PLIEGO DE CONDICIONES
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MONTAJE DE STANDS, MOQUETA, TARIMA, CARPAS, MOBILIARIO, COMPLEMENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS ACCESORIOS
(REFERENCIA: 6006/2010-01)
FUNDACIÓN SEMANA VERDE DE GALICIA
CONTRATO NO SUJETO A REGULACIÓN HARMONIZADA. PROCEDIMIENTO PÚBLICO ABIERTO. TRÁMITE ORDINARIO
ÍNDICE
Página
HOJA DE ESPECIFICACIONES 3
1.- Definición objeto del contrato 10
2.- Régimen jurídico 10
3.- Identificación del órgano de contratación y perfil del contratante 11
4.- Procedimiento y forma de adjudicación 11
5.- Condiciones de aptitud exigibles para contratar 11
6.- Sistema de determinación del precio 12
7.- Presupuesto 12
8.- Crédito presupuestario 13
9.- Garantía provisional 13
10.- Garantía definitiva 13
11.- Lugar y plazo de las proposiciones 14
12.- Variantes 14
13.- Formalización de las proposiciones 14
13.1.- Documentación General (sobre A) 15
13.2.- Documentación técnica y económica (sobre B) 17
14.- Comisión de selección 18
15.- Criterios de adjudicación 20
16.- Adjudicación de la contratación 20
17.- Obligaciones previas a la adjudicación definitiva 20
18.- Formalización de contratos 21
19.- Ejecución del contrato 21
20.- Cesión de derechos de propiedad intelectual e industrial 22
21.- Prerrogativas 23
22.- Penalidad de demora 23
23.- Forma de pago 24
24.- Gastos exigibles al adjudicatario 24
25.- Cesión del contrato 24
26.- Resolución del contrato 25
27.- Jurisdicción competente 25
Anexo I 26
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS 27
HOJA DE ESPECIFICACIONES
(REFERENCIA: 6006/2010-01)
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MONTAJE DE STANDS, MOQUETA, TARIMA, CARPAS, MOBILIARIO, COMPLEMENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS ACCESORIOS PARA LA FUNDACIÓN SEMANA VERDE DE GALICIA
CONTRATO NO SUJETO A REGULACIÓN HARMONIZADA. PROCEDIMIENTO PÚBLICO ABIERTO. TRÁMITE ORDINARIO
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El Objeto del presente contrato es el servicio de montaje de stands, moqueta, tarima, carpas, mobiliario, complementos y prestación de servicios accesorios, según las características definidas en el pliego de prescripciones técnicas, para la Fundación Semana Verde de Galicia.
Tiempo objeto del servicio: Desde el 1 de Enero hasta el 31 de Diciembre de 2010.
2.- RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato celebrado tendrá la consideración de contrato privado.
El contrato se regirá, en cuanto a su adjudicación por la Instrucción reguladora de los procedimientos para la contratación de la Fundación Semana Verde de Galicia con fecha 30 de Octubre de 2008 y publicada en la web de la Fundación (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx), y en su defecto por la LCSP y sus disposiciones de desarrollo, en lo que sea aplicable a esta Fundación, o en lo que proceda por las remisiones efectuadas por las presentes hojas de especificaciones, los pliegos de condiciones y los pliegos de prescripciones técnicas, aplicándose supletoriamente las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por el derecho privado.
3.- IDENTIFICACIÓN DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y PERFIL DEL CONTRATANTE
Órgano de contratación: Dirección General de la Fundación Semana Verde de Galicia.
Perfil del contratante: Se podrá consultar en la página web de la Fundación Semana Verde de Galicia (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx) y en la plataforma de contratación autonómica (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx)
4.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
Forma de Adjudicación: Procedimiento Abierto
Tipo de Contrato: Servicio no sujeto a regulación harmonizada Tipo de tramitación: Ordinario
5.- CONDICIONES DE APTITUD EXIGIBLES PARA CONTRATAR
La capacidad de contratar se acreditará de acuerdo a lo establecido en el artículo 61 de la LCSP.
En ningún caso podrán contratar con la Fundación Semana Verde de Galicia las personas que estén incursas en alguno de los supuestos de prohibición del artículo 49.1 de la LCSP.
Para las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea se estará a lo dispuesto en el artículo 47 de la LCSP.
Las empresas no españolas y no comunitarias estarán a lo dispuesto en el artículo 44 de la LCSP.
Las uniones de empresarios podrán contratar con la Fundación Semana Verde de Galicia según lo establecido en el artículo 48 de la LCSP.
6.- SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO
No siendo posible la determinación a priori del número de unidades que habrán de ejecutarse, por depender de la asistencia futura de expositores a cada certamen, las ofertas contendrán el precio unitario por cada partida de ejecución, según se concreta en el pliego de prescripciones técnicas anexo a esta hoja de especificaciones.
El precio final vendrá determinado por el resultante de aplicar los precios unitarios de la oferta seleccionada, al número de unidades realmente ejecutadas.
En la oferta económica se concretarán los precios sin IVA, la cantidad correspondiente al IVA y los precios totales resultantes de aplicar sobre las tarifas el IVA oportuno.
