ACUERDO DE ADJUDICACIÓN
Expte: 20/16 |
Acuerdo de 10 de febrero de 2017 |
Por el que se adjudica el contrato de Suministro de ordenadores personales para RTPA. |
ACUERDO DE ADJUDICACIÓN
Examinado el expediente para la contratación del Suministro de ordenadores personales para RTPA, mediante procedimiento negociado con publicidad, con un plazo de duración de cuatro años, sin posibilidad de prórroga, y un presupuesto de licitación de 140.000 €, IVA no incluido, del cual resultan los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por la Dirección de Producción y Explotación, Área de Sistemas, se remitió propuesta de contratación y pliego de condiciones técnicas para la contratación del expediente de referencia.
Segundo.- Que el 17 de octubre de 2016 fueron aprobados el Pliego de Condiciones Jurídicas y el Pliego de Condiciones Técnicas.
Tercero.- Dentro del plazo de presentación de ofertas , se reciben proposiciones correspondientes a las empresas:
. Avanti 21
. Dispal Astur SA
. Ricoh España SLU
. Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones de España SAU
. UTE Valnera Consultoría y Sistemas SL y Vitesia Mobile –Solutions SLL
Cuarto.- El día 21 de noviembre de 2016, la Comisión de Contratación procedió a la calificación de la documentación general -sobre A- observando que las empresas Dispal Astur, Ricoh España, Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones de España y UTE Valnera y Vitesia, no aportan parte de la documentación requerida en el pliego de condiciones técnicas para la solvencia económica y técnica y, de conformidad con la cláusula 9.1 xxx xxxxxx de condiciones jurídicas, se les da un plazo hasta el 24 de noviembre de 2016 para que subsanen.
Quinto .- El día 24 de octubre se constata que las empresas Dispal Astur, Ricoh España, Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones de España presentan la documentación requerida y la comisión de contratación da por subsanados los defectos y se admite a dichas empresas a la licitación.
Seguidamente se procede a la apertura –Sobre B- , oferta técnica, de las empresas licitadoras admitidas y en ese mismo momento se procede a la entrega de los sobres con la ofertas técnica al Departamento Gestor para iniciar las negociaciones con las empresas proponentes, de conformidad con lo establecido en la cláusula 9.2.6. xxx xxxxxx de condiciones jurídicas.
Sexto .- La empresa UTE Valnera Consultoría y Sistemas SL y Vitesia Mobile –Solutions SLL, en escrito presentado el 29 de diciembre, retira su propuesta.
Séptimo.- El día 16 de enero, se cierran las negociaciones con las empresas ofertantes, y el Departamento Gestor emitió un informe de valoración de las ofertas técnicas de acuerdo con los criterios establecidos en el Pliego de Condiciones Jurídicas como sigue:
Apartado | Máximo | Telefónica | Dispal | Ricoh | Avanti 21 |
PCs, Workstation y portátiles: | |||||
Mejoras procesador | 2 | 0,2 | 0,1 | 0,4 | 0,3 |
Aumento memoria RAM | 2 | 0,4 | 0,4 | 1 | 0,5 |
Resolución y otras características de pantallas de portátiles | 2 | 1 | 0 | 0 | 0 |
Tamaño., peso y consumo | 1 | 0,6 | 0,5 | 0,55 | 0,6 |
Otras características | 2 | 1,5 | 1,3 | 1,2 | 1,3 |
Pantallas: | |||||
Resolución y tamaño | 3 | 0 | 0 | 1,2 | 1,2 |
Consumo eléctrico | 1 | 0,8 | 0,7 | 0,9 | 0,9 |
Otras características | 2 | 1,2 | 1,3 | 1,4 | 1,4 |
Herramienta inventariado y despliegue software: | |||||
Sistemas operativos | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 |
Características del agente | 0,5 | 0,5 | 0,5 | 0,5 | 0,5 |
Monitorización rendimient | 2 | 0 | 0,3 | 0 | 0 |
Admón, asistencia remota | 2 | 2 | 2 | 1,8 | 1,8 |
Módulo inventariado | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 |
Módulo despliegue imagen | 2 | 1,5 | 1,8 | 2 | 2 |
Módulo despliegue softwar | 2 | 1,8 | 1,7 | 2 | 2 |
Espacio almacenamiento y otras características del servidor | 1 | 1 | 0,65 | 0,8 | 0,9 |
Curso formación | 0,5 | 0,29 | 0,43 | 0,14 | 0,5 |
