PLIEGO DE CONDICIONES
PLIEGO DE CONDICIONES
SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA XXXXXXX Xx. XXXX-XX-000-0000
SUMINISTRO DE PAQUETES ALIMENTARIOS PARA LA EJECUCION DEL SUB PROGRAMA FAMILIAS BIEN NUTRIDAS, A TRAVÉS DE ACCIONES QUE POSIBILITEN LA ASISTENCIA A LA POBLACIÓN VULNERABLE DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA.
CONVOCATORIA PÚBLICA A VEEDURÍAS CIUDADANAS
De conformidad con el artículo 66 de la Ley 80 de 1993, en concordancia con lo establecido en la Ley 850 de 2003 y demás disposiciones armónicas, la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca, convoca a las veedurías ciudadanas y demás personas interesadas en intervenir en el presente proceso de selección, a inscribirse como participantes en calidad de veedores, y así acatar estrictamente el cumplimiento de los principios de transparencia, economía y responsabilidad de los postulados que rigen la función administrativa, que conlleva al éxito del proceso contractual.
Bogotá, D.C., Cundinamarca, Mayo de 2017
RECOMENDACIONES INICIALES
1) Lea cuidadosamente el contenido de este documento
2) Verifique, antes de iniciar cualquier actividad orientada a su participación en este proceso de selección, que no esté incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades, generales ni específicas para contratar
3) Xxxxxxx a reunir cuidadosa y diligentemente la información y documentación exigida y verifique la vigencia de tales documentos en los casos requeridos.
4) Siga las instrucciones que se impartan para la elaboración de su propuesta.
5) Identifique su propuesta, tanto el original como la copia.
6) Revise la póliza de seriedad de su propuesta y verifique que cumple con los requisitos exigidos.
7) Xxxx consulta deberá formularse por escrito; no se atenderán consultas personales, ni telefónicas. Ningún convenio verbal con el personal de la Entidad convocante, antes o después de la firma del Contrato, podrá afectar o modificar ninguno de los términos y obligaciones estipuladas.
8) Los proponentes con la sola presentación de sus propuestas AUTORIZAN A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL DE CUNDINAMARCA, PARA VERIFICAR TODA LA INFORMACIÓN QUE EN ELLAS SUMINISTRE.
9) Cuando se presente inexactitud en la información suministrada por el proponente o en la de alguno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, la Entidad convocante podrá rechazar la propuesta y dar aviso a las autoridades competentes.
10) Toda comunicación enviada por los proponentes o adquirentes de este documento deberá ser dirigida a nombre de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca y radicada en la Oficina Jurídica, ubicada en el 4° piso de la sede de la Gobernación de Cundinamarca, dentro del horario comprendido entre las 8:00 a.m. hasta las 4:00 P.M. o al correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx0000@xxxxx.xxx
11) Toda información relacionada con este documento se debe consultar única y exclusivamente en el sitio establecido por la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca.
CAPITULO I
1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO
1.1 OBJETO DE LA INFORMACIÓN, DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD Y FUNDAMENTOS DE LA CONVOCATORIA.
Por considerarlo de vital importancia y con el propósito de que el potencial oferente tenga una visión lo más aproximada posible de los requerimientos que la Gobernación de Cundinamarca aspira cumplir con los planes, programas y proyectos vertidos en su plan de desarrollo 2016-2020 “UNIDOS PODEMOS MÁS”, reproducimos en este pliego de condiciones, los anunciados propósitos, en armonía con lo consignado en los correspondientes estudios previos.
La Gobernación de Cundinamarca, bajo la orientación del doctor XXXXX XXXXXX XXX XXXXX, en este período constitucional se ha caracterizado por su inspiración antropocéntrica que focaliza su acción y gestión administrativa en pro de los sectores sociales pauperizados y excluidos de los beneficios del sistema. Bajo estos postulados axiológicos, nuestro Gobernador ha iniciado una auténtica cruzada tendiente a cerrar la brecha social existente y a superar las inequidades que han posibilitado el señalamiento de organismos internacionales como la Organización de Naciones Unidas y la CEPAL, que catalogan a Colombia como unos de los estados más inequitativos del hemisferio.
Se reitera, entonces, que su percepción y comprensión axiológica y teleológica de los graves problemas sociales que han golpeado centenariamente a nuestras comunidades, apuntan a la eliminación de los mismos, orientando sus políticas de gobierno a la dignificación individual y colectiva de nuestro pueblo.
Bajo los anteriores postulados, entendemos que la atención a la población vulnerable ostenta particular importancia a lo largo de la vida del ser humano, ya que determina su salud, desempeño físico, mental y productividad en el desarrollo de las actividades cotidianas y el ejercicio de su autonomía.
Teniendo en cuenta el Plan de Desarrollo del departamento de Cundinamarca 2016- 2020, “UNIDOS PODEMOS MÁS”, la seguridad alimentaria es una prioridad transversal, ya que es un derecho fundamental de los grupos vulnerables, a través del acceso y disponibilidad a una alimentación suficiente, oportuna, completa y adecuada.
Garantizar el derecho a la alimentación saludable a toda la población cundinamarquesa a través de acciones alimentarias complementarias a las de generación de oportunidades y capacidades, mediante programas y proyectos de orientación al consumidor.
Dentro de las misiones de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social está la de liderar la formulación, articulación, coordinación e implementación de las políticas y estrategias tendientes a la promoción, protección, restitución y garantía de los derechos de todos los grupos poblacionales, para el mejoramiento de su calidad de vida a partir de la disminución de las diferentes expresiones de pobreza e inequidades socioeconómicas, culturales, productivas y demográficas, en función de las heterogeneidades del territorio, mediante el fortalecimiento de las capacidades
humanas, institucionales, sociales y la potenciación y democratización de las oportunidades económicas.
El plan de desarrollo “Unidos Podemos Más” contempla en su artículo 29 y 29D, los aspectos que se describen a continuación:
ARTÍCULO 29: PROGRAMA FAMILIAS UNIDAS Y FELICES: Este programa se
encuentra fundamentado en el art. 42 de la C.P. y la Ley 1361 de 2009 que tiene por objeto fortalecer y garantizar el desarrollo integral de la familia, entre los que se encuentran una vida libre de violencia, un trabajo digno e ingresos justos, salud plena y seguridad social, recreación, deporte, cultura, armonía, unidad, orientación y asesoría en el afianzamiento de su relación en pareja, protección del patrimonio familiar, como núcleo fundamental de la sociedad y establece las disposiciones que dieron lugar a la elaboración de la Política Pública Nacional para las Familias Colombianas. Igualmente, el programa busca atender los requerimientos establecidos en la Circular 01 de 2012 y 02 de 2016 de la Procuraduría General de la Nación y las Directrices del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que establecen una especial atención y protección a la familia.
Es así que el programa se orienta a una asistencia social y de atención integral de la familia de carácter complementario a las acciones que desarrollen los demás entes dentro del marco de sus competencias. Se incluyen en este programa todas las estrategias, metas y recursos para el mejoramiento de las condiciones de habitabilidad de las familias cundinamarquesas.
Este programa tiene en cuenta los ODS No. 1, 3, 4 y 16 que consisten en: “Poner fin a la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo”, “Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades”, “Garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos” y “Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas” respectivamente.
Parágrafo 1. Objetivo. Lograr familias reconocidas social, económica, política y culturalmente como agentes interlocutores activos, con oportunidades xx xxx interna y externa, con seguridad económica, como sujeto colectivo de derechos y garante de los derechos de sus integrantes; autogestionaria, generadora de ingresos y actora del desarrollo; formadora de sus integrantes en los principios éticos, en la convivencia pacífica, en la aceptación de normas, límites y el manejo adecuado de los conflictos; basada en la diversidad, en su constitución y desde el punto de vista étnico y cultural; fundada en el respeto mutuo, el afecto, el amor, la confianza, la solidaridad, la comunicación intergeneracional, asertiva y con autonomía para construir su proyecto de vida.
ARTÍCULO 29 D: Subprograma FAMILIAS BIEN NUTRIDAS
Es un subprograma orientado a mejorar la seguridad alimentaria de las familias y comunidades en situación de vulnerabilidad y a promover el consumo de una alimentación correcta desde la nutrición durante el cuatrienio 2016-2020.
Dentro de las necesidades básicas de cualquier ser humano, se encuentra una alimentación suficiente, oportuna, complementaria, de calidad y estable. De hecho, el primer objetivo del Plan de Desarrollo “Unidos Podemos Mas” 2016-2020 “UNIDOS PODEMOS MÁS”, establece dentro de sus enfoques transversales o políticas orientadoras, la seguridad alimentaria y nutricional, fundamentalmente de los grupos vulnerables.
Una de las estrategias con que cuenta la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social para impactar positivamente en la seguridad alimentaria de la población vulnerable, se encuentra entre otros, la entrega de un paquete nutricional con productos básicos de la canasta familiar el cual se articula con la intervención de algunos beneficiarios en los ejes de capacitación y proyectos productivos que contribuyen a la superación integral de la pobreza. Estos paquetes nutricionales, se constituyen, entonces, en una estrategia tendiente a la protección de la familia como núcleo fundamental de la sociedad, para el mejoramiento de sus condiciones de vida, mediante la protección de los derechos a la alimentación suficiente, oportuna, complementaria, de calidad y estable.
Los principales beneficios del proyecto para la comunidad se traducen en: 1. Reducir la desnutrición en el Departamento y mejorar el acceso a los alimentos; 2. Formar integralmente a las familias beneficiarias para generar nuevas estructuras de pensamiento, valores y capacidades que contribuyan a la generación de soluciones tendientes a superar las condiciones de pobreza y de inseguridad alimentaria, mediante la transmisión de conocimientos y habilidades en las siguientes estrategias: dinámica familiar, formación especializada.
En el año 2015, el Departamento de Cundinamarca, adopto la política Publica de Seguridad Alimentaria y Nutricional mediante la ordenanza 0261 de 2015, actualmente denominada “Sembrando Vida” cuyo objetivo general es reducir la inseguridad alimentaria y nutricional de la población, mejorando las condiciones para la disponibilidad y el acceso de los alimentos, el consumo adecuado en suficiente cantidad, calidad e inocuidad que permita el aprovechamiento biológico de los mismos y el derecho a la alimentación bajo la perspectiva regional.
En este sentido, la Secretaría tiene funciones que integran los temas de seguridad alimentaria, entre las que están:
• Coordinar los programas de complementos nutricionales y alimentarios de la población en situación de vulnerabilidad y en riesgo de desnutrición en el Departamento.
• Contribuir al acceso y disponibilidad de alimentos saludables.
Actualmente a través del Comité Intersectorial e Interinstitucional de Seguridad Alimentaria y Nutricional de Cundinamarca “CISANCUN”, se están adelantando las siguientes acciones:
• Implementación de la Política SAN.
• Socialización de los Planes de Seguridad Alimentaria y Nutricional a los Planes de Desarrollo locales Comités Técnicos de CISANCUN.
• Socialización y adopción de la Política Publica de seguridad alimentaria y Nutricional – Decreto Departamental (Antecedentes, objetivos, análisis nutricional (CONPES 113), Situación de Seguridad Alimentaria Y Nutricional del Departamento, Normatividad, Modelo Innovador, Ejes i líneas de acción, metas de impacto, plan plurianual 2015-2025.
• Presentación convenio FAO – RAPE Seguridad Agroalimentaria identificación de actores. Los integrantes asistieron a este taller.
• Definición y priorización de las zonas de desarrollo agroalimentario.
• Definición de criterios técnicos para establecer las zonas de desarrollo agroalimentario y social.
• Formalización de la carta de intención suscrita entre la Organización de Naciones Unidas Para La Alimentación y la Agricultura (FAO y la Gobernación de Cundinamarca)
• Suscripción del Convenio 507 de 2013 para “apoyar técnicamente al ministerio de salud y protección social en los procesos de consolidación del observatorio de seguridad alimentaria y nutricional, inocuidad y calidad de alimentos, investigación y movilización social en seguridad alimentaria y nutricional.
Razón por la cual a través de este proceso se busca contribuir con la política pública de seguridad alimentaria reduciendo la inseguridad alimentaria de la población del Departamento de Cundinamarca, especialmente la más vulnerable acorde a los lineamientos directrices de la política nacional Conpes 113 y la política Pública Departamental “Sembrando Vida” Adoptada mediante la ordenanza 0261 de 2015.
De acuerdo al análisis realizado para identificar las provincias con mayor índice de pobreza, se tuvo en cuenta el informe de nutrición del Departamento, emitido por la Secretaría de Salud en el año 2016 P, el cual informa sobre las estadísticas de desnutrición al interior de los grupos poblacionales, donde se afectan principalmente los menores de edad, para el 2017 se beneficiarán los siguientes municipios: Tibirita, Sesquilé, Agua de Dios, Guaduas, Caparrapí, Puerto Xxxxxx, La Xxxx, Quebradanegra, Utica, Bituima, San Xxxx xx Xxxxxxx, Chaguaní, Quetame, Pacho, Paime, Yacopí, Nemocón, Funza, Zipacón, Bojacá, Facatativá, El Xxxxx, Xxxxx, Fusagasugá, Paratebueno, El Colegio, San Xxxxxxx del Tequendama, Tena, Soacha, Sibaté, Xxxxxx de Carupa, Xxxxxxxx, Cogua, Guataqui, Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx, Gachala, Supatá, Nocaima, Xxxx, Xxxx y Xxxx.
La entrega de un paquete alimentario es un mecanismo para el acompañamiento de un número de familias en estado de vulnerabilidad, bajo la filosofía según la cual ellas deben adquirir conocimiento, habilidades y destrezas que les permita ser artífices de su propio desarrollo.
Además de la formación a las familias en el eje humanista, que permiten construcción de tejido social y generar relaciones de familia saludables, el proyecto incluye una optimización de recursos para lograr el mayor punto de sostenibilidad en el tiempo de los bancos de alimentos.
Por tal motivo la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social ha decidido, en el marco de la reseñada estrategia, hacer entrega de 20.406 paquetes alimentarios en el marco del programa Familias Unidas y Felices para el fortalecimiento de la familia como núcleo fundamental de la sociedad.
La estrategia está plasmada en la meta del Plan de Desarrollo Departamental 2016- 2020 “UNIDOS PODEMOS MÁS” Meta No. 207 que reza: “Lograr que 20.000 familias se beneficien del programa “LA GOBERNACIÓN A SU CASA EN LA LUCHA CONTRA EL HAMBRE”, durante el período de Gobierno.
Vale la pena resaltar los índices de pobreza en el Departamento durante los últimos 13 años así:
Líneas de Pobreza en El Departamento
En 2015 la línea de pobreza en Cundinamarca fue de $214.472 frente a $202.516 en 2014
Comportamiento de las Líneas de Pobreza y Pobreza Extrema 2014-2015
De acuerdo con lo anterior, un hogar en Cundinamarca compuesto por 4 personas, será clasificado como pobre si su ingreso está por debajo de $857.888.
Pobreza
Para el año 2015, la pobreza en Cundinamarca alcanzó una incidencia de 17,0%, mientras que en 2014 fue 16,9%. A nivel nacional, la pobreza tuvo una disminución de 0,73 puntos porcentuales pasando de 28,5% en 2014 a 27,8% en 2015.
Incidencia de la Pobreza 2014- 2015
Pobreza Extrema
En el 2015, la pobreza extrema en Cundinamarca fue 3,9% frente a 3,8% en el año 2014. A nivel nacional, la pobreza extrema pasó de 8,1% en 2014 a 7,9% en 2015.
8
Secretaría de Desarrollo Social de Cundinamarca, Sede Administrativa.
Xxxxx 00 00-00. Xxxxx Xxxxxxx, xxxx 0. Xxxxxx, X.X.
Tel. (0) 000 0000 / 1221 / 1230 / 1229 - Fax 000 0000
Brecha y Severidad de la Pobreza Extrema
Para el año 2015, la brecha de la pobreza extrema en el departamento de Cundinamarca se situó en 1,4% manteniéndose constante respecto al año 2014. La brecha de la pobreza extrema nacional pasó de 3,0% en 2014 a 2,9% en 2015.
Para el año 2015, en el departamento de Cundinamarca el registro de severidad de la pobreza extrema fue 0,8% manteniéndose constante respecto al 2014. A nivel nacional la severidad de la pobreza extrema pasó de 1,7% en 2014 a 1,6% en 2015.
En conclusión, se hace necesario realizar el proceso de contratación para realizar el SUMINISTRO DE PAQUETES ALIMENTARIOS PARA LA EJECUCION DEL SUB PROGRAMA FAMILIAS BIEN NUTRIDAS, A TRAVÉS DE ACCIONES QUE POSIBILITEN LA ASISTENCIA A LA POBLACIÓN VULNERABLE DEL
DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, que llevará al cumplimiento de las metas propuestas por la entidad.
1.2. PLAZO PARA LA EJECUCION
El plazo de ejecución será de seis (6) meses a partir del cumplimiento de los requisitos para su ejecución y la firma del acta de inicio del contrato.
LA VIGENCIA DEL CONTRATO será igual al plazo de ejecución y cuatro (4) meses más, y comenzará a contarse a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato, esto es, con la firma de las partes y la expedición del correspondiente registro presupuestal y cubrirá el término previsto para el cumplimiento de los requisitos de ejecución, el plazo de ejecución y el termino previsto para su liquidación. Dentro de este término la Administración, puede verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, la calidad de los bienes entregados, así mismo efectuar la liquidación del contrato y, en general, iniciar las acciones que considere procedentes en contra del contratista incumplido.
1.3. PRESUPUESTO OFICIAL Y FINANCIACION
El presupuesto oficial estimado para el suministro a que se contrae la presente Convocatoria, asciende a la suma TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS VEINTISEIS PESOS ($3.835.831.726) M/CTE.
1.3.1 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
Para garantizar el compromiso derivado de la presente convocatoria, se imputará con cargo a los siguientes certificados de disponibilidad presupuestal: Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 7000084158 por un valor de $3.835.831.726, con cargo a la meta 207, Rubro 1126/1-0100/GR:4:2-01-04-207/A.14.13.2 – Concepto Precontractual Favorable N° 001170 de fecha abril 06 de 2017.
1.4 LUGAR Y FORMA DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
Las entregas de los bienes requeridos deberán realizarse por el contratista en los distintos municipios seleccionados como beneficiarios del programa, de acuerdo a las necesidades señaladas y definidas por la Entidad convocante, mediante el correspondiente cronograma de entregas. En todo caso, estas entregas se materializarán en absoluta coordinación con el supervisor del contrato que para estos efectos será el Gerente de la Gerencia Para Programas Especiales de la Secretaria de Desarrollo e Inclusión Social.
1.5. REGIMEN JURIDICO APLICABLE
El proceso de selección del contratista, así como el contrato que habrá de celebrarse, se regirá por las disposiciones establecidas en la Ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015; en lo no regulado por dichas normas, por las disposiciones civiles y comerciales concordantes con la materia que rijan o lleguen a regir los aspectos del presente proceso de selección y el contrato que habrá de celebrarse.
De manera específica, de acuerdo con lo dispuesto en el literal b del numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 del 16 de julio de 2007 (adicionado por el art. 94, Ley 1474 de 2011), en concordancia con lo establecido en Título I Contratación Estatal, Capítulo II Disposiciones especiales del sistema de compras y contratación pública, Subsección 2, SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA, del Decreto 1082 de 2015, ya que los bienes a adquirir cuentan con características técnicas Uniformes.
Al contrato resultante de este proceso de selección le son aplicables por parte de la Entidad convocante, las cláusulas excepcionales al derecho común de interpretación, modificación, terminación unilateral y caducidad, de conformidad con nuestro ordenamiento positivo vigente.
Las normas actualmente vigentes que resulten pertinentes de acuerdo con la ley colombiana, se presumen conocidas por todos los proponentes.
NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO: CONTRATO DE SUMINISTRO
1.6. CALIDAD DE LOS OFERENTES
Podrán participar como proponentes todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, individualmente, en Consorcio o Unión Temporal, que tengan interés de participar en el presente proceso de selección, en el plazo establecido para tal fin y que a la fecha de presentación de la propuesta, se encuentren debidamente inscritas, calificadas y clasificadas en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio respectiva, en aquellas Actividades, Especialidades y Grupos relacionados con la contratación, establecidas en el pliego de condiciones definitivo.
El término proponente utilizado en estos pliegos de condiciones, se refiere a la persona natural, jurídica, consorcio o unión temporal que presente formalmente propuesta.
El representante legal de la persona jurídica, consorcio o unión temporal, debe estar facultado cualitativa y cuantitativamente para presentar propuesta y firmar el contrato, bien por los respectivos estatutos o por manifestación expresa y escrita del órgano societario competente, antes de la presentación de la propuesta.
Todos los proponentes deben:
o Tener capacidad jurídica para presentación de las propuestas.
o Tener capacidad jurídica para la celebración y ejecución del contrato.
o No estar incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstos en las leyes de Colombia, en especial las previstas en la Ley 80 de1993 y ley 1150 de 2007.
Cada proponente presentará solo una oferta. El proponente que presente o participe en más de una oferta, será descalificado.
1.7 CORRESPONDENCIA
Se entiende para todos los efectos del presente proceso, que la única correspondencia oficial del proceso y por tanto susceptible de controversia, será aquella enviada o recibida por la Oficina Jurídica de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca ubicada en la sede la Gobernación de Cundinamarca, calle 26 No. 51-53, torre central, cuarto piso, Bogotá, D.C.
