Convenio específico de colaboración ENTRE _____ Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN_____ REUNIDOS
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Convenio específico de colaboración ENTRE _____ Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN_____
REUNIDOS
De otra parte, D. __, como ____, en nombre y representación de ____ (en adelante ____), con NIF nº ____, y domicilio en ____, y que fue constituida ante el Notario de ____ D. ____ el ____inscrita en el Registro Mercantil de Granada, Tomo ____, Folio ____, Hoja ____, el ____ y de la cual tiene concedido poder en escritura otorgado ante el Notario ____
Y de otra parte, la Universidad de Granada, (en adelante indistintamente referida como Universidad de Granada, Universidad o UGR), con domicilio en Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx x/x, 00000 Xxxxxxx y C.I.F Q-1818002-F, representada en este acto por D. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, como Director de Transferencia e Innovación, en virtud de la Resolución de 28 de julio de 2023, de la Universidad de Granada, referente a la delegación de competencias de Rector (BOJA nº 148, de 3 xx xxxxxx de 2023).
Ambas partes comparecientes, en virtud de las representaciones que ostentan, se reconocen mutua y recíprocamente capacidad jurídica y de obrar suficiente para el otorgamiento del presente Convenio, a cuyos efectos
EXPONEN
El Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada, a propuesta de la Comisión de Investigación, aprobó en sesión celebrada el 2 de febrero de 2023 el Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada para el año 2023.
Que para el cumplimiento de sus fines, uno de los Programas que se han puesto en marcha es el Programa 38 cuyo objetivo es promover proyectos de transferencia de conocimiento en las áreas de Humanidades, Creación artística, Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas impulsando conocimientos y resultados de investigación en estas áreas para su transferencia al tejido productivo, y en el que se requiere la participación activa y el apoyo económico de al menos una empresa o entidad adherida al proyecto incentivado.
Que nombre PDI ha solicitado una ayuda en ese Programa para la implementación de un Proyecto denominado _______ (en adelante el Proyecto).
Que la empresa ____ está dedicada a ______ // desarrolla ______ manifiesta que conoce las condiciones del Programa 38 y ha mostrado su interés en adherirse al mismo, realizando una aportación económica al Proyecto
Que la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación modificada por Ley 17/2022, de 5 de septiembre, establece el marco normativo para promover, en el ámbito de la investigación científica y el desarrollo e innovación tecnológica, la cooperación y la colaboración de los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación así como con otras entidades públicas o privadas.
Que a dichos efectos, las dos partes acuerdan formalizar el presente convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto del convenio.
Constituye el objeto del presente Convenio regular la colaboración entre la UGR y ______ para el desarrollo de Proyecto _________ en el marco del Programa 38 del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2023 de la Universidad de Granada.
SEGUNDA.- Compromisos de las partes.
Las partes se comprometen a realizar cuantas actuaciones contribuyan al buen fin del presente Convenio y en concreto:
Comunes:
Colaborar en el desarrollo de las actividades de investigación relacionadas con el Proyecto indicado en la cláusula anterior y cuyo detalle se explicita en el Anexo I del presente Convenio.
La empresa:
Aportar la cantidad de xxxxxxxx euros (xxxxxx €) en el plazo máximo de un mes desde la publicación de la resolución de la ayuda en la página web de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación, que deberá hacer efectiva en la cuenta corriente número XX00-0000-0000-0000-0000-0000 abierta en CaixaBank, oficina de Xxxx Xxx xx Xxxxx xx 00, XX 00000, Xxxxxxx, de la que es titular UGR, bajo el concepto “PLAN PROPIO INVESTIGACION P38”.
UGR:
Destinar los fondos aportados por la entidad de acuerdo al párrafo anterior, para cubrir los costes gastos elegibles del Programa 38 no cubiertos con la ayuda concedida en el marco del Programa 38.
Utilizar los fondos recibidos del Programa 38 (XXXXX euros) para los conceptos aprobados.
En todo caso, los fondos deberán destinarse exclusivamente para los gastos elegibles que se relacionan en el P38.
