INVITACIÓN PÚBLICA CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA IP-MEN-04-2019
INVITACIÓN PÚBLICA CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA IP-MEN-04-2019
El Ministerio de Educación Nacional (en adelante EL MINISTERIO), en aplicación del artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y el artículo 2.2.1.2.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, invita a los interesados a presentar propuesta para: “PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO TEMPORAL, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL ADECUADA DE RESIDUOS PELIGROSOS Y/O ESPECIALES, GENERADOS POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL”.
Por lo anterior, ponemos a disposición los requerimientos y aspectos técnicos con el fin de que manifiesten su aceptación a los mismos y presenten la propuesta respectiva, para lo cual se deberá tener en cuenta la siguiente:
JUSTIFICACIÓN:
Conforme a las funciones asignadas a la Subdirección de Gestión Administrativa mediante el Decreto 5012 de 2009 en su artículo 37 modificado por el 854 de 2011, numeral 4, le corresponde a esta Subdirección adelantar las actividades tendientes a obtener el buen funcionamiento de la entidad y la prestación de los servicios que contribuyen al mejoramiento de la calidad y el ambiente laboral a través de los procesos registrados en el Sistema Integrado de Gestión – SIG de acuerdo con el procedimiento “PLANIFICAR EJECUTAR Y MONITOREAR CONTROLES OPERACIONALES AMBIENTALES” el cual
incluye el programa ambiental de Gestión Integral de Residuos (Ordinarios, reciclables, peligrosos y/o especiales).
Uno de estos programas corresponde a la Gestión integral de residuos peligrosos, siendo aquellos que en función de sus características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad y patogenicidad pueden presentar riesgo a la salud pública o causar efectos adversos al medio ambiente
–no incluye a los residuos radioactivos ni residuos especiales–. Materiales que no tienen un valor de uso directo razón por la cual son descartados por el Ministerio de Educación Nacional de acuerdo con los programas de Gestión Integral de Residuos, los cuales responden a la necesidad de garantizar el adecuado proceso de recolección, transporte, almacenamiento y disposición final conforme a la normatividad existente, efectuando un énfasis especial en su manejo integral a través de la adopción de todas las medidas necesarias en las actividades de prevención, reducción, separación en la fuente, acopio, almacenamiento, transporte, aprovechamiento y/o valorización, tratamiento y/o disposición final con el propósito de proteger la salud humana y el ambiente contra los efectos nocivos temporales y/o permanentes de los residuos peligrosos que genera en su operación, buscando con ello la consolidación y mejoramiento de la gestión ambiental de la entidad.
Este proceso de disposición de residuos peligrosos producidos por el Ministerio de Educación Nacional, debe realizarse a través de empresas especializadas y debidamente licenciadas por parte de la autoridad ambiental competente en la jurisdicción de Bogotá, con el fin de dar manejo y disposición final técnico y adecuado a los residuos peligrosos que genera el Ministerio de Educación Nacional, catalogados de acuerdo con el Decreto 4741 de 2005 del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial compilado en el Decreto 1076 de 2015 y de acuerdo con el Plan de Manejo de Residuos que tiene éste Ministerio.
La función principal que presenta la disposición de residuos peligrosos es la acción tendiente a reunir productos desechados o descartados por el consumidor al final de su vida útil y que están sujetos a planes de gestión de devolución de productos post consumo en un lugar acondicionado para tal fin, de manera segura y ambientalmente adecuada, a fin de facilitar su recolección y posterior manejo integral, contar con un espacio físico definido y por un tiempo determinado con carácter previo a su aprovechamiento y/o valorización, tratamiento y/o disposición final y recuperar el valor remanente o el
poder calorífico de los materiales que componen los residuos o desechos peligrosos, por medio de la recuperación, el reciclado o la regeneración.
El Ministerio de Educación Nacional como agente generador de Residuos Peligrosos ha identificado y cuantificado los tipos de residuos y cantidad que se generan a lo largo de los últimos años, tal y como se puede evidenciar en los reportes a través de la plataforma virtual del IDEAM, tales como:
ITEM | TIPO DE RESIDUO GENERICO | RESIDUO |
1 | LUMINARIAS | Luminarias |
2 | BALASTROS | Balastos, residuos de iluminación |
3 | TÓNER | Cartuchos, Tóner, Tintas, Cintas de Impresoras |
4 | CD | CDS |
5 | SOLVENTES | Solventes (incluídas pinturas) |
6 | BATERIAS | Pilas y Baterías, fotoceldas de Cadmio, Niquel- Cadmio, Nikel/hidruro metálico, litio, domésticas, de botón, Zn, Li, Mn, Mg, Carbón |
7 | RESIDUOS INCINERABLES | Residuos incinerables (incluidos guantes contaminados, tarros contaminados, residuos contaminantes) |
8 | ELÉCTRICOS | Raees varios |
A continuación, se indican las cantidades de residuo peligroso que ha generado el Ministerio de Educación Nacional en las últimas tres (3) vigencias:
VIGENCIA | 2016 | 2017 | 2018 |
TOTAL REPORTADO* *(En Kilos) | 1.048,8 | 1.752 | 2.732 |
Debido a que el Ministerio de Educación Nacional no cuenta con la infraestructura para realizar la disposición de los residuos peligrosos que produce de forma directa, se hace necesario contratar los servicios requeridos con una persona jurídica (empresas especializadas y debidamente licenciadas por parte de la autoridad ambiental competente en la jurisdicción de Bogotá) que cuente con la respectiva licencia para prestar dicho servicio, expedida por la autoridad ambiental competente en la jurisdicción de Bogotá, con el fin de dar un manejo técnico y adecuado a los residuos peligrosos que genera el Ministerio de Educación Nacional, catalogados en el Decreto 4741 de 2005 del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, especialmente a lo expuesto en el Artículo 10, correspondiente a las obligaciones del Generador de residuos en su literal b), el cual se transcribe a continuación;
”Elaborar un plan de gestión integral de los residuos o desechos peligrosos que genere tendiente a prevenir la generación y reducción en la fuente, así como, minimizar la cantidad y peligrosidad de los mismos. En este plan deberá igualmente documentarse el origen, cantidad, características de peligrosidad y manejo que se de a los residuos o desechos peligrosos. Este plan no requiere ser presentado a la autoridad ambiental, no obstante, lo anterior, deberá estar disponible para cuando ésta realice actividades propias de control y seguimiento ambiental.”.
De acuerdo con lo anterior, las Subdirecciones Administrativa y de Desarrollo Organizacional, adelantaron el proceso de elaboración del Plan Integral de Residuos o Desechos Peligrosos, el cual se encuentra publicado en el Sistema integrado de Gestión el cual menciona:
En su numeral 4.1.5 Alternativas de prevención y minimización:
ACTIVIDAD DE REDUCCIÓN O MINIMIZACIÓN DE RESPEL | ACTIVIDAD | RESPONSABLE | FRECUENCIA |
Disposición de residuos peligrosos | Realizar contrato con empresa autorizada para dar disposición final adecuada de los residuos peligrosos. | Profesional Especializado SGA | Anualmente |
En su numeral 4.2.2. Manejo Interno de Residuos Reciclables y Residuos Peligrosos.
De conformidad con la normatividad Decreto 1076 de 2015 y 1077 de 2015 es obligación del MEN presentar los residuos separados desde la fuente con el fin de ser aprovechados y entregados al gestor de residuos, que será responsable de su recolección, transporte, tratamiento, aprovechamiento y/o disposición final.
Todo lo anterior, conlleva a considerar como fundamental la continuidad de la contratación tendiente a entregar los residuos peligrosos a la empresa acreditada con licencia para la prestación de este servicio pues, de lo contrario, el Ministerio se vería expuesto a perder la certificación ambiental otorgada por el ICONTEC y repercutir negativamente en el ambiente de la ciudad.
Como antecedentes de la contratación de este servicio para satisfacer la necesidad del Ministerio se tiene que:
AÑO | CONTRATISTA | VALOR DEL CONTRATO | # CONTRATO |
2016 | AMBIENTES Y SOLUCIONES SAS | $ 1.418.041 | 1316/2016 |
2017 | AMBIENTES Y SOLUCIONES SAS | $ 2.765.033 | 820/2017 |
2018 | AMBIENTES Y SOLUCIONES SAS | $ 1.700.700 | 982/2018 |
Así las cosas, es procedente adelantar el presente proceso contractual, toda vez que el Ministerio no cuenta con el personal y capacidad técnica para satisfacer la necesidad planteada.