En el caso de la correspondencia entregada o remitida por los oferentes, sólo será tomada en consideración aquella radicada en la Oficina Jurídica de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca, ubicada en la sede de la Gobernación de Cundinamarca, o al correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx0000@xxxxx.xxx
1.8 PROCESO DE LA CONVOCATORIA
1.8.1 OBSERVACIONES AL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
Durante el término de publicación del presente proyecto xx xxxxxx de condiciones, los eventuales oferentes y la ciudadanía en general podrán formular observaciones a los mismos, las cuales deberán enviarse por escrito a la Oficina Jurídica de la Entidad convocante (4° Piso de la Gobernación de Cundinamarca) o al correo electrónico antes indicado, indicando con claridad que se trata de observaciones a este proceso de selección.
1.8.2 CONVOCATORIA PÚBLICA:
Mediante aviso de Convocatoria publicado en la página web del Portal Único de Contratación o Sistema Electrónico para la Contratación Pública –SECOP- (xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx) y en la página web de la Entidad convocante, se brindará a los interesados en el presente proceso, toda la información relacionada para dar a conocer: Objeto, modalidad de selección, lugar físico y electrónico donde podrá consultarse y demás aspectos relacionados.
1.8.3 APERTURA:
La apertura de la presente convocatoria se realizará en la fecha establecida en el cronograma oficial del proceso.
1.8.4 PUBLICIDAD XXX XXXXXX DE CONDICIONES DEFINITIVO
El pliego de condiciones definitivo se publicará en la página web del Sistema Electrónico de Contratación para la Contratación Pública –SECOP-. Este pliego podrá incluir los temas planteados en las observaciones presentadas al proyecto xx xxxxxx, siempre que se estimen relevantes. En todo caso, la aceptación o rechazo de las observaciones se hará de manera motivada, para lo cual la entidad agrupará aquellas de naturaleza común.
1.8.5 NÚMERO DE PARTICIPANTES
Podrán participar en este proceso todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, de forma individual o colectiva mediante la utilización de instituciones asociativas tales como consorcios o uniones temporales que cumplan con los requisitos habilitantes, así como los requerimientos técnicos a que se contrae la presente convocatoria.
1.8.6 LUGAR PARA CONSULTA Y RETIRO XXX XXXXXX DE CONDICIONES, ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS Y DEFINITIVOS
El Pliego de Condiciones y los estudios y documentos previos y definitivos, se podrá consultar por todos los interesados y veeduría ciudadanas, en la página del Portal único de Contratación o en la Oficina Jurídica de la Secretaría de Desarrollo, ubicada en el cuarto piso de la torre central de la Gobernación de Cundinamarca, situada en la calle 26 No. 51- 53, de Bogotá, D.C.
De conformidad con el parágrafo 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, el derecho de participación es gratuito.
1.8.7. MODIFICACION XXX XXXXXX DE CONDICIONES
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, dentro del término de publicación xxx xxxxxx de condiciones definitivo, si la Entidad lo considera pertinente podrá, mediante ADENDAS, efectuar las modificaciones o aclaraciones, los cuales se publicarán de la misma forma y por los mismos medios que los pliegos.
1.8.8 PLAZO DE LA CONVOCATORIA
El plazo de la convocatoria es el término comprendido desde el acto de apertura oficial hasta el cierre del proceso.
1.8.9 PRESENTACION DE PROPUESTAS:
Se establece que el plazo para la presentación de propuestas es el comprendido entre la fecha para la apertura y el cierre del proceso.
Las propuestas se podrán presentar exclusivamente dentro del término señalado en el cronograma oficial del proceso, en la Oficina Jurídica de la Secretaría de Desarrollo de la Gobernación de Cundinamarca, ubicada en la dirección ya anotada.
1.8.10 CIERRE DE LA CONVOCATORIA
El cierre de la presente convocatoria se realizará en acto público, en el día hábil y hora señalados en el cronograma oficial, en la Oficina Jurídica de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca.
La Entidad convocante a través de su Oficina Jurídica, llevará un control del orden en forma estrictamente consecutiva, en la cual se registren las propuestas, indicando: fecha, hora, número de orden de entrega de la propuesta, nombre o razón social del proponente y de la persona que efectué materialmente el acto de presentación, con su número de cédula de ciudadanía.
Las propuestas que lleguen después de la hora y fecha exacta indicada aquí prevista para el cierre de la convocatoria, serán extemporáneas y no serán recibidas.
La Entidad dejará constancia en el acta de cierre de las propuestas que no se entregaron en las condiciones indicadas en estos pliegos de condiciones, así como si alguna de ellas hubiera sido abierta con anterioridad al cierre, será descalificada.
1.8.11. VERIFICACION DE REQUISITOS HABILITANTES
La capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes, serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el presente proceso de selección y no otorgarán puntaje, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1º del artículo 5º de la Ley 1150 de 2007.
La Entidad convocante verificará que los documentos aportados por el proponente cumplan con todos y cada uno de los requisitos, relación y formalidades exigidos en el presente capitulo.
El comité evaluador emitirá concepto en el cual se habilite o no la oferta presentada, desde los puntos de vista jurídico, financiero y técnico.
El resultado de la verificación de los requisitos habilitantes se publicará de conformidad con lo señalado en nuestro ordenamiento positivo vigente sobre la materia. En dicho informe se señalaran los proponentes que no se consideran habilitados. Luego de verificados y subsanados los requisitos habilitantes, si a ello hubiere lugar, la Entidad procederá a continuar con el proceso dentro de los términos establecidos en el cronograma del presente proceso de selección.
1.8.12. REGLAS DE SUBSANABILIDAD
La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas, no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos.
Luego de la verificación de los requisitos mínimos habilitantes la entidad publicará el informe de verificación en la página web del portal único de Contratación, en el momento establecido en el cronograma de la presente convocatoria, indicando los proponentes habilitados y los no habilitados, previniendo a estos últimos, que se les concederá un plazo determinado e improrrogable para que subsanen la falta de documentos habilitantes, si ello fuere legalmente posible, so pena de rechazo definitivo
En ningún caso la Entidad podrá señalar taxativamente los requisitos o documentos subsanables o no subsanables en el pliego de condiciones, ni permitir que se subsane la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso, así como tampoco que se adicione o mejore el contenido de la oferta.
1.8.13. PROPUESTA CON VALOR ARTIFICIALMENTE BAJO
De conformidad con la información a su alcance, en el evento en que la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo, requerirá al oferente para que explique las razones que sustente el valor por él ofertado. Oídas las explicaciones, el comité asesor recomendará al Secretario de Desarrollo Social o a su delegado, el rechazo o la continuidad de la oferta en el proceso, explicando sus razones.
Procederá la continuidad de la oferta en el proceso de selección, cuando el valor de la misma responde a circunstancias objetivas del proponente y su oferta, que no ponen en riesgo el proceso ni el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso de que se adjudique el contrato a dicho proponente.
1.8.14. DESEMPATE DE PROPUESTAS:
En evento en que se presente empate en os lances finales obtenida por los proponentes, y si al terminar la subasta inversa hay empate la Entidad Estatal debe seleccionar al Oferente que presentó el menor precio inicial. De persistir el empate, se aplicaran los siguientes criterios de desempate contenidos en el artículo 2.2.1.1.2.2.9 decreto 1082 de 2015.
1.8.15. ADJUDICACION
La Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca, adjudicará el contrato al oferente que cumpla con todos y cada uno de los requisitos estipulados en el Pliego de Condiciones y que haya presentado la oferta más favorable para la entidad, según las reglas establecidas por la Entidad en el pliego de condiciones y en nuestro ordenamiento positivo vigente.
1.8.16. DECLARATORIA DESIERTA
La Entidad convocante declarará desierto el proceso de selección, únicamente por motivos o causas que impidan la selección objetiva del proponente y/o los proponentes y lo hará mediante acto administrativo en el que se señalarán, en forma expresa y detallada, las razones que hayan conducido a esa decisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25, numeral 18 de la Ley 80 de 1993, el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007 y en las demás disposiciones reglamentarias.
En todo caso, si existe un solo proponente que cumpla con los requisitos exigidos en el Pliego de Condiciones y su propuesta se considera favorable para la entidad de conformidad con los criterios legales de selección objetiva, no se podrá declarar desierta la presente convocatoria.
1.8.17. SUSCRIPCION DEL CONTRATO
El adjudicatario debe suscribir el contrato, resultante de la adjudicación, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación. Al efecto, el proponente seleccionado deberá concurrir al sitio, en el día y la hora que se le comunique. Si por algún motivo no se pudiere firmar el contrato dentro del período de validez de la propuesta, el proponente seleccionado tendrá la obligación de anexar el certificado de modificación de la póliza de seriedad de la propuesta que amplíe su vigencia, por un término igual a la mitad del inicialmente fijado necesario para la suscripción del contrato.
Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato y la entrega de la copia del mismo al contratista, éste deberá constituir una garantía única a favor de la entidad contratante, consistente en una póliza expedida por una compañía aseguradora legalmente reconocida y autorizada para funcionar en Colombia bajo la vigilancia de la Superintendencia Financiera, la cual debe ser entregada en la Secretaría de Desarrollo Social, para su aprobación y cumplir con los demás requisitos de ejecución del contrato, previstos en la ley y en las disposiciones reglamentarias vigentes.
1.8.18. XXXXXXXXX DEL PROPONENTE FAVORECIDO A LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO.
Si el proponente seleccionado mediante la presente convocatoria no suscribe el contrato dentro del término previsto, quedará a favor de la Entidad, en calidad de sanción, la garantía de seriedad de la oferta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por la garantía.
En este evento, la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la Entidad.
1.8.19. PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial "Lucha contra la Corrupción" a través de: los números telefónicos: (0) 000 00 00, (0) 000 00 00, (0) 000 00 00; vía fax al número
telefónico: (0) 000 00 00; la línea transparente del programa, a los números telefónicos: 01
8000 913 040 o (0) 000 00 00; correo electrónico, en la dirección: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; al sitio de denuncias del programa, en la página de Internet: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; correspondencia o personalmente, en la dirección Xxxxxxx 0 Xx 0-00, Xxxxxx, X.X. También puede reportar el hecho a la Oficina de
Atención al Ciudadano a través del número telefónico (0) 000 00 00; la línea gratuita, al número telefónico: 01 8000 913 156.
1.9. PROGRAMA DE INTEGRIDAD
En el evento de conocerse cualquier conducta que atente contra la transparencia del presente proceso, se debe reportar a la Procuraduría General de la Nación, a la Contraloría de Cundinamarca y de demás organismos de control competentes.
1.10. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
De conformidad con lo dispuesto por nuestro ordenamiento positivo vigente, la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca, convoca a las veedurías ciudadanas legalmente constituidas para realizar el control social a la presente convocatoria tanto en sus etapas pre-contractual, de ejecución y post contractual, así mismo las peticiones o solicitudes de documentos se efectuarán de acuerdo a lo preceptuado en la ley.
CAPITULO II PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
2. IDIOMA DE LA PROPUESTA
La propuesta, correspondencia y todos los documentos que la integran deberán estar redactados en idioma español. Los documentos en idioma extranjero, por lo tanto, deberán venir acompañados de traducción simple, salvo los casos en que la ley exija traducción oficial.
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESENTACIÓN
En el momento señalado en el cronograma oficial del presente proceso de selección, los proponentes presentarán una propuesta completa, incluyendo la información sobre la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización, en el sobre número uno (1) y una propuesta económica que incluya todos los ítems requeridos en el presente pliego de condiciones, en el sobre número dos (2), sobres que serán abiertos, el primero, en la diligencia de cierre del proceso y el número dos, en audiencia que se llevará a cabo en la fecha y hora señalada en el cronograma oficial del proceso, precisando que este sobre, esto es, el sobre número dos (2), sólo se abrirá, siempre que se trate de oferta presentada por proponente habilitado.
En consecuencia, el sobre número dos (2) de los proponentes NO HABILITADOS, serán devueltos sin abrir a su correspondientes interesados.
Las propuestas deberán ser presentadas en computador, debidamente foliadas en orden consecutivo en su totalidad, con un índice donde se relacione el contenido total de la propuesta; deberá entregarse en las fechas establecidas en el cronograma oficial de la convocatoria conforme a las siguientes indicaciones:
⮚ Todos los folios de la propuesta deberán ser numerados de manera consecutiva. En caso que la propuesta no se presente correctamente foliada, esto es, en la forma aquí indicada, las eventuales e hipotéticas consecuencias de esta falencia, serán soportadas por el proponente y en ningún caso la entidad convocante procederá a la numeración de la misma.
⮚ El idioma para el presente proceso será el castellano, por lo que se solicita que todos los documentos y certificaciones a los que se refiere en este pliego de condiciones se alleguen en otro idioma diferente al castellano sean presentadas en traducción simple.
⮚ Al momento de presentar la oferta con sus correspondientes soportes, si este acto no lo cumple personalmente el proponente persona natural o el representante legal, si se trata de una persona jurídica, consorcio o unión temporal, se deberá anexar carta de autorización o poder legalmente conferido, a la persona que hace la entrega de la propuesta.
⮚ No se aceptarán propuestas con xxxxxxxx, borraduras, raspadas o enmendaduras; ni se aceptarán las propuestas enviadas por correo o fax. Las propuestas que se presenten después de la fecha y hora para su entrega serán consideradas como extemporáneas, lo que origina su devolución inmediata.
⮚ Las propuestas deben presentarse en dos sobres originales, así: el sobre número uno
(1) debe contener los requisitos habilitantes; el sobre número dos (2), contendrá la propuesta económica y sólo será abierto el sobre número dos (2) si el proponente ha
resultado habilitado. Este sobre, debe contener el listado de todos los elementos requeridos por la Entidad convocante para la entrega de los bienes y la prestación del servicio que habrá de contratarse, con la correspondiente relación de costos.
La Entidad no podrá proporcionar información a terceros sobre el contenido de las propuestas recibidas antes del cierre del proceso. Para tal efecto, las propuestas y todos los documentos que las acompañen deben entregarse en sobres cerrados a la Entidad y solo cuando se venza el término para su entrega, se abrirán en acto público los sobres que contengan las propuestas económicas, de todo lo cual se dejará constancia en el acta correspondiente.
La entidad bajo ninguna circunstancia recibirá propuestas que no cumplan con las formalidades exigidas tanto en nuestro ordenamiento positivo, como en estos pliegos.
⮚ VIGENCIA DE LA OFERTA Y DE LOS PRECIOS OFRECIDOS: La propuesta debe tener una vigencia mínima de tres (3) meses, contados a partir de la fecha límite para su presentación. Los precios de los bienes ofrecidos deberán sostenerse durante todo el término de ejecución del contrato en el evento de adjudicación.
Propuesta económica
El proponente deberá diligenciar la totalidad del formato de presupuesto Anexo 4 y consignar el valor unitario de cada uno de los ítems, el cual debe cubrir todos los costos en los que vaya a incurrir durante el desarrollo del contrato. Deberá expresarse en letras y números y en caso de existir discrepancia entre lo expresado en letras y números prevalecerá lo expresado en letras.
El valor total de la propuesta, no podrá superar el presupuesto oficial, so pena de ser descalificada.
Los precios deben ser cotizados en pesos colombianos, discriminando el régimen a que pertenece el proponente, incluyendo todos los impuestos, tasas y contribuciones xx Xxx, así como todos los costos de legalización del contrato.
Cuando el oferente del régimen común no aclare lo relacionado con los mencionados impuestos, éstos se considerarán incluidos y al adjudicatario no se le reconocerá ningún valor adicional por este concepto.
Los precios cotizados por el proponente serán inmodificables durante la ejecución del contrato, y no estarán sujetos a variación por ningún motivo.
No se aceptarán y en consecuencia se rechazarán, las propuestas alternativas o parciales en el presente proceso.
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
A la fecha de presentación de la propuesta, los proponentes no se deben encontrar incursos en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones establecidas en
la Constitución Política y las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, numeral 6.3 del artículo 6,
modificado por el artículo 221 del Decreto 019 de 2012, 1474 de 2011 para contratar con entidades estatales, hecho que se hará constar bajo la gravedad de juramento, en la carta de presentación de la propuesta.
No podrá estar inscrito en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la Republica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000. En caso de consorcio o unión temporal, sus integrantes no podrán estar incursos en alguna causa de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con el estado.
2.1. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
Por tanto, cada propuesta deberá contener toda la información requerida para su verificación por lo menos la siguiente documentación y/o información, la cual se tiene como indispensable para su consideración y estudio; se exige que el proponente integre los documentos de la propuesta en el mismo orden en que se relacionan en el presente capítulo.
2.1.1. DOCUMENTOS JURIDICOS
2.1.1.1. Carta de Presentación y Compromiso Anticorrupción.
Se elaborará de acuerdo con el modelo suministrado en el Pliego de Xxxxxxxxxxx (Anexo 1), debidamente firmado por la persona natural proponente, indicando su nombre y número de identificación o en caso de ser persona jurídica, por el representante legal o la persona debidamente facultada o autorizada para ello. En los casos de Uniones Temporales o Consorcios, la carta de presentación de la propuesta, deberá ser firmada por el representante y a la misma deberá anexarse el documento que acredite tal representación, de conformidad con el documento de constitución de cada una de estas formas de organización empresarial.
De igual forma, el proponente deberá diligenciar y firmar el compromiso anticorrupción anexo al presente pliego (Anexo 2).
2.1.1.2. Documento de constitución de Consorcios o Uniones temporales
El proponente deberá acreditar la existencia del Consorcio o de la Unión Temporal (Anexos 6 y 7), y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, lo cual deberá declararse de manera expresa en el acuerdo de asociación correspondiente, señalando las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, los términos, condiciones y porcentaje de participación de los miembros del Consorcio y de la Unión Temporal. Las Uniones Temporales deberán además relacionar el porcentaje de ejecución de cada uno de sus integrantes. Estos aspectos no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Entidad convocante.
Los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberán designar la persona que para todos los efectos, representará al Consorcio o Unión Temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y sus responsabilidades de conformidad con el parágrafo 1 del artículo 7º de la Ley 80 de 1993, e indicando que su duración será como mínimo la exigida en este pliego.
Cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberán aportar las actas de las respectivas juntas directivas, juntas de socios o asambleas de accionistas, según los
casos, mediante las cuales autoricen a los representantes legales a presentar propuesta en consorcio o unión temporal. Esta autorización debe ser previa a la presentación de la propuesta.
Acreditar como término mínimo de duración del Consorcio o de la Unión Temporal de un (1) año, contados a partir del vencimiento del plazo máximo de vigencia o duración del contrato.
Igualmente, acreditar la existencia, representación legal, capacidad legal y jurídica de las personas naturales o jurídicas consorciadas o asociadas en Unión Temporal, y la capacidad de sus representantes para la constitución del Consorcio o Unión Temporal, así como para la presentación de la propuesta, la celebración y ejecución del contrato.
Acreditar que cada una de las personas jurídicas integrantes del Consorcio o Unión Temporal tienen un término mínimo de existencia o de duración de dos (2) años, contados a partir del vencimiento del plazo máximo del contrato que habrá de celebrarse.
2.1.1.3. Fotocopia de la cédula de Ciudadanía
El oferente y/o su representante legal (según su condición de persona natural o jurídica) y/o sus integrantes (para el caso de uniones temporales o consorcios), deberán anexar la fotocopia de la cédula de ciudadanía o de extranjería legible.
2.1.1.4. Libreta militar.
El proponente o representante legal deberá anexar a su propuesta copia de la libreta militar, si pertenece al género masculino y es menor de cincuenta (50) años.
2.1.1.5. Certificado de Existencia y Representación Legal
El proponente deberá presentar el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio con una antelación no mayor de treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de cierre de la convocatoria. En este certificado debe constar que el término de duración de la persona jurídica mínimo, es igual al plazo de ejecución del contrato y dos (2) años más.
Si se trata de personas naturales deberán acreditar su inscripción en el Registro Mercantil mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio respectiva, no debiendo tener fecha de expedición mayor a treinta (30 días) calendarios anteriores a la fecha de cierre de la convocatoria y que la actividad económica del comerciante debe permitir la ejecución del objeto del presente proceso.
Si el proponente es un Consorcio o Unión Temporal, deberá presentar el certificado de existencia y representación legal de cada una de las personas que lo conforman, expedido por la Cámara de Comercio del domicilio social, con una antelación no mayor a treinta (30 días) calendario a la fecha de cierre de la presente convocatoria, en los mismos términos y vigencia antes exigidos.
El certificado acreditará que el objeto social principal de la sociedad se encuentra directamente relacionado con el objeto de la convocatoria, de manera que le permita a la persona jurídica la celebración y ejecución del contrato, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.
2.1.1.6. Autorización para presentar propuesta y suscribir el contrato
Si el representante legal del oferente o de algunos de los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y para suscribir el contrato, deberán anexar los documentos que acrediten dicha autorización, la cual debe ser previa a la presentación de la oferta.
En caso que el valor de la propuesta supere el monto de la autorización prevista en los estatutos para que el representante legal pueda presentar propuesta o contratar, deberá anexarse el respectivo documento donde previamente a la presentación de la propuesta se le faculte contratar, mínimo, por el valor propuesto.
2.1.1.7. Registro Único de Proponentes
A la fecha de cierre del presente proceso de selección los proponentes deben encontrarse debidamente inscritos, clasificados en el Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio. Esta inscripción debe estar vigente y en firme.
La no inscripción del proponente en la cámara de comercio correspondiente, a la fecha de cierre de este proceso, no serán subsanables en ningún caso.
Se puntualiza que de conformidad con lo expresado por la Agencia Nacional Colombia Compra Eficiente en su Circular 13 de 2014, en los Procesos de Contratación los oferentes deben acreditar que están inscritos en el RUP, incluso cuando presentan su oferta antes de que la inscripción esté en firme. Sin embargo, mientras la inscripción no esté en firme, la Entidad Estatal no puede considerar que el oferente está habilitado y evaluar su oferta.
La inscripción en el RUP por parte del proponente y cada uno de sus integrantes en el caso de consorcios y uniones temporales, debe estar vigente y en firme por lo menos a la fecha definitiva del cierre del presente proceso de selección, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.1.1.1.5.1 y 2.2.1.1.1.5.4 del Decreto 1082 DE 2015, SO PENA DE RECHAZO DE LA OFERTA.
Clasificador UNSPSC. El objeto contractual se enmarca dentro de los siguientes códigos del Clasificador de Bienes y Servicios:
Clasificación UNSPSC | Segmento | Familia | Clase |
50131700 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 13 Productos Lácteos y Huevos | 17 Productos de Leche y Mantequilla |
50151500 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 15 Aceites y Grasas Comestibles | 15 grasas y aceites vegetales comestibles |
50 | 16 | 15 |
50161500 | Alimentos, bebidas y Tabaco | chocolates, azucares, edulcorantes y productos de Confiterías | chocolates, azucares, edulcorantes productos |
50171500 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 17 Condimentos y conservantes | 15 Hierbas, especias y extractos |
50181900 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 18 Productos de Confiterías | 19 Pan y galletas y pastelitos dulces |
50192900 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 19 Alimentos preparados y conservados | 29 Pasta o tallarines natural |
50221100 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 22 Productos de cereales y legumbres | 11 cereales |
50221300 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 22 Productos de cereales y legumbres | 13 harina y productos de molinos |
50421800 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 40 Vegetales secos | 18 Frijoles secos |
50424500 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 42 Vegetales secos | 45 Lentejas secas |
73151600 | 73 Servicios de Producción industrial y Manufactura | 15 Servicios de Apoyo a la Fabricación | 16 servicio de empaque |
93131600 | 93 Servicios Políticos y de Asuntos | 13 Ayuda y Asistencia humanitaria | 16 planeación y programas de políticas de |
Cívicos | alimentación y nutrición | ||
78101800 | 78 Servicios de Transporte, Almacenaje y correo | 10 Transporte de correo y carga | 18 Transporte de carga por carretera |
2.1.1.8. Garantía de seriedad de la propuesta
La propuesta deberá acompañarse de una garantía bancaria o de una póliza otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, con el fin de asegurar la firma y perfeccionamiento del contrato por parte del proponente favorecido con la adjudicación, la cual contendrá:
• Asegurado / Beneficiario: DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA-SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL.
• Cuantía: Diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial estimado.
• Vigencia: Tres (03) meses, contados a partir de la fecha límite de entrega de las propuestas, o en todo caso hasta la aceptación de las garantías exigidas en el contrato que habrá de celebrarse.
• Tomador / Afianzado: si el proponente es una persona jurídica, la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Cuando la propuesta se presente en Consorcio o Unión Temporal, la póliza deberá tomarse a nombre de sus integrantes, y no a nombre de los representantes legales.
La Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca hará efectiva la totalidad de la garantía, a título de indemnización por perjuicios, en los siguientes casos:
• Cuando un proponente solicite el retiro de su oferta después de la fecha límite de entrega de las propuestas, salvo en los casos de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente.
• Cuando el proponente favorecido con la adjudicación no procediere a cumplir con los requisitos para el perfeccionamiento y ejecución del contrato.
• Una vez finalizado el proceso de selección, los proponentes no favorecidos con la adjudicación de la convocatoria podrán acercarse a reclamar el original de la garantía de seriedad y las copias de su propuesta, en la Oficina Jurídica de la Entidad convocante, a partir de los dos (2) meses siguientes a la fecha de expedición de la resolución de adjudicación de la convocatoria y por un periodo de un (1) mes; de lo contrario, se procederá al archivo de la propuesta original y a la destrucción de su copia.
La vigencia de esta garantía se extenderá desde la fecha y hora de cierre de este proceso y hasta la fecha de aprobación por de la Secretaría de Desarrollo Social, de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual. Como esta fecha no es cierta, la garantía que presente el proponente deberá tener vigencia de cómo mínimo tres (3) meses, contados a partir de la fecha y hora de cierre de este proceso de selección. Dicha vigencia
es estimada y provisional toda vez que si antes de dicho plazo se aprueba al adjudicatario la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual, expirará dicha vigencia en la fecha de tal aprobación; y por el contrario en caso de prorrogarse el plazo de adjudicación del contrato, el proponente y su garante deberán mantener vigente todos los plazos y condiciones originales de su propuesta y de la garantía por el termino adicional que señale la Entidad.
2.1.1.9. Constancia de cumplimiento de aportes parafiscales
Con el objeto de dar cumplimiento al artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el proponente deberá acreditar el cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y cesantías, y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, en los términos de la evocada norma. Dicha acreditación se hará mediante certificación expresa en donde conste que se encuentra x xxx y salvo a la fecha de cierre por los anteriores conceptos durante los seis (6) meses anteriores al cierre de la Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica, suscrita por el Revisor Fiscal o el Representante Legal de acuerdo a las normas vigentes, según el caso. La Entidad convocante considerará que el proponente se encuentra al día en estas obligaciones, si existe acuerdo de pago con la correspondiente entidad, siempre que el mismo se esté cumpliendo en la oportunidad debida.
La Entidad se reserva el derecho a verificar la información contenida en la certificación.
2.1.1.10 Inhabilidades e incompatibilidades
El proponente deberá manifestar no encontrarse incurso dentro de alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar a que se refiere la Constitución Política, los artículos 8 y 9 de la ley 80 de 1993 y normas concordantes. El proponente declarará en la carta de presentación de la propuesta que no se encuentra dentro de dichas inhabilidades e incompatibilidades.
2.1.1.11 Certificación sobre antecedentes de Responsabilidad Fiscal
El oferente deberá presentar una certificación vigente de la Contraloría General de la Republica, donde conste que no figura reportado en el Boletín de Responsables Fiscales del Estado.
2.1.1.12. Certificación sobre antecedentes disciplinarios
El oferente deberá presentar una certificación vigente expedida por la Procuraduría General de la Nación, donde conste que no se encuentra reportado con antecedentes disciplinarios, o del representante legal de la persona jurídica.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, cada integrante de estas formas asociativas empresariales, deberá anexar este certificado.
2.1.1.13. Certificación sobre antecedentes Judiciales
La Entidad consultará el certificado de antecedentes judiciales vigente. Igualmente para el caso de consorcios o uniones temporales, referido a sus integrantes y representantes.
2.1.2 DOCUMENTOS ECONOMICOS Y FINANCIEROS
Toda la información y documentos financieros que eventualmente sean requeridos por la Entidad convocante, deberán cumplir en contenido y forma con los principios de las normas de contabilidad vigentes en Colombia.
2.1.2.1. Nit. ó Registro Único Tributario del Oferente
El oferente deberá anexar una fotocopia legible del Nit o del Registro Único Tributario RUT, salvo que se trate de consorcio o unión temporal, en cuyo caso, de adjudicársele el contrato, deberá aportarlo dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la adjudicación.
2.1.2.2. Información financiera
Para establecer los indicadores financieros establecidos en este pliego la entidad tuvo en cuenta dos conceptos determinantes a saber: (i) el comportamiento financiero de las empresas del sector consultadas y sus indicadores (ii) la necesidad y conveniencia de que este proceso concurran las empresas mejor dotadas en la materia esto es que presenten los mejores indicadores y el mayor grado de apalancamiento financiero que nos garantice su capacidad de cumplimiento a las obligaciones contractuales. Lo anterior consultando los más altos intereses de las comunidades destinatarias de nuestros proyectos sociales y los intereses de la Gobernación de Cundinamarca – Secretaria de Desarrollo Social como entidad responsable del buen suceso de estos procesos en todas sus etapas.
Atendiendo lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015 se realizará la verificación de los requisitos habilitantes financieros de los proponentes o de los integrantes de consorcios o uniones temporales quienes deberán allegar el Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio con la información financiera actualizada a 31 de diciembre de 2016, la cual deberá estar vigente y en firme.
De conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, los proponentes individuales y/o integrantes de consorcios o uniones temporales deben acreditar su capacidad financiera, a partir de los indicadores de: Índice de liquidez, razón de Endeudamiento, Razón de cobertura de intereses y adicionalmente con los indicadores de su capacidad organizacional, esto es, rentabilidad del patrimonio y rentabilidad del activo.
Para determinar los índices financieros habilitantes se tendrá en cuenta que la verificación de los estados financieros es competencia de la Cámara de Comercio y por ello se solicitará el RUP vigente y en firme, se tomará como referencia el año fiscal 2016, es decir el comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre.
La capacidad financiera del proponente se calculará a partir de la evaluación de los siguientes factores:
a) Capital de Trabajo
El proponente deberá acreditar un Capital de Trabajo mayor o igual al Cincuenta por ciento (50%) del valor del Presupuesto Oficial estimado, calculado así:
CT = AC – PC ≥ 50%PO
Donde,
CT = Capital de trabajo.
AC = Activo corriente.
PC = Pasivo corriente.
PO = Presupuesto oficial estimado de la presente convocatoria.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, el capital de trabajo se calculará así:
CT = ∑(Cti*% PARTICIPACION)
≥ 50%*PO
Donde,
CT = Capital de trabajo del consorcio o la unión temporal.
Cti = Capital de trabajo de cada uno de los integrantes * % participación de cada uno).
PO = Presupuesto Oficial estimado de la presente convocatoria. Además el capital de trabajo se conceptuará así:
Si CT ≥ 50% * PO, habilita
Si CT < 50% * PO, deshabilita
b) Índice de Liquidez
El proponente deberá acreditar un Índice de Liquidez mayor ó igual a uno punto tres 1.3, calculado así:
LIQ. = AC/PC ≥ 1.3
Donde,
LIQ. = Índice de liquidez.
AC = Activo corriente.
PC = Pasivo corriente.
Si el proponente es un consorcio o una unión temporal, el Índice de Liquidez se calculará como:
∑(Aci * %Pi)
LIQ. =
≥ 1.3
∑(Pci * %Pi)
Donde,
LIQ. = Índice de liquidez del consorcio o la unión temporal.
Aci = Activo corriente de cada uno de los integrantes.
Pci = Pasivo corriente de cada uno de los integrantes.
%Pi = % participación de cada integrante en el consorcio o unión temporal Y se conceptuará así:
LIQ ≥ 1.3 habilita
LIQ < 1.3 deshabilita.
c) Nivel de endeudamiento
El proponente deberá acreditar un nivel de endeudamiento, menor o igual a cero punto setenta y dos (0,72), calculado así:
NE = PT/AT ≤ 0.72
Donde,
NE = Nivel de endeudamiento.
PT = Pasivo total.
AT = Activo total.
Si el proponente es un consorcio o una unión temporal se calculará de la siguiente manera:
∑(Pti * %Pi)
NE =
≤ 0.72
∑(Ati * %Pi)
Donde,
NE = Nivel de endeudamiento del consorcio o la unión temporal.
Pti = Pasivo total de cada uno de los integrantes.
Ati = Activo total de cada uno de los integrantes.
%Pi = % participación de cada integrante en el consorcio o unión temporal Y se conceptuará así:
2, habilita NE > 0.72, deshabilita
d) Cobertura de intereses
El proponente deberá acreditar una cobertura de intereses superior o igual a 0.5, Si el proponente es un consorcio o una unión temporal, la cobertura de intereses corresponderá a la sumatoria de las utilidades operacionales de cada uno
de los integrantes del consorcio o unión temporal, antes del pago de intereses e impuestos, sobre los intereses pagados.
Y se conceptuará así:
La ratio de cobertura de intereses es una medida del número de veces que una empresa podría hacer los pagos de intereses de su deuda con las ganancias generadas antes de intereses e impuestos, también conocido como el EBITDA. Cuanto menor sea la ratio de cobertura de interés, mayor será la carga de deuda de la empresa y mayor será la posibilidad de quiebra o incumplimiento.
La cobertura de intereses es el equivalente al que una persona sume todos los intereses de sus deudas: hipoteca, tarjetas de crédito, crédito de consumo, etc., y calcular el número de veces que puede pagar estos intereses con sus ingresos obtenidos durante un año antes de pagar el impuesto anual. Da una idea de cuánto las ganancias pueden caer antes de que la empresa se vea impedida de pagar sus compromisos.
Para calcular el índice de cobertura de intereses, se toma el EBITDA (ganancias antes de intereses e impuestos) y se divide por el gasto financiero total.
EBITDA (ganancias antes de intereses e impuestos) / Gastos de intereses = Ratio de Cobertura de Intereses.
Se conceptuar así:
CI ≥ 0.5 habilita
CI < 0.5 deshabilita
• Capacidad Organizacional – Rup
Igualmente se deberá demostrar una capacidad Organizacional, la cual será tomada del registro único de proponente (RUP) de la persona natural y/o jurídica según corresponda.
Para consorcios o uniones temporales será tomada la resultante de suma ponderada según el porcentaje de participación.
Los siguientes indicadores se tomarán en cuenta para medir el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del proponente:
a) Rentabilidad del patrimonio: Utilidad operacional dividida por el patrimonio > o = 0.12
b) Rentabilidad del activo: Utilidad operacional dividida por el activo total: > o = 0.06
NOTA 1: En el caso de consorcios, uniones temporales o promesa de sociedad futura los indicadores de Cobertura de intereses, Rentabilidad del patrimonio y Rentabilidad del activo se calcularán ponderando la participación de cada uno de los asociados.
NOTA 2: El proponente debe diligenciar el anexo 5, con el fin de facilitar la evaluación de los índices financieros.
5.1.1. Técnicos Habilitantes
a) Experiencia habilitante del proponente
Para el presente proceso de selección en particular, en aras de propender por la selección de un contratista idóneo que ejecute el contrato con las mejores calidades, garantizando experiencia suficiencia técnica, administrativa y operacional, y con el propósito de verificar la experiencia especifica del futuro contratista, en condiciones relacionadas con el objeto del presente proceso de selección, la Entidad ha determinado exigir al proponente la acreditación de experiencia de la siguiente manera:
La experiencia del proponente se calificará como Habilitado/No habilitado. Para el cumplimiento de este requisito, el proponente acreditará la experiencia requerida para este proceso de Selección mediante el registro único de proponentes - RUP, con la celebración de máximo tres contratos cuxx xxxxxxxxx xxxxxxxx xx 000 xor ciento (100%) del presupuesto oficial estimado para este proceso, contratos en los que independientemente se hayan ejecutado o cumplido, con al menos seis (6) de los códigos del clasificador de las Naciones Unidas en el tercer nivel establecido para el presente proceso, así:
Clasificación UNSPSC | Segmento | Familia | Clase |
50131700 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 13 Productos Lácteos y Huevos | 17 Productos de Leche y Mantequilla |
50151500 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 15 Aceites y Grasas Comestibles | 15 grasas y aceites vegetales comestibles |
50161500 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 16 chocolates, azucares, edulcorantes y productos de Confiterías | 15 chocolates, azucares, edulcorantes productos |
50171500 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 17 Condimentos y conservantes | 15 Hierbas, especias y extractos |
50181900 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 18 Productos de Confiterías | 19 Pan y galletas y pastelitos dulces |
50192900 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 19 Alimentos preparados y conservados | 29 Pasta o tallarines natural |
50221100 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 22 Productos de cereales y legumbres | 11 cereales |
50221300 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 22 Productos de cereales y legumbres | 13 harina y productos de molinos |
50421800 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 40 Vegetales secos | 18 Frijoles secos |
50424500 | 50 Alimentos, bebidas y Tabaco | 42 Vegetales secos | 45 Lentejas secas |
73151600 | 73 Servicios de Producción industrial y Manufactura | 15 Servicios de Apoyo a la Fabricación | 16 servicio de empaque |
93131600 | 93 Servicios Políticos y de Asuntos Cívicos | 13 Ayuda y Asistencia humanitaria | 16 planeación y programas de políticas de alimentación y nutrición |
78101800 | 78 Servicios de Transporte, Almacenaje y correo | 10 Transporte de correo y carga | 18 Transporte de carga por carretera |
Nota 1: Para el caso de la experiencia con entidad privada, es necesario que el proponente adjunte copia del contrato y acta de liquidación del mismo, de conformidad con los requisitos del Código de Comercio donde se evidencie la autenticidad del suministro de los bienes relacionados con el objeto de la presente convocatoria o certificación del contrato, la cual debe contener: contratante, contratista, objeto, valor del contrato, fecha de inicio, fecha de terminación y especificar claramente que el contrato fue desarrollado a entera satisfacción, así mismo deben adjuntar el acta de liquidación del respectivo contrato.
Para los Suministros realizados en CONSORCIO o UNION TEMPORAL la experiencia del PROPONENTE se determinará así:
o La experiencia se calculará multiplicando el valor del contrato por el porcentaje de participación de los integrantes.
Nota 2: La experiencia del proponente se debe relacionar en el ANEXO N° 9.
El proponente deberá presentar con su propuesta el certificado de Inscripción y Clasificación en el Registro Único de Proponentes (RUP) expedido por la respectiva Cámara de Comercio y el certificado deberá haber sido expedido con fecha no mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de esta Convocatoria.
Nota 3: La experiencia de los proponentes que sean consorcio o unión temporal, se calculará mediante la sumatoria de la experiencia de cada uno de los las empresas consorciadas o en unión temporal. En donde por lo menos uno de los asociados debe aportar el 50% de la experiencia.
2.1.4. VALIDEZ DE LA PROPUESTA
Las propuestas deberán tener una validez mínima de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de cierre de la convocatoria o de su prórroga si la hubiere.
2.2. RECHAZO DE PROPUESTAS
Aunque la siguiente no es una enumeración taxativa, son causales de rechazo de la propuesta las siguientes:
1) Cuando no se suscriba la Carta de Presentación de la propuesta por el representante legal del proponente o del apoderado constituido para el efecto o la no presentación de la misma, o la no presentación del poder que lo acredite como tal.
2) La presentación de varias propuestas por el mismo oferente dentro del mismo proceso, por sí o por interpuesta persona (en Consorcio, en Unión Temporal o individualmente).
3) Cuando el proponente o alguno de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal se encuentre incurso en algunas de las prohibiciones, inhabilidades
o incompatibilidades de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley
80 de 1993 y demás disposiciones constitucionales y legales vigentes aplicables.
4) Cuando la oferta se presente en forma extemporánea o en un lugar distinto al señalado en el Pliego de Condiciones. El hecho de que un proponente se encuentre dentro de las instalaciones de la Entidad Convocante, no lo habilita para que se le reciba la propuesta después de la hora citada. El proponente deberá presentarse en la Oficina Jurídica de la Entidad, previendo la demora que se pueda presentar. En ningún caso la Entidad convocante se hará responsable del retraso en la entrada de algún proponente, por lo que es de única y exclusiva responsabilidad de este, disponer
del tiempo necesario para la asistencia oportuna a la diligencia del cierre del presente proceso.
5) Cuando la Entidad convocante descubra o compruebe falta de veracidad en la documentación presentada para esta convocatoria pública.
6) Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados, alterados o tendientes a inducir a error a la Entidad.
7) Cuando se compruebe que un proponente ha interferido, influenciado, u obtenido correspondencia interna, proyectos de concepto de evaluación o de respuesta a observaciones, no enviados oficialmente a los proponentes.
8) Cuando el objeto principal de la persona jurídica no guarde relación directa con el objeto contractual.
9) Cuando no se constituya la póliza de garantía que ampare la seriedad de la propuesta, antes de la presentación de la misma.
10) Cuando la oferta sea enviada por correo, correo electrónico, cintas magnéticas o fax.
11) Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes que altere la aplicación del principio de selección objetiva.
12) Cuando la propuesta no se presente con una vigencia o validez de noventa (90) días calendario a partir de la fecha de cierre de esta convocatoria, conforme se establece en el pliego de condiciones.
13) Cuando se presente la propuesta en forma subsidiaria al cumplimiento de cualquier condición o modalidad.
14) Cuando el proponente o alguno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución y/o liquidación de sociedades.
15) Cuando se supere el presupuesto oficial estimado.
16) Cuando el proponente no oferte los ítems en su totalidad, incluidas todas las unidades ejecutoras.
17) Cuando el proponente o alguno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal se encuentre reportado en el Boletín de responsables fiscales que expide la Contraloría General de la República.
18) Cuando el proponente habiendo sido requerido por la Entidad convocante para aportar documentos o información conforme a lo establecido en el Pliego de Condiciones, no los xxxxxxx conforme a sus exigencias y/o dentro del término fijado para el efecto, en la respectiva comunicación o en el Pliego de Condiciones.
19) La no presentación de la valoración de la Oferta Económica.
20) Cuando no se acredite la experiencia exigida en el Pliego de Condiciones.
21) Cuando los ítems ofertados no correspondan exactamente a la descripción técnica exigida en el Pliego de Condiciones.
2.3 DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO
No procederá declaratoria de desierta de la Convocatoria cuando sólo se presenta una propuesta hábil y ésta puede ser considerada favorable para la Entidad conforme a los criterios legales de selección objetiva. Se entiende que existe voluntad de participación con la presentación de al menos una propuesta.
La declaratoria de desierto del proceso de selección únicamente procederá por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva y se declarará en acto administrativo en el que se señalarán en forma expresa y detallada las razones que han conducido a esa decisión.
Aunque las siguientes causales NO SON TAXATIVAS, sino meramente enunciativas, la Entidad declarará desierto el proceso de selección entre otros en los siguientes casos:
• Cuando se hubiere omitido dentro del proceso de selección alguno de los requisitos exigidos por la ley que impidan la selección objetiva del proponente.
• Cuando ninguna de las propuestas se ajuste a los requerimientos xxx xxxxxx de condiciones.
• Cuando no se presente oferta alguna
• Cuando se hubiere violado la reserva de las mismas de manera ostensible y antes del cierre del proceso de selección.
CAPITULO III
3. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1º del artículo 5º de la Ley 1150 de 2007, la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección pero NO OTORGARÁN PUNTAJE.
Las ofertas que cumplan con los documentos del orden JURIDICO, FINANCIERO, TÉCNICO Y DE EXPERIENCIA, tendrán la condición de HABILITADAS y podrán continuar en el proceso de selección del contratista. A éstas les serán evaluadas sus propuestas económicas.
VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES
ASPECTO | INDICADOR | CRITERIO |
CAPACIDAD JURIDICA | Cumplimiento | Cumple / No Cumple |
CAPACIDAD FINANCIERA | Cumplimiento | Cumple / No Cumple |
CAPACIDAD TÈCNICA | Cumplimiento | Cumple / No Cumple |
REVISION JURIDICA
La evaluación jurídica le permitirá a la Entidad determinar si las propuestas se ajustan o no a los requerimientos exigidos por la Ley y por el presente pliego de condiciones y por lo tanto, definirá cuales propuestas continuarán en el proceso y asistirán a la subasta inversa.
VERIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA MINIMA
Verificado el cumplimiento de la presentación de los documentos solicitados, se entrará a verificar el cumplimiento de los factores y perfiles financieros establecidos.
VERIFICACIÓN ARITMÉTICA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Las propuestas que sean declaradas hábiles, pasarán a la etapa en la que se realizará la apertura de sobres de propuesta económica y se realizará la revisión aritmética de las mismas.
La entidad publicará el informe de evaluación integral.
En los términos del Artículo 2.2.1.1.2.2.4 de la Ley 1082 de 2015, se aplican las disposiciones de la oferta artificialmente bajo sobre el precio obtenido al final de la misma.
Si conforme la información que resulte del análisis del sector económico ordenado por el Artículo 2.2.1.1.1.6.1. del mismo Decreto, el valor de la oferta parece artificialmente bajo, la Entidad requerirá al oferente para que explique las razones que sustentan el valor ofrecido, y analizadas las explicaciones, el comité evaluador recomendará el rechazo o continuará el análisis del proceso de evaluación de ofertas, siempre que responda a circunstancias objetivas del oferente que no ponen en riesgo el cumplimiento del contrato.
EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
3.1 EVALUACION Y CALIFICACION DE LAS PROPUESTAS
La Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca, previo análisis comparativo de las ofertas que se ciñan a los requisitos establecidos en el Pliego de Condiciones, seleccionará el ofrecimiento más favorable a la Entidad y a los fines que ella busca, aplicando los mismos criterios para todas ellas, lo que permite asegurar una selección objetiva teniendo en cuenta para tal efecto, lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007.
Las ofertas que obtengan en los factores JURIDICO, FINANCIERO Y TÉCNICO la condición de HABILITADAS, serán tenidas en cuenta para la realización de la audiencia de subasta inversa electrónica.
De conformidad con el numeral 3 del Art. 5 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia Con el Decreto 1082 de 2015 en la selección abreviada para la adquisición de bienes y Servicios de características técnicas uniformes, el único factor de evaluación es el Menor precio ofrecido, el cual se seleccionará en la diligencia de subasta inversa presencial, teniendo en cuenta las reglas y el procedimiento señalado en el presente pliego de condiciones:
MODALIDAD DE SELECCIÓN | OFERTA INICIAL DE PRECIO | SUBASTA |
Selección Abreviada para la adquisición o suministro de bienes con características técnicas uniformes. Primer Lance: Margen mínimo de mejora de oferta 2%. Xxxxxxx xxxxx y sucesivos: margen mínimo de mejora de oferta del 1%. | En la oferta inicial de precio, el proponente no podrá ofrecer precios por ítems que superen los valores promedios de cada ítem señalados en el estudio xx xxxxxxx realizado en el presente proceso de selección. So pena de ser causal de rechazo. - Tanto en la negociación (Se presente un único oferente) como en la oferta inicial dentro de la subasta que no obtuvo mejora de oferta, la entidad efectuara el descuento del margen mínimo de mejora de oferta del 2%. | En la oferta inicial cada proponente debe diligenciar el valor propuesto en el formulario, deberá tener en cuenta que dentro del margen mínimo de mejora de la oferta total (2%), el proponente debe realizar de manera proporcional un descuento mínimo a cada uno de los ítems del 2%, independientemente que solo relacione el valor total en el formulario. - Se entenderá que la oferta total efectuada en cada lance por el proponente, es el resultado del descuento que se realizó a cada uno de los ítems. El proponente que resulte favorecido con el presente proceso de selección, deberá dentro del término que señale pliego, allegar diligenciado de forma |
completa el Formato de propuesta económica final, presentando las cifras con el descuento proporcional de cada uno de los ítems que soportan el valor total ofertado y aceptado por la entidad. |
Nota 1: La Secretaria de Desarrollo e Inclusión Social tomara para el valor del contrato, el valor total de la disponibilidad que se tiene para este proceso, realizando la operación aritmética entre la diferencia de la oferta económica adjudicataria y el valor de la disponibilidad, con el fin de determinar para cuantos Paquetes Alimentarios adicionales alcanza el presupuesto.
3.4 HABILITACIÓN DE UN SOLO OFERENTE
Conforme al numeral 5 del Artículo 2.2.1.2.1.2.2 del Decreto 1082 de 2015, si en el proceso de contratación se presenta un único oferente cuyos bienes o servicios cumplen con la ficha técnica y está habilitado, la entidad estatal puede adjudicarle el contrato al único oferente si el valor de la oferta es igual o inferior a la disponibilidad presupuestal para el contrato, caso en el cual no hay lugar a la subasta inversa, y se descontará el margen mínimo de mejora del 2% a la oferta presentada por el oferente único.
3.5 EMPATE
En caso de existir empate se adjudicará el contrato de conformidad con los criterios que se señalan a continuación.
3.6 CRITERIOS DE DESEMPATE
En evento en que se presente empate en los lances finales obtenidas por los proponentes, y si al terminar la subasta inversa hay empate la Entidad Estatal debe seleccionar al Oferente que presentó el menor precio inicial. De persistir el empate, se aplicaran los siguientes criterios de desempate contenidos en el artículo 2.2.1.1.2.2.9 decreto 1082 de 2015, Así:
1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o ser- vicios extranjeros.
2) Si el empate persiste y entre los empatados se encuentra MIPYMES, se preferirá a la MIPYME nacional, sea proponente singular, o consorcio o unión temporal, conformada únicamente por MIPYMES nacionales. Para lo anterior y a efectos de la aplicación del presente criterio de desempate, deberá adjuntarse dentro de la propuesta, certificación suscrita por el revisor fiscal o representante legal, según corresponda.
3) Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
4) Si continúa el empate, se adjudicará por sorteo mediante balotas, el cual se llevará a cabo bajo las siguientes reglas:
a. Se insertarán en un sobre de manila, un número de balotas de iguales características, equivalente al número de proponentes empatados, una tendrá el término “ADJUDICADA” y la otra, o las demás tendrán la frase “NO ADJUDICADA”.
b. Los representantes de los proponentes o apoderados facultados procederán a sacar una de las balotas en el orden de radicación de la propuesta.
c. El proponente que saque la balotas marcada con el término “ADJUDICADA” será el proponente a quien se le ADJUDICARÁ el contrato que se derive del proceso de selección.
En el evento que alguno de los oferentes no asista a la audiencia de sorteo, la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, designará un funcionario para sacar la (s) balota (s) en representación de dicho oferente.
CAPITULO IV
4.1. CONDICIONES DEL CONTRATO
Además de las condiciones establecidas en el presente documento, los oferentes están obligados a aceptar íntegramente aquellas que de conformidad con la Ley deben contener los contratos de la Administración Pública.
4.2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES ESENCIALES Y LA IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR.
4.2.1. OBJETO:
SUMINISTRO DE PAQUETES ALIMENTARIOS PARA LA EJECUCION DEL SUB PROGRAMA FAMILIAS BIEN NUTRIDAS, A TRAVÉS DE ACCIONES QUE POSIBILITEN LA ASISTENCIA A LA POBLACIÓN VULNERABLE DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA.
4.3 ALCANCE: 4.3.1. ALCANCE PROGRAMA FAMILIAS BIEN NUTRIDAS Para el contrato que habrá de celebrarse, se busca atender en el año 2017 a 20.406 familias, en condición de inseguridad alimentaria con una entrega de 20.406 paquetes alimentarios en los siguientes municipios del Departamento, así: FAMILIAS BIEN NUTRIDAS | ||||
SECRETARIA DE DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL | ||||
AÑO 2017 | ||||
MUNICIPIOS BENEFICIADOS | ||||
ITEM | PROVINCIA / MUNICIPIO | No. DE BENEFICIARIO S | ||
ALMEIDAS | ||||
1 | Tibirita | 250 | ||
2 | Sesquilé | 450 | ||
ALTO XXXXXXXXX | ||||
3 | Agua de Dios | 500 | ||
4 | Guataqui | 300 | ||
5 | Nilo | 200 | ||
BAJO XXXXXXXXX |
6 | Guaduas | 500 | ||
7 | Caparrapí | 450 | ||
8 | Xxxxxx Xxxxxx | 000 | ||
XXXXXXX | ||||
0 | Xx Xxxx | 500 | ||
10 | Quebradanegra | 450 | ||
11 | Utica | 450 | ||
12 | Supata | 200 | ||
13 | Nocaima | 150 | ||
XXXXXXXXX CENTRO | ||||
14 | San Xxxx de Río Seco | 500 | ||
15 | Xxxxxxxx | 000 | ||
00 | Xxxxxxx | 000 | ||
17 | Pulí | 000 | ||
XXXXXXX | ||||
00 | Quetame | 300 | ||
RIONEGRO | ||||
19 | Pacho | 400 | ||
20 | Paime | 350 | ||
21 | Xxxxxx | 000 | ||
00 | Xxxxxxxxxx | 000 | ||
XXXXXX XXXXXX | ||||
23 | Nemocón | 300 | ||
24 | Xxxxx | 000 | ||
XXXXXX XXXXXXXXX | ||||
00 | Xxxxx | 856 | ||
26 | Xxxxxxx | 000 | ||
00 | Xxxxxx | 350 | ||
28 | Xxxxxxxx | 000 | ||
00 | Xxxxxxxxxx | 1.200 | ||
30 | El Rosal | 200 | ||
SUMAPAZ | ||||
31 | Pasca | 200 | ||
32 | Fusagasugá | 1.000 | ||
XXXXXX | ||||
33 | Paratebueno | 400 |
TEQUENDAMA | ||||
34 | Xx Xxxxxxx | 000 | ||
00 | Xxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx | 450 | ||
36 | Tena | 300 | ||
SOACHA | ||||
37 | Soacha | 4.000 | ||
38 | Sibaté | 300 | ||
UBATE | ||||
39 | Xxxxxx de Carupa | 450 | ||
40 | Ubate | 400 | ||
41 | Susa | 300 | ||
XXXXXX | ||||
00 | Xxxxxxx | 000 | ||
TOTAL | 20.406 | |||
5. PROGRAMA “FAMILIAS BIEN NUTRIDAS”. Para su ejecución, se ha diseñado un paquete compuesto con los siguientes productos de la llamada canasta familiar, con la correspondiente ficha técnica: |
PRODUCTO | ||||||
Arroz blanco tipo 1, grado 1 empacado en bolsa de polietileno. | ||||||
Chocolate sin aditivos, con azúcar, en barra, en bolsa de papel parafinado. | ||||||
Arveja seca, empacada en bolsa de polietileno. | ||||||
Lenteja tipo 1, grado 1 empacada en bolsa de polietileno. | ||||||
Frijol tipo 1, grado 1 empacado en bolsa de polietileno. | ||||||
Sal enriquecida con yodo en bolsa de polietileno. | ||||||
Aceite de girasol, soya o maíz. | ||||||
Azúcar refinada, granulada en bolsa de polietileno. | ||||||
Sardinas sin cabeza, en salsa de tomate en lata. | ||||||
Bolsa de leche en polvo entera no deslactosada. | ||||||
Pasta para seco, tipo espagueti, en bolsa de polietileno. | ||||||
Pasta para sopa, tipo concha empacada en bolsa de polietileno. | ||||||
Avena pre-cocida en hojuelas empacado en polietileno. | ||||||
Harina xx xxxxx resultante de la molienda xxx xxxxx empacado de polietileno. | ||||||
Paquete de galletas de 120 grs, contiene 4 galletas de 30 grs. cada una, elaboradas a base de harina de soya, en las plantas de soya del Departamento de Cundinamarca | ||||||
Empaque Ecologico de 45*45 cms. en cambrel de 70 grs. Con la impresión del logo institucional de 26*33 cms. A una tinta. | ||||||
Transporte a cabecera municipal | ||||||
• Adquisición De Bienes o Servicios de características técnicas uniformes | ||||||
Denominac ión del Bien o Servicio a Adquirir | Clasificación del Bien o Servicio | Identificación adicional requerida | Unida d de Medid a | Calidad Mínima | ||
Grano de cereal | 50221101 | Arroz Blanco: producto descascarado, fortificado de color blanco, limpio de impurezas para consumo de tipo 1. | Gramos | Debe cumplir con la NTC 671, cumplir con el decreto 3075 de 1997, resolución 2674 de 2013, y demás concordantes y reglamentarias, modificatorias y vigentes. | ||
Chocolate o sustituto de chocolate | 50161511 | Chocolate xx xxxx con azúcar: Masa o pasta de licor de cacao preparado por el molido del cacao fermentado y tostado, desprovisto | Gramos | Debe cumplir con la NTC 793, decreto 3075 de 1997, resolución 2674 de 2013 y demás |
de sus cubiertas y gérmenes, pastillas de color marrón, duro y fácil de disolver. | concordantes y reglamentarias, modificatorias y vigentes. | |||||
Granos | 50221001 | Arveja verde seca: Arveja verde seca o amarilla para consumo tipo 1, Limpia, libre de impurezas y materiales extraños. | Gramos | Debe cumplir con la NTC 791, Cumplir con el Decreto 3075 de 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | ||
Fríjoles negros | 50421806 | Frijol Radical: Fríjol grande para consumo tipo 1, Color rojo con manchas de color rosado, limpio, libre de impurezas y materiales extraños. | Gramos | Debe cumplir con NTC 871, con el Decreto 3075 de 1997, con la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | ||
Lenteja verde seca | 50424503 | Lenteja: para el consumo tipo 1, de color verde o marrón. Limpia, libre de impurezas y materiales extraños. | Gramos | Debe cumplir con NTC 937, el Decreto 3075 de 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | ||
Xxx xx xxxx | 50171551 | Sal refinada yodada - fluorizada alta pureza: Grano blanco enriquecido con yodo, Sabor, aroma y olor característico del producto, debe tener color uniforme, no debe tener grumos, ni materiales o contaminantes extraños | Gramos | Debe cumplir con la NTC 1254, con el decreto 547 de 1996, el Decreto 3075 de 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | ||
Aceites vegetales o de plantas comestibles | 50151513 | Aceite: extraído de semillas, libre de rancidez, de materiales extraños, de sustancias empleadas en su extracción y Refinación, color y olor característico. | C.C. | Debe cumplir con NTC 264, el Decreto 3075 de 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | ||
Azúcares naturales o productos endulzantes | 50161509 | Azúcar Blanca: Producto natural cristalizado constituido esencialmente por sacarosa, obtenido por la purificación, decoloración, y recristalización, Color blanco, olor característico, exenta de sabores y olores extraños y de insectos. | Gramos | Debe cumplir con la NTC 778- 5ta. Actualización, con el Decreto 3075 de 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | ||
Dentro del clasificador de bienes y servicios de Colombia compra eficiente no existe código para este producto. | Sardinas En Tomate: Producto preparado con sardinas y envasadas en medio líquido de cobertura salsa de tomate, en recipientes herméticamente cerrados y sometidos a tratamiento térmico que garanticen la esterilidad comercial del producto, latas en buen estado sin abolladuras u oxidación, con fecha de Vencimiento vigente, con registro sanitario de INVIMA, Color, sabor y aroma característico. | Cumplir con la Resolución 337 de 2006 del Ministerio de la Protección Social, con el Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud, con el Decreto 3075 de 1997, con la Resolución 2674 de 2013 y demás Normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes, debe contar con |
Certificado de calidad o HACCP de producto. | ||||||
Leche en polvo | 50131704 | Leche en polvo Entera: Leche en polvo entera, obtenida por eliminación de agua de constitución de la leche higienizada, adicionada con vitaminas, sabor: dulce cremoso, olor: lácteo característico Color: blanco amarillento, homogéneo característico del producto, textura: polvo ultra fino, sin partículas extrañas. | Gramos | Cumplir con el Decreto 616 de 2006 Cumplir con el Decreto 3075 de 1997, con la NTC 1036: Leche en Polvo | ||
Pasta sencilla o fideos | 50192901 | Pastas Fortificadas Para Consumo Humano: Spaguetti, Conchitas, Macarrones Y Fideos: Producto elaborado mediante el secado apropiado de las diferentes figuras formadas a partir de una masa sin fermentar elaborada con derivados xxx xxxxx y agua, color amarillo, consistencia: Dura, olor propio del producto. | Gramos | Cumplir con NTC 1055, NTC 267 y NTC 420, el Decreto 3075 de 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes | ||
Semillas xx Xxxxx | 10151605 | Avena En Hojuelas: Producto sometido a limpieza, pre cocido y laminado, obtenido de los granos xx xxxxx sin cáscara, de cualquier variedad de la especie de A. Sativa L y A. Bizantina L, debe ser elaborada a partir de granos xx xxxxx sin cáscara, sanos, limpios, libres de signos de infestación y, o contaminación por vectores, las hojuelas deben presentar un color crema, ligeramente caoba característica y un sabor y aroma características. | Gramos | Cumplir con NTC 2159, el Decreto 3075 de 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | ||
Almidón o Harina comestible | 50221303 | Harina Xx Xxxxx Fortificada: Producto elaborado con granos xx xxxxx común, Triticum aestivum l., o trigo ramificado, Triticum compactum Host., o combinaciones de ellos por medio de procedimientos de trituración o molienda en los que se separa parte del salvado y del germen, y el resto se muele hasta darle un grado adecuado de finura, Exenta de sabores y olores extraños, debe ser inocua y apropiada para el consumo humano. | Gramos | Debe cumplir con NTC 267 - 4ta actualización, el Decreto 3075 de 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | ||
Galletas de dulce | 50181905 | Paquete de galletas de 120 Grs. Contiene 4 galletas de 30 grs. Cada una elaboradas a base de harina de Soya. | Unidad | Debe tener registro INVIMA. | ||
Todos los alimentos incluidos deben contar con los criterios básicos de elaboración y estandarización contemplados en las normas técnicas colombianas respectivas para cada línea de producción inicial realizada por el proponente en la oferta económica presentada. Los sistemas de gestión de calidad implementados en la industria alimentaria se ven reflejados en el precio del producto en el mercado, estos sistemas de gestión de calidad garantizan la inocuidad del mismo. |
Los alimentos deben tener un adecuado envase que asegure la inocuidad del producto y no deben ser re empacados además deben contener toda la información establecida en la resolución 5109 del 2005 de rotulado general ( nombre, lista de ingredientes, contenido neto, nombre fabricante, país de origen (si aplica), lote, fecha de vencimiento, conservación, instrucciones de uso, registró sanitario entre otros datos y la resolución 333 del 2011 que especifica el reglamento técnico del rotulado nutricional. |
7. Condiciones Técnicas Exigidas. El programa “FAMILIAS BIEN NUTRIDAS” se llevará a cabo en Cuarenta y dos (42) municipios del Departamento así: Tibirita, Sesquilé, Agua de Dios, Guaduas, Caparrapí, Puerto Xxxxxx, La Xxxx, Quebradanegra, Utica, Bituima, San Xxxx xx Xxxxxxx, Chaguaní, Quetame, Pacho, Paime, Yacopí, Nemocón, Funza, Zipacón, Bojacá, Facatativá, El Xxxxx, Xxxxx, Fusagasugá, Paratebueno, El Colegio, San Xxxxxxx del Tequendama, Tena, Soacha, Sibaté, Carmen de Carupa, Xxxxxxxx, Cogua, Guataqui, Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx, Gachala, Supatá, Nocaima, Xxxx, Xxxx y Xxxx. Las familias beneficiarias del programa “FAMILIAS BIEN NUTRIDAS”, serán focalizadas por las administraciones municipales, teniendo en cuenta las siguientes características: • No ser beneficiarios de otros programas sociales de la misma naturaleza • Familias de Red Unidos • Adulto mayor sin ingresos propios ni familiares • Cabezas de familia con hijos menores • Madre o padre cabeza de familia, con ingresos inferiores a un (1) salario mínimo • Víctimas del conflicto armado, con certificación • Puntajes SISBEN de 40 puntos o menor • Personas en situación de discapacidad, sin ingresos económicos propios o familiares • Familias de internos privados de la libertad, que no cuenten con otros medios de sustento. COMPONENTE DE OPERACIÓN Y EJECUCION Para la operación y ejecución del programa se tendrá en cuenta el concurso de diferentes actores a nivel departamental y local como lo son: la Secretaría Departamental de Desarrollo e Inclusión Social, y la colaboración de las Secretarías Municipales de Desarrollo Social y Salud, los Coordinadores y ejecutores PIC, y promotoras de salud. Es responsabilidad del municipio en cabeza xxx xxxxxxx municipal o a quien éste delegue, asignar el coordinador del programa y garantizar el bodegaje y almacenamiento en condiciones adecuadas en el municipio y la distribución para las zonas urbana y rural. El Departamento aportará los recursos destinados a los paquetes alimentarios acorde con las especificaciones técnicas, la asesoría técnica y el acompañamiento necesarios para la operación del programa. El Contratista asume la adquisición, transporte, bodegaje y almacenamiento en condiciones adecuadas y la entrega en cada uno de los 42 municipios del Departamento, en los puntos de entrega que se establezcan, en la Cabecera Municipal, los cuales deben ser |
concertados con el coordinador de la Secretaría de Desarrollo Social del Municipio y el Supervisor del Contrato asignado por la Secretaria de Desarrollo e Inclusión Social del Departamento.
El contratista realizará, en coordinación con los municipios y la Secretaria de Desarrollo e Inclusión Social, apoyo técnico, supervisión y seguimiento al proceso de entrega de los paquetes alimentarios, y suscribirá las actas de entrega y recibo de dichos paquetes por parte de los responsables de los municipios, en cada punto de entrega y registrará en la misma, en la sección de observaciones, las existencias de raciones que el transportador observe en cada punto en el momento de la entrega. Las actas de entrega deben contener la firma y cédula de la persona que recibe las raciones y la fecha de recibo de las mismas.
COMPONENTE AMBIENTAL
• Para la operación del plan de manejo ambiental se contempla que al momento de las entregas en cada municipio, se realice también la recolección por parte del Contratista del material de embalaje debidamente clasificado para su recuperación industrial, mitigando así el impacto ambiental que puedan generar los empaques utilizados.
8. EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y LA JUSTIFICACIÓN DEL MISMO
Realizado el estudio xxx xxxxxxx a través de las cotizaciones con empresas que realizan el tipo de suministro de los bienes que serán adquiridos, se ha concluido que el valor estimado del contrato que habrá de celebrarse puede ascender a la suma de TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS VEINTISEIS PESOS ($3.835.831.726)
M/CTE..., incorporando en su xxxxxxxxx xx xxxx 000.
Estudios xx Xxxxxxx - Productos de Canasta Básica | Estudios xx Xxxxxxx - Productos de Canasta Básica | ||||||||||||||||||||
XXXXXX XXXXXXXX | VIVERES SAN XXXXXX | DISTRIMERCAR O.R | DEPOSITO LA LIBERTAD | PROMEDIO | |||||||||||||||||
PRODUCTO | CANTI DAD | UNIDAD DE MEDIDA | PRECIO APROX UNIDAD | TOTAL | CANTI DAD | UNIDAD DE MEDIDA | PRECIO APROX UNIDAD | TOTAL | CANTI DAD | UNIDAD DE MEDIDA | PRECIO APROX UNIDAD | TOTAL | CANTI DAD | UNIDAD DE MEDIDA | PRECIO APROX UNIDAD | TOTAL | |||||
1 | Arroz blanco | 2 | 500 g | 1600 | 3200 | 2 | 500 g | 1500 | 3000 | 2 | 500 g | 1560 | 3120 | 2 | 500 g | 1760 | 3520 | 3210 | |||
2 | Chocolate | 0 | 000 x | 0000 | 0000 | 1 | 500 g | 3500 | 3500 | 1 | 500 g | 3900 | 3900 | 1 | 500 g | 3300 | 3300 | 3595 | |||
3 | Arveja seca, . | 0 | 000 x | 0000 | 0000 | 1 | 500 g | 1800 | 1800 | 1 | 500 g | 1750 | 1750 | 1 | 500 g | 1650 | 1650 | 1688 | |||
4 | Lenteja tipo | 0 | 000 x | 0000 | 0000 | 1 | 500 g | 2750 | 2750 | 1 | 500 g | 3300 | 3300 | 1 | 500 g | 2800 | 2800 | 2950 | |||
5 | Frijol tipo 1, | 1 | 500 g | 3200 | 3200 | 1 | 500 g | 2944 | 2944 | 1 | 500 g | 2500 | 2500 | 1 | 500 g | 0000 | 0000 | 0000 | |||
6 | Sal . | 1 | 500 g | 750 | 750 | 1 | 500 g | 918 | 918 | 1 | 500 g | 900 | 900 | 1 | 500 g | 1300 | 1300 | 967 | |||
7 | Aceite de girasol, soya o maíz. | 1 | 500 cc | 2300 | 2300 | 1 | 500 cc | 2800 | 2800 | 1 | 500 cc | 4500 | 4500 | 1 | 500 cc | 4300 | 4300 | 3475 | |||
8 | Azúcar | 0 | 000 x | 0000 | 0000 | 1 | 500 g | 1600 | 1600 | 1 | 500 g | 1750 | 1750 | 1 | 500 g | 1700 | 1700 | 1750 | |||
9 | Sardinas | 0 | 000 x | 0000 | 0000 | 1 | 425 g | 3470 | 3470 | 1 | 425 g | 3800 | 3800 | 1 | 425 g | 4150 | 4150 | 3768 | |||
10 | Bolsa de leche en polvo | 1 | 380 g | 7000 | 7000 | 1 | 380 g | 7600 | 7600 | 1 | 380 g | 8500 | 8500 | 1 | 380 g | 8800 | 8800 | 7975 | |||
11 | Pasta para seco. | 0 | 000 x | 0000 | 0000 | 1 | 500 g | 1712 | 1712 | 1 | 500 g | 1900 | 1900 | 1 | 500 g | 1950 | 1950 | 1753 | |||
12 | Pasta para sopa | 0 | 000 x | 0000 | 0000 | 1 | 500 g | 1712 | 1712 | 1 | 500 g | 2300 | 2300 | 1 | 500 g | 2600 | 2600 | 2016 | |||
13 | Avena pre-cocida | 0 | 000 x | 0000 | 0000 | 1 | 500 g | 1787 | 1787 | 1 | 500 g | 1950 | 1950 | 1 | 500 g | 2000 | 2000 | 1959 | |||
14 | Harina xx xxxxx | 1 | 500 g | 900 | 900 | 1 | 500 g | 900 | 900 | 1 | 500 g | 1132 | 1132 | 1 | 500 g | 1800 | 1800 | 1183 | |||
15 | Paquete de galletas de soya | 1 | 125 g | 1500 | 1500 | 1 | 125 g | 1500 | 1500 | 1 | 125 g | 1500 | 1500 | 1 | 125 g | 1500 | 1500 | 1500 | |||
TOTAL | 37634 | TOTAL | 37993 | TOTAL | 42802 | TOTAL | 43620 | 40512 |
47
Secretaría de Desarrollo Social de Cundinamarca, Sede Administrativa.
Xxxxx 00 00-00. Xxxxx Xxxxxxx, xxxx 0. Xxxxxx, X.X.
Tel. (0) 000 0000 / 1221 / 1230 / 1229 - Fax 000 0000
a. VALOR PAQUETES ALIMENTARIOS Y COMPLEMENTOS NUTRICIONALES
X X X X X X X X X X X X A Q U E T E A L I M E N T A R I O | |||||
PROGRAMA: FAMILIAS BIEN NUTRIDAS | |||||
PRODUCTO | CANTIDAD | UNIDAD DE MEDIDA | VALOR UNITARIO | SUBTOTAL | TOTAL 81,624 PAQUETES ALIMENTARIOS |
Arroz blanco tipo 1, grado 1 empacado en bolsa de polietileno. | 2 | 500 g | 1.600 | 3.200 | 261.196.800 |
Chocolate sin aditivos, con azúcar, en barra, en bolsa de papel parafinado. | 1 | 500 g | 3.680 | 3.680 | 300.376.320 |
Arveja seca, empacada en bolsa de polietileno. | 1 | 500 g | 1.100 | 1.100 | 89.786.400 |
Lenteja tipo 1, grado 1 empacada en bolsa de polietileno. | 1 | 500 g | 2.580 | 2.580 | 210.589.920 |
Frijol tipo 1, grado 1 empacado en bolsa de polietileno. | 1 | 500 g | 3.200 | 3.200 | 261.196.800 |
Sal enriquecida con yodo en bolsa de polietileno. | 0 | 000 x | 000 | 000 | 40.812.000 |
Aceite de girasol, soya o maíz. | 1 | 500 cc | 2.650 | 2.650 | 216.303.600 |
Azúcar refinada, granulada en bolsa de polietileno. | 1 | 500 g | 1.950 | 1.950 | 159.166.800 |
Sardinas sin cabeza, en salsa de tomate en lata. | 1 | 425 g | 3.652 | 3.652 | 298.090.848 |
Bolsa de leche en polvo entera no deslactosada. | 1 | 380 g | 6.100 | 6.100 | 497.906.400 |
Pasta para seco, tipo espagueti, en bolsa de polietileno. | 1 | 500 g | 1.450 | 1.450 | 118.354.800 |
Pasta para sopa, tipo concha empacada en bolsa de polietileno. | 1 | 500 g | 1.450 | 1.450 | 118.354.800 |
Avena pre-cocida en hojuelas empacado en polietileno. | 1 | 500 g | 2.100 | 2.100 | 171.410.400 |
Harina xx xxxxx resultante de la molienda xxx xxxxx empacado de polietileno. | 0 | 000 x | 000 | 000 | 73.461.600 |
Paquete de galletas de 120 grs, contiene 4 galletas de 30 grs. cada una, elaboradas a base de harina de soya, en las plantas de soya del Departamento de Cundinamarca | 1 | 125 g | 1.500 | 1.500 | 122.436.000 |
Empaque Ecologico de 45*45 cms. en cambrel de 70 grs. Con la impresión del logo institucional de 26*33 cms. A una tinta. | 1 | Unidad | 2.000 | 2.000 | 163.248.000 |
Transporte a cabecera municipal | 1 | Unidad | 2.500 | 2.500 | 204.060.000 |
T O T A L | 40.512 | 3.306.751.488 |
3.306.751.488
81.624
PAQUETES ALIMENTARIOS
3.306.751.488
PAQUETES ALIMENTARIOS
81.624
SUBTOTAL ANTES DE IMPUESTOS POR ENTREGA DE
529.080.238
ADMINISTRACION E IMPUESTOS
3.835.831.726
COSTO TOTAL CUATRO (4) ENTREGAS PAQUETES ALIMENTARIOS - FAMILIAS BIEN NUTRIDAS (Incluido Impuestos)
VALOR NETO UNITARIO PAQUETE ALIMENTARIO
PAQUETE ALIMENTARIO | 40.512 |
ADMINISTRACION E IMPUESTOS | 6.482 |
TOTAL PAQUETE ALIMENTARIO | 46.994 |
PAQUETES A ENTREGAR MENSUAL | 20.406 |
VALOR ENTREGA DE PAQUETE ALIMENTARIO EN EL MES XX XXXXX | |
VALOR PRIMER ENTREGA 20.406 PAQUETES ALIMENTARIOS (Incluye costos de adminsitracion e impuestos | 958.957.932 |
T O T A L | 958.957.932 |
VALOR ENTREGA DE PAQUETE ALIMENTARIO EN EL MES XX XXXXXX | |
VALOR PRIMER ENTREGA 20.406 PAQUETES ALIMENTARIOS (Incluye costos de adminsitracion e impuestos | 958.957.932 |
T O T A L | 958.957.932 |
VALOR ENTREGA DE PAQUETE ALIMENTARIO EN EL MES DE OCTUBRE | |
VALOR PRIMER ENTREGA 20.406 PAQUETES ALIMENTARIOS (Incluye costos de adminsitracion e impuestos | 958.957.932 |
T O T A L | 958.957.932 |
VALOR ENTREGA DE PAQUETE ALIMENTARIO EN EL MES DE DICIEMBRE | |
VALOR PRIMER ENTREGA 20.406 PAQUETES ALIMENTARIOS (Incluye costos de adminsitracion e impuestos | 958.957.932 |
T O T A L | 958.957.932 |
VALOR 4 ENTREGAS DE PAQUETES ALIMENTARIOS 2017 | 3.835.831.726 |
8. FORMA DE PAGO
Los pagos a cargo de la Secretaria de Desarrollo e Inclusión Social, serán desembolsados de la siguiente manera:
La Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca pagará el valor del contrato mediante actas parciales de entrega, de acuerdo al avance efectivo en la entrega de los productos contratados, previa facturación correspondiente y certificación a entera satisfacción suscrita por el supervisor del contrato, designado por la Secretaría de Desarrollo Social. Por lo tanto, todos los documentos de pago deberán ser avalados por el Supervisor designado.
Nota 1- Los desembolsos serán realizados en pesos colombianos, a través de la consignación en la cuenta corriente o de ahorros que el Contratista señale, en una de las entidades financieras afiliadas al sistema automático de pagos, previos los descuentos xx xxx.
Nota 2 - Si la solicitud de desembolso no ha sido correctamente elaborada, o no se acompañan los documentos requeridos para el desembolso, el término para este solo empezará a contarse desde la fecha en que se presenten debidamente corregidas, o desde que se haya aportado el último de los documentos solicitados. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán de responsabilidad del Contratista y no tendrá por ello, derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza.
Nota 3 - Para efectos de tramitar los desembolsos, el supervisor de la Secretaria, revisará todo los documentos y soportes que sean presentados por el Contratista, relacionados con aspectos financieros, presupuestales y contables, que sean presentados para tal efecto, así como copia de los recibos de pago del mes anterior donde se pueda verificar el cumplimiento de las obligaciones con el sistema general de seguridad social (sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar), respecto a sus trabajadores de acuerdo al artículo 50 de la Ley 789 del 2002 y al Decreto 1703 del 2 xx xxxxxx de 2002, prórroga de la Garantía Única cuando a ello haya lugar y acta de liquidación debidamente aprobadas por la entidad. Todos y cada uno de los desembolsos se harán efectivos una vez se entregue el recibo a satisfacción expedido por el supervisor del contrato, acompañados del correspondiente certificado de pago del sistema Integral de seguridad social en salud, pensiones y riesgos laborales, por parte del Contratista. 1. El Contratista pagará todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con la ley colombiana. 2.- Los desembolsos, se sujetarán al Programa Anual Mensualizado de Caja-PAC. El sistema de pago utilizado por el DEPARTAMENTO es la consignación en una cuenta corriente o de ahorros de las instituciones financieras que el CONTRATISTA registre, en el formato titulado “Información de Proveedores” el cual debe ser diligenciado y entregado en la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social.
Las formas de pago diferentes que presenten los oferentes no serán consideradas por la Entidad.
9. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
9.1. DEL CONTRATISTA Obligaciones Generales del Contratita
1. Suscribir las actas, junto con la persona delegada por la Secretaría para el propósito fundamental de cumplir las funciones de supervisión del contrato
2. Cumplir cabalmente el objeto y las obligaciones del contrato, bajo las condiciones técnicas y tiempos señalados en el mismo y de más documentos que lo integran
3. Disponer para la ejecución del contrato del personal calificado, debidamente capacitado y colaborar con la Secretaría para garantizar tal fin.
4. Velar por el debido cumplimiento y calidad de los bienes y/o servicios contratados y responder por ellos, de conformidad con las disposiciones consagradas en la Ley 80 de 1993 (Artículo 5°-Numeral 4°), independientemente de las garantías ofrecidas.
5. Cumplir con las condiciones técnicas, económicas y comerciales presentadas en la propuesta
6. Reportar de manera inmediata al supervisor del contrato, cualquier novedad o anomalía que se presente.
7. Atender y acoger con la debida diligencia y oportunidad, las solicitudes o requerimientos recomendaciones y/o sugerencias realizadas por la persona delegada por la Secretaría para cumplir las funciones de supervisión del contrato.
8. Salvaguardar la información confidencial que obtenga o conozca en el desarrollo de sus actividades, salvo requerimiento expreso de autoridad competente el cual deberá ser informado al supervisor del contrato.
9. Cumplir estrictamente los términos pactados en el contrato.
10. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley, con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho, debiendo informar inmediatamente a la Secretaría a través de la persona responsable del control de la ejecución del contrato, acerca de la ocurrencia de tales peticiones o amenazas y a las demás autoridades competentes, para que se adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios.
11. Realizar por su cuenta el pago oportuno de los salarios, subsidios, prestaciones sociales, afiliaciones y cancelación de aportes al Sistema General de Seguridad Social (salud, pensiones y riesgos profesionales) a que hubiere lugar, de todos los empleados, en especial del personal destinado para el cumplimiento del objeto del contrato, de acuerdo con el Régimen Laboral Colombiano, debiendo presentar en su oportunidad la respectiva certificación de cumplimiento, expedida por el Revisor Fiscal
12. Responder ante terceros por los daños que se ocasionen y que provengan de causas que le sean imputables.
13. 1Adelantar las demás actividades necesarias para garantizar un total y adecuado cumplimiento de sus obligaciones aunque no estén específicamente señaladas y que sean de la naturaleza del contrato.
14. Defender en todas sus actuaciones los intereses de la Secretaría y obrar con lealtad y buena fe en la ejecución del contrato.
15. Entregar información veraz y verificable para los fines relacionados con las normas referentes al control y prevención de riesgos xx xxxxxx de activos y de la financiación del terrorismo contenidas en la circular externa 018 del 2013 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia y las demás que en el futuro la adicionen o modifiquen.
16. Las demás que se requieran para la correcta ejecución del contrato.
Obligaciones Específicas del contratista:
1. Suministrar 20.406 paquetes alimentarios en cuatro entregas de acuerdo a la distribución entregada por el supervisor del contrato.
2. Incluir en el paquete de alimentario, los productos que se encuentran relacionados en la ficha "COMPOSICION DE LOS PAQUETES ALIMENTARIOS", cumpliendo con las características especificadas en los estudios previos, los cuales deberán cumplir con las siguientes características y especificaciones:
a) Los paquetes alimenticios deben entregarse en sus correspondientes bolsas ecológicas, con los amarres e impresos o logotipos de la Gobernación de Cundinamarca.
b) Todos los productos entregados en los paquetes alimenticios deben ser tener la fecha de vencimiento mayor a seis (6) meses al momento de la entrega en el municipio, con excepción de los productos perecederos como las galletas de soya, leche y panela, que deberán tener una fecha de vencimiento NO más allá 2 meses.
c) Los paquetes alimenticios deberán ser transportados y entregados en los municipios, cabecera Municipal, en perfectas condiciones higiénico-sanitarias y de integridad del producto. En caso que los paquetes alimentarios presenten mal estado (empaques rotos, fechas de vencimiento menores a las pactadas en el punto anterior, mal aspecto del producto, etc.), la persona encargada de los programas nutricionales en cada municipio levantará un acta, con registros fotográficos, y solicitará el cambio del producto afectado al Contratista, quien lo deberá efectuar dentro de los cinco (5) días calendarios siguientes al requerimiento.
d) Establecer conjuntamente con los municipios y la Secretaría, el cronograma de entregas.
3. Realizar y entregar videos y fotografías que documenten las etapas de implementación del proyecto, entregas de los paquetes alimenticios, población atendida, y demás información pertinente.
4. El Contratista deberá comunicar al supervisor del contrato, las fechas de entregas de los paquetes en cada municipio y coordinar conjuntamente con la alcaldía las fechas y lugares de entrega a los beneficiarios del programa.
5. Presentar a la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, los informes mensuales con los soportes de las entregas.
6. Adelantar todas y cada una de las acciones planteadas en la propuesta presentada, que forma parte integral del contrato, de la cual se derivan los alcances, condiciones y supuestos específicos para la ejecución de las obligaciones subsiguientes.
7. Entregar a la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, una base de datos por municipio con el total de ítems contenidos diligenciados, ésta debe coincidir con los cupos asignados para cada municipio.
8. Cumplir con los requisitos establecidos en el contrato y las normas de calidad vigentes para cada producto a entregar, de acuerdo a las fichas técnicas contenidas en los estudios previos.
9. Informar oportunamente cualquier novedad presentada que afecte la óptima prestación del servicio, acatando y/o respondiendo las indicaciones o requerimientos que oficialmente realice el departamento.
10. Presentar a la Secretaria De Desarrollo e Inclusión Social el cronograma establecido para las entregas, el cual debe contener la siguiente información: Provincia, municipios, cupos por municipio y cupo total, días de cobertura, total de raciones a entregar. El cual deberá ser allegado al Supervisor para su respectiva aprobación al inicio del contrato.
11. Para avalar cada factura, el contratista deberá presentar un informe de las entregas de los bienes requeridos en este proceso a la fecha de dicha presentación de manera acumulativa, en medio físico y magnético.
12. Garantizar el transporte y la entrega de los paquetes alimentarios hasta las cabeceras municipales en condiciones adecuadas, controlando los riesgos de contaminación, proliferación de microorganismos, evitando la alteración del alimento o daños en el empaque, sometiéndose a las especificaciones establecidas y a lo estipulado en el Decreto 3075 de 1997 y demás normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen.
13. La imagen de los empaques primarios y secundarios de los productos que conforman los paquetes alimentarios debe ser conforme a las especificaciones definidas por la Gobernación de Cundinamarca- Secretaria de Desarrollo e Inclusión Social, las cuales serán suministradas por la misma.
14. Actas de entrega – recibo de paquetes: Enviar a la interventoría y/o Supervisión – dentro de los siete (7) días hábiles siguientes a la terminación de la entrega de los paquetes al municipio, las actas de recibo del producto, firmadas por el responsable del programa a nivel local.
15. El contratista sólo podrá realizar cambios en las entregas, fechas y cupos, previa autorización oficial por parte del supervisor del contrato.
16. Reponer los productos que representen alguna alteración, máximo en los cinco (5) días hábiles siguientes al reporte del hecho. En igual término se hará la reposición de los eventuales faltantes.
17. Los vehículos utilizados para el transporte de los paquetes deberán llevar la identificación de “transporte de alimentos” y contar con la correspondiente licencia y cumplir con los requerimientos legales establecidos para esta clase de transporte,
de igual forma los registros de los procesos de limpieza y desinfección realizados a los vehículos, cuando el interventor y/o supervisor lo requiera.
18. Las cajas y/o bolsas donde se transporta y almacena los productos de los paquetes alimentarios a nivel municipal, deben tener impresos los logos de la Gobernación de Cundinamarca, de acuerdo a lo establecido por el manual de identidad y visibilidad de la Gobernación – Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social.
19. Cumplir con los requisitos y exigencias contenidos en el ordenamiento jurídico vigente para los servicios de transporte y tránsito, especialmente aquellas contenidas en la Ley 105 de 1993, Ley 336 de 1993, Ley 769 de 2002, las especiales contenidas en el Decreto 173 de 2001 “Por el cual se reglamenta el servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Carga”, la Resolución 009 de 2009 expedida por el Concejo Nacional de Estupefacientes respecto al transporte de sustancias sometidas a control especial, y además actos legales y administrativos relacionados con la materia, así como aquellas que las modifiquen, complementen o sustituyan. Xxxxx exigencia aplicará tanto para el contratista, como para aquellos transportadores a los cuales se encomiende la entrega.
20. En ningún caso el contratista podrá suministrar información a terceros relativa a los programas PAQUETES ALIMENTARIOS, salvo por disposición legal.
21. Para el empaque y etiquetado el contratista deberá cumplir con lo establecido en la Resolución No. 333 del 10 de febrero de 2011, “Por la cual se establece el reglamento técnico sobre requisitos de rotulado o etiquetado nutricional que deben cumplir los alimentos envasados para consumo humano”, artículo 8, numeral 8.4.2, la veracidad de la declaración de la información nutricional en el rotulado, es responsabilidad del fabricante.
INFORMES
INFORMES MENSUALES GENERALES: EL CONTRATISTA presentara a la
Secretaria, un informe general de seguimiento de las entregas de los paquetes alimentarios en cada uno de los municipios, dentro de los 10 días hábiles de cada corte, con indicación de los paquetes entregados por municipio. A cada informe mensual general, se adjuntaran las actas de entrega y los archivos fotográficos.
INFORME FINAL: El CONTRATISTA presentará a la SECRETARIA DE
DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL dentro de los siguientes quince (15) días Hábiles a la fecha de terminación del presente contrato, un informe final consolidado y detallado que de cuentas de todas las actividades desarrolladas durante el desarrollo del contrato.
9.2. DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
LA SECRETARIA DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL, se compromete a
desembolsar al Contratista el valor del contrato en la forma pactada.
1. Exigir la ejecución idónea y oportuna del objeto pactado y velar por el cumplimento del mismo.
2. Prestar la debida colaboración al Contratista, suministrándole información sobre aspectos que requiera para el desarrollo de las actividades de modo que se le facilite el cumplimiento del objeto del contrato.
3. Atender los requerimientos efectuados oportunamente, de modo que no se afecte la ejecución normal del contrato.
4. Exigir al Contratista la ejecución y el cumplimiento de las actividades que se encuentren a su cargo y las demás a las cuales se vea obligado a ejecutar para cumplir con los fines y propósitos del presente contrato.
5. Realizar el seguimiento y acompañamiento al Contratista con el fin de que se desarrolle el proyecto en las condiciones pactadas.
6. Las demás que se deriven de la naturaleza del presente contrato de Suministro.
10. CESION DEL CONTRATO
Los contratos estatales no podrán cederse sino con autorización previa y escrita De la Entidad convocante, pudiendo este reservarse las razones que tenga para negar la autorización de la cesión. La cesión se hará de conformidad con lo previsto por nuestro ordenamiento positivo vigente sobre la materia.
11. INTERPRETACION, MODIFICACION Y TERMINACION UNILATERAL DEL CONTRATO
La Secretaría de Desarrollo Social e Inclusión Social, con el exclusivo objeto de evitar la paralización o la afectación grave de los servicios públicos a su cargo y asegurar su inmediata, continua y adecuada prestación, podrá interpretar los documentos contractuales y las estipulaciones en ellos convenidas, introducir modificaciones a lo contratado y, cuando las condiciones particulares de la prestación así lo exijan, terminar unilateralmente el contrato celebrado de conformidad con los Artículos 14, 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993.
En los eventos en que se ejerciten algunas de estas potestades excepcionales deberá procederse al reconocimiento y orden de pago de las compensaciones e indemnizaciones a que tengan derecho las personas objeto de tales medidas.
11.1. CADUCIDAD
Si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, LA ENTIDAD por medio de acto administrativo debidamente motivado lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre de conformidad con el artículo 18 de la Ley 80 de 1993.
11.2. CLAUSULAS ESPECIALES DE SANCIONES, MULTAS, PENAL PECUNIARIA.
A) MULTAS.- En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones legales y/o contractuales, la Entidad podrá imponer al CONTRATISTA, multas diarias sucesivas del 1 % del valor total del contrato no ejecutado, sin que estas sobrepasen el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, a partir del momento en que la entidad tenga conocimiento de la ocurrencia del hecho, de acuerdo con el informe presentado por el supervisor o quien este designe.
b) PENAL PECUNIARIA: Si llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA esta deberá pagar a título de Cláusula Penal Pecuniaria, el equivalente al Veinte por ciento 20% del valor del presente contrato, valor que EL CONTRATISTA autoriza cobrar directamente de los saldos que existan a su favor.
PARAGRAFO PRIMERO: El valor de las multas y cláusula penal serán descontadas directamente del saldo a favor del CONTRATISTA si lo hubiere, o de la garantía constituida, y si esto no fuere posible, se cobrará por jurisdicción coactiva y/o jurisdicción ordinaria, de lo anterior se informará a la Cámara de Comercio.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Tal decisión deberá estar precedida de audiencia del afectado y procede solo mientras se halle pendiente la ejecución de las obligaciones a cargo del contratista.
PARAGRAFO TERCERO: El pago de las sanciones a que se refiere esta cláusula podrá exigirse directamente por la Entidad si dicho pago no se hubiese efectuado durante el término de duración del contrato y se tendrá en cuenta al momento de su liquidación.
PARAGRAFO CUARTO: En todo caso se dará cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 17 de la ley 1150 de 2007.
11.3. GARANTIAS DEL CONTRATO
El proponente favorecido deberá aceptar y cumplir con todas las formalidades que rigen la Contratación Administrativa y el Pliego de Condiciones.
Para garantizar el cumplimiento general de las obligaciones derivadas del contrato, los oferentes deben comprometerse a constituir a su xxxxx dentro de los cinco (5) días siguientes a la firma del contrato y a favor de Entidad convocante, por conducto de una Compañía de Seguros o Banco Comercial legalmente establecidos en Colombia, una póliza de Garantía Única para asegurar el cumplimiento general de las obligaciones surgidas del mismo mediante la cual se ampare:
• Cumplimiento: en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato, con vigencia igual al término de ejecución y cuatro (4) meses más, para efectos de su liquidación.
• Calidad de los bienes: en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato, con vigencia igual al término de ejecución y un (1) año más, contado a partir del cumplimiento de los requisitos de ejecución.
El término de la Garantía Única correrá a partir de la fecha de vigencia xxx xxxxxx y estará sujeta a la aprobación de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social y no expirará por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral.
Si la compañía de seguros establece en las pólizas algún porcentaje como deducible y lo hace efectivo en caso de siniestro, el mismo será asumido por el CONTRATISTA.
11.4. IMPUESTOS O DERECHOS
El contratista deberá pagar por su cuenta todos los derechos, impuestos de todo orden y gastos legales en que incurra para la realización de las obligaciones contractuales,
para dar cumplimiento a las leyes, ordenanzas, acuerdos y demás disposiciones normativas aplicables que existan sobre el particular.
11.5. GASTOS DEL CONTRATO
Antes de que se inicie la ejecución del contrato, el contratista procederá a constituir la garantía única y el pago de los derechos y eventuales cargas impositivas que le sean exigibles de manera previa a la iniciación de la ejecución del contrato, requisito que se entiende cumplido con la presentación del comprobante de pago de tales obligaciones.
11.6. SUPERVISION DEL CONTRATO
La Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca ejercerá la supervisión de la presente contratación, a través del Gerente para Programas Especiales.
11.7. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS
DESCRIPCIÓN TÉCNICA: La Entidad exigirá que los bienes objeto de esta contratación cumplan con las condiciones, cantidades y especificaciones, de los anexos 3 y 4 de los Pliegos de Condiciones.
12. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDEN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO Y SU EJECUCIÓN:
Para efectos del presente capítulo se establecen las siguientes categorías de riesgo:
12.1. TIPIFICACIÓN DEL RIESGO: Es la enunciación que la Entidad hace de aquellos hechos previsibles constitutivos de riesgo que en su criterio pueden presentarse durante y con ocasión de la ejecución del Contrato.
12.2. RIESGO PREVISIBLE: Son los posibles hechos o circunstancias que por la naturaleza del Contrato y de la actividad a ejecutar es factible su ocurrencia, esta corresponde a la estimación y asignación de los riesgos previsibles, así como su tipificación.
12.3. RIESGO IMPREVISIBLE: Son aquellos hechos o circunstancias donde no es factible su previsión, es decir el acontecimiento de su ocurrencia, estos riesgos deberán estar considerados como costo del Contrato.
12.4. ASIGNACIÓN DEL RIESGO: Es el señalamiento que hace la Entidad de la parte contractual que deberá soportar total o parcialmente la ocurrencia de la circunstancia tipificada, asumiendo su costo.
12.5. ESTIMACIÓN DEL RIESGO: Es la valoración, en términos monetarios o porcentuales respecto del valor del Contrato, que hace la Entidad de ellos, de acuerdo con la tipificación que ha establecido.
Los riegos previsibles no considerados por la Entidad y que hayan sido aceptados como producto de la audiencia que para el efecto se realice, serán incluidos en el Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones.
Para efectos de este proceso de selección son riesgos previsibles:
SUCESO | TIFICACION | ASIGNACIÓN | ESTIMACION |
ETAPA PRECONTRATUAL | |||
La información inexacta y la falta de contestación del proponente a la solicitud de información formulada por la Entidad durante el proceso. | Ocurre en el evento en que a un oferente se le solicite subsanar documentación relacionada con su oferta. | Contratista | 100% |
La presentación de la oferta existiendo causales de inhabilidad o incompatibilidad en el oferente. | Ocurre en el evento en que la entidad al momento de verificar la documentación relacionada en la oferta, observa causal de inhabilidad o incompatibilidad por parte del oferente | Contratista | 100% |
ETAPA CONTRACTUAL | |||
La falta de suscripción del contrato por parte del proponente seleccionado. | Ocurre en el evento en que la entidad adjudica el contrato y el oferente seleccionado no realiza la suscripción y legalización del mismo dentro del tiempo estipulado | Contratista | 100% |
ETAPA POSCONTRACTUAL | |||
Cambios normativos y/o tributarios | Ocurre en el evento en que el contratista deba tributar nuevos impuestos que varíen las condiciones inicialmente establecidas en el contrato | Contratista | 100% |
Incumplimiento en el suministro | Ocurre en los eventos en que el contratista no cumpla parcial o totalmente con las entregas programadas. | Contratista | 100% |
CRONOGRAMA
PROCEDIMIENTO | DESCRIPCIÓN O FECHA |
Modalidad de Selección | Selección Abreviada por Subasta Inversa |
Entidad contratante | Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social |
Localización o Sitio de ejecución | Departamento de Cundinamarca |
Presupuesto Oficial | $3.835.831.726 |
Publicación de Aviso de Convocatoria | 20 xx Xxxxx de 2016 en el Portal |
Fecha de Publicación del proyecto xx Xxxxxx de Condiciones y Estudios previos | 20 xx Xxxxx de 2017 en el Portal Único de Xxxxxxxxxxxx |
Recepción de observaciones a los Pre pliegos | Desde la publicación del pre pliego hasta el 27 xx Xxxxx de 2017. |
Publicación de las observaciones y sugerencias al proyecto xx xxxxxx de condiciones y del documento que contiene las apreciaciones de la entidad sobre las observaciones presentadas. | 3 xx Xxxx de 2017 en el Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx |
Fecha de Publicación Acto de Apertura del proceso y xxx Xxxxxx de Condiciones definitivo | 3 xx Xxxx de 2017 en el Portal Único de Xxxxxxxxxxxx |
Plazo máximo para presentar solicitudes de aclaración al pliego de condiciones definitivo | 8 xx Xxxx de 2017 |
Respuestas a observaciones al pliego de condiciones definitivo | 10 xx Xxxx de 2017 |
Plazo para expedir adendas y aclaraciones | 00 xx xxxx xx 0000 |
Xxxxx máximo para la presentación de propuestas en la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social. | El día 15 xx xxxx de 2017 a las 2:00 P.M. en la Xxxxx 00 Xx. 00 – 53, Torre Central, Cuarto piso, Oficina jurídica de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social. |
Publicación Informe preliminar de verificación de requisitos habilitantes | 18 xx Xxxx de 2017 |
Término concedido a los proponentes no habilitados para que subsanen la ausencia de requisitos o falta de documentos habilitantes, so pena de rechazo definitivo de las propuestas y presenten sus observaciones. (Decreto 1082 de 2015). | Hasta el 23 xx xxxx de 2017 |
Publicación Evaluación integral de propuestas y respuestas a las observaciones presentadas al informe preliminar | 25 xx Xxxx de 2017 |
Publicación de la lista de habilitados para asistir a la subasta | 25 xx Xxxx de 2017 |
Realización de la subasta inversa presencial, recomendación del Comité y adjudicación | 26 xx Xxxx de 2017 a las 10:00A.M. a través de la plataforma electrónica habilitada para tal fin. |
Legalización del contrato | Dentro de los 3 días siguientes a la Audiencia de Subasta y la adjudicación en la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social. |
Aprobación de los requisitos de ejecución | Dentro de los 3 días siguientes a la suscripción del contrato en la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social. |
ANEXO 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Fecha,
Señores
GOBRERNACIÓN DE CUNDINAMARCA-SECRETARÍA DE DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
ATT. XX. XXXX XXXXXX XXXXXXXX
Secretario de Desarrollo e Inclusión Social (E) E.S.D.
REFERENCIA: Proceso de selección abreviada por subasta inversa No. SDIS-SA-001- 2017
El suscrito, , domiciliado en , identificado con la cédula de ciudadanía número de actuando en calidad de representante legal de , en atención pública formulada por ustedes para participar en el concurso objeto de la referencia, por medio del presente escrito someto su consideración la propuesta para participar.
De igual manera declaro:
♦ Que conozco el Pliego de Condiciones de la presente invitación, todos los requerimientos en ellos establecidos y todos los documentos relacionados en los mismos, los cuales acepto en todas y cada una de sus partes.
♦ Que en caso de resultar favorecido con la adjudicación de la presente convocatoria, me comprometo a suscribir el respectivo contrato.
♦ Que no existe respecto al proponente, incapacidad alguna o causal de inhabilidad o incompatibilidad que de acuerdo con las normas vigentes pudiera impedir o viciar la representación de mi propuesta o de la firma del contrato que pudiera resultar de la eventual adjudicación.
♦ Que ninguna persona natural o jurídica diferente al proponente tiene intereses en esta oferta que ahora presento, ni el contrato que como consecuencia de evaluación o eventual adjudicación pudiera llegar a celebrarse y en consecuencia sólo compete y obliga al firmante.
♦ Que cualquier defecto, error u omisión que pudiera haberse presentado en la elaboración de la propuesta que sometemos a consideración de la Entidad, o en el contenido de la misma, por causa imputable el proponente o por simple interpretación errónea de los términos o condiciones establecidas en cualquiera de los documentos xxx Xxxxxx de Condiciones, son de nuestro exclusivo riesgo y responsabilidad; en relación con las cuales tuvimos oportunidad de solicitar las aclaraciones del caso.
♦ Que en caso de resultar favorecidos con la adjudicación nos obligamos a iniciar dentro del término fijado en el contrato, una vez perfeccionado el mismo, a suscribir el acta de iniciación del mismo.
♦ Que en caso de resultar favorecidos con la adjudicación nos obligamos a adelantar el servicio contraído a los precios unitarios establecidos en la propuesta, sin que tales precios sufran modificación alguna por cambios en las cantidades ordenados por el La Entidad.
♦ Que en caso de resultar favorecido con la adjudicación nos obligamos a aceptar la Interventoría y asesoría técnica y administrativa contratada por el La Entidad.
♦ Que la oferta que ahora sometemos a la consideración la Entidad tiene una validez de treinta (30) días calendarios contados a partir de la fecha de cierre de la presente contratación.
♦ Que nos comprometemos a realizar el objeto de la presente contratación, en la suma de .
♦ Que nos comprometemos a ejecutar el contrato a satisfacción del La Entidad, en un plazo de , contados a partir de la firma del acta de iniciación.
♦ Que el pago será .
♦ Para todos los efectos informamos al La Entidad que la dirección a la cual nos pueden enviar correspondencia relacionada con la siguiente contratación, es la siguiente:
EL OFERENTE
Nombre Nit ó C.C. No. de Matricula No.
Dirección Teléfonos, fax. Ciudad
FIRMA
ANEXO 2 – COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
El (los) suscrito(s) a saber: (Nombre del proponente o representantes legal de la entidad proponente) identificado con la cédula de
ciudadanía No. expedida en ,
quien obra en calidad representante legal o a nombre propio, quien en adelante se denominará EL PROPONENTE, quien manifiesta si voluntad de asumir de manera unilateral, el presente compromiso dentro xxx xxxxxx de condiciones teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
Que el Secretario de Desarrollo Social en cabeza de su representante legal, Ordenador del gasto y ejecución presupuestal, adelantará un proceso de contratación para la celebración de un Contrato estatal que tiene por objeto: SUMINISTRO DE PAQUETES ALIMENTARIOS PARA LA EJECUCION DEL SUB PROGRAMA FAMILIAS BIEN NUTRIDAS, A TRAVÉS DE ACCIONES QUE POSIBILITEN LA ASISTENCIA A LA POBLACIÓN VULNERABLE DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
1. Que es interés y expresa voluntades proponente de apoyar la acción de la Secretaría de Desarrollo Social, para fortalecer la transparencia en las modalidades de selección, mediante el cual se escoge al contratista, y la responsabilidad de rendir cuentas;
2. Que es voluntad del proponente participar en el presente proceso de contratación precitado, y me encuentro dispuesto a suministrar la información propia que resulte necesaria para aportar transparencia y eficacia al proceso contractual, y en tal sentido suscribir el presente Compromiso unilateral de Anticorrupción, que se regirá por las siguientes cláusulas:
El proponente, mediante Suscripción del presente documento, estará asumiendo los siguientes compromisos:
A) El proponente no ofrecerá dinero, dádiva, forma u otra utilidad al servidor público o realizará promesa remuneratoria, directa o indirectamente para ejecutar, retardar u omitir actuación alguna dentro de este proceso de contratación o para que ejecuten uno contrario.
B) El proponente se compromete de manera clara y precisa a impartir instrucciones a todos sus empleados, dependientes, amanuenses, agentes y asesores, o cualquier otro representante suyo exigiendo el cumplimiento en todo momento del ordenamiento legal colombiano y en particular, de aquellas que rigen el presente proceso contractual.
C) El proponente se compromete a no permitir que nadie, bien se empleado de su compañía o empresa independiente, o asesor o consultor lo hagan a su nombre.
D) El proponente se compromete a imponer a sus dependientes o representantes, la obligación de:
♦ No ofrecer pagos, o halagos a los servidores públicos de la Entidad durante el desarrollo del contrato que se suscriba si llegase a ser favorecida su propuesta.
♦ No ofrecer cualquier muestra a los Servidores públicos que pueda influir en la adjudicación de la propuesta, bien sea directa o indirectamente.
E) El proponente se compromete formalmente, a no realizar acuerdos, conductas o actos que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso contractual.
Me permito suscribir el presente documento en mi calidad de proponente a los
días del mes de del año 2016.
NOMBRE: C.C.
ANEXO 3 – FICHA TÉCNICA
De conformidad con el Decreto Reglamentario 1082 de 2015, El detalle y descripción del objeto, sus características y condiciones técnicas se presentarán siempre en documento separable xxx xxxxxx de condiciones, como anexo técnico, el cual será público, salvo expresa reserva.
OBJETO: SUMINISTRO DE PAQUETES ALIMENTARIOS PARA LA EJECUCION DEL SUB PROGRAMA FAMILIAS BIEN NUTRIDAS, A TRAVÉS DE ACCIONES QUE POSIBILITEN LA ASISTENCIA A LA POBLACIÓN VULNERABLE DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA.
2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES ESENCIALES, Y LA IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR.
• Ficha para la Adquisición De Bienes o Servicios de características técnicas uniformes | ||||||
Denominac ión del Bien o Servicio a Adquirir | Clasificación del Bien o Servicio | Identificación adicional requerida | Unida d de Medid a | Calidad Mínima | ||
Grano de cereal | 50221101 | Arroz Blanco: producto descascarado, fortificado de color blanco, limpio de impurezas para consumo de tipo 1. | Gramos | Debe cumplir con la NTC 671, cumplir con el decreto 3075 de 1997, resolución 2674 de 2013, y demás concordantes y reglamentarias, modificatorias y vigentes. | ||
Chocolate o sustituto de chocolate | 50161511 | Chocolate xx xxxx con azúcar: Masa o pasta de licor de cacao preparado por el molido del cacao fermentado y tostado, desprovisto de sus cubiertas y gérmenes, pastillas de color marrón, duro y fácil de disolver. | Xxxxxx | Xxxx cumplir con la NTC 793, decreto 3075 de 1997, resolución 2674 de 2013 y demás concordantes y reglamentarias, modificatorias y vigentes. | ||
Granos | 50221001 | Arveja verde seca: Arveja verde seca o amarilla para consumo tipo 1, Limpia, libre de impurezas y materiales extraños. | Gramos | Debe cumplir con la NTC 791, Cumplir con el Decreto 3075 de 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | ||
Fríjoles negros | 50421806 | Frijol Radical: Fríjol grande para consumo tipo 1, Color rojo con manchas de color rosado, limpio, libre de impurezas y materiales extraños. | Gramos | Debe cumplir con NTC 871, con el Decreto 3075 de 1997, con la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | ||
Lenteja verde seca | 50424503 | Lenteja: para el consumo tipo 1, de color verde o marrón. Limpia, libre | Gramos | Debe cumplir con NTC 937, el Decreto 3075 de |
de impurezas y materiales extraños. | 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | |||||
Xxx xx xxxx | 50171551 | Sal refinada yodada - fluorizada alta pureza: Grano blanco enriquecido con yodo, Sabor, aroma y olor característico del producto, debe tener color uniforme, no debe tener grumos, ni materiales o contaminantes extraños | Gramos | Debe cumplir con la NTC 1254, con el decreto 547 de 1996, el Decreto 3075 de 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | ||
Aceites vegetales o de plantas comestibles | 50151513 | Aceite: extraído de semillas, libre de rancidez, de materiales extraños, de sustancias empleadas en su extracción y Refinación, color y olor característico. | C.C. | Debe cumplir con NTC 264, el Decreto 3075 de 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | ||
Azúcares naturales o productos endulzantes | 50161509 | Azúcar Blanca: Producto natural cristalizado constituido esencialmente por sacarosa, obtenido por la purificación, decoloración, y recristalización, Color blanco, olor característico, exenta de sabores y olores extraños y de insectos. | Gramos | Debe cumplir con la NTC 778- 5ta. Actualización, con el Decreto 3075 de 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | ||
Dentro del clasificador de bienes y servicios de Colombia compra eficiente no existe código para este producto. | Sardinas En Tomate: Producto preparado con sardinas y envasadas en medio líquido de cobertura salsa de tomate, en recipientes herméticamente cerrados y sometidos a tratamiento térmico que garanticen la esterilidad comercial del producto, latas en buen estado sin abolladuras u oxidación, con fecha de vencimiento vigente, con registro sanitario de INVIMA, Color, sabor y aroma característico. | Cumplir con la Resolución 337 de 2006 del Ministerio de la Protección Social, con el Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud, con el Decreto 3075 de 1997, con la Resolución 2674 de 2013 y demás Normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes, debe contar con Certificado de calidad o HACCP de producto. | ||||
Leche en polvo | 50131704 | Leche en polvo Entera: Leche en polvo entera, obtenida por eliminación de agua de constitución de la leche higienizada, adicionada con vitaminas, sabor: dulce cremoso, olor: lácteo característico Color: blanco amarillento, homogéneo característico del producto, textura: polvo ultra fino, sin partículas extrañas. | Gramos | Cumplir con el Decreto 616 de 2006 Cumplir con el Decreto 3075 de 1997, con la NTC 1036: Leche en Polvo | ||
Pasta sencilla o fideos | 50192901 | Pastas Fortificadas Para Consumo Humano: Spaguetti, Conchitas, Macarrones Y Fideos: Producto elaborado mediante el secado apropiado de las diferentes figuras formadas a partir de una masa sin fermentar elaborada con derivados xxx xxxxx y | Gramos | Cumplir con NTC 1055, NTC 267 y NTC 420, el Decreto 3075 de 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes |
agua, color amarillo, consistencia: Dura, olor propio del producto. | ||||||
Avena | 50221101 | Avena En Hojuelas: Producto sometido a limpieza, pre cocido y laminado, obtenido de los granos xx xxxxx sin cáscara, de cualquier variedad de la especie de A. Sativa L y A. Bizantina L, debe ser elaborada a partir de granos xx xxxxx sin cáscara, sanos, limpios, libres de signos de infestación y, o contaminación por vectores, las hojuelas deben presentar un color crema, ligeramente caoba característica y un sabor y aroma características. | Gramos | Cumplir con NTC 2159, el Decreto 3075 de 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | ||
Almidón o Harina comestible | 50221303 | Harina Xx Xxxxx Fortificada: Producto elaborado con granos xx xxxxx común, Triticum aestivum l., o trigo ramificado, Triticum compactum Host., o combinaciones de ellos por medio de procedimientos de trituración o molienda en los que se separa parte del salvado y del germen, y el resto se muele hasta darle un grado adecuado de finura, Exenta de sabores y olores extraños, debe ser inocua y apropiada para el consumo humano. | Gramos | Debe cumplir con NTC 267 - 4ta actualización, el Decreto 3075 de 1997, la Resolución 2674 de 2013 y demás normas concordantes, complementarias, modificatorias y vigentes. | ||
Galletas de dulce | 50181905 | Paquete de 120 gramos, que contiene 4 galletas de soya de 30 grs. cada una, elaboradas a base de harina de soya. | Unidad | |||
ANEXO 4 – FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA
OBJETO: SUMINISTRO DE PAQUETES ALIMENTARIOS PARA LA EJECUCION DEL SUB PROGRAMA FAMILIAS BIEN NUTRIDAS, A TRAVÉS DE ACCIONES QUE POSIBILITEN LA ASISTENCIA A LA POBLACIÓN VULNERABLE DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA.
PRESUPUESTO PAQUETE ALIMENTARIO | ||||
PROGRAMA: FAMILIAS BIEN NUTRIDAS | ||||
PRODUCTO | CANTIDAD | UNIDAD DE MEDIDA | VALOR UNITARIO | VALOR TOTAL INCLUIDO IMPUESTOS |
Arroz blanco tipo 1, grado 1 empacado en bolsa de polietileno. | 2 | 500 g | ||
Chocolate sin aditivos, con azúcar, en barra, en bolsa de papel parafinado. | 1 | 500 g | ||
Arveja seca, empacada en bolsa de polietileno. | 1 | 500 g | ||
Lenteja tipo 1, grado 1 empacada en bolsa de polietileno. | 1 | 500 g | ||
Frijol tipo 1, grado 1 empacado en bolsa de polietileno. | 1 | 500 g | ||
Sal enriquecida con yodo en bolsa de polietileno. | 1 | 500 g | ||
Aceite de girasol, soya o maíz. | 1 | 500 cc | ||
Azúcar refinada, granulada en bolsa de polietileno. | 1 | 500 g | ||
Sardinas sin cabeza, en salsa de tomate en lata. | 1 | 425 g | ||
Bolsa de leche en polvo entera no deslactosada. | 1 | 380 g | ||
Pasta para seco, tipo espagueti, en bolsa de polietileno. | 1 | 500 g | ||
Pasta para sopa, tipo concha empacada en bolsa de polietileno. | 1 | 500 g | ||
Avena pre-cocida en hojuelas empacado en polietileno. | 1 | 500 g | ||
Harina xx xxxxx resultante de la molienda xxx xxxxx empacado de polietileno. | 1 | 500 g | ||
Paquete de galletas de soya elaboradas por plantas de soya definidas por SDS | 1 | 125 g | ||
Empaque Ecologico | 1 | Unidad | ||
Transporte | 1 | Unidad | ||
T O T A L | - |
CANTIDAD DE PAQUETES | VALOR UNITARIO | VALOR TOTAL OFERTA INCLUIDO IMPUESTOS |
(EN DOCUMENTO ADJUNTO)
VALOR TOTAL DE LA OFERTA: Hasta por la suma de $ m/cte
Nombre y Firma proponente c.c.
ANEXO 5 – FORMATO INFORMACIÓN FINANCIERA
RESUMEN DE CAPACIDAD FINACIERA | |
NOMBRE DEL PROPONENTE: | |
NIT | |
ACTIVO CORRIENTE (AC): | |
PASIVO CORRIENTE (PC): | |
ACTIVO TOTAL (AT): | |
PASIVO TOTAL (PT): | |
PRESUPUESTO OFICIAL (PO): | |
PLAZO DE EJECUCIÓN EN MESES: | |
DESARROLLO DE INDICES FINANCIEROS | |
CAPITAL DE TRABAJO: | CT= |
LIQUIDEZ: | LIQ= |
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO: | NE= |
INGRESOS OPERACIONALES: | IO= |
NOTA: SI SE TRATA DE PROPONENTE PLURAL ADICIONAR LAS COLUMNAS NECESARIAS
Firma – C.C.
Nombre Proponente - Representante Legal
ANEXO 6 - FORMATO- UNIÓN TEMPORAL
En la ciudad de
a los
días del mes de del
año , entre quienes suscriben este documento, de una parte
, sociedad (escribir el nombre completo, incluyendo el tipo de Sociedad y en su defecto indicar si se trata de persona natural) legalmente constituida y con domicilio principal en la ciudad de , representada legalmente por mayor de edad, domiciliado en , identificado con cédula de ciudadanía
número , expedida en , en su condición de
,y representante legal de la misma, por una parte, y por la otra
, sociedad de responsabilidad (escribir el nombre completo, incluyendo el tipo de Sociedad y en su defecto indicar si se trata de persona natural), legalmente constituida y con domicilio principal en , representada legalmente por , mayor, domiciliado en identificado con la cédula de ciudadanía número , expedida en , quien obra en su calidad de Gerente y representante legal de la misma. Han decidido conformar una UNIÓN TEMPORAL, la cual se denominará y se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA.- OBJETO Y ALCANCE: El objeto de la UNIÓN TEMPORAL consiste en la presentación conjunta a la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca, de una propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución del contrato (transcribir el objeto de la contratación
. Contratación No. . La UNIÓN TEMPORAL se compromete en caso de adjudicación a la realización a cabalidad de los trabajos objeto del contrato dentro de las normas exigidas por la Entidad y en general al cumplimiento de las obligaciones que se deriven de su ejecución. Las partes se encargarán de elaborar la Propuesta Técnica y Económica, suministrarán el mutuo apoyo técnico, logístico y administrativo que se requiera para dicha presentación. SEGUNDA. NOMBRE Y DOMICILIO.- La UNIÓN TEMPORAL se denominará
, y su domicilio será la ciudad de , con dirección en , oficina, , FAX , Teléfono . TERCERA: TÉRMINOS Y EXTENSIÓN DE LA
PARTICIPACIÓN DE ACUERDO CON LA LEY.- La participación de cada una de las partes que conforman el cien por ciento (100%), de la UNIÓN TEMPORAL no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca y serán distribuidas de la siguiente forma:
INTEGRANTES % LABOR A DESARROLLAR EN LA PROPUESTA INTEGRANTES % LABOR A DESARROLLAR EN LA PROPUESTA
CUARTA: OBLIGACIONES Y SANCIONES. Los miembros de la UNIÓN TEMPORAL
responderán solidariamente en cada uno de los compromisos que esta celebre con la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca. Las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la Unión Temporal, (numeral 2, del artículo 7º de la Ley 80 de 1993). QUINTA: DURACIÓN. - La duración de la UNIÓN TEMPORAL en caso de salir favorecida con la– adjudicación será igual al tiempo comprendido entre el cierre de la convocatoria, la liquidación del contrato y un (1) año más. En todo caso la UNIÓN TEMPORAL durará todo el término necesario para atender las garantías prestadas. SEXTA: CESIÓN.- Debe tenerse en cuenta que no podrá haber cesión de la participación de los integrantes del consorcio o unión temporal entre ellos. Cuando se trate de cesión a un tercero se requerirá aprobación escrita de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca. En caso de aceptarse la cesión por parte de la Entidad convocante, el cesionario deberá tener las mismas o mejores calidades que el cedente. SÉPTIMA: REPRESENTANTE LEGAL DE LA UNIÓN TEMPORAL.- La Unión Temporal designa como Representante Legal de ésta, al señor(a) domiciliado en
, identificada(o) con la cédula de ciudadanía número de , el cual está facultado para contratar,
comprometer, negociar, y representar a la Unión temporal, igualmente se nombra como suplente del Representante Legal al señor(a) , domiciliado en , con cédula de ciudadanía número
de . Para constancia y aprobación, el
presente documento se firma en la ciudad de
a los
días del mes de
de 200 , por quienes intervinieron. OCTAVA: CLÁUSULAS OPCIONALES: El documento podrá contener las cláusulas opcionales que los asociados consideren pertinentes, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en la Ley 80/93, Ley 1150/2007 y Decreto reglamentario 1082 de 2015.
Nombre CC
Representante Legal NIT:
Dirección:
Teléfono:
Nombre CC
Representante Legal NIT:
Dirección:
Teléfono: Acepto
Nombre CC
Representante Legal NIT:
Dirección: Teléfono: Acepto
Nombre CC
Representante Legal NIT:
Dirección: Teléfono:
ANEXO 7. FORMATO- DOCUMENTO CONSORCIAL
Entre los suscritos a saber: , mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No, expedida en , Quien obra en nombre y representación legal de (Escribir el nombre completo incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar que se trata de una persona natural.),legalmente constituida, con domicilio principal en , con NIT No , y debidamente facultado por la Junta de Socios, y mayor de edad, vecino de
▪ esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No , expedida en quien obra en nombre y representación legal de (Escribir el nombre completo incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar que se trata de una persona natural.) , legalmente constituida, con domicilio principal en , con NIT No , y debidamente facultado por los estatutos sociales., , mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No , expedida en, quien obra en su propio nombre y
representación legal de (Escribir el nombre completo
incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar que se trata de una persona natural.),legalmente constituida, con domicilio principal en , con NIT No , y debidamente facultado por los estatutos sociales, manifestamos que mediante el presente documento hemos acordado integrar un CONSORCIO cuya integración, conformación y reglamentación se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETO El objeto del presente documento es la integración de un CONSORCIO
entre, y , con el propósito de
complementar las capacidades técnicas, operativas, administrativas y financieras de las partes que constituyen el presente CONSORCIO, para la presentación de la propuesta, adjudicación, celebración y ejecución del contrato, dentro de la convocatoria No. , abierta por La Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca, cuyo objeto es: SUMINISTRO DE PAQUETES ALIMENTARIOS PARA LA EJECUCION DEL SUB PROGRAMA FAMILIAS BIEN NUTRIDAS, A TRAVÉS DE ACCIONES QUE POSIBILITEN LA ASISTENCIA A LA POBLACIÓN VULNERABLE DEL DEPARTAMENTO DE
CUNDINAMARCA. Nuestra responsabilidad será solidaria, mancomunada e ilimitada en todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato. En consecuencia las actuaciones hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectaran a todos los miembros que lo conforman. SEGUNDA: DENOMINACIÓN: El presente CONSORCIO se denominará
. TERCERA: DOMICILIO: El domicilio del CONSORCIO será: (dirección, teléfono y/o No. de fax) de la ciudad de . CUARTA: REPRESENTANTE DEL CONSORCIO: Se designa como Representante del
presente CONSORCIO al Señor identificado con
cédula de ciudadanía No , expedida en , cargo este que se entiende aceptado con la firma del presente documento y quien está autorizado para contratar, comprometer, negociar y representar al CONSORCIO. Igualmente se nombra como Suplente del Representante del CONSORCIO al Señor . identificado con cédula de ciudadanía No
. QUINTA: DURACIÓN.- La duración del presente CONSORCIO en caso de salir favorecido con la adjudicación será igual al tiempo comprendido entre el cierre de la convocatoria, la liquidación del contrato y un (1) año más. En todo caso EL CONSORCIO durará todo el término necesario para atender las garantías prestadas. SEXTA: PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN. Los miembros del consorcio tienen la siguiente participación:
% %
% SEPTIMA: CESIÓN.- Debe tenerse en cuenta que no podrá haber cesión de la participación de los integrantes del consorcio o unión temporal entre ellos. Cuando se trate de cesión a un tercero se requerirá aprobación escrita de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca. En caso de aceptarse la cesión por parte de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca, el cesionario deberá tener las mismas o mejores calidades que el cedente. OCTAVA: Debe tenerse en cuenta que no podrá haber cesión de la participación de los integrantes del consorcio, unión temporal entre ellos. Cuando se trate de cesión a un tercero se requerirá aprobación escrita de la Entidad convocante. En caso de aceptarse la cesión por parte de la Secretaría de Desarrollo Social, el cesionario deberá tener las mismas o mejores calidades que el cedente. El documento podrá contener las demás CLÁUSULAS OPCIONALES: que los asociados consideren pertinentes, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en la ley 80/93 o incluyan limitaciones o exclusiones de los Consorciados frente a la Entidad convocante. Aspectos Financieros Arbitramento Reglas básicas que regulan las relaciones entre los integrantes del CONSORCIO. Etc.
En constancia de lo anterior, se firma por quienes intervinieron en el presente documento a los días del mes del año .
ACEPTO: C.C:
Representante Legal de
o persona natural del Consorcio NIT:
Dirección Tel: y fax
ACEPTO: C.C:
Representante Legal de
o persona natural del Consorcio NIT:
Dirección
ANEXO 8. FORMATO – DECLARACIÓN JURAMENTADA SOBRE PAGOS | |||
PARAFISCALES |
(Ciudad), (fecha)
Señores
GOBERNACIÓN DE CUNDINAMARCA
ATT. Xx. XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX
Secretario de Desarrollo Social de Cundinamarca E.S.D.
REFERENCIA: Proceso de selección abreviada por subasta inversa No. SDIS-SA-001- 2017
♦ Si es persona natural:
Xx, (nombres y apellidos completos), identificado con la cédula de ciudadanía No. de , declaró bajo gravedad de juramento, que, he venido pagando los aportes a salud, pensión, ARP, Caja de Compensación, ICBF y Sena y que a la fecha me encuentro x xxx y salvo por todo concepto.
En constancia, se firma en , a los días del mes de
2017.
(Firma)
El OFERENTE
Nombre del Representante legal:
C. C. No.:
♦ Sí es Persona Jurídica:
Yo, nombres y apellidos del contador ó revisor fiscal, identificado con cédula de ciudadanía No. (numero), de (ciudad) y T.P. No. (número), que, la empresa (nombre), ha venido pagando los aportes a salud, pensión, ARP, Caja de Compensación, ICBF y Sena y que a la fecha se encuentra x xxx y salvo por todo concepto.
En constancia, se firma en , a los días del mes de
de 2017.
(Firma)
(Contador ó Revisor Fiscal) Nombre del Representante legal:
C. C. No.: X.X.Xx.:
ANEXO Nº 9 - EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
O RI GE N | CONTRAT O | CONTR ATANT E (Razón social) | FORM A DE EJEC UCIÓ N | % PARTIC IPACIÓ N | FECHA DE INICIAC IÓN | FECHA DE TERMIN ACIÓN | PLA ZO POR EJE CUT AR | AÑ X | XXXX R TOTA L DEL CONT RATO INCLU YEND O ADICI ONAL ES | VALO T TOTA L FACT URAD O EJEC UTAD O Y RECIB IDO A SATIS FACCI ÓN POR EL SUPE RVIS OR | VALOR BASICO POR EJECUT AR | |||
NUM ERO | OBJ ETO | |||||||||||||
M ES | AÑ O | M ES | AÑ O | MES ES | EN SMML V | EN SMML V | EN SMMLV | |||||||
NOMBRE DEL INTEGRANTE: FIRMA:
FECHA :
MINUTA DEL CONTRATO
/* SE LES RECUERDA A LOS PROPONENTES QUE EL PRESENTE ANEXO ES SIMPLEMENTE UNA MINUTA DEL POSIBLE CONTRATO Y QUE POR LO MISMO ESTA PODRA SUFRIR ALGUN TIPO DE MODIFICACION*/
CONTRATO DE SUMINISTRO No.
CONTRATANTE: | SECRETARÍA DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL DE CUNDINAMARCA |
CONTRATISTA: | |
OBJETO: | SUMINISTRO DE PAQUETES ALIMENTARIOS PARA LA EJECUCION DEL SUB PROGRAMA FAMILIAS BIEN NUTRIDAS, A TRAVÉS DE ACCIONES QUE POSIBILITEN LA ASISTENCIA A LA POBLACIÓN VULNERABLE DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA. |
VALOR: | $ |
PLAZO: |
Entre los suscritos a saber: XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía número de xxxxx, Cundinamarca y obrando en su calidad de Secretario de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca, debidamente facultado de conformidad con el artículo 314 de la Constitución Política Nacional; y en ejercicio de la facultad conferida por el Artículo 11 Literal B numeral 3° de la Ley 80/93 y la Ley 1150 de 2007 y su Decreto Reglamentario 1082 de 2015, quien para los efectos del presente contrato se denominará LA ENTIDAD por una parte y por la otra
, identificado con cédula de ciudadanía número
, y quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos celebrado el presente CONTRATO DE SUMINISTRO, el cual además de lo dispuesto por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y sus normas complementarias, se regirá por las siguientes estipulaciones: CLÁUSULA PRIMERA.— OBJETO: SUMINISTRO DE PAQUETES ALIMENTARIOS PARA LA EJECUCION DEL SUB PROGRAMA FAMILIAS BIEN NUTRIDAS, A TRAVÉS DE ACCIONES QUE POSIBILITEN LA ASISTENCIA A LA POBLACIÓN VULNERABLE DEL DEPARTAMENTO DE
CUNDINAMARCA, de acuerdo a las cantidades, especificaciones y autorizaciones por parte del supervisor del contrato y a los precios unitarios detallados en la propuesta aprobada la cual hace parte integral del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD: 1. Exigir la ejecución idónea y oportuna del objeto pactado y velar por el cumplimento del mismo, 2. Prestar la debida colaboración al Contratista, suministrándole información sobre aspectos que requiera para el desarrollo de las actividades de modo que se le facilite el cumplimiento del objeto del contrato, 3. Atender los requerimientos efectuados oportunamente, de modo que no se afecte la ejecución normal del contrato. 4. Exigir al Contratista la ejecución y el cumplimiento de las actividades que se encuentren a su cargo y las demás a las cuales se vea obligado a ejecutar para cumplir con los fines y propósitos del presente contrato. 5. Realizar el seguimiento y acompañamiento al Contratista con el fin de que se desarrolle el proyecto en las condiciones pactadas. 6. Las demás que se deriven de la naturaleza del presente contrato de Suministro.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 1. Suscribir las actas, junto con la persona delegada por la Secretaría para el propósito fundamental de cumplir las funciones de supervisión del contrato, 2.Cumplir cabalmente el objeto y las obligaciones del contrato, bajo las condiciones técnicas y tiempos señalados en el mismo y de más documentos que lo integran 3. Disponer para la ejecución del contrato del personal calificado, debidamente capacitado y colaborar con la Secretaría para garantizar tal fin. 4. Velar por el debido cumplimiento y calidad de los bienes y/o servicios contratados y responder por ellos, de conformidad con las disposiciones consagradas en la Ley 80 de 1993 (Artículo 5°-Numeral 4°), independientemente de
las garantías ofrecidas.5.Cumplir con las condiciones técnicas, económicas y comerciales presentadas en la propuesta 6. Reportar de manera inmediata al supervisor del contrato, cualquier novedad o anomalía que se presente.7. Atender y acoger con la debida diligencia y oportunidad, las solicitudes o requerimientos recomendaciones y/o sugerencias realizadas por la persona delegada por la Secretaría para cumplir las funciones de supervisión del contrato.8. Salvaguardar la información confidencial que obtenga o conozca en el desarrollo de sus actividades, salvo requerimiento expreso de autoridad competente el cual deberá ser informado al supervisor del contrato.9. Cumplir estrictamente los términos pactados en el contrato.10. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley, con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho, debiendo informar inmediatamente a la Secretaría a través de la persona responsable del control de la ejecución del contrato, acerca de la ocurrencia de tales peticiones o amenazas y a las demás autoridades competentes, para que se adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios.11. Realizar por su cuenta el pago oportuno de los salarios, subsidios, prestaciones sociales, afiliaciones y cancelación de aportes al Sistema General de Seguridad Social (salud, pensiones y riesgos profesionales) a que hubiere lugar, de todos los empleados, en especial del personal destinado para el cumplimiento del objeto del contrato, de acuerdo con el Régimen Laboral Colombiano, debiendo presentar en su oportunidad la respectiva certificación de cumplimiento, expedida por el Revisor Fiscal 12. Responder ante terceros por los daños que se ocasionen y que provengan de causas que le sean imputables. 13. Adelantar las demás actividades necesarias para garantizar un total y adecuado cumplimiento de sus obligaciones aunque no estén específicamente señaladas y que sean de la naturaleza del contrato.14. Defender en todas sus actuaciones los intereses de la Secretaría y obrar con lealtad y buena fe en la ejecución del contrato.15. Entregar información veraz y verificable para los fines relacionados con las normas referentes al control y prevención de riesgos xx xxxxxx de activos y de la financiación del terrorismo contenidas en la circular externa 018 del 2013 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia y las demás que en el futuro la adicionen o modifiquen.16. Las demás que se requieran para la correcta ejecución del contrato. Obligaciones Específicas del contratista: 1. Suministrar 20.406 paquetes alimentarios en cuatro entregas de acuerdo a la distribución entregada por el supervisor del contrato. 2. Incluir en el paquete de alimentario, los productos que se encuentran relacionados en la ficha "COMPOSICION DE LOS PAQUETES ALIMENTARIOS", cumpliendo con las características especificadas en los estudios previos, los cuales deberán cumplir con las siguientes características y especificaciones: Los paquetes alimenticios deben entregarse en sus correspondientes bolsas ecológicas, con los amarres e impresos o logotipos de la Gobernación de Cundinamarca. Todos los productos entregados en los paquetes alimenticios deben ser tener la fecha de vencimiento mayor a seis (6) meses al momento de la entrega en el municipio, con excepción de los productos perecederos como las galletas de soya, leche y panela, que deberán tener una fecha de vencimiento NO más allá 2 meses. Los paquetes alimenticios deberán ser transportados y entregados en los municipios, Cabecera Municipal, en perfectas condiciones higiénico-sanitarias y de integridad del producto. En caso que los paquetes alimentarios presenten mal estado (empaques rotos, fechas de vencimiento menores a las pactadas en el punto anterior, mal aspecto del producto, etc.), la persona encargada de los programas nutricionales en cada municipio levantará un acta, con registros fotográficos, y solicitará el cambio del producto afectado al Contratista, quien lo deberá efectuar dentro de los cinco (5) días calendarios siguientes al requerimiento. Establecer conjuntamente con los municipios y la Secretaría, el cronograma de entregas.3. Realizar y entregar videos y fotografías que documenten las etapas de implementación del proyecto, entregas de los
paquetes alimenticios, población atendida, y demás información pertinente.4. El Contratista deberá comunicar al supervisor del contrato, las fechas de entregas de los paquetes en cada municipio y coordinar conjuntamente con la alcaldía las fechas y lugares de entrega a los beneficiarios del programa. 5. Presentar a la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, los informes mensuales con los soportes de las entregas. 6. Adelantar todas y cada una de las acciones planteadas en la propuesta presentada, que forma parte integral del contrato, de la cual se derivan los alcances, condiciones y supuestos específicos para la ejecución de las obligaciones subsiguientes. 7. Entregar a la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, una base de datos por municipio con el total de ítems contenidos diligenciados, ésta debe coincidir con los cupos asignados para cada municipio. 8. Cumplir con los requisitos establecidos en el contrato y las normas de calidad vigentes para cada producto a entregar, de acuerdo a las fichas técnicas contenidas en los estudios previos. 9. Informar oportunamente cualquier novedad presentada que afecte la óptima prestación del servicio, acatando y/o respondiendo las indicaciones o requerimientos que oficialmente realice el departamento.10. Presentar a la Secretaria De Desarrollo e Inclusión Social el cronograma establecido para las entregas, el cual debe contener la siguiente información: Provincia, municipios, cupos por municipio y cupo total, días de cobertura, total de raciones a entregar. El cual deberá ser allegado al Supervisor para su respectiva aprobación al inicio del contrato.11. Para avalar cada factura, el contratista deberá presentar un informe de las entregas de los bienes requeridos en este proceso a la fecha de dicha presentación de manera acumulativa, en medio físico y magnético.12. Garantizar el transporte y la entrega de los paquetes alimentarios hasta las cabeceras municipales en condiciones adecuadas, controlando los riesgos de contaminación, proliferación de microorganismos, evitando la alteración del alimento o daños en el empaque, sometiéndose a las especificaciones establecidas y a lo estipulado en el Decreto 3075 de 1997 y demás normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen. 13. La imagen de los empaques primarios y secundarios de los productos que conforman los paquetes alimentarios debe ser conforme a las especificaciones definidas por la Gobernación de Cundinamarca- Secretaria de Desarrollo e Inclusión Social, las cuales serán suministradas por la misma. 14. Actas de entrega – recibo de paquetes: Enviar a la interventoría y/o Supervisión – dentro de los siete (7) días hábiles siguientes a la terminación de la entrega de los paquetes al municipio, las actas de recibo del producto, firmadas por el responsable del programa a nivel local. 15. El contratista sólo podrá realizar cambios en las entregas, fechas y cupos, previa autorización oficial por parte del supervisor del contrato.16. Reponer los productos que representen alguna alteración, máximo en los cinco (5) días hábiles siguientes al reporte del hecho. En igual término se hará la reposición de los eventuales faltantes.17. Los vehículos utilizados para el transporte de los paquetes deberán llevar la identificación de “transporte de alimentos” y contar con la correspondiente licencia y cumplir con los requerimientos legales establecidos para esta clase de transporte, de igual forma los registros de los procesos de limpieza y desinfección realizados a los vehículos, cuando el interventor y/o supervisor lo requiera.18. Las cajas y/o bolsas donde se transporta y almacena los productos de los paquetes alimentarios a nivel municipal, deben tener impresos los logos de la Gobernación de Cundinamarca, de acuerdo a lo establecido por el manual de identidad y visibilidad de la Gobernación – Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social. 19. Cumplir con los requisitos y exigencias contenidos en el ordenamiento jurídico vigente para los servicios de transporte y tránsito, especialmente aquellas contenidas en la Ley 105 de 1993, Ley 336 de 1993, Ley 769 de 2002, las especiales contenidas en el Decreto 173 de 2001 “Por el cual se reglamenta el servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Carga”, la Resolución 009 de 2009 expedida por el Concejo Nacional de Estupefacientes respecto al transporte de sustancias sometidas a control
especial, y además actos legales y administrativos relacionados con la materia, así como aquellas que las modifiquen, complementen o sustituyan. Xxxxx exigencia aplicará tanto para el contratista, como para aquellos transportadores a los cuales se encomiende la entrega. 20. En ningún caso el contratista podrá suministrar información a terceros relativa a los programas PAQUETES ALIMENTARIOS, salvo por disposición legal.21. Para el empaque y etiquetado el contratista deberá cumplir con lo establecido en la Resolución No. 333 del 10 de febrero de 2011, “Por la cual se establece el reglamento técnico sobre requisitos de rotulado o etiquetado nutricional que deben cumplir los alimentos envasados para consumo humano”, artículo 8, numeral 8.4.2, la veracidad de la declaración de la información nutricional en el rotulado, es responsabilidad del fabricante. INFORMES: INFORMES MENSUALES GENERALES: EL CONTRATISTA presentara a la Secretaria, un informe general de seguimiento de las entregas de los paquetes alimentarios en cada uno de los municipios, dentro de los 10 días hábiles de cada corte, con indicación de los paquetes entregados por municipio. A cada informe mensual general, se adjuntarán las actas de entrega y los archivos fotográficos. INFORME FINAL: El CONTRATISTA presentará a la SECRETARIA DE DESARROLLO E
INCLUSIÓN SOCIAL dentro de los siguientes quince (15) días Hábiles a la fecha de terminación del presente contrato, un informe final consolidado y detallado que de cuentas de todas las actividades desarrolladas durante el desarrollo del contrato.CLAUSULA TERCERA: SITIO DE ENTREGA DE LOS BIENES: El suministro de los elementos será en los distintos municipios beneficiarios del programa, de acuerdo con el cronograma oficial de entrega de cada uno de los programas. CLÁUSULA CUARTA: DERECHOS, OBLIGACIONES Y DEBERES DE LA ENTIDAD: 1) Garantizar la apropiación de los recursos económicos para la ejecución del contrato. 2) Realizar el seguimiento o supervisión del cumplimiento del objeto a contratar. 3) Cancelar el valor del contrato previa certificación de recibo a satisfacción por parte de del supervisor. 4) Las demás establecidas en los artículos 4° y 5° respectivamente de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA QUINTA. DERECHOS Y DEBERES DEL CONTRATISTA. Serán los establecidos en el artículo 5º de la Ley 80 de 1993. CLAUSULA SEXTA. VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El
valor total del presente contrato asciende a la suma de: de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX M/CTE. La Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Cundinamarca pagará el valor del contrato mediante actas parciales de entrega, de acuerdo al avance efectivo en la entrega de los productos contratados, previa facturación correspondiente y certificación a entera satisfacción suscrita por el supervisor del contrato, designado por la Secretaría de Desarrollo Social. Por lo tanto, todos los documentos de pago deberán ser avalados por el Supervisor designado. Lo anterior se respalda con cargo a los siguientes certificados de disponibilidad presupuestal: Certificado de Disponibilidad de Disponibilidad Presupuestal N° 7000084158 por un valor de $3.835.831.726, con cargo a la meta 207, Rubro 1126/1- 0100/GR:4:2-01-04-207/A.14.13.2 – Concepto Precontractual Favorable N° 001170 de fecha Abril 06 de 2017. PARAGRAFO: El último pago que no será inferior al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, estará sujeto a la firma del acta de liquidación por las partes. Todos los documentos de pago deberán ser avalados por el supervisor designado o contratado por el La Entidad. La orden de pago deberá acompañarse de una copia de los recibos de pago del mes anterior donde se pueda verificar el cumplimiento de las obligaciones con el sistema general de seguridad social (sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar), respecto a sus trabajadores de acuerdo a nuestro ordenamiento positivo vigente; prórroga de la Garantía Única cuando a ello haya lugar y acta de liquidación debidamente aprobada por la entidad. CLÁUSULA SEPTIMA: PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. - El plazo de ejecución será de seis (6) meses a partir de la fecha de cumplimiento de requisitos legales para su ejecución. PARAGRAFO PRIMERO: LA VIGENCIA DEL CONTRATO será igual al plazo de ejecución y cuatro (4) meses más, y comenzará a contarse a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato y el
cumplimiento de los requisitos de ejecución, esto es, con la firma de las partes, aprobación de las garantías correspondientes, suscripción del acta de inicio y la expedición del correspondiente registro presupuestal; y cubrirá el término previsto para el cumplimiento de los requisitos de ejecución, el plazo de ejecución y el termino previsto para su liquidación. Dentro de este término, la Secretaría de Desarrollo Social, puede verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, la calidad de los bienes y servicios entregados, asimismo efectuar la liquidación del contrato, si a ello hubiere lugar, y en general, iniciar las acciones que considere procedentes en contra del contratista incumplido. CLÁUSULA OCTAVA. RELACION LABORAL. El presente contrato no genera relación laboral entre la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social y EL CONTRATISTA ni con quien éste emplee para el cumplimiento del objeto del mismo y en consecuencia tampoco el pago de prestaciones sociales y de ningún tipo de emolumentos distintos al valor acordado en la cláusula sexta del mismo. CLÁUSULA NOVENA. SUJECION DE LOS PAGOS A LA APROPIACION PRESUPUESTAL: La Entidad Pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo al artículo del presupuesto del año fiscal de 2016, para lo cual cuenta con la disponibilidad presupuestal . CLÁUSULA DÉCIMA. GARANTÍAS: EL CONTRATISTA se obliga a constituir a favor de EL LA ENTIDAD, la garantía única de cumplimiento otorgada a través de una compañía de seguros o entidad bancaria cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Financiera que ampare los siguientes riesgos 1. Cumplimiento: en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato, con vigencia igual al mismo y cuatro (4) meses más, contados a partir de su perfeccionamiento. 2. Calidad de los bienes a suministrar: en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato, con vigencia igual al mismo y Un (1) año más, contados a partir de su perfeccionamiento. 3. PAGO DE OBLIGACIONES SALARIALES E INDEMNIZACIONES CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.
SUPERVISIÓN: La Supervisión del presente contrato será ejercida por EL LA ENTIDAD a través del subdirector para la Superación de la Pobreza de la Secretaría de Desarrollo Social, quien deberá controlar su correcta ejecución y cumplimiento. CLÁUSULA DECIMA SEGUNDA. CLAUSULAS ESPECIALES DE SANCIONES, MULTAS, PENAL
PECUNIARIA. A) MULTAS. - En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones legales y/o contractuales, el LA ENTIDAD, podrá imponer a EL CONTRATISTA, multas diarias sucesivas del 1 % del valor total del contrato no ejecutado, sin que estas sobrepasen el Veinte por ciento (20%) del valor total del contrato contadas a partir del momento en que la entidad tenga conocimiento de la ocurrencia del hecho, de acuerdo con el informe presentado por el Supervisor o quien este designe. b) PENAL PECUNIARIA: Si llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA esta deberá pagar a título de Cláusula Penal Pecuniaria, el equivalente al Veinte por ciento 20% del valor del presente contrato, valor que EL CONTRATISTA autoriza cobrar directamente de los saldos que existan a su favor. PARAGRAFO PRIMERO: El valor de las multas y cláusula penal serán descontadas directamente del saldo a favor del CONTRATISTA si los hubiere, o de la garantía constituida, y si esto no fuere posible se cobrará por jurisdicción coactiva y/o jurisdicción ordinaria, de lo anterior se informará a la Cámara de Comercio. PARÁGRAFO SEGUNDO: Tal decisión deberá estar precedida de audiencia del afectado y procede solo mientras se halle pendiente la ejecución de las obligaciones a cargo del contratista. PARAGRAFO TERCERO: El pago de las sanciones a que se refiere esta cláusula podrá exigirse directamente por el La Entidad si dicho pago no se hubiese efectuado durante el término de duración del contrato y se tendrá en cuenta al momento de su liquidación. DÉCIMA PRIMERA: CADUCIDAD: EL LA ENTIDAD previo requerimiento por escrito al CONTRATISTA, declarará la caducidad del presente contrato, cuando se presente incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA que afecten de manera grave y directa su ejecución y amenace con su paralización. Igualmente la declarará cuando EL CONTRATISTA incumpla la obligación prevista en el numeral 5º del Artículo 4º de la Ley 80 de 1993. PARÁGRAFO: La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento. DECIMA SEGUNDA: SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO: Se podrá de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del contrato, mediante un acta en donde conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de suspensión. PARÁGRAFO: EL CONTRATISTA prorrogará la vigencia de la garantía única de cumplimiento por el tiempo que dure la suspensión. DECIMA TERCERA: CESIÓN: EL CONTRATISTA sólo podrá
ceder al presente contrato previa autorización escrita de EL LA ENTIDAD. DECIMA CUARTA: SUBCONTRATACIÓN: El CONTRATISTA solo podrá subcontratar aquello que no implique la ejecución de la totalidad del objeto del presente contrato, con autorización previa y escrita De la Entidad contratante. En el texto de los subcontratos autorizados se dejará constancia que se entienden celebrados dentro y sin perjuicio de los términos de éste contrato y bajo la exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA. LA ENTIDAD podrá ordenar la terminación del subcontrato en cualquier tiempo, sin que el subcontratista tenga derecho a reclamar indemnización de perjuicios ni a instaurar acciones contra LA ENTIDAD por ésta causa, cuando medie el informe de la Administración o subcontrato por parte del subcontratista. DECIMA QUINTA. - INTERPRETACIÓN, MODIFICACION Y TERMINACION
UNILATERALES: Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del contrato que hicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación unilaterales de ése, se dará aplicación a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993 y demás normas aplicables y vigentes. DECIMA SEXTA. - LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se liquidará de común acuerdo entre las partes al cumplimiento de su objeto, dentro de los cuatro (4) meses siguientes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 60 de la Ley 80 de 1993 (Artículo modificado parcialmente por el Art. 11 de la ley 1150 de 2007). En esta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse x xxx y salvo. Para la liquidación se exigirá al CONTRATISTA la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato para avaluar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extensión del mismo. PARAGRAFO: Los contratistas tendrán derecho a efectuar salvedades a la liquidación por mutuo acuerdo y en este evento la liquidación unilateral solo procederá en relación con los aspectos que no hayan sido objeto de acuerdo de conformidad con la ley 1150 de 2007. DECIMA SEPTIMA. - GASTOS: Los gastos por el concepto de impuestos y retenciones y demás gastos de análoga naturaleza que surjan del contrato estarán a cargo del CONTRATISTA. DECIMA OCTAVA. - INDEMNIDAD: Será obligación del contratista, mantener A LA Gobernación de Cundinamarca-Secretaría de Desarrollo Social, indemne de cualquier reclamación proveniente de terceros que tengan como causa las actuaciones del contratista, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto 931 de 2009, así como por las disposiciones que lo subroguen o modifiquen. DECIMA NOVENA. - LIQUIDACIÓN UNILATERAL. Si el CONTRATISTA no se presenta a
la liquidación o las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, será practicada directa y unilateralmente por LA ENTIDAD y se adoptará por acto administrativo motivado. VIGESIMA. TERMINACIÓN BILATERAL ANTICIPADA: Las partes de común acuerdo manifiestan que si el CONTRATISTA no presenta los requisitos para la ejecución del contrato en el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de suscripción de éste, se terminará, pudiendo LA ENTIDAD adjudicar y suscribir el contrato con el proponente que siga en el orden de elegibilidad. VIGÉSIMA PRIMERA: REGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL: Durante la ejecución del contrato, el contratista deberá efectuar y acreditar ante LA ENTIDAD el pago de las obligaciones frente al régimen de seguridad social integral y parafiscales cuando a ello hubiere lugar, en los términos de nuestro ordenamiento positivo vigente sobre la materia. VIGÉSIMA SEGUNDA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte del presente contrato todos los documentos de selección del contratista, la propuesta y los que se produzcan durante la ejecución del contrato. VIGÉSIMA TERCERA: PERFECCIONAMIENTO: El presente contrato se considera perfeccionado por el hecho de su suscripción. Para su ejecución se requiere: 1) La disponibilidad y registro presupuestal correspondiente. 2) La aprobación de la garantía pactada. 3) Suscripción de la correspondiente acta de inicio. Para constancia se firma a los
Por la Secretaría de Desarrollo Social EL CONTRATISTA
XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX
Secretario (E) de Desarrollo e Inclusión Social C.C.