LICITACIÓN PÚBLICA
LICITACIÓN PÚBLICA
N° 10 / 2013
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
OBJETO: “Locación del Servicio Público de Limpieza Urbana”
FECHA DE RECEPCIÓN DE PROPUESTAS: HORA:
LUGAR DE RECEPCIÓN:
DIRECCIÓN
GENERAL
DE
ADMINISTRACIÓN
DE
CONTRATACIONES DE SUMINISTRO
Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxx, Xxxxxx Xxxx XXXXXXX XXXXXXX
XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX
CLÁUSULAS GENERALES 4
CAPÍTULO I - DEL OBJETO Y CARACTERÍSTICAS GENERALES 4
CAPÍTULO II - DEL SISTEMA DE LICITACIÓN 8
CAPÍTULO III - DE LOS PROPONENTES 9
CAPÍTULO IV – DEL PROCESO DE PRESELECCIÓN 23
CAPÍTULO V – DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 27
CAPÍTULO VI- DE LA CONTRATACIÓN 29
CAPÍTULO VII - DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 30
CAPÍTULO VIII – DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO 33
CAPÍTULO IX – DE LAS PENALIDADES 36
CAPÍTULO X – DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO 40
CAPÍTULO XI: ESPECIFICACIONES GENERALES DE LOS SERVICIOS 42
CLÁUSULAS PARTICULARES 53
CAPÍTULO I: DEL SERVICIO DE BARRIDO MANUAL DE CALLES Y VEREDAS 53
CAPÍTULO II: DEL SERVICIO DE BARRIDO MECÁNICO DE CALLES 59
CAPÍTULO III: DEL SERVICIO DE LIMPIEZA, DESOBSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO DE SUMIDEROS, CÁMARAS Y SUS NEXOS 62
CAPÍTULO IV: DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS 64
CAPÍTULO V: DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE VOLUMINOSOS Y DE RESTO DE VERDE 73
CAPÍTULO VI: DE LOS SERVICIOS ESPECIALES 78
CAPÍTULO VIII: DEL PROGRAMA DE DIFUSIÓN AMBIENTAL 79
XXXXX X – MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN 82
ANEXO II – XXXXXXXXXX Xx 0 00
XXXXX XX – FORMULARIO N° 2 84
XXXXX XXX – METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DEL SOBRE A 85
ANEXO IV – PLANILLA DE COTIZACIÓN 87
XXXXX X – LISTADO DE PERSONAL DE LA ACTUAL CONTRATISTA AL 31 XX XXXX DE 2013 88
ANEXO VI – PLANOS 94
XXXXX XXX – LISTADO DE SUMIDEROS, CÁMARAS Y NEXOS 95
ANEXO VIII – PLANILLA DE COTIZACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES 108
LICITACION PUBLICA Nº 10/2013
Apertura: 17/ DICIEMBRE/ 13 – Hora: 10:00
CLÁUSULAS GENERALES CAPÍTULO I - DEL OBJETO Y CARACTERÍSTICAS GENERALES CLÁUSULA 1 GENERALIDADES
CLÁUSULA 1.1 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
El presente documento constituye el Pliego de Bases y Condiciones que contiene las Cláusulas Generales, Particulares y Anexos. Dicho Pliego, conjuntamente con las Circulares emitidas por la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén, conforman la documentación licitatoria. En tal sentido, el Pliego de Bases y Condiciones establece los derechos y obligaciones de la Municipalidad, de los Proponentes de esta Licitación, y de quien resulte Adjudicatario y Contratista de los servicios licitados.
CLÁUSULA 1.2 FACULTAD DE DISPOSICIÓN DE LOS RESIDUOS
La Municipalidad de la Ciudad de Neuquén conserva la propiedad y facultad de disposición de todos los residuos sólidos urbanos, cualquiera sea su tipo y procedencia.
En ningún caso el Contratista tendrá derecho a resarcimiento alguno por modificación en el volumen o peso de las cargas que resultan del accionar de recuperadores informales o terceras personas.
CLÁUSULA 1.3 DEFINICIONES
Los siguientes términos utilizados en esta Licitación, tienen el significado que a continuación se indica:
Acta de Iniciación de Servicios: Acto jurídico en virtud del cual el Contratista se hace cargo materialmente del Servicio de Limpieza Urbana y del efectivo inicio de los servicios, de acuerdo con lo establecido al respecto en el Pliego.
Adjudicación: El acto del Municipio por el que se adjudica la presente Licitación.
Adjudicatario: El Proponente cuya propuesta haya sido adjudicada.
Apoderado: Persona física designada por el Proponente con amplias facultades para considerar y resolver las cuestiones relativas a la Propuesta o al Contrato, con facultad para obligar al Proponente, Adjudicatario o Contratista, acreditado mediante el instrumento público que certifique debidamente la representación.
Autoridad de Aplicación: La Secretaría de Servicios Urbanos, o el Ente que la reemplace en el futuro.
Balance: el conjunto de estados contables que toda sociedad comercial debe confeccionar de acuerdo con la Ley de Sociedades Nº 19.550 por cada ejercicio comercial, aplicando las normas contables vigentes y contando con informe del auditor y de la sindicatura societaria de corresponder. A los fines de esta Licitación no se admitirán los Balances que tengan informe del auditor o de la sindicatura de tipo "adverso" o con "abstención de opinión". La Comisión de
Preadjudicación tendrá la facultad de auditar por sí o a través de sus consultores técnicos cualquier cifra o aspecto de los Balances y proyecciones que presenten los Proponentes.
Calificación de las Propuestas: Acto realizado por la Comisión de Preadjudicación en cumplimiento de sus atribuciones, mediante el cual se asigna un puntaje a cada Propuesta y se las enumera en un orden decreciente de puntaje en virtud de sus antecedentes y capacidad jurídica, económica y técnica incluida en el Sobre A, seleccionando a quienes cumplen con los requisitos mínimos exigidos en el presente Pliego para que la propuesta sea considerada admisible y pueden avanzar en el proceso de licitación con la apertura del Sobre B.
Centro de Disposición Final, Centro de Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos, Complejo Ambiental Neuquén o CDFRSU: El Centro de Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos está ubicado dentro de los Lotes N° 1 y 2 de propiedad municipal y del Lote Oficial N° 3, en el límite del ejido municipal de la ciudad de Neuquén, ocupando una superficie aproximada xx xxxx (10) hectáreas, a una distancia de aproximadamente 12 Km al noroeste xxx Xxxxxxx Municipal, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx. Su construcción, operación y mantenimiento está a cargo de CLIBA INGENIERÍA AMBIENTAL
S.A. – TECSAN INGENIERÍA AMBIENTAL S.A. – U.T.E. en el marco de la Licitación Pública Nº 23/05 hasta la finalización del plazo de vigencia contractual y sus prórrogas; y estará a cargo de quien resulte Adjudicatario de la Licitación Pública que tramita mediante Expediente OE-7151-M-2013 a partir de la iniciación de la prestación de ese servicio.
Circulares: Las notificaciones emitidas por el Municipio que signifiquen ampliación o aclaración de cualquier aspecto relacionado con la Licitación, por decisión propia o por consulta de alguno de los licitantes y proponentes.
Comisión de Preadjudicación: La Comisión de Preadjudicación creada por el Ejecutivo Municipal para la evaluación de las propuestas y el ejercicio de las restantes atribuciones que se le asignen y las previstas en este Pliego.
Contratista: El Adjudicatario, una vez que suscriba con el Municipio el Contrato de Locación de Servicios y sea responsable por la prestación del mismo.
Contrato de Locación de Servicios: Documento que formaliza el acuerdo de voluntades generador de obligaciones y derechos entre Municipio y Contratista para la prestación de los servicios y los documentos indicados en este pliego como integrantes del mismo, a suscribirse entre el Municipio y el Adjudicatario dentro de los quince (15) días corridos de notificada la Adjudicación.
Cuadra: Es la distancia existente entre las líneas centrales de dos bocacalles consecutivas. Cuando se hace referencia a cuadra en la definición de un servicio, debe entenderse que se refiere a ambos cordones de la misma. A los efectos de la medición y certificación se deberá tomar en consideración el valor de la cuadra igual a ciento veinte (120) metros, refiriendo las medidas reales de las cuadras servidas a este valor patrón.
Ejercicio cerrado y vencido: el ejercicio comercial según la fecha de cierre establecida en el estatuto social respecto del cual hubiera operado el vencimiento general para la presentación ante AFIP-DGI de la declaración jurada del impuesto a las ganancias a la fecha de presentación de la propuesta por el Proponente.
Inspección del servicio: Actividad técnico administrativa de supervisión y control de los servicios por parte de la Autoridad de Aplicación.
Inspectores: Personas a las que la Autoridad de Aplicación les encomiende tareas de fiscalización y control del Servicio de Limpieza Urbana de la Ciudad de Neuquén.
Licitante: Quien adquiere el Pliego de la presente Licitación.
Municipio: Es el Órgano Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx.
Plazos: Cuando en el presente Xxxxxx se mencionan plazos en días, los mismos se entenderán como días hábiles administrativos para la administración pública de la Municipalidad de Neuquén, salvo que expresamente se indiquen como en días corridos. Cualquier notificación que se realice en día inhábil se considerará como realizada el día hábil inmediato siguiente.
Xxxxxx x Xxxxxx de Bases y Condiciones: El conjunto de documentos, anexos y planos contenidos en el presente instrumento y las circulares que aclaren y/o modifiquen los mismos.
Preadjudicación: Dictamen que determina los proponentes que se recomiendan para la adjudicación en virtud del puntaje asignado según la evaluación del Sobre B realizada por la Comisión de Preadjudicación.
Preadjudicatario: El proponente cuya propuesta ha sido recomendada mediante dictamen de la Comisión de Preadjudicación en virtud del puntaje asignado según la evaluación del Sobre B.
Proponente: La persona física o jurídica o conjunto de ellas que presente una Propuesta en el marco de esta Licitación.
Propuesta: Declaración de voluntad unilateral e irrevocable efectuada por escrito por el Proponente en el procedimiento de esta Licitación.
Representante Legal: Persona designada por el Licitante o Proponente con amplias facultades para considerar y resolver cuestiones relativas a la Propuesta o al Contrato, obligando al Licitante, Proponente, Adjudicatario o Contratista.
Representante Técnico: Profesional con titulo habilitante y con experiencia reconocida en temas ambientales, designado por el Licitante o Proponente.
Sociedades Extranjeras: Las definidas por el artículo 118º de la Ley Nº 19.550.
UTE o Consorcio: Unión de dos (2) o más Empresas o Sociedades que, conservando su personería jurídica, se reúnen para actuar unidas bajo una misma dirección. Para la Municipalidad de Neuquén constituyen un Ente único y sus integrantes responden en forma solidaria y mancomunada frente a la misma con las obligaciones contractuales y extracontractuales.
XXXXXXXX 0 XXXXXX XX XX XXXXXXXXXX
Xx Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx convoca a Licitación Pública para la Locación del Servicio Público de Limpieza Urbana, consistente en:
1) Barrido y limpieza de calles pavimentadas y de veredas, con el levantamiento del producido y transporte hasta el Centro de Disposición Final.
2) Limpieza y desobstrucción de sumideros, cámaras y sus nexos.
3) Recolección de residuos domiciliarios y transporte hasta el Centro de Disposición Final.
4) Recolección de voluminosos y de resto de verdes y transporte hasta el Centro de Disposición Final.
CLÁUSULA 3 RÉGIMEN LEGAL
El presente llamado a Licitación se sujetará a:
□ El Pliego de Bases y Condiciones y las Circulares emitidas por la Autoridad de Aplicación.
□ El Reglamento de Compras y Contrataciones de la Municipalidad de Neuquén aprobado por el Decreto N° 1231/2000 y Modificatorios.
□ La Ordenanza Municipal N° 7838/97.
□ La Ley Provincial N° 2141 y su reglamentación.
□ La Carta Orgánica Municipal.
CLÁUSULA 4 PRESUPUESTO
El Presupuesto Oficial para la locación de los servicios enunciados en la CLÁUSULA 2 de las Cláusulas Generales del presente Pliego, asciende a la suma de Pesos ocho millones doscientos mil ($ 8.200.000,00) mensuales.
CLÁUSULA 5 VIGENCIA DEL CONTRATO Y EXTENSIÓN DEL PLAZO
El contrato será por el término de cinco (5) años, con opción a prórroga a favor del Municipio por un (1) año más. La duración del contrato se contará a partir de la fecha de inicio de la prestación efectiva de los servicios conforme lo establecido en la CLÁUSULA 46 de las Cláusulas Generales. La opción a prórroga será notificada fehacientemente al Contratista con una antelación de noventa (90) días corridos a la fecha del vencimiento del contrato. Los servicios correspondientes a dicho lapso serán retribuidos en la misma forma que durante el plazo contractual, rigiendo todas las estipulaciones y condiciones del contrato.
CLÁUSULA 6 CONTINUIDAD DEL SERVICIO
El Contratista deberá continuar con la prestación de los servicios, aun después de expirado el término del contrato o su prórroga si la hubiere, hasta la iniciación del nuevo servicio por parte de quien haya de tomarlo a su cargo.
El plazo de continuación no podrá ser mayor de ciento ochenta (180) días corridos a partir de la fecha de expiración del contrato o su prórroga. Los servicios correspondientes a dicho lapso serán retribuidos en la misma forma que durante el plazo de la contratación, rigiendo las mismas condiciones y precios establecidos en el Contrato.
En caso de producirse la extinción anticipada de la relación contractual, el Contratista estará obligado a continuar con la prestación de los servicios hasta ciento ochenta (180) días corridos, contados al momento que se haga efectiva la extinción del contrato.
CAPÍTULO II - DEL SISTEMA DE LICITACIÓN CLÁUSULA 7 ETAPAS DE LA LICITACIÓN
El proceso de la presente Licitación se desarrollara en dos (2) etapas.
En la primera etapa se realizará la preselección de los proponentes de acuerdo a los requisitos establecidos en este Pliego. Esta primera etapa consistirá en la evaluación de su capacidad jurídica, económico-financiera y técnica para afrontar la ejecución de los servicios licitados.
En la segunda etapa se analizará exclusivamente la propuesta económica.
CLÁUSULA 8 EXENCIÓN DE RESPONSABILIDADES
El Órgano Ejecutivo Municipal podrá desistir de este llamado en cualquier etapa de su realización o podrá desestimar todas las presentaciones, en ambos casos por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, sin que estas decisiones puedan motivar reclamos de ninguna naturaleza por gastos, honorarios o retribuciones y/o indemnizaciones en que hubieran incurrido los proponentes en la preparación y presentación de la propuesta, renunciando a deducir cualquier reclamo que reconozca causa en una hipotética responsabilidad precontractual.
En caso de que se decida dejar sin efecto la presente Licitación, se procederá a devolver el valor xxx Xxxxxx.
CLÁUSULA 9 DERECHOS DE LOS PROPONENTES
Únicamente los proponentes que resulten calificados, adquirirán el derecho a participar en la segunda etapa de esta selección.
CLÁUSULA 10 VALOR Y ADQUISICIÓN XXX XXXXXX
El Pliego de Bases y Condiciones para la presente Licitación podrá adquirirse en la Dirección Municipal de Determinación Tributaria, División Tasas Varias, sito en la xxxxx Xxxxxxxxx 000 – Primer Piso de la Xxxxxx xx Xxxxxxx x xx xx Xxxx xxx Xxxxxxx ubicada en la xxxxx Xxxxx 00 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en días hábiles y en horario administrativo, hasta la fecha que se indique en el aviso de llamado a Licitación.
Su precio se fija en la suma de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000,00), el que podrá abonarse en efectivo en la Tesorería Municipal o mediante depósito en el Banco de la Provincia del Neuquén S.A, en cuenta habilitada al efecto.
CLÁUSULA 11 CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO ESPECIAL
A todos los efectos de la Licitación y del Contrato los proponentes deberán constituir domicilio legal en la Ciudad de Neuquén. En este domicilio se le notificarán todas las Circulares con las aclaraciones que se consideren necesarias a juicio del Municipio y/o con las respuestas a las consultas efectuadas por los adquirentes xxx Xxxxxx.
CLÁUSULA 12 ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LA DOCUMENTACIÓN
Se habilitará un Pliego de Bases y Condiciones para consulta de los interesados en oficinas de la Secretaría de Servicios Urbanos de la Municipalidad de Neuquén, sita en la calle Richieri
esquina Bahía Blanca, en horario de 08:00 a 13:00 horas, y en Internet en el sitio oficial de la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén: xxx.xxxxxxx.xxx.xx.
La documentación de esta Licitación podrá ser modificada por la Autoridad de Aplicación mediante Circulares que se emitirán durante el lapso licitatorio hasta cinco (5) días hábiles antes del acto de apertura de las propuestas, ya sea agregando, modificando o suprimiendo todo o parte de los documentos que la integran, ya sea para aclarar las consultas que por escrito presenten los adquirentes xxx Xxxxxx ante la Secretaría de Servicios Urbanos de la Municipalidad de Neuquén, sita en calle Richieri esquina Bahía Blanca, en horario de 08:00 a 13:00 horas, hasta siete (7) días hábiles antes de la fecha de apertura de las propuestas.
Las Circulares serán entregadas a todos los adquirentes xxx Xxxxxx en los domicilios constituidos oportunamente, notificadas en forma fehaciente, y pasarán a formar parte de los documentos de la Licitación.
Las aclaraciones y consultas que no se realicen como se indica en la presente cláusula no serán consideradas.
CLÁUSULA 13 FACULTAD DE PRORROGAR LOS PLAZOS
Los plazos podrán ser modificados por el Municipio siempre y cuando preserve la concurrencia y no afectando el principio de igualdad entre los proponentes.
CLÁUSULA 14 JURISDICCIÓN
Cualquier litigio o conflicto de intereses que pudiera suscitarse con motivo de la presente Licitación, será sometido la competencia y jurisdicción de la Justicia Ordinaria del fuero Civil y Comercial con asiento en los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Neuquén, renunciando las partes a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles, inclusive al fuero Federal.
CLÁUSULA 15 AUTORIDAD DE APLICACIÓN
Será Autoridad de Aplicación la Secretaría de Servicios Urbanos de la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén, o el Ente que la reemplace en el futuro, con atribuciones y responsabilidades suficientes para fiscalizar, controlar y obligar el cumplimiento de las condiciones contractuales que emanen de esta Licitación.
CAPÍTULO III - DE LOS PROPONENTES CLÁUSULA 16 ASPECTOS LEGALES
Solamente podrán concurrir como proponentes al presente llamado a Licitación:
Las sociedades comerciales argentinas que tengan una antigüedad no menor a dos (2) años contados a partir de la fecha de su inscripción registral, constituidas conforme a las disposiciones de la Ley N° 19.550 y sus modificatorias con domicilio en el país, en forma individual o como integrantes de una Unión Transitoria de Empresas (UTE), de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 377º y siguientes de la citada Ley.
Las sociedades extranjeras, entendiendo por tales las comprendidas en la Ley N° 19.550, Artículos 118° y 123°, sólo podrán participar de la presente Licitación asociadas en UTE con empresas nacionales (sociedades constituidas en el país conforme a lo dispuesto por la Ley N°
19.550) que posean una antigüedad no menor a dos (2) años. La participación total de las empresas extranjeras en la UTE no podrá superar el veinte por ciento (20%) y así deberá constar en la documentación obrante en cumplimiento del apartado f.2), inciso 3) o 4) según corresponda, acápite c de la CLÁUSULA 22 de las Cláusulas Generales.
CLÁUSULA 17 APTITUDES DE LOS PROPONENTES CLÁUSULA 17.1 CAPACIDAD JURÍDICA
A exclusivo juicio del Municipio, los proponentes deberán reunir capacidad jurídica, la cual se determinará sobre la base del objeto de los contratos constitutivos, los estatutos sociales y demás documentación prevista en este Pliego.
El plazo de vigencia del contrato social de las sociedades proponentes como así también la vigencia de vinculación de empresas integradas en UTE, no podrá ser inferior al plazo contractual más la posible prórroga prevista en la CLÁUSULA 5 de las Cláusulas Generales del presente Pliego.
Cualquier circunstancia que en el trámite de la presente Licitación o en el transcurso de la ejecución del contrato pudiera afectar a alguna de las empresas integradas en UTE, podrá ser considerada por el Municipio como extensiva a todo el grupo, a los fines de la aplicación de las cláusulas y disposiciones establecidas en el presente Xxxxxx que rigen la contratación.
CLÁUSULA 17.2 CAPACIDAD ECONÓMICA FINANCIERA
La capacidad económica financiera se establecerá sobre la base de la información contenida en los estados contables correspondientes a los dos (2) últimos ejercicios económicos regulares exigibles a la fecha de la apertura de la presente licitación, con Informe y/o Dictamen de Auditor emitido por Contador Público, debidamente intervenido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas correspondiente. Se admitirá como último Estado Contable requerido aquel cuya fecha de cierre no exceda los dieciocho (18) meses anteriores al de apertura de la presente licitación, salvo para las ventas anuales, que se tomarán las correspondientes a los doce (12) meses anteriores cerrados el penúltimo mes anterior al de la apertura de propuestas.
El Proponente deberá acreditar en su Propuesta los siguientes indicadores mínimos:
□ Ventas Anuales: Iguales o mayores a Pesos ochenta millones ($ 80.000.000).
□ Xxxxxxxxxx Xxxx: Igual o mayor a Pesos cuarenta y cinco millones ($ 45.000.000).
□ Capital de Trabajo: Igual o mayor a $15.000.000.
□ Coeficiente de Solvencia Económica (Activo Total sobre Pasivo Total): Igual o mayor que 1,00.
□ Coeficiente de Liquidez Corriente (Activo Corriente sobre Pasivo Corriente): Igual o mayor que 1,00.
En caso de que el proponente sea una UTE deberá presentarse la documentación individual correspondiente a cada uno de los integrantes y consolidada de la UTE en función del porcentaje de participación de cada uno. Los antecedentes de capacidad económica financiera se ponderarán de acuerdo al porcentaje de participación de cada empresa en la UTE.
CLÁUSULA 17.3 CAPACIDAD TÉCNICA
Sólo podrán ser proponentes aquellos que acrediten experiencia en la prestación de servicios de recolección de residuos sólidos urbanos y de barrido y limpieza de calzadas, de acuerdo a lo descrito en los apartados 1) y 3) de la CLÁUSULA 2 de las Cláusulas Generales del presente pliego, de acuerdo con los siguientes parámetros.
Deberá acreditar la prestación de servicios de recolección y barrido en forma ininterrumpida con una municipalidad en territorio argentino con una antigüedad mínima de nueve (9) años.
Para el Servicio de Barrido y Limpieza de Calzadas, apartado 1) de la CLÁUSULA 2 de las Cláusulas Generales, deberán certificar la prestación de servicios por un mínimo de dos mil (2.000) cuadras por día en un contrato vigente a la fecha de presentación de la oferta prevista en el presente pliego.
Para el Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos, apartado 3) de la CLÁUSULA 2 de las Cláusulas Generales, deberán acreditar experiencia en la prestación de servicios de higiene urbana en ciudades del Territorio Nacional con más de trescientos mil (300.000) habitantes y por un mínimo de doscientas setenta (270) toneladas diarias en un contrato vigente a la fecha de presentación de la oferta prevista en el presente pliego.
La capacidad técnica en cuestión quedará definida por los antecedentes propios que los proponentes acrediten dentro del país, pudiendo ser los mismos de empresas vinculadas, controladas y controlantes.
A efectos de cumplimentar con los parámetros mínimos exigidos para cada servicio, no se aceptarán agregaciones de distintas localidades, aún cuando se tratare de una misma empresa especializada en prestaciones de higiene urbana. Idéntico criterio se aplicará para las UTE.
En caso de UTE, serán válidos los antecedentes de por lo menos una de las empresas integrantes de la misma, no aceptándose la suma de antecedentes de sus integrantes.
Se deja constancia que los datos de población deben corresponder a habitantes estables, sin incluir población fluctuante o temporaria –Datos Censales Oficiales de Organismos Públicos-.
Para acreditar los antecedentes solicitados, el Proponente deberá presentar Certificados de Servicios expedidos por la Autoridad Competente, en los cuales se deberán consignar los siguientes datos:
□ Datos del Comitente:
□ Lugar de prestación de los servicios:
□ Población servida (habitantes):
□ Servicios de Recolección (cuadras servidas por día):
□ Servicio de Barrido (cuadras servidas por día):
□ Período de prestación de servicio:
! Fecha de iniciación:
! Fecha de finalización:
CLÁUSULA 18 IMPEDIMENTOS PARA REALIZAR PROPUESTAS
No podrán presentarse a esta Licitación:
a) Las empresas o sociedades cuyos directores, apoderados o representantes hayan sido condenados por delitos económicos, con sentencia firme.
b) Las sociedades e individualmente sus componentes y/o miembros del directorio, que estén inhabilitados por el tribunal de Cuentas de la Provincia de Neuquén o en los Registros de Proveedores Municipal y/o Provincial. Asimismo aquellas que hubieran sido objeto de inhabilitación como contratistas de la provincia y/o de la Municipalidad de Neuquén. Esta inhabilitación alcanza a los cónyuges de los sancionados y a los parientes hasta el primer grado de las personas señaladas.
c) Las empresas que se encontraren en concurso preventivo, quiebra declarada o liquidación.
d) Las empresas en las que actúen como administradores o directores, agentes o funcionarios de la Administración Pública Municipal, Provincial o Nacional, o que sean o hayan sido, dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de apertura de la Licitación, empleados o funcionarios del Estado Municipal, Provincial o Nacional.
e) Las empresas que se presentaren mediante UTE no podrán a su vez ser proponentes en forma individual. De verificarse tal extremo, serán rechazadas todas las propuestas en que se encuentre presente la empresa de que se trate.
f) Las contratistas, ex-contratistas, concesionarias del Estado Municipal o Provincial en forma individual o como componentes de sociedades, quienes por incumplimiento de compromisos pactados hayan sido condenados judicialmente o se haya dispuesto la rescisión del vinculo contractual.
g) Las personas jurídicas nacionales o extranjeras de derecho público.
h) Las inhabilitaciones alcanzarán a los miembros de la Comisión de Preadjudicación y a las sociedades integradas por sus cónyuges y parientes hasta el primer grado.
i) Los evasores y deudores morosos impositivos o previsionales declarados por autoridad competente, según corresponda, así como también los deudores morosos xxx xxxxx Municipal y Provincial.
Los proponentes deberán acompañar con su presentación una declaración jurada en la que expresen no encontrarse incursos en ninguna de las inhabilitaciones señaladas. La omisión de presentación de esta Declaración Jurada implicará el rechazo automático de la propuesta.
Cuando se constatare que el Proponente estuviera alcanzado por alguno de los impedimentos establecidos en este Cláusula, se procederá a aplicar las siguientes sanciones:
1) El rechazo del Sobre A -Documentación Respaldatoria- y de su propuesta económica, dependiendo en qué fase del proceso de evaluación de la propuesta se advirtiera la anomalía, con la consecuente pérdida de la Garantía de Propuesta.
2) La anulación de la adjudicación, con pérdida de la Garantía de Propuesta cuando el incumplimiento se advierta después de notificada la adjudicación.
3) La resolución del Contrato, con pérdida de la garantía de ejecución cuando el impedimento se advirtiera después de firmado el contrato
CLÁUSULA 19 GARANTÍA DE PROPUESTA
A los fines de la admisión de la propuesta, los proponentes deberán constituir una Garantía de Propuesta a favor de la Municipalidad de Neuquén, por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del monto anual del presupuesto oficial, esto es, por Pesos nueve millones ochocientos cuarenta mil ($ 9.840.000,00), la que podrá constituirse de alguna de las siguientes formas:
1) Depósito en efectivo en la Tesorería Municipal de la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén, en Planta Baja xxx Xxxxxxx Municipal sito en Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxxx Xxxxx X. Xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx. En tal caso, deberá adjuntar la boleta de depósito ORIGINAL pertinente, en la que deberá constar el nombre del Proponente y la Licitación a que pertenece la garantía. El depósito así constituido no devengará interés alguno.
2) Fianza bancaria otorgada por entidad radicada en el país, constituyéndose en fiador solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013 del Código Civil. No deberá contener fecha de vencimiento, allanándose expresamente a la ley y al contrato motivo de la misma, aún cuando no fueran pagados por el tomador los valores que demanden su costo. En tal caso, la documentación a adjuntar al acto licitatorio deberá ser una certificación emitida por el banco involucrado con constancia de su domicilio y firma autorizada acompañada para su autenticidad de la certificación extendida por un Escribano Público. Tal certificación no podrá tener una antigüedad mayor a los tres (3) días hábiles administrativos anteriores a la fecha fijada para la apertura de propuestas. En caso de que la certificación aludida provenga de un escribano de extraña jurisdicción, deberá además contar con la correspondiente legalización. Se deberá designar como asegurado a la Municipalidad de Neuquén, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxxx Xxxxx X. Xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx, xxxxxxxxx del mismo nombre.
3) Seguro de Caución, mediante póliza aprobada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con los anexos, condiciones generales y particulares y suplementos, respondiendo íntegramente a las disposiciones del Decreto Nacional N° 411/69, o con el texto ordenado según el mismo. Deberá contener expresa constancia que el asegurador se constituye en fiador solidario, liso, llano y principal pagador de la garantía prevista, con renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, sin restricciones ni salvedades. Solo se admitirá póliza que contemple la cláusula de reajuste que para las pólizas de seguro de caución fuera aprobada por la Resolución General N° 17047/82 de la Superintendencia de Seguros de la Nación. El asegurador deberá, a los fines que hubiere lugar, fijar domicilio en la ciudad de Neuquén, provincia del mismo nombre. En tal caso, la documentación a adjuntar al acto licitatorio deberá ser la póliza de seguro de caución en garantía ORIGINAL conteniendo los requisitos antes citados. Todos los documentos integrantes de la póliza deberán estar firmados por el mismo autorizante. Tal firma deberá ser acompañada para su autenticidad de la certificación extendida por un Escribano Público. En caso de que la certificación aludida provenga de un escribano de extraña jurisdicción, deberá además contar con la correspondiente legalización. Se deberá designar como asegurado a la Municipalidad de Neuquén, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxxx Xxxxx X. Xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx, xxxxxxxxx del mismo nombre.
La Garantía de Propuesta presentada por una Unión Transitoria de Empresas (UTE) deberá definir como Proponente a todos los integrantes de la UTE, enumerándolos como: “Unión Transitoria de Empresas formada por ___________, _____________ y ”.
