INVITACIÓN PÚBLICA CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA IP-MEN-11-2020
INVITACIÓN PÚBLICA CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA IP-MEN-11-2020
El Ministerio de Educación Nacional (en adelante EL MINISTERIO), en aplicación del artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y el artículo 2.2.1.2.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, invita a los interesados a presentar propuesta para el: “DIAGNÓSTICO Y CERTIFICACIÓN ANUAL DE LOS SISTEMAS DE TRANSPORTE VERTICAL (ASCENSORES) DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.”.
Por lo anterior, ponemos a disposición los requerimientos y aspectos técnicos con el fin de que manifiesten su aceptación a los mismos y presenten la propuesta respectiva, para lo cual se deberá tener en cuenta lo siguiente:
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD A SATISFACER:
El Ministerio de Educación Nacional, en adelante EL MINISTERIO, en su política de eficiencia, busca mantener en óptimas condiciones todos los equipos que intervienen en la operación diaria de la Entidad, así las cosas y de conformidad a las funciones otorgadas mediante el Decreto 854 de 2011, en su artículo 37, especialmente lo establecido numeral 4.4 la Subdirección de Gestión Administrativa tiene como función “Programar y coordinar la ejecución de los procesos de mantenimiento preventivo y correctivo para garantizar las condiciones de funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles del Ministerio de Educación Nacional, propendiendo por la optimización de los costos de mantenimiento”.
Para el efecto, el MINISTERIO cuenta con cuatro (4) ascensores xxxxx XXXXXXXXX, que han estado en servicio desde hace más de 40 años, permitiendo la movilidad frecuente y permanente de los servidores y visitantes, en los diferentes pisos del Ministerio y (1) ascensor xxxxx XXXXX, que ha estado en servicio desde el mes xx xxxxx de 2010, permitiendo la movilidad privada, frecuente y permanente de la Ministra de Educación Nacional, su personal de seguridad, así como de los servidores de los Despachos del Ministerio en sus diferentes niveles.
Por ello, de conformidad con lo señalado anteriormente y en cumplimiento de lo dispuesto por el Acuerdo 470 de 2011 emitido por el Concejo Distrital por medio del cual “(..) se establece como obligatoria la revisión general anual de los sistemas de transporte vertical en edificaciones y puertas eléctricas en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones", se hace necesario contratar el servicio de inspección técnico mecánica del sistema de trasporte vertical, el cual debe efectuarse con una periodicidad anual con la finalidad de certificar los cinco (5) ascensores de propiedad del Ministerio de Educación Nacional.
El citado acuerdo “tiene por objeto establecer disposiciones normativas para prevenir la ocurrencia de accidentes en los sistemas de transporte vertical en edificaciones, tales como ascensores, escaleras mecánicas, rampas eléctricas, plataformas elevadoras y en similares, y en las puertas eléctricas que estén al servicio público y privado en el Distrito Capital, a través de la revisión general anual de los mismos”.
Es de establecer que, de manera particular, el artículo 2 del Acuerdo 470 de 2011 estableció expresamente:
“REVISIÓN GENERAL ANUAL DE LOS SISTEMAS DE TRANSPORTE VERTICAL EN EDIFICACIONES Y
PUERTAS ELÉCTRICAS. (…) será obligación de las personas naturales y/o jurídicas propietarias y/o que administren sistemas de transporte vertical en edificaciones y puertas eléctricas que estén al servicio público o privado en el Distrito Capital, realizar la revisión general de los mismos. Para los años siguientes, esta revisión se efectuará en períodos no mayores a un (1) año.
Los administradores y/o propietarios de sistemas de transporte vertical en edificaciones y puertas eléctricas que estén al servicio público o privado en el Distrito Capital, contratarán el diagnóstico y la revisión del funcionamiento de tales aparatos con personas naturales y/o jurídicas calificadas y acreditadas por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia-ONAC o entidad que la reemplace o sustituya, las cuales certificarán su óptima operación de conformidad con la correspondiente Norma”.
Por otra parte, es preciso indicar, que el Acuerdo Distrital 470 de 2011 fue reglamentado mediante el Decreto 663 de 2011, el cual dispone en su artículo 2° que corresponde al Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático- IDIGER, antes, Fondo de Prevención y Atención de Emergencias — FOPAE, verificar la revisión general anual obligatoria de los sistemas de transporte vertical en edificaciones y puertas eléctricas en el Distrito Capital.
Los requisitos para los organismos de inspección se encuentran descritos en el Anexo A - Tipo A de la NTC- ISO/IEC 17020, donde se establece que el organismo de inspección debe ser independiente de las partes involucradas en este caso, entre el Ministerio de Educación Nacional y las firmas contratistas; Ascensores Xxxxxxxxx y Scala Ascensores, mediante los contratos CO1.PCCNTR. 668760 (1220 de 2018) y CO1.PCCNTR.667046 (1207de 2018) respectivamente, quienes prestan el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a los ascensores de la entidad.
Los criterios para la inspección se encuentran contenidos en la norma NTC-5926-1, que tiene por objeto establecer la forma sistemática de actuación, por parte del inspector del organismo, para la realización de las inspecciones previstas por la normativa vigente, a fin de comprobar las condiciones de seguridad de los ascensores.
Consultado el directorio de acreditación de la ONAC registran once (11) empresas certificadas para evaluar los sistemas verticales en el país:
Razón Social: | Esquema : | Código Acreditación: | Estado: | Ciudad: |
SOLUCIONES DE CERTIFICACION S.A.S | OIN | 18-OIN-031 | Acreditado con Suspensión Parcial - Voluntaria | Bogotá D.C. |
PARAMETRIZANDO INGENIERIA S.A.S
OIN 16-OIN-001 Acreditado Bogotá
D.C.
COMPAÑIA ANDINA DE INSPECCION Y CERTIFICACION S.A.- ACERT S.A.
OIN
16-OIN-015
Acreditado
Bogotá D.C.
INCOL INGENIERIA DE INSPECCION
OIN
19-OIN-051
Acreditado
Bogotá D.C.
COLOMBIANA SAS
CERTINEXT S.A.S.
OIN
17-OIN-006
Acreditado
Bogotá D.C.
- ! AAA ENGYGAS S.A.S.
! -
OIN
17-OIN-012
Acreditado
Bogotá D.C.
MONTAJES Y PROCESOS MP S.A.S
OIN
15-OIN-050
Acreditado
Bogotá D.C.
ORGANISMO DE
Bogotá
INSPECCIONES TECNICAS DE COLOMBIA S.A.S.
OIN 14-OIN-013 Acreditado
D.C.
ASIK S.A.S. | OIN | 15-OIN-022 | Acreditado | Barranquill a |
TÜV RHEINLAND | OIN | 00-XXX-000 | Xxxxxxxxxx | Xxxxxx |
XXXXXXXX S.A.S. | D.C. | |||
SERVIMETERS S.A.S. | OIN | 10-OIN-059 | Acreditado | Bogotá |
D.C. |
A partir de la vigencia 2017 EL MINISTERIO ha gestionado y obtenido la certificación de funcionamiento seguro dentro de los estándares de la Norma Técnica Colombiana, por el término de un año para los cuatro (4) ascensores xxxxx XXXXXXXXX y para un (1) ascensor xxxxx XXXXX, mediante contratos suscritos con empresas debidamente acreditadas por la ONAC para efectuar el diagnóstico e inspección de los ascensores de la edificación de la sede CAN señalados a continuación:
EMPRESA | ACEPTACION DE OFERTA | PERÍODO |
Parametrizando Ingeniería SAS | 1174512 de 2019 | 2019 a 2020 |
Parametrizando Ingeniería SAS | 1208 de 2018 | 2018 a 2019 |
Professional Engineering Inspection SAS | 1269 de 2017 | 2017 a 2018 |
Es importante indicar que la certificación expedida bajo el contrato No. 1174512 de 2019 con la firma Parametrizando Ingeniería SAS, fue otorgada el día 22 de noviembre de 2019 por un periodo de 1 año, con fecha de vencimiento el día 21 de noviembre de 2020.