7.- VALOR ESTIMADO
Presupuesto base de licitación en letra (IVA excluido): Dos cientos cincuenta mil euros
Presupuesto base de licitación en número (IVA excluido):
250.000 €
Presupuesto IVA:
40.000 €
Los importes de ejecución concretados anteriormente, aun que orientativos, tendrán en todo caso la consideración de máximos, sin que puedan ser superados.
8.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO
El servicio será financiado con cargo a los presupuestos de la Fundación Semana Verde de Galicia en sus partidas económicas: Montaje actividades (6071), Infraestructuras mobiliario y decoración (607207) e Infraestructura mobiliario facturable a clientes (607257) de cada uno de los certámenes feriales.
En todo caso, la ejecución de la contratación, queda esencialmente condicionada a la aprobación del presupuesto para el ejercicio a que se refiere la presente contratación, con partida presupuestaria suficiente del tenor de la
señalada; en su caso, quedará ajustada la indicada, a la que finalmente resulte aprobada para el ejercicio.
9.- GARANTÍA PROVISIONAL
No procede
10.- GARANTÍA DEFINITIVA
Según apartado 10 xxx xxxxxx de condiciones.
11.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones se presentaran en la siguiente dirección:
Fundación Semana Verde de Galicia Recinto Feiral s/n
36540 Silleda (Pontevedra)
Teléfono: 000000000 – Fax: 000000000
En el plazo de 15 días desde la publicación en prensa
12.- MEDIOS DE ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
La solvencia económica y financiera se justificará mediante un informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
Se considerará solvente al licitador que aporte un informe de una institución financiera que se pronuncie expresamente sobre su solvencia económica para la realización del objeto contractual relacionado en esta hoja de especificaciones.
En el supuesto de presentar un seguro de indemnización de riesgos profesionales se considerará solvente el licitador que acredite tener subscrito dicho seguro con una entidad aseguradora por capital equivalente al presupuesto base de la licitación multiplicando por 1,5.
13.- MEDIOS DE ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL
La acreditación de la solvencia técnica se deberá justificar mediante una relación de las principales contrataciones de servicios de tipología semejante a la que es el objeto de este Procedimiento efectuadas durante los tres últimos años, indicando su importe, fecha, y destino público o privado, a la que se incorporan los correspondientes Certificados sobre estas.
Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
Se considerará solvente al licitador que declare tener ejecutado en conjunto servicios semejantes que representen un volumen de negocio igual o superior al del presupuesto base de licitación al tiempo que incorpore el correspondiente certificado sobre el mismo.
De acuerdo con esto, y en relación con la solvencia técnica y profesional el licitador deberá cubrir el siguiente cuadro que se incluirá en el sobre A “Documentación General”
Relación de servicios semejantes en los últimos tres años
Denominación | Importe | Fecha | Destinatario |
........................ | ............... | .............. | .................... |
14.- VARIANTES
No procede
15.- CRITERIOS OBJETIVOS DE ADJUDICACIÓN
Las empresas interesadas podrán concursar a la totalidad de los elementos objeto de esta contratación, o solamente a alguno de ellos. La Fundación podrá
efectuar la adjudicación a una sola empresa por la totalidad de los elementos, o fraccionar y adjudicar por lotes tales elementos a distintas empresas concursantes.
El criterio de adjudicación a seguir, por orden creciente de ponderación, será: 1.- Oferta económica. Ponderación: hasta 50 puntos
La valoración de la mejora económica se realizará atribuyendo a la mejor oferta económica el número máximo de puntos, descontándose para el resto el mismo porcentaje de puntos en proporcionalidad a la relación de cada oferta económica con la mejor presentada.
Para os efectos del artículo 136 de la LCSP podrán tener la consideración de ofertas desproporcionadas o temerarias las proposiciones económicas en las que su porcentaje de baja o alza exceda en un 40%, por lo menos, la media aritmética de todas las proposiciones presentadas.
2.- Medios personales y técnicos que se aportan para la ejecución del contrato. Ponderación: hasta 40 puntos
3.- Memoria técnica de operatividad y actuaciones. Ponderación: hasta 10 puntos
16.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR
SI | X | NO | -- | |
En relación con los criterios enumerados en el apartado 15, serán evaluadas las ofertas de acuerdo con los siguientes criterios cuya cuantificación dependerá de un juicio de valor: - Medios personales y técnicos que se aportan para la ejecución del contrato - Memoria técnica de operatividad y actuaciones |
17.- GASTOS EXIGIBLES AL ADJUDICATARIO
El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de los posibles anuncios de licitación y de formalización del contrato, hasta un máximo de 600 €.
18.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA
Plazo: los servicios de montaje objeto de este contrato se entregarán en el plazo máximo determinado por el Departamento de Infraestructuras y Servicios Técnicos de la Fundación, en virtud de las necesidades de logística exigibles para cada certamen.