CLÁUSULA 20 MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA
El mantenimiento de la propuesta deberá ajustarse a lo siguiente:
a) La garantía constituida conforme a lo previsto en la cláusula anterior estará destinada a asegurar y afianzar la seriedad y el mantenimiento de la propuesta por el término de sesenta (60) días corridos contados a partir de la fecha de apertura de la Licitación, el que quedará prorrogado de pleno derecho hasta el momento de su adjudicación. Se restituirá la Garantía de Propuesta a los proponentes que no hubieran resultado adjudicatarios, dentro de los veinte (20) días corridos de adjudicada la Licitación. Los proponentes no podrán reclamar intereses, o suma alguna por ningún concepto con relación a la Garantía de Propuesta.
b) El proponente que desistiera de su propuesta antes de la expiración del plazo de mantenimiento establecido en el apartado anterior, perderá automáticamente, sin necesidad de declaración alguna, la Garantía de Propuesta
CLÁUSULA 21 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas deberán presentarse en la Dirección General de Administración de Contrataciones de Suministro, Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxx, Xxxxxx Xxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx, en un único sobre o paquete cerrado y lacrado, sin membretes que individualicen a la firma proponente, hasta las 10 horas del día 17/ 12 /13, consignando únicamente en el mismo:
Municipalidad de la Ciudad de Neuquén Licitación Pública N° 10 / 13
Apertura 17 /12/ 13 a las 10:00 horas
Dirección General de Administración de Contrataciones de Suministro Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxx, Xxxxxx Xxxx – Xxxxxxx
Dentro del sobre o paquete cerrado y lacrado, la propuesta estará contenida en dos (2) sobres claramente separados, cerrados y lacrados e identificados únicamente con las siguientes inscripciones:
□ SOBRE A – DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA Licitación Pública N°10/ 13
Objeto: Locación del Servicio Público de Limpieza Urbana Proponente: ____________________________________
□ SOBRE B – COTIZACIÓN Licitación Pública N° 10/ 13
Objeto: Locación del Servicio Público de Limpieza Urbana Proponente: ____________________________________
Los sobres con las propuestas serán abiertos en acto público el día 17 de diciembre de 2013 a las 10:00 horas. No se admitirá su recepción posterior. Bajo ningún concepto se admitirá el retiro de los sobres ya presentados. En caso de ser inhábil el día fijado para la apertura, la misma se realizará el primer día hábil siguiente.
La propuesta se presentará por duplicado, redactada en idioma castellano y expresada en pesos, moneda nacional de curso legal.
El recaudo de la presentación por duplicado regirá también para la documentación que, conforme a este Xxxxxx, deberá acompañar a la propuesta, debiendo identificarse el ORIGINAL y la COPIA.
Tanto la propuesta como la documentación adjunta y sus respectivas copias, deberán presentarse foliadas y firmadas por el representante legal del Proponente y su Representante Técnico en todas sus fojas.
El requisito de la presentación por duplicado de la documentación que debe acompañar a la propuesta no será exigible para la referida al recibo de adquisición xxx xxxxxx, al Pliego, sus anexos y circulares, respecto de los cuales bastará la presentación de un solo ejemplar en la forma prevista.
Las autenticaciones, certificaciones y legalizaciones requeridas y exigidas para la presentación de documentos podrán constar solo en el ORIGINAL.
Las raspaduras, interlineados, sobreimpresos o testaciones deberán ser salvadas y firmadas al final de cada escrito.
CLÁUSULA 22 CONTENIDO DE LA PROPUESTA
El Sobre A contendrá:
La documentación que a continuación se detalla debidamente foliada y firmada. Dicha documentación deberá ser acompañada en el orden dado por los siguientes incisos:
a) Carta de presentación, según XXXXX X.
b) Recibo original de la compra del presente pliego de base y condiciones. En caso de UTE, bastará la acreditación de la compra xxx xxxxxx por uno de sus integrantes.
c) Pliego de Bases y Condiciones y las Circulares emitidas por la Autoridad de Aplicación, en original debidamente firmado, foliado y sellado por el Representante Legal del Proponente y su Representante Técnico, como prueba de aceptación de las condiciones que rigen la presente licitación. Dichas firmas deben venir certificadas ante Escribano Público, en un solo acto y a continuación de la última foja de la documentación.
d) La Garantía de Propuesta de conformidad a lo establecido en la CLÁUSULA 19 de las Cláusulas Generales del presente pliego.
e) Nota denunciando domicilio real y constituyendo domicilio legal en la Ciudad de Neuquén, declarando además la aceptación expresa de la justicia ordinaria de Neuquén
Capital para dirimir cualquier cuestión judicial que pudiere suscitarse, haciendo expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder.
f) Documentación que acredite la condición legal de los Proponentes:
f.1) Cuando se presenten propuestas de sociedades anónimas o cooperativas, se deberá adjuntar:
1) Copia del Contrato Social y sus modificatorias debidamente inscripto en el Registro Público de comercio.
2) Acta de Asamblea designando al Directorio.
3) Acta de Directorio asignando la distribución de cargos.
4) Acta de Directorio autorizando la presentación de la Propuesta.
En caso de otras sociedades comerciales, deberá adjuntarse copia del Contrato Social debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio y, si correspondiese, el poder que faculta al representante a presentarse a la licitación.
En caso de empresas unipersonales deberá adjuntarse copia de la respectiva Matrícula de Comerciante debidamente inscripta en el Registro Público de Comercio.
Toda la documentación citada precedentemente deberá estar certificada por ante Escribano Público.
Las empresas que se presenten bajo la figura de “colaboración empresaria” en los términos de la Ley N° 19550 y modificatorias, deberán cumplir los requisitos antes mencionados atento a su condición jurídica, presentar certificación contable indicando su capital firmado por Contador Público Nacional e intervenido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas pertinente, aclarando el porcentaje que afecta a cada una de ellas en su capacidad.
f.2) Las propuestas presentadas por Uniones Transitorias de Empresas (UTE) deberán reunir las siguientes condiciones, además de las que específicamente se derivaren por aplicación del artículo 377° y siguientes de la Ley N° 19550:
1) Contendrán todos los documentos e informaciones mencionados precedentemente con relación a cada uno de los integrantes de la UTE, de acuerdo con su condición jurídica.
2) Acta de Directorio (u organismo administrativo que lo reemplace) autorizando la conformación de la UTE y aprobando el grado de participación y designación de su Representante Legal, de cada uno de los integrantes de la UTE.
3) De existir, se deberá adjuntar una copia del convenio de Unión Transitoria de Empresas debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio, en el que deberá constar, entre otras cosas:
a. Que sus integrantes son responsables mancomunada y solidariamente del cumplimiento del Contrato y frente al Organismo licitante.
b. Designación del Representante Legal.
c. Participación de cada uno de los integrantes en la UTE.
d. Designación expresa que el objeto de la UTE es la presentación a la licitación, contratación de los servicios de resultar adjudicada y la locación de los mismos.
4) De no cumplirse con el requisito antes citado en 3), se deberá acompañar copia del Acta de Intención de constituir una UTE que, firmada por los representantes autorizados por los oferentes, designados en actas citadas en 2), deberá contener, entre otras cosas:
a. Que sus integrantes son responsables mancomunada y solidariamente del cumplimiento del Contrato y frente al Organismo licitante.
b. Designación del Representante Legal.
c. Participación de cada uno de los integrantes en la UTE.
d. Designación expresa que el objeto de la UTE es la presentación a la licitación, contratación de los servicios de resultar adjudicada y la locación de los mismos.
e. Compromiso de celebrar el respectivo convenio de conformación de la UTE de conformidad con lo normado por la Ley de Sociedades Comerciales e inscribir el mismo en el Registro Público de Comercio de Neuquén, en el caso de resultar adjudicataria de la locación, en forma previa a la celebración del contrato con la Municipalidad de Neuquén.
Toda la documentación citada precedentemente deberá estar certificada por ante Escribano Público.
En el caso del Acta de Intención mencionada en 4), deberá acreditarse la autenticidad de las firmas obrantes –si fuera documento privado– mediante certificación por ante Escribano Público.
g) Certificado Fiscal para Contratar:
A fin de demostrar el correcto cumplimiento de las obligaciones en materia impositiva y previsional, los proponentes deberán acompañar en su propuesta, fotocopia certificada del Certificado Fiscal para Contratar emitido en los términos de las Resoluciones Generales (A.F.I.P.) N° 135/98, N° 1814/05, Nº 2581/09 o las que en el futuro las modifiquen o sustituyan.
El mismo se deberá acompañar con la impresión de la consulta en la página WEB de la
A.F.I.P. en la que conste el número y vigencia del Certificado presentado atento a lo indicado en el párrafo anterior.
En su defecto los proponentes podrán adjuntar al momento de la apertura del llamado, fotocopia certificada de la Nota de solicitud (en los términos del modelo –Anexo II– que se consigna en el artículo 3 de la Resolución General Nº 1814/05, modificado por la Resolución General Nº 2581/09) recepcionada por la dependencia de la A.F.I.P. en la cual se encuentren inscriptos.
Para la preadjudicación de la Licitación, será indispensable contar con la fotocopia certificada del Certificado Fiscal para Contratar vigente y su consulta WEB en los
términos del primer y segundo párrafos antes indicados. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la desestimación de la Propuesta sin más trámite.
h) Certificados de Cumplimiento Fiscal Provincial y Municipal:
h.1) Certificado de Cumplimiento Fiscal Provincial (Resolución N° 572–DPR/00):
A fin de demostrar el correcto cumplimiento de las obligaciones en materia impositiva con el Estado Provincial de Neuquén, los proponentes deberán acompañar en su propuesta, fotocopia certificada del Certificado de Cumplimiento Fiscal para Contratar emitido por la Dirección Provincial xx Xxxxxx, en los términos de la Resolución N° 572 DPR/00 o la que en el futuro la modifique o sustituya.
En su defecto, los proponentes podrán adjuntar al momento de la apertura del llamado, fotocopia certificada de la Nota de solicitud del certificado (en los términos del modelo – Anexo II– que se consigna en el artículo 2° de la Resolución N° 572 DPR/00) recepcionada por la Dirección de Recaudación, dependiente de la Dirección Provincial xx Xxxxxx, no admitiéndose documento alternativo alguno en la materia, debiendo darse estricto cumplimiento a lo exigido y normado por la Resolución DPR y Decreto Provincial citados.
Para la preadjudicación de la Licitación, será indispensable contar con la fotocopia certificada del Certificado de Cumplimiento Fiscal habilitado para contratar con el Estado. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la desestimación de la Propuesta sin más trámite.
h.2) Certificado de Cumplimiento Fiscal Municipal (Ordenanza N° 10383).
A fin de demostrar el correcto cumplimiento de las obligaciones en materia impositiva con el Estado Municipal de la Ciudad de Neuquén, los proponentes deberán acompañar en su Propuesta, fotocopia certificada del Certificado de Cumplimiento Fiscal emitido por la Dirección Municipal de Gestión Tributaria de la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén, en los términos del Capítulo VI de la Ordenanza N° 10383 o las normas que en el futuro la modifiquen o sustituyan.
En su defecto, los proponentes podrán adjuntar al momento de la apertura del llamado, fotocopia certificada de la Nota de solicitud del certificado recepcionada por la Dirección Municipal de Gestión Tributaria de la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén. Tal nota de solicitud del certificado no podrá tener una antigüedad mayor a los diez (10) días hábiles administrativos anteriores a la fecha fijada para la apertura.
Si el proponente resultara no ser contribuyente de la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén, deberá adjuntar fotocopia certificada de Certificación emitida por la Dirección Municipal de Gestión Tributaria de la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén en la que conste tal situación. Tal certificación no podrá tener una antigüedad mayor a los diez (10) días hábiles administrativos anteriores a la fecha fijada para la apertura.
El incumplimiento de cualquiera de las alternativas que imponen los párrafos anteriores tendrá los efectos de rechazo automático de la propuesta, no admitiéndose documento alternativo alguno en la materia, debiendo darse estricto cumplimiento a lo exigido y normado por la Ordenanza citada.
Para la adjudicación de la Licitación, será indispensable contar con la fotocopia certificada del Certificado de Cumplimiento Fiscal vigente para contratar con el Municipio o Certificación de No Contribuyente del Municipio. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la desestimación de la Propuesta sin más trámite.
i) Certificado de afiliación a Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART). Deberá acreditarlo adjuntando fotocopia certificada de Certificación actualizada de la Prestadora en la que deberá constar la fecha de vencimiento de su validez. Tal certificación no podrá tener una antigüedad mayor a los diez (10) días hábiles administrativos anteriores a la fecha fijada para la apertura. En caso de resultar el proponente una asociación empresaria o UTE, la documentación exigida deberá referirse a cada uno de sus integrantes.
j) Certificado de Deudores Alimentarios Morosos (Ley Xxxxxxxxxx Xx 0000 x Xxxxxxxxx Nº 9590, modificada por la Ordenanza Nº 11743). Deberá acreditar que no es deudor alimentario moroso, adjuntando Certificado vigente, conforme Ley Provincial Nº 2333 y Ordenanza Nº 9590, emitido por el Registro Provincial de Deudores Alimentarios por la totalidad de sus directivos (Directores titulares de Sociedades Anónimas o Cooperativas, Socios – Gerentes de S.R.L., Titulares de empresas unipersonales u otros representantes legales acreditados), en un todo de acuerdo a la Ordenanza Nº 11743. Tal certificación no podrá tener una antigüedad mayor a los diez (10) días hábiles administrativos anteriores a la fecha fijada para la apertura.
k) Declaración jurada manifestando que no se encuentra bajo ninguno de los impedimentos enumerados en la CLÁUSULA 18 de las Cláusulas Generales del presente Xxxxxx.
l) Antecedentes del Oferente. Deberán ser acreditados adjuntando la documentación que se detalla:
1) En el caso de sociedades comerciales y cooperativas: Fotocopia certificada por Escribano Público del contrato social y sus modificaciones, con constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio, de los que surja claramente la fijación de su domicilio legal. En caso que la documentación mencionada no lo prevea, deberá adjuntarse fotocopia certificada de Certificación expedida por el Registro Público de Comercio pertinente que la acredite.
2) En el caso de empresas unipersonales: Fotocopia certificada de la matrícula de comerciante de su titular inscripta en el Registro Público de Comercio pertinente, que acredite la sede de su domicilio legal.
3) En todos los casos, deberán adjuntarse fotocopias certificadas de las Declaraciones Juradas correspondientes al Régimen Nacional de Seguridad Social y Obras Sociales (F. 931) –última rectificativa de existir– correspondientes al período de seis (6) meses inmediatos anteriores al mes de la apertura de la licitación, acompañadas por el correspondiente sello o comprobante de acuse de recibo y boletas de pago cancelatorio.
4) En todos los casos, se deberán adjuntar fotocopias certificadas de las Declaraciones Juradas correspondientes al Impuesto al Valor Agregado (F. 731) –última rectificativa de existir– correspondientes al período de seis (6) meses inmediatos anteriores al mes de la apertura de la licitación, acompañadas por el correspondiente sello o comprobante de acuse de recibo y boletas de pago cancelatorio.
5) En todos los casos, se deberán adjuntar fotocopias certificadas de los Estados Contables referidos a los dos (2) últimos ejercicios económicos regulares, con Informe de Auditor y la debida intervención del Consejo Profesional de Ciencias Económicas pertinente. Se admitirá como último Estado Contable requerido a aquel cuya fecha de cierre no exceda los dieciocho (18) meses anteriores al de apertura de la presente licitación.
6) En todos los casos, se deberá adjuntar Constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) originada en la impresión a la consulta en la página WEB institucional de la A.F.I.P.
7) En el caso de Uniones Transitorias de Empresas o Asociaciones Empresarias de Colaboración: Se deberá acompañar la documentación citada en los apartados anteriores 1) y/o 2), 3), 4), 5) y 6) referida a cada uno de sus integrantes.
m) Cálculo de los coeficientes económicos financieros, de acuerdo al ANEXO II – FORMULARIO N° 1.
n) Cálculo de los indicadores de magnitud empresaria, de acuerdo al ANEXO II – FORMULARIO N° 2.
o) Certificación por Contador Público de la facturación mensual efectuada por la empresa durante los últimos doce (12) meses, cerrados al penúltimo mes anterior al de la apertura de las propuestas. En el caso de que el proponente sea una UTE, se deberá computar la suma de la facturación de cada uno de los integrantes, ponderada de acuerdo con su participación en la UTE.
p) Referencias Bancarias y Comerciales, firmadas por el Gerente regional, zonal o de sucursal de la entidad respectiva.
q) Certificados de Registro con la Certificación por Ente reconocido que el Proponente o alguno de los integrantes de una UTE cuenten con Sistema de Gestión de la Calidad - ISO 9001, Sistema de Gestión Ambiental - ISO 14001 y Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional - OHSAS 18001.
r) Certificados con antecedentes sobre servicios similares a los licitados, conforme
CLÁUSULA 17.3 de las Cláusulas Generales.
s) Compromiso escrito de que absorberá el cien por ciento (100%) del personal conforme a lo exigido en la CLÁUSULA 70.1 de las Cláusulas Generales.
t) Compromiso escrito de que el cien por ciento (100%) del equipamiento será de su propiedad exclusiva durante el plazo contractual y su prórroga, si existiese, en caso de resultar adjudicatario.
u) Especificación técnica detallada de cada tipo de equipamiento propuesto en rodados, equipos, maquinarias, herramientas e implementos a utilizar, que debe incluir:
□ Descripción del uso del equipo y su afectación en el servicio a prestar.
□ Descripción de sus características principales.
□ Descripción de sus características constructivas y componentes.
□ Descripción de su funcionamiento.
□ Descripción de sus prestaciones.
□ Accesorios (incluidos los de seguridad).
□ Adjuntar folletos, catálogos, esquemas y/o fotografías.
□ Estado de conservación y antigüedad de todos los equipos, maquinarias, herramientas e implementos a utilizar.
□ Documentación que acredite la titularidad del equipamiento, con la salvedad prevista en el apartado v) siguiente.
v) Para el equipamiento propuesto “a adquirir”, deberá acompañar las respectivas “Facturas
– Proforma”, que como mínimo deberán contener: cantidades, modelo, descripción, características, marca o fabricante del bien, precios unitarios y totales, impuestos, forma de pago, plazos de financiación si los hubiere y plazos de entrega.
w) Carta de designación del Representante Técnico. El mismo deberá ser un profesional con título habilitante y con experiencia reconocida en temas ambientales, lo que deberá constar en su currículum vitae.
x) Antecedentes y currículum vitae de su personal superior.
y) El Plan de Trabajo, que deberá cumplir como mínimo con lo establecido en el presente Xxxxxx, y que contendrá:
1) Diagramación y programación detallada de cada uno de los servicios, las rutas individuales de los equipos y del personal, de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego.
2) Programa a implementar para el aseguramiento y control de calidad en cada servicio, con los procedimientos generales para asegurar la calidad final de todas las actividades para llevar a cabo los servicios bajo condiciones controladas.
3) Dotación y categoría del personal operativo a utilizar en cada uno de los servicios y tareas de apoyo o complementarias que hubiere.
4) La estructura de personal de supervisión prevista en cada servicio para la conducción del personal operativo, conforme lo exigido en la CLÁUSULA 72 de las Cláusulas Generales.
5) El plan de relevo, sustitución y refuerzo del personal, conforme a lo exigido en la
CLÁUSULA 70.1 de las Cláusulas Generales.
6) Un organigrama general y detallado de todo el personal (de dirección, de supervisión, operativo, administrativo, de mantenimiento, auxiliar, etc.) incluyendo una breve descripción de las funciones que desarrollará cada uno.
7) Los programas de capacitación y entrenamiento que se brindarán al personal conforme a lo exigido en la CLÁUSULA 70.3 de las Cláusulas Generales.
8) Listado completo de todo el equipamiento que el Proponente utilizará en cada uno de los servicios, de conformidad con los requerimientos xxx Xxxxxx.
9) La descripción de los programas de mantenimiento del equipamiento conforme a lo exigido en la CLÁUSULA 69.4 de las Cláusulas Generales.
10) Detalle de la Infraestructura a disponer y memoria técnica descriptiva de las obras a ejecutar. El inmueble a disponer como asiento principal del Contratista, sea propio o arrendado, deberá encontrarse dentro del ejido municipal de la ciudad de Neuquén.
11) Plan de implementación, que incluya el cronograma de disponibilidad de equipos, personal, adiestramiento e incorporación de elementos técnicos y de infraestructura necesaria. Se deberá prever la iniciación de la prestación de los servicios dentro de los sesenta (60) días desde la firma del Contrato.
12) Cualquier otro dato que permita establecer con exactitud la metodología y los recursos técnicos, materiales y humanos que utilizará el Proponente para la ejecución de los servicios.
z) Toda otra información que el Proponente considere pertinente para la evaluación de sus antecedentes, capacidad económica, capacidad de trabajo, etc., y/u otras aclaraciones, folletos explicativos y/o referencias que permitan evaluar las bondades de la propuesta. Los catálogos, folletos, croquis, especificaciones técnicas y publicaciones que no se solicitan expresamente y que el Proponente desee incluir en su presentación a fin de ampliar e ilustrar la misma, se agregarán a continuación de la documentación aquí solicitada.
El Sobre B contendrá:
a) LA PLANILLA DE COTIZACIÓN, según modelo del ANEXO IV – PLANILLA DE COTIZACIÓN, deberá expresar el precio unitario y total de cada servicio y el monto total de la misma expresado en números y letras. En caso de discrepancia entre los precios unitarios y totales, se optará por el precio unitario de cada ítem. La misma deberá ser firmada en original por el representante legal del Proponente y su representante técnico.
b) LA COTIZACIÓN DE LOS SERVICIOS ESPECIALES, según modelos del ANEXO VIII – PLANILLA DE COTIZACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES.
c) LOS ANÁLISIS DE PRECIOS, confeccionados de manera tal que se justifiquen los valores cotizados para cada ítem, con discriminación en cada caso entre costos directos e indirectos y entre costos fijos y variables. Los análisis deberán establecer en forma clara las sumas correspondientes a Mano de Obra, incluyendo cargas sociales, Amortización de Equipos, Combustibles y Lubricantes, Neumáticos, Bolsas, Repuestos y Materiales varios que sean necesarios para la prestación de los servicios, Mantenimiento de Equipos, así como la incidencia de Gastos Generales, Impuestos y Beneficios Empresarios. Deberá contemplar la definición de la Cuadrilla tipo para el indicador de Mano de Obra previsto en la □ de las Cláusulas Generales, para cada ítem cotizado.
d) CUADRO DE FLUJO Y APLICACIÓN DE FONDOS (CASH FLOW): Deberá confeccionarse por el período de la contratación, mensualizados para los dos (2) primeros años y anualizado para el resto de la contratación. Deberá incluir la financiación del equipamiento a adquirir, acompañando la documentación que acredite dicho financiamiento.
CLÁUSULA 23 CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
La propuesta presentada hace presumir, sin admitir prueba en contrario, el conocimiento y análisis xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones de esta Licitación (Cláusulas generales, Particulares y Anexos), las Circulares emitidas por la Municipalidad de Neuquén y las características de los servicios a contratar, por lo que no podrá con posterioridad invocar a su favor los errores en que pudiere haber incurrido al formular la propuesta, duda o desconocimiento respecto de las cláusulas y disposiciones legales aplicables.
Igualmente, la sola presentación de la propuesta implicará la aceptación de las condiciones establecidas en el presente Xxxxxx.
Se presume que los proponentes por el solo hecho de presentarse al acto licitatorio, han efectuado un exhaustivo reconocimiento de las zonas donde prestarán los servicios que se licitan, considerando y evaluando dentro de su propuesta todos los factores que puedan incidir de una u otra forma en la prestación de los servicios.
CLÁUSULA 24 RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE
El Proponente responde por la seriedad de la propuesta, la fidelidad de los datos y referencias consignadas y la autenticidad de la documentación acompañada.
El falseamiento de los datos determinará la inmediata exclusión del Proponente con pérdida de la garantía constituida. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la adjudicación o contratación, será causal para dejarla sin efecto o rescindir el contrato por causa imputable al Adjudicatario o Contratista, según corresponda, con pérdida de garantía constituida y sin perjuicio de las demás responsabilidades civiles y penales que correspondan.
CAPÍTULO IV – DEL PROCESO DE PRESELECCIÓN CLÁUSULA 25 LUGAR Y FECHA DEL ACTO DE APERTURA
La apertura de las propuestas se hará en acto publico en la Sala de Situación xxx Xxxxxxx Municipal, sito en la Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx Xxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx, el día __ de __________ de a las 12 horas, con intervención de los funcionarios responsables y en
presencia de los proponentes que concurran. Si el día señalado fuera inhábil para la administración, el acto se cumplirá el primer día hábil siguiente en el mismo lugar y hora previstos.
CLÁUSULA 26 ACTO DE APERTURA
Una vez iniciado el proceso de apertura, no se admitirá presentación o interrupción alguna.
Se dará por iniciada la apertura de los sobres presentados por los proponentes, que contendrán los sobres A y B.
Se verificará la existencia de los sobres A y B de todos los proponentes.
Se procederá a la apertura del Sobre A en el orden de su recepción, incorporándose al expediente la documentación que integra las propuestas. Los Sobres B serán sellados y firmados por autoridad municipal y por los proponentes que quieran hacerlo, constando en el acta correspondiente, y con posterioridad serán depositados bajo custodia del Municipio hasta la fecha que se determine para su apertura.
Los funcionarios que tengan a su cargo el acto de apertura de las propuestas certificarán la presentación de la documentación y la elevarán para el análisis de la Comisión de Preadjudicación.
Quienes comparezcan en el Acto de Apertura de las propuestas como representantes legales deberán acreditar tal carácter.
En el Acto de Apertura no se desestimarán propuestas.
CLÁUSULA 27 IMPUGNACIONES A LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LOS PROPONENTES EN EL SOBRE A
Las Propuestas serán exhibidas a los proponentes por el término de cinco (5) días, contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura, a los fines que todos ellos puedan examinarlas y aportar las observaciones e impugnaciones que estimen pertinentes, que deberán efectuarse dentro del citado plazo. A tal efecto el duplicado del Sobre A de todas las propuestas quedará a disposición de los proponentes por tal período en la Dirección General de Administración de Contrataciones de Suministro.
En caso de que un proponente presente una impugnación, deberá cumplimentar el depósito de una Garantía de Impugnación, conforme lo estipulado en la CLÁUSULA 28 de las Cláusulas Generales.
CLÁUSULA 28 GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN
Conjuntamente con la presentación de una impugnación en cualquier instancia del proceso licitatorio, el Proponente deberá presentar constancia de haber efectuado depósito previo en la Tesorería Municipal, en efectivo a favor de la Municipalidad de Neuquén, por un importe igual al uno por mil (0,1%) del monto anual del presupuesto oficial, esto es, por pesos noventa y ocho mil cuatrocientos ($ 98.400,00) en concepto de Garantía de Impugnación para cada escrito de impugnación presentado.
Esta suma le será devuelta sólo si la impugnación es acogida. En caso de rechazo de la impugnación la garantía será ejecutada y su importe se afectará x Xxxxxx Generales de la Municipalidad.
CLÁUSULA 29 COMISIÓN DE PREADJUDICACIÓN
La Comisión de Preadjudicación será designada por Decreto del Órgano Ejecutivo Municipal y tendrá por funciones calificar las propuestas, emitir opinión sobre las impugnaciones y preadjudicar la propuesta más conveniente a los intereses municipales.
CLÁUSULA 30 CALIFICACIÓN DE LOS PROPONENTES
La documentación y los antecedentes contenidos en el Sobre A de las Propuestas serán analizados por la Comisión de Preadjudicación de acuerdo con el ANEXO III – METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DEL SOBRE A del presente Xxxxxx.
La calificación es una conducta discrecional de la Administración y definitiva de la Comisión de Preadjudicación y no está sujeta a recurso alguno, salvo respecto de violación a las formalidades del Acto o eventual violación al principio de igualdad de los participantes. En caso de que el Proponente presente una impugnación respecto de la calificación, deberá cumplimentar el depósito de una Garantía de Impugnación, conforme lo estipulado en la
CLÁUSULA 28 de las Cláusulas Generales. Si a través de la observación a eventuales violaciones se advierte que se introducen cuestionamientos a lo discrecional de la evaluación, la misma será rechazada in limine.
En los casos que lo considere pertinente, la Comisión de Preadjudicación podrá solicitar a los proponentes información complementaria a la documentación presentada en su Propuesta, la que deberá ser suministrada dentro del plazo establecido por la Comisión o de los tres (3) días hábiles desde su notificación si éste no se estableciera.
Las aclaraciones en ningún caso podrán alterar la Propuesta presentada y el principio de igualdad entre proponentes. No se considerará información complementaria presentada fuera del plazo establecido.
La concurrencia o preselección de un solo proponente no será obstáculo para la prosecución del trámite de licitación, si a juicio del Municipio el mismo reúne las condiciones requeridas para la admisión de la Propuesta.
CLÁUSULA 31 DESESTIMACIÓN DE PROPUESTAS CLÁUSULA 31.1 SOBRE A
En el acto de apertura de las propuestas no se desestimará ninguna de ellas. Con posterioridad en el proceso las únicas causas por las que el Municipio podrán desestimarlas son:
a) Por la falta de Garantía de Propuesta, de conformidad con lo establecido en la CLÁUSULA 19 de las Cláusulas Generales del presente Xxxxxx, o garantía insuficiente que no sea subsanada antes del dictamen de la Comisión de Preadjudicación que declare la admisibilidad o rechazo de cada una de las propuestas presentadas y en el término que establezca el funcionario competente. Con la presentación del documento por el cual se subsane la garantía insuficiente, el proponente deberá acompañar recibo de la Tesorería Municipal por el diez por ciento (10%) del importe que faltaba para completar la garantía o pesos veinticinco mil ($ 25.000,00), el que resulte mayor, en concepto de penalidad por presentación de garantía insuficiente. El concepto de garantía insuficiente es solamente aplicable al monto y no a la forma de constitución de la misma.
b) Por la falta de xxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones original debidamente firmado, foliado y sellado por el Proponente o su representante legal y su representante técnico.
c) Por presentar enmiendas, tachaduras o raspaduras no salvadas a pie de página con la debida aclaración y firma del Representante.
d) Falta de presentación de la documentación exigida en la CLÁUSULA 22 de las Cláusulas Generales del presente Xxxxxx y que no fuera presentada en su oportunidad, como así también toda otra documentación solicitada posteriormente por la Comisión de Preadjudicación y que transcurrido el plazo otorgado el proponente no la hubiera presentado o lo hiciera en forma incompleta y/o insuficiente.
e) Por ser formulada por representantes que no acrediten debidamente esa condición.
f) Por estar alcanzado por alguno de los impedimentos de la CLÁUSULA 18 de las Cláusulas Generales del presente Pliego de Bases y Condiciones.
g) Cuando se compruebe que una misma sociedad aparece en dos o más propuestas. En este caso ambos proponentes perderán la Garantía de Propuesta.
h) Cuando en el Sobre A se incluyera documentación correspondiente al Sobre B, de acuerdo con lo estipulado en la CLÁUSULA 22 de las Cláusulas Generales del presente Xxxxxx.
i) Cuando no cumplan con los requisitos exigidos en este pliego de Bases y Condiciones, a solo juicio del Municipio.
j) Porque se aparten xxx Xxxxxx o sean condicionales, formulen reservas o contengan omisiones que impidan su comparación con las restantes propuestas.
k) Porque no obtengan como mínimo sesenta (60) puntos en la calificación del Sobre A.