La presente solicitud se encuentra incluida en el plan de compras de EL MINISTERIO, con el código 2019-0008, para la vigencia fiscal 2019, y sustentada la necesidad a través del estudio previo EP-2019- 0870.
OBJETO:
PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO TEMPORAL, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL ADECUADA DE RESIDUOS PELIGROSOS Y/O ESPECIALES, GENERADOS POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.
1. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO:
El alcance del objeto a contratar comprende la recolección, transporte, almacenamiento y disposición final adecuada de residuos peligrosos, que genere el Ministerio de Educación Nacional en el desarrollo de sus actividades, como: residuos eléctricos, electrónicos, computadores, periféricos, residuos de estabilizadores, impresoras, tableros electrónicos, adaptadores, fotocopiadoras, pantallas de computadores, bombillas, luminarias, cartuchos, pilas, baterías, cargadores, celulares y demás residuos especiales y/o peligros que se lleguen a generar conforme a los indicado en el Plan de Gestión Integral de Residuos adoptado por EL MINISTERIO.
Dando cumplimiento a lo establecido por el numeral 2.2.1.2.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015 y el Manual para la Selección de Mínima Cuantía de Colombia Compra eficiente literal B invitación a participar, el objeto se encuentra relacionado hasta el cuarto nivel clasificador de bienes y servicios de la siguiente forma:
GRUPO | SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | PRODUCTO |
(F) Servicios | (76) Servicios de limpieza, descontaminación y tratamiento de Residuos | (12) Eliminación y Tratamiento de Desechos | (15) Recolección y disposición de basuras | (01) Recolección o destrucción o transformación o eliminación de basuras |
(F) Servicios | (76) Servicios de limpieza, descontaminación y tratamiento de Residuos | (12) Eliminación y Tratamiento de Desechos | (19) Disposición de desechos peligrosos | N/A |
(F) Servicios | (76) Servicios de limpieza, descontaminación y tratamiento de Residuos | (12) Eliminación y Tratamiento de Desechos | (20) Servicios de basureros | (03) Incineración para residuos peligrosos |
(F) Servicios | (76) Servicios de limpieza, descontaminación y tratamiento de Residuos | (12) Eliminación y Tratamiento de Desechos | (22) Servicios de incineración de desechos | N/A |
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA SELECCIÓN
Atendiendo al objeto y a la cuantía del proceso, la cual no supera el 10% de la menor cuantía de la entidad para contratar, se empleará la Modalidad de Contratación de Mínima Cuantía, conforme a lo estipulado en el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, en concordancia con el artículo 2.2.1.2.1.5.1 y
subsiguientes del Decreto 1082 de 2015.
3. PUBLICIDAD DE LA INVITACIÓN PÚBLICA
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, la presente Invitación Pública se publicará en la página del SECOP II
xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx a partir de la fecha indicada en el cronograma del proceso.
4. ASPECTOS TÉCNICOS Y OBLIGACIONES:
El proponente deberá estar en capacidad de cumplir con las condiciones técnicas y obligaciones en caso de ser seleccionado:
4.1 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA:
1. Acopiar, transportar, almacenar temporalmente, tratar y disponer adecuadamente los residuos peligrosos generados por EL MINISTERIO, de conformidad con la normatividad vigente.
2. Hacer entrega a EL MINISTERIO de las fichas técnicas que corresponden al manejo integral de los diferentes residuos generados por la Entidad, una vez se efectué la suscripción del Acta de Inicio.
3. Retirar los residuos peligrosos, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Gestión Integral de Residuos” de EL MINISTERIO.
4. Hacer entrega al MINISTERIO del manifiesto de recolección de residuos generado por la entidad indicando, fecha de recolección, tipo de residuo, cantidad y/o peso.
5. Hacer entrega de las respectivas actas de transporte, almacenamiento, tratamiento y disposición final de conformidad al Decreto 1076 de 2015 en su artículo 2.2.6.1.3.7.
6. Realizar la recolección y transporte en vehículos que cuenten con las características mínimas establecidas en el Decreto 1079 de 2019 y demás normas complementarias.
7. Atender en menos de 48 horas hábiles, las solicitudes eventuales e imprevistas que se presenten.
8. Mantener vigentes las licencias, permisos, concesiones y otras autorizaciones requeridas por la legislación Nacional y por las autoridades del Distrito Capital, en materia ambiental para poder ejecutar el contrato y acreditarlas mediante la entrega de una copia del documento idóneo que así lo evidencie, según lo establecido en el Decreto 2820 de 2010.
9. Asesorar a EL MINISTERIO en el cumplimiento de las normas acerca de la disposición de residuos peligrosos.
10. Aplicar lo estipulado en la Ley 1672 del 19 de julio de 2013, por la cual se establecen los lineamientos para la adopción de una política pública de Gestión Integral de Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. En caso de transporte transfronterizo de residuos, disposición, tratamiento, almacenamiento y/o eliminación de residuos, el Contratista deberá suscribir con las empresas internacionales, los contratos de prestación de dichos servicios, con los respectivos formularios de recepción y movimiento de desechos peligrosos, que deben ser presentados ante la autoridad ambiental competente, de conformidad con la normatividad que regula la materia. Este trámite se realizará para cada uno de los tipos de residuos transportados, dispuestos, tratados, almacenados fuera del país y su duración dependerá de las autorizaciones expedidas por los países de tránsito y del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial; para los efectos pertinentes el contratista deberá remitir a EL MINISTERIO copia de la documentación que se genere con ocasión de dicha actividad.
11. Exigir al conductor que transporta las sustancias e insumos o el residuo, el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Decreto 1076 de 2015.
12. Cumplir con el plazo establecido para la recolección de los residuos, de acuerdo con el procedimiento interno.
13. Garantizar que el personal que realice la labor de recolección en las instalaciones de EL MINISTERIO cumpla con la normatividad vigente que regula la de seguridad industrial y salud
ocupacional correspondiente.
14. Coordinar con el supervisor del contrato por parte de EL MINISTERIO, la programación de capacitaciones relacionadas con el control operacional ambiental y el posible impacto ambiental que genera las actividades del contrato
15. Cumplir con todos y cada uno de los lineamientos establecidos en la Ley 142 de 1994 y sus demás Decretos Reglamentarios y/o Modificatorios.
Parágrafo. - Si la disposición final es realizada por un tercero se entregará una copia de la licencia aplicable y vigente que autoriza al tercero para dicha labor. La constancia de disposición final en este caso debe indicar como mínimo la razón social xxx xxxxxxx, tipo de residuos peligrosos, cantidad, fecha y método de tratamiento, disposición y/o tratamiento dado a cada uno de los tipos de materiales y vigencia.
GENERALES DEL CONTRATISTA:
1. Acatar la Constitución Política, la Ley, los principios de la contratación estatal y las demás normas concordantes y complementarias.
2. Asumir la responsabilidad de todas las actividades relativas a la ejecución de las obligaciones establecidas en este contrato.
3. Participar en las reuniones que sean convocadas por la supervisión, relacionadas con la ejecución del contrato.
4. Colaborar en el suministro y respuesta de la información correspondiente a los requerimientos efectuados por los organismos de control del Estado Colombiano o cualquier otra autoridad, en relación con la ejecución, desarrollo o implementación del contrato y de asuntos relacionados con el mismo.
5. Solicitar autorización escrita de EL MINISTERIO para utilizar el nombre, emblema o sello oficial con fines publicitarios o ajenos a los establecidos en los lineamientos de EL MINISTERIO.
6. Cumplir con las normas reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de EL MINISTERIO, según la normatividad vigente.
7. Mantener actualizados los sistemas de información sobre los cuales se le haya asignado usuario y contraseña durante la ejecución del contrato y entregar al supervisor las evidencias del estado en que se encuentre, en los informes de ejecución contractual parcial o final.
8. EL CONTRATISTA se obliga a no subcontratar las actividades propias del objeto contractual, salvo, que dentro del desarrollo de la propuesta se haya previsto disponer de recurso humano, para lo cual deberá tener en cuenta que no podrá vincular menores de edad, dando aplicación a la Resolución No. 1677 de 2008 del Ministerio de Protección Social y los Pactos, Convenios y Convenciones Internacionales ratificados por Colombia, sobre los derechos de los niños.
4.2 OBLIGACIONES DE EL MINISTERIO:
1. Exigir la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato.
2. Designar al supervisor del contrato.
3. Certificar y efectuar los pagos causados por EL CONTRATISTA.
4. Entregar la información requerida para el cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA, siempre y cuando no sea obligación de este.
5. Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias a que hubiere lugar.
6. Presentar al contratista a través del supervisor las sugerencias y observaciones sobre el trabajo a realizar para que se satisfaga la necesidad del MINISTERIO y el objeto de la contratación.
7. Todas las demás que resulten necesarias e indispensables para el cabal cumplimiento de los fines del contrato.
5. PLAZO, DOMICILIO CONTRACTUAL Y LUGAR DE EJECUCIÓN:
El PLAZO de ejecución del contrato será a partir de la suscripción del acta de inicio y hasta el 31 de
diciembre de 2019, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
Domicilio contractual: Ciudad de Bogotá D.C.
Lugar de ejecución: En todas las sedes donde se encuentra ubicado el Ministerio de Educación Nacional, actualmente Xxxxx 00 Xx 00-00 CAN (Sede principal), Xxxxxxx Xx Xxxxxx Xx. 00-00 xxxx 00 Torre 1 (Edificio Elemento) ciudad de Bogotá D.C, y las demás que llegase a tener.
6. PRESUPUESTO OFICIAL DE LA CONTRATACIÓN Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
El valor estimado del contrato asciende hasta la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($3.500.000) que incluye todos los costos y gastos directos e indirectos en que deba incurrir el contratista para ejecutar el objeto contractual, se aclara que el servicio se encuentra excluido del Iva (numeral 14.2 del artículo 14 de la Ley 142 de 1994).
El Ministerio adjudicará el contrato por el valor total del presupuesto oficial y su ejecución se realizará, de conformidad con las necesidades de tratamiento de residuos peligrosos a los valores unitarios finales ofertados por el proponente seleccionado.
Es preciso indicar, que los oferentes deberán cotizar cada uno de los ITEMS, sin superar, en ningún caso, el valor techo unitario establecido para cada ítem, so pena de ser RECHAZADA ECONOMICAMENTE la propuesta.
En consecuencia, para determinar el menor valor de la oferta, se realizará la sumatoria de todos los valores unitarios-ítems objeto de cotización, este proceso se llevará a cabo con todas y cada una de las ofertas recibidas, de los valores finales obtenidos para cada oferta, será seleccionada el menor valor de estás.
De conformidad con el análisis de precios unitarios elaborado por la Entidad, en la tabla a continuación se relacionan los precios techos Unitarios para cada uno de los ítems objeto de la presente contratación:
ITEM | TIPO DE RESIDUO GENERICO | RESIDUO | Valor precio techo unitario por kilo |
1 | LUMINARIAS | Luminarias, etc | $ 930 |
2 | BALASTROS | Balastros, etc | $ 1.491 |
3 | TÓNER | Cartuchos, Tóner, Tintas, Cintas de Impresoras, etc | $ 1.598 |
4 | CD | CD´S, etc | $ 1.784 |
5 | SOLVENTES | Incluídas pinturas, etc | $ 1.831 |
6 | BATERIAS | Pilas y Baterías, fotoceldas de Cadmio, Niquel-Cadmio, Nikel/hidruro metálico, litio, domésticas, de botón, Zn, Li, Mn, Mg, Carbón | $ 1.695 |
7 | RESIDUOS INCINERABLES | Incluídos guantes contaminados, tarros contaminados, residuos contaminantes, aserrin etc. | $ 1.988 |
8 | ELÉCTRICOS | Raees varios, etc | $ 1.648 |
Total precios unitarios por Kg | $ 12.965 |
7. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
El valor de la orden de aceptación de oferta se cancelará con cargo al siguiente certificado de disponibilidad presupuestal CDP 126519 del 16/04/2019 Unidad ejecutora: 22-01-01. Posición Catálogo del Gasto: A-02-02-02-009. Fuente: Nación. Recurso: 16. SSF. Por valor de $3.500.000, los cuales se comprometerán en su totalidad para la presente contratación.
8. FORMA DE PAGO
El valor de la orden de aceptación de la oferta (contrato) será pagado por EL MINISTERIO, de la siguiente forma:
El valor de la orden de aceptación de oferta se cancelará en dos pagos, el primer pago en julio y el último pago en diciembre de 2019, cada pago será conforme a un valor equivalente al número de kilos de residuos efectivamente recolectados en el centro de acopio de EL MINISTERIO, transportados, almacenados, junto con la expedición del certificado de disposición final del responsable, según el precio por kilo ofertado en la propuesta económica de EL CONTRATISTA.
Para cada uno de los pagos se requiere la presentación de la factura correspondiente, la certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el supervisor de la orden de aceptación de la oferta, y la constancia o certificación de pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral en salud y pensiones, ARL y de aportes parafiscales (SENA, ICBF y Caja de Compensación Familiar) o certificación respectiva expedida por el Revisor Fiscal, según sea el caso. Todo pago está sujeto a la disposición de la programación anual mensualizada PAC de EL MINISTERIO.
9. CRONOGRAMA DEL PROCESO
A continuación se presenta un cronograma en el cual se resumen los hitos de mayor importancia de este proceso:
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR |
Publicación invitación pública | 11 xx xxxxx de 2019 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Plazo máximo para observar | 00 xx xxxxx 0000 hasta las 5:00 p.m. | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Plazo máximo para responder las observaciones | 17 xx xxxxx de 2019 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Plazo máximo para Adendas | 17 xx xxxxx de 2019 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Presentación de propuestas (cierre) | 19 xx xxxxx de 2019, hasta las 10:00 A.M | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Verificación requisitos Evaluación de las ofertas | 20 xx xxxxx de 2019 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Publicación informe de verificación de requisitos habilitantes | 21 xx xxxxx de 2019 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Traslado del informe de evaluación, presentación de observaciones y periodo para subsanar | 25 xx xxxxx de 2019, hasta las 5:00 PM | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
i. Publicación | Hasta el 26 de | Página del SECOP II |
respuesta a observaciones y aceptación de la oferta o; ii. Declaratoria de desierta | junio de 2019 | |
Entrega de garantías | Hasta el 27 xx xxxxx de 2019 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Aprobación de garantías | Hasta el 28 xx xxxxx de 2019 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
NOTA: En caso de requerirse nuevas fechas dentro del cronograma por el no cumplimiento de los requisitos por parte de los proponentes, se harán las modificaciones mediante adenda a través de la plataforma SECOP II.
10. CAUSALES DE RECHAZO TOTAL DE LAS PROPUESTAS
En la verificación de requisitos se tendrán en cuenta las siguientes causales de rechazo:
a) Cuando la propuesta no sea presentada a través de la plataforma del SECOP II o se registre de forma diferente a lo establecido en los manuales, guías de uso y en general, acorde a sus términos y condiciones, salvo que deba aplicarse el protocolo de indisponibilidad establecido por Colombia Compra Eficiente y se llegare a certificar una indisponibilidad de la plataforma al momento de presentar ofertas y se cumpla con lo expresamente dispuesto en dicho protocolo.
b) Cuando el proponente no cumpla los requisitos de habilitación oportunamente, una vez EL MINISTERIO haya solicitado subsanarlos cuando a ello hubiere lugar, o desatienda los aspectos sustanciales del requerimiento.
c) Cuando la oferta no contenga la propuesta económica.
d) Cuando el valor de la propuesta económica presentada o el valor de alguno de los ítem que la componen, supere el presupuesto oficial respectivo, establecido en los estudios previos y en la presente invitación en la parte denominada PRESUPUESTO OFICIAL DE LA CONTRATACIÓN Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL, o se encuentre en contravia de lo establecido en las notas desarrolladas en la parte denominada oferta económica de la presente invitación.
e) Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Ley.
f) Cuando le sobrevengan al proponente o uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, circunstancias que impidan legalmente adjudicarle el contrato.
g) Cuando existan o se compruebe que varias propuestas son elaboradas por el mismo proponente o uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal bajo el mismo nombre o nombres diferentes.
h) Cuando un proponente o alguno de los miembros del consorcio o de la unión temporal tenga intereses patrimoniales en otra persona jurídica que concurse, es decir, cuando se trate de propuestas que correspondan a sociedades que tengan socios comunes, excepto cuando se trate de sociedades anónimas abiertas.
i) Cuando el proponente induzca a error a la administración. Así mismo cuando se presenten inconsistencias o inconformidades entre la información o documentación allegada por el proponente y lo verificado por EL MINISTERIO, sin perjuicio del aviso a las autoridades competentes o las acciones legales que puedan iniciarse por este hecho.
j) Cuando se determine con la información al alcance que el valor de la oferta de menor precio resulta artificialmente baja, previo el agotamiento del procedimiento establecido.
k) Las demás previstas en los términos de la invitación y la Ley.
11. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección podrá declararse desierto en los siguientes casos:
1. Cuando ninguna de las propuestas cumpla con los requerimientos de la Invitación Pública.
2. Cuando no se presente ninguna propuesta.
3. Cuando se presenten motivos que impidan la escogencia objetiva.
En todos los casos la declaratoria de desierto deberá hacerse mediante resolución motivada.
12. VIGENCIA Y FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
La propuesta deberá ser presentada antes de la hora y fecha señaladas en el cronograma del proceso en la pagina del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx, link IP.MEN-04-2019.
La propuesta técnica, económica, los requisitos habilitantes y documentos que se deben anexar de acuerdo con la presente invitación, se deben adjuntar en medio magnetico la documentación completa en la pagina del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx, link IP.MEN-04-2019.
Los documentos deberan ser cargados por parte del proponente en la pagina del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx, link IP.MEN-04-2019, en el orden en que se relacionan en la presente invitación y en el cuestionario del proceso que se efectuará en la plataforma del SECOP II.
13. REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES
De conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011 y el Decreto 1082 de 2015, podrán participar en el presente proceso de selección las personas naturales o jurídicas, individualmente o asociadas en consorcio o unión temporal, nacionales o extranjeras, que no estén incursas en prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar, señaladas por la constitución y la Ley, que dentro de su actividad comercial u objeto social cuente con capacidad estatutaria para presentar oferta y para desarrollar la actividad a contratar, y que presenten la propuesta de acuerdo con las condiciones sustanciales establecidas.
FACTORES DE SELECCIÓN:
De acuerdo a lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, la entidad establecerá en la invitación los requisitos mínimos habilitantes que serán verificados únicamente al oferente con el precio más bajo total en su oferta, siempre que se encuentren en condiciones xx xxxxxxx y satisfaga las necesidades de la entidad. En caso de existir dos o más ofertas con empate a menor precio, se verificarán los requisitos mínimos habilitantes según el orden de entrega de las mismas.
Una vez se establezca cuál es la propuesta con el precio más bajo, se procederá a verificar el cumplimiento de los requisitos habilitantes jurídicos y técnicos establecidos en la invitación. En caso de que este no cumpla con los mismos, procederá la verificación del proponente ubicado en segundo lugar y así sucesivamente. De no lograrse la habilitación, se declarará desierto el proceso.
N° | FACTORES DE VERIFICACIÓN | |
1. | CAPACIDAD JURÍDICA | Cumple/No cumple |
2. | CAPACIDAD TÉCNICA | Cumple/No cumple |
El factor de selección es el menor precio de la oferta habilitada, siempre que cumpla con los requisitos técnicos de conformidad con lo establecido en el artículo 94 literal A de la Ley 1474 de 2011.
Serán requisitos habilitantes:
• La capacidad jurídica del proponente.
• La capacidad técnica del proponente.
• No se verificará la capacidad financiera del proponente.
• Tampoco se verificará la clasificación y calificación en el RUP según lo normado por el artículo 6° de la Ley 1150 de 2007
Se realizará la verificación de los requisitos habilitantes exclusivamente a la propuesta con el precio más bajo. En caso de que este no cumpla con los mismos, procederá la verificación de la propuesta ubicada en segundo lugar en cuanto a orden descendente del precio y así sucesivamente.
13.1 CAPACIDAD JURIDICA
En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; consorcios, uniones temporales, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse.
La duración de las personas jurídicas, asociaciones en consorcio o unión temporal debe ser por lo menos por el plazo del contrato y tres (3) años.
El Ministerio de Educación Nacional revisará que los proponentes no se encuentren incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales
El análisis de los documentos solicitados no da derecho a asignación de puntaje, pero conducirá a determinar si el proponente CUMPLE o NO CUMPLE con las condiciones para participar. Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal, verificando su estricto cumplimiento. Para el efecto se verificarán los siguientes documentos:
a) Carta de Presentación de la Propuesta:
El Proponente aportará una carta de presentación de la propuesta debidamente firmada, en la cual se destaque la identificación clara del sujeto jurídico que hace la oferta, el cual debe corresponder al usuario del proponente; el ofrecimiento incondicional de celebrar el contrato propuesto; y la manifestación y el compromiso de acoger y respetar las reglas del proceso de selección. Esta deberá estar suscrita por el interesado que será la persona natural o el representante legal para personas jurídicas, del consorcio o unión temporal, o por el apoderado debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el poder donde se especifique que se otorga para presentar la carta de presentación y la oferta.
Para facilitar este trámite la invitación dispondrá del anexo para tal fin. El contenido de dicho documento podrá ser variado a criterio de los proponentes, siempre y cuando conserve sus elementos esenciales. El proponente NO podrá señalar condiciones diferentes a las establecidas en el pliego de condiciones.
El proponente persona natural, jurídica o proponente plural deberá conocer y se responsabiliza por su capacitación en el manejo de la plataforma de SECOP II, y conocimiento de la presentación de la propuesta de conformidad con las capacitaciones que brinda Colombia Compra Eficiente y de las Guías expedidas por dicha entidad.
b) Certificado de Existencia y Representación Legal y/o Documento Legal Idóneo:
El proponente (Persona Xxxxxxxx) deberá presentar el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio del domicilio principal o por la autoridad competente que certifique de acuerdo con la naturaleza del proponente; expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha fijada para el cierre del proceso, donde conste que de acuerdo con su objeto social guarda relación con el objeto del contrato, y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar y ejecutar contratos.
Además, deberá indicar la duración de la sociedad, la cual no podrá ser inferior a la vigencia del contrato
y tres (3) años más.
En caso de consorcio o unión temporal (personas jurídicas), cada uno de los integrantes deberá presentar este certificado con los requerimientos establecidos anteriormente.
Si se trata de un proponente persona natural singular y los miembros del proponente Plural (personas naturales), deberán anexar copia de la cédula de ciudadanía o Certificado de Matricula Mercantil del establecimiento de comercio, según el caso.
En caso de personas naturales que no estén obligadas a inscribirse en el registro mercantil, como es el caso de las profesiones liberales, no deberán acreditar tal requisito.
Si la oferta se presenta a nombre de una Sucursal se deberá anexar los Certificados tanto de la Sucursal como de la Casa Principal.
Si el proponente es persona jurídica que legalmente no está obligada a registrarse en la Cámara de Comercio, deberá allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y representación o reconocimiento de personería jurídica, con fecha de expedición no mayor a (30) días calendario al cierre del proceso contractual.
Cuando el proponente fuere una persona jurídica sin ánimo de lucro domiciliada en Bogotá, D.C., el Ministerio verificará en la plataforma de Sistemas de Información Personas Jurídicas secretaría jurídica de Bogotá, si la PJ se encuentra activa, en caso de que no esté allí registrada deberá aportar el Certificado de inspección, vigilancia y control, con vigencia no mayor a 30 días calendario al cierre del proceso, expedido por la Subdirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Personas Jurídicas, sin ánimo de lucro - Superpersonas Jurídicas y/o la Entidad que ejerza el control y vigilancia, en el cual conste que la sociedad puede ejercer su objeto social, cumple con los requisitos exigidos y no tiene sanciones o límites a su ejercicio social. Así mismo, su objeto social debe corresponder al objeto del presente proceso de selección o actividades afines.
c) Autorización para Contratar:
En caso de existir limitaciones en las facultades del representante legal señaladas en los estatutos, el Proponente deberá anexar copia del Acta de Junta de Socios o Junta Directiva, u órgano competente, según el caso, donde se le autorice para comprometer a la sociedad en la contratación y suscribir los documentos que se requieran en su desarrollo y para constituir el consorcio o la unión temporal, si a ello hubiere lugar.
d) Fotocopia del documento de identificación:
Presentar Fotocopia del documento de identidad del representante legal y/o del apoderado.
e) Poder cuando la propuesta se presente por intermedio de un apoderado:
Cuando el oferente actúe a través de un representante o apoderado deberá acreditar, mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo.
f) Apoderado para oferentes extranjeros:
Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los
oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
• Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar la constitución de un apoderado (Poder Especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.
• Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al castellano, debe presentarse en su lengua original junto con la traducción al castellano. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación. En lo no previsto aquí expresamente, se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.
• El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de certificarla deberá adjuntar la certificación respectiva que deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al castellano, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción correspondiente.
En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos del Código de Comercio, de acuerdo con lo señalado en los artículos 471 y 474 del citado Código.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 874 del Código de Comercio, en concordancia con el Artículo 28 de la Ley 9 de 1991, el artículo 3 del Decreto 1735 de 1993 y la Resolución No. 8 de 2000, modificada por la Resolución 6 de 2006, emanada del Banco de la República, el valor en pesos colombianos del contrato o contratos celebrados en moneda distinta será el de la fecha de su suscripción o firma, de acuerdo con la tasa de cambio oficial que indique el Banco de la República.
g) Documento de Conformación del Consorcio o Unión Temporal, si es la condición del oferente:
Los proponentes que se presenten bajo una de estas modalidades deberán presentar el documento que acredite la conformación del Consorcio o Unión Temporal con el lleno de los requisitos exigidos por el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993.
En el documento de constitución deberá constar la siguiente información:
• Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal.
• En caso de unión temporal deberán señalar los términos y porcentaje de su participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de EL MINISTERIO.
• Designar la persona que para todos los efectos representará el Consorcio o a la Unión Temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad.
• Indicar el término de duración del Consorcio o Unión temporal, el cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.
En los casos en que se conformen sociedades bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley con el único objeto de presentar una propuesta, celebrar y ejecutar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirá por las disposiciones previstas en la ley para los consorcios, por lo tanto, en caso de uniones temporales es obligatorio señalar los términos y porcentaje de participación de cada integrante en la propuesta y en la ejecución del contrato, so pena de ser tomada como consorcio.
Nota 1. Los proponentes que se presenten bajo la modalidad de proponente plural deberán dar cumplimiento a las guías de Colombia Compra Eficiente que establecen el procedimiento y paso a paso para crear la unión temporal o consorcio en la plataforma del SECOP II y la forma de presentar propuestas y observaciones bajo alguna de las citadas modalidades.
Nota 2. Para poderse presentar como proponente plural para el presente proceso, es necesario estar registrado previamente como unión temporal o consorcio en el SECOP II. Es obligatorio que el nombre con el cual participan como proponente plural sea el mismo con el cual están registrados en el SECOP II al momento de presentar la propuesta.
h) Certificación sobre el cumplimiento de las obligaciones parafiscales y de seguridad social:
De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, Ley 1150 de 2007 y Ley 1562 de 2012, a la fecha del cierre del proceso de selección, el oferente deberá aportar certificación del cumplimiento de sus obligaciones y pago de aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, o CREE, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o en su defecto por el representante legal, la cual en todo caso, acreditará el cumplimiento de la obligación como mínimo en los seis (6) meses anteriores a la presentación de la oferta, con el fin de dar cumplimiento al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
Si se trata de un consorcio o unión temporal, se deberá allegar la certificación de cumplimiento antes mencionada para cada uno de los miembros. Las personas naturales únicamente deberán presentar copia de las planillas de pago unificadas en el mes inmediatamente anterior de los aportes los sistemas de seguridad social y aportes parafiscales.
Cuando el proponente sea persona natural, deberá acreditar los documentos de afiliación al Sistema Integral de Seguridad Social, anexando copia del pago y planilla donde se relacionen los conceptos cancelados, realizado en el mes inmediatamente anterior a la fecha del cierre del plazo para presentar las ofertas
Para el caso en que el Oferente tenga un acuerdo de pago vigente, deberá certificar que se encuentra al día con los pagos acordados en el mismo, al mes anterior al cierre.
Nota: Junto con la certificación deberá anexarse copia del documento de identificación del revisor fiscal o contador y certificación de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores, certificación que debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de la oferta (no mayor a 3 meses).
i) Registro Único Tributario – RUT:
Con el fin de conocer el régimen Tributario a que pertenece el proponente, deberá presentarse con la propuesta, copia del Registro Único Tributario, expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales, donde aparezca claramente el NIT del proponente. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar este documento.
Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia y las personas naturales sin domicilio en Colombia, no deben presentar el Registro Único Tributario (RUT), toda vez que en él se deben inscribir toda persona natural o jurídica que deba cumplir obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia o una persona natural sin domicilio en Colombia, ésta deberá inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT).
j) Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades:
El Ministerio de Educación Nacional consultará en la página web de la Procuraduría General de la Nación, los antecedentes disciplinarios del proponente, y en la página web de la Contraloría General de la República el Boletín de Responsables Fiscales, así como los antecedentes penales y de multas por contravenciones (Consultar en: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/XXX/xxx_xxx_xxxxxxxx.xxxx), en la página web de la Policía Nacional.
k) Compromiso Anticorrupción:
El proponente deberá seleccionar su Compromiso Anticorrupción contenido en el cuestionario de la plataforma del Secop II en donde manifiesten su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado Colombiano contra la corrupción así.
1. Apoyamos la acción del Estado colombiano y del Ministerio de Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
2. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación.
3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero.
4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el proceso de contratación.
5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia.
6. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores.
7. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción.
Si se comprueba el incumplimiento, frente a este compromiso, por parte del oferente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el proceso de contratación actúe en su nombre, habrá causal suficiente para el rechazo de la oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
No se requiere presentar formato alguno solo leer el documento anticorrupción y expresar la manifestación en el cuestionario de la plataforma por parte del proponente que presente oferta.
NOTAS A LOS DOCUMENTOS JURÍDICOS
NOTA 1: En caso de unión temporal o consorcio, cada integrante deberá presentar las anteriores certificaciones o documentos, con excepción de los requisitos señalados en los literales a), g) y k) que serán suscritos o presentados únicamente por el representante legal designado para la unión temporal o consorcio.
NOTA 2: El no cumplimiento de los requerimientos de carácter jurídico por parte de los proponentes, dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
13.2 CAPACIDAD TÉCNICA:
La capacidad técnica del proponente será determinada con base en lo requerido en la Invitación Pública. La verificación de la capacidad técnica no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con lo requerido.
13.2.1 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE: (CUMPLE/NO CUMPLE)
Experiencia mínima habilitante:
El proponente persona natural o jurídica, en consorcio o unión temporal deberá acreditar su experiencia mediante la presentación de máximo tres (3) certificaciones de tres (3) contratos, ejecutados y terminados al 100% antes de la fecha de cierre del proceso, cuyo valor debe ser igual o superior al presupuesto establecido para la presente contratación y cuyo objeto o alcance u obligaciones especificaciones técnicas comprenda:
LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA EL MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS EN CADA UNO DE LOS SIGUIENTES TRES COMPONENTES:
1. ACOPIO Y/O RECOLECCIÓN Y/O TRANSPORTE
2. APROVECHAMIENTO Y/O VALORIZACIÓN Y/O TRATAMIENTO
3. DISPOSICIÓN FINAL.
NOTA 1: En caso de que un proponente adjunte certificaciones en las cuales se acrediten varios contratos, deberá indicar en el FORMATO DE EXPERIENCIA con cuales contratos soporta la experiencia requerida, en caso de no hacerlo, el Ministerio tomará en cuenta UNICAMENTE los tres primeros, de la primera certificación aportada y sucesivamente.
NOTA 2: La sumatoria de los valores finales de los contratos certificados deberá ser igual o superior al valor del presupuesto oficial del presente proceso.
Para acreditarlo podrá hacerlo en sumatoria con las certificaciones aportadas y validadas conforme a la nota 1.
NOTA 3: Cada certificación allegada para acreditar este factor, deberá contener al menos uno de los 3 componentes relacionados. La acreditación de los tres componentes en mención podrá ser soportada en sumatoria con las certificaciones de experiencia validadas conforme a la nota 1.
Serán válidos los sinónimos o tipos técnicos conforme al Decreto 1076 de 2016, especialmente lo indicado en el título 6 - Residuos Peligrosos
13.2.2 PROPONENTE PLURAL (CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL)
La acreditación de experiencia se efectuará en las mismas condiciones anotadas para el proponente singular, los proponentes que se presenten bajo alguna de estas modalidades deberán acreditar la experiencia en conjunto, hasta el número de certificaciones de contratos requeridos al proponente singular.
Igualmente, los contratos deben acreditarse en la vigencia requerida, deben estar ejecutados y terminados al 100%, y la sumatoria de sus valores debe ser igual o superior al presupuesto oficial establecido para el presente proceso, en las condiciones dadas para los oferentes, personas singulares.
NOTAS COMUNES A LA EXPERIENCIA:
1. El Ministerio se reserva el derecho a verificar, cuando lo considere necesario, la información que suministren los oferentes sobre su experiencia.
2. Las certificaciones presentadas deberán aludir mínimo, la siguiente información:
• Nombre de la empresa Contratante
• Nombre del Contratista
• Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe señalar el nombre de quienes lo conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
• Objeto del contrato
• Fecha de suscripción y fecha de terminación o plazo
• Valor del contrato y de las adiciones, si las hubo.
• Certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el funcionario competente o fecha de la expedición de certificación la cual debe registrar con posterioridad a la fecha de terminación del contrato certificado.
• Cargo o dependencia y firma o sello de quien expide la certificación.
3. En el evento que las certificaciones no contengan la información que permita su verificación, el proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soporte que sean del caso, que permita tomar la información que falte en la certificación.
4. Cada contrato acreditado se analizará por separado, en caso de presentar certificaciones que incluyan modificaciones al contrato principal en cuanto a su contenido, el valor adicionado o reducido se sumará o restará al valor del contrato u orden principal, quedando esta como una sola certificación.
5. No serán válidas las certificaciones expedidas por grupos empresariales o empresas en situación de control, expedidas desde casa matriz o empresa controlante a sucursal, filial, subsidiaria, asociada o controlada. Para aportar a la oferta certificaciones de contratos ejecutados entre empresas de un mismo grupo o en situación de control, la certificación deberá estar firmada por el representante legal del cliente final o persona facultada, para ser calificada como válida.
7. No se tendrán en cuenta para la acreditación de la experiencia los contratos ejecutados bajo la modalidad de subcontratación, salvo que se trate del manejo que se hace para la disposición final por parte de un tercero de debidamente autorizado y/o licenciado para tal efecto.
8. No se aceptarán auto certificaciones.
9. Cuando los contratos para acreditar experiencia hayan sido celebrados con el Ministerio, en aplicación del Decreto Ley 19 de 2012, no será necesaria la presentación de certificaciones en la propuesta, caso en el cual será verificada internamente por el Comité Evaluador. Sin embargo, deberán relacionarse en el respectivo FORMATO DE EXPERIENCIA que se adjunta con el presente proceso.
13.2.3 LICENCIA AMBIENTAL
El proponente deberá aportar con su oferta, copia de la licencia ambiental vigente expedida por la Secretaria Distrital de Ambiente, a través del Director de Control Ambiental, en cumplimiento a las obligaciones atribuidas mediante el Decreto 109 de 2009 el cual fue modificado mediante Decreto 175 de 2009 conforme a lo señalado en su artículo 2) o por la Corporación Autónoma Regional de conformidad a lo establecido por el Decreto 2820 de 2010, articulo 8, numeral 9 y articulo 9 numeral 10 respectivamente.
En dicha licencia ambiental será posible observar de manera detallada, la discriminación de los residuos peligrosos autorizados para disposición final en atención al Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005, el cual se encuentra desarrollado parcialmente mediante Resolución 0000 xx xxxxx 00 xx 0000, xxx xxxxxx se encuentran compilados en el Decreto 1076 de 2015 por medio del cual se expide el Decreto Único
Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible; y demás normas que la modifiquen, sustituyan o complementen.
NOTA: El proponente y el tercero (en caso de aplicar) deberán estar autorizados ante la entidad competente ya sea la Secretaria Distrital de Ambiente - SDA o la Corporación Autónoma Regional - CAR para prestar los servicios de acopio, transporte, almacenamiento, tratamiento y disposición final de residuos conforme a lo establecido por el Decreto 4741 de 2005, mediante el cual se reglamentó parcialmente la Ley 430 de 1998, Artículo 38. En caso de no cumplir con todos los servicios requeridos será una causal de rechazo de la oferta.
Los documentos adjuntos deben ser totalmente legibles
13.2.4 REGISTRO ÚNICO DE PRESTADORES DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA SUPERSERVICIOS:
Si el oferente presta el servicio de disposición final directamente, debe certificarlo presentando la constancia del Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos de la Superservicios, en el cual se debe evidenciar que se encuentra autorizado para dicha prestación.
Si la disposición final es realizada a través de un tercero, el proponente entregará una copia de los permisos, licencias o autorizaciones de carácter ambiental requeridas por la normatividad vigente aplicable, que autoriza al tercero para dicha labor a disponer adecuadamente y los métodos del tratamiento, manejo y disposición final dados a cada uno de los tipos de materiales. El Tercero deberá acreditar la autorización por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial para atender el servicio.
El proponente deberá entregar copia del contrato y/o alianza comercial mediante el cual, se acredite la relación jurídico negocial efectuada con el tercero, junto a todos los soportes necesarios que acrediten su razón social, ID del tipo de residuos peligrosos a manejar, así mismo, en su oferta debe manifestar bajo la gravedad de juramento que se compromete a tenerlas vigentes durante la ejecución de su contrato.
13.2.5 CERTIFICADO DE CURSO BÁSICO CONDUCCIÓN
El oferente deberá acreditar que los conductores que transportarán los residuos peligrosos cuentan con la certificación de capacitación (Certificado de curso básico obligatorio emitido por instituciones de educación superior, el SENA, o instituciones para el trabajo y desarrollo humano legalmente constituidas) para los conductores de los vehículos que transportarán los residuos generados por la entidad.
El curso debe ser mínimo de 60 horas y tiene una validez de dos (2) años; vencido este término el titular de la certificación deberá tomar un curso de actualización con una duración de veinte (20) horas, el cual solo será válido por un año.
13.2.6 COMPROMISO CUMPLIMIENTO DECRETO 1079 DE 2015
El oferente deberá adjuntar debidamente suscrita carta de compromiso mediante la cual certifica que los vehículos que dispone para transporte de los residuos peligrosos cumplen con todas las disposiciones legales que reglamentan la materia especialmente el artículo 2.2.1.7.8.1.2 del Decreto 1079 de 2015.
Si el transporte es realizado a través de un tercero, el proponente entregará una copia del compromiso firmado por el representante legal o su xxxxxxxx xxx xxxxxxx. Así mismo, deberá entregar copia del contrato y/o alianza comercial mediante la cual, se acredite la relación jurídico negocial efectuada con el tercero.
NOTA: El no cumplimiento de alguno de los anteriores requisitos técnicos dará lugar a que el proponente sea evaluado como NO HABILITADO.
13.2.7 OFERTA ECÓNOMICA:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, la entidad establecerá en la invitación los requisitos mínimos habilitantes que serán verificados únicamente al oferente con el precio más bajo, siempre que se encuentren en condiciones xx xxxxxxx y satisfaga las necesidades de la entidad. En caso de existir dos o más ofertas con empate a menor precio, se verificarán los requisitos mínimos habilitantes según el orden de entrega de las mismas.
Para tal efecto el proponente deberá presentar su propuesta económica a través de la plataforma SECOP.
El Ministerio adjudicará el contrato por el valor total del presupuesto oficial y su ejecución se realizará, de conformidad con las necesidades de tratamiento de residuos peligrosos a los valores unitarios finales ofertados por el proponente seleccionado.
Es preciso indicar, que los oferentes deberán cotizar cada uno de los ITEMS y no podrán superar, en ningún caso, el valor techo unitario establecido para cada ítem, so pena de ser RECHAZADA ECONOMICAMENTE la propuesta.
En consecuencia, para determinar el menor valor de la oferta, se realizará la sumatoria de todos los valores unitarios-ítems objeto de cotización, este proceso se llevará a cabo con todas y cada una de las ofertas recibidas, de los valores finales obtenidos para cada oferta, será seleccionada el menor valor de estás.
NOTA 1: Los precios unitarios ofertados por el Contratista serán fijos e INMODIFICABLES, en estos precios están comprendidos todos los costos directos e indirectos en que incurra el contratista para la ejecución del contrato.
NOTA 2: La identificación de la oferta de menor valor, será determinada, por la sumatoria de los valores unitarios cotizadas para cada uno de los ITEMS sin incluir IVA por ser un servicio excluido.
Al presentar la propuesta económica se deben considerar las siguientes notas:
NOTA 3: Las ofertas se presentarán en pesos colombianos y de acuerdo con lo indicado en la invitación pública.
NOTA 4: La propuesta económica deberá cotizar todos los ítems mínimos requeridos por la entidad, so pena de rechazo.
NOTA 5: El contrato será adjudicado por el valor total del presupuesto asignado al proceso, por lo tanto, se tomará como base para la adjudicación el menor valor registrado tras la sumatoria de todos los ítems de su propuesta.
NOTA 6: Será de exclusiva responsabilidad del proponente, los errores u omisiones en que incurra al indicar el valor de todos los ítems de su propuesta, debiendo asumir los mayores costos y/o pérdidas que se deriven de dichos errores u omisiones, sin que por esta razón haya lugar a alegar ruptura del equilibrio contractual.
NOTA 7: La oferta de precio NO PODRÁ superar el VALOR TECHO UNITARIO POR KILO, ni superar el VALOR TOTAL DE LA SUMATORIA DE LOS PRECIOS UNITARIOS, so pena de rechazo de la oferta económica.
14. CRITERIOS DE DESEMPATE:
En caso de presentarse un empate en la calificación de dos (2) o más Proponentes, el Ministerio procederá al desempate de conformidad con lo señalado en el numeral 6 del artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, a saber:
“En caso de mantenerse en empate, la Entidad Estatal aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo”.
15. CIERRE Y APERTURA DE OFERTAS:
Este procedimiento se surtirá en la fecha indicada en el cronograma, en donde los proponentes deberán cargar las propuestas en la pagina del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx.
16. VERIFICACIÓN DE PROPUESTAS Y TRASLADO:
Efectuado el cierre del proceso se procederá a verificar el cumplimiento de los requisitos habilitantes jurídicos y técnicos establecidos en esta invitación a la propuesta con el menor precio. Los resultados de esta verificación serán puestos a disposición de los proponentes el día señalado en el cronograma del proceso.
La verificación será efectuada por la Subdirección de Contratación y la Subdirección xx Xxxxxxx Humano.
17. RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES FORMULADAS AL INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES:
Surtido el trámite de verificación de los requisitos habilitantes y el traslado de evaluación de la oferta, se elaborará un informe en el cual se dará respuesta a las observaciones presentadas al informe de verificación de requisitos habilitantes y se mostrarán los resultados definitivos, con base en los cuales se realizará la comunicación de aceptación de la oferta.
18. COMUNICACIÓN DE ACEPTACIÓN DE OFERTA:
El comunicado de aceptación de oferta será publicado en el SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx en la fecha prevista en el cronograma. Con la publicación de la comunicación de aceptación en el SECOP II
xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx el proponente seleccionado quedará informado de la aceptación de su oferta.
19. CONTRATO
La comunicación de aceptación junto con la oferta constituye para todos los efectos el contrato celebrado de conformidad con lo previsto en el numeral 7 del Decreto 1082 de 2015.
20. TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN, Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS ASOCIADOS A LA CONTRATACIÓN:
Matriz de riesgos anexa al estudio previo.
21. GARANTIAS:
EL CONTRATISTA se obliga a constituir a favor de EL MINISTERIO dentro de los 3 días hábiles
siguientes a la comunicación de aceptación de la oferta Garantía Única expedida por una Compañía Aseguradora legalmente establecida en Colombia y con póliza matriz aprobada por la Superintendencia Financiera, esta Garantía Única deberá cobijar los riesgos detallados a continuación:
1. Cumplimiento del contrato: Por una cuantía equivalente al 20% del valor de la orden de aceptación de la oferta, con una vigencia igual al plazo de ejecución y seis (6) meses más, contados a partir del perfeccionamiento.
2. Pago de salarios y prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales: por una cuantía equivalente al quince por ciento (15%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución y tres (3) años más.
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
Seguro de Responsabilidad civil extracontractual: El CONTRATISTA, a través de un amparo contenido en anexo a la garantía única o mediante amparo autónomo en póliza de seguros anexa, cubrirá la Responsabilidad Civil Extracontractual que se pudiera llegar a atribuir a EL MINISTERIO con ocasión de las actuaciones, hechos u omisiones del CONTRATISTA o de los subcontratistas de este, por un valor asegurado equivalente a doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (200 SMLMV). La vigencia de la garantía deberá ser por todo el plazo de ejecución de la orden de aceptación de oferta. La cobertura de Responsabilidad Civil Extracontractual deberá contener como mínimo, en adición a la cobertura básica de predios, labores y operaciones, los amparos adicionales de:
− Cobertura expresa de los perjuicios por daño emergente y lucro cesante.
− Cobertura expresa de perjuicios extra patrimoniales.
− Xxxxxxxxx expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas, salvo en el evento en que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos.
− Cobertura expresa xx xxxxxx patronal.
− Cobertura expresa de vehículos propios y no propios.
En caso de pactarse deducibles, el tope máximo será xxx xxxx por ciento (10%) del valor de cada pérdida sin que en ningún caso puedan ser superiores a dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (2.000 SMLMV). Las franquicias, coaseguros obligatorios y demás formas de estipulación que conlleven xxxxxxxx de parte de la pérdida por la entidad asegurada no serán admisibles.
El monto de la garantía se deberá restablecer por parte del contratista con ocasión de las reclamaciones efectuadas por EL MINISTERIO. Dentro de los términos estipulados en la orden de aceptación de oferta la garantía no podrá ser cancelada sin la autorización de EL MINISTERIO.
El Contratista debe mantener vigente la garantía única y ajustarla siempre que se produzca alguna modificación en el plazo y/o valor de la orden de aceptación de oferta o en el evento en que se produzca la suspensión temporal del mismo. Igualmente, el contratista deberá notificar a la compañía aseguradora de cualquier modificación de la orden de aceptación de oferta, así esta no conlleve cambio del plazo o el valor del mismo y deberá allegar el certificado de notificación de la modificación a la entidad como constancia de realización de la misma.
La garantía única de cumplimiento expedida a favor de EL MINISTERIO no podrá expirar por falta de pago de la prima ni puede ser revocada unilateralmente.
22. CADUCIDAD ADMINISTRATIVA:
En caso de que se presente algún hecho constitutivo de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución de la aceptación de oferta, El MINISTERIO, mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá declarar la caducidad de la misma, dando por
terminada la aceptación de oferta y ordenando su liquidación en el estado en que se encuentre sin perjuicio de las acciones penales y civiles a que hubiere lugar.
23. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES POR PARTE DE EL MINISTERIO Y SOMETIMIENTO A LAS LEYES NACIONALES:
De conformidad con el artículo 14, numeral 2, 15,16 y 17 de la Ley 80 de 1993, la presente aceptación de oferta se rige por las cláusulas de interpretación, modificación y terminación unilaterales y de sometimiento a las leyes nacionales de que traten las precitadas normas, las cuales se entienden incorporadas a la presente aceptación de oferta.
24. MULTAS, CLÁUSULA PENAL Y LIQUIDACIÓN: MULTAS
En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por el contratista, EL MINISTERIO impondrá multas, de la siguiente manera: a) Multas por xxxx en el cumplimiento del plazo para cada una de las entregas establecidas: si el contratista incumple los plazos de las entregas establecidos en la aceptación de oferta, deberá pagar a EL MINISTERIO, por cada día calendario de retraso, el 0.5% del valor de la misma, sin que en total estas multas sobrepase el 10% del valor de la aceptación de oferta; b) Multas por incumplimiento parcial: si durante la ejecución de la aceptación de oferta el contratista incumple alguna otra de las obligaciones contractuales, EL MINISTERIO le impondrá multas equivalentes al 0.5% del valor de la aceptación de oferta, sin que el total de estas multas sobrepase el diez por ciento (10%) del valor total de la misma; c) Para los efectos del pago de multas del literal b) antecedente, se entiende que hay incumplimiento parcial cuando el contratista incumple las obligaciones señaladas en la aceptación de oferta, diferentes al plazo de la ejecución del objeto contractual; d) El contratista autoriza a EL MINISTERIO para descontar y tomar el valor de las multas de que tratan los literales anteriores, una vez en firme la resolución que las impone, de cualquier suma que le adeude EL MINISTERIO, sin perjuicio de que las haga efectivas conforme a la ley; e) El pago o la deducción de dichas multas no exonera a el contratista de la obligación de cumplir con el objeto de la aceptación de oferta, ni de las demás obligaciones y responsabilidades que emanen del mismo. PARAGRAFO: PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS Y CLAUSULA PENAL
PECUNIARIA se procederá de conformidad con el Articulo 86 de la Ley 1474 de 2011.
CLÁUSULA PENAL:
Se fija como cláusula penal pecuniaria, una suma equivalente de hasta el diez por ciento (10%) del valor total de la aceptación de oferta, en caso de incumplimiento por parte del contratista, la cual pagará a EL MINISTERIO sin necesidad de requerimiento judicial, en un término no mayor de veinte (20) días a partir de la fecha en que se declare el incumplimiento. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en la Ley 1474 de 2011.