Lugar: No Recinto Ferial da Fundación Semana Verde de Galicia en Silleda (Pontevedra)
19.- PLAZO Y GARANTÍA
No procede
20.- REVISIÓN DE PRECIOS
No procede
21.- PENALIZACIÓN
Conforme a lo dispuesto en el artículo 196 de la LCSP
Silleda, a 1 de Octubre de 2009
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Directora General
(REFERENCIA: 6006/2010-01)
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MONTAJE DE STANDS, MOQUETA, TARIMA, CARPAS, MOBILIARIO, COMPLEMENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS ACCESORIOS PARA LA FUNDACIÓN SEMANA VERDE DE GALICIA
CONTRATO NO SUJETO A REGULACIÓN HARMONIZADA. PROCEDIMIENTO PÚBLICO ABIERTO. TRÁMITE ORDINARIO
1.- Definición objeto del contrato
El objeto do presente contrato es el servicio de montaje de stands, moqueta, tarima, carpas, mobiliario, complementos y prestación de servicios accesorios, según las características definidas en el pliego de prescripciones técnicas, para la Fundación Semana Verde de Galicia.
Tempo objeto del servicio: Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2010
2.- Régimen jurídico
El contrato celebrado tendrá la consideración de contrato privado.
El contrato se regirá, en cuanto a su adjudicación por la Instrucción reguladora de los procedimientos para la contratación de la Fundación Semana Verde de Galicia con fecha 30 de Octubre de 2008 y publicada en la web de la Fundación (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx), y en su defecto por la LCSP y sus disposiciones de desarrollo, en lo que sea aplicable a esta Fundación, o en lo que proceda por las remisiones efectuadas por las presentes hojas de especificaciones, los pliegos de condiciones y los pliegos de prescripciones técnicas, aplicándose supletoriamente las normas de derecho privado.
En canto a sus efectos y extinción se regirá por el derecho privado.
3.- Identificación del órgano de contratación y perfil de contratante.
La Dirección General de la Fundación Semana Verde de Galicia, será el Órgano de Contratación de la Fundación.
El perfil de contratante se podrá consultar en la página web de la Fundación Semana Verde de Galicia (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx), en la sección dedicada a Concursos y en la plataforma de contratación autonómica (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx)
4.- Procedimiento y forma de adjudicación
Según la Instrucción Reguladora de los Procedimientos para la contratación internos de la Fundación Semana Verde de Galicia con fecha 30 de Octubre de 2008, según el artículo 175 de la LCSP, la adjudicación del servicio al que se refiere el presente pliego se regirá por los artículos 122 y siguientes de la LCSP por el procedimiento abierto, con varios criterios de adjudicación.
5.- Condiciones y aptitud exigibles para contratar
Solo podrán contratar con la Fundación Semana Verde de Galicia, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para obrar, no estén incursas en la prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica conforme con lo exigido en este pliego, y que su actividad tenga relación directa con el objeto del contrato según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, se acreditará debidamente, y dispondrá de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
La acreditación de la capacidad de contratar será según lo establecido en el artículo 61 de la LCSP.
En ningún caso podrán contratar con la Fundación Semana Verde de Galicia las personas que estén incursas en alguno de los supuestos de prohibición del artículo 49.1 de la LCSP.
Respecto de las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea se estará a lo dispuesto en el artículo 47 de la LCSP.
En cuanto a las empresas no españolas y no comunitarias se estará a lo dispuesto en el artículo 44 de la LCSP.
Podrán contratar con la Fundación Semana Verde de Galicia las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se efectúe la adjudicación del contrato a su favor. Las uniones de empresarios estarán a lo dispuesto en el artículo 48 de la LCSP.
6.- Sistema de determinación del precio
No siendo posible la determinación a priori del número de unidades que habrán de ejecutarse, por depender de la asistencia futura de expositores a cada certamen, las ofertas contendrán el precio unitario por cada partida de ejecución, según se concreta en el pliego de prescripciones técnicas anexo a esta hoja de especificaciones.
El precio final vendrá determinado por el resultante de aplicar los precios unitarios de la oferta seleccionada, al número de unidades realmente ejecutadas.
En la oferta económica se concretarán los precios sin IVA, la cantidad correspondiente al IVA y los precios totales resultantes de aplicar sobre las tarifas el IVA oportuno.
7.- Presupuesto
El presupuesto de licitación será:
Presupuesto base de licitación en letra (IVA excluido): Dos cientos cincuenta mil euros
Presupuesto base de licitación en número (IVA excluido):
250.000 €
Presupuesto IVA:
40.000 €
Los importes de ejecución concretados anteriormente, aun que orientativos, tendrán en todo caso la consideración de máximos, sin que puedan ser superados.
A todos los efectos se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden non solo el precio del contrato, sino también cuantos recargos e impuestos sean legalmente repercutibles y demás gastos que fueran de aplicación. Sin embargo, y según el artículo 75.2 de la LCSP, se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el valor añadido, IVA, que deba soportar la Fundación Semana Verde de Galicia.
Las ofertas que sobrepasen el precio fijado por la Fundación, o sean formuladas de forma incorrecta, originarán la exclusión del ofertante.