Los defectos, carencias formales o errores evidentes, cuya corrección posterior no altere el contenido de la Propuesta o el tratamiento igualitario de los proponentes, ocasionarán la desestimación de la oferta si no son satisfactoriamente subsanados mediante presentación por escrito del interesado dentro de los cinco (5) días hábiles a partir de la notificación por parte de la Comisión de Preadjudicación.
La admisión inicial de una Propuesta no será obstáculo para su posterior rechazo si se constataran luego defectos que violen los requisitos legales o aquellos esenciales contenidos en el Pliego.
El Municipio se reserva el derecho de rechazar las propuestas sin que por ello de derecho alguno a favor de los proponentes cuyas ofertas se rechazan.
CLÁUSULA 31.2 SOBRE B
Se podrán desestimar las Propuestas en los siguientes casos:
a) Falta de firma del o los proponentes en la Planilla de Cotización.
b) Cuando se advierta un notable desfasaje entre las cifras consignadas en los Análisis de Precios que vuelvan irrealizable el o los servicios licitados.
CLÁUSULA 32 CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Serán calificadas aquellas propuestas que, no habiendo sido declaradas inadmisibles conforme a la CLÁUSULA 31.1 de las Cláusulas Generales, califiquen en virtud de cumplir con las aptitudes Jurídica, Económica, Financiera y Técnica requeridas en el presente Pliego.
CLÁUSULA 33 DICTAMEN DE CALIFICACIÓN
La comisión de Preadjudicación emitirá dictamen fundado sobre las propuestas declaradas inadmisibles, las no calificadas y las calificadas.
El Órgano Ejecutivo Municipal dictará una Resolución declarando la admisibilidad o rechazo de cada una de las propuestas presentadas, que será notificada a los proponentes.
CLÁUSULA 34 IMPUGNACIONES A LA CALIFICACIÓN
Los proponentes tendrán dos (2) días hábiles en horario administrativo, de 07:00 a 14:00 horas, a partir de la notificación a que hace referencia la CLÁUSULA 33 de las Cláusulas
Generales del presente Xxxxxx para realizar impugnaciones, las que deberán ser presentadas por escrito, ante la autoridad de Aplicación, debiendo cumplimentar en cada caso el depósito de la Garantía de Impugnación, conforme lo estipulado en la CLÁUSULA 28 de las Cláusulas Generales.
Una vez que la Comisión de Preadjudicación se haya expedido respecto de las impugnaciones que se hubieren formulado a su dictamen de calificación, el Órgano Ejecutivo Municipal dictará una Resolución por la que se expedirá formalmente sobre las impugnaciones si las hubiera y fijando la fecha y hora de apertura del Sobre B de los proponentes calificados.
CAPÍTULO V – DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN CLÁUSULA 35 APERTURA DEL SOBRE B
En el día y hora estipulados se abrirán los Sobres B.
A las empresas cuyas propuestas no hayan sido calificadas, se les notificará que el Sobre B se encuentra a su disposición. En caso que no se encuentren presentes, los sobres se depositarán nuevamente por el término de treinta (30) días corridos, quedando a disposición de los mismos. Cumplido dicho plazo se procederá a la destrucción de dichos sobres sin verificar su contenido, labrándose un acta para su constancia.
La apertura de los Sobres B se efectuará según el siguiente procedimiento:
1) Se verificará la existencia de todos los sobres que correspondan.
2) Se verificará el correcto estado de su cerramiento y lacrado.
3) Se abrirán los sobres de los proponentes calificados labrándose un Acta en la que se consignarán los importes de cada propuesta.
4) El Acta será suscripta por los funcionarios autorizados y por los proponentes que quisieran hacerlo.
Xx Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx se reserva el derecho de postergar el acto de apertura en cualquier momento, en cuyo caso notificará su decisión a través de una Circular.
CLÁUSULA 36 IMPUGNACIONES A LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LOS PROPONENTES EN EL SOBRE B
Todos los proponentes cuyas propuestas hubieran sido declaradas admisibles podrán impugnar a cualquiera de las demás propuestas dentro del término de cinco (5) días, contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura del Sobre B. A tal efecto el duplicado del Sobre B de todas las propuestas quedará a disposición de los proponentes por tal período en la Dirección General de Administración de Contrataciones de Suministro.
En caso de que un proponente presente una impugnación, deberá cumplimentar el depósito de una Garantía de Impugnación, conforme lo estipulado en la CLÁUSULA 28 de las Cláusulas Generales.
CLÁUSULA 37 PREADJUDICACIÓN
La documentación contenida de los Sobres B será analizada por la Comisión de Preadjudicación, la cual constatará que las propuestas hayan sido presentadas en un todo de
acuerdo con lo exigido para el Sobre B en la CLÁUSULA 22 de las Cláusulas Generales del presente Xxxxxx.
La Comisión de Preadjudicación emitirá DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN. La Preadjudicación deberá recaer en un único proponente y por la totalidad de los servicios licitados y se basará en la propuesta más ventajosa desde el punto de vista económico. El dictamen deberá contener también las desestimaciones, si las hubiera.
CLÁUSULA 38 MEJORA DE PRECIOS
En caso de empate entre dos o más proponentes, se llamará a mejora de precios entre ellos. Se fijará día y hora de la nueva presentación, y la Propuesta se entregará en sobre cerrado y lacrado.
Serán consideradas propuestas iguales, aquellas que alcancen el mismo precio mensual para la totalidad de los servicios licitados, tomando en consideración las cantidades testigo que constan en el ANEXO IV – PLANILLA DE COTIZACIÓN.
Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión de Preadjudicación tendrá también en cuenta para determinar que dos o más propuestas resultan igualmente convenientes y en paridad de condiciones para llamar a mejora de propuestas, las cotizaciones de empresas neuquinas que alcancen una diferencia que no supere en más de un 4% (si se trata de un Proveedor Local Provincial) o de un 8% (si se trata de un Proveedor Local Municipal) a la propuesta de menor precio mensual cotizado para la totalidad de los servicios licitados, tomando en consideración las cantidades testigo que constan en el ANEXO IV – PLANILLA DE COTIZACIÓN, cuando ésta sea de un proponente no neuquino, conforme lo dispone la Ordenanza Nº 11810.
La solicitud de mejora de propuesta se realizará dentro del plazo de mantenimiento de propuestas para que, por única vez, y dentro de un plazo de dos (2) días desde la notificación, puedan mejorar la propuesta o, en caso de un proponente neuquino, igualar la mejor propuesta, en cuyo caso se adjudicará a la empresa neuquina, con prioridad para el Proveedor Local Municipal sobre el Proveedor Local Provincial.
Si la invitación a mejorar propuestas comprendiera a más de un Proveedor Local Provincial o a más de un Proveedor Local Municipal y, como consecuencia de ello, más de uno optara por igualar a la mejor propuesta, la contratación se resolverá, de entre ellos, a favor de aquel cuya propuesta original haya sido la más próxima a la que está igualando, manteniéndose la prioridad del Proveedor Local Municipal sobre el Proveedor Local Provincial.
CLÁUSULA 39 ADJUDICACIÓN
La adjudicación recaerá en una única empresa y por la totalidad de los servicios licitados y se basará en la propuesta más ventajosa desde el punto de vista económico.
El Municipio se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas sin que ello sea motivo ni otorgue derecho a reclamo alguno por parte de los proponentes.
La adjudicación se realizará por decreto del Órgano Ejecutivo Municipal, y se notificará fehacientemente a los proponentes.
CLÁUSULA 40 IMPUGNACIONES
Los proponentes tendrán dos (2) días hábiles en horario administrativo, de 07:00 a 14:00 horas, a partir de la notificación de la adjudicación para realizar impugnaciones a la misma, las que deberán ser presentadas por escrito, ante la autoridad de Aplicación, debiendo cumplimentar en cada caso el depósito de la Garantía de Impugnación, conforme lo estipulado en la CLÁUSULA 28 de las Cláusulas Generales.
CLÁUSULA 41 DERECHO DE ADJUDICACIÓN
El Municipio se reserva el derecho de disminuir los servicios a contratar hasta un veinte por ciento (20%) del monto total de la propuesta global de la presente Licitación, quedando a su criterio la modalidad a aplicar para tal disminución.
CLÁUSULA 42 GARANTÍA DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La Garantía de Ejecución del Contrato deberá ser constituida en forma previa a la suscripción del Contrato por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato, bajo pena de dejar sin efecto la adjudicación.
Durante el período de vigencia del Contrato, el Contratista deberá adecuar anualmente el monto de la Garantía de Ejecución del Contrato en función del plazo pendiente de ejecución, de modo tal que se mantenga un valor garantizado equivalente al diez por ciento (10%) del Monto Total del Contrato pendiente de Ejecución, tomando como base el monto de facturación correspondiente al promedio de los últimos tres (3) meses de servicio.
La Garantía de Ejecución del Contrato tendrá vigencia hasta la finalización del período contractual o de su prórroga si la hubiere y será devuelta una vez liberado de responsabilidad el Contratista respecto de sus obligaciones emergentes del contrato.
Esta garantía podrá constituirse de cualquier de las formas establecidas en la CLÁUSULA 19 de las Cláusulas Generales del presente Pliego de Bases y Condiciones para la Garantía de Propuesta.
CAPÍTULO VI- DE LA CONTRATACIÓN CLÁUSULA 43 FIRMA DEL CONTRATO
El Contrato deberá suscribirse dentro de los quince (15) días corridos de notificada la adjudicación.
Si el Adjudicatario no concurriera a firmar el Contrato, el Municipio podrá dejar sin efecto la adjudicación, en cuyo caso perderá las garantías constituidas.
CLÁUSULA 44 PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA DEL CONTRATO
El Contrato que se firme como consecuencia de la presente Licitación no podrá ser cedido ni transferido, sin previa autorización del Municipio.
CAPÍTULO VII - DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO CLÁUSULA 45 DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
Constituirán instrumentos reguladores de la relación contractual, en el orden de prelación en que aparecen, los siguientes documentos.
1) El Pliego de Bases y Condiciones y las Circulares emitidas por la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén.
2) La Propuesta y los documentos aclaratorios y complementarios tomados en consideración para la adjudicación.
3) El Contrato.
CLÁUSULA 46 INICIACIÓN DE LOS SERVICIOS
El Contratista deberá iniciar la prestación de todos los servicios adjudicados en un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días corridos siguientes a la fecha de la firma del contrato.
La Autoridad de Aplicación certificará el cumplimiento de todas las condiciones necesarias para el inicio de los servicios, labrando el Acta de Iniciación de los Servicios, la que incluirá el Acta de Recuento de Cuadras correspondiente. Ambas Actas deberán ser suscritas por el Contratista y la Autoridad de Aplicación.
Si se registrare caso fortuito o de fuerza mayor debidamente justificado y documentado, el Municipio podrá ampliar el plazo previsto en el primer párrafo.
CLÁUSULA 47 EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Durante la ejecución del Contrato, el Contratista deberá dar cumplimiento a las normas contractuales y legales y a las instrucciones que imparta la Autoridad de Aplicación.
Además deberá:
a) Mantener la continuidad y la regularidad de los servicios según lo establecido en el Pliego y la Propuesta, no pudiendo subcontratar ninguno de ellos sin autorización previa del Municipio.
b) Absorber a su exclusivo cargo y costo la totalidad del personal operativo y administrativo no jerárquico incluido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 40/89 y sus actas complementarias que esté prestando servicios en la actual empresa contratista al día de apertura de las Propuestas, en un todo de acuerdo con lo estipulado en la CLÁUSULA 70.1 de las Cláusulas Generales.
c) Facilitar las inspecciones de cualquier tipo y las auditorías que determine la Autoridad de Aplicación.
d) Producir dentro de las 48 horas hábiles de requerida cualquier información relativa al servicio que la Autoridad de Aplicación solicite, como así también informar inmediatamente de conocido cualquier hecho o circunstancia que pudiere incidir en la normal prestación de los servicios.
e) Cumplir las disposiciones legales relativas a la Higiene y Seguridad en el Trabajo y las disposiciones de carácter laboral y previsional.
f) Contar con un Representante Técnico que deberá ser un profesional con titulo habilitante y con experiencia reconocida en temas ambientales.
g) Utilizar todos los medios técnicos comprometidos, pudiendo incorporar, previa aprobación de la Autoridad de Aplicación, sistemas, y métodos derivados de la evolución tecnológica que contribuyan a mejorar la calidad de los servicios.
h) Presentar ante la Autoridad de Aplicación Certificados de Registro con la Certificación por Ente reconocido de los siguientes Sistemas de Gestión: de la Calidad - ISO 9001, de Gestión Ambiental - ISO 14001 y de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional - OHSAS 18001, las que deberán permanecer vigentes durante el plazo contractual.
i) Deberá presentar regularmente el resultado de todas las auditorías de mantenimiento internas y externas.
CLÁUSULA 48 AUMENTO O DISMINUCIÓN DE LOS SERVICIOS
El Municipio se reserva el derecho de disminuir hasta en un veinte por ciento (20%) cada uno de los servicios contratados respecto de los valores testigo que constan en el ANEXO IV – PLANILLA DE COTIZACIÓN, sea por variación en las áreas servidas o reducción de las frecuencias, o cambios en las modalidades.
Se podrá disponer de la ampliación de los servicios en la medida que las necesidades debido al crecimiento urbano, situaciones de emergencia u otros motivos lo requieran, y/o la variación en caso de cambios en las modalidades.
Ambas circunstancias serán notificadas fehacientemente al Contratista por parte de la Autoridad de Aplicación, la que tendrá la facultad de fijar el plazo para su cumplimiento de acuerdo al servicio que se trate.
Es obligación del Contratista evaluar y prever el crecimiento de las necesidades de los servicios, de modo de poder implementar las ampliaciones en el momento que sean requeridas.
El importe a pagar por el Municipio será proporcional al aumento o disminución del servicio, liquidándose a los precios unitarios fijados en el contrato original o a los que se encuentren vigentes al momento de la variación.
En cada ocasión que se ordene una variación, el Contratista y la Autoridad de Aplicación deberán suscribir un Acta Acuerdo, la que deberá ser aprobada por Decreto del Órgano Ejecutivo Municipal.
CLÁUSULA 49 SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS
El Municipio tendrá la facultad de suspender los servicios en los casos de inclemencias climáticas tales como: lluvia, nieve, inundaciones, aluviones o cualquier otro factor, debiendo comunicarlo al Contratista por Orden de Servicio. En estos casos, el Municipio no abonará al Contratista los servicios suspendidos.
CLÁUSULA 50 SEGUROS
El Contratista deberá responder en forma exclusiva por todo daño y cualquier accidente ocurrido a su personal, a terceros, a los equipos y demás bienes, o a cosas de su personal o de terceros originados en el accionar de su personal, de sus maquinarias o de sus equipos (Artículo N° 1113 del Código Civil), para lo cual deberá contratar seguros de los siguientes riesgos:
a) Responsabilidad Civil: Cobertura de responsabilidad civil total y sin límite, a su cargo y a nombre suyo y de la Municipalidad de Neuquén, por lesiones, pérdidas, o daños que pudieren sobrevenir a personas o bienes, con motivo de la prestación de los servicios o de operaciones vinculadas a los mismos.
b) Responsabilidad por Riesgo de Trabajo y/o Enfermedades Profesionales: Seguro de su personal conforme a lo establecido por la Ley N° 24557 sobre Riesgos del Trabajo, manteniendo indemne a la Municipalidad.
c) Seguro de Vida Obligatorio de todo su personal de acuerdo con lo exigido por las convenciones laborales vigentes y las que pudieran surgir en el futuro.
Los seguros enunciados precedentemente deberán ser tomados con los límites máximos admitidos por la normativa vigente al momento de su contratación, y deberán ser contratados en compañías de reconocida solvencia y autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación u organismo que la sustituya, reservándose el Municipio el derecho de la aceptación o cambio de las compañías propuestas por el Contratista.
El Contratista deberá acreditar la totalidad de los seguros exigidos al momento de suscribir el contrato. Sin perjuicio de ello y mientras se encuentre vigente el contrato, el Contratista a simple requerimiento de la Autoridad de Aplicación, deberá exhibir la documentación probatoria de la vigencia de los seguros.
El incumplimiento de estas obligaciones será causa de contratación directa por parte del Municipio de los seguros omitidos, debitándose los importes correspondientes de la facturación del mes que se efectúe la contratación, sin perjuicio de la aplicación de penalidades según la CLÁUSULA 61 de las Cláusulas Generales.
CLÁUSULA 51 RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS
El Contratista indemnizará a la Municipalidad de Neuquén por cualquier daño que pudiera infringirse a su patrimonio con motivo de cualquier acto u omisión del Contratista, incluyendo gastos judiciales y honorarios.
Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista se obliga a rembolsar al Municipio las sumas de dinero que por cualquier concepto, debidamente fundado y relacionado con la prestación del servicio, deba ésta abonar a personas físicas o jurídicas como consecuencia directa o indirecta de la prestación de los servicios objeto de la contratación. Este reembolso puede hacerse efectivo de los créditos que existan a favor del Contratista y/o de la Garantía de Ejecución del Contrato. En este último caso, el Contratista deberá reponer su garantía dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada, bajo apercibimiento de rescisión de contrato.
CLÁUSULA 52 INSPECCIÓN DEL SERVICIO Y COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES
La comunicación oficial entre la Autoridad de Aplicación y el Contratista se efectuará mediante Órdenes de Servicio que expedirá la primera, y Notas de Pedido que expedirá el Contratista. Dichas comunicaciones se instrumentarán por escrito y deberán ser numeradas y registradas cronológicamente por las partes. Las Órdenes de Servicio deberán ser cumplidas dentro del plazo que fije en cada caso la Autoridad de Aplicación.
Las Órdenes de Servicio deberán basarse en los términos y condiciones contractuales. Cuando el Contratista considere que una Orden de servicio se aparta de dichas condiciones, tendrá veinticuatro (24) horas hábiles para presentar su reclamo. La Autoridad de aplicación podrá reiterarla.
El Contratista no podrá eximirse de cumplir las Órdenes de Servicio reiteradas so pretexto de no adecuarse a los términos del contrato, debiendo caso ejecutar la tarea requerida, sin perjuicio de formular dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes las observaciones que estime pertinente. Vencido dicho término no procederá reclamo alguno.
A solicitud de alguna de las partes, se realizarán reuniones de trabajo a efectos de coordinar actividades, inspecciones o cualquier otro aspecto relativo a la marcha del presente contrato. Los resultados de estas reuniones se documentarán a través de actas que deberán ser refrendadas por ambas partes.
CLÁUSULA 53 AUDITORÍA
El Municipio queda facultado a realizar auditorías en los libros del Contratista exigidos por la normativa vigente y/o a requerir toda la documentación que considere necesaria, estando el Contratista obligado a facilitar todos los elementos que le sean solicitados.
CAPÍTULO VIII – DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO CLÁUSULA 54 REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
Los precios del Contrato serán fijos e invariables durante el plazo de vigencia contractual salvo que alguna de las partes acredite que su prestación se ha tornado excesivamente onerosa.
Se considerará que la prestación se ha tornado excesivamente onerosa cuando la variación de todos los costos, ponderada según la incidencia de cada uno de acuerdo con los análisis de precios presentados en su Propuesta conforme el requerimiento a ese efecto de la CLÁUSULA 22, Sobre B, apartado c) de las Cláusulas Generales, impliquen que las distorsiones operadas por los costos de Mano de Obra, incluyendo cargas sociales, Amortización de Equipos, Mantenimiento de Equipos, Combustibles y Lubricantes, Neumáticos, Bolsas, Repuestos y Materiales varios que sean necesarios para la prestación de los servicios, así como Gastos Generales, Impuestos y Beneficios Empresarios, superen en conjunto el cinco por ciento (5%) respecto del precio vigente en ese momento.
Para el cálculo de las variaciones de cada uno de los costos integrantes del precio de cada ítem, se deberán tomar en cuenta la variación de cada uno de los indicadores siguientes, representativos de cada costo, multiplicada por su porcentaje de incidencia en ese precio según el análisis de precios respectivo:
COSTO | INDICADOR UTILIZADO | FUENTE |
Mano de Obra | Remuneración Básica de una Cuadrilla tipo a definir por el Proponente de Personal Operativo (ít. 6.1.1), con zona y adicionales (ít. 5.3.6), comida (ít. 4.1.12), Viático Especial (ít. 4.1.13) más Aportes No Remunerativos vigentes y Cargas Sociales (Contribuciones Patronales, ART, Obra Social, Aporte Sindical) | Convenio Colectivo de Trabajo N° 40/89 – Decretos y Leyes. |
Amortización de Vehículos | Apertura Máquinas y Equipos del Índice de Precios Internos Básicos al Por Mayor (IPIB) – Productos Nacionales – Posición 29. | Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). |
Mantenimiento y Gastos Operativos de Equipamiento | Apertura Vehículos Automotores, Carrocerías y Repuestos del Índice de Precios Internos Básicos al Por Mayor (IPIB) – Productos Nacionales – Posición 34. | Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). |
Combustibles | Precio Promedio Ponderado del Gas Oil Grado 3 de YPF informado por la Secretaría de Energía de la Nación en su página web, en la Sección “Consulta de precios Minoristas de la Resolución S.E. 1104/2004” (xxxx://xxx0000.xx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxx.xxx) para la ciudad de Neuquén, para el Canal de Comercialización “Transporte de Cargas”. | Secretaría de Energía de la Nación – YPF S.A. |
Lubricantes | Índice de Precios Internos Básicos al por Mayor (IPIB), mayor desagregación disponible, Clasificación CIIU R3 2320, Código CPC 33380-1, Aceites Lubricantes. | Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). |
Neumáticos | Apertura Productos de Caucho del Índice de Precios Internos Básicos al Por Mayor (IPIB) – Productos Nacionales – Posición 251. | Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). |
Bolsas | Apertura Productos de Plástico del Índice de Precios Internos Básicos al Por Mayor (IPIB) – Productos Nacionales – Posición 252. | Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). |
Ropa para el personal | Apertura Productos Textiles del Índice de Precios Internos Básicos al Por Mayor (IPIB) – Productos Nacionales – Posición 17. | Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). |
Gastos Generales | Índice de Precios Internos Básicos al Por Mayor (IPIB) Nivel General. | Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). |
Para verificar las distorsiones que pudieren producirse, se calculará la variación operada por cada indicador definido supra entre el mes de ejecución de los trabajos a certificar y el mes anterior al de apertura de las ofertas.
De superarse el cinco por ciento (5%) previsto de variación en un ítem del Contrato, se procederá a redeterminar su precio, aumentándolo o disminuyéndolo en el porcentaje de variación experimentado, según corresponda.
De ser procedente, en posteriores redeterminaciones se analizarán las variaciones operadas por cada indicador entre el mes de ejecución de los trabajos a certificar y el mes anterior al de apertura de las ofertas, calculando un precio indicativo de cada ítem tomando en cuenta esa variación de los indicadores representativos de cada costo, multiplicada por su porcentaje de incidencia de acuerdo con los análisis de precios presentados en la Propuesta conforme el requerimiento a ese efecto de la CLÁUSULA 22, Sobre B, apartado c) de las Cláusulas Generales. Una vez obtenido ese precio indicativo, se lo comparará con el que se encuentre vigente, correspondiente a la última redeterminación aprobada, manteniéndose el criterio de que sólo se procederá a su redeterminación cuando esa variación ponderada para cada ítem supere en más de un cinco por ciento (5%) al precio vigente.
CLÁUSULA 55 LIQUIDACIONES MENSUALES
La certificación y pago de los servicios prestados por el Contratista se efectuará mensualmente por aplicación de los precios contractuales y con referencia a los servicios efectivamente prestados dentro de cada mes calendario.
El Contratista deberá presentar a la Autoridad de Aplicación dentro de los cinco (5) días corridos siguientes al último día del mes de prestación de servicios, mediante Nota de Pedido, una Liquidación de Prestación consignando los importes que a su juicio le correspondan conforme a los servicios prestados durante ese mes en función de las unidades ejecutadas y de los precios unitarios contractuales vigentes para cada ítem del Contrato, para su verificación, corrección y/o devolución, según corresponda.
Dentro de los cinco (5) días corridos siguientes al de la presentación de la Liquidación de Prestación, la Autoridad de Aplicación verificará y certificará el monto resultante de esa liquidación, previa deducción o incremento que a su criterio pudiera corresponder en los importes liquidados, incluyendo los descuentos correspondientes a la aplicación de penalidades conforme CLÁUSULA 61 de las Cláusulas Generales, mediante Orden de Servicio.
CLÁUSULA 56 FORMA DE PAGO
El Contratista deberá presentar las facturas correspondientes ante la Autoridad de Aplicación, cumplimentando los términos legales en vigencia, por la cantidad que le indique la Autoridad de Aplicación en su Certificado. En caso de discrepancia con el importe certificado por la Autoridad de Aplicación, el Contratista podrá hacer las reservas correspondientes, pero no se podrá negar a emitir la/s factura/s por el monto certificado.
El pago de los servicios será efectuado por el Municipio dentro de los veinticinco (25) días corridos contados desde la fecha de presentación de la Liquidación de Prestación por parte del Contratista, siempre y cuando éste haya presentado las correspondientes facturas.
CLÁUSULA 57 XXXX EN LOS PAGOS
Vencido el plazo de pago de los servicios, el Contratista podrá considerar en xxxx a la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén debiendo notificarle tal decisión, en cuyo caso se devengará a favor del Contratista un interés igual a la tasa promedio del Banco de la Provincia
de Neuquén aplicable en el ámbito de la justicia para adecuación de créditos, deudas laborales y honorarios profesionales, suministrada por el Tribunal Superior de Justicia.
CLÁUSULA 58 TASAS Y CONTRIBUCIONES MUNICIPALES
La Municipalidad está facultada a descontar automáticamente del pago de la facturación mensual, las Tasas y Contribuciones establecidas en el Código Tributario Municipal y las deudas derivadas de sanciones firmes impuestas por contravenciones al Código xx Xxxxxx.
CLÁUSULA 59 OBLIGACIONES FISCALES Y PREVISIONALES
El Contratista asume a su exclusivo cargo el pago de todas las obligaciones fiscales y previsionales emergentes del Contrato, vigentes a la fecha de suscripción y las que se establezcan en el futuro.
CAPÍTULO IX – DE LAS PENALIDADES CLÁUSULA 60 PROCEDIMIENTO
Cuando el Contratista incurra en incumplimiento de las obligaciones contractuales será pasible de la aplicación de multas.
La Autoridad de Aplicación, ante cada incumplimiento comprobado por parte del Contratista, labrará el Acta correspondiente, aplicará la multa y notificará al Contratista de la infracción cometida a los efectos de su corrección inmediata. El Contratista si se creyera con derecho, tendrá cuarenta y ocho (48) horas hábiles para efectuar los descargos, los que serán evaluados por la Autoridad de Aplicación.
Las sanciones serán impuestas por la Autoridad de Aplicación siendo responsable el Contratista por los derechos, acciones y comisiones de sus dependientes.
En caso de incumplimiento de carácter permanente, el Contratista deberá subsanarlo dentro del plazo que a tal fin fije la Autoridad de Aplicación bajo pena de ser sancionada nuevamente.
Las multas se computarán por períodos mensuales. El monto máximo de multas a aplicar en cada período mensual no podrá superar el veinte por ciento (20%) del importe que corresponda pagar al Contratista por prestaciones de servicios en ese mismo período. De superarse este umbral, se limitará su cobro a ese veinte por ciento (20%), sin perjuicio de la aplicación del apartado c) de la CLÁUSULA 66 de estas Cláusulas Generales.
CLÁUSULA 61 MULTAS
Las multas se aplicarán en los siguientes casos, sin perjuicio de la rescisión del Contrato si correspondiere:
1) El incumplimiento en más de veinticuatro (24) horas en la iniciación de los servicios en el plazo fijado en la CLÁUSULA 46 de las Cláusulas Generales, será sancionado con multa de pesos ochenta mil ($ 80.000) por cada día xx xxxx, sin perjuicio de la aplicación del apartado a) de la CLÁUSULA 66 de las Cláusulas Generales.
2) La interrupción total o parcial de cualquiera de los servicios contratados por causa imputable al Contratista, será sancionada con multa de hasta el cinco por ciento (5%) del monto certificado por el o los servicios de que se trate, correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada día.
3) La falta de contratación o renovación de los seguros en la forma establecida en el presente Pliego y en las normas vigentes será sancionada con multa equivalente al cuatro por mil (0,4%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada día xx xxxx.
4) La no remisión o reticencia de información y/o documentación requeridas por la Autoridad de Aplicación, o su provisión fuera del termino fijado, será sancionada con multa equivalente al uno por mil (0,1%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vez.
5) El incumplimiento de las Órdenes de Servicio que imparta la Autoridad de Aplicación será sancionado con multa equivalente al dos por mil (0,2%) del monto certificado por el o los servicios implicados, correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vez.
6) Los actos, hechos u omisiones que importen desconocimiento de las atribuciones de la Autoridad de Aplicación serán sancionados con multa equivalente al quince por diez mil (0,15%) del monto certificado por el o los servicios implicados, correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vez.
7) La falta de presentación de las certificaciones por Ente reconocido de los siguientes Sistemas de Gestión: de la Calidad - ISO 9001, de Gestión Ambiental - ISO 14001 y de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional - OHSAS 18001, con las condiciones estipuladas en el apartado h) de la CLÁUSULA 47 será sancionada con una multa equivalente al uno por ciento (1%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción.
8) La falta de ejecución, ejecución parcial o ejecución deficiente en el servicio de barrido manual de calles y/o veredas serán sancionadas con multa equivalente a dos (2) veces el precio contractual vigente de ese servicio por cuadra y por turno (ítem 1), por cada cuadra servida deficientemente o no servida, por cada vez.
9) La falta de ejecución, ejecución parcial o ejecución deficiente en el servicio de barrido mecánico de calles serán sancionadas con multa equivalente a dos (2) veces el precio contractual vigente de ese servicio por cuadra y por turno (ítem 2), por cada cuadra servida deficientemente o no servida, por cada vez.
10) El arrojo indebido del producido del barrido de calles y/o veredas en bocas de tormenta y/o lugares no autorizados será sancionado con multa equivalente al tres por mil (0,3%) del monto total certificado por ese servicio correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vez.
11) La falta de ejecución, ejecución parcial o ejecución deficiente del servicio de limpieza, desobstrucción y mantenimiento de sumideros, sus cámaras y sus nexos hasta desembocadura en cámara o conducto, serán sancionadas con multa equivalente a dos (2) veces el precio contractual vigente de ese servicio por día (ítem 3), por cada día.
12) La falta de ejecución, ejecución parcial o ejecución deficiente en el servicio de recolección de residuos domiciliarios y comerciales comunes serán sancionadas con multa equivalente a dos (2) veces el precio contractual vigente de ese servicio por cuadra y por día (ítem 4 e/o ítem 5), por cada cuadra servida deficientemente o no servida, por cada día.
