ANUNCIO
ANUNCIO
Por Resolución xxx Xxxxxxx el día 1/04/16, aprobó el pliego de condiciones que ha de regir el Procedimiento Abierto de la cesión mediante arrendamiento del bien patrimonial BAR PISCINAS MUNICIPALES, calificado como bien patrimonial, sito en la X/ Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx xxxxxx 00 , xx xxxx Municipio, para su uso como local destinado a Bar.
El citado pliego de condiciones se somete a información pública por plazo de ocho días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Tablón de Anuncios, para que puedan formularse alegaciones o reclamaciones.
Simultáneamente, se anuncia la convocatoria de Concurso mediante Procedimiento Abierto, con arreglo a las condiciones que más abajo se mencionan, si bien la licitación se aplazará en el caso de que se presenten reclamaciones contra el pliego de condiciones:
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO PARA ADJUDICAR, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, EL ARRENDAMIENTO DE BAR PISCINAS MUNICIPALES EN SOTOSERRANO (SALAMANCA)
Artículo 1º.- OBJETO DEL CONCURSO.-
Es objeto de este contrato la cesión mediante arrendamiento del Bar Piscinas Municipales, sito en Carretera Xxxxx nº 21 de este municipio.
Artículo 2º.- NATURALEZA DEL CONTRATO.-
El contrato objeto de licitación es el de cesión en arrendamiento del inmueble y dependencias antes descritas. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego en lo relativo a sus prescripciones técnicas particulares y al resto de documentación contractual referida a lo largo del mismo.
Los servicios jurídicos municipales o servicios jurídicos externos que se contraten al efecto confeccionaran el oportuno contrato de arrendamiento que recogerá las condiciones contenidas en el presente Pliego.
Artículo 3º.- TIPO DE LICITACION.-
Se señala como tipo de licitación y que servirá de base a la fijación de la renta la cantidad de 800,00 €más IVA, correspondientes a los meses de Julio y Agosto.
Esta renta corresponde a dos meses y se abonará en los cinco primeros días del mes de Julio.
Artículo 4º.- REVISION DE PRECIOS.
Vencida cada anualidad, el departamento de contratación del Ayuntamiento notificará al adjudicatario el incremento de la renta de acuerdo Al Incremento de Índices al Consumo (I.P.C.) de vivienda, acompañándose a dicha notificación certificación emitida por el I.N.E.
DERECHOS Y OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES
Artículo 5º.- ABONO DEL PRECIO.-
El Ayuntamiento de Sotoserrano tiene derecho con arreglo al precio final de adjudicación, al abono de la renta en los cinco primeros días del mes de Julio, más los impuestos que legalmente graven la referida renta.
Los pagos se efectuarán en el número de cuenta que el Ayuntamiento designe al
efecto.
Artículo 6º.- ABONO DE GASTOS, HONORARIOS E IMPUESTOS.-
El adjudicatario está obligado a satisfacer todos los gastos de preparación y formalización del contrato, anuncios en boletines oficiales, y todo género de tributos que graven el contrato, incluido el I.V.A.
Los gastos de publicidad del contrato a que se refiere Ley Contratos del Sector Público.
Será de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos.
a) Renta anual incrementada con el I.P.C. correspondiente más el IVA.
b) FACTURA DE LA LUZ MESES DE Julio y Agosto según el contador “bar piscinas” nº 35254, referencia de contrato 478743191..
c) Dos mensualidades de acuerdo a la Tasa que esté en vigor de recogida de basuras y suministro de agua potable.
La Tasa de agua se abonará de acuerdo a lo que marque el contador de agua, y si éste no existiese, se pagará el mínimo.
PLAZOS DEL CONTRATO
Artículo 7º.- PLAZO DEL CONTRATRO DE ARRENDAMIENTO.-
El contrato de arrendamiento dará comienzo en Julio de 2.016.
El plazo del arrendamiento será de cinco temporadas, desde 01/07/2016 hasta 31/08/2020 incluida.
Llegado el vencimiento del plazo del contrato sin que ninguna de las partes denuncie su finalización, el mismo se prorrogará automáticamente por anualidades, entendiendo ésta por la campaña de apertura de las piscinas municipales (meses de Julio y Agosto).
El contrato puede resolverse por acuerdo de ambas partes, antes de la fecha de finalización del arrendamiento, debiendo de comunicarse en este caso con tres meses de antelación al comienzo de la temporada siguiente, 30 xx xxxxx del año correspondiente.
EJECUCION DEL CONTRATO
Artículo 8º.- CESION DEL CONTRATO.-
Los derechos y deberes derivados del arrendamiento no podrán ser cedidos.
Artículo 9º.- SUBARRIENDO DEL CONTRATO
Los derechos y deberes derivados del arrendamiento no podrán ser subarrendados a terceras personas, tanto físicas como jurídicas.
Artículo 10.- MEJORAS DEL INMUEBLE.-
El adjudicatario del presente concurso podrá hacer las mejoras que considere necesarias, respetando el actual inmueble, introducir aquellas mejores que estimen oportunas, siempre que sean autorizadas previamente por este Ayuntamiento.
Todas las mejoras que se realicen en el inmueble objeto de arrendamiento, una vez finalizado el contrato de arrendamiento, pasarán a propiedad municipal.
El arrendatario no podrá cambiar la finalidad comercial del arrendamiento, sólo se puede desarrollar la actividad de establecimiento dedicado a “BAR”, y estará obligado a conservar el local en un perfecto estado, efectuando por su cuenta las reparaciones necesarias, subsanando todas las averías producidas por los usuarios y habrá de devolverlo en el mismo estado en que ha sido encontrado, en el momento de finalizar el contrato y con los mismos bienes que se entregan, salvo los deterioros que se produzcan por un normal uso de las cosas por el transcurso del tiempo.
PROCEDIMIENTO DE SELECCION
Artículo 11.- ORGANO DE CONTRATACION.-
El Órgano de contratación será el Alcalde del Ayuntamiento de Sotoserrano (Salamanca).
Artículo 12º.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.-
Están capacitados para contratar, las personas físicas ó jurídicas, españolas ó extranjeras, que tengan capacidad de obrar y no estén afectados por ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 20 como prohibitivas para contratar.
Requisitos para contratar:
El licitador debe de cumplir los siguientes requisitos:
Estar empadronado en el municipio de Sotoserrano con dos años de antigüedad a la fecha de publicación del presente anuncio.
Darse de Alta en la Seguridad Social y Agencia Tributaria.
Artículo 13º.- PRESENTACION DE PROPOSICIONES.-
1) Las proposiciones se presentarán directamente en el Ayuntamiento de Sotoserrano, de las 9 a las 14 horas, en el plazo de TRECE DÍAS NATURALES, DESDE LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE ANUNCIO, HASTA EL DÍA 00 XX XXXXX XX XX 0000.
2) Los interesados podrán examinar los documentos que integran el expediente en el Departamento antes señalado.
3) También podrán presentarse proposiciones por correo, conforme a lo establecido en el art. 80,4 del RDL 1098/2001.
Artículo 14º.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.-
Los licitadores presentarán la documentación y ofertas en sobre cerrado y que pueden estar lacrados incluyendo el Anexo 1 y nombre del licitador.
Contenido: Se presentarán documentos originales ó fotocopias autenticadas.
a).- Solicitud de participación en el procedimiento de contratación, suscrita por el solicitante o persona que lo represente, XXXXX X
b).- El documento ó documentos que acrediten la personalidad del solicitante y la representación del firmante de la proposición, en su caso, consistentes en el D.N.I. del licitador, cuando se trate de personas físicas ó empresarios individuales, ó escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica.
c).- Declaración responsable del licitador que acredite que no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar y que está al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y seguridad social, impuestas por las disposiciones vigentes.
La proposición se presentará escrita a máquina o en letra clara y no se aceptarán aquellas que contengan omisiones, errores ó enmiendas que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
Artículo 15º.- CALIFICACION DE LA DOCUMENTACION.-
Una vez finalizado el plazo de presentación de proposiciones, el Ayuntamiento de Sotoserrano calificará previamente los documentos del sobre nº 1.
Si la documentación contuviese defectos substanciales ó deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
Artículo 16º.- APERTURA DE PROPOSICIONES.-
En acto público celebrado el tercer día hábil siguiente a aquél en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, a las diez horas, en la Sala del Ayuntamiento dará cuenta del resultado de la apertura de sobres y ofertas admitidas.
Una vez leídas las mismas, se dará por terminado el acto sin adjudicación y requerirá los informes que crea oportunos, antes de proponer al órgano competente la adjudicación.
Artículo 17º.- ADJUDICACION DE LAS PROPOSICIONES.-
1) A la vista de las proposiciones presentadas, el Alcalde, Órgano de Contratación del Ayuntamiento de Sotoserrano, resolverá sobre la adjudicación del contrato a la Persona o Empresa que en conjunto haga la proposición más ventajosa, y sin perjuicio del derecho a declararlo desierto.
La oferta económica será el criterio relevante para la adjudicación del arrendamiento.
Artículo 18º.- FORMALIZACION DEL CONTRATO
El contrato se formalizará en todo caso, antes del día 30 xx xxxxx de 2016, en documento administrativo y previa a la constitución de la fianza definitiva por el adjudicatario, pudiendo elevarse a escritura pública cuando lo solicite el adjudicatario, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
Antes de la formalización deberá presentar:
- La fianza definitiva.
- Justificante de estar dado de alta o haberse dado de alta el licitador en la Agencia Tributaria y Seguridad Social.
- Certificado acreditativo de estar al corriente en las obligaciones tributarias y de seguridad social.
GARANTIAS DE LA CONTRATACION
Artículo 19º.- GARANTIA PROVISIONAL.- No se exige.
Artículo 20º.- GARANTIA DEFINITIVA.- El contratista, deberá de constituir la garantía definitiva o fianza definitiva, que se fija en una anualidad del tipo adjudicado, debiendo hacerlo antes del 30 xx xxxxx de 2016.
El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al adjudicatario, dará lugar a la resolución del contrato.
Artículo 21º.- FUNCIONAMIENTO BAR PISCINAS.
La valla existente de separación según está actualmente es inamovible, está colocada en el centro de la Barra del Bar, teniendo acceso a la mitad de la terraza de la parte interior los que hayan abonado la entrada y a la otra mitad (parte exterior) los que no lo hayan hecho. Se permite esta separación con la finalidad de facilitar a las personas el poder consumir sin necesidad de tener que sacar una entrada.
Después del horario de cierre de las piscinas, los baños permanecerán cerrados.
El arrendatario estará obligado a tener la llave de los servicios fuera del horario de las piscinas, estregándosela a quien se lo pida. Asumirá el arrendatario fuera del horario de las piscinas, la limpieza y todos los daños que se produzca en los baños mientras esté abierto el Bar.
Ninguna persona podrá entrar en el recinto de la Piscinas fuera de su horario habitual. Será responsable el adjudicatario de cualquier daño que se produzca en el Recinto entre el horario de cierre de las piscinas y cierre del Bar.
Queda prohibido realizar cualquier tipo de actividad en el recinto de las piscinas, salvo autorización expresa del Ayuntamiento.
El licitador no podrá vender ninguna entrada o bonos de la piscina municipal.
RESOLUCION, INTERPRETACION, JURISDICCION Y REGIMEN JURIDICO
Artículo 22º.- CAUSAS DE RESOLUCION.- Además de cualquiera de las contenidas en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas, el contrato podrá resolverse por alguna de las causas enumeradas en la Ley de Contrato del Sector Público y Ley Arrendamientos Urbanos y en especial las siguientes:
1º.- Impago de la Renta en el plazo que consta en este Pliego. 2º.- Ocasionar daños en el inmueble.
3º.- Permitir la entrada en el acceso de las piscinas fuera del horario de baño.
Artículo 23º.- INTERPRETACION DEL CONTRATO .- El órgano de la Corporación competente para contratar ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato y resolver las dudas que surjan respecto de su cumplimiento, previa audiencia del adjudicatario y los informes preceptivos, siendo inmediatamente ejecutivos sus acuerdos.
Artículo 24º.- JURISDICCION COMPETENTE.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por los Órganos de Contratación, cuyos actos o acuerdos agotarán la vía administrativa y abrirán la vía Contencioso-Administrativa, a tenor de la Ley de dicha Jurisdicción.
Artículo 25º.- REGIMEN JURIDICO.- Para lo no previsto en este Pliego de Condiciones, se estará a lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público, Ley Arrendamiento a Urbanos, la Ley 7/85, de 2 xx Xxxxx de Bases de Régimen Local y Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 xx Xxxxx, Texto Refundido.
A N E X O - I -
MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA
D. , con domicilio
en , provisto de Documento Nacional de Identidad
número , expedido el , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, actuando en nombre propio (ó en representación de , C.I. F. nº
)
E X P O N E:
Primero.- Que enterado de la licitación, condiciones y requisitos que se exigen para la cesión en arrendamiento del inmueble municipal “BAR PISCINAS MUNICIPALES, calificado como bien patrimonial, sito en la C/ Carretera Salamanca Xxxxx número 21, de este Municipio, para su uso como local destinado a Bar, presenta la siguiente OFERTA:
PROPOSICION ECONOMICA:
EN CIFRA:
EN LETRA:
Segundo.- Que a todos los efectos debe entenderse que, dentro de la presente oferta, ha sido comprendido no sólo el precio de la contrata, sino también todos los impuestos que graven los diferentes conceptos, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.), sin que, por tanto, puedan ser repercutidos éstos como partida independiente, así como los demás gastos especificados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Tercero.- Que se compromete al cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente en materia laboral, Seguridad Social, y demás normas de obligado cumplimiento.
(Lugar, fecha y firma del licitador)