8.- Crédito presupuestario
El servicio será financiado con cargo a los presupuestos de la Fundación Semana Verde de Galicia en su partida económica: Montaje actividades (6071), Infraestructuras mobiliario y decoración (607207) e Infraestructura mobiliario facturable a clientes (607257) de cada uno de los certámenes feriales.
En todo caso, la ejecución de la contratación, queda esencialmente condicionada a la aprobación del presupuesto para el ejercicio a que se refiere la presente contratación, con partida presupuestaria suficiente del tenor de la señalada; en su caso, quedará ajustada la indicada, a la que finalmente resulte aprobada para el ejercicio.
9.- Garantía provisional
No procede
10.- Garantía definitiva
El adjudicatario entregará a la Fundación Semana Verde de Galicia el documento acreditativo de la constitución de la garantía definitiva en el plazo de ocho días hábiles una vez notificada la adjudicación provisional, equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. En caso de los contratos con precios provisionales a que se refiere el artículo
75.5 de la LCSP, el porcentaje se calculará con referencia al precio máximo fijado. Cuando la cuantía del contrato se determine en función de precios unitarios, el importe de la garantía a constituir se fijará atendiendo al presupuesto base de licitación (artículo 23 de la Instrucción reguladora de los procedimientos de la Fundación Semana Verde de Galicia).
La garantía definitiva responderá del cumplimiento integro, por el adjudicatario, de las obligaciones asumidas en virtud del propio contrato.
Se entenderá que el aval debe presentarse con renuncia al beneficiario de excusión a la que se refiere el artículo 1.830 del Código Civil, el primer requerimiento, así como que solo seguro debe constituirse con renuncia del asegurador a oponer al asegurado las excepciones que pudieran corresponderle contra el tomador.
En todo caso la garantía exigida podrá presentarse en cualquiera de las das formas establecidas en el artículo 84 de la LCSP, y el reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD 1098/2001).
No obstante, atendidas las circunstancias concurrentes en el contrato, el Órgano de Contratación podrá eximir al adjudicatario de la obligación de constituir garantía definitiva.
Todo esto sin prejuicio de lo establecido en el artículo 136 de la LCSP, en relación con las ofertas desproporcionadas o temerarias.
11.- Lugar y plazo de las proposiciones
La documentación para participar en este procedimiento, deberá presentarse en mano dentro del plazo señalado en la hoja de especificaciones, en el Registro General de la Fundación Semana Verde de Galicia, sito en las oficinas administrativas de la Fundación en el Recinto Feiral s/n, C.P. 36540, Silleda (Pontevedra), número de teléfono 000000000 y número de fax 000000000.
12.- Variantes
No procede
13.- Formalización de las proposiciones
La documentación se presentará en dos sobres independientes redactada en cualquiera de los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma Gallega y tratándose de empresas extranjeras deberán acompañar la traducción oficial. Los sobres se presentarán cerrados, identificados en su exterior, con indicación
de la licitación a la que concurra y firmados por el licitador o la persona que le represente, e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa.
En el interior de cada sobre se hará en hoja independiente su contenido, enunciando numéricamente, procurando, así mismo, que el contenido de cada sobre se encuentre debidamente paginado.
Será preciso que el licitador aporte la documentación que integra a proposición dividida en dos partes:
SOBRE A: DOCUMENTACIÓN GENERAL
SOBRE B: DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA
13.1. Documentación General (Sobre A)
13.1.1. Licitadores no inscritos en el registro de contratistas
En el Sobre A figurarán los documentos (o fotocopias de los mismos, debidamente legalizadas o compulsadas) siguientes:
- Documento acreditativo de la personalidad y capacidad del contratista, que será el DNI si se trata de persona física, o, si la empresa es persona jurídica, la escritura de constitución o de modificación de la misma, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. (Artigo 61 da LCSP)
- Cuando varias empresas acudan a la licitación constituyendo una Unión de Empresarios, cada uno de los empresarios acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que subscriban y la participación de cada uno de ellos. Así mismo, deberán designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ostentará la plena representación de todos frente a la Fundación Semana Verde de Galicia, siendo aplicable el artículo 48 de la LCSP.
- Los empresarios no españoles de estados miembros de la Unión Europea o firmantes del acuerdo sobre el espacio económico europeo acreditarán su capacidad de obrar mediante la inscripción en los
Registros y presentación de las certificaciones que se indican en el artículo 61 de la LCSP
- Las empresas de estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos, o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma análoga.
- Cuando el licitador no actúa en nombre propio o se trate de una persona jurídica deberá acompañar un poder declarado bastante por la Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia e igualmente documento nacional de identidad o documento que lo reemplace, de la persona que firme la proposición.
- Deberá presentarse la declaración responsable de que el licitador no está incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración conforme lo establecido en los artículos 43 al 62 de la LCSP.
- Los licitadores deberán justificar su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, utilizando de entre los medios de acreditación previstos en los artículos 63 al 73 de la LCSP los que se indiquen en la hoja de especificaciones de este pliego. Estos medios de acreditación deberá justificar que las empresas se ajustan a los criterios de selección que se fijan en la hoja de especificaciones de este pliego.