13) La concentración de residuos domiciliarios previa a la recolección será sancionada con multa equivalente al uno por mil (0,1%) del monto total certificado por el servicio de
recolección de residuos (ítem 4 e/o ítem 5) correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vez.
14) La falta de ejecución, ejecución parcial o ejecución deficiente en el servicio de recolección de voluminosos y de restos de verde serán sancionadas con multa equivalente a dos (2) veces el precio contractual vigente de ese servicio por cuadra y por día (ítem 6), por cada cuadra servida deficientemente o no servida, por cada día.
15) La carga de residuos no autorizados y/o la descarga antes de llegar al Centro de Disposición Final en cualquiera de los servicios contratados, serán sancionadas con multa equivalente al tres por mil (0,3%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vez.
16) La selección, clasificación y/o comercialización de los residuos en cualquiera de los servicios contratados, serán sancionadas con multa equivalente al tres por mil (0,3%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vez.
17) El incumplimiento de las condiciones exigidas sobre el estado de funcionamiento y operatividad de los vehículos o maquinarias, de la infraestructura e instalaciones, será sancionado con multa equivalente al dos por mil (0,2%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vez.
18) El incumplimiento en el plazo de implementación del Sistema de Control Satelital del Equipamiento, CLÁUSULA 69.2 de las Cláusulas Generales, será sancionado con multa equivalente al uno por ciento (1%) del monto total certificado por todos los servicios correspondientes al período de incumplimiento, por cada mes o fracción de mes de atraso.
19) El incumplimiento de los niveles de ruidos admitidos por la normativa vigente será sancionado con multa equivalente al dos por mil (0,2%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vehículo.
20) El incumplimiento de los niveles de emisión gaseosa admitidos por la normativa vigente será sancionado con multa equivalente al dos por mil (0,2%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vehículo.
21) El circular fuera del ejido municipal sin autorización de la Autoridad de Aplicación será sancionado con multa equivalente al dos por mil (0,2%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vehículo.
22) La utilización de cualquiera de los vehículos para fines que no sean los especificados en el Contrato será sancionada con multa equivalente al dos por mil (0,2%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vehículo.
23) La utilización de un vehículo no autorizado por la Autoridad de Aplicación será sancionada con multa equivalente al dos por mil (0,2%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vehículo.
24) El incumplimiento de lo establecido respecto de la inspección técnica obligatoria será sancionado con multa equivalente al uno por mil (0,1%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vehículo.
25) El exceso de peso por eje permitido por la normativa vigente será sancionado con multa equivalente al uno por mil (0,1%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vehículo.
26) El incumplimiento en la provisión de recursos establecidos en el Pliego (instalaciones, equipamiento o personal) será sancionado con multa de hasta el cinco por mil (0,5%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada recurso.
27) El incumplimiento con relación a las condiciones de trabajo, seguridad e higiene y/o de otras obligaciones relativas al personal afectado a la prestación del servicio establecidas en el Contrato y demás directivas dadas por la Autoridad de Aplicación, será sancionado con multa equivalente al dos por mil (0,2%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vez.
28) El incumplimiento de las normas de seguridad e higiene para el trabajo será sancionado con multa equivalente al cinco por diez mil (0,05%) del monto total certificado por todos los servicios correspondientes al mes en que se cometió la infracción, por cada vez, por operario.
29) La falta de entrega de la vestimenta y elementos de seguridad adecuados para el personal será sancionada con multa equivalente al cinco por diez mil (0,05%) del monto total certificado por todos los servicios correspondientes al mes en que se cometió la infracción, por cada vez.
30) El incumplimiento por parte del personal de las normas de respeto y convivencia hacia los contribuyentes y/o la Autoridad de Aplicación será sancionado con multa equivalente al cinco por diez mil (0,05%) del monto total certificado por todos los servicios correspondientes al mes en que se cometió la infracción, por cada vez.
31) El ingerir bebidas alcohólicas por parte del personal durante la prestación del servicio será sancionado con multa equivalente al cinco por diez mil (0,05%) del monto total certificado por todos los servicios correspondientes al mes en que se cometió la infracción, por cada vez, por operario.
32) La afectación a un vehículo de un chofer sin la licencia adecuada será sancionada con una multa equivalente al uno por mil (0,1%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vez.
33) El incumplimiento con relación a las condiciones de las instalaciones establecidas en el Contrato y demás directivas impartidas por la Autoridad de Aplicación, será sancionado con multa equivalente al dos por mil (0,2%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vez.
34) La falta de higiene en el equipamiento y/o instalaciones será sancionada con multa equivalente al uno por mil (0,1%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción, por cada vez.
35) Cualquier otra trasgresión a las condiciones establecidas en el Contrato para la prestación de los servicios que no se encuentre precedentemente enumerada, será sancionada con multa de hasta el tres por mil (0,3%) del monto total certificado por todos los servicios correspondiente al mes en que se cometió la infracción.
CLÁUSULA 62 PERCEPCIÓN DE LAS MULTAS
Firme la multa, su importe será descontado de los montos de las facturas que el Contratista presente al cobro por servicios ya devengados.
CLÁUSULA 63 CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
No serán de aplicación las penalidades establecidas si el incumplimiento de las obligaciones se debe a causa de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditado, debiendo denunciarse, acompañando la documentación justificativa, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producido el evento. La aceptación de la causal invocada quedará a juicio exclusivo del Municipio.
CLÁUSULA 64 PERÍODO XX XXXXXX
Durante los dos (2) primeros meses de ejecución del Contrato, las multas previstas en la CLÁUSULA 61 de las Cláusulas Generales no serán de aplicación, con excepción de las correspondientes a los apartados 1), 2), 3), 4), 5), 6) y 15) de esa misma cláusula.
CAPÍTULO X – DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO CLÁUSULA 65 CAUSAS DE EXTINCIÓN
La relación contractual quedará extinguida por:
1) Expiración del término del contrato o de su prórroga si la hubiere, conforme lo previsto en este Pliego.
2) Mutuo acuerdo.
3) Rescisión por causa del Contratista.
4) Rescisión por causa de la Municipalidad de Neuquén.
5) Rescate de los servicios por parte de la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén, conforme el artículo 273 de la Constitución Provincial.
CLÁUSULA 66 RESCISIÓN POR CAUSA DEL CONTRATISTA
La Municipalidad de la Ciudad de Neuquén podrá declarar la rescisión del Contrato con pérdida de la Garantía de Ejecución del Contrato, sin derecho a indemnización por daños y perjuicios ni lucro cesante, e incautación de los bienes para asegurar el cumplimiento del servicio, cuando mediare alguna de las siguientes circunstancias:
a) Incumplimiento en cuanto a la fecha de iniciación del servicio en más xx xxxx (10) días.
b) Falta de acreditación de la propiedad y disponibilidad del equipamiento en el plazo previsto en la CLÁUSULA 69.3 de las Cláusulas Generales.
c) Aplicación de multas por incumplimiento contractual que, en el período de un mes, superen el veinte por ciento (20%) del importe que corresponda liquidar al Contratista por ese mismo período, sin perjuicio del cobro de las multas aplicadas.
d) Deficiencias graves reiteradas en la prestación de los servicios fehacientemente comprobadas y notificadas al Contratista.
e) Transferencia o cesión del contrato o subcontratación sin autorización de la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén.
f) Quiebra o Concurso Preventivo del Contratista.
g) Disolución y liquidación del Contratista, ya sea como sociedad o como UTE, o sociedades que componen la UTE.
h) Cuando el Contratista suprima, modifique o suspenda, total o parcialmente, cualquiera de los servicios contratados durante cinco (5) días consecutivos o quince (15) alternados en el año, por causa directamente imputable a aquel.
i) Cuando el Contratista sea culpable de fraude o grave negligencia en la ejecución de sus obligaciones contractuales.
j) Modificaciones en la cobertura o términos de los seguros solicitados, sin autorización de la Autoridad de Aplicación.
k) Las demás causas establecidas en este Pliego.
El Contratista responderá por los daños y perjuicios que ocasione al Municipio, incluso aquellos que se deriven de la celebración de un nuevo contrato con terceros a efectos de la continuación de los servicios, o bien de la prestación de los mismos por parte del Municipio en forma directa.
El Municipio estará facultado a disponer de todo o parte de los equipos afectados al servicio para su utilización de forma tal que se pueda asegurar la continuidad y regularidad de los servicios prestados por un período de hasta ciento ochenta (180) días corridos a partir de la fecha de rescisión del contrato.
En todos los casos en que la responsabilidad del Contratista exceda el monto de los depósitos de garantía, la misma podrá hacerse efectiva sobre los bienes de uso de la empresa, los que se tendrán al efecto, pudiendo también afectarse los créditos del Contratista con el Municipio.
La rescisión del contrato tendrá efecto desde el día en que la Autoridad de Aplicación notifique fehaciente al Contratista de tal determinación.
CLÁUSULA 67 RESCISIÓN POR CAUSA DEL MUNICIPIO
El Contratista podrá peticionar la rescisión del Contrato por incumplimiento en el pago de las prestaciones a cargo del Municipio. En tal sentido, será causal de rescisión del contrato la falta de cancelación total de los servicios durante tres (3) meses consecutivos.
El Contratista deberá formular intimación de pago al Municipio por medio fehaciente y por el término de treinta (30) días corridos, bajo apercibimiento expreso de rescindir el contrato. Si dentro de dicho término el Municipio no verificare el pago del cincuenta por ciento (50%) de todas las obligaciones vencidas y exigibles y no conviniera un plan para cancelar el saldo en
un plazo de ciento ochenta (180) días, el Contratista estará habilitado para declarar la rescisión, determinación que también deberá notificar en forma fehaciente.
CAPÍTULO XI: ESPECIFICACIONES GENERALES DE LOS SERVICIOS CLÁUSULA 68 ALCANCE DE LOS SERVICIOS
Los servicios a ser prestados son los detallados en las Cláusulas Particulares y Anexos del presente Pliego.
El Municipio se reserva el derecho de modificar la modalidad, días, horarios, frecuencias y el sitio, área o sector de prestación de los servicios contratados a efectos de garantizar nuevas demandas o mejorar su calidad.
CLÁUSULA 69 EQUIPAMIENTO
El equipamiento comprende todos los rodados, equipos, maquinarias, maquinarias pesadas, herramientas e implementos necesarios para la prestación de los servicios. El Contratista deberá proveer el tipo y cantidad de equipamiento exigido en el presente Xxxxxx y/o el que hubiere comprometido en su Propuesta, los cuales deberán reunir las condiciones que para cada caso se especifican.
CLÁUSULA 69.1 CARACTERÍSTICAS GENERALES
Todo el equipamiento asignado a las tareas operativas, de supervisión o de mantenimiento, además de otros especificados en el presente Pliego, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Deberán ser los necesarios y suficientes, en cantidad y calidad, para la adecuada prestación de los servicios licitados en las condiciones exigidas en el presente pliego y demostrar, de acuerdo a los rendimientos, la capacidad operativa de realizar la tarea en la cantidad especificada.
b) Los rodados deberán cumplir con toda la normativa municipal, provincial y nacional vigente y a promulgarse, en materia de seguridad, tránsito y medio ambiente y demás reglamentos y disposiciones.
c) Todos los equipos deberán cumplir con la Resolución Nº 731/2005 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación (S.A. y D.S.) y demás normas que la complementen o modifiquen, tales como las Resoluciones Nº 35/2009 de la S.A. y D.S. y sus complementarias y modificatorias, Resoluciones Nº 1434/2011, 1800/2011 y 1448/2012 de la S.A. y D.S., en lo que respecta a la emisión de gases de combustión y niveles de ruido, sin que este listado resulte limitativo.
d) Su incorporación al Contrato y/o la prestación del servicio quedará sujeto a la aprobación previa del Municipio sobre la base del cumplimiento de las especificaciones técnicas propuestas para cada tipo de equipamiento.
e) A lo largo del contrato y su prórroga, el equipamiento se deberá mantener con todas sus componentes funcionales en las mismas condiciones iniciales especificadas, no obstante su normal desgaste por uso.
f) La Autoridad de Aplicación se reserva el derecho de rechazar en cualquier momento el equipamiento del Contratista que no cumpla con los requisitos establecidos en este Pliego y/o en la Propuesta
g) Deberán estar pintados con colores, características y/o inscripciones que determine la Autoridad de Aplicación.
h) Los rodados deberán llevar perfectamente visible un número telefónico para reclamos, como así también la siguiente inscripción. “Municipalidad de Neuquén – Autoridad de aplicación – Servicio (según afectación) – Contratista (nombre de la empresa) – Domicilio”.
i) Los rodados estarán identificados en forma bien visible con el número de interno en todos sus lados. Asimismo se indicará la tara registrada semestralmente del rodado en ambos lados.
j) Deberán llevar en la parte delantera (techo de la cabina o caja) y en la parte posterior de la caja luz tipo baliza. Las mismas deberán estar encendidas durante todo el servicio de operación en horario nocturno y en todos los horarios diurnos durante los días neblinosos y/o lluviosos.
k) Los vehículos deberán tener una cabina con capacidad suficiente para transportar al personal tanto de conducción como de servicio.
l) Los rodados deberán estar patentados en la Municipalidad de Neuquén.
m) Todo el equipamiento estará sujeto a un plan de mantenimiento preventivo y correctivo que asegure su máxima disponibilidad, condiciones de funcionamiento, aspecto, estética, higiene y estado general óptimo durante toda la duración del contrato.
n) Particularmente los motores deberán conservarse en buen estado a fin de no generar humo por consumo de lubricantes y/o partículas excesivas, cumplimentando en todo momento la legislación vigente en la materia.
o) Todos los rodados deberán ser sometidos a revisión Técnica Obligatoria en los plazos que determine la normativa vigente y a fin de garantizar su condición de seguridad y operatividad conforme las disposiciones en la materia. Los registros de las inspecciones deberán ser informados a la Autoridad de Aplicación.
p) El equipamiento será afectado únicamente a la prestación de los servicios licitados y no podrá ser retirado del ejido Municipal, salvo autorización expresa de la Autoridad de Aplicación.
q) En ningún momento, durante el transcurso del Contrato y su prórroga, el material rodante podrá tener una antigüedad superior a los cinco (5) años. Por lo tanto el Contratista deberá contemplar en sus costos su reemplazo dentro de los seis meses anteriores a que los mismos alcancen esta antigüedad. Se deberá iniciar la prestación de los servicios con unidades 0 km.
CLÁUSULA 69.2 CONTROL SATELITAL
Las empresas deberán contratar un servicio de control satelital que incluya la instalación, el mantenimiento y la reposición de todos los sistemas y equipos necesarios para que el Municipio pueda realizar el seguimiento del servicio con las técnicas más modernas.
Los proponentes deberán presentar en su propuesta la firma que realizará tal servicio y las características del mismo.
El plazo para la operatividad plena del sistema es de sesenta (60) días contados a partir de la fecha de iniciación de los servicios, CLÁUSULA 46 de las Cláusulas Generales, debiendo estar operativo a partir del tercer mes de servicios.
Todos los equipos que presten servicios serán controlados por el Municipio con este sistema.
El sistema deberá permitir a la Autoridad de Aplicación la recolección de datos en tiempo real o fracción que no supere los tres (3) minutos, durante las veinticuatro horas del día, con las siguientes prestaciones mínimas:
a) Determinar unívocamente la ubicación geográfica de un vehículo y enviar la información cada vez que se produzca un cambio en parámetros determinados.
b) Permitir configurar la frecuencia de envío de información de acuerdo con parámetros que se podrán variar. Estos parámetros podrán estar referidos a tiempo de detención de las unidades, emitiendo una señal cuando se supere el tiempo máximo predeterminado (por ejemplo, para paradas de más de tres minutos); a distancia recorrida (por ejemplo, emitir una señal cada ciento veinte metros); o a realización de una acción determinada (por ejemplo, emitir una señal cada vez que se acciona el mecanismo de izado de contenedores y camiones con este equipamiento).
c) Control de recorridos preestablecidos, de modo tal que se emita una señal al salirse el vehículo del recorrido o del área de trabajo establecida.
d) Emisión de Mensajes de alarma, debiendo enviarlos tanto en mensajes de texto a telefonía móvil (mínimo 5) como a correo electrónico, cada vez que ocurran determinados eventos tales como salida del área de trabajo, incumplimiento parcial o total del circuito, incumplimiento en el avance programado de los circuitos, determinados tiempos de detención, etc.
e) Contar con distintos niveles de seguridad y acceso a la información según el usuario de que se trate, configurable según requerimiento de la Autoridad de Aplicación.
f) Utilizar una aplicación web, que permita el acceso desde cualquier navegador utilizando un usuario y contraseña asignados por el sistema. La interfaz deberá ser simple y amigable.
g) El sistema deberá permitir la formulación de reportes para analizar los servicios, informando por ejemplo:
- Cumplimiento de recorridos y tiempos.
- Registro de ubicación cronológica de cada unidad sobre el mapa urbano, con información de los Kilómetros recorridos para un rango de fechas y horarios.
- Consultas de velocidad y distancia recorrida entre puntos.
La empresa proveedora del servicio de seguimiento satelital propuesta por el Proponente o presentada por el contratista debe contar con la aprobación expresa de la Autoridad de Aplicación.
De detectarse durante la ejecución del contrato que dicha empresa no está prestando un adecuado servicio (demoras u omisiones de mensajes de alarma, dificultades en acceder a la aplicación web, falta de adaptación a los requerimientos para el control del servicio, incumplimientos en los reportes, etc.), el Municipio podrá exigir el cambio de la misma por otro proveedor, que deberá contar con su aprobación, no pudiendo el Contratista negarse a dicha solicitud.
CLÁUSULA 69.3 PROPIEDAD DEL EQUIPAMIENTO
Todo el equipamiento que se utilizará en la ejecución del contrato y su prórroga, será propiedad del Contratista.
El Contratista deberá acreditar la propiedad y/o disponibilidad del equipamiento para la prestación de los servicios, por lo menos quince (15) días antes de la iniciación de los servicios según CLÁUSULA 46 de las Cláusulas Generales, mediante la correspondiente documentación.
La falta de acreditación de la propiedad y/o disponibilidad del equipamiento en tiempo y forma, será causal de rescisión del Contrato, con la correspondiente pérdida de la Garantía de Ejecución del Contrato.
CLÁUSULA 69.4 MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIENTO
La Propuesta deberá explicar en detalle el Plan de Mantenimiento propuesto, su funcionalidad, las inversiones y gastos previstos para cada año del contrato por cada clase de equipo propuesto según el siguiente detalle que describe los componentes del Plan de Mantenimiento:
a) Plan de implementación de la organización de mantenimiento en el período previo a la iniciación de los servicios.
b) Organigrama del personal de mantenimiento.
c) Organización del equipamiento de talleres.
d) El Plan de mantenimiento deberá cubrir las inspecciones diarias, el Programa de Mantenimiento Preventivo y Correctivo, Programa de Reparaciones Internas y Externas, Programa xx Xxxxxx y Desinfección, Programa de Repintado Periódico, Programa de Control de Elementos de Seguridad y Neumáticos, Programa de Mantenimiento, Limpieza y Reparación de Contenedores, etc. En todos los programas se deberán especificar los registros que llevarán de los datos históricos, para permitir a la Autoridad de Aplicación comprobar las tareas cumplidas en el desarrollo del Contrato.
e) Inversiones y gastos previstos por año para el mantenimiento de cada clase de equipos que se ofrece.
CLÁUSULA 69.5 EQUIPOS DE RESERVA
Se deberá especificar la dotación de reemplazos y la utilización prevista de los mismos.
CLÁUSULA 69.6 EQUIPAMIENTO PARA EL CONTROL DE LOS SERVICIOS POR PARTE DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN
El Contratista deberá proveer a la Autoridad de Aplicación, previo al inicio de los servicios, el siguiente equipamiento para el control de los servicios:
a) Cinco (5) Vehículos tipo pick up, doble cabina, con una capacidad mínima para 4 personas, con motor diesel de 2500 cm3 como mínimo, 0 Km, equipados con calefacción y aire acondicionado. Las unidades deberán contar con equipo de radio con comunicación a la base de operaciones del Contratista y con la Autoridad de Aplicación.
A la terminación de la relación contractual, los vehículos quedarán en propiedad del Contratista. Serán por cuenta del Municipio los gastos de combustible, lubricantes, mantenimiento general, lavado, engrase y por cuenta del Contratista el pago de patente y seguro total contra todo riesgo.
Los vehículos deberán ser conservados en perfectas condiciones de operatividad y con apariencia óptima, y deberán ser sometidos periódicamente a la Verificación Técnica Vehicular según la normativa vigente.
b) Un (1) Sistema de comunicaciones por radio consistente en una (1) Base Fija a ubicar en la sede de la Autoridad de Aplicación, una (1) Base Fija en la zona de tratamiento y disposición final, tres (3) Bases Móviles ubicadas en los vehículos afectados a la inspección, con las antenas, fuentes de alimentación e instalaciones complementarias que correspondan, con potencia entre 25 w y 45 w, programable; y cinco (5) Equipos nuevos manuales (Handys) tipo Motorola con potencia entre 1 y 5 W programables, sintonizados en la misma frecuencia de modo tal de permitir la operación en conjunto. El Sistema, las bases fijas, las bases móviles y los equipos manuales (Handys) deberán ser compatibles y permitir la comunicación con el Equipo de Comunicaciones existente en la Municipalidad de Neuquén, VHF con canales fijos homologados para uso comercial tipo Motorola y canales de frecuencia entre 159 y 166 MHz. Los proponentes deberán proponer los equipos a utilizar que tengan igual o similares características a los descriptos, adjuntando la información o folletería que demuestre su calidad, eficiencia, garantía y mantenimiento.
El Sistema deberá contar con las autorizaciones oficiales necesarias para su funcionamiento gestionadas por el Contratista.
El Sistema y los equipos quedarán en propiedad del Contratista al finalizar la relación contractual. Durante toda la vigencia del contrato el Contratista deberá garantizar la provisión del equipamiento descrito, estando a su cargo todos los costos de mantenimiento, reparaciones y/o reposición.
c) Dos (2) PCs con las siguientes características, o superiores:
□ Computadora con Microprocesador Intel G2010 BOX 2.8 Ghz (mínimo)-Caché L2 3MB. Socket 1155.
□ Gabinete midtower ATX (mínimo Fuente 500 W) con 2 conectores USB frontales y ventilación lateral con tobera para el microprocesador y con cooler adicional en gabinete.
□ Motherboard tipo Asus, Asrock o similar.
□ Memoria RAM: 4 GB SDRAM DDR-3 Kingston (Box).
□ Disco Rígido: 500 GB sata 2/3 7200 rpm tipo Hitachi / X.Xxxxxxx (no Seagate - Samsung).
□ 4 puertos USB. 1 SLOT PCI libre como mínimo luego de configurada.
□ Placa de Video onboard.
□ Monitor LCD 19" 5 ms widescr, tipo Samsung/ LG / Viewsonic / Philips.
□ Placa sonido 16 bits on board. Parlantes potenciados tipo Genius, no kit.
□ Placa de red PCI Ethernet 10 / 100 Mbps slot / onboard.
□ Lecto-grabadora DVD+-RW 18x Interna SATAx tipo SONY / LG / PHILIPS / SAMSUNG.
□ Teclado multimedia español (tipo Genius, no kit genérico), Mouse óptico ps/2 con rueda (tipo Genius, no kit generico) y pad liso de tela apto mouse óptico (no plástico).
□ Manuales de los dispositivos y drivers.
□ Cables de alimentación de 220 Volts con puesta a tierra.
□ Garantía un año del equipo / 3 años para el procesador.
□ Licencia Microsoft Windows Profesional español, OLP GOV NL (GGWA).
□ UPS tipo APC / LYONN 500 va Entrada / Salida: 220 v / 220 v con 3 salidas ups. (incluir cables).
□ Impresora Multifunción tipo Brother DCP 7065 DN, fotocopiadora digital - escaner - impresora. Más un toner Original carga completa, 2000 copias.
d) Un (1) libro foliado de Órdenes de Servicio, un (1) libro foliado de Notas de Pedido y un (1) libro foliado de quejas.
e) Una línea telefónica, con las características del servicio 0-800 (Llamada gratuita para quien la efectúe), para la recepción de reclamos referidos a la prestación por parte de los usuarios, que se ubicará en las instalaciones de la Autoridad de Aplicación.
El equipamiento solicitado en los apartados c) a e) citados quedará en propiedad del Municipio al finalizar la contratación.
CLÁUSULA 69.7 EQUIPOS PARTICULARES PARA CADA SERVICIO
El equipamiento particular para cada servicio deberá cumplir con los requisitos establecidos en la presente CLÁUSULA 69 de las Cláusulas Generales y subcláusulas.
En las Cláusulas Particulares, se detalla el equipamiento mínimo exigido para cada uno de los servicios.
CLÁUSULA 70 PERSONAL
CLÁUSULA 70.1 DOTACIÓN SUFICIENTE – ABSORCIÓN DE PERSONAL ACTUAL
La dotación de personal deberá ser la necesaria y suficiente para la adecuada prestación de los servicios contratados en las condiciones exigidas en el presente Xxxxxx.
El Proponente deberá comprometerse en su Propuesta a absorber a todo el personal no jerárquico que esté prestando servicios en la actual contratista de acuerdo con el ANEXO V – LISTADO DE PERSONAL DE LA ACTUAL CONTRATISTA AL 31 XX XXXX DE 2013,
manteniendo el contrato de trabajo vigente a todos sus efectos, reconociéndole los mismos derechos laborales adquiridos conforme a la legislación laboral vigente y a los convenios colectivos correspondientes a la actividad.
La Municipalidad de Neuquén asume el compromiso con relación al Contratista de incluir en los pliegos de la próxima licitación para la prestación de los servicios aquí licitados, una cláusula por la cual el futuro prestatario de los servicios deberá absorber al personal que por esta cláusula toma a su cargo o a aquel que lo sustituya, en las mismas condiciones que el presente pliego se lo exige.
El Contratista deberá convocar por medio fehaciente al personal incluido en el listado para prestar servicio en su empresa / UTE en un plazo de hasta veinte (20) días anteriores a la iniciación del servicio. La convocatoria deberá contener como mínimo el plazo máximo que tiene el personal para manifestar su voluntad, el que no podrá exceder xx xxxx (10) días corridos de recibida la notificación. En caso de que el personal señalado no manifestara de manera fehaciente su voluntad de trabajar en la misma, el Contratista no tendrá la obligación de contratarlos.
El Contratista deberá cubrir diariamente las posiciones ausentes por cualquier motivo en todos los servicios que se presten. A tal fin deberá establecer un plan de relevos, sustitución o refuerzo del personal.
CLÁUSULA 70.2 CONVENIO APLICABLE
Las relaciones laborales derivadas de la contratación de los servicios licitados se regirán por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 40 del año 1989 – Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas o norma que lo reemplace en el futuro.
El Contratista deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sociales, normas laborales y de seguridad e higiene.
CLÁUSULA 70.3 CAPACITACIÓN DEL PERSONAL
Todo el personal deberá ser entrenado en su tarea especifica. El Proponente deberá presentar un plan de capacitación, el cual deberá ser acordado con la Autoridad de Aplicación a efectos de establecer conceptos comunes sobre los programas y metodologías de los distintos servicios a implementar. Este plan de capacitación deberá ser implementado por el Contratista.
Se deberá asegurar como mínimo dos (2) cursos anuales de Seguridad Industrial y Cuidado Ambiental para el personal de operaciones y mantenimiento, a los que deberá ser invitado el personal de la Autoridad de Aplicación.
CLÁUSULA 70.4 EQUIPAMIENTO PARA EL PERSONAL
Los operarios del Contratista deberán ser provistos de los siguientes elementos, como mínimo, para la prestación de los servicios:
□ Dos uniformes completos por año, que incluyen un pantalón y una camisa de invierno y un pantalón y una camisa xx xxxxxx.
□ Un equipo de lluvia por año adaptado a las tareas que realicen.
□ Un par de botas de agua por año.
□ Dos chalecos reflectivos por año para todo el personal de operación nocturna.
□ Guantes de protección personal de acuerdo a necesidad.
□ Un chaleco o campera de abrigo por año.
□ Un gorro de invierno y otro xx xxxxxx por año.
Todo el personal deberá estar provisto de los elementos de seguridad que exige la legislación vigente.
Todos los elementos descriptos serán de colores y características uniformes y las prendas deberán lucir el logo y nombre de la empresa contratista.
CLÁUSULA 70.5 OBLIGACIONES DEL PERSONAL
a) El personal deberá vestir correctamente.
b) El personal deberá observar un comportamiento considerado y respetuoso con los vecinos y con el personal de la Autoridad de Aplicación. Ésta podrá requerir, sin perjuicio de la sanción que pudiera corresponder al Contratista, que el personal que haya incurrido en alguna trasgresión sea desafectado de la prestación del servicio de que se trate, debiendo el Contratista implementar la medida en forma inmediata.
c) Está terminantemente prohibido al personal solicitar y/o aceptar dádivas por los servicios prestados.
d) Está terminantemente prohibido transportar y/o ingerir bebidas alcohólicas durante la prestación de los servicios.
e) Los conductores de los rodados deberán poseer carnet de conductor con categoría habilitante emitido por la Municipalidad de Neuquén.
f) El Contratista deberá llevar un registro diario de las dotaciones asignadas a cada servicio que deberá entregar a la Autoridad de Aplicación a su requerimiento.
CLÁUSULA 71 MANIPULEO, CARGA O DESCARGA Y DISEMINACIÓN DE RESIDUOS
Está prohibido verificar, analizar, clasificar y/o comercializar los residuos recolectados o a recolectar, los que deberán transportarse al Centro de Disposición Final en el mismo estado en el que fueron recolectados.
Asimismo está prohibido cargar residuos no autorizados y/o descargarlos antes de llegar al Centro de Disposición Final.
En ningún caso se permitirá la dispersión ni la diseminación de residuos en la vía publica ni en lugares no autorizados por la Autoridad de Aplicación.
CLÁUSULA 72 METODOLOGÍA DE SUPERVISIÓN
Los proponentes deberán describir para cada uno de los servicios a contratar la metodología de supervisión, estableciendo los parámetros, sistemas, índices, equipamiento y cualquier otra consideración necesaria para justificar la relación supervisor / supervisado, tanto en lo referido a equipos como a personal, que garantice la excelencia de la prestación.
Asimismo deberán proporcionar los organigramas de cada servicio por turno de tareas, de donde surja con claridad la dotación y sus posiciones jerárquicas dentro de la organización y la cantidad de equipos y de mano de obra a cargo de cada una de las posiciones de supervisión.
CLÁUSULA 73 INSTALACIONES
El Contratista, previo al inicio del servicio, deberá disponer de un inmueble con playa de estacionamiento ubicado dentro del ejido municipal de la ciudad de Neuquén, cumpliendo con todos los requisitos de zonificación y uso del suelo de acuerdo con el Código de Planeamiento y Gestión Urbano Ambiental de la Ciudad de Neuquén, que será destinado como lugar de guarda de equipamientos, elementos y vestimenta del personal. Las instalaciones que serán utilizadas como base de operaciones deberán contar, a la iniciación de los servicios, con vestuarios y sanitarios para el personal, en un todo de acuerdo con la legislación vigente en la materia.
El Contratista deberá contar con lavadero para sus unidades. Deberá ser cubierto y con la capacidad suficiente, de modo que permita realizar el lavado eficiente de los equipos en el tiempo previsto de acuerdo a los programas. El lavadero deberá contar como mínimo con dos cámaras decantadoras y una desengrasadora de dimensiones adecuadas que aseguren su eficiencia. El Contratista deberá asegurar que los niveles de contaminación de los efluentes líquidos se encuentren dentro de los límites permitidos por la legislación vigente.
El Contratista deberá establecer una oficina dentro del ejido municipal para coordinar los servicios, recibir llamados y/o reclamos. A tal efecto deberá contar con teléfono y fax con atención permanente.
La Autoridad de Aplicación establecerá los requisitos respecto a las instalaciones. El personal de la Autoridad de Aplicación tendrá libre acceso a las instalaciones.
Es condición necesaria para la iniciación de los servicios que la Municipalidad haya habilitado las instalaciones.
El orden y la higiene de las instalaciones tendrán carácter prioritario.
CLÁUSULA 74 PROGRAMA DE DIFUSIÓN Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD
El Contratista deberá implementar un programa de difusión que se detalla en las Cláusulas Particulares.
El Contratista será responsable de la solución rápida, cortés y razonable de todos los reclamos y solicitudes de servicio por parte de los usuarios. A esos efectos deberá disponer, en la oficina sede de la empresa, de una línea telefónica con la característica del servicio 0-800 (llamada gratuita para quien la efectúe), publicitada para la recepción de llamados de los usuarios.
Deberá implementar mecanismos eficientes de registro y seguimiento de peticiones, consultas, reclamos y recursos que los usuarios realicen en forma personal, a través de Internet o en forma telefónica.
A ese efecto deberá diseñar un portal en Internet, dotándolo de las funcionalidades y estéticas necesarias para permitir el acceso de los usuarios y que brinde información respecto de la totalidad de los servicios prestados por el Contratista.
CLÁUSULA 75 INFORMES A LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN
El Contratista deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación los siguientes informes:
a) Durante el período previo a la iniciación de los servicios:
El Contratista presentará a la Autoridad de Aplicación en forma quincenal, un informe de avance de las tareas previas a la iniciación de los servicios y un cronograma actualizado de las actividades a realizar hasta el día del inicio de los mismos.
El cronograma deberá reflejar porcentualmente el grado de cumplimento de cada una de las tareas que se explicitará en la propuesta. En caso de que existiera atraso con respecto al cronograma inicial, el Contratista deberá explicar cómo recuperará el tiempo de retraso y cual es la nueva fecha de finalización de las tareas retrasadas.
La Autoridad de Aplicación podrá solicitar ampliación de dicha información, solicitud que el Contratista deberá responder dentro de las veinticuatro (24) horas de recibida la requisitoria.
b) Durante el período de prestación de los servicios:
El Contratista deberá presentar los siguientes informes:
1) Informes diarios: Deberán ser presentados por cada uno de los servicios de acuerdo a los formatos que indicará la Autoridad de Aplicación.
2) Informes mensuales: Deberán ser presentados los resúmenes de cada uno de los servicios prestados durante el mes cerrado, de acuerdo a los formatos que indicará la Autoridad de Aplicación.
3) Informes semestrales: El Contratista deberá presentar semestralmente un informe sobre las taras de los rodados de acuerdo al formato que indicará la Autoridad de Aplicación.
4) Información permanente: El Contratista deberá mantener actualizado permanentemente un listado de todo el equipamiento, que será remitido en forma mensual a la Autoridad de Aplicación, de acuerdo al formato que se indicará.
5) Declaración Ambiental Anual: El Contratista deberá presentar anualmente, firmada por Auditor Externo, la Declaración Ambiental, que contendrá:
a. Descripción de todas las actividades.
b. Valoración de las cuestiones significativas respecto de los servicios que prestó durante el año.
c. Emisiones contaminantes y Ruidos.
d. Residuos.
e. Información sobre los factores referentes a las actuaciones.
f. Exposición de la política y el programa de gestión ambiental que desarrolla.
g. Exposición de la certificación ISO 14001.
La Autoridad de aplicación podrá modificar o ampliar los formatos descriptos y aumentar o disminuir las frecuencias de recepción de los mismos de acuerdo a sus necesidades. El incumplimiento será sancionado de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego.
CLÁUSULAS PARTICULARES
CAPÍTULO I: DEL SERVICIO DE BARRIDO MANUAL DE CALLES Y VEREDAS CLÁUSULA 1 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SERVICIO
El servicio de barrido y limpieza manual de calles pavimentadas y veredas, con el levantamiento del producido y transporte hasta el Centro de Disposición Final comprende las siguientes tareas:
a) Barrido y limpieza manual de calles pavimentadas: consiste en la extracción de tierra y de todos los residuos depositados en las calzadas (papeles, plásticos, envases, polvo seco o mojado, animales muertos, excrementos, materiales inertes y otros) mediante el método de barrido manual, por medio de operarios provistos de sus correspondientes herramientas auxiliares de barrido (cepillo, pala, etc.) y un recipiente adecuado de fácil movilidad para su almacenamiento temporario; y el servido (vaciado) de los cestos papeleros ubicados en área del servicio. Los residuos producto de esta tarea (montículos, bolsas, etc.) no podrán permanecer en la vía publica luego de finalizada la jornada de trabajo, salvo casos expresamente autorizados por la Autoridad de Aplicación. Esta tarea deberá realizarse en: calles pavimentadas con cordones laterales, calles pavimentadas peatonales y en calles pavimentadas con banquinas, en las que se deberán extraer los residuos depositados en las banquinas. El área comprendida para esta tarea se encuentra consignada en el ANEXO VI – PLANOS.
b) Barrido y limpieza manual de veredas: consiste en la extracción de tierra y de todos los residuos depositados en las aceras (papeles, plásticos, envases, polvo seco o mojado, animales muertos, excrementos, materiales inertes y otros) mediante el método de barrido manual, por medio de operarias provistas de sus correspondientes herramientas auxiliares de barrido (cepillo, pala, etc.) y un recipiente adecuado de fácil movilidad para su almacenamiento temporario. Los residuos producto de esta tarea (montículos, bolsas, etc.) no podrán permanecer en la vía publica luego de finalizada la jornada de trabajo, salvo casos expresamente autorizados por la Autoridad de Aplicación. El área comprendida para esta tarea se encuentra consignada en el ANEXO VI – PLANOS.
c) Recolección y transporte hasta el Centro de Disposición Final de lo producido por el barrido y limpieza de calles y veredas. Deberá realizar la recolección y el transporte hasta Centro de Disposición Final de lo producido en función de las tareas descriptas en los apartados a) y b), el servido de los cestos papeleros en las zonas de barrido mecánico, por la limpieza de los espacios públicos comunes, zonas recreativas, espacios verdes, cementerio central y balnearios municipales, según ANEXO VI – PLANOS.
d) Provisión, distribución, instalación, vaciado y mantenimiento de tres mil (3.000) cestos papeleros. Se deberá prever su reparación y/o reemplazo en el caso de destrucción y/o deterioro de los elementos instalados, de modo tal que siempre se hallen en condiciones de uso.
e) Lavado de veredas y calzadas: consiste en el lavado de veredas, calzadas, monumentos y espacios públicos mediante el uso de hidrolavado a alta presión. Las áreas de trabajo serán definidas por la Autoridad de Aplicación.
Los rodados afectados a estas tareas serán limpiados y lavados, como mínimo, semanalmente en forma interna y externa, o cuando lo requiera la Autoridad de Aplicación.
La ubicación del Centro de Disposición Final se encuentra ubicado a aproximadamente 12 Km xxx Xxxxxxx Municipal (ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx). Si la Municipalidad resolviera cambiar el centro de disposición final hasta un radio de 18 Km, contados desde el mismo lugar y por el recorrido que determine la Autoridad de Aplicación, no se reconocerán mayores costos. En caso que la distancia supere los 18 Km sólo se reconocerán mayores costos por la diferencia en kilometraje que exceda tal distancia, contados de la misma forma a la indicada anteriormente. Para ello será de aplicación el precio vigente correspondiente al servicio especial cotizado a tal efecto en el ANEXO VIII – PLANILLA DE COTIZACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES.
La Autoridad de Aplicación se reserva el derecho de modificar o reasignar el lugar de disposición final de los residuos, fuera del Centro de Disposición Final. Todos los gastos de descarga en los sitios que asigne la Autoridad de Aplicación serán solventados por el Contratista, con la misma salvedad realizada en el párrafo anterior.
Para casos excepcionales que requieran este servicio en horarios especiales y con modalidades adaptadas a la situación que se enfrente, la Autoridad de Aplicación solicitará la implementación del servicio abonando al Contratista el precio vigente correspondiente a los servicios especiales cotizados a tal efecto en el ANEXO VIII – PLANILLA DE COTIZACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES.
CLÁUSULA 2 PRESTACIÓN
De los días de prestación, frecuencias, horarios, cantidades de cuadras:
a) La tarea de barrido y limpieza manual de calles pavimentadas se realizará con las siguientes frecuencias indicadas, sobre las calles referenciadas en el ANEXO VI – PLANOS:
a.1) Frecuencia Día Xxxxxxx
Xxxx de prestación: Domingo.
Frecuencia: Un turno diario, los días Domingo.
Horarios: Diurno desde las 07:00 hasta las 14:00 horas. Cantidad de cuadras a servir: 62 cuadras.
a.2) Frecuencia 13
Días de prestación: Lunes x Xxxxxxx (inclusive).
Frecuencia: Dos turnos diarios de lunes a sábado, un turno el día domingo.
Horarios: Diurno desde las 13:00 hasta las 20:00 horas y Nocturno desde las 0:00 hasta las 7:00 horas.
Cantidad de cuadras a servir: A los efectos de la cotización no se consideran
cuadras servidas con esta frecuencia.
a.3) Frecuencia 12.
Días de prestación: Lunes a Sábado (inclusive).
Frecuencia: Dos turnos diarios.
Horarios: Diurno desde las 07:00 hasta las 14:00 horas y desde las 13:00 hasta las 20:00 horas.
Cantidad de cuadras de servir: 100 cuadras. a.4) Frecuencia 7.
Días de prestación: Lunes x Xxxxxxx (inclusive).
Frecuencia: Un turno diario.
Horarios: Diurno desde las 13:00 hasta las 20:00 horas o Nocturno desde las 0:00 hasta las 7:00 horas, según sector.
Cantidad de cuadras de servir: A los efectos de la cotización no se consideran
cuadras servidas con esta frecuencia.
a.5) Frecuencia 6.
Días de prestación: Lunes a Sábado (inclusive).
Frecuencia: Un turno diario.
Horarios: Diurno desde las 13:00 hasta las 20:00 horas o Nocturno desde las 0:00 hasta las 7:00 horas, según sector.
Cantidad de cuadras de servir: 100 cuadras. a.6) Frecuencia 3.
Días de prestación: Lunes a Sábado (inclusive).
Frecuencia: Un turno día por medio, tres veces por semana.
Horarios: Diurno desde las 6:00 hasta las 13:00 horas. Cantidad de cuadras de servir: 322 cuadras (161 cuadras por día).
a.7) Frecuencia 2.
Días de prestación: Lunes a Sábado (inclusive).
Frecuencia: Un turno cada tres días, dos veces por semana.
Horarios: Diurno desde las 07:00 horas hasta las 14:00 horas. Cantidad de cuadras de servir: 2.986 cuadras (995,33 cuadras por día).
b) La tarea de barrido y limpieza manual de veredas se realizará con las siguientes frecuencias indicadas, sobre las calles referenciadas en el ANEXO VI – PLANOS:
b.1) Frecuencia 6.
Días de prestación: Lunes a Sábado (inclusive).
Frecuencia: Un turno diario.
Horarios: Diurno desde las 08:00 horas hasta las 15:00 horas. Cantidad de cuadras de servir: 100 cuadras de ambas veredas.
c) La tarea de recolección y transporte hasta el Centro de Disposición Final de lo producido por el barrido y limpieza de calles pavimentadas y veredas deberá realizarse de forma tal que se cumpla lo estipulado al respecto en los apartados a) y b) de la CLÁUSULA 1 de las Cláusulas Particulares, coordinando adecuadamente el momento de su generación con el de su levantamiento, con el objeto de minimizar los períodos de exposición del residuo en la vía pública.
d) La tarea de vaciado de los cestos papeleros y reposición de bolsas se debe prestar con idéntica frecuencia que los servicios de barrido y limpieza de calles, según la modalidad aplicada en la calle o avenida en que éstos se encuentren, tarea que deberá ser efectuada por los operarios de barrido manual. La tarea de limpieza y desinfección de los cestos papeleros deberá prestarse con una frecuencia quincenal. En aquellos sectores con barrido mecanizado, el Contratista deberá prever la ejecución del servicio de vaciado de cestos mediante el operario ayudante del servicio, durante la ejecución del mismo.
e) Se deberá prever un servicio xx xxxxxx de veredas y calzadas de acuerdo al programa establecido por la Autoridad de Aplicación, el cual deberá efectuarse en un turno diario de Lunes a Sábado. El mismo podrá ser modificado a requerimiento de la misma Autoridad de Aplicación, quien será responsable de definir el plan de trabajo diario del servicio.
Cuadra: Es la distancia existente entre las líneas centrales de dos bocacalles consecutivas. Cuando se hace referencia a cuadra, debe entenderse que se refiere a ambos cordones de la misma. A los efectos de la medición y certificación se deberá tomar en consideración el valor de la cuadra igual a ciento veinte (120) metros, refiriendo las medidas reales de las cuadras servidas a este valor patrón.
CLÁUSULA 3 EQUIPAMIENTO
El Contratista deberá proveer todo el equipamiento de acuerdo a lo exigido en la CLÁUSULA 69 de las Cláusulas Generales. Para la prestación del servicio se requerirá como mínimo el siguiente equipamiento:
a) Para el cumplimiento de las tareas estipuladas en los apartados a) y b) de la CLÁUSULA 1 de estas Cláusulas Particulares, deberá contar con los carritos de recolección y sus correspondientes accesorios (pala, cepillo, escoba, bolsa de plástico, etc.) y todo otro elemento que pueda resultar necesario.
b) Para el cumplimiento de las tareas contempladas por apartado c) de la CLÁUSULA 1 de estas Cláusulas Particulares, deberá contar con:
□ Cuatro (4) camiones recolectores, chasis equipado con motor de 160 HP de potencia como mínimo, con bajo nivel de emisión de gases y ruidos, con caja compactadora de dieciséis metros cúbicos (16 m3), con sistema de compactación de baja sonoridad, con doble pala articulada, descarga por placa expulsora, y capacidad xx xxxxx mínima de uno y medio metros cúbicos (1,5 m3).
c) Para la provisión de cestos papeleros se deberán tomar en cuenta las siguientes condiciones:
□ La cantidad especificada de tres mil (3.000) papeleros es la mínima tomando en cuenta la cantidad de cuadras pavimentadas con servicio de barrido en la actualidad. El Contratista deberá proponer su ubicación, a consideración de la Autoridad de Aplicación. Deberá prever que en la medida que se incorporen nuevas cuadras al servicio, la cantidad de papeleros deberá aumentar en forma proporcional de forma tal de garantizar una adecuada cobertura.
□ Estos elementos deberán ser instalados en los sectores y ubicaciones acordadas, con características constructivas, color y aspecto que deberán ser asimismo aprobados previamente por la Autoridad de Aplicación.
□ Deberán contemplarse las condiciones de funcionalidad, prestación de servicio y apropiación espacial con la mínima interferencia en el entorno inmediato, flexibilidad, integración entre los elementos y de éstos con el entorno.
□ Los elementos deberán ser resueltos con niveles de calidad, solidez, durabilidad, seguridad, facilidad de limpieza y mantenimiento adecuados al uso previsto.
□ Los elementos, sus fijaciones y fundaciones, si correspondiere, deberán ser diseñados para resistir eventuales sobrecargas originadas en el uso incorrecto, situaciones accidentales, actos de vandalismo y acciones climáticas extremas.
□ Los cestos deberán ser construidos sin aristas peligrosas, con materiales y terminaciones ignífugas, no tóxicas, no agresivos al medio ambiente.
□ Deberán estar fabricados en polietileno de alta densidad con cubeta interior en acero galvanizado o en polietileno.
□ La capacidad de los mismos deberá estar comprendida entre 80 y 100 litros.
□ El diseño de los elementos deberá prever la ocultación de tornillos, pernos, bulones, etc., para evitar accidentes o actos de vandalismo. Se tendrá especial cuidado en el diseño de los insertos en solados y de los correspondientes detalles de terminación, procurando que la colocación de los elementos provoque el menor deterioro posible del solado y contemplando la colocación de elementos que oculten y hagan más prolijas las terminaciones.
□ La boca deberá ser accesible para los usuarios sobre la cara peatonal, dimensionada y protegida en función del tipo de residuos a recepcionar, para facilitar el uso efectivo y seguro. El diseño adoptado deberá evitar la manipulación inadecuada de los residuos.
□ Deberán estar identificados con números y con el logotipo del Contratista, de acuerdo con los formatos que establezca la Autoridad de Aplicación.
□ Las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo deberán realizarse en forma regular.
□ La reparación de todos los daños, roturas o fallas, sean estas por cualquier causa que puedan producirse en los elementos de mobiliarios objeto del presente, será competencia exclusiva del Contratista.
□ El Contratista deberá tener la reserva adecuada del 5% del total de manera constante para efectuar los recambios o refuerzos ante necesidad o donde la Autoridad de Aplicación lo indique.
□ El Contratista deberá prever la instalación de la totalidad de los cestos papeleros dentro de los ciento ochenta (180) días corridos contados desde la iniciación de los servicios.
□ El Contratista deberá servir los cestos papeleros existentes en la vía pública al inicio de los servicios durante el plazo de vigencia del Contrato, con idéntica modalidad y frecuencia a las previstas para los cestos a proveer conforme el presente Pliego.
d) Para el lavado de veredas y calzadas se deberá contar con uno (1) furgón del tipo Daily con Equipo montado para lavado, del tipo autopropulsado, con depósito de agua de aproximadamente 1.200 litros de capacidad con dispositivos rompeolas, de dimensiones que cumplimenten las reglamentaciones de tránsito y que garanticen el acceso a veredas sin provocar roturas u otros perjuicios. Deberá tener presión regulable de 0 a 60 bar aproximadamente, con pistola para equipo xx xxxxxx a presión. Las unidades deberán ser limpiadas y lavadas diariamente en forma interna y externa y desinfectadas semanalmente como mínimo.
Además del equipamiento exigido anteriormente, el Contratista deberá proveer todos los implementos y herramientas que resulten necesarios para la efectiva prestación del servicio.
Esta exigencia en la cantidad mínima de equipamiento no implica que el Proponente no pueda proponer y/o que el Contratista no deba afectar mayor cantidad de equipamiento si así lo exigieran la forma y tiempo establecidos en el presente Pliego para la prestación del servicio.
CLÁUSULA 4 CANTIDAD DE PERSONAL
El Contratista deberá cumplir con respecto al personal con las exigencias de la CLÁUSULA 70
de las Cláusulas Generales del presente Xxxxxx.
Se deberá asignar personal en cantidad suficiente a los fines de garantizar la calidad de las prestaciones, conforme a la diagramación de los cuadros de barrido, a las necesidades particulares de cada sector y a la utilización de los equipos automatizados que se hayan afectado al servicio.
A los fines de la elaboración del proyecto de barrido y limpieza de calles pavimentadas y veredas a incluir en el Plan de Trabajo, se deberá considerar un operario barrendero cada dieciocho (18) cuadras. Esta cantidad de cuadras por operario deberá preverse en función de las características de cada sector, respetándose ese valor como promedio.
Para la tarea de recolección y transporte de lo producido por el barrido y limpieza de calles pavimentadas y veredas hasta el Centro de Disposición Final deberá afectarse como mínimo un chofer y dos operarios por turno y por camión.
Para la tarea xx xxxxxx de veredas y calzadas deberá afectarse como mínimo un chofer y un operario por turno y por unidad.
Esta exigencia en la cantidad mínima de personal no implica que el Proponente no pueda proponer y/o que el Contratista no deba afectar mayor cantidad de personal si así lo exigieran la forma y tiempo establecidos en el presente Pliego para la prestación del servicio.
CLÁUSULA 5 COTIZACIÓN
El Proponente deberá cotizar en el ANEXO IV – PLANILLA DE COTIZACIÓN el Valor Total del Servicio de Barrido Manual para una cuadra en un turno.
A los efectos de la cotización se deberá tomar en cuenta la prestación del servicio de barrido y limpieza manual de calles pavimentadas en 62 cuadras con frecuencia día Domingo, 100 cuadras con frecuencia 12, 100 cuadras con frecuencia 6, 322 cuadras con frecuencia 3, 2.986 cuadras con frecuencia 2; y 100 cuadras con frecuencia 6 de barrido y limpieza manual de veredas, lo que implica un total de 40.713 cuadras servidas en el mes si se considera un mes con 26 días comprendidos entre Lunes y Sábado, y 4 Domingos.
CAPÍTULO II: DEL SERVICIO DE BARRIDO MECÁNICO DE CALLES CLÁUSULA 6 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SERVICIO
El servicio de barrido mecánico de calles pavimentadas, con el levantamiento del producido y transporte hasta el Centro de Disposición Final comprende las siguientes tareas:
a) Barrido y Limpieza mecanizado de calles pavimentadas: consiste en un servicio análogo al barrido manual, pero efectuado por equipos barredores – aspiradores del tipo autopropulsados. Será de aplicación en aquellas vías públicas que por sus características lo permitan: Boulevares, Carriles centrales y contornos de plazas, y calles comunes cuando corresponda. El área comprendida para esta tarea se encuentra consignada en el ANEXO VI – PLANOS.
b) Transporte hasta el Centro de Disposición Final de lo producido por el barrido y limpieza mecanizado de calles. Deberá realizar el transporte hasta Centro de Disposición Final de lo producido en función de las tareas descriptas en el apartado a).
Los rodados afectados a estas tareas serán limpiados y lavados, como mínimo, semanalmente en forma interna y externa, o cuando lo requiera la Autoridad de Aplicación.
La ubicación del Centro de Disposición Final se encuentra ubicado a aproximadamente 12 Km xxx Xxxxxxx Municipal (ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx). Si la Municipalidad resolviera cambiar el centro de disposición final hasta un radio de 18 Km, contados desde el mismo lugar y por el recorrido que determine la Autoridad de Aplicación, no se reconocerán mayores costos. En caso que la distancia supere los 18 Km sólo se reconocerán mayores costos por la diferencia en kilometraje que exceda tal distancia, contados de la misma forma a la indicada anteriormente. Para ello será de aplicación el precio vigente correspondiente al servicio especial cotizado a tal efecto en el ANEXO VIII – PLANILLA DE COTIZACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES.
La Autoridad de Aplicación se reserva el derecho de modificar o reasignar el lugar de disposición final de los residuos, fuera del Centro de Disposición Final. Todos los gastos de
descarga en los sitios que asigne la Autoridad de Aplicación serán solventados por el Contratista, con la misma salvedad realizada en el párrafo anterior.
Para casos excepcionales que requieran este servicio en horarios especiales y con modalidades adaptadas a la situación que se enfrente, la Autoridad de Aplicación solicitará la implementación del servicio abonando al Contratista el precio vigente correspondiente a los servicios especiales cotizados a tal efecto en el ANEXO VIII – PLANILLA DE COTIZACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES.
CLÁUSULA 7 PRESTACIÓN
De los días de prestación, frecuencias, horarios, cantidades de cuadras:
a) La tarea de xxxxxxx y limpieza mecanizado de calles se realizará con las siguientes frecuencias indicadas, sobre las calles referenciadas en el ANEXO VI – PLANOS:
a.1) Frecuencia 6.
Días de prestación: Xxxxxxx x Xxxxxxx (inclusive) en turno nocturno. Frecuencia: Un turno diario (seis días a la semana).
Horarios: Diurno desde las 06:00 horas hasta las 13:00 horas Cantidad de cuadras a servir: 690 cuadras.
a.1.1)Durante el transcurso de los primeros doce (12) meses desde el inicio de la prestación de los servicios definido en la CLÁUSULA 46 de las Cláusulas Generales, el Contratista podrá realizar el servicio de Barrido y Limpieza Mecanizado de Calles (Frecuencia 6) en tres turnos diarios: Diurno desde las 6:00 horas hasta las 13:00 horas, Vespertino desde las 13:00 hasta las 20:00 horas y Nocturno desde las 23:00 hasta las 6:00 horas.
a.2) Frecuencia 3.
Días de prestación: Lunes x Xxxxxxx (inclusive); Xxxxxxx x Xxxxxxx
(inclusive).
Horarios: Diurno desde las 13:00 hasta las 20:00 horas o Nocturno desde las 0:00 hasta las 7:00 horas, según sector.
Cantidad de cuadras a servir: A los efectos de la cotización no se consideran
cuadras servidas con esta frecuencia.
a.3) Frecuencia 2.
Días de prestación: Lunes x Xxxxxxx (inclusive) en turno diurno;
Xxxxxxx x Xxxxxxx (inclusive) en turno nocturno.
Horarios: Diurno desde las 13:00 hasta las 20:00 horas o Nocturno desde las 0:00 hasta las 7:00 horas, según sector.
Cantidad de cuadras de servir: A los efectos de la cotización no se consideran
cuadras servidas con esta frecuencia.
El servicio deberá diagramarse de manera tal que cada equipo tenga un rendimiento de barrido por turno de aproximadamente 230 cuadras.
Cuadra: Es la distancia existente entre las líneas centrales de dos bocacalles consecutivas. Cuando se hace referencia a cuadra, debe entenderse que se refiere a ambos cordones de la misma. A los efectos de la medición y certificación se deberá tomar en consideración el valor de la cuadra igual a ciento veinte (120) metros en ambos cordones, o bien a doscientos cuarenta (240) metros considerando un solo cordón, refiriendo las medidas reales de las cuadras servidas a este valor patrón.
CLÁUSULA 8 EQUIPAMIENTO
El Contratista deberá proveer todo el equipamiento de acuerdo a lo exigido en la CLÁUSULA 69 de las Cláusulas Generales. Para la prestación del servicio se requerirá como mínimo el siguiente equipamiento:
a) Tres (3) Equipos del tipo autopropulsado o mototransportado sobre camión de 160 HP de potencia como mínimo, con sistema de barrido con cepillos accionados hidráulicamente que accionen tangencialmente sobre la calzada, con una velocidad máxima de operación de 8 Km / hora para lograr un correcto barrido. Deberá estar equipado con un sistema xx xxxxx para minimizar el polvo durante la operación, contar con un depósito de agua no inferior a 500 litros, con los accesorios para abastecerse de agua mediante toma de los hidrantes autorizados. El producido del barrido aspirado será almacenado en un depósito de no menos de tres (3) metros cúbicos de capacidad. Deberá permitir el drenado de líquidos previo a la descarga. Todos los equipos deberán tener un sistema que asegure una rápida descarga. Las capacidades netas de carga deberán ser en función del peso admisible sobre el pavimento según las reglamentaciones de tránsito. Las dimensiones de los equipos deberán cumplir con las reglamentaciones de tránsito y estar de acuerdo con las posibilidades de circulación en la ciudad. Las unidades deberán ser limpiadas y lavadas diariamente en forma interna y externa y desinfectadas semanalmente como mínimo.
a.1) Durante el transcurso de los primeros doce (12) meses desde el inicio de la prestación de los servicios, definido en la CLÁUSULA 46 de las Cláusulas Generales, el Contratista podrá realizar el servicio de Recolección Barrido y Limpieza Mecanizado de Calles (Frecuencia 6) en tres turnos diarios, mediante la utilización de sólo uno de los tres equipos descriptos en el apartado a) de esta CLÁUSULA 8 de las Cláusulas Particulares, por turno.
b) Además de este equipamiento, el Contratista deberá proveer, los implementos y herramientas necesarias para la prestación del servicio.
Esta exigencia en la cantidad mínima de equipamiento no implica que el Proponente no pueda proponer y/o que el Contratista no deba afectar mayor cantidad de equipamiento si así lo exigieran la forma y tiempo establecidos en el presente Pliego para la prestación del servicio.
CLÁUSULA 9 CANTIDAD DE PERSONAL
El Contratista deberá cumplir con respecto al personal con las exigencias de la CLÁUSULA 70
de las Cláusulas Generales del presente Xxxxxx.
Se deberá asignar personal en cantidad suficiente a los fines de garantizar la calidad de las prestaciones, conforme a la diagramación de los cuadros de barrido, a las necesidades particulares de cada sector y a la utilización de los equipos automatizados que se hayan afectado al servicio.
□ Un (1) chofer y un (1) operario por turno y por equipo, según CLÁUSULA 10 de estas Cláusulas Particulares.
Esta exigencia en la cantidad mínima de personal no implica que el Proponente no pueda proponer y/o el Contratista no deba afectar mayor cantidad de personal si así lo exigieran la forma y tiempo establecidos en el presente Xxxxxx para la prestación del servicio.
CLÁUSULA 10 COTIZACIÓN
El Proponente deberá cotizar en el ANEXO IV – PLANILLA DE COTIZACIÓN el Valor Total del Servicio de Barrido Mecánico para una cuadra en un turno.
A los efectos de la cotización se deberá tomar en cuenta la prestación del servicio de barrido y limpieza mecánico de calles pavimentadas en 690 cuadras con frecuencia 6, lo que implica un total de 17.940 cuadras servidas en el mes si se considera un mes con 26 días comprendidos entre Lunes y Sábado y 4 Domingos.
CAPÍTULO III: DEL SERVICIO DE LIMPIEZA, DESOBSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO DE SUMIDEROS, CÁMARAS Y SUS NEXOS
CLÁUSULA 11 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SERVICIO
Este servicio comprende la limpieza, desobstrucción y mantenimiento de sumideros, sus cámaras y sus nexos hasta su desembocadura en cámaras o conductos.
Se deberá realizar la limpieza en forma periódica de las cámaras de decantación y empalme de cañerías de los sumideros existentes, de manera de garantizar el correcto escurrimiento de las aguas de lluvia de la calzada. Esta tarea incluirá la información diaria de roturas o desperfectos de cámaras y/o nexos que impidan su normal desagote o captación, o signifiquen un peligro para peatones o vehículos.
Previo a la limpieza del interior del sumidero (cubeta) y su correspondiente nexo, se deberá efectuar la correspondiente a las rejas tanto verticales como horizontales mediante la utilización de agua a alta presión, de manera que las mismas queden con los vacíos entre los nervios totalmente desprovistos de obstrucción, para permitir el libre escurrimiento de las aguas.
