxx xx xx Xxxx, 00, 00000 - Xxxxxxxxxx (Xxxxxx).
SOLICITUD DE CONSERVACIÓN DE NUMERACIÓN FIJA
1.DATOS (datos de su factura con su actual operador)
Nombre o razón social*: NIF/CIF/NIE/PASAPORTE*:
Nombre de representante*:
(en caso de empresas)
Domicilio*:
calle, número, escalera, piso, puerta
Localidad*: Provincia*:
2. NUMERACIÓN A CONSERVAR
Numeración a portar*:
Operador receptor*:
(MÁSMÓVIL será el operador revendedor receptor, como proveedor del servicio al abonado)
Operador donante*:
(en caso de que el cambio se realice desde un operador revendedor, la información sobre el mismo constará en la solicitud, como aparezca en el contrato del abonado)
Tipo de acceso*:
3. MOMENTO DESEADO PARA PORTAR
Hora de inicio*:
(de lunes a viernes de 08:00 a 17:00h.)
En caso de dejar en blanco esta casilla el plazo máximo de la solicitud será de un día hábl contando a partir de la entrega por el abonado de la solicitud
NÚMERO DE PEDIDO:
A través del presente documento usted solicita que desea causar baja en los servicios que actualmente tiene contratados con su actual operador correspondientes a los números de teléfono que se detallan en este escrito y que desea conservar esta numeración por lo que igualmente solicita que, al producirse la baja, sus números de teléfono sean portados a XFERA MÓVILES. En tal sentido, consiente el tratamiento de los datos personales necesarios para la conservación de los números, tanto los incluidos en esta solicitud como los que conocen los operadores donante y receptor, y autoriza su tratamiento y su comunicación y cesión con el fin exlusivo de la conservación de su número en el proceso de portabilidad. Asimismo, el abonado queda informado y acepta que el servicio puede verse interruptido o limitado durante el tiempo mínimo indispensable para realizar actuaciones en los sistemas de los operadores por el cambio de operador (entre las 2:00 y las 6:00 horas del día que aplique el cambio de operador)
En a de de
Firma del Abonado
Nombre o razón social*: NIF/CIF/NIE/PASAPORTE*:
Nombre de representante*:
(en caso de empresas)
Domicilio*:
calle, número, escalera, piso, puerta
Localidad*: Provincia*:
2. NUMERACIÓN A CONSERVAR | ||||
Numeración a portar* | Operador receptor* | Operador donante* | Tipo de acceso | |
LÍNEA 1 | ||||
LÍNEA 2 | ||||
LÍNEA 3 | ||||
LÍNEA 4 | ||||
LÍNEA 5 | ||||
LÍNEA 6 | ||||
LÍNEA 7 | ||||
LÍNEA 8 | ||||
LÍNEA 9 |
(MÁSMÓVIL será el operador revendedor receptor, como proveedor del servicio al abonado)
(en caso de que el cambio se realice desde un operador revendedor, la información sobre el mismo constará en la solicitud, como aparezca en el contrato del abonado)
3. MOMENTO DESEADO PARA PORTAR
Hora de inicio*:
(de lunes a viernes de 08:00 a 17:
En caso de dejar en blanco esta casilla el plazo máximo de la solicitud será de un día hábl contando a partir de la entrega por el abonado de la solicitud
NÚMERO DE PEDIDO:
A través del presente documento usted solicita que desea causar baja en los servicios que actualmente tiene contratados con su actual operador correspondientes a los números de teléfono que se detallan en este escrito y que desea conservar esta numeración por lo que igualmente solicita que, al producirse la baja, sus números de teléfono sean portados a XFERA MÓVILES. En tal sentido, consiente el tratamiento de los datos personales necesarios para la conservación de los números, tanto los incluidos en esta solicitud como los que conocen los operadores donante y receptor, y autoriza su tratamiento y su comunicación y cesión con el fin exlusivo de la conservación de su número en el proceso de portabilidad. Asimismo, el abonado queda informado y acepta que el servicio puede verse interruptido o limitado durante el tiempo mínimo indispensable para realizar actuaciones en los sistemas de los operadores por el cambio de operador (entre las 2:00 y las 6:00 horas del día que aplique el cambio de operador)
Nombre o razón social*: NIF/CIF/NIE/PASAPORTE*:
Nombre de representante*:
(en caso de empresas)
Domicilio*:
calle, número, escalera, piso, puerta
Localidad*: Provincia*:
2. NUMERACIÓN A CONSERVAR | ||||
Numeración a portar* | Operador receptor* | Operador donante* | Tipo de acceso | |
LÍNEA 1 | ||||
LÍNEA 2 | ||||
LÍNEA 3 | ||||
LÍNEA 4 | ||||
LÍNEA 5 | ||||
LÍNEA 6 | ||||
LÍNEA 7 | ||||
LÍNEA 8 | ||||
LÍNEA 9 |
(MÁSMÓVIL será el operador revendedor receptor, como proveedor del servicio al abonado)
(en caso de que el cambio se realice desde un operador revendedor, la información sobre el mismo constará en la solicitud, como aparezca en el contrato del abonado)
3. MOMENTO DESEADO PARA PORTAR
Hora de inicio*:
(de lunes a viernes de 08:00 a 17:
En caso de dejar en blanco esta casilla el plazo máximo de la solicitud será de un día hábl contando a partir de la entrega por el abonado de la solicitud
NÚMERO DE PEDIDO:
A través del presente documento usted solicita que desea causar baja en los servicios que actualmente tiene contratados con su actual operador correspondientes a los números de teléfono que se detallan en este escrito y que desea conservar esta numeración por lo que igualmente solicita que, al producirse la baja, sus números de teléfono sean portados a XFERA MÓVILES. En tal sentido, consiente el tratamiento de los datos personales necesarios para la conservación de los números, tanto los incluidos en esta solicitud como los que conocen los operadores donante y receptor, y autoriza su tratamiento y su comunicación y cesión con el fin exlusivo de la conservación de su número en el proceso de portabilidad. Asimismo, el abonado queda informado y acepta que el servicio puede verse interruptido o limitado durante el tiempo mínimo indispensable para realizar actuaciones en los sistemas de los operadores por el cambio de operador (entre las 2:00 y las 6:00 horas del día que aplique el cambio de operador)
CONDICIONES GENERALES DE LA SOLICITUD DE PORTABILIDAD MÓVIL
1. El usuario entiende que la obligación de tramitar la portabilidad móvil, es una obligación a plazo para MASMOVIL, puesta en beneficio propio del cliente conforme a los artículos 1125 y siguientes del Código Civil, de forma que dicha obligación surja para MASMOVIL en el momento en que el Cliente reciba la tarjeta SIM. En el caso de que el cliente haya contratado además el servicio de telefonía fija se entiende que la citada obligación a plazo surge para MASMOVIL en el momento en el que se active al cliente dicho servicio de telefonía fija.
2. El plazo para la tramitación de la solicitud será de un día pudiendo en todo caso elegir la fecha que desee con una diferencia máxima de 1 mes entre la fecha de la solicitud y la que el abonado desea para que se produzca la portabilidad. Recordamos que este dato es sólo orientativo. El operador donante podrá modificar dicha fecha basándose en situaciones excepcionales de exceso de cupo. En el caso de que el operador donante modificara la fecha de portabilidad, contactaremos con usted para informarle.
3. La aceptación por su parte de las presentes condiciones provocará el inicio del proceso de cambio de operador. En caso de dejar en blanco la casilla del “momento deseado para portar” el plazo máximo para la tramitación de la solicitud será en general de 1 día hábil desde la fecha de solicitud entregada por el abonado. Se entenderá entregada la solicitud una vez el abonado reciba la tarjeta SIM.
4. XTRA/MÁSMÓVIL no será responsable de la imposibilidad de proporcionar la conservación de la numeración en los siguientes casos:
• Por datos incompletos o erróneos en la información esencial de esta solicitud
• Por falta de correspondencia entre numeración y cliente identificado por su NIF/CIF
• Comprobación de que la tarjeta SIM no ha sido denunciada al donante por robo o pérdida.
• Numeración no asignada ni portada al operador donante
• Por causas justificadas de fuerza mayor (huelgas, catástrofes naturales, etc.)
• Cualquier otra causa que pueda ser acordada voluntariamente entre los operadores, dentro del marco legal.
En todo caso, XXXXXXXX deberá informarle cuando su solicitud haya sido denegada, indicando la causa de dicha denegación. En el caso de que su solicitud haya sido aceptada podrá solicitarnos gratuitamente información sobre el estado de dicha solicitud así como la información sobre el día en el que se realizará el cambio efectivo de operador.
5. El usuario tendrá derecho a cancelar el proceso de portabilidad sin coste o penalización alguna, lo cual no excluye la obligación del usuario de asumir los costes en que haya incurrido MASMOVIL si éste hubiera comenzado a prestarle servicio durante el plazo de cancelación. El usuario podrá cancelar la solicitud de portabilidad, en cualquier momento desde la fecha inicial de la presente solicitud hasta las 13.00 horas del día anterior a que se lleve a cabo la misma. Dicha solicitud la podrá realizar llamando al teléfono gratuito 000000000 en horario de 09:00h. a 21:00h.
6. En caso de reclamación, el abonado podrá dirigirse al departamento de atención al cliente de MÁSMÓVIL, en el plazo de un mes desde el momento en que se tenga conocimiento del hecho que la motive. Cuando el abonado presente la reclamación, el operador está obligado a facilitarle el número de referencia dado a la reclamación del usuario. Si en el plazo de un mes el usuario no hubiera recibido respuesta satisfactoria del operador, podrá dirigir su reclamación a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx) o a las Juntas Arbitrales de Consumo.
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN PARA NEGOCIOS
1. OBJETO
Xfera Móviles, SAU (MÁSMÓVIL) con domicilio social en Xxxxxxx xx xx Xxxx, 00, 00000, Xxxxxxxxxx (Xxxxxx),Xxxx- ña, y CIF X-00000000, Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 22.632, Folio 23, Sección 8ª; Hoja M-404717, Inscripción 1ª, es un Operador de telecomunica- ciones que ofrece los servicios descritos en la cláusula siguiente (el “Servicio” o los “Servicios”).
Estas Condiciones Generales de Contratación para Nego- cios y Empresas (“CGC”) regirán las relaciones entre el Cliente del Servicio (el “Cliente”) y MASMOVIL en relación con los Servicios contratados.
La lectura de las CGC por el Cliente es condición necesaria y previa a la activación de los Servicios, e implica la acepta- ción plena y sin reservas de todas y cada una de las disposi- ciones incluidas en estas CGC, que también están publica- das en la página Web de MASMOVIL xxx.xxxxxxxx.xx (“nuestra "Página Web”).
2. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS
2.1. Servicio Telefónico Fijo
El Servicio Telefónico Fijo, con tecnología de voz sobre IP, permite que el Cliente pueda recibir y realizar llamadas en su línea, así como otras facilidades básicas y servicios adicio- nales asociados.
2.2. Servicio Telefónico Móvil
Este Servicio comprende la prestación del Servicio Telefóni- co de llamadas desde Móvil y los Servicios asociados de comunicaciones electrónicas (incluyendo el Servicio de Acceso a Internet desde móvil) y servicios de valor añadido asociados que el Cliente solicite. Para prestar este Servicio, MASMOVIL entregará al Cliente una tarjeta SIM que podrá utilizarse en cualquier dispositivo móvil libre. El Servicio se prestará en el territorio nacional. Fuera del mismo el Cliente puede recibir el Servicio solicitando la activación del Servicio telefónico móvil cursado desde el extranjero, (“Servicio Roaming” o “Servicio en Itinerancia”). Se informa de que su alta en el citado servicio puede implicar el cobro de tarifas especiales en sus comunicaciones recibidas y realizadas en el extranjero según la normativa vigente en cada momento.
2.3. Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha
Este Servicio comprende, con independencia de la tecnolo- gía que se use: (i) Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha con navegación 24 horas a la velocidad de acceso contratada. Debido a las características técnicas del Servicio, dicha velocidad es máxima, es decir, MASMOVIL no puede garan- tizar en todo momento la velocidad de acceso que el Cliente haya contratado; y (ii) los Servicios adicionales asociados.
Para los Servicios Telefónico Fijo y Telefónico Móvil, si el Cliente no dispone de numeración, MASMOVIL le asignará una. Los Servicios Telefónico Fijo y Móvil de MASMOVIL incluyen, en su caso, la portabilidad del número de teléfono que el Cliente tuviera con su anterior operador. Para ello, el cliente deberá solicitarla mediante la cumplimentación de la Solicitud de Portabilidad, a fin de que se pueda tramitar la portabilidad de los servicios de telefonía fija o móvil en su anterior operador. La portabilidad se llevará a cabo de acuerdo con los procesos de tramitación de portabilidad establecidos en el respectivo documento de Especificación Técnica de los Procedimientos Administrativos para la Conservación de la Numeración en caso de cambio de operador, aprobados por la Comisión Nacional de los Merca- dos y la Competencia.
Los Servicios se le ofrecen exclusivamente como Cliente final y para el desarrollo de su actividad empresarial o nego- cio, y para un uso basado en la buena fe. En particular, con carácter enunciativo no limitativo, no está permitido:
a) La utilización contraria a las leyes españolas, o que infrinja los derechos de terceros o el buen uso de los Servicios que son solo para uso del Cliente en el desarro- llo de su actividad empresarial o negocio dentro de la legislación vigente, siendo responsable del control del acceso a los mismos.
b) La publicación o transmisión de cualquier contenido que resulte violento, obsceno, abusivo, ilegal, racista, xenófobo o difamatorio.
c) La recogida y/o utilización de datos personales de otros usuarios sin su consentimiento expreso, o contravi- niendo lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal.
d) La reventa de tráfico o de Los Servicios o la comerciali- zación o explotación económica de los mismos por cualquier medio o sistema.
e) La comunicación con números dedicados al encami- namiento de llamadas, es decir, que ofrecen, como servicio comercial, el encaminamiento de la llamada hacia otro número distinto al llamado.
f) El uso objetivamente irregular o fraudulento de los Servicios, como: “vigilabebés”; “walkytalky”; o uso excesivo de la línea, entendiendo como excesivo llama- das con duración superior a 1 hora de media o llamadas encadenadas a uno o varios destinos durante más de 6 horas; llamadas únicamente, o en su mayoría, a servicios de tarificación adicional o valor añadido; utilización de los Servicios para envíos de comunicaciones comerciales no solicitadas; envío de grandes mensajes para bloquear servidores ajenos; realización de comunicaciones no solicitadas cuando las mismas puedan catalogarse como tráfico irregular. En particular, el Cliente no deberá utilizar los Servicios para enviar correos no solicitados o masivos (“spam”) o hacer cualquier uso de los listados de correo con destino a cualquier persona que no haya dado permiso para ser incluida en tal proceso.
En estos supuestos, MASMOVIL podrá resolver el Contrato o bloquear los Servicios afectados temporalmente hasta esclarecer las circunstancias del uso irregular del Servicio o cambiar la tarifa, previa comunicación al Cliente. En este último caso el Cliente podrá resolver el Contrato respecto del Servicio concreto en los términos en él acordados.
3. TARIFAS, FACTURACIÓN Y PAGOS
Se aplicarán a los Servicios los precios y cargos correspon- dientes según las tarifas y demás condiciones generales y/o particulares, ofertas o promociones vigentes en cada momento. Cualquier modificación de las tarifas se comuni- cará al Cliente por cualquier medio que MASMOVIL conside- re apropiado para que el Cliente tenga constancia de tal modificación y de las nuevas tarifas. El Cliente tendrá dispo- nibles en todo momento dichas tarifas en nuestra Página Web. El acceso a los servicios de emergencia es gratuito.
La factura será mensual y desglosará el Servicio básico así como el resto de Servicios contratados por conceptos factu- rados dentro de cada Servicio, incluyendo los correspon- dientes a los supuestos de venta o cesión/alquiler de equipos. Si por razones técnicas no fuera posible facturar al Cliente en el mes inmediatamente posterior al devengo, MASMOVIL podrá facturarlo en los meses posteriores.
Las cuotas de abono se facturarán por periodos mensuales vencidos. Los servicios medidos se facturarán por periodos mensuales según el consumo efectuado en el mes anterior. Lo anterior es sin perjuicio de lo indicado en las condiciones específicas de contratación de cada Servicio de las presen- tes CGC.
En los Servicios telefónico fijo y de internet xx xxxxx ancha fija, las cuotas de abono mensual incluyen el mantenimiento de red hasta el PTR (Punto de Terminación de Red, en el caso de ADSL) o PTRO (Punto de Terminación de Red Óptico, en el caso de Fibra).
La primera factura incluirá las cuotas de alta, activación y, en su caso, las de instalación y/o mantenimiento. En su caso, también contendrán el precio de los equipos adquiridos y de configuración de los Servicios, salvo que el pago de dicho precio esté aplazado o diferido, en cuyo caso incluirá la parte proporcional correspondiente al primer mes en función del número de meses de pago aplazado. Asimismo, incluirá las cuotas recurrentes que sean de aplicación desde el momen- to de activación del Servicio dentro del periodo facturado.
El Cliente tiene derecho a escoger un medio de pago entre los comúnmente utilizados en el tráfico comercial. Para utilizar un medio de pago distinto a la domiciliación bancaria, (que es el medio de pago establecido por defecto, salvo que otra cosa se indique en las condiciones particulares), podrá comunicar con el Servicio de Atención al Cliente.
Las reclamaciones del Cliente por motivo de la facturación no justifican el retraso en el pago de las facturas reclama- das. Las facturas no pagadas a su vencimiento devengarán un interés de demora igual al interés legal del dinero, así como los gastos ocasionados por la devolución del recibo y otros gastos administrativos que pueden ascender hasta un
máximo de 20 Euros (IVA incluido), sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse del incumpli- miento, entre otras, la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito.
MASMOVIL podrá utilizar para el cobro de las cantidades adeudadas, si el Cliente así lo autoriza, los datos relativos a las tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitados por el mismo, igualmente MASMOVIL podrá ejecutar los depósitos, fianzas y/o demás garantías en su caso estableci- das en las condiciones particulares para los casos permiti- dos por la ley.
El Cliente consiente expresamente con la aceptación de las CGC que MASMOVIL pueda emitir las facturas correspon- dientes al Servicio en formato electrónico (Factura Electróni- ca), teniendo acceso a las mismas a través de su área personal online, accesible con las claves de acceso que MASMOVIL facilitará en el momento de la contratación, o bien posteriormente, por correo electrónico si así lo solicita- ra. El Cliente podrá revocar este consentimiento en cualquier momento, teniendo derecho a solicitar la emisión de facturas de forma gratuita en papel. Para realizar esta revocación, deberá comunicarlo por escrito al Servicio de Atención al Cliente.
Si a la finalización de la relación contractual, independiente- mente de la modalidad de contratación, resultase un saldo a favor del Cliente, éste podrá solicitar su devolución. MAS- MOVIL podrá descontar los gastos administrativos y de gestión que pudieran devengarse según las tarifas vigentes en cada momento. También corresponderá al Cliente este derecho de compensación cuando el saldo fuera a favor de MASMOVIL.