- La citada declaración responsable comprenderá expresamente las circunstancias de encontrarse al corriente del cumplimento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social incluyendo que se encuentra en alta y al corriente en el pago del IAE, así como la no existencia de deudas tributarias o de otro tipo con la Comunidad Autónoma de Galicia. Todo ello sin prejuicio de la obligación de presentar los certificados correspondientes, en el plazo de 8 días hábiles desde la notificación de la adjudicación provisional.
- Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la jurisdicción española, para todas las incidencias que pudieran surgir del contrato, con renuncia al foro jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
13.1.2. Los licitadores inscritos en el registro de contratistas
Los licitadores que se encuentren inscritos en el Registro General de Contratistas de la Xunta de Galicia deberán hacerlo constar así en la parte exterior del Sobre A, consignando también su número de inscripción.
Al amparo de lo dispuesto en el Decreto 262/2001, del 20 de Septiembre, por lo que se refunde la normativa reguladora del Registro General de Contratistas, si los licitadores se encuentran inscritos en el registro de contratistas, y consta en el que tengan actualizados los certificados de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, solo deberán presentar la documentación que acredite la solvencia económica y financiera, técnica o profesional.
En el supuesto de que alguno de estos certificados non conste actualizado en dicho registro, deberá acreditarse ante la mesa de contratación, o de ser el caso, ante el órgano de contratación.
13.2. Documentación técnica y económica (Sobre B)
Los documentos donde se reflejan las características técnicas de la oferta del licitador en relación con la realización del servicio objeto de la licitación y lo exigido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Necesariamente incluirá la siguiente documentación:
- Justificación de los plazos de ejecución en los que el licitador se compromete a realizar el servicio desde que se le requiera para el efecto, con expresión, si es el caso, de la organización con elementos personales y materiales para la ejecución del servicio
- Catálogos, descripciones, fotografías, muestras y cuantos otros datos y documentos permitan evaluar la adecuación de los servicios ofertados a la satisfacción de las necesidades objeto del contrato de conformidad con el Pliego de Condiciones Técnicas
- Cualquier otra información que, por considerarla interesante el licitador, pueda estar contenida en los criterios a valorar por el órgano de contratación
El Sobre B contendrá igualmente la Proposición Económica conforme al modelo que figura en el Anexo I. No se aceptarán aquellas ofertas que tengan
omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que el Órgano de Contratación estime fundamental para considerar la oferta. Cada licitador presentará una sola proposición.
Dado que en esta licitación por procedimiento abierto se recogen criterios cuya cuantificación dependerá de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, se realizará en primer lugar la evaluación de las ofertas conforme a los criterios de cuantificación de los cales depende de un juicio de valor, dejándose constancia documental de esto (la cláusula 16 xxx xxxxxx de especificaciones precisa los criterios que dependen del juicio de valor).
En estos casos, la presentación de la proposición vendrá dividida dentro en dos sobres independientes para hacer posible la indicada valoración separada.
Sobre B: Documentación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor
Sobre C: Proposición valorable de forma automática (oferta económica) La Mesa una vez calificada y subsanada, en su caso, la documentación personal (Sobre A) procederá a la apertura del Sobre B de las proposiciones admitidas y efectuará su evaluación, previos informes técnicos que se puedan solicitar.
Una vez realizada la indicada evaluación, en día y hora previstos, se procederá a la apertura del sobre C, en acto público, previa publicación de la valoración técnica (artículo 47 y 60 de la Instrucción reguladora de la Fundación)
El licitador no podrá subscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras empresas si ya lo hizo individualmente. La infracción de esta norma dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por el subscritas.
14.- Comisión de selección
A Comisión de Selección estará compuesta por:
- Un Presidente, que será el Director Económico-Administrativo de la Fundación
- Tres Vocales, que serán el Director de Infraestructuras y Servicios Técnicos, Directora de comunicación y marketing y Director comercial
- Un Secretario que será el Responsable de Compras de la Fundación
La Mesa estará asistida por los técnicos asesores que se consideren necesarios, que la informarán sobre las cuestiones de sus respectivas competencias y por requerimiento de la Mesa, pero sin derecho a voto. Podrán pedir, sin embargo, que consten en acta las observaciones que consideren preciso formular.
Los miembros de la Comisión podrán delegar, en otros miembros de la misma, por escrito y para cada sesión, su representación y voto.
Corresponde al Presidente de la Comisión de Selección acordar la convocatoria, dirigir las deliberaciones y ejercer cuantas funciones sean inherentes a su condición. Dirimirá con su voto en caso de empate.
De las reuniones de la Comisión de Selección se levantará acta, que será firmada por todos sus miembros.
Los miembros de la Mesa deberán pronunciarse necesariamente sobre la proposición que proceda hacer al Órgano de Contratación, sin posibilidad de abstención en la correspondiente votación. Los que discrepen del acuerdo adoptado por la mayoría podrán hacer constar en acta su voto particular al tempo de la firma.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la licitación pública.
La Comisión, en el día señalado para el anuncio, procederá a la apertura de las proposiciones en acto público.