En caso de que existan saldos a favor del contratista, este autoriza por medio del presente documento a EL MINISTERIO a efectuar los descuentos con el fin de hacer efectivo el cobro de las sumas que adeude por este concepto.
LIQUIDACIÓN:
La liquidación se realizará de mutuo acuerdo dentro de los seis (06) meses siguientes al término de ejecución de la aceptación de oferta, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 modificado por el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 217 del Decreto Ley 019 de 2012; y el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007.
25. INDEMNIDAD:
El contratista, mantendrá indemne a EL MINISTERIO contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, que se ocasionen durante la ejecución del objeto de la aceptación de oferta y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. En caso de que se instaure demanda o acción legal alguna, o se formule reclamo contra EL MINISTERIO, por asuntos, que según la aceptación de oferta sean de responsabilidad del contratista, EL MINISTERIO se lo comunicará lo más pronto posible para que el contratista por su cuenta adopte oportunamente las medidas pertinentes previstas por la ley para mantener indemne a EL MINISTERIO y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto. Si en cualquiera de los eventos previstos, el contratista, no asume debida y oportunamente la defensa de los intereses de EL MINISTERIO, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al contratista y éste último, pagará todos los gastos en que EL MINISTERIO incurra por tal motivo.
26. INDISPONIBILIDAD DE LA PLATAFORMA:
En caso de presentarse indisponibilidad de la plataforma del SECOP II, se dará aplicación a lo dispuesto en la “Protocolo de Indisponibilidad del SECOP II” disponible en la siguiente dirección electrónica:
“xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx_xxxxxx/xxxxx/xxx_xxxxxxxxxx/xxxxxxxxx_xx_xxxx sponibilidad_secop_ii.pdf”, para lo cual se establece como correo para dicho evento el siguiente: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
27. VEEDURÍAS CIUDADANAS:
Que en los términos del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y del numeral 5 del artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, se convoca a las veedurías ciudadanas a las asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, para que realicen el control social al presente proceso de Contratación, para lo cual podrán solicitar ante la Subdirección de Contratación del Ministerio de Educación Nacional la información y documentación que requieran.
FORMATO N° 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Ciudad y Fecha:
Señores
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Ciudad
Asunto: Presentación propuesta selección de Mínima Cuantía IP-MEN-04-2019
Nosotros los suscritos de acuerdo con las condiciones que se estipulan en la invitación de mínima cuantía IP-MEN-04-2019 hacemos la siguiente oferta seria e irrevocable para la y en caso de que nos sea aceptada nos comprometemos a expedir las garantías correspondientes en el tiempo determinado
Declaramos así mismo:
a. Que esta oferta y el contrato que llegare a celebrarse sólo comprometen a los firmantes de esta carta.
b. Que ninguna otra persona distinta de los firmantes tiene interés comercial en esta oferta ni en el contrato probable que de ella se derive.
c. Que conocemos todos los documentos del proceso y aceptamos las obligaciones y especificaciones técnicas en ellos contenidas.
d. Que si se nos acepta la oferta nos comprometemos a efectuar los tramites a que haya lugar, y expedir y suscribir las garantías dentro de los términos señalados para ello.
e. Que hemos revisado las adendas y aceptamos su contenido.
f. Que conocemos el plazo establecido para la ejecución del contrato el cual se contará a partir de la suscripción del acta de inicio.
g. Que el valor total propuesto es de $ (indicar el valor de la propuesta).
h. Que autorizo al Ministerio de Educación Nacional a verificar toda la información incluida en la propuesta y a solicitar a las autoridades competentes o a los particulares correspondientes, información relacionada con el contenido de la misma.
i. Que conozco las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con las entidades estatales, de conformidad con el artículo 8º y siguientes de la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios, de las sanciones establecidas por trasgresión a las mismas en el numeral 7 del artículo 26 y en el artículo 52 de la citada ley, así como los efectos legales consagrados en el numeral 1 del artículo 44 de la misma norma, así como también las establecidas en la Ley 1474 de 2011, y el Decreto 1082 de 2015 y declaro bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del presente documento, que no me encuentro incurso en ninguna de ellas ni tampoco la sociedad que represento.
j. Apoyamos las acciones del Estado colombiano y del Ministerio de Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
k. En lo referente al compromiso anticorrupción, nos comprometemos a cumplir con todos y cada una de las manifestaciones que a continuación se relacionan: a) Apoyamos la acción del Estado colombiano y del Ministerio de Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública; b) No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación; c) Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero; d) Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de selección MEN-04-2019; e) Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de selección IP-MEN- 04-2019 nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia; f) Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores; y g) Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción.
Atentamente,
Nombre o Razón Social del Oferente: Nit Nombre y Firma del Representante Legal: CC No de Dirección Teléfonos Fax Acepto notificación eléctronica al correo: Firma:
Nombre y Firma de quien avala la propuesta:
Profesión:
Matricula profesional
FORMATO N° 2
CARTA INFORMACIÓN DE CONSORCIOS
Bogotá D. C., de de 2019
Señores
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Ciudad
REF: INVITACIÓN PÚBLICA MÍNIMA CUANTÍA IP-MEN-04-2019
Apreciados Señores:
Los representantes y , debidamente autorizados para actuar en nombre de y , nos permitimos manifestar por este documento que hemos convenido asociarnos en CONSORCIO denominado: , para participar en la invitación pública de mínima cuantía IP-MEN-04-2019 para el proyecto denominado y por lo tanto manifestamos lo siguiente:
1.- La duración de este consorcio será igual al plazo del contrato y tres (3) años más. 2.- El consorcio está integrado así:
NOMBRE | PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN |
3.- La responsabilidad de los integrantes del consorcio es solidaria, ilimitada y mancomunada.
4.- El representante del consorcio es , identificado con cédula de ciudadanía No de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta, y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. En su ausencia, se designa como representante suplente a , identificado con cédula de ciudadanía No de .
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del proponente asociativo.
En constancia se firma en a los días del mes de de 2019
NOMBRE Y FIRMA | NOMBRE Y FIRMA |
C.C. No. | C.C. No. |
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL CONSORCIO
C.C. No.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE SUPLENTE DEL CONSORCIO
C.C. No.
1.1.1 FORMATO N° 3
CARTA INFORMACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL
Bogotá D.C., de de 2019
Señores
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Ciudad
REF: INVITACIÓN PÚBLICA MÍNIMA CUANTÍA IP-MEN-04-2019
Apreciados Señores:
Los representantes , y , debidamente autorizados para actuar en nombre de , y , nos permitimos manifestar por este documento que hemos convenido asociarnos en UNIÓN TEMPORAL denominada: , para participar en la invitación pública de mínima cuantía IP-MEN-04-2019, para el proyecto denominado
y por lo tanto manifestamos lo siguiente:
1.- La duración de esta UNIÓN TEMPORAL será igual al plazo del contrato y tres (3) años más.
2.- La UNIÓN TEMPORAL está integrada por las siguientes personas que desarrollarán las actividades con los porcentajes de participación que a continuación se indican:
NOMBRE | ACTIVIDAD | % DE PARTICIPACIÓN |
3 - La responsabilidad de los integrantes de la UNIÓN TEMPORAL será solidaria.
4.- El representante de la UNIÓN TEMPORAL es , identificado con cédula de ciudadanía No de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. En su ausencia, se designa como representante suplente a , identificado con cédula de ciudadanía No de .
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del proponente asociativo.
En constancia se firma en a los días del mes de de 2019
NOMBRE Y FIRMA | NOMBRE Y FIRMA |
C.C. No. | C.C. No. |
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL CONSORCIO
C.C. No.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE SUPLENTE DEL CONSORCIO
C.C. No.
FORMATO N° 4 - EXPERIENCIA
INFORMACIÓN SOBRE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
PROPONENTE:
PERSONA QUE ACREDITA LA EXPERIENCIA:
N° CTO | ENTIDAD CONTRATANTE | OBJETO | FECHA DE INICIO | FECHA DE FINALIZA CIÓN | DESCRIPCIÓN EXPERIENCIA RELEVANTE | % PARTICI- PACIÓN | VALOR (smlmv) |
NOTA 1: Para acreditar la experiencia específica el Proponente deberá cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 1.3.2.1 Experiencia del Proponente. REQUISITOS HABILITANTES y demás contenidos en el pliego de condiciones:
Firma representante legal o apoderado Nombre:
Cedula: