PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA EL SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE UN CITÓMETRO DE FLUJO EN BIOCRUCES BIZKAIA MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA EL SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE UN CITÓMETRO DE FLUJO EN BIOCRUCES BIZKAIA MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO
I. DISPOSICIONES GENERALES
1. OBJETO DEL CONTRATO
1.1. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y factores a tener en cuenta:
El contrato tiene por objeto la definición de las condiciones necesarias para realizar el suministro, instalación y puesta en marcha de un equipo de citometría (en adelante, el EQUIPO) en las instalaciones de la Asociación Instituto de Investigación Sanitaria Biocruces Bizkaia (en adelante Biocruces Bizkaia).
1.2. División por lotes: No procede, puesto que su división en lotes determinaría la pérdida de sustancialidad propia del contrato y de la necesaria unidad de gestión, y además resultaría antieconómica para las licitadoras.
1.3. CPV: 38434510-4 Citómetros
1.4. Expediente Nº: 2019/07/I/01 Suministro, instalación y puesta en marcha de un equipo de citometría.
2. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
El presente contrato se califica como contrato privado. El contrato se regirá por lo establecido en este pliego así como en el Pliego de BasesTécnicas, que tienen carácter contractual.
Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000 (XXXX), xx
Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre (RGLCAP), en cuanto no se oponga a lo establecido en la LCSP. Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo si fueran de aplicación o, en su caso, las de derecho privado.
3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO
3.1. El valor estimado para la duración completa del contrato, incluidas las posibles prórrogas y modificaciones que, en su caso, pudieran acordarse, y para la totalidad de los suministros incluidos en este documento es el establecido en el Apartado 3 del Anexo I.
3.2. El presupuesto base o máximo de licitación, para la totalidad de la prestación comprendida en el pliego de basestécnicas, es el establecido en el Apartado 3 del Anexo I.
3.3. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo, e incluirá, como partida independiente el IVA.
3.4. Xxxxx excluidas aquellas ofertas que superen el presupuesto máximo de licitación.
3.4. En dichos importes se incluyen todos los factores de valoración y gastos para la correcta y total ejecución del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
4. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución de los trabajos, será el indicado en el apartado 9 del Anexo I.
5. PERFIL DEL CONTRATANTE
El acceso al Perfil de Contratante del órgano de contratación se efectuará a través de la siguiente página web:
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/x00-xxxx/xx
En el Perfil del Contratante se publicarán los datos e informaciones que correspondan de conformidad con lo establecido en el art. 63 de la LCSP
II. LICITACIÓN
6. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
6.1. El contrato se adjudicará por procedimiento abierto mediante una pluralidad de criterios, según resulta de lo especificado en el apartado 5 del Anexo I, en virtud de los artículos de la LCSP que resulten de aplicación.
6.2. Los criterios que servirán de base para la adjudicación del contrato serán los previstos en el
apartado 8 del Anexo I del presente pliego.
7. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO PARA CONTRATAR
7.1. Aptitud y capacidad para contratar
Podrán contratar con Biocruces Bizkaia las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, su finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales.
Asimismo, las personas físicas y jurídicas también podrán optar a la adjudicación del contrato cuando se presenten como uniones temporales de empresarios (en adelante UTE), en cuyo caso tendrán la obligación de cumplir cada uno de los miembros de la unión temporal de empresas con los requisitos mínimos de capacidad y solvencia.
No podrán concurrir aquellas personas físicas o jurídicas que se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 71.1 del LCSP, ni aquellas personas jurídicas de las que pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras en las que hubiesen concurrido dichas circunstancias.
7.2. Solvencia para contratar
Podrán concurrir a la licitación, las personas físicas o jurídicas que acrediten estar en posesión de las condiciones de solvencia económica y financiera, y técnica o profesional que se especifican en el apartado 6 del Anexo I del presente pliego.
Los licitadores podrán contar con la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestren que, para la ejecución del contrato, dispondrán efectivamente de esos medios.
La concurrencia de estas circunstancias se acreditará conforme lo previsto en el apartado 6 el Anexo I, en la que se indicará la documentación requerida para ello.
Las empresas que liciten en UTE, deberán acreditar cada una de ellas los requisitos de solvencia económica y financiera, y técnica o profesional.
8. ANUNCIO DE LICITACIÓN y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las proposiciones se presentarán en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 80 del RGLCAP.
8.1. Anuncio de licitación
En el perfil de contratante de Biocruces Bizkaia (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/x00- home/es) se ofrecerá la información relativa a la convocatoria de licitación de este contrato, incluyendo los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Bases Técnicas, así como la documentación complementaria, en su caso.
8.2. Presentación de proposiciones por medios electrónicos
La presentación de ofertas se realizará por medios electrónicos, a través de la aplicación denominada “Sistema de licitación electrónica”, ubicada en la Plataforma de contratación de Expediente contratación 2019/07/I/01 Suministro, instalación y puesta en marcha de un equipo de citometría, que garantizará la autenticidad, integridad y conservación de los documentos emitidos.
Para la realización de los trámites se deberá acceder al portal común de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi (xxxxxxx.xxx.), a través del sistema de licitación electrónica:
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/x00- content/es/contenidos/informacion/lic_elec_no_inscritos_roc/es_def/index.shtml
La licitación electrónica permitirá la consulta telemática de los trámites realizados a través de la página web anteriormente indicada y garantizará que las ofertas enviadas por los licitadores sean emitidas y registradas de forma que sea imposible conocer su contenido, salvo en el momento y por los integrantes del órgano de contratación de Biocruces Bizkaia legalmente autorizados para ello.
A tal efecto, las ofertas serán remitidas cifradas y fragmentadas a la unidad que tramita el expediente. El cifrado de las ofertas se realizará contra las claves públicas de quienes componen la Mesa de contratación.
Las citadas claves se publicarán en el anuncio de licitación o invitación a licitar en el expediente concreto de que se trate.
Para su recomposición y descifrado será necesaria la participación en el acto de apertura del quórum legalmente necesario de los miembros de la Mesa o Unidad Técnica competente con sus correspondientes certificados de firma electrónica reconocida.
Cada empresario no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras, cuando así esté previsto. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal.
La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación incondicional del clausulado de este pliego y del de BasesTécnicas que rigen el presente contrato.
La contravención de cualquiera de las prohibiciones anteriores dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones suscritas por el empresario.
8.3. Requisitos
Los requisitos para la tramitación electrónica por parte del licitador son los siguientes:
8.3.1. Requisitos administrativos:
a) Disponer de un Certificado electrónico reconocido, conforme a lo establecido en el artículo 11 del Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica, del Departamento de Justicia y Administración Pública del Gobierno Xxxxx y utilizar la firma electrónica reconocida para llevar a cabo la tramitación telemática.
b) Estar en alguna de las siguientes situaciones:
- Dado de alta y disponer certificación vigente en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de Euskadi.
- Dado de alta en el sistema de habilitación temporal.
- En el caso de que dos o más operadores económicos concurran agrupados con el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios: el compromiso de UTE debe estar registrado en el sistema de habilitación temporal.
8.3.2. Requisitos técnicos:
La información sobre los requisitos técnicos se encuentra disponible en el siguiente enlace:
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/x00- content/es/contenidos/informacion/lic_elec_no_inscritos_roc/es_def/index.shtml
8.4 Plazo
Se estará a lo establecido en el anuncio de licitación. Las proposiciones presentadas fuera de plazo no serán admitidas bajo ningún concepto.
Se entenderá recibida la oferta dentro del plazo de presentación si se inicia la transmisión dentro de él y finaliza con éxito.
8.5 Notificaciones y comunicaciones
Las notificaciones y las comunicaciones se practicarán a través del sistema de licitación electrónica.
9. FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
9.1. Forma de presentación
Se deben anexar los documentos indicados en la aplicación, si bien solo se garantiza la lectura y tramitación de los documentos almacenados con las siguientes extensiones: .doc, .xls, .ppt, .docx,
.xlsx, .pptx, .pdf, .rtf., .sxw, .sdw, .abw, .xml, .jpg, .bmp, .tiff, .zip, .odt, .ods,.odp y .7z.
Con el objetivo de minimizar la incidencia que la presencia de virus pueda tener en la operatividad del sistema, se recomienda el envío de los documentos en los formatos .pdf, .rtf, .sxw,
.jpg y .tiff. Las ofertas se enviarán libres de virus que dificulten o imposibiliten su lectura, siendo responsabilidad de quien licita velar por que esto sea así.
9.2. Contenido de las proposiciones
Las proposiciones se presentarán electrónicamente en TRES (3) SOBRES, que contendrán la siguiente documentación:
9.2.1 SOBRE Nº 1 "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA" que incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos:
- La DECLARACIÓN RESPONSABLE debidamente cumplimentada. Documento Européo Único de Contratación (DEUC).
Los licitadores deberán de acreditar el cumplimiento de los requisitos previos de acceso mediante la presentación de una declaración responsable que siga el formulario normalizado del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) establecido por el Reglamento (UE) nº 2016/7. La Junta Consultiva de Contratación Administrativa, mediante Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, publicada en el BOE nº 85, de 8 xx xxxxx del 2016, establece unas orientaciones para el cumplimiento del formulario normalizado DEUC.
El citado cuestionario estará disponible en el perfil del contratante de Biocruces Bizkaia: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/x00-xxxx/xx
El licitador interesado en presentar oferta tendrá que entrar en la página arriba indicada, como operador económico, cargando el documento en formato .xml en el apartado “Examinar” del Perfil del Contratante y procederá a completar los datos. Una vez cumplimentado imprimirá el documento, lo firmará y lo incorporará al Sobre 1.
9.2.2 SOBRE Nº 2. “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”
Se presentará la documentación técnica relacionada con los criterios de adjudicación no cuantificables de forma automática que se exija en el apartado 7 del Anexo I.
Si algún licitador no aporta la documentación relativa a algunos de los criterios considerados como obligatorios, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los pliegos técnicos correspondientes, la proposición de dicho licitador será excluida del proceso de licitación.
En ningún caso en el Sobre Nº 2 se incluirá documentación sobre la oferta económica o sobre los criterios de valoración evaluables de forma automática correspondientes al Sobre Nº 3, ni referencia alguna a los mismos, siendo esto causa de exclusión del procedimiento.
9.2.3 SOBRE Nº 3 "PROPOSICIÓN ECONÓMICA”
La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo II del presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que Biocruces Bizkaia estime fundamental para considerar la oferta.
De igual forma, aquellas proposiciones que no guardasen concordancia con la documentación examinada y admitida serán desechadas por el órgano de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
En la proposición económica, los licitadores han de manifestar si han tenido en cuenta en la elaboración de sus ofertas, las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y de protección del medio ambiente.
10. CONFIDENCIALIDAD DE LAS PROPOSICIONES.
Las empresas licitadoras, si procede, tendrán que indicar, mediante una declaración complementaria a entregar en cada uno de los sobres, qué documentos y datos presentados son, según su parecer, confidenciales, tal como se señala en el artículo 133 de la LCSP. El modelo de declaración se adjunta como Anexo V al presente pliego.
El deber de confidencialidad no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta del adjudicatario.
11. CALIFICACIÓN DE LA OFERTAS, VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
11.1. Se garantizará, mediante un dispositivo electrónico, que la apertura de las proposiciones no se realiza hasta que haya finalizado el plazo para su presentación.
11.2. Las ofertas se evaluarán, en todo caso, con arreglo a criterios de adjudicación establecidos en el artículo 145 LCSP.
Tras la apertura del Sobre Nº 1, cuando no se hubiera presentado, o no estuviera adecuadamente cumplimentada parte de la documentación exigida en el apartado 9.2.1, el órgano de contratación requerirá la subsanación a los licitadores, concediéndoseles un plazo de tres (3) días, a contar desde el siguiente al de la recepción del requerimiento de subsanación, para la correcta presentación de la misma.
Si no se subsanase en plazo, el órgano de contratación entenderá que el licitador desiste de su oferta.
A continuación, se abrirá el Sobre Nº 2 “Documentación técnica” y finalmente se procederá a la apertura del Sobre Nº 3 “Proposición económica y criterios evaluables de forma automática”, que podrá visualizarse mediante acto público en streaming, en la fecha indicada en el anuncio de licitación, a través del siguiente enlace:
xxxxx://xxxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxx_xxxxxxxxxxxxxxxxxxx_xx.xxxx
El empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá de acuerdo a lo establecido en el artículo 147.2 de la LCSP.
11.3. A la vista de las proposiciones presentadas y de las valoraciones realizadas de conformidad con los criterios de adjudicación señalados en el apartado 8 del Anexo I, el órgano de contratación determinará al licitador que, cumpliendo con los requisitos exigidos, haya presentado la oferta con mejor relación calidad-precio, y le requerirá para que, dentro del plazo xxxxxx xx XXXX (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presenten la documentación (cuando no lo hayan hecho antes) que se indica a continuación:
a) Documentación administrativa justificativa de los requisitos exigidos legalmente para contratar:
(i) Relación de todos los documentos incluidos en este sobre.
(ii) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación:
A. Cuando se trate de personas jurídicas españolas, con fotocopia de la escritura de constitución, y de modificaciones estatutarias, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil o sectorial que le sea aplicable.
B. Cuando el solicitante actúe mediante representante, deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la personalidad del representante y de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar.
C. CIF de la empresa.
D. Las empresas no comunitarias deberán cumplir las previsiones del art. 68 de la LCSP.
X. Xx varios empresarios formulan la solicitud constituyendo una U.T.E., cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en U.T.E. en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión antes de la formalización del contrato. La duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
(iii) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo señalado en el apartado 6 del Anexo I.
Para acreditar la solvencia, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
El órgano de contratación respetará en todo caso el carácter confidencial de los datos facilitados por los empresarios.
(iv) En el caso de empresas extranjeras, estas deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador (Anexo IV al presente pliego).
(v) Compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios técnicos, materiales y humanos contemplados en el Pliego de BasesTécnicas, así como la disponibilidad inmediata de los mismos para la ejecución del contrato. Anexo III al presente pliego.
* Acreditación mediante CERTIFICADO del Registro de Licitadores.-
La acreditación de las circunstancias relacionadas en los apartados (ii) y (iii) previos (documentación acreditativa de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, solvencia económica y financiera y técnica o profesional) podrá ser sustituida por el CERTIFICADO que expida cualquiera de los registros siguientes:
Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (en su caso)
Mediante certificado comunitario de clasificación
En relación con las circunstancias no recogidas en el certificado que se presente del Registro correspondiente, se acompañará la acreditación documental exigida.
En todo caso la certificación deberá acompañarse de una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
b) Obligaciones tributarias y con la Seguridad Social:
- En el caso de empresas nacionales:
- Certificación positiva y sobre la situación tributaria, expedida por la Hacienda que corresponda (Diputación Xxxxx xx Xxxxx, Diputación Xxxxx de Bizkaia, Diputación Xxxxx de Guipúzcoa, Diputación Xxxxx xx Xxxxxxx, Agencia Estatal de Administración Tributaria) justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
- Certificación positiva expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
- En el caso de empresas extranjeras:
- Certificado expedido por la autoridad competente del Estado al que pertenezcan, traducido oficialmente al castellano, por el que se acredite que la empresa está en regla con sus obligaciones relativas al pago de sus obligaciones tributarias y cotizaciones de la Seguridad Social.
c) Aportación de la escritura de formalización de la U.T.E. en caso de ser una U.T.E. la adjudicataria del contrato, cuya duración será coincidente con la del contrato, hasta su extinción.
f) Documento acreditativo de haber constituido, a disposición de Biocruces Bizkaia la Garantía Definitiva exigida en el apartado 15 del anexo I mediante alguna de las formas señaladas en dicho apartado.
11.4. Recibida la documentación administrativa, si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, el órgano de contratación lo comunicará al interesado, mediante correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a TRES (3) días hábiles para que el licitador lo corrija o subsane o para que presente aclaraciones o documentos complementarios.
11.5. En el caso de que el licitador no acredite en plazo los extremos indicados, se entenderá que ha retirado su oferta, procediéndose en tal caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
11.6. Se dejará constancia en las Actas correspondientes del resultado del procedimiento y sus incidencias. El resultado de los actos de calificación, admisión o exclusión de las ofertas se publicará en el perfil de contratante, sin perjuicio de la necesaria comunicación o notificación, según proceda, a los licitadores afectados.
El acto de exclusión del licitador le será notificado, con indicación de los recursos que procedan contra dicha decisión.
III. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN
12. ADJUDICACIÓN
12.1. El Órgano de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación completa. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
12.2. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante.
12.3. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 44 de la LCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario o adjudicatarios, las características y ventajas de la proposición del/los mismo/s determinante/s de que hayan sido seleccionada/s sus ofertas con preferencia a las que hayan presentado los licitadores excluidos.
13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
13.1. El contrato se perfecciona mediante su formalización por escrito, en el plazo máximo de QUINCE (15) días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores, y salvo que se indique otra cosa en su clausulado se entenderá celebrado en el lugar donde se encuentre la sede del órgano de contratación.
A continuación, se requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a CINCO (5) días desde el siguiente a aquel en que se hubiera recibido el requerimiento
El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar a
Biocruces Bizkaia una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
En el supuesto de que resultase adjudicataria una unión temporal de empresas, ésta acreditará su constitución en escritura pública. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
13.2. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato, se resolverá el mismo con indemnización a Biocruces Bizkaia de los daños y perjuicios ocasionados.
IV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
14. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo, a lo establecido en el presente pliego y en el Pliego de BasesTécnicas, y de acuerdo con las instrucciones que, para su interpretación, diera Biocruces Bizkaia al contratista.
El adjudicatario se obligará a prestar el suministro y servicio objeto del contrato al precio ofertado. El contratista quedará sujeto a las medidas de seguridad que se apliquen en Biocruces Bizkaia.
Biocruces Bizkaia será del todo ajeno a las relaciones de cualquier índole que existan entre el adjudicatario y el personal con el que cuente aquél para la ejecución del contrato. El contrato no supondrá, en ningún caso, la existencia de relación laboral entre Biocruces Bizkaia y el personal del adjudicatario.
El contratista estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de salud laboral.
15. PLAZO DE VIGENCIA Y PRÓRROGA DEL CONTRATO
El contrato estará vigente durante el plazo establecido en el apartado 9 del Anexo I de este pliego. Este plazo comenzará a contar a partir de la fecha establecida en el documento en que se formalice el mismo.
El contrato podrá ser prorrogado antes de finalizar su vigencia, si así se indica en el apartado 9 del Anexo I al presente pliego.
16. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el contrato y durante su vigencia, modificaciones en él cuando sean consecuencia de causas imprevistas, justificándolo
debidamente en el expediente. Estas modificaciones serán obligatorias para el contratista, que no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna por dichas causas.
17. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
Lo referente a cesión y subcontratación se regulará según lo establecido en el apartado 11 del Anexo II.
18. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES
En caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato por parte del contratista, serán de aplicación las penalidades establecidas de forma específica en el apartado 10 del Anexo I.
La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización a que Biocruces Bizkaia
pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados.
19. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
Condiciones laborales
a) La empresa contratista respecto al personal que emplee en la realización del trabajo adjudicado, está obligada al exacto cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales y, con respecto a estas últimas, de formación social, comprometiéndose a que por parte de la empresa subcontratista –en su caso– se cumpla la legislación vigente en materia laboral respecto a sus trabajadores/as.
b) La empresa contratista está obligada a que el trabajo, tanto en su empresa como con las empresas que subcontrate, en su caso, se desempeñe en condiciones dignas, siéndoles de aplicación a las personas trabajadoras el convenio del sector que forman parte, especialmente en cuanto a subrogación del personal se refiere.
c) La empresa contratista reconoce expresamente tener el conocimiento, la capacidad, los recursos y medios necesarios para cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones y normas que resulten de aplicación para la ejecución del Contrato en materia de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente, manteniendo indemne a Biocruces Bizkaia, frente a cualquier
reclamación derivada de incidentes acaecidos en relación con tales materias con ocasión de la ejecución del Contrato.
d) La empresa contratista debe proveer a todo su personal con los equipos de protección personal homologados que sean de aplicación según el plan de prevención de riesgos laborales derivado del análisis de riesgos realizado para los trabajos objeto del contrato, asegurándose de que tal personal ha recibido la formación necesaria en el uso de tales equipos.
e) La empresa contratista deberá, a requerimiento de Biocruces Bizkaia, presentar toda la documentación que acredite el cumplimiento de aquellas obligaciones que deban o puedan estar documentadas.
f) Corresponderán al contratista, y serán de su cargo, todos los costes en que incurra para la ejecución del contrato.
Condiciones relativas al personal adscrito a la prestación
1. El personal adscrito a la prestación del suministro dependerá únicamente de la empresa contratista, que ostentará en exclusiva los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empleadora.
2. Corresponderá exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos (en los casos en que se establezcan requisitos específicos de titulación y experiencia) formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte del órgano de contratación del cumplimiento de aquellos requisitos.
3. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del suministro (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento al órgano de contratación
4. La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a toda empresa. En particular asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones del personal en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la
potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre las partes empleada y empleadora.
5. La empresa contratista velará especialmente porque el personal adscrito a la ejecución del contrato desarrolle su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
Condiciones en materia de medio ambiente
La empresa contratista evitará que sus operaciones o las de sus subcontratistas tengan un impacto negativo sobre el medio natural o sobre la vida animal y vegetal, y tomará las medidas necesarias para anular o reducir al mínimo cualquier incidencia que pudiera surgir durante tales operaciones.
Condiciones sociales de igualdad de mujeres y hombres.
La empresa contratista deberá cumplir los principios y obligaciones establecidos en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, del Parlamento Xxxxx, para la igualdad de Mujeres y Hombres; y en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. La empresa contratista garantizará que en toda documentación, publicidad, imagen o materiales se emplee un uso no sexista del lenguaje, evitará cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y se fomentará una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
V. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
20. PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO
El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en el contrato, con arreglo al precio convenido. En el apartado 12 del Anexo I del presente pliego se estipula la forma y condiciones de pago para este contrato
21. REVISIÓN DE PRECIOS
En la revisión de precios se estará a lo especificado en el apartado 13 del Anexo I del presente pliego.
22. OBLIGACIONES, GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA
El contratista vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante su vigencia, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.
El contratista deberá respetar, durante el plazo indicado en el apartado 14 del Anexo I al presente pliego, el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, la cual se especifica, en su caso, en el mismo apartado, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
23. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR DAÑOS Y PERJUICIOS
El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios, directos o indirectos que se causen a Biocruces Bizkaia y a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución de este contrato.
El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro de responsabilidad civil que cubra las eventuales responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato. En concreto, el contratista deberá tener suscrita una póliza de Responsabilidad Civil Profesional con cobertura suficiente, a criterio de Biocruces Bizkaia, para atender todos los posibles riesgos derivados de la ejecución del contrato y deberá mantener en vigor dicha póliza durante la vigencia del presente contrato.
En caso de que la cobertura de la póliza contratada no fuera suficiente para satisfacer los daños ocasionados, y en caso de que Biocruces Bizkaia resultara asimismo condenada a indemnizar dichos daños, el contratista se obliga a restituir a Biocruces Bizkaia la indemnización abonada y éste podrá deducir el importe de dicha indemnización de cualquier cantidad que Biocruces Bizkaia adeude por cualquier concepto al contratista.
Biocruces Bizkaia podrá solicitar en todo momento que el contratista acredite documentalmente la contratación, el pago, el contenido y la vigencia de los citados seguros.
VI. CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
24. TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se extinguirá por su conclusión o cumplimiento o por su resolución. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido su plazo de vigencia más las prórrogas, en su caso acordadas, aquél haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de Biocruces Bizkaia, la totalidad de su objeto.
25. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del contrato:
- La falta de cumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario de los requerimientos que hubieran sido notificados por Biocruces Bizkaia.
- No realizar el suministro y/o prestar el servicio conforme a lo requerido en éste pliego y en el de BasesTécnicas.
- El incumplimiento de la obligación del contratista de respetar el carácter confidencial de los datos que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
- El incumplimiento por el adjudicatario de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
- El resto de causas legalmente establecidas que resulten de aplicación.
En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a Biocruces Bizkaia los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva sobre la garantía, en su caso, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.
26. JURISDICCIÓN COMPETENTE
El presente contrato tiene carácter privado. No obstante, será el orden jurisdiccional contencioso- administrativo el competente para resolver las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato. Corresponderá al orden jurisdiccional civil las cuestiones que se planteen en relación con la ejecución, efectos y extinción del contrato, sometiéndose las partes, con expresa renuncia a cualquier fuero que pudiera corresponderles, a los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxx.
En el caso de interposición de recurso especial en materia de contratación previsto en el artículo 47 de la LCSP, entenderá de tales recursos el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi creado por la Ley 5/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011.
ANEXO I
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
TÍTULO: CONTRATO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE UN CITÓMETRO DE FLUJO EN BIOCRUCES BIZKAIA MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente procedimiento es la definición de las condiciones necesarias para realizar el suministro, instalación y puesta en marcha de un equipo de citometría en la Asociación Instituto de Investigación Sanitaria Biocruces Bizkaia (en adelante Biocruces Bizkaia).
Expediente: 2019/07/I/01. Suministro, instalación y puesta en marcha de un equipo de citometría
CPV: 38434510-4 Citómetros
2.- Dirección del Órgano contratante. Lugar de entrega e instalación
Edif. Biocruces Bizkaia - Xxxxx Xxxxxx x/x 00000 Xxxxxxxxx (Xxxxxxx)
3.- Valor estimado. Presupuesto base de licitación. Precio del contrato.
3.1. El valor estimado del contrato es de 276.000 euros (IVA excluido) teniendo en cuenta la duración inicial del contrato y las posibles prórrogas
3.2. El presupuesto máximo o base de licitación para el suministro, instalación y puesta en marcha y garantía mínima del equipo asciende a 276.000,00 euros (IVA excluido).
3.3. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo, e incluirá, como partida independiente, el I.V.A.
En dicho importe se incluyen todos los factores de valoración y gastos que para la correcta y total ejecución del contrato deben tenerse en cuenta, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. Igualmente se encuentran incluidos los gastos de entrega y transporte de los bienes del suministro hasta el lugar convenido.
3.4. Xxxxx excluidas aquellas ofertas que superen el presupuesto máximo de licitación.
4. Contrato sujeto a regulación armonizada: Si
5. Procedimiento de adjudicación
El procedimiento de adjudicación se realizará mediante tramitación ordinaria por procedimiento abierto y mediante la aplicación de una pluralidad de criterios, según resalta lo especificado en el apartado 8 del Anexo I.
6.- Solvencia económica y financiera y técnica o profesional
A) Solvencia Económica y Financiera
- Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil profesional, o de explotación de, al menos, el valor estimado del contrato.
- Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres (3) últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, que deberá haber alcanzado al menos 420.000 euros
El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de las Administraciones Públicas acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario.
B) Solvencia Técnica o Profesional
- Relación de los principales suministros efectuados durante los últimos tres (3) años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un empresario privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
- Acreditación de la capacitación técnica y profesional para la realización de los trabajos que se indican en este anexo y en el pliego de basestécnicas.
7. Documentación técnica y económica a presentar en relación con los criterios de adjudicación del contrato
Documentación técnica: sobre nº2
El licitador presentará la documentación que considere oportuna de cara a acreditar las condiciones mínimas exigidas en el Pliego de Bases Técnicas. En todo caso, deberá indicarse:
7.1. Documentación que acredite los criterios de adjudicación no evaluables de forma automática
(apartado 8.1 del Anexo I) y en concreto:
- Descripción detallada del equipo a suministrar (partes, componentes, unidades que lo componen, materiales…)
- Dimensión y peso del equipamiento
- Requerimientos de la instalación (necesidades de la sala, consumo eléctrico, agua, aire y demás requerimientos necesarios)
7.2. Plan de mantenimiento fuera del periodo de garantía al que hace referencia el apartado 8 xxx Xxxxxx de Bases Técnicas.
7.3. Cualquier otra documentación, aun no relacionada en el apartado 8.1, cuya presentación se exija en este Pliego o en el de Bases Técnicas.
En ningún caso en el Sobre Nº 2 se incluirá documentación sobre la oferta económica o sobre los criterios de valoración evaluables de forma automática correspondientes al Sobre Nº 3, ni referencia alguna a los mismos, siendo esto causa de exclusión del procedimiento.
Concretamente no deberá incluirse información acerca del precio ni de la extensión de los años de garantía en el Sobre Nº 2.
Propuesta económica y documentación técnica relativa a criterios evaluables de forma automática: sobre nº
- Conforme al modelo del Anexo II
- Importe del plan de mantenimiento fuera del periodo de garantía al que hace referencia el
apartado 8 xxx Xxxxxx de Bases Técnicas.