La Comisión formulará la correspondiente propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación, una vez ponderados los criterios que deban aplicarse para efectuar la selección del adjudicatario. La propuesta no crea derecho ninguno en favor del licitador propuesto.
15.- Criterios de adjudicación
Los criterios de adjudicación son los señalados en el apartado 15 de la hoja de especificaciones.
16.- Adjudicación de la contratación
La Comisión de Selección elevará al Órgano de Contratación las proposiciones junto con el acta y la propuesta de adjudicación que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios previstos en el punto anterior, sin que esta propuesta cree derecho alguno a favor del licitador propuesto.
El Órgano de Contratación procederá a la adjudicación provisional del contrato en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones pudiendo adjudicar la propuesta más ventajosa, sin prejuicio del derecho a renunciar a la celebración del contrato o desistir del procedimiento de acuerdo con el artículo 139 de la LCSP.
La adjudicación provisional se publicará en el perfil del contratante y se notificará al adjudicatario.
La adjudicación al licitador que presente la oferta más ventajosa no procederá cuando dicho Órgano presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados (para la consideración de oferta con valores anormales o desproporcionados se aplicará lo dispuesto en el artículo 136 de la LCSP).
La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran 15 días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que se publique la adjudicación provisional en el perfil de contratante.
17.- Obligaciones previas a la adjudicación definitiva
En el plazo de 10 días hábiles, siguientes a aquel en el que se publique la adjudicación provisional en el perfil de contratante, el adjudicatario deberá
presentar la documentación justificativa de encontrarse al corriente en el cumplimento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y cualquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubieran comprometido a dedicar, o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al artículo 53.2 de la LCSP, que le reclame el Órgano de Contratación, así como constituir la garantía, que en su caso, sea procedente.
18.- Formalización del contrato
El documento de formalización se subscribe por la Directora General de la Fundación Semana Verde de Galicia y el contratista, en un plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva.
En ningún caso podrá introducirse en el documento de formalización menciones que contravengan lo dispuesto en los pliegos que sirven de base a la licitación.
El contrato podrá formalizarse mediante escritura pública cuando así lo solicite el adjudicatario, y correrán a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento.
Cuando por causas imputables al adjudicatario, no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Fundación Semana Verde de Galicia podrá acordar la resolución del mismo.
19.- Ejecución del contrato
En general, el plazo de ejecución se ajustará estrictamente a la naturaleza y al objeto de la contratación, y a los objetivos y finalidad de su cumplimiento.
Las directrices y órdenes de ejecución, tanto en canto al tempo o momento de ejecución serán las que traslade el Director de Infraestructuras y Servicios Técnicos de la Fundación al adjudicatario.
Se tiene por esencial en esta contratación, el cumplimento por el adjudicatario de las instrucciones de ejecución en el tempo en que así lo indique la Fundación. El incumplimiento de estos tiempos y plazos, además de dar lugar a la indemnización de perjuicios, responsabilidades y penas por incumplimiento o demora, facultará a la Fundación para dar por resuelto el contrato.
La escusa del adjudicatario para el incumplimiento de estos tiempos y plazos de ejecución, relativa a la falta de asistencia o de colaboración imputable a la Fundación, solo podrá ser alegada si, previamente el incumplimiento o la demora en la ejecución, fuera comunicada a la Fundación tal falta de asistencia o de colaboración, especificando los aspectos concretos en que radicase la falta.
La entrega y prestación del servicio se efectuará en el Recinto Ferial de la Fundación en Silleda (Pontevedra).
Los gastos de entrega y transporte y cualquier otro que pudieran surgir serán por cuenta del adjudicatario.
El adjudicatario no tendrá derecho a la indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Fundación, según lo establecido en el parágrafo precedente, excepto que esta incurriese en xxxx al recibirlos.
La entrega, para su constatación, exigirá por parte da Fundación un acto formal y positivo de recepción y conformidad.
Si el servicio non se encuentra en estado de poder ser recibido, se hará constar en acta de recepción y se le darán las instrucciones precisas al adjudicatario para que enmiende los defectos observados o para que proceda a una renovación, de conformidad con lo pactado.
En ningún caso, el otorgamiento del contrato supondrá la existencia de una relación laboral entre la Fundación y el contratista.
La extinción del contrato no podrá producir en ningún caso la consolidación de las personas que realizarán los trabajos objeto del contrato como personal de la Fundación.
20.- Cesión de derechos de propiedad intelectual e industrial
El contratista cede en exclusiva a la Fundación contratante la titularidad de los derechos de propiedad intelectual, excepto los de carácter moral, así como los derechos de propiedad industrial, sobre la totalidad de las creaciones resultado de este contrato.
La cesión abarca todas las modalidades de explotación actualmente reconocidas por la legislación vigente, tales como edición, representación,
grabación y reproducciones audiovisuales, informáticas, ...; todo esto incluyéndose cualquier forma o soporte legalmente admitido. Para tal efecto, el contratista tendrá que entregarle al Órgano de Contratación, en perfecto estado para el uso al que se destinan, los soportes originales que contengan las creaciones que resulten del contrato.