Levantada la tapa o reja, según corresponda al tipo de sumidero a limpiar, se procederá a succionar con el equipo Vactor los residuos depositados en la caja o cubeta. No se admitirán derrames en la vía pública, ni podrán depositarse residuos sobre la calzada o acera, aún en forma transitoria. No se admitirá la presencia de residuos en la vía pública una vez finalizada la limpieza de cada sumidero, debiendo en consecuencia proceder a barrer y recoger lo que eventualmente pudiera caer como consecuencia de la operación de limpieza de la caja.
Todos los sumideros, prescindiendo del estado de conservación y limpieza en que se hallen, deben ser intervenidos, aun aquellos que aparezcan inundados totalmente. Aquellos que circunstancialmente por causas ajenas al Contratista (vehículos estacionados sobre rejas, cubiertos con materiales de obras en construcción u otros elementos obstruyentes) no pudieran
ser limpiados en el momento que se ha programado, deberán ser tenidos en cuenta para posteriores programaciones quedando en claro que deberán ser intervenidos indefectiblemente en el transcurso del circuito en realización.
Se deberá extremar el cuidado en el uso de las herramientas adecuadas ya que si, por negligencia o accidente de cualquier naturaleza imputada al Contratista, se produjeran obstrucciones de la respectiva conexión del sumidero, los trabajos que deban realizarse correrán por cuenta y cargo del Contratista.
En ningún caso el Contratista podrá hacer aperturas en la vía pública haciéndose responsable por los daños y/o perjuicios que pudiera ocasionar.
Una vez finalizada la limpieza del sumidero por completo, se procederá a la limpieza de los nexos (conductos que unen el sumidero con la red pluvial) con la manga xx xxxxxx a presión (equipo Vactor).
Si el Contratista notara, durante la operación de limpieza, que el funcionamiento del conducto de desagües (nexo) del sumidero no es el adecuado, estará obligado a comunicar de inmediato la novedad a la inspección a efectos de que la Autoridad de Aplicación determine lo que estime corresponder.
Este servicio deberá ser prestado en todos los sumideros, cámaras y sus nexos, tanto los existentes como aquellos que se incorporen en el futuro. En el ANEXO VII – LISTADO DE SUMIDEROS, CÁMARAS se puede ver la ubicación de los sumideros relevados a la fecha. El Proponente deberá relevar y listar todos los sumideros realizando una evaluación de los mismos tomando como base ese listado y el Plano que se adjunta en el mismo anexo.
Este servicio incluye asimismo la eliminación de las aguas y xxxxxx estancados en la calzada con el equipo desobstructor – succionador, en el área pavimentada de la ciudad, así como el transporte de todo lo recogido hasta el lugar que establezca la Autoridad de Aplicación, y su disposición final.
CLÁUSULA 12 PRESTACIÓN
El servicio de limpieza, desobstrucción y mantenimiento de cada uno de los sumideros, sus cámaras y sus nexos hasta su desembocadura en cámara o conducto deberá realizarse como mínimo una vez cada quince (15) días en cada cámara o sumidero en forma sistemática (lo cual podrá ser modificado por la Autoridad de Aplicación), estando a disposición de dicha Autoridad de Aplicación en caso que ésta disponga alguna tarea urgente en algún sumidero, cámara o nexo en especial.
La prestación del servicio deberá realizarse en 2 turnos por día, estimando un rendimiento por equipo por turno de entre 14 y 18 sumideros, cámaras y nexos.
Frecuencia 6.
Días de prestación: Lunes a Sábado (inclusive) en turno diurno;
Xxxxxxx x Xxxxxxx (inclusive) en turno nocturno.
Frecuencia: Dos turnos diarios.
Horarios: Diurno desde las 07:00 hasta las 14:00 horas y Nocturno desde las 0:00 hasta las 7:00 horas, según sector.
Cantidad de sumideros, cámaras y nexos:
Según Xxxxx XXX del presente Xxxxxx y relevamiento a llevar a cabo por parte del Contratista.
CLÁUSULA 13 EQUIPAMIENTO
El Contratista deberá proveer todo el equipamiento de acuerdo a lo exigido en la CLÁUSULA 69 de las Cláusulas Generales. Para la prestación del servicio se requerirá como mínimo el siguiente equipamiento:
□ Tres (3) Equipos Desobstructores – Succionadores tipo Vactor, con una capacidad mínima de seis mil (6.000) litros, montado sobre chasis de camión de 160 HP de potencia como mínimo, con bajo nivel de emisión de gases y ruidos.
□ Además de este equipamiento, el Contratista deberá proveer, los implementos y herramientas necesarias para la prestación del servicio.
Esta exigencia en la cantidad mínima de equipamiento no implica que el Proponente no pueda proponer y/o el Contratista no deba afectar mayor cantidad de equipamiento si así lo exigieran la forma y tiempo establecidos en el presente Pliego para la prestación del servicio.
CLÁUSULA 14 CANTIDAD DE PERSONAL
El Contratista deberá cumplir con respecto al personal con las exigencias de la CLÁUSULA 70
de las Cláusulas Generales del presente Xxxxxx.
La cantidad de personal mínimo a afectar para la prestación del servicio será la siguiente:
a) Un (1) chofer y dos (2) operarios por equipo. (según convenio)
Esta exigencia en la cantidad mínima de personal no implica que el Proponente no pueda proponer y/o el Contratista no deba afectar mayor cantidad de personal si así lo exigieran la forma y tiempo establecidos en el presente Xxxxxx para la prestación del servicio.
CLÁUSULA 15 COTIZACIÓN
El Proponente deberá cotizar en el ANEXO IV – PLANILLA DE COTIZACIÓN el Valor Total de este Servicio por un Turno de siete (7) horas para un Equipo.
A los efectos de la cotización se deberá tomar en cuenta la prestación del servicio de limpieza, desobstrucción y mantenimiento de sumideros, cámaras y sus nexos con la periodicidad y en las condiciones establecidas en este capítulo xxx Xxxxxx, con tres (3) equipos trabajando en doble turno considerando un mes con 26 días comprendidos de Lunes a Sábado
CAPÍTULO IV: DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS CLÁUSULA 16 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SERVICIO
Comprende la recolección y transporte hasta el Centro de Disposición Final de los residuos domiciliarios y comerciales comunes dispuestos en la vía pública en recipientes destinados para tal fin, frente a edificios, en las entradas de vías públicas inaccesibles para camiones o en otros lugares predeterminados. Incluye el retiro de residuos almacenados en bolsas de plástico o en recipientes descartables de cualquier otro material colocados en el cordón de la vereda o localizados en cualquier otra parte y colocados aun incorrectamente por los usuarios del servicio. Quedan excluídas la recolección de desperdicios contagiosos, biológicos, venenosos, restos medicinales, incisivos, radiactivos, tóxicos, contaminados o contaminantes; así como los residuos industriales. Está completamente prohibida la realización de acopio transitorio de residuos (achiques).
El servicio de recolección de residuos domiciliarios está compuesto de las siguientes tareas:
a) Recolección MANUAL:
Consistirá en la recolección manual y transporte hasta el Centro de Disposición Final de los residuos descriptos en la presente CLÁUSULA, mediante camiones recolectores con equipo dotado de sistema de compactación y carga trasera, operado por un chofer y dos operarios cargadores.
b) Recolección CONTENERIZADA – AUTOMATIZADA:
Consistirá en la instalación de contenedores de 2,4 m3 y 3,2 m3 de capacidad y la recolección y transporte hasta el Centro de Disposición Final de los residuos allí depositados descriptos en la presente CLÁUSULA, por medio de equipos con sistema de elevación y vuelco automático con sistema de carga bilateral.
b.1) Consideraciones para Recolección CONTENERIZADA – AUTOMATIZADA:
b.1.1) La Autoridad de Aplicación podrá indicar lugares de instalación de los contenedores, así como su remoción en cualquier momento.
b.1.2) La cantidad de contenedores a colocar por cuadra será determinada a partir de un estudio técnico que el Contratista deberá presentar, donde se considerará la densidad habitacional aproximada cuadra por cuadra. Como mínimo se deberá colocar un contenedor cada dos cuadras.
b.1.3) La Autoridad de Aplicación podrá indicar el aumento gradual del área contenerizada. b.1.4) La operación de vaciado debe hacerse evitando la caída de residuos en la calzada. El
área circundante a los contenedores deberá quedar en perfectas condiciones de
limpieza después del servicio de los mismos.
b.1.5) La instalación, remoción y movimiento de los contenedores deberá llevarse a cabo mediante una unidad destintada a tal fin con equipo portacontenedores montado con sistema de elevación y carga, con capacidad mínima para tres contenedores.
b.1.6) Deben haber contenedores en cantidad suficiente para cada sector, cuadra, grupo de viviendas, etc., evitando el desborde entre ciclos de recolección.
b.1.7) Los contenedores deberán llevar una inscripción con el logotipo de la Municipalidad, un teléfono para reclamos, los días y horarios de disposición según corresponda para el barrio (por ejemplo, los días de Residuos Secos y de Residuos Húmedos) y una leyenda informativa sobre las condiciones de uso.
b.1.8) Todos los contenedores colocados, deberán contar con una numeración única grabada en cada uno de ellos para realizar su seguimiento. El Contratista deberá presentar cuando sea requerido, planillas con el historial de cada contenedor (fechas de colocación, lavado, reparación especificando motivo, robo o destrucción, y otros datos que en su momento el Municipio considere necesario).
b.1.9) El Contratista deberá prever una reposición por vandalismo de los contenedores durante todo el contrato y su prórroga. Además deberá tener una reserva permanente del 3 % de los contenedores existentes en vía pública como reserva para efectuar los recambios o refuerzos dónde el Municipio así lo indique.
b.1.10) Se repondrán en forma inmediata los contenedores dañados con posterioridad a los actos vandálicos que se produjeren por manifestaciones, concentraciones, etc.
c) Recolección CONTENERIZADA – Carga Trasera:
Consistirá en la instalación de contenedores de 1 m3 de capacidad y la recolección y transporte hasta el Centro de Disposición Final de los residuos allí depositados descriptos en la presente CLÁUSULA, mediante camiones recolectores con equipo dotado de sistema de compactación y carga trasera, además de sistema de carga trasero para vuelco de contenedores, operado por un chofer y dos operarios cargadores.
c.1) Consideraciones para Recolección CONTENERIZADA – Carga Trasera:
c.1.1) Los contenedores de capacidad de un metro cúbico (1 m3) deberán ser instalados en la zona actualmente contenerizada, según indicación de la Autoridad de Aplicación, quien podrá indicar nuevos lugares de instalación, así como su remoción en cualquier momento. Actualmente dicha zona contenerizada cuenta con 215 contenedores ubicados en 170 cuadras, cantidades que deberán ser respetadas como mínimas necesarias, pudiendo el Contratista proponer la instalación de una cantidad mayor en caso de considerarlo necesario.
c.1.2) La Autoridad de Aplicación podrá indicar el aumento gradual del área contenerizada. c.1.3) La operación de vaciado debe hacerse evitando la caída de residuos en la calzada. El
área circundante a los contenedores deberá quedar en perfectas condiciones de
limpieza después del servicio de los mismos.
c.1.4) La instalación, remoción y movimiento de los contenedores deberá llevarse a cabo mediante una unidad destintada a tal fin con equipo portacontenedores montado con sistema de elevación y carga, con capacidad mínima para tres contenedores, o bien mediante otro vehículo que proponga el Contratista que sea adecuado para dicha tarea.
c.1.5) Deben haber contenedores en cantidad suficiente para cada sector, cuadra, grupo de viviendas, etc., evitando el desborde entre ciclos de recolección.
c.1.6) Los contenedores deberán llevar una inscripción con el logotipo de la Municipalidad, un teléfono para reclamos, los días y horarios de disposición según corresponda para el barrio (por ejemplo, los días de Residuos Secos y de Residuos Húmedos) y una leyenda informativa sobre las condiciones de uso.
c.1.7) Todos los contenedores colocados, deberán contar con una numeración única grabada en cada uno de ellos para realizar su seguimiento. El Contratista deberá presentar cuando sea requerido, planillas con el historial de cada contenedor (fechas de colocación, lavado, reparación especificando motivo, robo o destrucción, y otros datos que en su momento el Municipio considere necesario).
c.1.8) El Contratista deberá prever una reposición por vandalismo de los contenedores durante todo el contrato y su prórroga. Además deberá tener una reserva permanente del 3 % de los contenedores existentes en vía pública como reserva para efectuar los recambios o refuerzos dónde el Municipio así lo indique.
c.1.9) Se repondrán en forma inmediata los contenedores dañados con posterioridad a los actos vandálicos que se produjeren por manifestaciones, concentraciones, etc.
d) Xxxxxx y Desinfección de los CONTENEDORES:
d.1) El lavado interno y externo de los contenedores contemplados en el apartado b) de la presente CLÁUSULA deberá realizarse con una frecuencia quincenal o menor y se realizará con equipos específicos (camiones lavacontenedores) que aseguren el lavado y desinfección interior y exterior además de la aspiración delíquidos producto del proceso, logrando así evitar el derrame de dichos líquidos en la vía pública.
d.2) El lavado interno y externo de los contenedores contemplados en el apartado c) de la presente CLÁUSULA deberá realizarse con una frecuencia quincenal o menor y se realizará con equipos específicos (camiones lavacontenedores) en el lugar de instalación, o bien en lavadero habilitado en instalaciones del Contratista, para lo cual deberá efectuar su transporte mediante vehículo según descripción en apartado c.1.4) de la presente CLÁUSULA. En caso de que el lavado se lleve a cabo en las instalaciones del Contratista, se deberá asegurar el recambio momentáneo del contenedor por otro de idénticas características y en perfectas condiciones de higiene y conservación, asegurando así su continua disponibilidad en la zona.
En la prestación de las tareas establecidas en el presente capítulo, el Contratista será responsable cuando sus operarios derramen residuos, polvo, líquidos, etc. en la vía pública en la vía pública durante la manipulación y/o el traslado al Centro de Disposición Final, debiendo limpiar el área de derrame en forma inmediata. Para tal efecto los vehículos deberán estar dotados siempre xx xxxxx y cepillos o escobas.
Los vehículos afectados a las tareas establecidas en el presente capítulo deberán ser limpiados y lavados diariamente en forma interna y externa con posterioridad a cada servicio, así como deberán ser desinfectados al menos una vez por semana.
La ubicación del Centro de Disposición Final se encuentra ubicado a aproximadamente 12 Km xxx Xxxxxxx Municipal (ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx). Si la Municipalidad resolviera cambiar el centro de disposición final hasta un radio de 18 Km, contados desde el mismo lugar y por el recorrido que determine la Autoridad de Aplicación, no se reconocerán mayores costos. En caso que la distancia supere los 18 Km sólo se reconocerán mayores costos por la diferencia en kilometraje que exceda tal distancia, contados de la misma forma a la indicada anteriormente. Para ello será de aplicación el precio vigente correspondiente al servicio especial cotizado a tal efecto en el ANEXO VIII – PLANILLA DE COTIZACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES.
La Autoridad de Aplicación se reserva el derecho de modificar o reasignar el lugar de disposición final de los residuos, fuera del Centro de Disposición Final. Todos los gastos de descarga en los sitios que asigne la Autoridad de Aplicación serán solventados por el Contratista, con la misma salvedad realizada en el párrafo anterior.
Para casos excepcionales que requieran este servicio en horarios especiales y con modalidades adaptadas a la situación que se enfrente, la Autoridad de Aplicación solicitará la implementación del servicio abonando al Contratista el precio vigente correspondiente al servicio especial cotizado a tal efecto en el ANEXO VIII – PLANILLA DE COTIZACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES.
CLÁUSULA 17 PRESTACIÓN
La recolección de residuos domiciliarios y comerciales comunes y su transporte hasta el Centro de Disposición Final se realizará sobre las calles referenciadas en el ANEXO VI – PLANOS, con las siguientes frecuencias.
Los días de prestación, frecuencias, horarios y cantidades de cuadras, serán los siguientes:
a) Recolección MANUAL:
a.1) Recolección MANUAL Nocturna (Frecuencia 6).
Días de prestación: Xxxxxxx x Xxxxxxx (inclusive).
Frecuencia: Un turno diario (seis días a la semana).
Horarios: Nocturno desde las 21:30 horas de un día hasta las 04:30 horas del día siguiente.
Cantidad de cuadras a servir: 2454,75 cuadras a.2) Recolección MANUAL Diurna (Frecuencia 6).
Días de prestación: Lunes a Sábado (inclusive).
Frecuencia: Un turno diario (seis días a la semana).
Horarios: Diurno desde las 06:00 horas hasta las 13:00 horas. Cantidad de cuadras a servir: 2454,75 cuadras
Los recorridos de recolección MANUAL deberán diagramarse en forma tal de que, en promedio, cada ruta o recorrido de recolección pueda servir a aproximadamente 370 cuadras (contando ambas aceras).
b) Recolección CONTENERIZADA – AUTOMATIZADA:
b.1) Recolección CONTENERIZADA – AUTOMATIZADA (Frecuencia 6). Días de prestación: Xxxxxxx x Xxxxxxx (inclusive).
Frecuencia: Un turno diario (Nocturno)
Horarios: Desde las 21:30 horas de un día hasta las 04:30 horas del día siguiente.
Cantidad de cuadras a servir: 1.421 cuadras.
b.1.1) Durante el transcurso de los primeros doce (12) meses desde el inicio de la prestación de los servicios, definido en la CLÁUSULA 46 de las Cláusulas Generales) el Contratista podrá realizar el servicio de Recolección CONTENERIZADA – AUTOMATIZADA (Frecuencia 6) en dos turnos diarios, uno nocturno según horarios descriptos en el apartado b.1) anterior, y otro en horario diurno de Lunes a Sábado (inclusive) desde las 06:00 horas hasta las 13:00 horas.
b.2) Recolección CONTENERIZADA – AUTOMATIZADA (Frecuencia 13).
Días de prestación: Lunes x Xxxxxxx (inclusive).
Frecuencia: Dos turnos diarios de Lunes a Sábado, más un turno los días Domingo.
Horarios: Vespertino de 14:00 horas hasta las 21:00 horas xx Xxxxxxx a Lunes. Nocturno desde las 21:30 horas de un día hasta las 04:30 horas del día siguiente.
Cantidad de cuadras a servir: 59 cuadras.
b.3) Recolección CONTENERIZADA – AUTOMATIZADA (Frecuencia 15).
Días de prestación: Domingo a Lunes (inclusive).
Frecuencia: Dos turnos diarios xx Xxxxxxx a Lunes, más un tercer turno los días Domingo.
Horarios: Vespertino de 14:00 horas hasta las 21:00 horas xx Xxxxxxx a Lunes. Nocturno desde las 21:30 horas de un día hasta las 04:30 horas del día siguiente.
Cantidad de cuadras a servir: 243 cuadras.
Los recorridos de recolección CONTENERIZADA deberán diagramarse en forma tal que, en promedio, cada ruta o recorrido de recolección pueda servir a aproximadamente 120 contenedores.
c) Recolección CONTENERIZADA – Carga Trasera:
c.1) Recolección CONTENERIZADA – Carga Trasera (Frecuencia 6). Días de prestación: Lunes a Sábado (inclusive).
Frecuencia: Un turno diario (diurno).
Horarios: Desde las 06:00 hasta las 13:00 horas. Cantidad de cuadras a servir: 170 cuadras
El Contratista podrá proponer horarios distintos a los indicados en la presente CLÁUSULA si considerara que es posible una mejora con respecto a la interferencia con el desarrollo de las actividades de las áreas de prestación, quedando su aprobación a consideración de la Autoridad de Aplicación.
Se deberá presentar un plan de trabajo detallando claramente las distintas características técnicas del servicio indicando dotaciones y equipos designados y afectados a este servicio.
Cuadra: Es la distancia existente entre las líneas centrales de dos bocacalles consecutivas. Cuando se hace referencia a cuadra, debe entenderse que se refiere a ambos cordones de la misma. A los efectos de la medición y certificación se deberá tomar en consideración el valor de la cuadra igual a ciento veinte (120) metros, refiriendo las medidas reales de las cuadras servidas a este valor patrón.
CLÁUSULA 18 EQUIPAMIENTO
El Contratista deberá proveer todo el equipamiento de acuerdo a lo exigido en la CLÁUSULA 69 de las Cláusulas Generales. Para la prestación del servicio se requerirá como mínimo el siguiente equipamiento:
a) Para la tarea especificada en el apartado a) de la CLÁUSULA 16 de estas Cláusulas Particulares:
□ Siete (7) Camiones recolectores, chasis equipado con motor de 160 HP de potencia como mínimo, con bajo nivel de emisión de gases y ruidos, con caja compactadora de 16 metros cúbicos, con sistema de compactación de baja sonoridad, con doble pala articulada, descarga por placa expulsora y sistema de carga trasera en tolva. Capacidad xx xxxxx (mínima): 1,5 metros cúbicos, específicamente diseñado para recolección manual con las características necesarias para la instalación de sistema trasero levanta contenedores de 1 m3 como mínimo.
b) Para la tarea especificada en el apartado b) de la CLÁUSULA 16 de estas Cláusulas Particulares:
□ Diez (10) Camiones recolectores, chasis equipado con motor de 160 HP de potencia como mínimo, con bajo nivel de emisión de gases y ruidos, con equipo compactador montado con sistema de carga bilateral, sistema de elevación y vuelco de contenedores automático, mono-operador con sistema de control en cabina, específicamente diseñado para recolección mediante contenedores.
□ Un (1) Furgón del tipo Daily con equipo portacontenedores montado con sistema de elevación y carga, con capacidad mínima para tres contenedores.
□ Seiscientos (600) Contenedores de 2,4 metros cúbicos de capacidad, con estructura y fondo xx xxxxx galvanizado, aptos y fabricados específicamente para ser operados con los camiones recolectores descriptos en el presente apartado b) de la CLÁUSULA 18 de estas Cláusulas Particulares.
□ Cuatrocientos (400) Contenedores de 3,2 metros cúbicos de capacidad, con estructura y fondo xx xxxxx galvanizado, aptos y fabricados específicamente para ser operados con los camiones recolectores descriptos en el presente apartado b) de la CLÁUSULA 18 de estas Cláusulas Particulares.
b.1) Durante el transcurso de los primeros doce (12) meses desde el inicio de la prestación de los servicios, definido en la CLÁUSULA 46 de las Cláusulas Generales, el Contratista podrá realizar el servicio de Recolección CONTENERIZADA – AUTOMATIZADA (Frecuencia 6) en dos turnos diarios, mediante la utilización de sólo cinco (5) de los diez (10) camiones recolectores descriptos en el apartado b) de esta CLÁUSULA 18 de las Cláusulas Particulares, por turno.
c) Para la tarea especificada en el apartado c) de la CLÁUSULA 16 de estas Cláusulas Particulares:
□ Los camiones recolectores especificados en el apartado a) de esta CLÁUSULA 18 de estas Cláusulas Particulares, en cantidad necesaria, dotados con equipo trasero levanta contenedores.
□ Doscientos quince (215) Contenedores de un metro cúbico (1 m3) de capacidad, plásticos, con tapa superior y cuatro ruedas para su movimiento, aptos y fabricados específicamente para ser operados mediante equipo trasero levanta contenedores con los camiones recolectores descriptos en el apartado a) de esta CLÁUSULA 18 de estas Cláusulas Particulares.
d) Para la tarea especificada en el apartado d) de la CLÁUSULA 16 de estas Cláusulas Particulares:
□ El Furgón del tipo Daily con equipo portacontenedores especificado en el apartado b)
de esta CLÁUSULA 18 de las Cláusulas Particulares.
□ Dos (2) camiones equipados con motor de 160 HP de potencia como mínimo, con bajo nivel de emisión de gases y ruidos, con equipo lava-contenedores montado, fabricado específicamente para el lavado y esterilización interior y exterior de los contenedores descriptos en el apartado c) anterior, con motor auxiliar, bomba de alta presión, y depósitos para el agua limpia y sucia con sistema de recuperación y reutilización.
Los contenedores contemplados en los apartados b) y c) de la CLÁUSULA 16 de las Cláusulas Particulares deberán responder a los siguientes requerimientos:
1) Deberán ser nuevos.
2) Deberán ser aprobados por la Autoridad de Aplicación.
3) Los contenedores dispuestos en la calzada deberán estar provistos de las señalizaciones reflectivas de seguridad pertinentes. Particularmente los contenedores transportados deberán estar señalizados con pintura reflectiva en bandas a 45° en colores rojo y gris en los bordes y partes sobresalientes.
4) Deberán estar identificados con número y logotipo de la empresa de acuerdo con los formatos que establezca la Autoridad de Aplicación.
5) Estarán sujetos a un plan de mantenimiento y limpieza que asegure sus óptimas condiciones de higiene, uso y conservación durante todo el plazo del contrato, adicionalmente a lo mencionado específicamente en la CLÁUSULA 16 de estas Cláusulas Particulares.
6) Deberán instalarse de forma tal que no dificulten la normal actividad y flujo de tránsito vehicular y peatonal.
Además del equipamiento exigido anteriormente el Contratista deberá proveer todo el resto del equipamiento, implementos y herramientas necesarias para la prestación del servicio. En caso de ampliación de la Zona Contenerizada a requerimiento de la Autoridad de Aplicación, el Contratista deberá proveer los contenedores que sean necesarios para la correcta prestación del servicio, modificándose a partir de su incorporación el ítem de pago correspondiente.
Esta exigencia en la cantidad mínima de equipamiento no implica que el Proponente no pueda proponer y/o el Contratista no deba afectar mayor cantidad de equipamiento si así lo exigieran la forma y tiempo establecidos en el presente Pliego para la prestación del servicio.
CLÁUSULA 19 CANTIDAD DE PERSONAL
El Contratista deberá cumplir con respecto al personal con las exigencias de la CLÁUSULA 70
de las Cláusulas Generales del presente Xxxxxx.
La cantidad de personal mínimo a afectar para cada una de las tareas serán las siguientes:
a) Para las tareas especificadas en los apartados a) y c) de la CLÁUSULA 16 de estas Cláusulas Particulares se deberá afectar como mínimo un (1) chofer y dos (2) operarios por camión.
b) Para la tarea especificada en el apartado b) de la CLÁUSULA 16 de estas Cláusulas Particulares se deberá afectar como mínimo un (1) chofer y un (1) operario por camión.
c) Para la tarea especificada en los apartados b.1.5) y c.1.4) de la CLÁUSULA 16 de estas Cláusulas Particulares se deberá afectar como mínimo un (1) chofer y un (1) operario.
d) Para las tareas especificadas en el apartado d) de la CLÁUSULA 16 de estas Cláusulas Particulares se deberá afectar como mínimo un (1) chofer por camión y por turno.
Esta exigencia en la cantidad mínima de personal no implica que el Proponente no pueda proponer y/o el Contratista no deba afectar mayor cantidad de personal si así lo exigieran la forma y tiempo establecidos en el presente Xxxxxx para la prestación del servicio.
CLÁUSULA 20 COTIZACIÓN
El Proponente deberá cotizar en el ANEXO IV – PLANILLA DE COTIZACIÓN el Valor Total del Servicio de Recolección de Residuos para una cuadra en un turno, para los ítems correspondientes a “Zona Contenerizada – Automatizada”, “Zona Contenerizada Carga Lateral” y “Zona No Contenerizada”.
A los efectos de la cotización se deberá tomar en cuenta la prestación del servicio de recolección de residuos en Zona No Contenerizada (recolección MANUAL) en 2.454,75 cuadras en horario nocturno de xxxxxxx x xxxxxxx (6 servicios semanales) y 2.454,75 cuadras en horario diurno de lunes a sábado (6 servicios semanales), lo que implica un total de 127.647 cuadras servidas en el mes si se considera un mes con 26 días comprendidos entre Lunes y Sábado y 4 Domingos.
A los efectos de la cotización se deberá tomar en cuenta la prestación del servicio de recolección de residuos en Zona Contenerizada – Automatizada en 1.421 cuadras entre horario nocturno de Xxxxxxx x Xxxxxxx y horario diurno de Lunes a Sábado (6 servicios semanales), más 59 cuadras de lunes x xxxxxxx (con 13 servicios semanales), más 243 cuadras de lunes x xxxxxxx (con 15 servicios semanales), lo que implica un total de 55.802 cuadras servidas en el mes si se considera un mes con 26 días comprendidos entre Lunes y Sábado y 4 Domingos.
A los efectos de la cotización se deberá tomar en cuenta la prestación del servicio de recolección de residuos en Zona Contenerizada – Carga Trasera en 170 cuadras en horario diurno de Lunes a Sábado (6 servicios semanales), lo que implica un total de 4.420 cuadras servidas en el mes si se considera un mes con 26 días comprendidos entre Lunes y Sábado y 4 Domingos.
CAPÍTULO V: DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE VOLUMINOSOS Y DE RESTO DE VERDE
CLÁUSULA 21 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SERVICIO
El servicio de recolección de voluminosos y de resto de verde y transporte hasta el Centro de Disposición Final comprende las siguientes tareas:
a) Recolección de Residuos Voluminosos:
Consistirá en la recolección manual y/o mecanizada y transporte al Centro de Disposición Final de todos los residuos sólidos voluminosos que por sus características no puedan ser cargados en las unidades compactadoras. El servicio incluye, sin ser limitativo, el retiro y transporte hasta el Centro de Disposición Final xx xxxxx, cartones, muebles en desuso, electrodomésticos, artefactos del hogar (cocinas, heladeras, etc.), artefactos sanitarios, cerramientos, etc. Está totalmente prohibida la realización de acopio transitorio de residuos
-achiques-.
b) Recolección de Restos de Verde:
Consistirá en la recolección manual y/o mecanizada y transporte hasta el Centro de Disposición Final de los residuos verdes producto de poda, de corte de césped y/o desmalezamientos en espacios verdes, jardines y patios de inmuebles, públicos y privados, como así también el levantamiento y traslado de árboles y/o ramas caídas, accidentalmente o no, estén desprendidas o no, que se encuentren obstruyendo el tránsito vehicular o peatonal, sin importar su magnitud.
c) Instalación de contenedores de una capacidad aproximada de cinco (5) a siete (7) metros cúbicos, destinados a residuos de restos de verde y/o voluminosos, su recolección y transporte hasta el Centro de Disposición Final:
La Autoridad de Aplicación indicará los lugares de instalación de los contenedores, así como su remoción en cualquier momento. El área circundante a los contenedores deberá quedar en perfectas condiciones de limpieza después de su retiro. Estos contenedores deberán ser lavados en las instalaciones del Contratista semanalmente.
d) Instalación de contenedores de una capacidad aproximada de veinte (20) metros cúbicos, destinados a residuos de resto de verde y/o voluminosos, su recolección y transporte hasta el Centro de Disposición Final:
La Autoridad de Aplicación indicará los lugares de instalación de los contenedores, así como su remoción en cualquier momento. El área circundante a los contenedores deberá quedar en perfectas condiciones de limpieza después de su retiro. Estos contenedores deberán ser lavados en las instalaciones del Contratista semanalmente.
e) Servicio de Recolección de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE):
Consistirá en la recolección manual y/o mecanizada de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos depositados a tal fin en los Centros de Acopio acordados con la Autoridad de Aplicación (delegaciones municipales, entes o empresas públicas, comisiones vecinales), para lo cual el Contratista deberá contar con los equipos y herramientas necesarias para realizar el servicio. Los Centros de Acopio habilitados actualmente son:
□ Delegación Municipal Progreso: Antártida Argentina y Xxxxxxxx.
