Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE A Y M CLEAN S.A. DE C.V. REPRESENTADA POR EL LIC. XXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA PRESTADORA”, Y POR LA OTRA PARTE EL COLEGIO DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL CLIENTE” REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL M. EN C. XXXXX XXXXXX XXXXXX EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I.- Declara “LA PRESTADORA”:
A)Ser una persona moral mexicana , que el Lic. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx se encuentra facultado para suscribir el presente contrato, lo cual acredita con copia de la escritura pública relativa al poder general para pleitos y cobranzas, poder general para actos de administración, poder general para cambiarlo, poder general para actos de administración en materia laboral y poder especial para presentar denuncias o querellas, con número dieciocho mil ochocientos trece, pasado ante la fe del Licenciado Xxxxxxx X. Xxxxxxxx, Notario Público Número Noventa en ejercicio en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, firmada a los cuatro días del mes xx xxxxx del año 2014.
B)Que tiene la capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones legales, técnicas y económicas necesarias para obligarse a la ejecución del servicio objeto de este contrato y que dentro de sus actividades se encuentra la de prestar servicios de limpieza; cuenta con personal con experiencia técnica necesaria, así como con materiales y equipos propios para la prestación del servicio.
B)Que su domicilio se encuentra ubicado en la xxxxx xx Xxxxxx xx. 830, Oficina 2, Colonia Arboledas de Tequisquiapan, Código Postal 78230 en la Ciudad de San Xxxx Potosí, S.L.P.; con número telefónico (000) 000-00-00.
C)Que cuenta con la capacidad, infraestructura, servicios y recursos necesarios para dar cabal cumplimiento a las obligaciones contenidas en el presente contrato.
D)Que dentro de sus actividades se encuentra la proporcionar el servicio de limpieza en la industria, comercio, escuelas, particulares entre otros.
E)Que está inscrito en el registro federal de contribuyentes con número MCL971203FX7.
II.- DECLARA “EL CLIENTE”:
A) Que es un Organismo Público Descentralizado del Estado de San Xxxx Potosí, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado por Decreto del Ejecutivo Estatal publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 9 de enero de 1999, capaz de obligarse en los términos y condiciones del presente convenio, por conducto de su Director General.
B) Que el M.D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Representante Legal del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de San Xxxx Potosí, tiene poder amplio y facultades suficientes para celebrar el presente convenio, mismas que hasta la fecha no le han sido revocadas, modificadas y/o limitadas, como se acredita con el instrumento número
veintiséis mil trescientos veinte, del tomo quinientos treinta y cuatro de fecha 18 de febrero del año 2019, pasado ante la fe pública xxx Xxxxxxx Público adscrito a la Notaría 26 de esta ciudad Licenciado Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, acto precedido por el acuerdo E01.01.2019.01.09 del día 09 de enero de 2019 causado por reunión extraordinaria de la Junta Directiva; asimismo, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, en su calidad de Director General, cuenta con las facultades y atribuciones para suscribir el presente instrumento en términos de los artículos 10 y 11 fracción I del Decreto de Creación publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Xxxx Potosí el 9 de enero del año 1999, así como el artículo 9° fracciones I, V, XV y XVII del Reglamento Interior del Colegio, publicado en el mismo órgano de difusión oficial el 15 xx xxxx del año 2003.
C)Que es su voluntad contratar los servicios de limpieza de un elemento en las oficinas de la Dirección General, dos elementos en el Plantel San Xxxx Potosí y de tres elementos en el Plantel Xxxxx xx Xxxxx,
D)Que su domicilio en Xxxxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, X.X. 78250 y Registro Federal de Contribuyentes: CEP-990109-335.
E) Que, en tanto los servicios objeto del presente instrumento no encuentran directamente relacionados con bienes muebles, de conformidad con los artículos 3° fracción III y 4° párrafo primero de la Ley de Adquisiciones del Estado, dicho ordenamiento no es aplicable, por lo que es procedente su celebración directa, sin procedo de adjudicación alguno, con la persona moral cocontratante.
F) El Origen de los recursos para este contrato proviene de los Ingresos Propios del Colegio.
Expuesto lo anterior, las partes se sujetan al contenido de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- LA PRESTADORA se obliga a proporcionar a EL CLIENTE los servicios que se indican a continuación servicio limpieza en las instalaciones de la Dirección General, en el Plantel San Xxxx Potosí y en el Plantel Xxxxx xx Xxxxx.
SEGUNDA.- LA PRESTADORA se obliga a proporcionar los citados servicios con un elemento en las oficinas de la Dirección General, con dos elementos en el Plantel San Xxxx Potosí y con tres elementos en el Plantel Xxxxx xx Xxxxx de lunes a viernes.
TERCERA.- El personal a que se refiere la cláusula anterior tendrá estrictamente prohibido realizar labores que no estén directamente relacionadas con los servicios pactados en la cláusula primera.
CUARTA.- Las funciones a realizar por el personal de limpieza se desarrollaran exclusivamente en el interior de las instalaciones de EL CLIENTE , de acuerdo al programa de trabajo que les asigne en cada centro de trabajo mencionado en la cláusula primera.
QUINTA.- LA PRESTADORA al llevar a cabo su actividad deberá apegarse a las disposiciones legales vigentes.
SEXTA.- En la prestación del servicio se debe realizar el xxxxxx xx xxxxxx y muebles de oficinas, así como el lavado de ventanas.
SÉPTIMA.- LA PRESTADORA se obliga a proporcionar a EL CLIENTE, el personal idóneo para desempeñar el servicio limpieza materia del presente contrato.
OCTAVA.- LA PRESTADORA está convencida de la importancia que tiene capacitar al personal que llevara a cabo los trabajos, por lo que se compromete a capacitarlo de conformidad con EL CLIENTE y llevar a cabo supervisiones del servicio .
NOVENA.- La limpieza se desarrollará principalmente en las oficinas, talleres y laboratorios, salones, salas audiovisuales, estacionamientos, áreas comunes, regado de plantas pasillos de acuerdo a las necesidades del Colegio.
DÉCIMA.- EL CLIENTE se obliga a pagar a LA PRESTADORA por cada uno de los servicios descritos en la cláusula primera, la cantidad de $7,725.60 (Siete mil setecientos veinticinco pesos 60/100 M.N.) incluido el impuesto para la Dirección General, $15,451.20 (Quince mil cuatrocientos cincuenta y un pesos 20/100 M.N.) para el Plantel San Xxxx Potosí y de
$23,176.80 (Veintitrés mil ciento setenta y seis pesos 80/100 M.N.) para el Plantel Xxxxx xx XxxxxXxxx Potosí por cada servicio de manera mensual, dentro de los primeros cinco días hábiles de anticipación al vencimiento de cada mes, expidiendo LA PRESTADORA con anticipación la factura correspondiente.
DÉCIMA PRIMERA.- La cantidad expresada en la cláusula anterior comprende el pago xxx xxxxxxx del personal, prestaciones legales, uniforme y equipo necesario para la prestación del servicio.
DÉCIMA SEGUNDA.- LA PRESTADORA cumplirá a satisfacción de EL CLIENTE con todas las obligaciones fiscales en tiempo y oportunidad, así como haber inscrito en el IMSS e INFONAVIT a todo el personal a asignarse.
DÉCIMA TERCERA.- Las cuotas señaladas en la cláusula décima, serán actualizadas automáticamente en el porcentaje que varíe el salario mínimo en la zona económica en donde se proporcione el servicio, o cuando por cualquier otro motivo se decrete o autorice una variación salarial a nivel general, o cuando en una revisión anual lo acuerden las partes de este contrato.
DÉCIMA CUARTA.- En caso de que EL CLIENTE manifieste su inconformidad por escrito con el incremento mencionado en la cláusula anterior, el presente contrato se dará por terminado, sin que exista responsabilidad para ninguna de las partes.
DÉCIMA QUINTA.- El personal destinado a la prestación del servicio depende exclusivamente de LA PRESTADORA y bajo ningún concepto podrá ser considerado como empleado o trabajador de EL CLIENTE; por lo cual LA PRESTADORA libera desde este momento a EL CLIENTE de cualquier responsabilidad de carácter laboral.
DÉCIMA SEXTA.- EL CLIENTE se obliga a proporcionar un lugar específico a las personas que presten el servicio privado de limpieza, para que guarden sus pertenencias personales e indispensables, sin que por ello se constituya en depositario.
DÉCIMA SÉPTIMA.- EL CLIENTE proporcionará a LA PRESTADORA las facilidades para que lleve a cabo supervisiones en cada una de las unidades contratadas, que le permitan cumplir con mayor eficiencia su servicio.
DÉCIMA OCTAVA.- Es competencia exclusiva de LA PRESTADORA la de aplicar correctivos y sanciones a sus elementos por sus actos u omisiones durante el desempeño de su actividad, por lo tanto EL CLIENTE se obliga a abstenerse de sancionar a los elementos asignados y deberá comunicar inmediatamente a LA PRESTADORA por escrito de cualquier deficiencia en el servicio.
DÉCIMA NOVENA.- Por la naturaleza del servicio que presta el personal asignado y según las necesidades de LA PRESTADORA esta podrá remover libremente a los elementos del servicio de limpieza sin que por ello se entienda la suspensión del servicio, ni la disminución del número de elementos originalmente contratados.
VIGÉSIMA.- Ambas partes convienen que para la terminación del presente contrato se deberá notificar por escrito con quince días naturales de anticipación sin ninguna penalización para ambas partes.
VIGÉSIMA PRIMERA.- El presente contrato tendrá una vigencia del 1°xx xxxx al 31 de diciembre de 2019.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- La Procuraduría Federal del consumidor es competente en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del presente contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes en San Xxxx Potosí, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles, por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón.
Leído que fue por las partes el contenido del presente contrato y sabedoras de su alcance legal, lo firman por duplicado en la Ciudad de San Xxxx Potosí, S.L.P.; a los dos días del mes xx xxxx del año 2019.
“EL CLIENTE” M. en D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Director General | “LA PRESTADORA” Lic. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Representante Legal A Y M CLEAN S.A. DE C.V. |