La cesión tendrá una duración equivalente al tiempo máximo previsto en la legislación reguladora de los derechos cedidos para la producción y uso de estos.
La cesión de estos derechos a la Fundación no tienen limitación alguna en cuanto al ámbito territorial para el ejercicio de cualquier derecho que de este derive.
El precio por la cesión de estos derechos se encuentra comprendido en el de la licitación, no estando obligada la Fundación a abonar ninguna cantidad suplementaria por la cesión de tales derechos o por la entrega de soportes que contengan las creaciones derivadas del contrato.
21.- Prerrogativas
El Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, acordar su resolución y determinar los efectos de esta.
Podrá así mismo modificarlos por razones de interés público, dentro, en todo caso, de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la normativa de contratación. En particular será de aplicación lo dispuesto en los artículos 202, 203 e 272 de la LCSP.
22.- Penalidades por demora
En caso de incumplimiento del contrato o de los plazos establecidos en este, por causas imputables al adjudicatario, el Órgano de Contratación podrá optar indistintamente por:
- Declarar resuelto el contrato, con pérdida de la garantía
- Imponerle al adjudicatario las penalidades establecidas en el artículo 196 de la LCSP
Los importes de las penalidades se harán efectivos mediante la deducción de estas de la facturación que se produzca. En todo caso, la garantía constituida responderá de la efectividad de aquellas.
La constitución en xxxx no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Fundación Semana Verde de Galicia.
23.- Forma de pago
El adjudicatario tendrá derecho al abono del servicio realizado y recibido, de conformidad con los términos establecidos en las normas que rigen el contrato y conforme al precio convenido. En caso de que el contrato prevea plazos de ejecución o realización de entregas parciales, a demanda de la Fundación, el contratista tendrá derecho al abono de los servicios realizados, en cumplimiento de los citados plazos o entregas parciales.
Una vez recibido el servicio en conformidad, el adjudicatario emitirá una factura en el que figurará separado el IVA, y que será pagada por la Fundación a fecha 25 y con vencimiento a 90 días de fecha de emisión de la factura.
24.- Gastos exigibles al adjudicatario
El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de los posibles anuncios y de formalización del contrato. Así mismo, correrá a cargo del adjudicatario, lo que está incluido en el presupuesto ofertado, los gastos de transporte, instalación y colocación de todo si cada uno de los elementos que componen el servicio. Igualmente, correrán a su cargo los impuestos por cualquier índole que grave en los diversos conceptos, así mismo el impuesto sobre el valor añadido.
25.- Cesión de contrato
Se admitirá la cesión de contrato siempre que las calidades técnicas del cedente no sean causa determinante en su adjudicación, y siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 209 de la LCSP.
El adjudicatario podrá concertar con terceros la realización parcial del objeto del contrato, de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos en el artículo 210 de la LCSP, siempre y cuando las prestaciones parciales subcontratadas no excedan del 50% del importe de adjudicación. Los
subcontratistas quedarán obligados únicamente ante el contratista principal, que asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Fundación, con sujeción estricta a las prescripciones del presente pliego, las prescripciones técnicas y las condiciones establecidas en su oferta técnica.
26.- Resolución de contrato
Serán causas de resolución del contrato:
- Cualquier incumplimiento de las obligaciones asumidas por parte del contratista, así coma la falta de pago del precio por parte de la Fundación
- La falta de constitución de garantía y la falta de formalización del contrato en la forma prevista en el pliego
- La declaración de insolvencia del contratista en cualquier procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de liquidación
- En los supuestos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas en las que participe el contratista será plenamente aplicable las previsiones del artículo 202.4 de la LCSP
27.- Jurisdicción competente
La orden jurisdiccional civil será la competente para conocer de cuantas cuestiones litigiosas afecten a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimento y extinción del contrato objeto de este procedimiento.
Se hace sometimiento expreso de las partes a los foros y tribunales de la ciudad de Santiago de Compostela.
Silleda, a 1 de Octubre de 2009
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Directora General
ANEXO I
Don , con domicilio en , provincia de , calle número y D.N.I. número
, en nombre (propio o de la Empresa que representa
con C.I.F. número
), enterado del anuncio publicado en el
del día de de y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación do contrato de servicios se compromete a tomar a su cargo la ejecución de los mismos, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por un período de
y por la cantidad que se enumera a continuación:
Tipo unidades | Nº uds | Precio unitario (en cifra) | Precio total sin IVA (en cifra) | IVA (en cifra) |
Presupuesto total |
Tipo unidades | Nº uds | Precio unitario (en letra) | Precio total sin IVA (en letra) | IVA (en letra) |
Presupuesto total |
Silleda, a de de 20
(Fecha y firma del proponente)
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
(REFERENCIA: 6006/2010-01)
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MONTAJE DE STANDS, MOQUETA, TARIMA, CARPAS, MOBILIARIO, COMPLEMENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS ACCESORIOS PARA LA FUNDACIÓN SEMANA VERDE DE GALICIA
CONTRATO NO SUJETO A REGULACIÓN HARMONIZADA. PROCEDIMIENTO PÚBLICO ABIERTO. TRÁMITE ORDINARIO
Se solicitan precios para la contratación del servicio de montaje de stands, moqueta, tarima, carpas, mobiliario, complementos y prestación de servicios accesorios para los eventos a celebrar por la Fundación Semana Verde de Galicia en el año 2010.