□ Delegación Municipal Alto Xxxxx: Novella y Xxxxx.
□ Guardia de Secretaría de Servicios Urbanos: Xxxx Xxxx 000.
El Contratista tendrá la obligación de realizar el levantamiento de los RAEE en los Centros de Xxxxxx, disponiendo de contenedores especialmente diseñados para recepcionar RAEE xx xxxxxxx y pequeño tamaño, en cada uno de ellos. La frecuencia de levantamiento de estos contenedores dependerá del tamaño del mismo en correspondencia a la generación de RAEE del sector, siendo la mínima aceptable una vez por mes. Toda vez que se detecten RAEE en la vía pública deberán ser recogidos por el Contratista e incluidos dentro del servicio.
En el Plan de Trabajo se deberá indicar la metodología de recolección de RAEE, la planificación, afectación de equipos y personal para cumplir con el servicio y el tratador u operador de los mismos, el que deberá estar autorizado por la autoridad competente en la materia (municipal, provincial y/o nacional) que correspondiere.
En la prestación de las tareas establecidas en el presente capítulo, el Contratista será responsable cuando sus operarios derramen residuos, polvo, líquidos, etc. en la vía pública durante la manipulación y/o el traslado al Centro de Disposición Final, debiendo limpiar el área de derrame en forma inmediata. Para tal efecto los vehículos deberán estar dotados siempre xx xxxxx y cepillos o escobas.
Los vehículos afectados a las tareas establecidas en el presente capítulo deberán ser limpiados y lavados diariamente en forma interna y externa con posterioridad a cada servicio, así como deberán ser desinfectados al menos una vez por semana.
La ubicación del Centro de Disposición Final se encuentra ubicado a aproximadamente 12 Km xxx Xxxxxxx Municipal (ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx). Si la Municipalidad resolviera cambiar el centro de disposición final hasta un radio de 18 Km, contados desde el mismo lugar y por el recorrido que determine la Autoridad de Aplicación, no se reconocerán mayores costos. En caso que la distancia supere los 18 Km sólo se reconocerán mayores costos por la diferencia en kilometraje que exceda tal distancia, contados de la misma forma a la indicada anteriormente. Para ello será de aplicación el precio vigente correspondiente al servicio especial cotizado a tal efecto en el ANEXO VIII – PLANILLA DE COTIZACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES.
La Autoridad de Aplicación se reserva el derecho de modificar o reasignar el lugar de disposición final de los residuos, fuera del Centro de Disposición Final. Todos los gastos de descarga en los sitios que asigne la Autoridad de Aplicación serán solventados por el Contratista, con la misma salvedad realizada en el párrafo anterior.
Para casos excepcionales que requieran este servicio en horarios especiales y con modalidades adaptadas a la situación que se enfrente, la Autoridad de Aplicación solicitará la implementación del servicio abonando al Contratista el precio vigente correspondiente al servicio especial cotizado a tal efecto en el ANEXO VIII – PLANILLA DE COTIZACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES.
CLÁUSULA 22 PRESTACIÓN
Para la prestación del servicio se deberán tener en cuenta los siguientes puntos:
a) La ciudad se deberá dividir en seis sectores de trabajo, uno por cada día de la semana.
b) El Contratista tendrá la obligación de recorrer todas las cuadras de la sub zona durante el servicio.
c) En caso en que se sature la capacidad del equipamiento, el Contratista deberá avisar a la Autoridad de Aplicación y ofrecer una reprogramación de las tareas pendientes para el día siguiente.
d) La Autoridad de Aplicación podrá disponer de este servicio para realizar operativos especiales dentro de la Zona, sin que ello implique erogaciones adicionales.
Los días de prestación, frecuencias, horarios y cantidades de cuadras, serán los siguientes:
a) La recolección de residuos voluminosos y de resto de verde y su transporte hasta el Centro de Disposición Final se realizará sobre las calles referenciadas en el ANEXO VI – PLANOS, con las siguientes frecuencias mínimas.
a.1) Frecuencia 1.
Días de prestación: Lunes a sábado (inclusive).
Frecuencia: Un turno cada siete días, una vez por semana.
Horarios: Desde las 13:00 horas hasta las 21:00 horas. Cantidad de cuadras a servir: 6.802,50 cuadras (1.133,75 cuadras por día).
Los recorridos deberán diagramarse en forma tal de que, en promedio, cada ruta o recorrido de recolección pueda servir a aproximadamente 250 cuadras (contando ambas aceras).
b) La instalación y/o retiro y/o recambio de contenedores de una capacidad aproximada de cinco (5) a siete (7) metros cúbicos y su transporte hasta el Centro de Disposición Final se realizará diariamente en el horario de 07:00 horas a 14:00 horas, o en el que fije la Autoridad de Aplicación.
c) La instalación y/o retiro y/o recambio de contenedores de una capacidad aproximada de veinte (20) metros cúbicos y su transporte hasta el Centro de Disposición Final se realizará diariamente en el horario de 07:00 horas a 14:00 horas, o en el que fije la Autoridad de Aplicación.
d) El Contratista deberá prever la instalación, retiro y recambio de contenedores de una capacidad aproximada de veinte (20) metros cúbicos y su transporte hasta el Centro de Disposición Final en los Centros de Recepción en los que se recibirán diversos tipos de residuos, en principio escombros, restos verdes, chatarras y otros voluminosos, lo cual será definido por la Autoridad de Aplicación.
Cuadra: Es la distancia existente entre las líneas centrales de dos bocacalles consecutivas. Cuando se hace referencia a cuadra, debe entenderse que se refiere a ambos cordones de la misma. A los efectos de la medición y certificación se deberá tomar en consideración el valor de la cuadra igual a ciento veinte (120) metros, refiriendo las medidas reales de las cuadras servidas a este valor patrón.
CLÁUSULA 23 EQUIPAMIENTO
El Contratista deberá proveer todo el equipamiento de acuerdo a lo exigido en la CLÁUSULA 69 de las Cláusulas Generales. Para la prestación del servicio se requerirá como mínimo el siguiente equipamiento:
a) Para las tareas especificadas en los apartados a) y d) de la CLÁUSULA 21 de estas Cláusulas Particulares:
□ Cuatro (4) Roll Off, chasis equipado con motor de 160 HP de potencia como mínimo, con bajo nivel de emisión de gases y ruidos, con caja abierta de 20 m3, equipados con sistema de hidrogrúa y/o con balde almeja.
□ Doce (12) contenedores / cajas abiertas de 20 m3 para ser transportadas / operadas mediante los equipos descriptos en el ítem anterior del presente apartado a).
b) Para la tarea especificada en el apartado b) de la CLÁUSULA 21 de estas Cláusulas Particulares:
□ Los camiones especificados en el apartado anterior.
□ Una (1) Máquina chipeadora / trituradora de cuchillas con tolva de alimentación y sistema de expulsión de chips con boca de entrada de 110 mm.
□ Equipos y Herramientas necesarias: motosierras, podadoras de altura, herramientas menores (pala, escoba, rastrillo, cepillo).
c) Para la tarea especificada en el apartado c) de la CLÁUSULA 21 de estas Cláusulas Particulares:
□ Dos (2) Camiones Porta para transportar contenedores de cinco (5) a siete (7) metros cúbicos de capacidad, chasis equipado con motor de 160 HP de potencia como mínimo, con bajo nivel de emisión de gases y ruidos.
□ Cincuenta (50) Contenedores de aproximadamente cinco (5) a siete (7) metros cúbicos de capacidad.
En las tareas indicadas en los apartados a) y c) precedentes, los contenedores deberán responder a los siguientes requerimientos:
1) Deberán ser nuevos.
2) Deberán ser aprobados por la Autoridad de Aplicación.
3) Los contenedores dispuestos en la calzada deberán estar provistos de las señalizaciones reflectivas de seguridad pertinentes. Particularmente los contenedores transportados deberán estar señalizados con pintura reflectiva en bandas a 45° en colores rojo y gris en los bordes y partes sobresalientes.
4) Deberán estar identificados con número y logotipo de la empresa de acuerdo con los formatos que establezca la Autoridad de Aplicación.
5) Para el transporte de residuos hasta el Centro de Disposición Final se deberán cubrir los contenedores con lona a fin de evitar la dispersión de los residuos.
6) Estarán sujetos a un plan de mantenimiento y limpieza que asegure sus óptimas condiciones de higiene, uso y conservación durante todo el plazo del contrato, adicionalmente a lo mencionado específicamente en la CLÁUSULA 21 de estas Cláusulas Particulares.
7) Deberán instalarse de forma tal que no dificulten la normal actividad y flujo de tránsito vehicular y peatonal.
Además del equipamiento exigido anteriormente el Contratista deberá proveer todo el resto del equipamiento, implementos y herramientas necesarias para la prestación del servicio.
Esta exigencia en la cantidad mínima de equipamiento no implica que el Proponente no pueda proponer y/o el Contratista no deba afectar mayor cantidad de equipamiento si así lo exigieran la forma y tiempo establecidos en el presente Pliego para la prestación del servicio.
CLÁUSULA 24 CANTIDAD DE PERSONAL
El Contratista deberá cumplir con respecto al personal con las exigencias de la CLÁUSULA 70
de las Cláusulas Generales del presente Xxxxxx.
La cantidad de personal mínimo a afectar para cada una de las tareas serán las siguientes:
a) Para las tareas especificada en el apartado a) de la CLÁUSULA 21 de la de estas Cláusulas Particulares se deberán afectar como mínimo un (1) chofer y dos (2) operarios por camión y por turno.
b) Para la tarea especificada en el apartado b) de la CLÁUSULA 21 de estas Cláusulas Particulares se deberán afectar un (1) chofer y dos (2) operarios por camión y por turno.
c) Para la tarea especificada en el apartado c) de la CLÁUSULA 21 de estas Cláusulas Particulares se deberá afectar un (1) chofer por xxxxxx y por turno.
d) Para la tarea especificada en el apartado d) de la CLÁUSULA 21 de estas Cláusulas Particulares se deberá afectar un (1) chofer por xxxxxx y por turno.
Esta exigencia en la cantidad mínima de personal no implica que el Proponente no pueda proponer y/o el Contratista no deba afectar mayor cantidad de personal si así lo exigieran la forma y tiempo establecidos en el presente Xxxxxx para la prestación del servicio.
CLÁUSULA 25 COTIZACIÓN
El Proponente deberá cotizar en el ANEXO IV – PLANILLA DE COTIZACIÓN el Valor Total del Servicio para una cuadra en un turno.
A los efectos de la cotización se deberá tomar en cuenta la prestación del servicio de recolección de recolección de voluminosos y de restos de verde en 6.802,50 cuadras de lunes a sábado (1 servicio semanal), lo que implica un total de 29.477,5 cuadras servidas en el mes si se considera un mes con 26 días comprendidos entre Lunes y Sábado.
CAPÍTULO VI: DE LOS SERVICIOS ESPECIALES CLÁUSULA 26 COTIZACIÓN
El Proponente deberá cotizar en el ANEXO VIII – PLANILLA DE COTIZACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES los siguientes servicios especiales:
a) Para el caso en que la distancia entre el Centro de Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos hasta el Xxxxxxx Municipal excediera de 18 Km, deberá cotizar:
a.1) Precio adicional por cada Xx xxxxxxxxx xx 00 Xx xx xxxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxx de Disposición Final y el Xxxxxxx Municipal para el Ítem 1 – Servicio de Barrido Manual de Calles y Veredas, en pesos por cuadra servida en un turno y por Km excedente.
a.2) Precio adicional por cada Xx xxxxxxxxx xx 00 Xx xx xxxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxx de Disposición Final y el Xxxxxxx Municipal para el Ítem 2 – Servicio de Barrido Mecánico de Calles, en pesos por cuadra servida en un turno y por Km excedente.
a.3) Precio adicional por Xx xxxxxxxxx xx 00 Xx xx xxxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxx de Disposición Final y el Xxxxxxx Municipal para el Ítem 4 – Servicio de Recolección de Residuos en Zona No Contenerizada (Recolección Manual), en pesos por cuadra servida en un turno y por Km excedente.
a.4) Precio adicional por Xx xxxxxxxxx xx 00 Xx xx xxxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxx de Disposición Final y el Xxxxxxx Municipal para el Ítem 5 – Servicio de Recolección de Residuos en Zona Contenerizada - Automatizada, en pesos por cuadra servida en un turno y por Km excedente.
a.5) Precio adicional por Xx xxxxxxxxx xx 00 Xx xx xxxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxx de Disposición Final y el Xxxxxxx Municipal para el Ítem 6 – Servicio de Recolección de Residuos en Zona Contenerizada – Carga Trasera, en pesos por cuadra servida en un turno y por Km excedente.
a.6) Precio adicional por Xx xxxxxxxxx xx 00 Xx xx xxxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxx de Disposición Final y el Xxxxxxx Municipal para el Ítem 7 – Servicio de Recolección de Voluminosos y Restos de Verde, en pesos por cuadra servida por día y por Km excedente.
b) Para casos excepcionales que requieran la prestación de algún Servicio en horarios especiales, a requerimiento de la Autoridad de Aplicación:
b.1) Precio del Servicio de Barrido Manual de calles y veredas, en pesos por cuadra servida en un turno.
b.2) Precio del Servicio de Barrido Mecánico de calles, en pesos por cuadra servida en un turno.
b.3) Precio del Servicio de Recolección de Residuos (Recolección Manual), en pesos por cuadra servida en un turno.
c) Para la provisión de equipamiento adicional, a requerimiento de la Autoridad de Aplicación: c.1) Para la provisión de contenedores de una capacidad aproximada de 3,2 metros cúbicos,
con la misma prestación prevista en el apartado b) de la CLÁUSULA 16 de estas
Cláusulas Particulares, por contenedor y por mes.
c.2) Para la provisión de contenedores de una capacidad aproximada de veinte (20) metros cúbicos, con la misma prestación prevista en el apartado d) de la CLÁUSULA 21 de estas Cláusulas Particulares, por contenedor y por mes.
c.3) Para la provisión de contenedores de una capacidad aproximada de cinco (5) a siete (7) metros cúbicos, con la misma prestación prevista en el apartado c) de la CLÁUSULA 21 de estas Cláusulas Particulares, por contenedor y por mes.
d) Para Limpieza de Minibasurales a requerimiento de la Autoridad de Aplicación o para atención de lluvias extraordinarias u otros fenómenos meteorológicos que requieran el concurso de una cuadrilla especial que complemente el Servicio de barrido y limpieza de calles, se define el Equipo de Emergencia, con el siguiente equipamiento mínimo necesario:
□ Una (1) Cargadora Frontal cuyo balde tenga una capacidad mínima de 1,80 m3.
□ Tres (3) Camiones volcadores, chasis equipado con motor de 160 HP de potencia como mínimo, con bajo nivel de emisión de gases y ruidos.
□ Además de este equipamiento, el Adjudicatario deberá proveer, los implementos y herramientas necesarias para la prestación del servicio.
□ La cantidad de personal mínima necesaria requerida para el Equipo de Emergencia es de 1 (un) chofer para cada equipo y de 5 (cinco) operarios por turno.
d.1) Precio del Servicio de Equipo de Emergencia, en pesos por turno de siete (7) horas.
CAPÍTULO VIII: DEL PROGRAMA DE DIFUSIÓN AMBIENTAL CLÁUSULA 27 PROGRAMA DE DIFUSIÓN
El Contratista deberá llevar a cabo un Programa de Difusión Ambiental referido a aspectos medioambientales, cuyos contenidos serán entregados por la Autoridad de Aplicación.
El Contratista deberá imputar a este Programa de Difusión un presupuesto anual equivalente al tres por ciento (3%) de su facturación total anual, tomando en consideración el último ejercicio vencido, anterior al que se inicia. Para el primer año deberá imputar un presupuesto del tres por ciento (3%) del monto anual a certificar que surge de la Propuesta adjudicada.
Este Programa estará integrado por todas o algunas de las siguientes modalidades, sin que este listado sea excluyente:
a) Mensajes por Radio de concientización y de Información:
□ Salidas diarias matutinas y vespertinas en radios de amplitud modulada reconocidas en la localidad.
□ Salidas diarias matutinas y vespertina en radios de frecuencia modulada reconocidas en la localidad.
b) Mensajes por televisión:
□ Salidas diarias en el canal de aire local.
c) Videos sobre cuestiones medioambientales: Reproducciones y autoadhesivos para casete de video de 15 x 2 cm a todo color y de 8 x 4,5 cm a todo color.
d) CD sobre cuestiones medioambientales: Duplicaciones con caja y papel celofán, láminas para CD 12 x 24 m a todo color, papel de ilustración de 115 g y de 12 x 15 cm a todo color, papel de ilustración de 115 g.
e) Avisos periódicos en los diarios de tirada regional.
f) Impresión de Folletos de concientización (hojas 29x19cm tamaño carpeta escolar, todo color papel ilustración de 115 g. perforados para tres anillos) y folletos del tipo informativo para distribuir en forma masiva a ser entregados por el Contratista.
g) Impresión de Cuadernillos sobre cuestiones medioambientales.
h) Impresión de afiches A3 a todo color en papel ilustración de 115 g.
i) Publicidad gráfica permanente: carteles de dos (2) metros por un (1) metro con pie, paño de chapa y xxxxx xx xxxx estructural.
También formará parte del programa la realización de una Encuesta Semestral de Satisfacción del Vecino respecto del servicio de higiene urbana, con las siguientes características:
1) La misma será supervisada por la Autoridad de Aplicación y quedará bajo exclusivo costo y cargo del Contratista, quien deberá implementarla a través de consultoras de reconocida trayectoria y/o de convenios con Universidades Públicas, previa conformidad de la Autoridad de Aplicación.
2) Los aspectos técnicos del estudio serán los siguientes:
□ Tipo de Estudio: encuesta por muestreo.
□ Instrumento de recolección: cuestionario estructurado de 20 a 30 preguntas.
□ Tipo de abordaje: domiciliario.
□ Diseño muestral: probabilístico, según sexo y edad.
□ Tamaño de la muestra: 380 a 400 casos efectivos, con un error de +/- 3% (95 % de confiabilidad).
□ Universo de la muestra: población con domicilio real dentro del territorio afectado al servicio de higiene urbana, de ambos sexos, de 18 a 70 años de edad y de todo nivel socioeconómico.
3) Las variables e indicadores a tener en cuenta en la formulación del cuestionario serán las siguientes:
□ Sexo.
□ Edad.
□ Nivel de educación alcanzado.
□ Grado de conocimiento respecto de los servicios o prestaciones a cargo del Contratista (horarios, rutas de barrido, retiro de objetos voluminosos y otros).
□ Grado de conocimiento de la normativa vigente: Disposición de residuos domiciliarios, voluminosos y de restos de verde; mantenimiento del estado de higiene de la vía pública y de terrenos baldíos; distancia del cordón en el estacionamiento de automóviles; horarios y días pautados para la recolección y otras normas que se considerasen sustantivas.
□ Grado de conocimiento de las modalidades de gestión de reclamos y/o sugerencias implementadas por el Contratista.
□ Grado de satisfacción con el servicio de higiene: barrido, recolección domiciliaria y todos los otros servicios contemplados en este Pliego; resolución de reclamos y solicitud de servicio.
4) Las conclusiones surgidas de estos indicadores servirán para el seguimiento de la gestión y evaluación de la eficacia de la campaña de Higiene Urbana; mientras que los indicadores “Grado de satisfacción con el servicio de higiene urbana” y “Grado de conocimiento de las modalidades de gestión de reclamos y/o sugerencias” serán específicamente útiles para la evaluación del servicio brindado por el Contratista propiamente dicho.
5) Los resultados de la encuesta serán de libre acceso para la población y podrán ser publicados por el Contratista, previa autorización de la Autoridad de Aplicación.
XXXXX X – MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN
Señores
Municipalidad de la Ciudad de Neuquén Presente
Ref.: Licitación Pública N° 10 /13.
“Locación del Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxx” xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx. Muy señores nuestros:
El (los) suscripto (s), habiendo estudiado los Documentos de la Licitación (Cláusulas Generales, Cláusulas Particulares, Anexos y sus Circulares N° a N° ) manifiestan que:
1. Asegura (n), bajo declaración jurada, la veracidad y exactitud de toda la información aportada, autorizando a organismos oficiales, comitentes, compañías de seguros, bancos, empresas financieras, fabricantes de equipos proveedores y/o cualquier otra persona o firma, a suministrar las informaciones que, relacionadas con esta Propuesta, les sean solicitadas por la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén.
2. Constituye (n) domicilio especial, a los efectos de la presente Licitación en
........................................................................... de la Ciudad de Neuquén.
3. Adjuntan toda la documentación e información requerida en el Pliego, en la forma allí exigida.
Fecha: ........................................................................
Nombre de la Empresa: .............................................
Representada por: ......................................................
En su calidad de: ........................................................
Firma: .........................................................................
Aclaración de firma y sello: .......................................
COEFICIENTES ECONÓMICOS FINANCIEROS FORMULARIO N° 1
COEFICIENTE | PENÚLTIMO EJERCICIO CIERRE AL / / | ÚLTIMO EJERCICIO CIERRE AL / / | PROMEDIO |
SOLVENCIA ACTIVO TOTAL / PASIVO TOTAL | |||
LIQUIDEZ CORRIENTE ACTIVO CORRIENTE/ PASIVO CORRIENTE |
INDICADORES DE MAGNITUD EMPRESARIA FORMULARIO N° 2
RUBRO | PENÚLTIMO EJERCICIO CIERRE AL / / | ÚLTIMO EJERCICIO CIERRE AL / / |
Patrimonio Neto | ||
RUBRO | ÚLTIMOS 12 MESES | |
Ventas Certificadas por Contador Público Nacional |
XXXXX XXX – METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DEL SOBRE A
Los proponentes serán calificados a sólo juicio del Municipio teniendo en cuenta los siguientes conceptos y procedimientos.
Aspecto Económico – Financiero. Aspecto Técnico – Empresario.
Estos aspectos se analizarán y ponderarán en función de los indicadores y coeficientes alcanzados por los proponentes, de acuerdo con los parámetros establecidos para cada rubro en la tabla siguiente.
En caso que el Proponente sea una UTE, el valor de los indicadores y coeficientes se deberán obtener con la sumatoria de los valores individuales pertenecientes a cada integrante, afectado por la respectiva proporción de participación en la UTE.
Los proponentes deberán obtener el puntaje mínimo establecido para cada rubro y un mínimo global de 60 puntos, caso contrario no serán calificados para la apertura del Sobre B de la Propuesta.
EVALUACIÓN ANTECEDENTES Y CAPACIDAD DEL PROPONENTE | ||||
Rubro | Descripción | Puntaje Máximo | Puntaje Mínimo | Puntaje Obtenido |
1) | Por antigüedad de prestación de servicios de recolección y barrido en forma ininterrumpida con una municipalidad en territorio argentino. De 9 a 11 años De11 a 14 años Más de 14 años | 3,5 4 5 | 3,5 | |
2) | Por cantidad de contratos de servicios de recolección y barrido en ejecución. De 1 a 3 Contratos Más de 4 Contratos | 3,5 5 | 3,5 | |
3) | Por cantidad de cuadras totales promedio diario de recolección de residuos domiciliarios en ejecución realizados por el proponente. De 5.000 a 7.500 cuadras De 7.500 a 10.000 cuadras De 10.000 a 15.000 cuadras Más de 15.000 cuadras | 5,5 7 7,5 9 | 5,5 | |
4) | Por cantidad total de cuadras promedio diario de barrido manual y/o mecánico de calles en ejecución realizadas por el proponente. De 2.000 a 2.500 cuadras De 2.500 a 3.500 cuadras De 3.500 a 5.000 cuadras Más de 5.000 cuadras | 5,5 7 7,5 9 | 5,5 | |
5) | Por cantidad de población atendida con servicios de recolección y/o barrido en ejecución realizadas por el proponente. De 300.000 a 450.000 habitantes | 5 | 5 |
EVALUACIÓN ANTECEDENTES Y CAPACIDAD DEL PROPONENTE | ||||
Rubro | Descripción | Puntaje Máximo | Puntaje Mínimo | Puntaje Obtenido |
De 450.000 a 600.000 habitantes De 600.000 a 1.000.000 habitantes Más de 1.000.000 habitantes | 6 7 8 | |||
6) | Por certificación de Sistema de Gestión Integral Normas ISO 9001, ISO 14001 y OHSAS 18001 en servicios similares a los licitados, por cada certificado. 1 a 3 certificados 4 o más certificados | 2 4 | 2 | |
7) | Por cantidad total de camiones propiedad del proponente afectados a servicios de higiene urbana en ejecución (Recolección y/o barrido). De 20 a 60 camiones De 60 a 100 camiones Más de 100 camiones | 2,5 4 5 | 2,5 | |
8) | Por cantidad de personal en relación de dependencia del proponente afectados a servicios de higiene urbana en ejecución (Recolección y/o barrido) y tareas de apoyo al mismo. De 250 a 600 De 600 a 1.000 Más de 1.000 | 2,5 4 5 | 2,5 | |
9) | Por patrimonio neto del proponente según último balance. De $ 45.000.000 a $ 60.000.000 De $ 60.000.000 a $ 75.000.000 De $ 75.000.000 a $ 100.000.000 Más de $ 100.000.000 | 7,5 9,5 11,5 12,5 | 7,5 | |
10) | Por ventas del Proponente, según certificación por Contador Público Nacional de los últimos 12 meses. De $ 80.000.000 a $ 100.000.000 De $ 100.000.000 a $ 130.000.000 De $ 130.000.000 a $ 160.000.000 Más de $ 160.000.000 | 7,5 9,5 11,5 12,5 | 7,5 | |
11) | Por Solvencia Económica, en función del Coeficiente de Solvencia Económica (CSE = Activo Total / Pasivo Total) De 1,00 a 1,50 De 1,50 a 1,80 De 1,80 a 2,00 Más de 2,00 | 7,5 9,5 11,5 12,5 | 7,5 | |
12) | Por Liquidez, en función del Coeficiente de Liquidez Corriente (CLC = Activo Corriente / Pasivo Corriente) De 1,00 a 1,50 De 1,50 a 1,80 De 1,80 a 2,00 Más de 2,00 | 7,5 9,5 11,5 12,5 | 7,5 | |
100 | 60 |
ANEXO IV – PLANILLA DE COTIZACIÓN
La firma que suscribe ........................................................................................................