Servicio soporte y mantenimiento: | 2 | 1 | 1 | 1 | 1 |
Otras mejoras: | 2 | 0,3 | 0 | 0 | 0,2 |
TOTAL: | 32 | 17,09 | 15,68 | 17,89 | 18,10 |
Octavo .- A continuación se procede, en acto público, a la lectura de dichas puntuaciones y a la apertura del sobre C – proposición económica – de conformidad con lo expuesto en el pliego de condiciones jurídicas, resultando las siguientes ofertas económicas:
Apartado | Telefónica | Dispal | Ricoh | Avanti 21 |
PRECIO TOTAL | 139.890,00 | 139,999,00 | 139.984,00 | 136.556,00 |
Precio arrendamiento e instalación equipos | 118.780,16 | 119.999,00 | 132.036,00 | 108.706,00 |
Precio mantenimiento | 21.109,84 | 20.000,00 | 7.948,00 | 27.850,00 |
PCs | 638,40 | 554,00 | 600,00 | 490,00 |
Workstation | 1.399,02 | 2.100,00 | ||
Workstation gráfica AMD y LYNX | 2.558,00 | |||
Workstation gráfica M4000M | 2.171,00 | |||
Workstation p410+tarjeta gráfica 2 gb. + tarjeta sonido Lynx | 2.235,00 | |||
Workstacion p510+tarjeta gráfica M400 89 gb. | 2.096,00 | |||
Monitor | 162,75 | 155,00 | 127,00 | 175,00 |
Portátil | 763,35 | 671,00 | 715,00 | 662,00 |
Licencia MS Windows 10 enterprise | 483,97 | 383,00 | 239,00 | 375,00 |
Licencia software inventariado y despliegue | 50,94 | 69,18 | 67,00 | |
Licencia CAL Windows 2012 R2 | 29,09 | 24,00 | ||
Ampliación clientes SCCM, precio unitario | 56,00 |
Noveno .- En aplicación de la cláusula 10.1.4 xxx xxxxxx de condiciones jurídicas se concede plazo hasta el 3 de febrero de 2017 para que presenten, si lo consideran oportunos sus proposiciones económicas definitivas que mejoren la inicial, presentando las empresas las siguientes ofertas económicas mejoradas.
Cumplido dicho plazo, las empresas Avanti 21, Dispal y Ricoh presentan las mejoras, que se detallan en tabla adjunta. De acuerdo con dicha cláusula xxx xxxxxx jurídica se entiende que Telefónica se ratifica en su oferta económica inicial.
Apartado | Dispal | Ricoh | Avanti 21 |
PRECIO TOTAL | 135.000,00 | 133.990,00 | 132.993,00 |
Precio arrendamiento e instalación de equipos | 115.000,00 | 126.051,00 | 119.205,00 |
Precio mantenimiento | 20.000,00 | 7.948,00 | 13.788,00 |
PCs | 554,00 | 540,00 | |
Workstacion | 2.100,00 | ||
Workstation gráfica AMD y LYNX | 2.200,00 | ||
Workstartion gráfica M400M | 2.032,00 | ||
Workstation p410+ tarjeta gráfica 2 gb+ tarjeta sonido Lynx | |||
Workstation p510 + tarjeta gráfica M400 8 gb. | |||
Monitor | 155,00 | 145,00 | |
Portátil | 671,00 | 675,00 | |
Licencia MS Windows 10 Enterprise | 383,00 | 329,00 | |
Licencia software inventariado y despliegue | 69,18 | 61,00 | |
Licencia CAL Windows 2012 R2 | 24,00 | ||
Ampliación clientes SCCM, precio unitario |
Décimo .- Las puntuaciones totales obtenidas por las propuestas económicas, calculadas en este informe , son las siguientes:
Apartado | Telefónica | Dispal | Ricoh | Avanti 21 |
Total oferta económica | 64,65 | 66,99 | 67,49 | 68 |
Undécimo .- En aplicación de los criterios establecidos en el pliego de condiciones jurídicas, la
PUNTUACIÓN TOTAL, asignada a cada oferta, es la siguiente:
Apartado | Telefónica | Dispal | Ricoh | Avanti 21 |
Total oferta económica | 65,64 | 66,99 | 67,49 | 68,00 |
Total oferta técnica | 17,09 | 15,68 | 17,89 | 18,10 |
Puntuación total | 81,74 | 82,67 | 85,38 | 86,10 |
Duodécimo .- A continuación, conforme a la cláusula 11 xxx xxxxxx de condiciones jurídicas, se procede a clasificar las proposiciones por orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación establecidos:
1 .- Avanti 21
2 .- Ricoh España 3 .- Dispal
4 .- Telefónica
Por tanto, se propone elevar al órgano de contratación propuesta de adjudicación del contrato de suministro de ordenadores personales para RTPA la propuesta de la empresa Avanti 21 SL en un precio de 132.993,00 € y un periodo de cuatro años, al resultar la oferta económicamente más ventajosa de acuerdo con los criterios de negociación establecidos en el pliego de condiciones administrativas.