8. Criterios de adjudicación
Los criterios para la adjudicación así como la ponderación de los mismos es la siguiente:
8.1. Criterios no evaluables de forma automática: 45 puntos
Criterios de Adjudicación | Puntuación Máxima |
A. Caracteristicas técnicas del equipo | 35 |
B. Formación | 5 |
C. Soporte durante el periodo de garantía | 5 |
A. Caracteristicas técnicas del equipo. Hasta 35 puntos
Además de las características técnicas mínimas exigidas en el Pliego de Bases Tecnicas se valorarán las siguientes características del EQUIPO:
- Tipo de conducción del sistema óptico
- Posibilidad de aumentar la sensibilidad del equipo
- Sistema de ajuste de potencias del equipo
- Tipo de limpieza del sistema
- Número de parámetros incluidos en el sistema de control de calidad
- Posibilidad de recoger varios parámetros simultáneamente en todos los canales disponibles
- Detallar Umbral de parámetros
- Tipo de sistema que permita aumentar y asegurar la autonomía en los fluidos (envolvente y residuos) y el tipo de control del mismo
- Definir la autonomía de fluidos
- Detallar el tipo de Mantenimiento de la presión, aún en proceso de cambio o durante el modo adquisición
- Definir el tipo de sistema de control de calidad
- Definir la posición de los filtros y espejos en el equipo
- Carry over en tubo
- Sensibilidad en FITC Y PE
B. Formación. Hasta 5 puntos
Se valoraran la propuesta de plan de formación en función de los siguientes criterios:
Perfil de los formadores.
Número de sesiones previstas.
Perfil de los asistentes.
Contenido de las formaciones.
C. Soporte durante el periodo de garantía. Hasta 5 puntos
Se exigirán las coberturas de la garantía mínimas indicadas en el Pliego de Bases Técnicas.
Una vez valoradas todas las propuestas técnicas, se asignará la máxima puntuación a la empresa licitadora que complemente dichas coberturas mínimas y servicio de mantenimiento en mayor medida, sin coste añadido, y se asignará puntuación proporcional al resto de propuestas recibidas.
La propuesta deberá incluir:
Número de técnicos destinados a dar soporte.
Perfil de los técnicos.
Horario de atención.
Tiempos de respuesta, incluyendo localización.
Asistencia remota.
Medios para proporcionar la atención.
8.2. Criterios evaluables de forma automática o mediante fórmula: 55 puntos
Criterios de Adjudicación | Puntuación Máxima |
D. Oferta económica. | 45 |
E. Extensión de la garantía | 10 |
D. Oferta económica. Descuentos ofertados por lote. Hasta 45 puntos
La mayor puntuación de 45 puntos se asignará a la oferta más baja, que no se considere desproporcionada, respecto al precio de licitación (referido al importe para el suministro, instalación y puesta en marcha del equipo), y al resto de ofertas se les asignará la correspondiente puntuación de forma proporcional, aplicando la siguiente fórmula:
Fórmula: Ob/Olx45 Siendo:
Ob: oferta más baja presentada Ol: oferta del licitador a valorar
Si el precio ofertado es un 25% inferior sobre el presupuesto base de licitación será considerado una baja desproporcionada teniendo en cuenta las especificaciones del producto y será calificado con 0 puntos en este apartado.
E. Extensión de la garantía a partir de un año: hasta 10 puntos
Se valorará con 10 puntos la ampliación de la garantía mínima de un (1) año exigida, otorgándole la máxima puntuación al licitador que presente el máximo de años de garantía total (piezas y mano de obra), distribuyéndose proporcionalmente el resto de puntuación hasta llegar al periodo mínimo exigible de 1 año, aplicando la siguiente fórmula.
Fórmula: (Ol-1)/ (Ob-1) x 10 Siendo:
Ob: Mejor oferta presentada Ol: Oferta del licitador a valorar
9. Duración del Contrato. Plazo de ejecución
El equipo deberá ser entregado e instalado, antes del día 15 de diciembre de 2019 en las instalaciones de Biocruces Bizkaia.
La duración del contrato será de 1 año. No se contemplan prórrogas
10. Penalidades
El órgano de contratación podrá imponer penalidades al adjudicatario del contrato cuando incurra en alguna de las causas previstas a continuación:
Penalidades por cumplimiento defectuoso
En el caso de cumplimiento defectuoso del suministro objeto del contrato se aplicarán, con independencia de la obligación que legalmente incumbe al contratista en cuanto a la reparación o subsanación tales defectos, las penalidades proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10% del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50 % del precio del contrato.
Penalidades por demora
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora en la ejecución del contrato, Biocruces Bizkaia podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, Biocruces Bizkaia estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
El importe de las penalidades se hará efectivo mediante la deducción de las mismas de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista.
La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización a que Biocruces Bizkaia
pueda tener derecho por los daños y perjuicios ocasionados.
11. Cesión y subcontratación
Cesión: no procede, salvo consentimiento previo por escrito del órgano de contratación.
Subcontratación: si el contratista previese la necesidad de subcontratar parte del objeto del contrato, deberá indicarlo en su oferta y, su propuesta técnica contendrá el nombre y la documentación completa de la empresa que propone como subcontratista, teniendo en cuenta que no es posible la subcontratación total de la prestación.
12. Régimen de pagos y facturación
El contratista emitirá la factura una vez firmada el acta de recepción a nombre de Biocruces Bizkaia por el suministro efectivamente entregado y formalmente recibido. Será remitida a través de correo electrónico:
xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx
La factura se emitirá a:
Asociación Instituto de Investigación Sanitaria Biocruces Bizkaia
Xxxxx xx Xxxxxx X/X Xxxx. Xxxxxxxxx Xxxxxxx 00000 Xxxxxxxxx Xxxxxxx
CIF: X-00000000
Las facturas contendrán el número/s de pedido/s remitido/s por Biocruces Bizkaia.
En todo caso, la factura tiene que respetar la normativa vigente recogida en el real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
El pago se realizará mediante transferencia bancaria, tras la recepción e instalación y puesta en marcha del equipo, que se abonará en el plazo máximo de 30 días naturales siguientes a recepción de la factura.
13. Revisión de precios
Atendidas las características del contrato, no se contempla la revisión de precios.
14. Información sobre el contrato cuyo carácter confidencial debe respetar el contratista
El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de contrato, especialmente los del carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este documento, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación.
El plazo durante el cual deberá mantenerse el deber de respetar el carácter confidencial de la información será de 5 años.
15. Garantía definitiva
La empresa adjudicataria del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligada a constituir una garantía definitiva por importe del 5% presupuesto de licitación, excluido el IVA, dentro del plazo máximo de CINCO (5) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.
La garantía definitiva podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP, preferentemente serán constituidas en metálico y deberán de ser ingresadas en la cuenta corriente de Biocruces Bizkaia, que se detalla a continuación:
Número de cuenta: XX00 0000 0000 00 0000000000 Entidad: Kutxabank
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111.1 de la LCSP, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por la empresa adjudicataria todas sus obligaciones contractuales.
16. Modificación del contrato
Posibilidad de modificación del contrato: No
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Xx................................................................, con DNI número .............................. en nombre (propio) o
actuando en representación de (empresa que representa con
CIF/NIF.............................con domicilio social en al objeto de participar
en la licitación para la adjudicación del contrato de suministro , instalación y puesta en marcha de un equipo de citometría convocado por Biocruces Bizkaia manifiesta lo siguiente:
I.- Que declara conocer las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Bases Técnicas, cuyo contenido conoce y acepta plenamente.
II.- Que hace constar expresamente que en el cálculo de la oferta se han considerado todos los elementos necesarios para el cumplimiento del contrato, de acuerdo con lo previsto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Bases Técnicas.
III.- Que se compromete, en nombre propio o de la empresa que representa, a realizar el suministro, instalación y puesta en marcha del equipo, con estricta sujeción a los requisitos y condiciones exigidas, por un importe de (D):
Base imponible IVA (…. %) Total IVA incluido
……………….…. € ………………. € …………………… €
IV. Que el periodo de garantía ampliado (E) sobre el mínimo de un (1) año establecido en los pliegos para el equipo suministrado es de… años.
En……………, a…… de… de 20…
(Lugar, fecha y firma del licitador) Fdo.
ANEXO III
DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS MATERIALES Y PERSONALES
D. /Dña............................................................., con DNI/NIE.................... En nombre propio o en
representación de la empresa............................................, con CIF nº , con domicilio social
en........................................................... Al objeto de participar en la licitación para la adjudicación del contrato de suministro, instalación y puesta un equipo de citometría en Biocruces Bizkaia, manifiesta lo siguiente:
DECLARA:
Que se compromete a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales necesarios.
Asimismo, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante Biocruces Bizkaia cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.
En……………………………………, a…….. De…………………….. De…. (Lugar, fecha y firma del licitador)
Fdo.:
ANEXO IV
DECLARACIÓN DE SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES ESPAÑOLES POR EMPRESAS EXTRANJERAS
D./Xx................................................................, con DNI número .............................. en nombre (propio) o
actuando en representación de (empresa que representa con
CIF/NIF.............................con domicilio social en al objeto de participar
en la licitación para la adjudicación del contrato de suministro, instalación y puesta en marcha de una equipo de citometría en Biocruces Bizkaia, manifiesta lo siguiente:
DECLARA bajo su responsabilidad:
El sometimiento a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxx para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir en el contrato que celebre con Biocruces Bizkaia con renuncia expresa, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que le pudiera corresponder.
Y para que conste a los efectos de la oportuna formalización de contrato con Biocruces Bizkaia se expide la presente declaración
En……………, a…… de… de 20…
(Lugar, fecha y firma del licitador)
Fdo.:
ANEXO V
DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS Y/O DOCUMENTOS PRESENTADOS
D./Xx................................................................, con DNI número en nombre (propio) o
actuando en representación de (empresa que representa...................................................................con CIF/NIF.............................con domicilio social
en........................................................... al objeto de participar en la licitación para la adjudicación del contrato de suministro, instalación y puesta en marcha de un equipo de citometría en Biocruces Bizkaia, manifiesta lo siguiente:
DECLARO
Que los documentos y datos presentados en el Sobre…* (2 o 3, según corresponda) que considera de carácter confidencial son los que a continuación se relacionan:
- ……………………………..
- ………………………….
- …………………………..
En……………, a…… de… de 20…
(Lugar, fecha y firma del licitador)
Fdo.:
* En su caso, se tendrá que presentar una declaración para cada uno de los sobres.