ANEXO TÉCNICO DEFINITIVO PROCESO DE CONTRATACIÓN SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR, DE EQUIPOS Y PERSONAL EN EL PERÍMETRO DE BOGOTÁ D.C. Y OTROS DESTINOS NACIONALES (2018)
ANEXO TÉCNICO DEFINITIVO PROCESO DE CONTRATACIÓN SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR, DE EQUIPOS Y PERSONAL EN EL PERÍMETRO DE BOGOTÁ D.C. Y OTROS DESTINOS NACIONALES (2018)
El interesado en la presentación de oferta debe presentar con su propuesta todos los documentos exigidos en el presente documento.
CANAL CAPITAL para el desarrollo de su actividad general requiere el servicio de transporte en las condiciones que se señalan a continuación:
1. PARQUE AUTOMOTOR
El proponente debe tener a disposición de CANAL CAPITAL el siguiente parque automotor:
1. (11) Camionetas mínimo para 6 pasajeros con conductor, de cilindraje mínimo 1200 CC (Tipo Van, Station Wagon, otro). Modelo 2014 en adelante, Color blanco
2. (4) Camionetas 4X2, mínimo para 4 pasajeros con conductor, cilindraje mínimo de 1.600 CC., con placas públicas. Modelo 2014 en adelante color blanco.
3. (1) Camioneta doble cabina 4X4 con platón, con conductor. Capacidad mínima para 4 pasajeros, cilindraje mínimo de 2600 C.C. Placas públicas, Modelo 2014 en adelante.
4. (2) Motocicletas 4 tiempos de 125 CC en adelante + conductor, modelo 2014 en adelante.
5. (1) Microbús con capacidad para 12 a 14 pasajeros, con conductor, placas públicas Modelo 2014 en adelante. (Servicio ocasional)
De forma excepcional, Canal Capital requerirá en el momento que sea necesario, vehículos adicionales ajustados a la oferta presentada en este proceso; Si Canal Capital necesita vehículos de características técnicas diferentes se solicitará cotización previa del servicio, que debe ser aprobada por el supervisor del contrato.
Canal Capital podrá recibir documentación con cilindraje comercialmente aceptado como 1.600 cc,
1.200 cc o 2.600 cc, no obstante este rango no puede ser menor a la décima anterior al cilindraje por el Canal solicitado, así por ejemplo si se solicitan camionetas 4x2 de 1600cc el cilindraje ofertado solo puede ser de mínimo 1590cc. (No aplica para las motocicletas).
2. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS VEHÍCULOS
Los vehículos deben tener las siguientes características:
a. Inyección Electrónica, no aplica para las motocicletas
b. Dirección Hidráulica, no aplica para las motocicletas
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c. Combustible: Gas, Diesel o Gasolina, que cumplan con el acuerdo 410 de 2009 (utilizar combustibles y tecnologías limpias), para las motocicletas solo aplica gasolina
d. Todos los vehículos requeridos para la prestación del servicio de transporte especial, deben tener placas blancas. (excepto las motocicletas)
e. Todos los vehículos requeridos para la prestación del servicio de transporte especial, deben ser Modelo 2014 en adelante, incluidas las motocicletas.
f. Todos los vehículos que presten el servicio al Canal debe estar identificados con distintivos que tengan la imagen institucional de Canal Capital. Estos distintivos deben ser suministrados por el Contratista y será este último el responsable del buen manejo de ellos. Los diseños de los distintivos se realizarán previa aprobación, de acuerdo con las medidas entregadas por Canal Capital, estos se ubicarán en los dos (2) costados de los vehículos cubriendo el área correspondiente entre el centro de las ruedas delanteras y traseras, sin incluir las ventanas. (en concordancia con las normas que regulan lo referente a la publicidad exterior)
g. Todos los vehículos deberán contar con equipo de carretera completo, maletín de primeros auxilios completo (incluido chaleco refractivo y suero fisiológico), carrocería metalizada en buenas condiciones, llanta de repuesto en buen estado, un extintor ABC Multipropósito con capacidad xx xxxx (10) libras y demás elementos de seguridad que protejan a las personas y a los bienes transportados exigidos, durante la ejecución del contrato a suscribir. Para las motocicletas y los vehículos se debe aplicar la normatividad vigente sobre seguridad vial para el año 2018.
h. El contratista deberá gestionar los permisos necesarios para obtener la autorización, cumpliendo con la normatividad vigente en esta materia.
i. Todos los vehículos incluidos las motocicletas deberán tener certificado vigente de control de emisión de gases, revisión técnico mecánica, estar al día en el pago de impuestos, tasas y contribuciones, no tener orden de aprehensión vigente y tener al día todos los seguros exigidos por la ley.
j. Los vehículos para la prestación del servicio de transporte especial, deberán cumplir con lo exigido por las normas vigentes y concretamente las contenidas en el DECRETO 431 DE 2017 y las normas que la modifican o adicionan, habilitación para operar y la tarjeta de operación vigente de los vehículos vinculados o afiliados a la empresa contratista, respectivamente.
k. Los vehículos deben incluir un Sistema de Posicionamiento Global –GPS- y un software de control y visualización en por lo menos dos estaciones del CANAL CAPITAL, durante la ejecución del contrato a suscribir.
l. El contratista debe presentar la caratula de la Póliza todo riesgo de cada uno de los vehículos que prestan el servicio al Canal.
3. DISPONIBILIDAD DE VEHÍCULOS
El número de vehículos podrá aumentar o disminuir, de acuerdo con las necesidades de CANAL CAPITAL. En el evento de requerirse más vehículos, el contratista deberá tener la capacidad de atender el requerimiento del Canal con cargo al contrato.
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Canal Capital solicitara los vehículos que considere pertinente dependiendo de la necesidad del servicio.
4. CONDUCTORES
El contratista debe garantizar que los conductores designados para la ejecución del contrato conduzcan el vehículo asignado respondiendo por una adecuada prestación del servicio, verificando que la presentación y utilización del vehículo tenga un correcto funcionamiento.
Durante la vigencia del contrato, el contratista deberá garantizar que los conductores que presten el servicio se encuentren al día en el pago de comparendos.
Una vez agotado el presente proceso de contratación, en el momento suscripción del contrato el contratista deberá presentar las hojas de vida de cada uno de los conductores asignados para los vehículos en las que se debe acreditar mínimo 5 años de experiencia en este tipo de actividad, la cual debe estar respaldada por las certificaciones correspondientes. Adicionalmente deberá adjuntar certificado de antecedentes de procuraduría, contraloría personería y judiciales con una vigencia no mayor a 30 días anteriores a la fecha de suscripción del contrato.
Para la ejecución el contratista allegara el certificado de la inexistencia de partes, multas o comparendos de los conductores que prestaran el servicio den el Canal.
La licencia de conducción debe acreditar la categoría de transporte público, Canal Capital se reserva el derecho de verificar los documentos soportados en el RUNT.
Sera de competencia del Supervisor del Contrato hacer la verificación de la hoja de vida de los conductores, quien deberá ejercer un permanente control y seguimiento del personal dispuesto por la empresa con quien se suscriba el contrato.
El Contratista deberá adicionalmente presentar lo siguiente:
1. Acreditar vinculación laboral o de prestación de servicios, o cualquier otra vinculación jurídica directa, con cada uno de los conductores que prestaran el servicio para el Canal.
2. El contratista deberá presentar mensualmente la relación, los desprendibles de pago y acreditación consignación bancaria a los conductores que prestan el servicio al Canal, Este deberá ser presentado junto con la factura; cuando haya lugar a cobro de horas extras o adicionales, estos pagos a cada uno de los conductores deberán también adjuntarse a la factura.
3. El contratista deberá acreditar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos exigidos por las normas referentes a la seguridad laboral de todos los conductores que prestan los servicios al Canal Capital.
5. EQUIPOS DE COMUNICACIÓN
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El contratista debe disponer durante la ejecución del contrato de un dispositivo de comunicación activado permanente (teléfonos celulares) en cada uno de los vehículos.
El contratista deberá suministrar a la persona designada por CANAL CAPITAL para la Coordinación de Transporte un celular con llamadas ilimitadas a todos los operadores y para el Coordinador del Servicio designado por el contratista un celular con llamadas ilimitadas a todos los operadores.
Además el contratista debe garantizar en cada uno de los vehículos un Sistema de Posicionamiento Global –GPS- y un software de control y visualización en por lo menos dos estaciones del CANAL CAPITAL.
5. COORDINADOR DE SERVICIO
Para la ejecución del contrato, el contratista deberá designar un (1) Coordinador de Servicio, el cual deberá tener una disponibilidad presencial de 8 horas diarias en CANAL CAPITAL de lunes a viernes y de veinticuatro (24) horas diarias vía telefónica, de lunes x xxxxxxx, de acuerdo con solicitud de la persona designada para la Coordinación de Transporte por CANAL CAPITAL.
5.1. PERFIL DEL COORDINADOR DE SERVICIO
El Coordinador de Servicio debe tener el siguiente perfil:
a. Experiencia específica: mínimo cinco (5) años en coordinación de personal y servicios de transporte terrestre.
5.2. ACTIVIDADES A DESARROLLAR POR EL COORDINADOR DE SERVICIO
El Coordinador de Servicio designado por el contratista deberá realizar las siguientes actividades:
a. Organizar, programar, dirigir y controlar la labor de los conductores y las demás condiciones requeridas para la ejecución del contrato que se suscriba.
b. Ser el representante del contratista en la ejecución del contrato que se suscriba y tener plena autonomía para actuar y tomar decisiones en su nombre, dentro del marco contractual.
c. Ser interlocutor entre el Canal (supervisor del contrato) y la empresa seleccionada.
d. Entregar informes mensuales al supervisor del contrato que se suscriba, designado por CANAL CAPITAL. Los informes deben estar soportados por las planillas de prestación del servicio, con sus respectivos costos.
e. Responder por la correcta facturación del servicio y la coordinación de reemplazos de vehículos y personal de conducción.
f. Contar con un equipo de comunicación permanente con CANAL CAPITAL (celular 24 horas).
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g. Efectuar la programación diaria de los vehículos requeridos por CANAL CAPITAL, de acuerdo con las instrucciones impartidas por la persona designada por CANAL CAPITAL para la coordinación de transporte.
h. Asistir a las reuniones programadas por CANAL CAPITAL cuando el supervisor del contrato así lo requiera.
i. Reemplazar de manera inmediata cuando se encuentre ausente de manera temporal o definitiva el Coordinador del Servicio o algún conductor, con otro que reúna las capacidades y condiciones para el cumplimiento del servicio.
j. Controlar que los conductores de los vehículos presten el servicio de transporte en excelente estado de presentación personal y velar por el aseo de los vehículos.
k. Controlar que los conductores de los vehículos no transporten a personas ajenas a las autorizadas por CANAL CAPITAL, ni que se utilice el vehículo solicitado durante las horas de servicio para diligencias ajenas a las relacionadas directamente con el objeto del contrato.
l. Controlar que el personal a su cargo no se presente en estado de ebriedad, o que haya consumido sustancias psicoactivas previamente a la prestación del servicio objeto del contrato.
m. Dotar al personal y/o vehículos ofrecidos de un equipo de comunicación debidamente autorizado (celular permanente 24 horas) cobertura nacional.
n. Controlar que todos los vehículos con los que el proponente preste sus servicios, sean de modelos 2014 en adelante. (O los modelos finalmente ofertados por el proponente para obtener puntaje)
o. Controlar el estado mecánico de todo el parque automotor ofrecido, con las condiciones de higiene y seguridad legalmente establecidas so pena de no ser recibidos los vehículos, en el lugar y hora en que éstos hayan sido citados, dando lugar al incumplimiento del contrato.
p. Controlar que los gastos de combustible y mantenimiento del parque automotor corran por cuenta del contratista.
q. Reemplazar o sustituir en forma inmediata el vehículo que presente daño o falla, por un vehículo de iguales o mayores especificaciones técnicas.
r. Implementar en forma inmediata los correctivos que sean necesarios para contrarrestar cualquier tipo de emergencia o anomalía que se presente en relación con los vehículos y la ejecución óptima del contrato.
s. Controlar que el contratista suministre los transportes solicitados puntualmente por CANAL CAPITAL.
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t. Controlar que cada uno de los conductores responda por los elementos a su cargo para la ejecución del contrato y velar porque las personas transportadas en los vehículos utilizados con ocasión de la ejecución del presente contrato gocen de todas las medidas de seguridad, durante los diferentes desplazamientos que sean necesarios en la ejecución del contrato.
u. Realizar cierres mensuales y entregar un informe donde se adjunten las planillas con los recorridos diarios de los vehículos y la cantidad de horas utilizadas en cada servicio, antes de la presentación de la correspondiente factura.
v. Coordinar, cuando CANAL CAPITAL lo requiera, el bus modelo 2014 en adelante.
w. Las demás que le sean asignadas por el supervisor de CANAL CAPITAL y todas aquellas propias de la naturaleza del servicio y la actividad encomendada.
5.3. HOJA DE VIDA DEL COORDINADOR DE SERVICIO
El proponente deberá adjuntar la hoja de vida del coordinador del servicio, la cual debe estar respaldada por las certificaciones correspondientes. La información consignada sin certificación adjunta no será tenida en cuenta, la cual se debe adjuntar al momento de presentar la propuesta y será tenida en cuenta como un requisito habilitante.
La hoja de vida del coordinador del servicio adicionalmente deberá estar acompañada del certificado de antecedentes judiciales con una vigencia no mayor a 30 días anteriores a la fecha de presentación de la propuesta.
6. REEMPLAZO OPORTUNO DEL PERSONAL, EQUIPOS Y ELEMENTOS REQUERIDOS
Cuando haya lugar a un cambio de conductor por motivos de fuerza mayor o por disposición de la empresa, se deberá consultar y revisar mínimo dos propuesta de hojas de vida con el supervisor del contrato, asignados por el Canal.
Reemplazar de manera inmediata cuando se encuentre ausente de manera temporal o definitiva el Coordinador del Servicio o algún conductor, con otro que reúna las capacidades y condiciones para el cumplimiento del servicio. En ningún caso, el reemplazo se puede hacer en un tiempo superior a un (1) día calendario contado a partir de que se generó la ausencia.
El contratista deberá reemplazar en un término máximo de cuatro (4) horas contadas a partir de la comunicación que en tal sentido le realice CANAL CAPITAL, los vehículos, equipos de comunicación o cualquier otro elemento que sufra averías, o que no estén en condiciones para prestar el servicio, por otros iguales o de superiores características.
En todos caso cualquier remplazo deberá efectuarse con personal que acredite los mismos requisitos y experiencia exigidos para los conductores, documentos que deberán ser entregados al Supervisor del contrato de forma previa al inicio de actividades por parte de la persona designada para el reemplazo.
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8. ASIGNACIÓN DE VEHÍCULOS
El Coordinador del Servicio designado por el contratista, atendiendo las instrucciones del supervisor del contrato por parte de CANAL CAPITAL, programará los diferentes recorridos que efectuarán los vehículos, de acuerdo con las necesidades del servicio de las diferentes dependencias de CANAL CAPITAL.
El Coordinador del Servicio entregará al supervisor por parte de CANAL CAPITAL la planilla de recorridos efectuados con una periodicidad mensual.
9. COSTOS QUE SE INCLUYEN EN EL VALOR MENSUAL A PAGAR POR EL SERVICIO
En todos los casos, el valor mensual del servicio incluye: Coordinador del Servicio, Conductores, ayudantes, combustible, parqueaderos, peajes, seguro obligatorio (SOAT), mantenimiento preventivo y correctivo del vehículo, logos, elementos de comunicación (celulares), comparendos, impuestos, seguros y todos los demás costos directos e indirectos que se deriven de la prestación del servicio.
Los vehículos que se requieran de forma mensual incluirán 14 horas diarias 7 días a la semana, según requerimiento del Canal.
El contratista debe suministrar tiqueteras o planillas en original y dos copias debidamente numeradas e identificadas, con el fin de llevar el control de los servicios prestados y con la siguiente información como mínimo:
- NOMBRE DE LA EMPRESA
- NIT
- TELEFONOS
- FECHA
- HORA DE INICIO
- HORA FINAL
- DESTINOS
- AREA
- PERSONAL DE CANAL CAPITAL (FUNCIONARIO, CONTRATISTA, INVITADO, ETC)
- TOTAL HORAS SERVICIO
- FIRMA DEL USUARIO DEL SERVICIO
10. VIAJES
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Teniendo en cuenta el carácter excepcional de estos viajes, CANAL CAPITAL solicitará a la empresa transportadora un vehículo que cumpla con las necesidades que el viaje requiera. Si el servicio de viaje es requerido para salir y regresar el mismo día se utilizará uno de los vehículos que se encuentren prestando el servicio de forma mensual y se incluirán dentro de la factura del mes correspondiente, como costos adicionales, únicamente el valor de los peajes y las horas adicionales de viaje, si por el contrario, el servicio que se requiere implica la permanencia del vehículo fuera de la ciudad por dos o más días, es decir, implica que deba pernoctar en el sitio de destino, el supervisor evaluará la conveniencia de utilizar alguno de los vehículos que prestan el servicio de
forma mensual o un vehículo adicional, en cuyo caso, el contratista deberá presentar al supervisor un cotización del servicio fuera de la ciudad, que deberá ser aprobada por parte del supervisor.
11. ATENCIÓN SOLICITUDES DE TRANSPORTE POR VÍA TELEFÓNICA
El contratista deberá suministrar el número de una línea fija o teléfono celular que durante las veinticuatro (24) horas del día pueda atender las solicitudes de transporte que requiera elevar CANAL CAPITAL cuando por algún motivo no sea posible hacerlo a través del Coordinador del Servicio.
12. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
El contratista será responsable por los daños y perjuicios que el personal que ejecuta el contrato, ocasione a las instalaciones de CANAL CAPITAL o a terceros durante el desarrollo del contrato. Responderá también por los perjuicios que ocasione por disposición inadecuada de elementos, equipos o por cualquier acción u omisión que le sea imputable.
En todo caso, el contratista frente a cualquier eventualidad que se presente en la ejecución del contrato relacionada con perjuicios a terceros o al medio ambiente entre otros, será el único responsable, dejando indemne a CANAL CAPITAL por toda situación, reclamación o condena, o cualquier decisión que comprometa la responsabilidad de la entidad por vía administrativa o judicial.
13. TARJETA DE OPERACIÓN
El proponente deberá adjuntar copia legible de la tarjeta de operación vigente de cada uno de los vehículos ofrecidos para la prestación del servicio (Art. 46 del Decreto 174 de 2001 y Art. 6 de la resolución 4000 de 2005) para verificar el modelo del vehículo, la capacidad y que se encuentre vinculado a la empresa proponente o a la empresa con quien se haya celebrado convenio de colaboración.
El contratista debe garantizar que el contrato se ejecutará con los vehículos ofrecidos en la propuesta de acuerdo con el párrafo anterior. En el evento que alguno de éstos vehículos deba ser reemplazado, deberá mediar autorización del Supervisor del contrato y en todo caso deberá cumplir con las condiciones técnicas, características y modelo.
14. MANIFESTACIÓN ACUERDO 410 DE 2009
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De conformidad con lo establecido en el Acuerdo 410 de 2009, los vehículos que prestarán el servicio deberán utilizar combustibles y tecnologías limpias, de acuerdo con la normatividad vigente; manifestación que deberá hacer el proponente en la carta de presentación de la propuesta.
ADICIONAL A LO ANTERIOR, EL PROPONENTE DEBE ANEXAR A SU PROPUESTA LO SIGUIENTE:
1. Copia de la resolución de habilitación para la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor especial expedida por el Ministerio de Transporte.
2. Certificación de habilitación vigente donde figure la capacidad transportadora de la empresa, expedida por el Ministerio de Transporte. Esta capacidad transportadora deberá ser como mínimo, igual al número de vehículos solicitados para este proceso.
3. En el evento en que el proponente requiera para la prestación del servicio de transporte público especial, de la suscripción de un convenio de colaboración empresarial de que trata el artículo 24 del Decreto 174 de 2001, podrá hacerlo bajo la figura de consorcio, unión temporal o asociación entre empresas, tal y como lo indica el mencionado artículo; lo cual deberá acreditar al momento de presentación de la propuesta allegando copia del convenio de colaboración con sello o constancia de radicado ante el Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Puertos y Transportes.
Así, mismo deberá adjuntar copia de la resolución de habilitación expedida por el Ministerio de Transporte, en donde se evidencie que las personas jurídicas que suscriben el convenio se encuentran habilitadas para la prestación del servicio requerido por CANAL CAPITAL.
OFERTA ECONÓMICA
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El interesado en presentar su propuesta deberá anexar a la misma la oferta económica de los servicios a prestar en el formato que se anexa al presente documento para tal efecto.