Si así es requerida por la entidad justificará documentalmente el plazo de 60 días, el destino de la cantidad aportada por la misma.
TERCERA.- Establecimiento de una Comisión Mixta de Seguimiento.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público para el adecuado seguimiento, vigilancia y control del desarrollo y ejecución de las acciones incluidas en el presente Convenio y de los compromisos adquiridos por las partes, se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento.
Por parte de la UGR estará integrada por la persona responsable del Proyecto y por el Director de la OTRI o persona en quien delegue.
Por parte de ____
La Comisión Mixta de Seguimiento se reunirá, bien de manera presencial, bien por videoconferencia o teleconferencia o sistema análogo y podrá ser convocada a instancia de cualquiera de las partes.
CUARTA.- Responsables del proyecto e interlocutores.
Por parte de la Universidad de Granada, las tareas se llevarán a cabo por un equipo coordinado por el/la Investigador/a Principal _____. Por parte de la empresa el interlocutor será ____
Todo aviso, solicitud o comunicación que las partes deban dirigirse en virtud del presente contrato, se efectuará a las siguientes direcciones:
En el caso de la Universidad de Granada:
Para los aspectos científicos-técnicos |
Para los aspectos económicos administrativos |
Departamento de _____ Facultad de _____ _____. Universidad de Granada. 18071. Granada. Telf. Correo electrónico: _____@xxx.xx |
Director de la OTRI. Universidad de Granada-OTRI.
Xxxx
Xxx xx Xxxxx, 00, 0x Xxxxxx. Telf. 000 000000 Fax.: 000 000 000 Correo electrónico: xxxx@xxx.xx
|
En el caso de la entidad _____ :
QUINTA.- Duración del Convenio.
La vigencia del presente Convenio, y de todas las obligaciones que de su ejecución se deriven, se extenderá desde la fecha de su firma hasta la finalización del plazo de ejecución del proyecto establecido en la resolución de concesión de la ayuda del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la UGR Programa 38
En todo caso, la ayuda por parte UGR queda supeditada al ingreso efectiva de la aportación dineraria comprometida por la entidad a en virtud de lo estipulado en el presente documento.
Por causas sobrevenidas de carácter técnico, el PDI solicitante de la ayuda podrá presentar a la OTRI una solicitud motivada de modificaciones y/o de prórroga del periodo de ejecución. La solicitud de modificaciones y/o prórroga podrá presentarse hasta dos meses antes de la finalización del proyecto/actuación (el mes xx xxxxxx se considerará inhábil a estos efectos).
SEXTA.- Confidencialidad.
Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad activa y derecho de acceso a la información pública previstas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía, las partes se comprometen a no difundir, bajo ningún concepto, cualquier información referente a aspectos científicos, técnicos, económicos o de organización interna perteneciente a la otra parte, a la que haya podido tener acceso con ocasión de la ejecución de este Contrato, salvo que:
La parte receptora pueda demostrar que conocía previamente la información recibida.
La información recibida sea o pase a ser de dominio público.
La parte receptora obtenga autorización previa y por escrito para su revelación.
La información sea requerida judicialmente o por Ley.
Esta obligación subsistirá durante un periodo de tres (3) años desde la finalización del presente Convenio.
SÉPTIMA.- Derechos sobre resultados y publicación de resultados.
Cada parte mantendrá la titularidad de los conocimientos o derechos que le pertenecían con anterioridad a la ejecución del proyecto o que hayan sido desarrollados en el mismo pero en actividades independientes de él.
Los derechos de propiedad intelectual e industrial sobre los Resultados y el Know-How derivados del Proyecto corresponderán a la Parte que los generen.
Cuando no sea posible la individualización de los resultados, estos serán propiedad de ambas Partes, y decidirán de común acuerdo la atribución y modalidad de ejercicio de la propiedad y protección de los mismos, en función de la contribución de cada una de las Partes a su obtención, de acuerdo con la normativa aplicable. En la medida en que los resultados obtenidos fuesen susceptibles de protección legal mediante patente u otro título de propiedad intelectual o industrial, las Partes suscribirán el correspondiente acuerdo de cotitularidad de forma previa a su explotación comercial.
En los correspondientes títulos aparecerán como inventores o autores los miembros de las Partes que hayan contribuido intelectualmente a la obtención de estos Resultados. Cualquier decisión sobre otros procedimientos, tales como solicitud de patentes y explotación de los derechos, sólo se tomará una vez se hayan determinado dichos aspectos. Las Partes se comprometen a colaborar en la medida necesaria para lograr la efectividad de los derechos reconocidos en este acuerdo. Esta colaboración incluye la obtención de la firma de los inventores o autores de las investigaciones, de los documentos necesarios para la tramitación de los títulos de propiedad industrial o intelectual, así como para su extensión a otros países cuando así se decidiera.
Las provisiones de la presente cláusula perdurarán al término o expiración de este Acuerdo, siendo así que los derechos sobre las Patentes, modelos industriales y cualquier otro resultado susceptible de explotación en exclusiva por sus titulares perdurarán durante el plazo estipulado en sus respectivas Leyes de aplicación.
Cuando una de las partes desee utilizar los resultados parciales y/o finales, ya sea en parte o en su totalidad, para su publicación como artículo, conferencia, etc., deberá solicitar la conformidad de la otra parte. En todo caso no se realizará un tratamiento distinto del solicitado de los datos e informes obtenidos durante el desarrollo de este proyecto. Del mismo modo los resultados obtenidos no podrán ser utilizados para un fin distinto del contemplado en el mismo.
En cualquiera de los casos de difusión de los resultados de investigación, deberá mencionarse expresamente el nombre de los autores del trabajo y hacer referencia al presente Convenio Específico de Colaboración y a la cofinanciación de la empresa.
OCTAVA.- Protección de datos
Si el Convenio implica el tratamiento de datos de carácter personal ambas partes reconocen cumplir con todas las obligaciones derivadas de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE nº 294, de 6 de diciembre de 2018), del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DOUE L 119/1, de 4 xx xxxx de 2016), y su normativa de desarrollo.
NOVENA.- Causas de resolución y modificación del Convenio.
Será causa de resolución del Convenio las previstas en el art.51.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:
El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
El acuerdo unánime de todos los firmantes.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento, con una antelación de al menos un mes a la fecha propuesta para ello, para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a las partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio, sin perjuicio de los derechos y obligaciones pendientes entre las entidades firmantes.
Las partes podrán modificar el presente Convenio específico de colaboración en cualquier momento, por mutuo acuerdo y siempre por escrito.
DÉCIMA.- Naturaleza.
El presente cuerdo se enmarca dentro de los Convenios de Colaboración que regula el artículo 25 de la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades no lucrativas e incentivos fiscales al mecenazgo y que la Universidad de Granada es una entidad de las descritas en el artículo 16 de dicha Ley.
El presente Convenio se realiza al amparo de lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación teniendo de convenio suscrito con sujetos de Derecho Privado de conformidad con lo establecido en el artículo 47.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando fuera del ámbito de aplicación xxx Xxx 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, resultando de aplicación los principios de esta ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, en virtud de sus artículo 4 y 6, así como los principios generales del Derecho.
UNDÉCIMA.- Igualdad de género.
Todas las denominaciones que en este Convenio hacen referencia a miembros de la comunidad universitaria se efectúan en género masculino, cuando no hayan sido sustituidos por términos genéricos, se entenderán hechas indistintamente en género femenino o masculino, según el sexo de la persona que realice las tareas descritas.
DUODÉCIMA.- Resolución de controversias y jurisdicción.
Las partes se comprometen a resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo del presente convenio. El órgano mixto de vigilancia y control resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse respecto del presente Convenio. Para ello se atenderá siempre a los principios y normas contenidos en la Ley 40/2015. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, las partes acuerdan someterse a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
POR ____ |
POR LA UNIVERSIDAD DE GRANADA |
[usar firma electrónica con certificado digital FMNT]
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[usar firma electrónica con certificado digital FMNT]
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Fdo.: _____
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Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Director de Transferencia e Innovación Por Delegación en Resolución de 28/07/2023. (BOJA nº 148, de 3 xx xxxxxx de 2023).
