PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO
Ley 9/2017 Ley de Contratos del Sector Público
PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO
Artículo 159. Procedimiento abierto simplificado. Condiciones:
Obras que su valor estimado igual o inferior a 2.000000 de euros
Suministros y servicios que su valor estimado sea igual o inferior a 100.000 euros
Los criterios de adjudicación evaluables mediante juicio de valor no superen el 25 % del total
o Contratos de carácter intelectual no superior al 45 % del total
Anuncio de licitación únicamente en el Perfil de contratante. Toda la documentación disponible por medios electrónicos desde el día de la publicación del anuncio.
Plazo de presentación de proposiciones no podrá ser inferior a 15 días naturales a contar desde el siguiente a su publicación. En los contratos de obras será como mínimo de 20 días naturales.
Los licitadores deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en la fecha final de presentación de ofertas (D.T. 3ª a partir del 9 de septiembre)
Las proposiciones deberán presentarse necesaria y únicamente en el Registro.
Declaración responsable del firmante respecto de ostentar la representación de la sociedad que presenta la oferta.
La oferta se presentará en un único sobre si no se contemplan criterios mediante juicio de valor. En caso contrario, la oferta se presentará en dos sobres.
La apertura de los sobres conteniendo la proposición se hará por la mesa de contratación. En todo caso, será público el acto de apertura de los sobres que contengan la parte de la oferta evaluable a través de criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas establecidas en los pliegos.
En los supuestos en que en el procedimiento se contemplen criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, la valoración de las proposiciones se hará por los servicios técnicos del órgano de contratación en un plazo no superior a 7 días naturales, debiendo ser suscritas por el técnico o técnicos que realicen la valoración.
En todo caso, la valoración deberá estar efectuada con anterioridad al acto público de apertura del sobre que contenga la oferta evaluable a través de criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas. En dicho acto público se procederá a la lectura del resultado de aquella.
La mesa procederá a:
Previa exclusión, en su caso, evaluar y clasificar las ofertas.
Comprobar en el Registro Oficial de Licitadores que la empresa está legalmente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar.
Requerir a la empresa que ha obtenido la mejor puntuación mediante comunicación electrónica para que constituya la garantía definitiva; y todo ello en el plazo de 7 días hábiles a contar desde el envío de la comunicación.
En el supuesto de que el empresario tenga que presentar cualquier otra documentación que no esté inscrita en el Registro de Licitadores, la misma se tendrá que aportar en el plazo de 7 días hábiles establecido para presentar la garantía definitiva.
Presentada la garantía definitiva en un plazo no superior a 5 días naturales, se procederá a adjudicar el contrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario, procediéndose, una vez adjudicado el mismo, a su formalización.
En lo no previsto en este artículo se observarán las normas generales aplicables al procedimiento abierto.