Actuación: ADJUDICACIÓN CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIOS JURÍDICOS DEL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA: SERVICIOS DE DEFENSA EN JUICIO Y SERVICIOS DE ASESORÍA JURÍDICA.
DECRETO. XXXX. Xxx. ALCALDESA
Resolución de Alcaldía CONTRATACION Y PATRIMONIO
Refª Expte: 000025/2016-CNT Procedimiento: ABIERTO
Interesado: SECRETARIA GENERAL
Actuación: ADJUDICACIÓN CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIOS JURÍDICOS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX: SERVICIOS DE DEFENSA EN JUICIO Y SERVICIOS DE ASESORÍA JURÍDICA.
Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 27 de Julio de 2017, por el que se declara que la oferta económicamente más ventajosa en el expediente de contratación tramitado mediante procedimiento abierto para la Prestación de Servicios Jurídicos del Ayuntamiento xx Xxxxxxx: Servicios de defensa en juicio y Servicios de Asesoría Jurídica, es la presentada por la empresa XXXXXXX Y GARCÍA S.L.P. (CIF: B- 87579256) por importe de 138.635,62 euros anuales IVA excluido. A esta cantidad le corresponde un IVA de 29.113,48 euros. Importe total 167.749,10 Euros IVA incluido.
Vista la cláusula 15ª xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas, que determina que el órgano de contratación exime al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa, de la obligación de constituir garantía definitiva. Asimismo consta en el expediente, aportado por la empresa XXXXXXX Y GARCIA S.L.P con la documentación administrativa, certificados justificativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Considerando lo establecido en el artículo 151.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Considerando que de conformidad con lo previsto en el Art. 156.3 del TRLCSP, la formalización del contrato no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de este acuerdo.
En uso de las facultades que el ordenamiento jurídico vigente me confiere y de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y el Decreto del Ilmo. Sr. Alcalde de fecha 17 xx Xxxxx de 2015. (B.O.P núm. 76 de 26 xx xxxxx de 2.015)
Por lo anteriormente expuesto, en virtud de las facultades que me confiere la vigente legislación, HE RESUELTO:
PRIMERO.- Declarar válida la licitación.
SEGUNDO.- Adjudicar la contratación administrativa tramitada mediante procedimiento abierto para la Prestación de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento xx Xxxxxxx: Servicios de defensa en juicio y Servicios de Asesoría Jurídica, a favor de la empresa XXXXXXX Y XXXXXX S.L.P. (CIF: X00000000) por importe de 138.635,62 euros anuales IVA excluido. A
Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009) autenticidad verificable mediante código
11343120730301166500 en xxxxx://xxxx.xxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx
Xxxxx Xxxxx,0- 00000- Xxxxxxx Tel.000000000
esta cantidad le corresponde un IVA de 29.113,48 euros. Importe total 167.749,10 Euros anuales IVA incluido.
El resultado de la puntuación obtenida es la siguiente:
RESUMEN | Criterios cuantificables de forma automática | Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor | TOTAL | |
1 | XXXXXXX Y GARCIA S.L.P. | 34,20 | 45,00 | 79,20 |
2 | DELOITTE ABOGADOS S.L.P. | 42,72 | 12,00 | 54,72 |
3 | XXXXXX X XXXXXXXX XXXXXXXXX | 36,80 | 10,00 | 46,80 |
TERCERO.- Notificar este acuerdo a la empresa adjudicataria, advirtiéndole que de conformidad con lo previsto en el Art. 156.3 del TRLCSP, la formalización del contrato no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de este acuerdo.
CUARTO.- Publicar la adjudicación de este contrato en el perfil de contratante del órgano de contratación.
QUINTO.- Notificar este acuerdo a todos los licitadores, adjuntando una copia del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de Julio de 2017, por el que se determinan las condiciones de la oferta económicamente más ventajosa, y se procede a la exclusión de las ofertas presentadas por las empresas XX XXXXX Y XXXXXXX S.L.P y XXXXXX ABOGADOS S.L.P., así como una copia de los siguientes informes, que han de considerarse parte integrante e inseparable del acuerdo de adjudicación a efectos de su motivación:
- Informe de fecha 5 xx Xxxxx de 2017 en el que se procede a valorar los criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor.
- Informe de fecha 21 de Julio de 2017, de valoración de la justificación de ofertas con valores anormales o desproporcionados presentadas en este procedimiento.
- Informe de fecha 21 de Julio de 2017, en el que se procede a valorar los criterios cuantificables de forma automática.
SEXTO.- Dar traslado de este acuerdo a la Intervención Municipal, y a Secretaria General
SÉPTIMO.- Dar cuenta del presente Decreto en la próxima Junta de Gobierno Local que se celebre.
Cúmplase,
LA ALCALDESA,
Así lo manda y firma la Alcaldesa, de todo lo cual, como Secretaria, DOY FE.
LA SECRETARIA GENERAL,