MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
Núm. 270 Sábado 9 de noviembre de 2019 Sec. III. Pág. 123764
III. OTRAS DISPOSICIONES
XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX, XXXXXXXX X XXXXXXX
00000 | Resolución de 5 de noviembre de 2019, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., por la que se publica el Convenio con el Consejo General de la Abogacía Española, para fomentar una mayor relevancia internacional del sector jurídico español: seminario de marketing para la internacionalización de la abogacía. |
Las partes citadas en el encabezamiento, habiendo considerado la conveniencia de dar continuidad a la relación establecida el 2 xx xxxxx de 2019, han acordado la firma del presente Convenio específico número 2 para la realización de la actividad referida en el encabezado.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio.
Madrid, 5 de noviembre de 2019.–La Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., Xxxxx Xxxx Xxxxxx.
ANEXO
Convenio específico número 2 al Convenio entre ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., y el Consejo General de la Abogacía Española para fomentar una mayor relevancia internacional del sector jurídico español: seminario de marketing para la internacionalización de la abogacía, el 13 de noviembre
de 2019 (Madrid)
En Madrid, a 30 de octubre de 2019.
REUNIDOS
De una parte, xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Consejera Delegada de la entidad pública empresarial ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., con domicilio en Madrid, paseo de la Castellana, número 278, y con NIF de la entidad Q2891001F, facultada para este acto en su condición de Consejera Delegada, en virtud de su nombramiento por Real Decreto 848/2018, de 6 de julio (BOE número 164, de 7 de julio de 2018), y actuando por delegación de competencia del Consejo de Administración de la entidad, mediante Resolución de 00 xx xxxx xx 0000 (XXX número 151, de 22 xx xxxxx), en adelante ICEX.
cve: BOE-A-2019-16083
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
De otra parte, xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx, Secretario General del Consejo General de la Abogacía Española, corporación de Derecho público, con CIF X0000000X, y domicilio profesional en el paseo de Recoletos, número 13, de Madrid, facultado para este acto en su condición de Secretario General, designado por la Presidenta, mediante Acuerdo de Presidencia 01/2016, de 3 de febrero de 2016, en uso de las facultades derivadas del artículo 73 del Estatuto General de la Abogacía Española y del artículo 22 del Reglamento de Régimen Interior del Consejo General de la Abogacía Española, en adelante el Consejo.
MANIFIESTAN
I. Que, ICEX y el Consejo han suscrito un Convenio marco, el 2 xx xxxxx de 2019, del que trae causa el presente Convenio específico, que tiene por objeto lograr una mayor relevancia internacional del sector de servicios jurídicos español.
II. Que, en la cláusula segunda del mencionado Convenio marco se establecía que, para las acciones concretas a desarrollar por cada una de las partes, así como la determinación del presupuesto conjunto acordado, se suscribirá el correspondiente convenio específico que formará parte integrante del Convenio.
III. Que, en el marco de esta colaboración, las partes suscribieron un primer Convenio específico el 2 xx xxxxx de 2019 a través del cual organizaron unas jornadas técnicas sobre arbitraje en Miami (EE.UU.).
IV. Que, las partes están interesadas en la realización de una nueva actividad. Así pues, la Abogacía Española organiza, conjuntamente con ICEX, un seminario de marketing para la internacionalización de la abogacía, que tendrá lugar el 13 de noviembre de 2019 en Madrid (en lo sucesivo, el seminario).
En base a lo expuesto, las partes acuerdan las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Es objeto del presente Convenio la realización conjunta por las partes de un seminario de marketing para la internacionalización de la abogacía, que tendrá lugar en Madrid (España) el 13 de noviembre de 2019.
Estas jornadas tendrán como destinatarios despachos españoles de Abogados, los cuales, a través de dichas jornadas, podrán:
– Asistir a sesiones de componente teórico y práctico donde, de la mano de expertos profesionales, los letrados podrán conocer y analizar las mejores prácticas del marketing jurídico internacional.
– Tener acceso a las mejores herramientas de comunicación para que los bufetes españoles puedan abordar de la mejor manera, el ejercicio de sus profesiones en los mercados internacionales.
Segunda. Obligaciones de las partes.
En el marco de la organización de este seminario corresponde a:
– ICEX:
• Redactar la convocatoria;
• Elaborar el programa xxx xxxxxxxxx;
• Contratar a los ponentes;
• Recaudar las cuotas de inscripción correspondientes a los despachos de Abogados que asistan; y
• Gestionar y seleccionar los despachos participantes junto con el Consejo.
cve: BOE-A-2019-16083
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
– El Consejo:
• Redactar las circulares y comunicaciones;
• Realizar el mailing de convocatoria a los Colegios de Abogados y demás contactos;
• Gestionar junto con ICEX las candidaturas de los despachos participantes;
• Gestionar las salas necesarias para la celebración xxx xxxxxxxxx; y
• Contratar los servicios de catering.
En todos los materiales de promoción que se elaboren tanto para la difusión de la actividad como durante la celebración del propio seminario, notas de prensa, etc., las partes acuerdan que se utilizarán los logotipos de ambas instituciones, sin que se pueda alterar en su uso colores, formas, símbolos o gráficos.
El cumplimiento de todas las obligaciones previstas en esta cláusula deberá producirse en el plazo adecuado para que la actividad acordada pueda celebrarse dentro las fechas establecidas.
Tercera. Obligaciones económicas.
El presupuesto total establecido para esta actividad asciende a tres mil cuatrocientos euros (3.400 €).
Este importe será abonado al 50% por los despachos de Abogados participantes en el seminario, y lo harán mediante el pago de unas cuotas de inscripción. ICEX, por su parte, cubrirá el 50% del coste restante, y en el caso de que no se cubra el presupuesto con las cuotas, ICEX abonará la parte restante hasta cubrir el total, sin que en ningún caso puedan superar dichos pagos el importe previsto en el párrafo anterior.
Cuarta. Vigencia.
La duración de este segundo Convenio específico será desde que adquiera eficacia hasta pasados quince días tras la finalización de la actividad objeto del presente Convenio específico, la cual está prevista para el 28 de noviembre de 2019.
El presente Convenio se perfecciona en el momento de su firma y será eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Se mantienen vigentes las restantes condiciones pactadas por las partes en el Convenio marco del que el presente Convenio trae causa.
cve: BOE-A-2019-16083
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Y conformes las partes con las anteriores manifestaciones, firman el presente Convenio específico, el segundo, a un solo efecto, en Madrid, en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., la Consejera Delegada, Xxxxx Xxxx Xxxxxx.–Por el Consejo General de la Abogacía Española, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx.
xxxxx://xxx.xxx.xx BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X