Con domicilio en la calle ...................................................................................................
de la ciudad de Neuquén, en un todo de acuerdo con el Pliego de Bases y Condiciones para la presente Licitación, cotiza sus servicios de acuerdo con la siguiente planilla:
ÍTEM | SERVICIO A CONTRATAR | IMPORTES | |||||
1 | Servicio de Barrido Manual de Calles y Veredas. | Por cuadra y por turno [$] | Por 40.713 cuadras servidas por mes Total Mensual [$] | ||||
2 | Servicio de Barrido Mecánico de Calles. | Por cuadra y por turno [$] | Por 17.940 cuadras servidas por mes Total Mensual [$] | ||||
3 | Servicio de Limpieza de Sumideros, Cámaras y sus Nexos. | Valor Total para un Turno por equipo [$] | Por 3 equipos en doble turno, 26 días por mes Total Mensual [$] | ||||
4 | Servicio de Recolección de Residuos en Zona No Contenerizada (Recolección Manual). | Por cuadra y por turno [$] | Por 127.647 cuadras servidas por mes Total Mensual [$]] | ||||
5 | Servicio de Recolección de Residuos en Zona Contenerizada – Automatizada. | Por cuadra y por turno [$] | Por 55.802 cuadras servidas por mes Total Mensual [$]] | ||||
6 | Servicio de Recolección de Residuos en Zona Contenerizada – Carga Trasera. | Por cuadra y por turno [$] | Por 4.420 cuadras servidas por mes Total Mensual [$]] | ||||
7 | Servicio de Recolección Restos de Verde. | de | Voluminosos | y | de | Por cuadra y por día [$] | Por 29.477,50 cuadras servidas por mes Total Mensual [$]] |
MONTO TOTAL MENSUAL [$] |
Firma del Representante Legal Firma del Representante Técnico
XXXXX X – LISTADO DE PERSONAL DE LA ACTUAL CONTRATISTA AL 31 XX XXXX DE
2013
APELLIDO Y NOMBRE | CATEGORÍA | N° CUIL | FECHA DE INGRESO |
XXXXX XXXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-16165127-4 | 11/10/1991 |
XXXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 20-17069311-7 | 02/05/1987 |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-38082714-0 | 10/06/2012 |
XXXX XXXX XXXXXXX | PEÓN ESPECIALIZADO | 20-20120723-2 | 01/07/1998 |
XXXXXXX XXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-22473640-2 | 01/05/1999 |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-24825516-2 | 01/04/1998 |
ALIAS XXXXXXX XXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-29795704-0 | 26/03/2003 |
XXXXX XXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-10808527-5 | 03/06/1999 |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-31086346-8 | 30/06/2003 |
XXXXXX XXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-36514111-9 | 26/12/2012 |
XXXXX XXXX XXXXXXX | SUPERVISOR | 20-22740412-5 | 06/06/2006 |
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-20436609-9 | 26/10/2008 |
XXXXX XXXX XXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-20793767-4 | 08/10/1990 |
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-21616599-4 | 26/10/1998 |
BARRA LAGOS XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-93009063-9 | 26/01/2004 |
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-36257038-8 | 04/05/2013 |
XXXXXXXXX XXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-25724793-8 | 07/12/1999 |
XXXXXXX XXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-20650742-0 | 01/08/1994 |
XXXXXXXX XXXX XXXXXXXX | SUPERVISOR | 20-23053024-7 | 21/09/2010 |
XXXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX | XXXXXX | 23-26882788-9 | 01/04/2009 |
XXXXX XXXXX | PEÓN ESPECIALIZADO | 20-34088483-4 | 26/12/2012 |
XXXXX XXXXXXX XXXXXX | MEDIO OFICIAL MECÁNICO | 20-23187536-1 | 14/09/1991 |
XXXXXX XXXX XXXXXXXXXX | XXXXXXXXXX/A | 27-18666528-2 | 29/03/1999 |
XXXXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 20-21785460-2 | 01/08/1995 |
XXXXXX XXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-20280119-7 | 01/10/1997 |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-36753280-8 | 15/03/2013 |
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-23098948-7 | 01/12/1997 |
XXXXXX XXXXXX | PEÓN ESPECIALIZADO | 20-14844509-6 | 01/12/1988 |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-36945372-7 | 22/03/2013 |
XXXXXX XXXXXXXX | XXXXXXXXXX/A | 27-24109640-3 | 09/01/2013 |
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-34019551-6 | 12/01/2012 |
XXXXXXXX XXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-36257136-8 | 26/08/2011 |
XXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-17284348-5 | 01/08/1998 |
CARES XXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-36257196-1 | 26/01/2012 |
CARIPIL XXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-22783648-3 | 06/04/2001 |
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXXXXXXXX/A | 27-23001428-6 | 07/12/1998 |
CASO XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-37858871-6 | 31/01/2013 |
XXXXXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 20-16979971-8 | 08/03/1999 |
XXXXXXXX XXXX XXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-18356085-9 | 28/06/2012 |
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-35354807-8 | 23/10/2012 |
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-20123802-2 | 01/05/1999 |
CATALÁN XXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-22731055-4 | 02/08/2004 |
XXXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-35354833-7 | 26/02/2011 |
XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX | OFICIAL ELECTRICISTA | 20-13837778-5 | 01/06/1999 |
XXXXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-35492890-7 | 21/05/2013 |
XXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-30051947-5 | 02/05/2008 |
APELLIDO Y NOMBRE | CATEGORÍA | N° CUIL | FECHA DE INGRESO |
COFRE XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-35355068-4 | 24/01/2012 |
COLIPI XXXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 23-16959041-9 | 01/08/1995 |
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-18009950-7 | 01/03/1988 |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX | RECEPCIONISTA | 27-28414511-4 | 03/05/2010 |
XXXXXXX XXXXX XXXXXXX | XXXXXXX | 20-07373869-6 | 17/02/2003 |
XXXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXXXXXXXX/A | 27-22855377-3 | 07/12/1998 |
XXXXXX XXXX | XXXXXXX | 20-18506371-3 | 01/03/1992 |
CURRUHUINCA XXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-37603963-4 | 06/07/2012 |
DE LA TORRE XXXX XXXXXX | SUPERVISOR | 20-28093339-3 | 23/07/2012 |
DE LOS XXXXXX XXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-12568373-9 | 01/09/1995 |
DEL RÍO XXXXXXXX | SUPERVISOR | 20-23818532-8 | 02/09/2011 |
XXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-93085017-9 | 01/08/1997 |
XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX | ADMINISTRATIVO/A | 23-30036868-9 | 26/07/2009 |
XXXX XXXXXX XXXXX | XXXXXX | 20-27537676-1 | 14/04/2012 |
XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX | XXXXXXXXXX/A | 27-20450364-3 | 07/12/1998 |
XXXXX XXXX XXXXXXXX | XXXXXX | 20-27885129-0 | 26/09/2010 |
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXX. DE PERSONAL | 20-11806290-7 | 04/06/2001 |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-28614990-2 | 04/12/1999 |
XXXXXX XXXXX XXXXXXX | SUPERVISOR | 20-14942901-9 | 19/06/2007 |
XXXXXX XXXX XXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-13934517-8 | 01/12/1994 |
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX | XXXXXX | 20-12648725-9 | 06/02/2007 |
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | CHOFER | 20-22474000-0 | 26/10/2007 |
XXXXXXXXX XXXXXXX | ADMINISTRATIVO/A | 20-07841799-5 | 02/05/1994 |
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-35571502-8 | 26/01/2011 |
XXXXXX XXXXX XXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-16165216-5 | 01/11/1984 |
XXXXXXXXX XXXXXX XXXX | OFICIAL COMP. TALLER | 20-16322422-5 | 17/03/1994 |
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-26607860-9 | 29/11/2004 |
FUENTES XXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-11101380-3 | 09/12/1991 |
FUENTES XXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-14870694-9 | 02/01/1988 |
XXXXXXX XXXXXXX DEL XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-21855521-8 | 01/07/1994 |
FUENTES XXXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-26132155-7 | 22/11/1996 |
FUENTES XXXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 20-27436875-7 | 26/07/2011 |
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-21518428-6 | 01/05/1999 |
XXXXXXXXXX XXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-14650707-8 | 03/11/1994 |
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX | XXXXXXXXXX/A | 27-30500015-4 | 16/02/2012 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXX | PEÓN ESPECIALIZADO | 20-18534690-1 | 02/02/1999 |
XXXXX XXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-24877088-1 | 01/12/1997 |
XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-37140608-6 | 19/01/2013 |
XXXXX XXXX XXXXXX | XXXXXX | 20-30402966-9 | 20/03/2012 |
XXXXXXXX XXXX XXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-24413442-5 | 26/10/1998 |
XXXXX XXXX XXXXX | XXXXXXXX | 20-17641133-4 | 08/05/2012 |
XXXXX XXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-30226608-6 | 31/01/2013 |
XXXXX XXXXXX XXXX | OFICIAL MECANICO | 20-12065416-1 | 26/05/2008 |
XXXXXXXX XXXX | XXXXXX | 20-13968435-5 | 02/02/1998 |
XXXXXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 20-25549547-0 | 26/07/2011 |
XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | XXXXXX | 20-08596428-4 | 02/12/2004 |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-36435439-9 | 22/05/2013 |
XXXXXXXXX XXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-18180107-8 | 01/06/1987 |
XXXXXXXXX XXXXXX XXXX | XXXXXX | 20-31314302-4 | 08/05/2012 |
HABRANTES XXXXXXXX XXXXXX | SUPERVISOR MANTENIMIENTO | 20-28061402-6 | 07/09/2007 |
XXXX XXXXXXX XXXXXXX | SUPERVISOR | 20-13828049-8 | 04/03/2008 |
APELLIDO Y NOMBRE | CATEGORÍA | N° CUIL | FECHA DE INGRESO |
XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX A | PEÓN ESPECIALIZADO | 23-35188139-9 | 26/08/2011 |
XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX | XXXXXX | 20-27327326-4 | 16/09/2008 |
XXXXXXX XXXXXX | XXXXXX | 20-31315665-7 | 19/01/2012 |
XXXXXXX XXXX XXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-14750596-6 | 01/07/1988 |
XXXXXX XXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-30500231-4 | 26/02/2011 |
XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-33952224-4 | 17/04/2012 |
XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-92957192-5 | 02/09/2003 |
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-29747657-3 | 22/07/2006 |
XXXXX XXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-27739959-9 | 27/05/2003 |
XXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 20-20402444-9 | 22/02/2012 |
XXXX XXXX XXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-13970936-6 | 01/10/1986 |
XXXX XXXXX XXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-31820109-9 | 26/07/2007 |
XXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-20280157-9 | 01/05/1988 |
XXXX XXXX XXXXX | XXXXXX | 20-22116028-3 | 09/11/1993 |
LAGOS XXXXXXXXX XXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-34812715-3 | 26/12/2012 |
XXXX XXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-12278566-2 | 01/01/1988 |
XXXXXXXX XXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-13970776-2 | 01/03/1992 |
XXXXXXXXXX XXXX XXXXX | ADMINISTRATIVO/A | 27-26810040-2 | 09/05/2011 |
XXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-18747195-9 | 04/09/1995 |
XXXXXXX XXXXX XXXX XXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-37172657-9 | 11/01/2013 |
XXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-30500175-9 | 26/11/2010 |
XXXXXXX XXXXXXX DE LA XXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-23494055-5 | 22/11/1996 |
XXXXXX XXXXX XXXXXX | XXXXXX | 23-27362797-9 | 20/04/2001 |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-16842777-9 | 01/01/1988 |
XXXXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-18362982-5 | 01/10/1988 |
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-93284065-1 | 01/07/1995 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-16165461-3 | 01/11/1987 |
MARANGEL XXXX XXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-32922412-1 | 20/12/2006 |
XXXXX XXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-26086925-7 | 07/12/1999 |
XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-25087016-8 | 07/12/1999 |
XXXXX XXXXX XXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-24877498-4 | 22/11/1996 |
XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | XXXXXXXXXX/A | 27-21312247-4 | 07/12/1998 |
XXXXXXXX XXXXXXXXX | OFICIAL MECANICO | 20-11142512-5 | 12/12/1995 |
XXXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-18370519-9 | 12/01/1987 |
XXXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-21044167-1 | 09/12/1999 |
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-25216088-5 | 03/11/1999 |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-37758617-5 | 22/05/2013 |
XXXXX XXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-18009713-9 | 02/08/2004 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-35492321-2 | 26/08/2011 |
XXXX XXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-34726176-9 | 18/01/2012 |
XXXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-12629814-6 | 01/09/1988 |
XXXXXX XXXXX XXXXX | XXXXXXXX | 20-17631616-1 | 13/04/2012 |
XXXXXXXXXXX XXXXXX XXXXX | XXXXXX | 20-12806511-4 | 01/09/2008 |
MERCADO XXXXXX XXXXX | XXXXXXXXXX/A | 27-27493283-5 | 25/06/2002 |
XXXXX XXXX XXXXXXX | CHOFER | 20-13118259-9 | 30/01/2013 |
MESA XXXX XXXXXX | XXXXXXX | 20-28160158-0 | 10/03/2011 |
XXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-36256878-2 | 13/04/2012 |
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | CHOFER | 20-14719074-4 | 07/02/1997 |
XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-37172921-7 | 07/03/2013 |
XXXX XXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-27367565-6 | 21/12/2005 |
XXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-17140791-6 | 02/01/1997 |
APELLIDO Y NOMBRE | CATEGORÍA | N° CUIL | FECHA DE INGRESO |
XXXXXXX XXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-30231893-0 | 26/08/2010 |
XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX | PEÓN ESPECIALIZADO | 20-37857532-0 | 16/01/2013 |
XXXXX XXXXX XXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-37757980-2 | 13/03/2013 |
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-20793773-9 | 23/11/1999 |
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-36434866-6 | 05/07/2012 |
NAMUNCURÁ XXXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-34223192-7 | 26/01/2012 |
XXXXXXXXX XXXXX XXXX XXXXX | XXXXXX | 20-92431317-0 | 09/02/1982 |
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXXXX | 20-27004233-4 | 12/07/2003 |
XXXXXX XXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-24223747-2 | 20/07/1995 |
XXXXXXX XXXXXX XXXX | COMERCIAL | 20-14135869-4 | 01/06/2006 |
XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX | BARRENDERO/A | 27-26357007-9 | 07/12/1998 |
XXXXX XXXXX XXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-22473378-0 | 25/10/1999 |
XXX XXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-28050977-9 | 12/04/2006 |
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXXXXXXXXX/A | 27-26144832-2 | 07/12/1998 |
XXXXXX XXXX XXXXXXX | XXXXXX | 23-23419084-9 | 22/11/1996 |
XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX | CHOFER | 20-18753808-5 | 01/08/2004 |
XXXXXXXXX XXXXXXXXX | ADMINISTRATIVO/A | 20-18279252-8 | 11/04/2005 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | SUPERVISOR | 20-30740261-1 | 26/02/2011 |
XXXXXXX XXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-26421887-0 | 20/01/2007 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXX | PEÓN ESPECIALIZADO | 20-21097521-8 | 22/11/1996 |
XXXXX XXXXX XXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-28399805-4 | 03/06/1999 |
XXXX XXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-22027416-1 | 01/07/1998 |
XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-33917628-1 | 26/01/2011 |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXXXXX | 20-29973451-0 | 28/12/2007 |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX | MEDIO OFICIAL | 20-25308556-9 | 01/02/1999 |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 20-23494894-7 | 26/01/2012 |
XXXXX XXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-25139763-6 | 01/08/1995 |
XXXXXXX XXXX XXXX | COMPRAS | 23-13097153-9 | 26/01/2009 |
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-29312206-8 | 01/11/2007 |
XXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 20-13970655-3 | 21/01/2012 |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | XXXXXX | 20-27368706-9 | 26/10/2005 |
XXXXX XXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-32770454-1 | 26/07/2010 |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-29027373-1 | 06/07/2006 |
XXXXXX XXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-21823579-5 | 26/03/2003 |
PROTO XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-33476698-6 | 18/01/2012 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-14761215-0 | 01/04/1986 |
XXXXXXX XXXXXX XXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-16842668-3 | 01/08/1988 |
XXXXXXXXXXX XXXX XXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-13254822-7 | 02/11/1987 |
XXXXXXXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-16364465-8 | 01/03/1992 |
XXXXXXXXXXX XXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-18034050-6 | 19/10/1999 |
XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-33919935-4 | 26/08/2011 |
XXXXXXX XXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-13936146-7 | 03/12/1991 |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-26543601-4 | 01/04/1998 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | XXXXXXXXXX/A | 27-29418490-8 | 17/06/2006 |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-38430214-9 | 13/03/2013 |
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX | OFICIAL SOLDADOR | 20-92212556-3 | 10/01/2007 |
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-17238698-9 | 01/12/1988 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-00000000-2 | 19/07/2005 |
XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX | PEÓN ESPECIALIZADO | 20-00000000-4 | 01/04/1987 |
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | XXXXXX | 20-00000000-5 | 27/11/2008 |
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 20-20292394-2 | 01/03/1989 |
APELLIDO Y NOMBRE | CATEGORÍA | N° CUIL | FECHA DE INGRESO |
XXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-26357044-9 | 05/08/1998 |
XXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 20-17950862-2 | 03/06/1999 |
XXXXX XXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-26245559-9 | 26/12/2012 |
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-20280376-9 | 19/10/1999 |
XXXXXXXXX XXXXX XXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-14346752-0 | 25/09/1992 |
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXX | ADMINISTRATIVO/A | 27-27257414-1 | 09/05/2011 |
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-92682265-9 | 02/05/1987 |
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-34662456-7 | 12/04/2012 |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-20339006-9 | 02/11/1987 |
XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-30397407-6 | 01/11/2007 |
XXXXX XXXXX XXXXXXX | SUPERVISOR | 20-16636605-5 | 05/11/1999 |
XXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-14788006-6 | 25/09/1992 |
XXXXXX XXXXXXX | MAESTRANZA | 27-21699679-3 | 08/11/2006 |
XXXXXX XXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-16194631-2 | 01/06/1982 |
ROOTENS XXXXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-32020794-1 | 26/07/2007 |
ROSAS XXXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-24825463-8 | 03/06/1999 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-25929254-9 | 03/04/2001 |
XXXXXXX XXXXX XXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-28180764-2 | 19/04/2001 |
XXXX XXXXXX XXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-37858882-1 | 24/05/2013 |
XXXX XXXXXX XXXXX | CHEQUEADOR | 20-07816914-2 | 19/11/2012 |
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-22287268-6 | 13/01/2003 |
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-32428146-1 | 26/08/2010 |
XXXXXXXX XXXXXX | PEÓN ESPECIALIZADO | 20-92251271-0 | 02/04/1994 |
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-29418601-9 | 01/03/2005 |
XXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-38583737-3 | 24/05/2013 |
XXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-37858214-9 | 18/12/2012 |
XXXXXXX XXXXX XXXX | XXXXXX | 24-22541717-9 | 23/06/2006 |
XXXXXXX XXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-18695774-2 | 01/09/1995 |
XXXXXXXX XXXXXXXX XXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-24109765-0 | 01/08/1998 |
XXXXXXXX XXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-26144500-0 | 07/12/1999 |
XXXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-92985844-2 | 17/01/1997 |
XXXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-18806385-4 | 02/04/1994 |
XXXXXXXXXX XXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-18741110-7 | 01/09/1986 |
XXXXXXXXXX CHOQUE SANTIAGO | PEÓN ESPECIALIZADO | 20-18758741-8 | 25/09/1992 |
XXXXXXXXXXX XXXXX XXXXX | ADMINISTRATIVO/A | 20-26428527-6 | 04/10/2012 |
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-26810369-5 | 26/01/2012 |
XXXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-92375187-5 | 10/08/2005 |
XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 20-16052307-8 | 06/06/1993 |
XXXX XXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-37348233-1 | 31/01/2013 |
XXXX XXXXXX XXXXX | PEÓN ESPECIALIZADO | 20-21380218-7 | 01/12/1988 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-23918319-1 | 01/04/1999 |
XXXXXX XXXXXXX DEL XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-17140617-0 | 01/07/1988 |
XXXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXXXX | 20-27884137-6 | 04/09/2012 |
XXXX XXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-35834306-7 | 18/12/2012 |
XXXXXXXXXXX XXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 23-32922329-9 | 10/12/2010 |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-18869652-0 | 01/10/2006 |
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-24659849-6 | 06/10/2006 |
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | CHOFER | 20-21975462-1 | 18/01/2012 |
XXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-22141693-8 | 02/01/1992 |
XXXXXX XXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-38493564-9 | 05/07/2012 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 20-22116490-4 | 26/10/1998 |
APELLIDO Y NOMBRE | CATEGORÍA | N° CUIL | FECHA DE INGRESO |
XXXXXXX XXXXXX XXXXX | BARRENDERO/A | 27-26144737-7 | 07/12/1998 |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-22116113-1 | 01/10/1991 |
XXXXXXX XXXXXXX XXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-37173209-9 | 31/01/2013 |
XXXXXXX XXXX XXXXX | CHOFER | 20-28155249-0 | 24/03/2007 |
XXXXXXX XXXX XXXXXX | CHOFER | 20-14349766-7 | 06/06/2006 |
XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 23-27493289-9 | 03/02/1999 |
XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-20450661-3 | 02/02/1999 |
XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-27843719-2 | 13/01/2003 |
XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX | CHOFER | 20-17868886-4 | 30/09/1988 |
XXXX XXXXXXXX XXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-36955138-9 | 17/12/2012 |
XXXXXX XXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-32829529-7 | 26/08/2010 |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX | ADMINISTRATIVO/A | 20-30673755-5 | 01/08/2003 |
XXXXXXXXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-13903383-4 | 01/11/1990 |
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-22473250-4 | 02/09/1991 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | XXXXXX | 20-13328516-5 | 24/02/2009 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-16341269-2 | 01/07/1997 |
XXXXXXXXX XXXX XXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-17140794-0 | 03/11/1999 |
XXXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-16364461-5 | 26/08/2003 |
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | XXXX ESPECIALIZADO | 20-37173208-0 | 26/01/2012 |
VIVES MIGUEL ÁNGEL | MEDIO OFICIAL MECÁNICO | 20-27797229-9 | 03/06/1999 |
ZAPATA NARCISO | PEÓN ESPECIALIZADO | 20-18247991-9 | 03/06/1999 |
ZÚÑIGA JULIO OSCAR | PEÓN ESPECIALIZADO | 20-29386513-3 | 01/04/2009 |
ZURITA CLAURE JHONNY | PEÓN ESPECIALIZADO | 20-92685454-3 | 26/01/2004 |
ANEXO VI – PLANOS
ANEXO VII – LISTADO DE SUMIDEROS, CÁMARAS Y NEXOS
UBICACIÓN | CANTIDAD |
Abraham - 100 metros al Oeste de Spinelli | 1 |
Abraham 1555 | 1 |
Abraham desde Spinelli hasta Catriel | 3 |
Abraham y Lago Huechulafquen | 8 |
Abraham y Spinelli | 1 |
Abrazo de Maipú y Centeno | 1 |
Abrazo de Maipú y Dr. Ramón | 3 |
Abrazo de Maipú y Huilén | 1 |
Aconcagua 476 | 1 |
Aconcagua 477 | 1 |
Aconcagua e Ignacio Rivas | 1 |
Aconcagua y Candelaria | 2 |
Aconcagua y José Ingenieros | 1 |
Aconcagua y Los Cipreses | 3 |
Aconcagua y Malanzán | 2 |
Aconcagua y Olta | 3 |
Aconcagua y Patquia | 2 |
Aconcagua y Remigio Bosch | 5 |
Aconcagua y Soldado Desconocido | 1 |
Agrimensor Encina 975 - Barrio Gamma | 1 |
Agrimensor Moreno 976 | 1 |
Alderete 1184 | 1 |
Alderete 1340 | 1 |
Alderete 1358 | 1 |
Alderete y Rotonda Avenida San Juan | 1 |
Alfonsina Storni e Ignacio Rivas | 1 |
Alfonsina Storni y Ambrosetti | 2 |
Alfonsina Storni y Candelaria | 2 |
Alfonsina Storni y Hua Hum | 1 |
Alfonsina Storni y Nordenstrom | 1 |
Alfonsina Storni y Remigio Bosch | 2 |
Alfonsina Storni y Soldado Desconocido | 2 |
Alta Gracia y Mar Chiquita - Barrio Copol | 1 |
Aluminé y Primeros Pobladores | 3 |
Álvaro Barros desde Linares hasta Saturnino Torres | 11 |
Álvaro Barros y Benigar | 3 |
Álvaro Barros y Pelagatti | 3 |
Álvaro Barros y Versegnassi | 2 |
Amaranto Suárez 891 | 1 |
Amaranto Suárez 892 | 1 |
Anaya desde San Martín hasta J. J. Lastra | 10 |
Andalgalá desde 380 hasta Planas - Barrio Jardín | 3 |
Antártida Argentina 935 | 1 |
Antártida Argentina y Larrea | 1 |
Asia y África | 1 |
UBICACIÓN | CANTIDAD |
Asia y América del Sur | 2 |
Automóvil Club Argentino 100 | 1 |
Avellaneda 160 | 1 |
Avellaneda 252 | 1 |
Avellaneda 301 | 1 |
Avellaneda 302 | 1 |
Avellaneda y Alderete | 3 |
Avellaneda y Colombia | 2 |
Avellaneda y Juan XXIII | 2 |
Avenida Argentina y Dr. Ramón | 1 |
Avenida del Trabajador y Battilana (Norte) | 2 |
Avenida del Trabajador y Catriel (Norte) | 2 |
Avenida del Trabajador y Combate de San Lorenzo | 1 |
Avenida del Trabajador y Facundo Quiroga (Norte) | 4 |
Avenida del Trabajador y Facundo Quiroga (Sur) | 1 |
Avenida del Trabajador y Gobernador Asmar (Norte) | 3 |
Avenida del Trabajador y Gregorio Martínez (Norte) | 2 |
Avenida del Trabajador y Manquel | 2 |
Avenida del Trabajador y Mastropiedra (Norte) | 3 |
Avenida del Trabajador y Pringles (Norte) | 2 |
Avenida del Trabajador y Rawson (Norte) | 3 |
Avenida del Trabajador y Sargento Vidal (Norte) | 3 |
Avenida del Trabajador y Sargento Vidal (Sur) | 1 |
Avenida del Trabajador y Valle Encantado | 1 |
Avenida Olascoaga 850 | 2 |
Avenida Olascoaga y Aconcagua | 2 |
Avenida Olascoaga y Fava (Drenaje) | 1 |
Avenida Olascoaga y Purmamarca | 2 |
Avenida Olascoaga y Tartagal | 1 |
Avenida San Juan y Rotonda Illia (Drenaje) | 3 |
Bahia Blanca desde las vías del F.C. hasta Independencia | 2 |
Bariloche 2279 | 1 |
Bariloche 2314 | 1 |
Barrio Alta Barda | 22 |
Beethoven casi Novella | 1 |
Bejarano 150 | 2 |
Bejarano 220 | 1 |
Bejarano 300 | 1 |
Belgrano desde El Tostado a Cipolletti | 1 |
Belgrano desde Rodhe hasta la Gaviotas | 1 |
Belgrano y Collón Curá | 3 |
Belgrano y Paso de Los Andes | 1 |
Belgrano y Picún Leufú | 1 |
Belgrano y Rodríguez | 2 |
Belgrano y Varvarco | 1 |
Bernardo O'Higgins y M. Ruival (Drenaje) | 1 |
Bolívar 898 | 1 |
UBICACIÓN | CANTIDAD |
Bolívar 906 | 1 |
Bouquet Roldán y Chaneton desde Juan B. Justo a las vías del F.C. | 9 |
Brentana e Intendente Mango desde Juan B. Justo a las vías del F.C. | 9 |
Brown y Matheu (Drenaje) | 1 |
Cabellera del Frío y Vendaval Sostenido | 1 |
Calle 10 - Barrio Gregorio Álvarez - Frente al canal cementado | 2 |
Calle 11 Tira K - Ciudad Industrial - Drenaje | 1 |
Calle 8 y Calle 13 - Barrio Gregorio Álvarez | 2 |
Calles paralelas a Acceso Norte - Barrios Alta Barda y 14 Octubre | 8 |
Candelaria y Palpalá | 1 |
Candelaria y Sarmiento | 1 |
Cañada de Gómez y Cayastá | 2 |
Cañada de Gómez y Rosario | 2 |
Cañada de Gómez y Venado Tuerto | 2 |
Carlos Gardel 173 | 1 |
Carlos Gardel hacia el Sur desde Juan XXIII | 2 |
Carlos H. Rodríguez y Sargento Vidal | 2 |
Carmen de Patagones 509 | 1 |
Carmen de Patagones y Avenida San Juan | 1 |
Carmen de Patagones y Bariloche | 1 |
Catan Lil y Las Catalpas | 1 |
Catriel 1000 - Sector 252 Viviendas - Monoblock D 6 | 1 |
Ceferino Namuncurá e Intendente Mango | 2 |
Ceferino Namuncurá y Candelaria | 4 |
Ceferino Namuncurá y Chaneton | 2 |
Ceferino Namuncurá y Chaneton | 1 |
Ceferino Namuncurá y Gatica | 6 |
Ceferino Namuncurá y Labrín | 4 |
Ceferino Namuncurá y Nordenstrom | 2 |
Ceferino Namuncurá y Soldado Desconocido | 8 |
Centeno (parelela a Otto Neuman) e Yrigoyen | 2 |
Centeno (parelela a Otto Neuman) y Brown | 2 |
Cerros Colorados 289 | 2 |
Cerros Colorados 300 | 1 |
Cerros Colorados 397 | 1 |
Chaneton 940 | 1 |
Chaneton 947 | 1 |
Chaneton y Bernardo O'Higgins | 4 |
Cheuquén y Palacios | 2 |
Chiarandón 894 | 1 |
Chiarandón 895 | 1 |
Chiarandón 906 | 1 |
Chiarandón 907 | 1 |
Chile desde Avenida Olascoaga hasta La Pampa | 7 |
Chubut 1085 | 1 |
Chubut 1086 | 1 |
Collón Curá 100 | 1 |
UBICACIÓN | CANTIDAD |
Collón Curá 150 | 1 |
Collón Curá 220 | 1 |
Collón Curá 250 | 1 |
Collón Curá y 5 (frente a Gimnasio Gregorio Álvarez) | 2 |
Collón Curá y Antártida Argentina | 1 |
Collón Curá y Chajarí | 1 |
Collón Curá y Concordia | 1 |
Collón Curá y Rotonda - Barrio Gregorio Álvarez | 2 |
Collón Curá y Salto Grande | 1 |
Colonia Alemana y Gazzari | 3 |
Colonia Alemana y La Fraternidad | 1 |
Colonia Alemana y Pilcomayo | 2 |
Colonia Alemana y Río Bermejo | 2 |
Combate de San Lorenzo 535 | 1 |
Combate de San Lorenzo e Hilario Cuadros | 4 |
Combate de San Lorenzo y Antártida Argentina | 4 |
Combate de San Lorenzo y Avenida del Trabajador | 4 |
Combate de San Lorenzo y Belgrano | 4 |
Combate de San Lorenzo y Cerro Bandera | 2 |
Combate de San Lorenzo y República De Italia | 4 |
Combate de San Lorenzo y Roca | 4 |
Copahue 50 | 1 |
Copahue y Chubut | 2 |
Copahue y Saturnino Torres | 2 |
Correntoso 200 | 1 |
Corrientes y Copahue | 3 |
Corrientes y Humahuaca | 1 |
Corrientes y San Antonio | 2 |
Corrientes y Vicente López y Planes | 2 |
Cura Brochero y Jesús María - Barrio Copol | 1 |
Del Pin, al Este de Calle Tarantino - Barrio 14 de Octubre | 1 |
12 de Septiembre Norte desde Leguizamón a Anaya | 25 |
12 de Septiembre Norte desde Los Menucos a Pinamar | 13 |
12 de Septiembre Sur desde Anaya a Láinez | 12 |
12 de Septiembre Sur desde Solalique hasta Bejarano | 6 |
Domene 800 y 789 | 2 |
Domuyo 1383 | 1 |
Domuyo 1395 | 1 |
Domuyo 1490 | 1 |
Domuyo 1495 | 1 |
Dr. Ramón y Brown | 1 |
Dr. Ramón y Cayastá (Drenaje) | 2 |
Dr. Ramón y Gassowski | 2 |
Dr. Ramón y Las Palomas | 1 |
Dr. Ramón y Stagnaro | 2 |
Dr. Ramón y Venado Tuerto (Drenaje) | 2 |
Durán y Trabajador Municipal | 3 |
UBICACIÓN | CANTIDAD |
El Chocón desde Huiliches hasta Linares | 9 |
El Chocón y Winter | 2 |
El Cholar 380 | 1 |
El Cholar 385 | 1 |
El Manzano desde Aluminé hasta Tronador | 8 |
El Tostado y Ortega y Gasset | 3 |
El Tostado y Pilar | 1 |
Elordi y Facundo Quiroga | 2 |
Elordi y Gobernador Asmar | 3 |
Elordi y Gobernador Denis | 2 |
Entradas de Arroyo Villa María y La Pampa | 4 |
Entradas de Arroyo Villa María y San Luis | 4 |
Estanislao López 110, casi Juan B. Justo | 1 |
Europa y América del Sur | 3 |
Facundo Quiroga 120 | 1 |
Facundo Quiroga 131 | 1 |
Famatina desde 380 hasta Planas | 5 |
Farallón Negro desde 380 hasta Planas | 5 |
Fava 555 y 635 | 2 |
Fava desde 550 hasta 630 | 4 |
Fava e Ignacio Rivas | 2 |
Fava y Candelaria | 2 |
Fava y Fortín 1º de Mayo | 2 |
Fava y Remigio Bosch | 3 |
Fava y Soldado Desconocido | 2 |
Fortín Confluencia 3592 | 1 |
Fortín Confluencia y El Tostado | 1 |
Fortín Confluencia y Moritán | 1 |
Fortín Confluencia y Reconquista | 1 |
Galarza desde Rufino Ortega hasta Violeta Parra | 8 |
Gatica y Pirén | 1 |
Godoy y Avenida del Trabajador (Norte) | 2 |
Gutiérrez y Mango | 1 |
Houssay 1051 | 1 |
Houssay 1157 | 1 |
Houssay 1171 | 1 |
Houssay desde Gatica hasta Leguizamón | 5 |
Houssay y Candelaria | 2 |
Houssay y Gatica | 1 |
Houssay y Ignacio Rivas | 1 |
Houssay y Remigio Bosch | 9 |
Houssay y Soldado Desconocido | 4 |
Hua Hum 1600 | 2 |
Hua Hum y Bernardo O'Higgins | 2 |
Huechulafquen y Abraham | 1 |
Huechulafquen y Raihue | 3 |
Huilén y 1º de Mayo | 1 |