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CRITERIOS DE VALORACIÓN
Xxxxxxxx innovador de la propuesta de proyecto (hasta un 30%): Necesidad no cubierta o problema que resuelve; Diferencias y ventajas respecto al estado de la técnica; Alineación con los ODS; Alineación con necesidades de sectores estratégicos; Etc.
Impacto esperado (hasta un 30%): Uso y aplicaciones de los resultados; Usuarios y personas beneficiarias; Valor y beneficios sociales esperados; Mercado potencial y sectores de interés; Etc.
Adecuación de la/s empresa/s o entidad/es al objeto del proyecto y los fines del mismo (hasta un 20%): Se deberán describir las actividades a desarrollar por el personal de la empresa o entidad colaboradora para la consecución del proyecto
Adecuación del presupuesto y cofinanciación (hasta un 20%).
RECOMENDACIONES PARA LA REDACCIÓN DE LA MEMORIA
Por favor, sea conciso.
Enfoque la memoria desde el punto de vista de la transferencia de conocimiento y resultados de investigación a empresas y otras entidades.
Cuando sea posible, incluya resúmenes, gráficas, esquemas, tablas e imágenes ilustrativas.
Trate de cumplimentar todos los apartados de la memoria.
Extensión máxima del Anexo 1: 10 páginas.
Título del Proyecto
Resumen (Máximo 300 palabras).
Carácter innovador de la propuesta (Necesidad no cubierta o problema que resuelve; Diferencias y ventajas respecto al estado actual de la técnica; Alineación con los ODS; Alineación con necesidades de sectores estratégicos; Etc.)
Objetivos (Generales y específicos).
Miembros del equipo (Indicar el nombre y apellidos del Investigador Principal y de todos los integrantes del proyecto -máximo 5 PDI-, así como su vinculación con la Universidad, y en su caso, experiencia en transferencia de conocimiento).
Actividades previstas, metodología y plan de trabajo (Incluir un cronograma de trabajo. Plazo máximo de ejecución: 12 meses. Se deberán describir las actividades a desarrollar por cada parte: Equipo investigador de la UGR y personal de la/s empresa/s o entidad/es colaboradora/s para la consecución del proyecto).
Resultados e Impacto esperado (Uso y aplicaciones de los resultados; Usuarios y personas beneficiarias; Valor y beneficios sociales esperados; Mercado potencial y sectores de interés; Etc.).
Difusión y explotación de los resultados esperados (Actividades previstas de difusión y explotación comercial de los resultados: difusión vía web y otros canales de comunicación online, asistencia a ferias comerciales, presentación de los resultados a empresas, explotación de los resultados de la investigación por parte de una empresa/entidad, etc. Nota: No se financiará la publicación de artículos científicos, edición de libros o revistas científicas, ni cualquier otra publicación o asistencia a eventos de carácter puramente científico).
Presupuesto desglosado por conceptos, con indicación de otras fuentes de financiación si existen
Concepto |
Solicita a Plan Propio |
Cofinancia |
Total |
Material fungible |
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Material inventariable |
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Gastos de difusión de los resultados |
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Viajes y dietas* |
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Otros gastos necesarios para la ejecución del proyecto |
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Total |
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NOTAS:
La financiación no superará la cantidad de 5.000€ por proyecto.
Gastos no elegibles: Gastos de personal, gastos informáticos, ofimáticos, gastos asociados a publicaciones de carácter científico -artículos, libros, capítulos de libros, revistas científicas, etc.
Justifique cada una de las cantidades solicitadas al Plan Propio
*Elabore el presupuesto con base al formato previsto en la hoja de liquidación de gastos y adjuntar a esta memoria. Solo se cubrirán los viajes y dietas del PDI.
Cronograma de gastos (Temporización mensual de los gastos en los que se va a incurrir para el desarrollo de las actividades del proyecto).
Información adicional (Otra información complementaria que el equipo de investigación considere oportuno aportar).
12/12