Calendario ferial previsto para el año 2010:
• GandAgro 2010. Salón Ganadero y Agrícola 11 - 13 marzo 2010
• Semana Verde 2010. 33 Feria Internacional Semana Verde de Galicia Septiembre 2010
• Galiforest 2010. Monográfico Forestal Internacional para el sur de Europa
24 - 26 junio 2010
Se solicitan los siguientes precios unitarios:
1. M2 de carpa fabricada con perfil de aluminio, altura mínima 4 m en laterales. Cubrimiento en techo y laterales mediante lona pretensada de color blanco poliéster o PVC, con tratamiento contra al fuego. Los cálculos de resistencia según las normas fijadas por la C.E.E.
Iluminación con focos de 500 W o 1.500 W, para la iluminación general, cogidos a la estructura de la carpa, dando una iluminación aproximada de 10 W/m2.
Anchos de 10 – 20 – 25 – 30 y 40 metros. Buen estado de uso y de limpieza.
2. M2 de carpa xx xxxx, mismas condiciones técnicas, con tarima autoportante normal o reforzada.
3. M2 de stand interior (Modelo nº 1):
- Moqueta ferial color a elegir, recubierta con plástico protector
- Paredes de melamina color blanco o gris.
- Soportes de aluminio blanco o gris.
- Iluminación con carriles de focos de 100 W o 300 W.
- Cálculo de iluminación: 75 W/m2.
- Un cuadro eléctrico con ICP, diferencial de 0,03 mA y magnetotérmicos, con una base de enchufe de 1.500 W, por módulo de stand inferior a 16 m2, por cada 16 m2 a mayores una base de enchufe suplementaria. Estas tomas deberán colocarse por debajo de la moqueta.
- Potencia a instalar por módulo de stand 4.400 W.
- Frontis color blanco o gris, para rótulo
- Rotulación: constará de un rótulo por cada frontis del stand. La letra será tipo helvética color básico a elegir, con una altura de 10 cm.
- Altura útil del stand 3,00 m.
- Perfecto estado de uso y limpieza de los materiales.
4. M2 de stand Interior (Modelo nº 2):
- Idénticas características que el modelo nº 1
- Techo reticulado a base de elementos de aluminio lacados en blanco o gris de iguales características al resto del stand.
5. M2 de stand exterior (Remitir diseño):
- Estructura de aluminio lacado.
- Paneles xx xxxxxxx melaminada color blanco o gris.
- Iluminación con carriles de focos de 100 W o 300 W.
- Cálculo de iluminación: 75 W/m2.
- Un cuadro eléctrico con ICP, diferencial de 0,03 mA y magnetotérmicos, con una base de enchufe de 1.500 W, por módulo de stand inferior a 16 m2, por cada 16 m2 a mayores una base de enchufe suplementaria. Estas tomas deberán colocarse por debajo de la moqueta.
- Potencia a instalar por módulo de stand 4.400 W.
- Frontis color blanco o gris para rótulo.
- Rotulación: constará de un rótulo por cada frontis de stand. La letra será tipo helvética en color básico a elegir, con una altura de 10 cm.
- Perfecto estado de uso y limpieza
- Resistente a las inclemencias atmosféricas y meteorológicas.
- Tarima.
- Moqueta tipo ferial con plástico protector
6. M2 de tarima xx xxxxxx, con colocación.
7. M2 de moqueta ferial colocada en pasillos de pabellones, color a determinar, con plástico protector.
8. M2 de moqueta ferial colocada con anagrama para pasillos, color a determinar, con plástico protector.
9. M2 de moqueta ferial colocada en espacios libres, con plástico protector.
10. Tarifas de mobiliario y complementos (almacenes, puertas, paneles divisorios, paneles para cerramientos, rotulaciones especiales, focos, persianas, enchufes, cuadros eléctricos, acometidas trifásicas, etc)
Será requisito indispensable el disponer de un catálogo codificado, fotográfico y con medidas, de los diferentes productos, con una medida que nunca será superior a DIN A-4.
En cuanto al alquiler de mobiliario y complementos, la contratación será directa del expositor con la Fundación Semana Verde de Galicia, obteniendo ésta un porcentaje sobre los precios a determinar.
11. La necesidad de cubrir demandas de stands de diseño de los posibles expositores, motiva a solicitar ofertas como empresas colaboradoras o asociadas a esta Fundación para la realización de dichos stands, obteniendo un margen comercial por los trabajos entregados.
Las instalaciones eléctricas realizadas por las empresas de montaje deberán cumplir la Normativa de Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión Española.
La empresa adjudicataria deberá poner a disposición del Departamento de Infraestructuras y Servicios Técnicos un interlocutor permanente.
Silleda, a 1 de Octubre de 2009
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Directora General