Decimotercero .- El 03 de febrero , se requiere a la empresa propuesta como adjudicataria para que presente la documentación exigida en la cláusula 10.1 xxx Xxxxxx de Condiciones Jurídicas para la adjudicación del contrato, dentro del plazo concedido, Avanti 21 SL, presenta la documentación requerida acreditando el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social, la constitución de la garantía definitiva y el resto de la documentación exigida.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- De conformidad con el artículo 22 e) de la Ley del Principado xx Xxxxxxxx 8/2014, de 17 de julio, de segunda reestructuración del sector público autonómico, el Director de RTPA SAU actúa como órgano de contratación de la sociedad.
Segundo.- Conforme al artículo 3.3 b) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Radiotelevisión del Principado xx Xxxxxxxx SAU tiene la calificación legal, a efectos de contratación, de poder adjudicador no Administración Pública.
Tercero.- Conforme al artículo 20 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, tendrán la consideración de contratos privados los celebrados por los entes, organismos y entidades del sector público que no reúnan la condición de Administraciones Públicas, rigiéndose en cuanto a su preparación y adjudicación por dicha Ley y en cuanto a sus efectos y extinción por el derecho privado.
Cuarto.- El artículo 191 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público establece que los órganos competentes de los poderes adjudicadores que no tengan el carácter de Administraciones Públicas deberán aprobar unas Instrucciones, de obligado cumplimiento en el ámbito interno, en las que se regulen los procedimientos de contratación de los contratos no sujetos a regulación armonizada.
Quinto.- La Instrucción que regula el procedimiento de adjudicación de los contratos no sujetos a regulación armonizada de Radiotelevisión del Principado xx Xxxxxxxx SAU fue aprobada el 16 de enero de 2013 y modificada el 30 de enero de 2015; y se publicó en las mismas fechas en el perfil del contratante en la página xxx.xxxx.xx.
Sexto.- Conforme al artículo 18.2.d) y 18.2.e) de la Instrucción para la regulación de los procedimientos de contratación de RTPA SAU en los contratos no sujetos a regulación armonizada, la Comisión de Contratación estudiará el informe del departamento gestor y propondrá la adjudicación del contrato.
Séptimo.- A la vista de dicha propuesta el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación que se le requiera y, en su caso, constituya garantía definitiva.
Octavo.- Recibida la documentación requerida se dictará acuerdo motivado de adjudicación en los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
Noveno.- La adjudicación se notificará a los licitadores indicando el plazo para la formalización del contrato que se realizará no mas tarde de los 15 días hábiles siguientes a aquel en que se reciba la notificación de la adjudicación y se publicará en el perfil del contratante de acuerdo con el artículo
18.2.f) y 18.2.h) de dicha Instrucción.
Vistos los artículos 189 a 191 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y demás normas de general aplicación,
ACUERDO
Adjudicar el contrato del Suministro de ordenadores personales para RTPA., a favor de Avanti 21 SL en un precio de 132.993,00 € por un período de cuatro años, al resultar la oferta económicamente más ventajosa de acuerdo con los criterios de negociación y adjudicación establecidos y con sujeción a los pliegos y a la oferta formulada.
Gijón/Xixón a 10 de febrero de 2017 EL DIRECTOR DE
RADIOTELEVISIÓN DEL PRINCIPADO XX XXXXXXXX
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx