PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
S085 PByCP rev1
(S085) PROVISION DE SERVICIO DE LIMPIEZA – CONTRATO “1”
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ARTICULO Nº 1: OBJETO XXX XXXXXX
El presente pliego establece las Bases y Condiciones para el llamado a Licitación Pública de la contratación “PROVISIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA - CONTRATO “1” a realizarse en edificios del Poder Judicial.
ARTICULO Nº 2: PLIEGO
El conjunto de la documentación está constituido por:
− Pliego General de Bases y Condiciones
− Este Pliego de Bases y Condiciones Particulares
− Pliego de Especificaciones Técnicas
− Planilla de Cotización
− Planilla de Estructura de Costos
ARTICULO Nº 3: PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial anual alcanza la suma de pesos ciento dos millones ciento treinta y tres mil ($102.133.000) final.
Dicho monto comprende el total de la suma a abonar por el período de contratación debiendo dividirse por la cantidad de meses de duración del contrato a los fines de determinar el valor del canon mensual.
ARTICULO Nº 4: TERMINO DE LA CONTRATACION
El servicio que se contrate tendrá vigencia por el término de un (1) año quedando a exclusiva opción de las partes la renovación de dicha relación contractual por idéntico período, en oportunidades sucesivas y en las mismas condiciones que rigen el presente llamado.
La “no” renovación no dará derecho a reclamo por parte de la Contratista de ninguna naturaleza.
El plazo de la prestación se computará desde la fecha del Acta de Iniciación de los Trabajos, la que deberá operarse dentro de los diez (10) días posteriores a la suscripción del Contrato.
Asimismo, la Comitente podrá resolver unilateralmente el contrato notificando a la Contratista con sesenta (60) días corridos de anticipación, no dando derecho a indemnización alguna el ejercicio de esta facultad.
ARTICULO Nº 5: CONOCIMIENTO DE LOS EDIFICIOS
Los proponentes deberán visitar los edificios, con una antelación mínima de un (1) día previo al acto de apertura, para tomar conocimiento de sus características principales y condiciones de trabajo tales como: provisión de energía eléctrica y agua, acceso y otros elementos que pueda constituir un factor influyente en el justiprecio del monto de la oferta que integra la propuesta. Dicha visita se acordará con la Dirección de Servicios Generales. La misma es únicamente responsabilidad del oferente, el cual no podrá alegar desconocimiento de las características de los edificios.
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La Comitente no reconocerá ningún reclamo, derivado del incumplimiento de la obligación impuesta por este artículo.
ARTICULO Nº 6: REQUISITOS DE LAS OFERTAS
Adicionalmente a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales en la relación a la presentación de las ofertas, los oferentes deberán presentar la siguiente documentación:
Sobre N° 1
- Copia firmada de los Pliegos
- Copia firmada de Notas / circulares aclaratorias.
- Listado de sus principales clientes donde acredite la actividad ininterrumpida durante los últimos cinco (5). Deberán presentar TRES (3) antecedentes que acredite su desempeño en empresas privadas y/o de la Administración Pública. Indicar fecha de presentación del servicio, duración, tareas desarrolladas, consignando metros cuadrados del espacio donde se prestó el servicio, inicio y fin de sus servicios o su continuidad. Podrán presentarse contratos, órdenes de compra, y/o certificaciones de servicios.
- Últimos tres (3) Formularios AFIP 931 y sus correspondientes constancias de pago. Sobre N° 2
- Oferta económica de acuerdo a la Planilla de Cotización adjunta.
- Estructura de Costos de acuerdo a la Planilla adjunta.
Si bien en la planilla de Cotización se detallan cómputos oficiales para las superficies de los distintos edificios, cada Proponente tiene la obligación de verificarlas y/o evaluar los trabajos a realizar en cada edificio, por lo que eventuales diferencias en dichas superficies que pudieran surgir no serán causales de reclamo alguno.
ARTÍCULO Nº 7: SEGUROS
Las pólizas exigidas en este pliego deberán cumplimentar los siguientes requisitos:
- Deberán ser emitidos por Compañías Aseguradoras autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, a antera satisfacción del Poder Judicial y deberán constituir domicilio en el Gran San Xxxx para todas las obligaciones y derechos derivados de dicho seguro y contendrá el sometimiento a los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de San Xxxx, renunciando a cualquier jurisdicción que pudiere corresponderle.
- Instituirán al Poder Judicial como Beneficiario
- Deberán ser presentadas con una antelación no menor de tres (3) días hábiles antes de la firma del Acta de Iniciación de los trabajos.
- En el texto deberá indicarse el concepto cubierto por el seguro que se contrata.
- Mantener su vigencia mientras no se extingan las obligaciones cuyo cumplimiento se cubre.
Detalle de Seguros exigidos:
- Seguro por daños a personas y propiedades: El Contratista deberá presentar una póliza de Seguros de Responsabilidad Civil, por los daños y/o lesiones que pudieran ser ocasionados a terceras personas y/o propiedades de terceros con motivo de la ejecución de los trabajos, por un monto de pesos diez millones ($10.000.000) por persona y/o unidad afectada.
ARTÍCULO N° 8: RE-EXPRESION DEL CANON
El canon mensual se establecerá como una obligación de valor en los términos del Art. 772 del
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Código Civil y Comercial de la Nación, y será re-expresado en forma cuatrimestral en virtud de la evolución del valor horario básico correspondiente a la categoría “A”, agrupamiento Maestranza, del Convenio Colectivo de Trabajo N°130/75 de Empleados de Comercio, incluyendo la incidencia de asignaciones extraordinarias no remunerativas.
Al momento que corresponda calcular la re-expresión del canon mensual, el mismo se determinará dividiendo el canon mensual inicial del contrato, en el valor horario básico vigente para la categoría mencionada, a la fecha de apertura de ofertas. El canon re-expresado será tal, que permita la adquisición de esa misma cantidad de horas, al valor horario básico vigente de referencia.
ARTÍCULO Nº 9: SIN EFECTO
Queda sin efecto el Artículo 23° xxx Xxxxxx de Bases y condiciones Generales relacionado con la obligación de los oferentes de presentar muestras y productos cotizados.
Asimismo, se deja sin efecto los Artículos 31, 32 y 33 xxx Xxxxxx de Bases y condiciones Generales relacionado con la obligación de lugar, forma y plazo de entrega.
ARTÍCULO Nº 10: RESPONSABILIDAD DE LA CONTRATISTA
La Contratista, sin desmedro de todas las obligaciones que le caben, tendrá las siguientes responsabilidades:
- La Contratista deberá ser responsable de los daños y/o perjuicios que por causas imputables a ella o a sus dependientes pudieran sufrir los bienes del Comitente, el personal de éste y sus bienes, y/o terceros que circunstancialmente se encuentren bajo su responsabilidad, obligándose a reparar y/o reponer todo lo dañado, entendiéndose por éstos toda propiedad, de naturaleza mueble o inmueble, cualquiera sea el lugar en que se encuentre, que pertenezca al Organismo o sea administrada por éste. Asimismo, será responsable por la desaparición, robo, hurto y daños intencionales y/o accidentales a objetos y/o su personal y/o terceros, debidamente comprobados.
- La Contratista presentará mensualmente una planilla, que tendrá carácter de declaración jurada, en la que constará apellido, nombre, documento de identidad y fotocopias autenticadas de los aportes previsionales, recibo de pago de seguros pertinentes correspondiente al personal que efectuará el servicio, caso contrario no se permitirá el ingreso al lugar de prestación del servicio. El Poder Judicial se reserva el derecho de solicitar a la Contratista certificado de antecedentes de los empleados de la empresa.
- Deberá designar personal de supervisión (Director o Representante Técnico) el que deberá estar visiblemente identificado, el mismo firmará actas, comunicaciones y Libro de Órdenes de Servicio que en caso de ser necesario la Inspección le cursará a la Contratista. Asimismo, deberá tener la suficiente autoridad y facultad resolutiva para cumplimentar de inmediato cualquier requerimiento que le formule la Inspección y/o responsable de edificio.
- Comunicar, con una antelación mínima de cuarenta y ocho (48) horas, la modificación en la situación de revista del personal a su cargo, salvo casos fortuitos que se deberán notificar inmediatamente de producidos.
- Deberá proveer a todo el personal afectado a la prestación del servicio de herramientas y elementos de seguridad a fin de dar cumplimiento a lo establecido por la normativa del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo, sus normas complementarias y correlativas.
ARTÍCULO Nº 11: AMPLIACIÓN O REDUCCIÓN DEL ALCANCE DEL CONTRATO
El comitente se reserva el derecho de ampliar o disminuir el objeto del contrato, en caso de afectación o desafectación de edificios para el funcionamiento de dependencias del Poder Judicial, al mismo precio e iguales condiciones que las contratadas, incrementando o disminuyendo el costo del servicio teniendo en cuenta el precio unitario ofertado, según detalle de la Planilla de Cotización y afectando dicho valor a las nuevas superficies a incorporar o desafectar del servicio.
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