MASMOVIL podrá, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Cliente:
1. Solicitar al Cliente un anticipo, o efectuar un cargo adicional en su cuenta de forma inmediata, por las cantidades devengadas hasta la fecha.
2. Solicitar al Cliente un depósito, no remunerado, en efectivo.
3. Solicitar un aval bancario, por una cuantía nunca supe- rior a la media estimada de tres meses de consumo por Servicio.
4. Restringir al Cliente los servicios de tarifas superiores, tarificación adicional y servicios internacionales.
Este tipo de acción se podrá llevar a cabo, entre otros, en los siguientes supuestos:
a) Se excedan los límites del crédito fijados en su caso.
b) Se produzca la suspensión o interrupción del Servicio por alguna de las causas previstas en las presentes CGC o la resolución contractual.
c) Incumplimiento de las presentes CGC por el Cliente.
d) En caso de fraude, o uso no autorizado del Servicio según estas CGC.
e) Riesgo objetivo de impago, entendiendo como tal, por ejemplo, la declaración de concurso de acreedores.
No obstante lo anterior, para el Servicio Telefónico Fijo se aplicará lo dispuesto en las Condiciones Específicas de dicho Servicio de estas CGC.
4. DERECHO DE DESCONEXIÓN
En los Servicios telefónicos fijo y móvil el Cliente podrá solicitar a MASMOVIL la desconexión de los servicios de tarificación adicional y llamadas internacionales. Para ello, deberá dirigirse al Servicio de Atención al Cliente indicando su voluntad de desconectarse de los servicios de que se trate. MASMOVIL hará la desconexión en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días desde la recepción de la solicitud. Si la desconexión no se produjera en el plazo indicado por causas no imputables al Cliente, los costes derivados del Servicio cuya desconexión se hubiese solicitado serán por cuenta de MASMOVIL.
En caso de que el Cliente desee la activación o posterior desactivación de este tipo de servicios deberá realizar una solicitud expresa de activación o posterior desactivación de los mismos a través del Servicio de Atención al Cliente llamando al 1497 o enviando un e-mail a negocios@mas- xxxxx.xxx
5. RESPONSABILIDAD DE MASMOVIL Y CALIDAD DE SERVICIO
Si se produjera una interrupción temporal en el Servicio telefónico fijo o móvil, el Cliente tendrá derecho a una indem- nización que será igual a la mayor de las dos siguientes:
a) El promedio del importe facturado por los Servicios interrumpidos durante los tres (3) meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo real que afecte al Cliente la interrupción temporal del Servicio. En caso de una antigüedad inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura media en las mensualidades completas efectuadas o la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado.
b) Cinco veces la cuota mensual de abono o equivalente vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de ésta.
Quedan excluidos del ámbito de responsabilidad en el Servi- cio de Telefonía Móvil los servicios o llamadas en itinerancia (Servicio Roaming) que se prestan en el extranjero por operadores distintos de MASMOVIL.
MASMOVIL abonará automáticamente esta cantidad descontándola de la siguiente factura, cuando el importe de la indemnización sea superior a un (1) euro. Si no procediera la emisión de factura por baja del Servicio, la indemnización se abonará por el medio que se acuerde con el Cliente en cada caso.
Si la interrupción temporal se debe a causas de fuerza mayor, XXXXXXXX se limitará a compensar automática- mente al Cliente con la devolución del importe de la cuota de abono y otras independientes del tráfico, prorrateadas por el
tiempo que hubiera durado la interrupción.
Si se produce una interrupción temporal del Servicio de acceso a Internet xx Xxxxx Ancha durante un periodo de facturación, el Cliente tendrá derecho a ser compensado con la devolución del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas, prorrateadas por el tiempo que hubiera durado la interrupción cuando la interrupción del Servicio haya sido, de forma continua o discontinua, superior a seis horas en horario de 8 a 00 horas. La indemnización se abonará en la siguiente factura. En la factura correspondiente se hará constar la fecha, duración y cálculo de la cuantía de la compensación que corresponde al abonado.
En los supuestos enumerados en los párrafos anteriores, MASMOVIL indemnizará automáticamente al Cliente si la interrupción afectara al área donde se encuentra el domicilio que figura en el contrato del Cliente, o en caso de Servicio de Telefonía Móvil, conozca que dicho Cliente se encontra- ba en una zona afectada por la interrupción en el momento de la misma y no pudiera situarle en otra zona durante el período de la interrupción. Si el Cliente se ha visto afectado por una interrupción y no se le ha computado como afectado en los términos anteriores, deberá comunicar a MASMOVIL, a través del Servicio de Atención al Cliente, en el plazo xx xxxx (10) días contados a partir del restablecimiento del Servicio, que se ha visto afectado por la interrupción del Servicio, indicando, en caso de afectar al Servicio de Telefo- nía Móvil, su ubicación geográfica en el momento de la interrupción. Dicha información no deberá ser contradictoria con la que conste en los sistemas de MASMOVIL.
Adicionalmente, salvo interrupciones por causa de fuerza mayor, XXXXXXXX se compromete a ofrecer el siguiente nivel de calidad en el Servicio: Respecto al tiempo de interrupción de un Servicio, un compromiso de interrupción máxima no superior a 48 horas a lo largo de cada período de facturación. Si se incumpliera este compromiso, MASMOVIL indemnizará al Cliente por un importe igual a una cuota mensual prorrateada por el tiempo que hubiera durado la interrupción en el periodo de facturación.
Cuando por promociones el Cliente disfrute de un descuento sobre toda la cuota mensual de los Servicios, se tendrá en cuenta, a efectos indemnizatorios, la cuota mensual no promocionada de dichos Servicios.
Dichas indemnizaciones se acumularán con las previstas en los párrafos anteriores.
A estos efectos, el tiempo de interrupción del Servicio se define como la suma de tiempos transcurridos desde el instante en que se ha producido la indisponibilidad del Servi- cio, una vez éste haya sido activado, hasta el momento en que se ha restablecido a su normal funcionamiento. El instante de inicio de la cuenta será el primero de los dos sucesos siguientes: (i) el de notificación por el Cliente del aviso de avería, o (ii) el de registro por MASMOVIL de la incidencia causante de la interrupción total o parcial del Servicio.
A efectos indemnizatorios en todos los compromisos anteriores, se considerará que la cuota mensual del Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha es el 50% de la cuota mensual total en aquellos casos de contratación xx xxxxx- tes conjuntos de Servicios en los que el precio de la cuota total del paquete no desglose el importe atribuible a cada Servicio (Servicio Telefónico y Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha).
No se aplicará lo dispuesto en los apartados anteriores cuando la interrupción temporal se deba a alguna de las siguientes causas:
a) Incumplimiento grave por los Clientes de las condicio- nes contractuales, en especial en caso de fraude o demora en el pago que dará lugar a la aplicación de la suspensión temporal e interrupción del Servicio.
b) Daños producidos en la red debido por ejemplo a la conexión por el Cliente de Terminales cuya conformidad no haya sido evaluada, de acuerdo con la normativa vigente.
c) Incumplimiento del Código de Conducta por parte de un Cliente que preste servicios de tarificación adicional, cuando la titularidad del contrato de abono corresponda a éste último.
El Cliente titular del Servicio responde de todo el tráfico, servicios utilizados y mal uso que se haga del mismo. No obstante lo anterior, MASMOVIL, previa identificación del titular de la línea y sus circunstancias, podrá tomar las medi- das a su alcance para evitar perjuicios desde la fecha en que, a través del Servicio de Atención al Cliente, se comuni- que la constancia o sospecha de la pérdida, sustracción o robo de sus claves de acceso al Servicio o la existencia de un fraude o, en caso del Servicio Telefónico Móvil, de la pérdida, sustracción o robo de la Tarjeta SIM.
MASMOVIL no se hace responsable de cualesquiera daños y/o perjuicios y/o beneficios dejados de obtener por el Clien- te o cualquier otro tercero causados directa o indirectamente por la falta de prestación del Servicio o su prestación defec- tuosa por las siguientes causas: (i) funcionamiento incorrec- to, defectos, fallos y/o daños en terminales o dispositivos del Cliente no facilitados por MASMOVIL (ii) la pérdida, altera- ción y/o daños totales o parciales sobre información conteni- da en los terminales o dispositivos del Cliente por causas no imputables al Servicio y (iii) cualquier otro que no se deba a falta de conformidad del Servicio o incumplimiento total o parcial o cumplimiento defectuoso de MASMOVIL.
XXXXXXXX no se hace responsable de ninguna consecuen- cia derivada de una incorrecta configuración de los dispositi- vos del Cliente que no haya sido realizada por MASMOVIL o de las aplicaciones instaladas por el Cliente, las cuales son independientes y ajenas en todo caso al Servicio prestado por MASMÓVIL.
XXXXXXXX adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momen- to, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de MASMOVIL, quedando exonera- da de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obten- ción por el Cliente o por terceros de grabaciones de conver-
saciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general de cuantas acciones u omisiones, no imputables a MASMOVIL, quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas. Quedan a salvo las obligaciones que en su caso tenga MAS- MOVIL conforme a la legislación aplicable en cada momento a las interceptaciones realizadas por los agentes facultados en cumplimiento de dicha normativa.
MASMOVIL informa que presta el Servicio de telefonía disponible al público, fijo y móvil, con la facilidad de identifi- cación de la línea de origen y la línea conectada. Si el Clien- te no desea que su número de teléfono pueda ser identifica- do por el resto de usuarios, MASMOVIL pone a su disposi- ción medios para restringir la identificación de línea llamante y de línea conectada. El Cliente podrá disponer de dicha información en el Servicio de Atención al Cliente.
6. SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Y NOTIFICACIONES
XXXXXXXX ofrecerá un Servicio de Atención al Cliente que incluirá la asistencia telefónica, de 8 a 00 horas al día los 365 días del año, sobre el uso de los Servicios (queda en todo caso excluida la asistencia técnica sobre su PC o dispositivo de acceso a los Servicios).
Para aclarar cualquier duda respecto al precio, facturación, calidad o cualquier otra cuestión relacionada con los Servi- cios o si quiere realizar una reclamación, el Cliente deberá dirigirse al Servicio de Atención al Cliente.
El Cliente puede realizar sus consultas en nuestra Página Web xxx.xxxxxxxx.xx o enviando un email a la dirección xxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx
También puede realizar sus consultas o reclamaciones llamando de forma gratuita al 1497 desde una línea fija o móvil de MASMOVIL o desde cualquier otro teléfono o mediante correo postal dirigido a la siguiente dirección: Xfera Móviles, SAU (MÁSMÓVIL) con domicilio social en Xxxxxxx xx xx Xxxx, 00, 00000, Xxxxxxxxxx (Xxxxxx).
En caso de reclamación se le asignará a ésta un número de referencia que MASMOVIL comunicará al Cliente. Si la reclamación se realiza por vía telefónica el Cliente podrá solicitar un documento que acredite la presentación y el contenido de la misma. Dicho documento será remitido en el plazo xx xxxx (10) días desde su solicitud.
Cuando la reclamación haya sido solucionada, MASMOVIL informará al Cliente de la solución adoptada a través del mismo medio utilizado para presentar la reclamación.
Formulada la reclamación, si el Cliente no hubiera obtenido una respuesta satisfactoria de MASMOVIL en el plazo de un
(1) mes, podrá acudir a la Secretaría de Estado de Teleco- municaciones y para la Sociedad de la Información de conformidad con lo establecido en la normativa vigente, sin perjuicio de su derecho a acudir a la vía judicial.
7. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
XXXXXXXX cumple en el tratamiento de los datos de carác- ter personal de sus Clientes con la legislación vigente en España y en la Unión Europea. Para ello adopta las medidas técnicas y organizativas necesarias para evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robo de los datos personales facilitados, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a los que están expuestos.
XXXXXXXX ha adoptado las medidas de seguridad corres- pondientes a los niveles exigidos por el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal (Real Decreto 1720/2007). Además procura instalar aquellos otros medios y medidas técnicas adicionales para evitar la pérdida, mal uso, altera- ción, acceso no autorizado y robo de los datos personales facilitados, y para garantizar el secreto en las comunicacio- nes.
Los datos suministrados por el Cliente serán incorporados a un fichero de datos de carácter personal del que es respon- sable Xfera Móviles, SAU, que se encuentra registrado ante la Agencia Española de Protección de Datos. La no comuni- cación, o la comunicación incompleta de los datos persona- les obligatorios para formalizar la contratación del Servicio, supondrá la imposibilidad de la prestación del mismo y, por tanto, la resolución de la relación contractual. El Cliente es responsable de la veracidad y actualidad de los datos proporcionados a MÁSMÓVIL.
XXXXXXXX utilizará sus datos personales, así como sus datos de tráfico, entendiendo como tales aquéllos tratados a efectos de la conducción de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas o a efectos de su facturación, con la finalidad de proveer los Servicios solicita- dos (entre otros, establecimiento y enrutamiento de llama- das, acceso a Internet, facturación, recargas de saldo, recla- mación de deudas, participación en promociones, etc.), con fines estadísticos y enviarle comunicaciones relacionadas con la prestación, mejora y actualización de servicios, pudiendo ser comunicados únicamente a terceros que estén vinculados a los canales de distribución o empresas perte- necientes al grupo empresarial en el que se integra MAS- MOVIL que colaboren en el proceso de contratación, presta- ción y mantenimiento de los servicios contratados cuando esta comunicación sea necesaria para el desarrollo manteni- miento o gestión de la relación contractual que el Cliente mantiene con MASMOVIL.
En cumplimiento de la Ley 25/2007, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, sus datos personales (nombre y apellidos o denominación social, nacionalidad, dirección y número de documento identificativo a efectos fiscales) serán asimismo incorporados al Libro-Registro que mantiene MASMOVIL, y cuyo contenido se encuentra a disposición de los agentes facultados, en los términos establecidos en la legislación vigente. Estos datos serán conservados por MASMOVIL durante un mínimo de 12 meses desde la fecha de las comunicaciones.
XXXXXXXX podrá enviarle información propia sobre nuevas tarifas y promociones aplicables a su Servicio a las que pueda adherirse, mediante mensajes de texto y correos electrónicos, salvo que indique lo contrario mediante la marcación de la correspondiente casilla en la carátula del Contrato.
XXXXXXXX también podrá enviarle publicidad sobre otros servicios propios o de terceras empresas de los sectores de ocio, cultura, seguros, servicios financieros y de asistencia, únicamente en el caso de que Ud. así lo acepte expresa- mente. Puntualmente, en campañas de las cuales informa- remos detalladamente en cada momento, en caso de que Ud. acepte el envío de publicidad de terceros, podrá obtener a cambio una serie de ventajas adicionales.
XXXXXXXX le informa de que podrá comprobar su solvencia en ficheros comunes sobre solvencia patrimonial y crédito cuyos responsables presten tal servicio con arreglo a la legalidad vigente, así como por procedimientos automatiza- dos de sistemas de scoring. MASMOVIL también podrá verificar la exactitud de los datos aportados por su empresa y obtener datos de las entidades bancarias que nos facilite. Mediante la aceptación de las presentes CGC su empresa autoriza el tratamiento y mantenimiento de los datos sobre solvencia financiera con fines estadísticos y de evaluación de dicha solvencia.
Igualmente, MASMOVIL le informa de que en caso de no atender puntualmente sus obligaciones económicas frente a MASMOVIL de acuerdo con lo establecido en las presentes CGC resultando una deuda cierta, vencida y exigible, que haya resultado impagada, se procederá a la comunicación de los datos identificativos de su empresa y los datos relati- vos a la deuda pendiente de pago, a entidades dedicadas a la prestación de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito, de acuerdo con la legislación vigente y, por tanto, previo requerimiento de pago con aviso expreso de que, de no procederse al pago, se hará la referida comu- nicación.
MASMOVIL no cederá a terceros los datos de carácter personal que nos proporcione, excepto cuando tal cesión lo sea a favor de operadores de servicios de comunicaciones electrónicas o prestadores de servicios de valor añadido y la cesión sea necesaria para la prestación de los mismos o para realizar alguna acción promocional de los servicios de MASMOVIL de la que pueda beneficiarse, siendo tal cesión necesaria para poder llevar a cabo la misma.
Para ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición o cancelación, puede dirigirse a MASMOVIL, Xfera Móviles, SAU (MÁSMÓVIL) con domicilio social en Xxxxxxx xx xx Xxxx, 00, 00000, Xxxxxxxxxx (Xxxxxx) o dirigir un correo electrónico a la dirección xxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. Asimis- mo, podrá revocar su consentimiento al envío de publicidad propia o de terceros poniéndose en contacto con el Servicio de Atención al Cliente llamando al número 1497.
En el proceso de registro como Usuario en el área de cliente de nuestra página web, deberá elegir una contraseña. Como Cliente, Ud. es responsable de mantener la confidencialidad de esta contraseña, así como de todas las actividades que
ocurran en la sesión iniciada con su nombre de Usuario y contraseña. El Cliente se compromete a notificar a MASMO- VIL a la mayor brevedad el uso no autorizado de su nombre de Usuario y contraseña o cualquier otro fallo en la seguri- dad. XXXXXXXX no será responsable por los daños o pérdi- das que se pudieran originar debido al no cumplimiento de esta obligación por parte del Cliente.
El Cliente otorga su consentimiento a MASMOVIL para grabar las llamadas que el Cliente pueda realizar o recibir del Servicio de Atención al Cliente. Dicha grabación se realiza con la finalidad de mejorar la calidad de prestación de los servicios objeto del contrato, con la de verificar la satisfacción de los clientes, así como de acreditar la contra- tación.
8. CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO
XXXXXXXX podrá suspender el Servicio contratado en los siguientes casos:
a) Cuando el Cliente no haya atendido sus obligaciones de pago o haya agotado su saldo y/o sobrepasado su límite de crédito.
b) Si el Cliente facilita a MASMOVIL datos personales que no sean veraces, sean deliberadamente incorrectos o se usurpe la identidad de un tercero.
c) Cuando el Cliente realice un uso irregular o fraudulento del Servicio.
d) Cuando el Cliente haya empleado un medio de pago fraudulentamente o exista riesgo razonable de fraude.
En cualquiera de estos casos, MASMOVIL se pondrá en contacto con el Cliente, con carácter previo a la suspensión del Servicio, para informarle de la existencia de un incumpli- miento de las CGC.
XXXXXXXX podrá suspender temporalmente los Servicios en caso de retraso total o parcial por el Cliente en el pago de los Servicios, desde la fecha en que XXXXXXXX tenga conocimiento de tal circunstancia, previo aviso de 48 horas al Cliente en el que se le informará de la fecha a partir de la cual se llevará a cabo la suspensión, no pudiendo ésta realizarse en día inhábil. No obstante lo anterior, en el supuesto del Servicio Telefónico Fijo, en caso de retraso total o parcial por el Cliente en el pago de las facturas duran- te un periodo superior a (1) un mes desde su presentación, podrá dar lugar, previo aviso al Cliente de quince (15) días, a la suspensión temporal de los servicios contratados en el que se informará al Cliente de la fecha a partir de la cual se llevará a cabo la suspensión, no pudiendo ésta realizarse en día inhábil.
La suspensión solo afectará a los Servicios respecto de cuyo pago se haya incurrido en xxxx.
La suspensión del servicio no exime al Cliente de la obliga- ción de continuar con el pago de las cuotas mensuales. En caso de suspensión temporal del Servicio telefónico por impago, éste se mantendrá para las llamadas salientes de urgencias, así como para las llamadas entrantes, con excep-
ción de las llamadas de cobro revertido y las del Servicio de telefonía móvil cuando se encuentre en el extranjero. MAS- MOVIL restablecerá el Servicio suspendido dentro del día laborable siguiente a aquel en que tenga constancia de que el importe adeudado haya sido satisfecho por completo.
En el supuesto de suspensión temporal, si el Cliente hubiera presentado una reclamación ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, MASMOVIL no suspenderá ni interrumpirá el servicio mien- tras que la reclamación se esté sustanciando y el Cliente consigne fehacientemente el importe adeudado, entregando el correspondiente resguardo a MASMOVIL.
La reconexión de los servicios se realizará conforme a las condiciones vigentes en ese momento, y deberá abonar la cuota vigente por este concepto. Durante el periodo de suspensión MASMOVIL podrá retirar del domicilio del Clien- te los equipos alquilados.
El Cliente podrá solicitar formalmente con una antelación de quince (15) días a la fecha deseada en que surta efecto, la suspensión temporal del Servicio de telefonía fija a través de una comunicación dirigida al Servicio de Atención al Cliente. La duración de la suspensión no será menor de un (1) mes ni superior a tres (3) meses. El periodo de suspensión no podrá exceder de noventa (90) días por año natural. En estos casos MASMOVIL deducirá de la cuota de abono de Cliente, el cincuenta por ciento (50%) del importe proporcio- nal correspondiente al tiempo que afecte.
El retraso en el pago total o parcial de las facturas de MAS- MOVIL superior a tres (3) meses o la suspensión temporal de los Servicios en dos ocasiones, por xxxx en el pago, dará derecho a MASMOVIL a la interrupción definitiva de los Servicios y a la correspondiente resolución del contrato.
En todo caso, el Servicio podrá ser interrumpido conforme a la normativa vigente cuando se produzca una deficiencia causada por el Cliente y que afecte a la integridad o seguri- dad de la Red o a la prestación de Servicios a otros clientes. Esta medida cesará cuando el Cliente efectúe y comunique a MASMOVIL la desconexión del equipo objeto de la deficiencia.
MASMOVIL podrá interrumpir ocasionalmente los Servicios con objeto de realizar trabajos de mejora, labores de repara- ción, cambios de equipamiento o por motivos análogos, si bien dichas interrupciones serán lo más breves posibles y se realizarán, preferentemente y siempre que sea posible, en horarios de mínimo consumo. El Cliente acepta la necesidad de consentir tales interrupciones y que MASMOVIL no estará obligada a compensarle salvo en la cuantía de las indemnizaciones previstas en el apartado “Responsabilidad de MASMOVIL” de este Contrato, que correspondan.
9. DURACIÓN Y TERMINACIÓN
Este Contrato se constituye por tiempo indefinido. MASMO- VIL tiene derecho a resolver el Contrato por las causas generales de extinción de los contratos y por las causas mencionadas en las CGC. Será causa de resolución
automática del presente Contrato a instancia de MASMOVIL la extinción de la habilitación a MASMOVIL para prestar el Servicio cuando ello determine la imposibilidad de seguir prestándolo, sin que en este caso se devengue derecho de indemnización alguno a favor del Cliente.
Por su parte, y sin perjuicio de la aplicación de las previsio- nes relativas al compromiso de permanencia que pudiera afectar al Cliente, este tiene derecho a resolver el Contrato en cualquier momento remitiendo comunicación de resolu- ción, cuyo modelo puede encontrar en nuestra página Web, acompañada de una copia del documento nacional de identi- dad o documento identificativo equivalente del apoderado o representante de la empresa y una copia de su poder, al Servicio de Atención al Cliente con, por lo menos, dos días hábiles de antelación al día en el que desee que se haga efectiva la baja en el Servicio.
El contrato se extinguirá, con la consiguiente interrupción definitiva del Servicio, por las causas generales admitidas en Derecho y especialmente por las siguientes:
a) Decisión del Cliente.
b) Grave incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, así como por una utilización del Servicio contraria a la buena fe.
c) Retraso en el pago del Servicio por un periodo superior a tres (3) meses o la suspensión temporal del Contrato en dos ocasiones por demora en el pago conforme lo dispuesto en estas CGC.
d) Por uso no autorizado, ilícito, fraudulento o indebido del Servicio.
En supuestos excepcionales en los que sea necesario por motivos técnicos, operativos o de servicio, o en el supuesto de que el Servicio se interrumpa definitivamente, el Cliente deberá devolver los dispositivos y/o terminales propiedad de MASMOVIL.
En aplicación de las obligaciones impuestas a MASMOVIL como operador de telecomunicaciones de conformidad con la Ley 25/2007, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, aquella se reserva la facultad de cancelar el Contrato o bloquear o suspender el Servicio en cualquier momento, en el caso de comprobarse que los datos identifi- cativos facilitados por el Cliente son falsos, incorrectos o incompletos.
En caso de que el Cliente no realice solicitud de conserva- ción de numeración, la terminación del Contrato por cualquier causa podrá dar lugar a la pérdida de la numera- ción asignada en el plazo de un mes desde la fecha de termi- nación del mismo.
10. MODIFICACIÓN DE LAS CGC
MASMOVIL podrá realizar modificaciones a las presentes CGC, así como de las tarifas vigentes en cada momento, notificándoselo al Cliente afectado por la modificación con una antelación mínima de un (1) mes a la fecha de su entra-
da en vigor que se indicará expresamente. Si el Cliente no aceptase las nuevas condiciones y así se lo notificase a MASMOVIL, podrá resolver el contrato de manera anticipa- da y sin penalización alguna. Si, transcurrido un (1) mes desde la notificación por MASMOVIL el Cliente no hubiese manifestado expresamente su disconformidad, o bien continuara utilizando el Servicio con posterioridad a la entra- da en vigor de la modificación anunciada, se entenderá que acepta las modificaciones propuestas.
11. CAMBIOS DE DOMICILIO, DE NÚMERO TELEFÓNICO O DE TITULAR
El Cliente podrá solicitar el cambio de domicilio en el que recibe los Servicios contratados a través del Servicio de Atención del Cliente. Si por razones técnicas MASMOVIL no pudiera prestar los Servicios en el nuevo domicilio, el Cliente podrá dar por terminado el Contrato de forma anticipada y sin penalización alguna.
Si el cambio de domicilio fuera técnicamente posible, el Cliente solo deberá abonar la tarifa vigente por cambio de domicilio. En el caso de alquiler de dispositivos de telefonía y/o Internet, el Cliente deberá trasladar bajo su responsabili- dad los equipos asociados a estos Servicios al nuevo domi- cilio.
Cuando sea necesario cambiar el número de telefonía móvil o fija del Cliente, bien por imperativos técnicos o porque así lo exija la normativa vigente, MASMOVIL le comunicará dicho cambio y sus motivos con un preaviso que será de tres
(3) meses en el caso de telefonía fija, informándole del nuevo número que le será asignado, no teniendo el Cliente derecho a indemnización por este concepto. No obstante lo anterior, XXXXXXXX adoptará las medidas oportunas para que el Cliente pueda conservar su número telefónico al cambiar de operador conforme a la normativa y condiciones que lo regulen. Además, el Cliente podrá solicitar el cambio de número de teléfono en cualquier momento.
En caso de cambio de titular, tanto el actual como el nuevo, declaran que todos los datos facilitados al Servicio de Atención al Cliente de MASMOVIL son correctos y que han leído, conocen y aceptan en su integridad las presentes CGC. La fecha de cambio de la nueva responsabilidad de pago será el día siguiente al de la confirmación del cambio de titular por parte de XXXXXXXX, lo cual sucederá una vez que haya recibido la documentación necesaria debidamente cumplimentada. No obstante lo anterior, el cambio de titulari- dad no exonera al titular actual del pago de las cantidades devengadas hasta la fecha del cambio.
12. CESIÓN
MASMOVIL se reserva el derecho de transmitir los derechos y/u obligaciones dimanantes de las presentes CGC a una empresa perteneciente a su mismo grupo empresarial o a un tercer operador de comunicaciones electrónicas sin necesi- dad de requerir el consentimiento expreso del Cliente, notificándole este hecho al menos con un (1) mes xx xxxxxx- ción. El Cliente que no desee aceptar tal cesión podrá resolver el contrato de forma anticipada y sin penalización alguna.
13. NULIDAD
La declaración de nulidad, ineficacia o invalidez de cualquie- ra de las presentes CGC no afectará a la validez de las restantes condiciones que permanecerán vigentes y serán vinculantes para las partes.
14. LEY APLICABLE Y FUERO COMPETENTE
La legislación aplicable a la relación que une a las partes es la española. Las partes quedan sometidas, con exclusión de cualquier otro foro que pudiera corresponderles, a la jurisdic- ción de los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital para la resolución de las divergencias que se deriven de la interpre- tación o aplicación de estos términos y condiciones.
CONDICIONES ESPECÍFICAS SERVICIOS TELEFONÍA FIJA Y ACCESO A INTERNET BANDA ANCHA
a. Objeto
Las presentes condiciones específicas son aplicables única- mente en caso de contratación del Servicio de Telefonía Fija y de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha, bien de forma independiente o en modalidad convergente con otros Servi- cios.
b. Instalación y activación de la línea
Las condiciones de instalación y activación del Servicio dependerán de si éste es prestado sobre una línea ADSL o de fibra óptica. MASMOVIL dará acceso al Servicio sobre fibra óptica únicamente en aquellos lugares en los que disponga de infraestructura adecuada para ello. Puede consultar las áreas de cobertura en nuestra Página Web o en el Servicio de Atención al Cliente.
i. ADSL
La instalación de los servicios sobre una línea ADSL requiere acciones tales como la desagregación del bucle de abonado, instalación de dispositivos y/o portabilidad, en su caso. El Cliente permitirá, cuando sea necesario, para la correcta prestación del Servicio, que las personas que designe MASMOVIL accedan al inmueble del Clien- te.
El Cliente declara que ha sido informado de manera detallada de las características y condiciones del Servicio de Acceso a Internet Banda Ancha y solicita expresa- mente para la prestación del servicio, en su caso, que su par de hilos (también denominado “bucle") sea accedido por MASMOVIL o las empresas del Grupo MASMOVIL (cualquiera de ellas, en lo sucesivo, “MASMOVIL”) en la modalidad de acceso completamente desagregado o bien en la modalidad de acceso indirecto.
MASMOVIL llevará a cabo en el domicilio del Cliente las siguientes acciones que sean necesarias para la instala- ción del Servicio:
- Instalación de un punto de terminación de red (PTR).
- Instalación de un módem ADSL/WiFi.
- Conexionado de los equipos instalados con un máx- imo de 1,5 metros.
XXXXXXXX podrá modificar los elementos a instalar o las acciones a realizar para la instalación según las nece- sidades del Servicio en cada momento.
Asimismo el Cliente declara que ha sido informado de las características de prestación de los Servicios de MAS- MOVIL y que ello supone la baja automática de todos los servicios contratados por el Cliente con su operador de acceso en relación con dicho bucle, incluyendo, en su
caso, los servicios Centrex, red privada virtual, grupo xx xxxxx, línea de enlace y cualquier otro servicio que implique asociación con el bucle. El Cliente autoriza a MASMOVIL, a que realice en su nombre cuantas gestio- nes sean necesarias para acceder a sus pares, o bien a realizar cuantas actuaciones fueran necesarias sobre la línea del Cliente para proporcionar el Servicio de Acceso a Internet Banda Ancha. En caso de que el Cliente no coincida con el titular de las líneas, aquél manifiesta expresamente que ha obtenido la citada autorización.
XXXXXXXX iniciará el procedimiento de desagregación, en su caso, de la línea indicada por el Cliente siempre que haya una garantía de poder ofrecer sobre ésta el servicio en calidad adecuada. De no existir ésta, MAS- MOVIL instalará o solicitará un nuevo par en el domicilio del Cliente. A estos efectos el Cliente autoriza expresa- mente a XXXXXXXX a dar de alta una nueva línea, a nombre de éste, en su domicilio.
Una vez que sea posible prestar el Servicio sobre la línea, MASMOVIL portará, en su caso, la numeración del Cliente de acuerdo con la solicitud de portabilidad que el Cliente haya firmado en este Contrato.
ii. Fibra óptica
Si el Cliente no cuenta con la instalación necesaria para la prestación del Servicio, es necesario que MASMOVIL u otra empresa que actúe por su cuenta, lleve a cabo la instalación del mismo en el domicilio del Cliente. Para ello, con posterioridad a la firma de las presentes Condi- ciones Generales y Específicas, un técnico de MASMO- VIL o de empresa externa autorizada por ésta, se perso- nará en el domicilio del Cliente en la fecha acordada con el mismo. El Cliente autoriza expresamente a MASMO- VIL y a los técnicos que ésta designe el acceso a su domicilio y a las instalaciones y equipos que sea necesa- rio para la correcta instalación. Esta autorización se extiende al caso en que sea necesario realizar alguna acción para la correcta prestación o mantenimiento del Servicio, así como, en su caso, al momento de la retirada del Equipo.
El Cliente tendrá que proporcionar al técnico la entrada a la ubicación del edificio en que se encuentre el acceso para la Fibra Óptica en caso de que el mismo haya sido desplegado en sus interiores.
MASMOVIL llevará a cabo las siguientes acciones para la instalación del Servicio:
- Conexión del tendido de Fibra Óptica exterior a la red del edificio del Cliente.
- Tendido de cable por el interior del edificio o por fachada hasta el domicilio del Cliente.
- Instalación en el domicilio del Cliente de un punto de terminación de red óptica.
- Instalación en el domicilio del Cliente de un ONT Router WiFi.
- Conexionado de los equipos instalados con un máximo de 1,5 metros.
- MASMOVIL podrá modificar los elementos a instalar o
las acciones a realizar para la instalación, según las necesidades del servicio en cada momento.
El Cliente reconoce que ha sido informado de las carac- terísticas de prestación de los Servicios y que en el caso de Fibra Óptica ello no supone la baja automática de todos los servicios que el Cliente pudiera tener contrata- dos previamente con MASMOVIL o con otro operador. El Cliente puede mantener su servicio de ADSL/Acceso a Internet anterior si lo tuviera y los servicios asociados.
En este mismo caso, la baja del Cliente en el servicio de ADSL/Acceso a Internet en su anterior operador es responsabilidad del mismo. En caso de que el Cliente desee dicha baja, deberá dirigirse a su anterior operador.
Tanto en el caso de instalación y activación del Servicio de ADSL como en el de Fibra Óptica, el Cliente declara que cuenta con los permisos y licencias de terceros que, en su caso, sean necesarias para la instalación y presta- ción del Servicio, quedando MASMOVIL en todo caso exenta de responsabilidad frente a estos terceros.
La no aceptación por parte del Cliente de la instalación básica a realizar por MASMOVIL dará derecho a ésta a resolver el presente Contrato de forma inmediata, proce- diendo en todo caso a facturar al Cliente aquellos gastos que se hayan generado hasta la fecha de resolución del Contrato.
c. Tarifas, facturación y pagos
Las tarifas aplicables al Servicio de Telefonía Fija pueden tener asociados consumos mínimos o cuotas fijas mensua- les.
El consumo mínimo mensual a realizar por el Cliente depen- derá de las condiciones particulares de cada tarifa. En caso de no consumir mensualmente el importe mínimo correspon- diente a su tarifa, MASMOVIL le facturará en dicho mes ese importe o, en su caso, el que reste hasta alcanzarlo.
Determinadas tarifas pueden contar con una cuota fija mensual. De la existencia de la misma se informará en las Condiciones particulares aplicables a cada tarifa con carác- ter previo a la contratación. Dicha cuota fija se devengará al inicio de cada período de facturación. En caso de baja una vez iniciado el período de facturación, se cobrará al Cliente la cuota fija en proporción al número de días disfrutados desde el comienzo del periodo de facturación hasta la fecha de baja. Igualmente, determinadas gestiones de MASMO- VIL, sobre las cuales se informará con carácter previo a su realización, pueden contar con unos importes adicionales.
MASMOVIL podrá exigir la constitución de depósitos de garantía, en el momento de contratar el Servicio Telefónico Fijo o durante la vigencia del Contrato cuando:
a) El Cliente hubiera dejado impagados uno o varios recibos, en tanto subsista la morosidad.
b) Se hubieran contraído deudas por otro/s Contrato/s de abono, vigentes o no, o se retrasen de modo reiterado en el pago de los recibos. El depósito podrá constituirse en efectivo o mediante aval bancario a elección del Cliente.
Los depósitos no serán remunerados. MASMOVIL requerirá la constitución por un medio que deje constancia de su recepción concediéndole un plazo no menor a quince (15) días para su constitución o para el abono de las cantidades pendientes. Si el depósito no se constituye, MASMOVIL podrá desestimar la solicitud de alta, suspender el Servicio y dar de baja al Cliente si no constituye el depósito pasados diez (10) días desde que se realice un segundo requerimien- to. Los depósitos solicitados serán por un importe nunca superior a la media estimada de tres meses de consumo por Servicio.
La devolución de los depósitos se producirá: en el caso a), tan pronto como MASMOVIL tenga constancia del pago íntegro de las cantidades adeudadas, y en el caso b), cuando quede acreditado que en un año no ha existido ningún retraso en el pago. Si el Cliente con deudas pendien- tes se diera de baja o solicitara cambio de titularidad de su Servicio, MASMOVIL podrá ejecutar la garantía por el total de la deuda contraída, quedando el remanente a disposición del Cliente. Si el Cliente hubiera pagado todos los recibos, el depósito será devuelto íntegramente. El plazo de devolución será de quince (15) días desde el siguiente a aquél en que se cumplan las circunstancias recogidas anteriormente.
d. Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha
El Cliente declara que ha sido informado de manera detalla- da de las características y condiciones del Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha.
Con motivo de la configuración técnica del Servicio, le informamos de que la baja en el Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha, podría afectar a su vez al Servicio Telefónico Fijo, provocando en dicho caso la baja de este último Servicio.
El Cliente también queda informado de que la prestación del Servicio puede implicar incompatibilidades con los servicios basados en módems o alarmas, centralitas, líneas de ascen- sor y servicios de teleasistencia y, en general, sobre cualquier servicio prestado sobre línea telefónica tradicional.
MASMOVIL no garantiza el funcionamiento de los citados servicios que estuvieran instalados con anterioridad a la activación del Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha.
Cuando la prestación del Servicio se realice sobre ADSL, el Cliente reconoce que XXXXXXXX no puede garantizar que el mismo disponga de la velocidad contratada en todos los casos, ya que la distancia a la central, la calidad de la línea y las posibles interferencias, pueden suponer una disminu- ción de la citada velocidad.
XXXXXXXX realizará sus mejores esfuerzos para que el Cliente disponga de la máxima velocidad posible técnica- mente del servicio ADSL contratado.
En general, tanto en el caso de que el Servicio se preste sobre ADSL como sobre fibra óptica, la velocidad contratada se disfrutará usando la conexión por cable Ethernet entre los equipos proporcionados y el terminal del Cliente. Esta velocidad podría verse limitada por las capacidades del dispositivo utilizado por el Cliente para conectarse al Servi- cio.
Cuando se usen otros medios de conexión como Wi-Fi u otros, la velocidad en el dispositivo del Cliente puede verse limitada por las características propias de dicho medio de conexión. En el caso de Wi-Fi, factores ajenos a MASMOVIL como la estructura del domicilio del Cliente, interferencias con otras redes Wi-Fi, las capacidades del dispositivo usado por el Cliente para conectarse a Internet, el uso en exteriores o interiores u otros factores, pueden provocar la disminución de la velocidad final disfrutada por el Cliente.
Además de los citados factores ajenos a MASMOVIL que pueden provocar una disminución de la velocidad a disfrutar por el Cliente, es posible que ésta se vea limitada en caso de realización de operaciones de mantenimiento por parte de MASMOVIL o en caso de interrupciones del Servicio.
e. Servicio Telefónico Fijo
En caso de que el Cliente contrate el Servicio Telefónico Fijo éste se prestará sobre la línea asociada al servicio de ADSL o sobre la línea de Fibra Óptica, en su caso.
Con motivo de la configuración técnica del Servicio, le informamos de que la baja en el Servicio Telefónico Fijo podría afectar a su vez al Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha provocando en dicho caso la baja de este último Servicio.
El Servicio Telefónico, con tecnología de voz sobre IP, permite que el Cliente reciba en su terminal fijo las llamadas destinadas a la numeración asociada a su línea. Además, permite al Cliente realizar llamadas desde la misma línea.
En el caso de prestación del servicio sobre la línea de Fibra Óptica, el Cliente puede mantener su Servicio Telefónico anterior si lo tuviera y los servicios asociados. En este caso, la baja del Cliente en el Servicio Telefónico en su anterior operador es responsabilidad del mismo. En caso de que el Cliente desee dicha baja, deberá dirigirse a su anterior operador.
Para el disfrute de este Servicio, el Cliente autoriza a MAS- MOVIL a realizar cuantas actuaciones en la red resulten necesarias para garantizar la recepción de las llamadas destinadas a su numeración geográfica.
f. Activación del Servicio Telefónico Fijo y de Acceso a Internet Banda Ancha
MASMOVIL activará los Servicios telefónico fijo e Internet xx Xxxxx Ancha en un plazo máximo de treinta (30) días naturales desde la aceptación por el Cliente de estas CGC. La activación de los citados Servicios tendrá lugar el mismo día en que MASMOVIL finalice la instalación en el domicilio del Cliente de manera satisfactoria o bien una vez compro- bada la idoneidad de la instalación preexistente. Este plazo de activación se denomina tiempo de suministro de la cone- xión inicial, a efectos de las obligaciones vigentes de calidad a las que está sometido MASMOVIL. El incumplimiento del citado compromiso de tiempo de suministro de conexión inicial por parte de MASMOVIL supondrá una indemnización al Cliente a razón de un (1) euro por día natural de retraso, hasta un máximo de noventa (90) euros.
En caso de que concurran causas técnicas que imposibiliten la prestación del Servicio por parte de MASMOVIL, o la no accesibilidad física de la instalación del cable hasta el punto de conexión del hogar del Cliente u otros supuestos no imputables a MASMOVIL por los que MASMOVIL no pudiera prestar el Servicio, como causas de fuerza mayor u otras imputables al Cliente, no surgirá derecho de indemnización alguna a favor del Cliente.
XXXXXXXX se compromete a prestar los Servicios contrata- dos conforme a los compromisos de calidad exigidos por la normativa vigente que le sea de aplicación.
g. Servicio de Emergencia
MASMOVIL facilita el acceso gratuito del Cliente a los servicios de emergencia así como información sobre la ubicación de la persona que efectúa la llamada dependien- do, esta última, de la capacidad de los sistemas de la Comu- nidad Autónoma en la que se encuentre el Cliente en el momento de llamar a los referidos servicios.
x. Xxxx de Abonados
Si el Cliente solicita que sus datos se incluyan en las guías de abonados mediante la marcación de la casilla correspon- diente, MASMOVIL comunicará aquellos datos que el Clien- te indique a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para que ésta los ponga a disposición de las entidades que elaboran las guías y/o prestan servicios de información.
i. Equipos y terminales
XXXXXXXX entregará al Cliente o instalará en su domicilio, en caso de que el Cliente no cuente con la instalación nece- saria para la prestación del Servicio, los siguientes equipos (a los efectos de las presentes CGC, el Equipo):
(i) ONT / Router Wi-Fi (en caso de Fibra óptica);
(ii) Modem ADSL/WiFi (en caso de ADSL);
(iii) En caso necesario, un punto de terminación de red (PTR) en instalaciones de ADSL;
(iv) Un punto de terminación de red óptica (PTRO) en instalaciones de Fibra;
(v) Cableado con los límites descritos en las presentes CGC;
(vi) Cualquier otro equipo, periférico o dispositivo entre- gado por MASMOVIL al Cliente para la correcta presta- ción de los Servicios.
Las características técnicas del Equipo que MASMOVIL entrega e instala para ofrecer el servicio al Cliente pueden ser susceptibles de cambios. Se informará al Cliente de los posibles cambios a través de nuestra Página Web y a través del Servicio de Atención al Cliente.
MASMOVIL configurará o facilitará instrucciones para la configuración de los Equipos proporcionados al Cliente. Salvo oposición del Cliente, XXXXXXXX podrá crear un segundo canal independiente en el Equipo a través del que se preste el Servicio, sin coste ni afectación de la calidad del Servicio contratado, para prestar Servicios adicionales tales como la posibilidad de compartir Internet xx xxxxx ancha con terceros. Ello no afectará ni disminuirá la velocidad contratada por el Cliente para su Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha. El Cliente podrá desactivar esta compartición en cualquier momento a través del Servicio de Atención al Cliente de MASMOVIL.
XXXXXXXX cede el Equipo al Cliente en régimen de cesión/alquiler, salvo indicación expresa en contra por parte de XXXXXXXX. El Cliente es responsable del uso adecuado del Equipo así como de su no manipulación.
XXXXXXXX se encargará del mantenimiento del Equipo cedido así como de su sustitución en caso de avería.
El Cliente se obliga a devolver el Equipo a MASMOVIL en un estado de uso y conservación adecuado a la correcta utiliza- ción del mismo, previa solicitud de MASMOVIL, en cualquier momento y en todo caso, en el plazo de un (1) mes posterior a la baja del Servicio.
Si el Cliente no devuelve el Equipo en dicho plazo, MASMO- VIL aplicará la penalización que se especifica en la carátula del Contrato.
Si MASMOVIL entrega algún tipo de software o algún equipo o terminal autoinstalable, el Cliente deberá seguir las instrucciones de instalación facilitadas por MASMOVIL. XXXXXXXX no ofrece ninguna garantía, ni explícita ni implícita, sobre los software de ayuda a la instalación facilita- dos ni se responsabiliza de los daños o alteraciones que, con motivo de su ejecución, pudieran ocasionarse en el sistema informático del Cliente (configuración, software y/o hardware) o en los documentos electrónicos y ficheros alma- cenados en su sistema informático.
j. Garantía de terminal y Servicio Posventa
Sin perjuicio de lo indicado anteriormente, si existieran termi- nales o equipos asociados al Contrato que son adquiridos por el Cliente a MASMOVIL o a un tercero con el que MAS- MOVIL haya llegado a un acuerdo al respecto, dichos equipos tienen un periodo de garantía legal desde su compra, entrega o fecha de instalación, acreditado con la factura o albarán correspondiente. XXXXXXXX ofrece en dichos casos un servicio posventa de tramitación de las reparaciones con un Servicio de Asistencia Técnica oficial reconocido por el fabricante de los citados equipos.
No será de aplicación dicha garantía en los siguientes casos:
- Sustitución de piezas de desgaste como consecuencia del uso normal del Equipo.
- Si el Equipo ha sido manipulado por un servicio de asistencia técnica no autorizado por XXXXXXXX.
- Si la causa de la disconformidad se debe a una instala- ción incorrecta por parte del Cliente o manipulación indebida o con elementos/accesorios no originales del fabricante.
k. Mantenimiento
MASMOVIL reparará las averías que se produzcan en los Equipos cedidos y relacionados con la prestación del Servi- cio que hubieran sido proporcionados por XXXXXXXX, asumiendo el coste de las mismas siempre y cuando se hubieran producido por causas no imputables al Cliente.
En caso de que el Cliente detecte una avería en el Equipo o un mal funcionamiento del Servicio deberá ponerse en contacto con el servicio de atención técnica de MASMOVIL llamando al Servicio de Atención al Cliente.
XXXXXXXX empleará los medios que en cada momento considere necesarios para resolver la incidencia.
CONDICIONES EPECÍFICAS SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL
a. Objeto
Estas Condiciones Específicas son aplicables únicamente en caso de contratación del Servicio de Telefonía Móvil bien de forma independiente o en modalidad convergente con otros servicios.
b. Instalación y activación de la línea
El Cliente dispondrá de un plazo de 60 días desde la fecha de compra o recepción de su tarjeta SIM, para activar la misma. Transcurrido dicho plazo sin que la tarjeta haya sido activada o utilizada, MASMOVIL podrá cancelarla. El Cliente tendrá en este caso derecho a recuperar el importe abonado por la misma, previa solicitud al Servicio de Atención al cliente.
MASMOVIL tendrá en este caso, así como en el caso de cancelación del alta por parte del Cliente, el derecho de cobrar los gastos de gestión correspondientes al envío de la Tarjeta, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula dedicada al derecho de desistimiento cuando éste sea aplicable. Los gastos de gestión en su caso aplicables se comunicarán al cliente en las condiciones particulares de los servicios contratados.
c. Tarifas, facturación y pago
Las tarifas del Servicio de Telefonía Móvil pueden tener asociados consumos mínimos o cuotas fijas mensuales.
El consumo mínimo mensual a realizar por el Cliente depen- derá de las condiciones particulares de cada tarifa. Si el Cliente no consume el importe mínimo correspondiente a su tarifa, MASMOVIL le facturará o descontará de su saldo cada mes ese importe o, en su caso, el que reste hasta alcanzarlo.
Determinadas tarifas pueden contar con una cuota fija mensual de la que se informará en las Condiciones particu- lares de cada tarifa antes de la contratación. Dicha cuota fija se devengará al inicio de cada período de facturación. En caso de baja una vez iniciado el período de facturación, se cobrará al Cliente la cuota fija en proporción al número de días disfrutados desde el comienzo del periodo de factura- ción hasta la fecha de baja. Determinadas gestiones de MASMOVIL, sobre las que se informará antes de su realiza- ción, pueden implicar el cargo de importes adicionales.
Para garantizar la correcta facturación de los servicios de datos en modalidad móvil, MASMOVIL podrá restaurar la conexión de este servicio cada 2 horas de conexión continuada. La restauración del servicio consiste en el reinicio de la sesión de datos de forma automática.
La contratación de los Servicios de Telefonía Móvil en moda- lidad pospago se regirán conforme a lo previsto en estas Condiciones Generales y Específicas de Contratación.
d. Cobertura
MASMOVIL prestará el Servicio exclusivamente en las zonas de cobertura del territorio nacional en el que esté implantado. MASMOVIL se compromete a prestar el Servi- cio dentro de los límites de cobertura y del estado de la tecnología. En cualquier caso, MASMOVIL no será respon- sable por interrupciones o mal funcionamiento del Servicio motivado por condiciones orográficas y/o atmosféricas que impidan o imposibiliten su prestación.
k. Consecuencias de la suspensión del servicio
Durante el período de 30 días a partir de la fecha de suspen- sión del Servicio, podrá recibir llamadas (excepto cuando se encuentre fuera del territorio nacional o se trate de llamadas a cobro revertido), SMS y MMS (“soft block”).
Una vez transcurrido el citado plazo de 30 días sin que haya cesado la causa de la suspensión, se bloqueará también la recepción de llamadas, SMS y MMS (“hard block”). Una vez cumplidos 90 días desde la fecha de la suspensión sin que haya cesado la causa, MASMOVIL bloqueará la tarjeta SIM permanentemente, quedando el contrato con MASMOVIL definitivamente resuelto en lo relativo a este Servicio.
XXXXXXXX podrá resolver unilateralmente el Contrato en lo relativo a este Servicio cuando considere que el Servicio telefónico móvil objeto del mismo es inactivo. El Servicio se considerará inactivo cuando transcurran 4 meses seguidos sin haberse efectuado ningún consumo de servicios factura- bles.
MASMOVIL se reserva la facultad de reclamar al Cliente el importe del eventual saldo negativo, más los intereses y gastos derivados de la reclamación.
Hasta el bloqueo permanente es posible abonar las facturas pendientes, recargar saldo y realizar llamadas de emergen- cia al número 112, así como realizar llamadas al Servicio de Atención al Cliente al número 1497.
CONDICIÓN PARTICULAR DE PERMANENCIA
En caso de compra o cesión/alquiler subvencionados o en condiciones ventajosas para el Cliente de los Equipos o terminales, vinculada o no dicha compra o cesión a un plan de precios específico y/o a la aplicación de determinados descuentos, así como en caso de aplicación de determina- dos descuentos sobre el precio de los Servicios o de la instalación, el Cliente se compromete a permanecer dado de alta en este Contrato, durante el plazo y en las condiciones que se detallan en la carátula del mismo, desde la fecha de la firma. En caso de que el Cliente cause baja anticipada en el Contrato por cualquier motivo, no pague a MASMOVIL cantidades adeudadas y eso lleve a la interrupción definitiva del Servicio, incumpla el Contrato, haga uso ilícito del Servi- cio o cambie el plan de precios contratado por otro con un compromiso de consumo o con una cuota menor, deberá pagar a MASMOVIL la cantidad que corresponda en función, tanto del compromiso adquirido, como del tiempo que reste para cumplir el mismo, y hasta el máximo que se detalla en la carátula (impuestos indirectos no incluidos), todo ello como compensación por el hecho de no responder conforme a lo pactado y en atención a los beneficios previamente recibidos. En el caso de que XXXXXXXX no pueda prestar el Servicio por causas técnicas ajenas al Cliente, éste deberá proceder a la devolución de los equipos y terminales entre- gados por MASMOVIL en un plazo de quince días desde la comunicación por parte de MASMOVIL al Cliente de la impo- sibilidad de prestación del servicio. La devolución de los equipos y terminales se llevará a cabo por el Cliente de la misma forma en que se produjo la entrega inicial de los mismos. En caso de que el Cliente no proceda a la devolu- ción de los equipos y terminales en el plazo señalado, deberá abonar a MASMOVIL la cantidad detallada en la carátula.
Si durante la vigencia del plazo de permanencia señalado, el Cliente solicita un cambio de domicilio a un área geográfica donde MASMOVIL no pueda prestar el Servicio por causas de índole técnica, el Cliente deberá pagar a MASMOVIL la cantidad que corresponda en función, tanto del compromiso adquirido, como del tiempo que reste para cumplir el mismo, y hasta el máximo que se detalla en la carátula (impuestos indirectos no incluidos), todo ello como compensación por el hecho de no responder conforme a lo pactado y en atención a los beneficios previamente recibidos.
CONDICIONES GENERALES DE LA SOLICITUD DE PORTABILIDAD FIJA
1. El plazo para la tramitación de la solicitud será de un día pudiendo en todo caso elegir la fecha que desee dentro de los 30 días naturales siguientes a la firma de la solicitud. Recordamos que este dato es sólo orientativo.
El operador donante podrá modificar dicha fecha basándose en situaciones excepcionales de exceso de cupo. En el caso de que el operador donante modificara la fecha de portabili- dad, contactaremos con usted para informarle.
2. La aceptación por su parte de las presentes condiciones provocará el inicio del proceso de cambio de operador.
En caso de dejar en blanco la casilla del “momento adecua- do para portar” el plazo máximo para la tramitación de la solicitud será en general de 1 día hábil desde la fecha de solicitud entregada por el abonado, excepto en aquellos casos donde el cambio de operador implique la provisión o modificación del acceso físico asociado a la numeración, en cuyo caso el plazo de portabilidad estará incluido y supedita- do al de provisión del acceso, o se requiera de un día adicio- nal para la validación de la identidad del usuario en caso de reventa.
3. XTRA/MÁSMÓVIL no será responsable de la imposibili- dad de proporcionar la conservación de la numeración en los siguientes casos:
• Por datos incompletos o erróneos en la información esencial de esta solicitud.
• Por falta de correspondencia entre numeración y cliente identificado por su NIF/CIF.
• Comprobación de que la tarjeta SIM no ha sido denunciada al donante por robo o pérdida.
• Numeración no asignada ni portada al operador donante
• Por causas justificadas de fuerza mayor (huelgas, catás- trofes naturales, etc.)
• Tipo de acceso incorrecto.
• Cualquier otra causa que pueda ser acordada voluntaria- mente entre los operadores, dentro del marco legal.
En todo caso, XXXXXXXX deberá informarle cuando su solicitud haya sido denegada, indicando la causa de dicha denegación. En el caso de que su solicitud haya sido acepta- da podrá solicitarnos gratuitamente información sobre el estado de dicha solicitud así como la información sobre el día en el que se realizará el cambio efectivo de operador.
4. El usuario tendrá derecho a cancelar el proceso xx xxxxx- bilidad sin coste o penalización alguna, lo cual no excluye la obligación del usuario de asumir los costes en que haya incurrido MASMOVIL si éste hubiera comenzado a prestarle el servicio durante el plazo de cancelación.
El usuario podrá cancelar la solicitud de portabilidad, en cualquier momento desde la fecha inicial de la presente solicitud hasta una hora determinada del día anterior a la ejecución de la portabilidad, diferente en función del proceso de portabilidad ejecutado.
El usuario podrá realizar la cancelación de la portabilidad a través del teléfono gratuito 000000000 en horario de 09:00h. a 22:00h. hasta 24h. hábiles antes del día de la misma
5. El usuario que realice la cancelación de la portabilidad tras la instalación en domicilio del servicio deberá abonar la cantidad correspondiente a los gastos de dicha instalación incurridos por XFERA MÓVILES S.A.U. Estos gastos están incluidos en la condiciones específicas entregadas al cliente en el momento de la venta.