Por lo anterior y conforme lo señala el artículo 2.8.4.4.5 del Decreto 1068 de 2015, con la firma del presente documento la Secretaria General del Ministerio de Educación Nacional señala que, la contratación es indispensable con la finalidad de iniciar el proceso de certificación de los cuatro (4) ascensores xxxxx XXXXXXXXX y un (1) ascensor xxxxx XXXXX, con una empresa autorizada por la ONAC, manteniendo así un transporte vertical que cuente con condiciones de seguridad y confiabilidad para la movilidad interna tanto del personal visitante como de los funcionarios del Ministerio de Educación Nacional y en cumplimiento de la normatividad distrital establecida por el Acuerdo Distrital 470 de 2011, el cual fue reglamentado mediante el Decreto 663 de 2011.
OBJETO:
DIAGNÓSTICO Y CERTIFICACIÓN ANUAL DE LOS SISTEMAS DE TRANSPORTE VERTICAL (ASCENSORES) DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
1. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO:
Prestar el servicio de inspección general anual y expedir la certificación de los sistemas de transporte vertical correspondientes a CINCO (5) ascensores de propiedad del Ministerio de Educación Nacional, aplicando la normatividad vigente de la NTC 5926-1 (Revisión Técnico-Mecánica de sistemas de transporte vertical y puertas eléctricas) y las demás que le sean aplicables en consonancia con la norma Técnica Colombiana.
La descripción de los ascensores a certificar es:
Ascensores electromecánicos e hidráulicos.
MARCA | CANTIDAD | PARADAS | CAPACIDAD | PESO | ACCESOS |
Schindler | 4 | 5 | 12 | 900kg | 1 |
Xxxxx | 1 | 5 | 6 | 450kg | 1 |
2. CLASIFICACIÓN UNSPSC:
La presente necesidad de contratación se encuentra clasificada en:
GRUPO | SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | PRODUCTO |
(F) Servicios | (81) Servicios basados en Ingeniería, Investigación y Tecnología | (14) Tecnologías de fabricación | (15) Control de calidad | (03) Inspección de materiales o productos |
(F) Servicios | (81) Servicios basados en Ingeniería, Investigación y Tecnología | (14) Tecnologías de fabricación | (18) Administración de instalaciones | (04) Servicio de inspección de equipos |
3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA SELECCIÓN
Atendiendo al objeto y a la cuantía del proceso, la cual no supera el 10% de la menor cuantía de la entidad para contratar, se adelantará la selección del contratista haciendo uso del procedimiento establecido para la Mínima Cuantía, conforme a lo estipulado en el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, en concordancia con el artículo 2.2.1.2.1.5.1 y subsiguientes del Decreto 1082 de 2015.
Atendiendo a la cuantía del proceso y al objeto a contratar, se pudo evidenciar que el presente proceso se
encuentra dentro de la excepción para adelantar la presente contratación, a través de la modalidad de Mínima Cuantía. Lo anterior, conforme a lo estipulado en el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y Sección 1 Modalidades de Selección, Subsección 5 Mínima Cuantía del Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.5.1 y subsiguientes.
Así mismo, el proceso se sujetará a lo dispuesto en la invitación pública y a las adendas al mismo expedidas durante el desarrollo del proceso.
4. PUBLICIDAD DE LA INVITACIÓN PÚBLICA
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, la presente Invitación Pública se publicará en la página del SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx-xx a partir de la fecha indicada en el cronograma del proceso.
5. ASPECTOS TÉCNICOS Y OBLIGACIONES:
El proponente deberá estar en capacidad de cumplir con las condiciones técnicas contenidas en el anexo tecnico
y obligaciones en caso de ser seleccionado:
5.1 OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
EL CONTRATISTA, desarrollará las siguientes obligaciones:
ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA:
1. Cumplir con cada uno de los ofrecimientos propuestos en su oferta la cual hace parte integrante del contrato.
2. Realizar la inspección de que trata el Acuerdo Distrital 470 de 2011, efectuando una visita inicial o visita N.º 1 en las instalaciones de EL MINISTERIO, en la que evaluará el cumplimiento de la normatividad.
3. Presentar informe de la inspección de cada uno de los cinco (5) ascensores propiedad del Ministerio de Educación Nacional, conforme a lo establecido en la NTC 5926-1, en los tres (3) días hábiles siguientes a la inspección inicial.
4. Expedir la certificación para los cinco (5) ascensores del MINISTERIO, con vigencia no inferior a un (1) año, dentro de la semana siguiente a la fecha en que se realice la visita de cierre y a partir del día siguiente en que finaliza la certificación actual; siempre y cuando se haya cumplido con la normatividad vigente para tal fin.
5. Realizar en caso de ser requerido dos (2) visitas de inspección de verificación a los ascensores que no obtengan la certificación en la primera visita, luego de haber sido sometidos a los mantenimientos y reparaciones de rigor, visitas que se coordinarán con el supervisor del contrato. Estas visitas no generarán costos adicionales a la entidad contratante.
6. Proveer únicamente personal certificado o capacitado para la prestación del servicio, de conformidad con la normatividad vigente y las especificaciones descritas en la capacidad técnica.
7. Garantizar que todas y cada una de las personas que destine para la prestación del servicio contratado se encuentren debidamente uniformadas e identificadas mediante carné como personal del contratista.
8. Observar y cumplir en detalle con todos y cada uno de los requisitos establecidos por la norma técnica para adelantar el proceso de inspección, tales como XXX 0000-0, XXX 0000:0000, NTC 2769:1990 y demás normas vigentes en la materia.
9. Incluir en el informe presentado todas las recomendaciones relacionadas con la mejora de la eficacia, eficiencia y efectividad del sistema de transporte vertical.
10. Tomar las precauciones necesarias para la seguridad del personal a su cargo y que destine para la prestación del servicio y ejecución del contrato, dando estricto cumplimiento a las normas de seguridad industrial y salud ocupacional vigentes.
11. Designar una persona de contacto, quien será la encargada de atender los requerimientos que efectúe el Supervisor del Contrato.
12. Consultar con el Ministerio las inquietudes que se presenten en relación con la ejecución del contrato.
13. Informar de inmediato y por escrito, al Ministerio, la ocurrencia de situaciones de fuerza mayor o caso
fortuito que puedan afectar la ejecución del contrato, incluyendo las recomendaciones que procedan según el caso.
GENERALES DEL CONTRATISTA:
1. Acatar la Constitución Política, la Ley, los principios de la contratación estatal y las demás normas concordantes y complementarias.
2. Asumir la responsabilidad de todas las actividades relativas a la ejecución de las obligaciones establecidas en este contrato.
3. Participar en las reuniones que sean convocadas por la supervisión, relacionadas con la ejecución del contrato.
4. Disponer de los medios necesarios para el mantenimiento, cuidado y custodia de la información objeto del presente contrato.
5. Entregar a EL MINISTERIO, periódicamente y al finalizar el contrato, o cuando el supervisor o interventor lo solicite, todos los documentos y archivos (físicos y electrónicos) a su cargo y que se produzcan en ejecución de sus obligaciones, debidamente inventariados conforme a las normas y procedimientos que establezca el Archivo General de la Nación, que se encontrarán en el instructivo adjunto que hace parte integral del contrato.
6. Entregar a la Subdirección de Gestión Administrativa de EL MINISTERIO a la finalización del plazo de ejecución, o cuando esta, o el supervisor o interventor del contrato lo solicite, los bienes devolutivos que le hayan sido asignados en custodia.
7. Utilizar en debida forma las claves asignadas para el ingreso a los sistemas de información y gestión de EL MINISTERIO, que requiera para la ejecución del contrato y al finalizar el mismo, informar para su desactivación y, garantizar la seguridad y reserva de la información conocida por estos u otros medios durante la ejecución del contrato.
8. Colaborar en el suministro y respuesta de la información correspondiente a los requerimientos efectuados por los organismos de control del Estado Colombiano o cualquier otra autoridad, en relación con la ejecución, desarrollo o implementación del contrato y de asuntos relacionados con el mismo.
9. Solicitar autorización escrita de EL MINISTERIO para utilizar el nombre, emblema o sello oficial con fines publicitarios o ajenos a los establecidos en los lineamientos de EL MINISTERIO.
10. Cumplir con las normas reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de EL MINISTERIO, según la normatividad vigente.
11. Mantener actualizados los sistemas de información sobre los cuales se le haya asignado usuario y contraseña durante la ejecución del contrato y entregar al supervisor las evidencias del estado en que se encuentre, en los informes de ejecución contractual parcial o final.
12. EL CONTRATISTA asume, con la suscripción del contrato, la obligación de realizar los pagos al SISS (salud, pensión y riesgos laborales), de acuerdo con la normatividad vigente aportando los soportes de pago correspondientes, los cuales deben ser validados para constatar que en efecto el pago de la planilla haya sido recibido por la entidad correspondiente, y en caso de incumplimiento total o parcial, responder por las consecuencias y sanciones que disponga la ley.
13. EL CONTRATISTA se obliga a no subcontratar las actividades propias del objeto contractual, salvo, que dentro del desarrollo de la propuesta se haya previsto disponer de recurso humano, para lo cual deberá tener en cuenta que no podrá vincular menores de edad, dando aplicación a la Resolución No. 1677 de 2008 del Ministerio de Protección Social y los Pactos, Convenios y Convenciones Internacionales ratificados por Colombia, sobre los derechos de los niños.
14. En caso de que proceda el registro y asignación de una firma digital, usarla dentro de los límites impuestos por el objeto y las obligaciones del presente contrato y en todo caso con la debida autorización de quien corresponda.
15. Las demás que se requieran para el cumplimiento del objeto contractual
PARÁGRAFO. EL MINISTERIO asumirá los gastos de desplazamiento y alojamiento en ciudades diferentes a Bogotá, en los casos que se requiera, de acuerdo con los valores aprobados para cada vigencia fiscal, de conformidad con la normativa vigente.
OBLIGACIONES DE EL MINISTERIO
1. Exigir la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato.
2. Designar al supervisor del contrato.
3. Certificar y efectuar los pagos causados por EL CONTRATISTA.
4. Entregar la información requerida para el cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA, siempre y cuando no sea obligación de este.
5. Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias a que hubiere lugar.
6. Presentar al contratista a través del supervisor las sugerencias y observaciones sobre el trabajo a realizar para que se satisfaga la necesidad del MINISTERIO y el objeto de la contratación.
7. Todas las demás que resulten necesarias e indispensables para el cabal cumplimiento de los fines del contrato.
6. PLAZO, DOMICILIO CONTRACTUAL Y LUGAR DE EJECUCIÓN:
PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del contrato será hasta el 31 de diciembre de 2020 a partir de la fecha en que se suscriba el acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
LUGAR DE EJECUCIÓN: El Lugar de ejecución del contrato será en la ciudad de Bogotá D.C., sede principal del Ministerio de Educación Nacional, donde se deben entregar el servicio y productos contratados.
DOMICILIO CONTRACTUAL: Bogotá D.C.
7. PRESUPUESTO OFICIAL DE LA CONTRATACIÓN Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
El valor estimado del presupuesto total para el presente proceso de selección es por la suma de UN MILLON SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS M/CTE $1.768.382 incluido IVA.
Como resultado de este análisis, el valor del presupuesto estimado es de UN MILLON SETECIENTOS
Los valores incluyen IVA NO SI
8. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
El valor de la orden de aceptación de oferta se cancelará con cargo al certificado de disponibilidad presupuestal No. 152520 del 30/09/2020
9. FORMA DE PAGO
El valor del contrato se pagará al CONTRATISTA de la siguiente forma:
Por concepto de bolsa de partes:
• Un pago liquidado de acuerdo con los elementos y partes que hayan sido entregados al Ministerio y los valores unitarios contratados con cargo a la bolsa de partes, previo ingreso al Almacén y recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato.
Por concepto del servicio de mantenimiento:
- Primer pago: Por la suma correspondiente al 50% del valor total de la oferta seleccionada a la entrega del informe de la inspección de los cinco (5) ascensores a satisfacción del supervisor del contrato.
-
- Segundo pago: Por la suma correspondiente al 50% restante del valor total de la oferta seleccionada a la expedición de la certificación de los cinco (5) ascensores a satisfacción del supervisor del contrato.
Para cada uno de los pagos se requiere la certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el supervisor del contrato por parte del Ministerio de Educación Nacional, y la constancia o certificación de pago de aportes al
Sistema de Seguridad Social Integral en salud y pensiones, ARL y de aportes parafiscales o certificación respectiva expedida por el Revisor Fiscal según sea el caso.
Todo pago está sujeto a la disposición de la programación anual mensualizada PAC del Ministerio de Educación Nacional.
10. CRONOGRAMA DEL PROCESO
A continuación se presenta un cronograma en el cual se resumen los hitos de mayor importancia de este proceso:
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR |
Publicación invitación pública | 06 de octubre de 2020 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Plazo máximo para observar | 07 de octubre de 2020 hasta las 11:59 p.m. | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Plazo máximo para responder las observaciones | 08 de octubre de 2020 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Plazo máximo para Adendas | 09 de octubre de 2020 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Presentación de propuestas (cierre) | 13 de octubre de 2020, hasta las 9:00 A.M | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Verificación requisitos Evaluación de las ofertas | 14 de octubre de 2020 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Publicación informe de verificación de requisitos habilitantes y solicitud de aclaraciones o subsanaciones | 14 de octubre de 2020 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Traslado del informe de evaluación, presentación de observaciones y periodo máximo para subsanar | 16 de octubre de 2020 hasta las 11:59 PM | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
i. Publicación respuesta a observaciones y aceptación de la oferta o; ii. Declaratoria de desierta | Hasta el 19 de octubre de 2020 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Entrega de garantías | Hasta el 21 de octubre de 2020 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Aprobación de garantías | Dos (02) días hábiles siguientes a la entrega de las garantías | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
NOTA: En caso de requerirse nuevas fechas dentro del cronograma se harán las modificaciones mediante adenda a través de la plataforma SECOP II.
11. CAUSALES DE RECHAZO TOTAL DE LAS PROPUESTAS
En la verificación de requisitos se tendrán en cuenta las siguientes causales de rechazo:
a) Cuando el proponente no cumpla los requisitos de habilitación oportunamente, una vez EL MINISTERIO haya solicitado subsanarlos cuando a ello hubiere lugar, o desatienda los aspectos sustanciales del requerimiento.
b) Cuando la oferta no contenga la propuesta económica.
c) Cuando el valor de la propuesta económica presentada o el valor de alguno de los ítem que la componen, supere el presupuesto oficial respectivo, establecido en los estudios previos y en la presente invitación en la parte denominada oferta económica.
d) Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Ley.
e) Cuando le sobrevengan al proponente o uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, circunstancias que impidan legalmente adjudicarle el contrato.
f) Cuando existan o se compruebe que varias propuestas son elaboradas por el mismo proponente o uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal bajo el mismo nombre o nombres diferentes.
g) Cuando un proponente o alguno de los miembros del consorcio o de la unión temporal tenga intereses patrimoniales en otra persona jurídica que concurse, es decir, cuando se trate de propuestas que correspondan a sociedades que tengan socios comunes, excepto cuando se trate de sociedades anónimas abiertas.
h) Cuando el proponente induzca a error a la administración. Así mismo, cuando se presenten inconsistencias o inconformidades entre la información o documentación allegada por el proponente y lo verificado por EL MINISTERIO, sin perjuicio del aviso a las autoridades competentes o las acciones legales que puedan iniciarse por este hecho.
i) Cuando se determine con la información al alcance que el valor de la oferta de menor precio resulta artificialmente baja, previo el agotamiento del procedimiento establecido.
j) Las demás previstas en los términos de la invitación y la Ley.
12. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección podrá declararse desierto en los siguientes casos:
1. Cuando ninguna de las propuestas cumpla con los requerimientos de la Invitación Pública.
2. Cuando no se presente ninguna propuesta.
3. Cuando se presenten motivos que impidan la escogencia objetiva.
En todos los casos la declaratoria de desierto deberá hacerse mediante resolución motivada.
13. VIGENCIA Y FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
La propuesta deberá ser presentada antes de la hora y fecha señaladas en el cronograma del proceso en la pagina del SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx-xx.
La propuesta técnica, económica, los requisitos habilitantes y documentos se deben anexar de acuerdo con la presente invitación, esto es adjuntando en medio magnetico la documentación completa en la pagina del SECOP II, xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx-xx.
Los documentos deberan ser cargados por parte del proponente en la pagina del SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx-xx., en el orden en que se relacionan en la presente invitación y en el cuestionario del proceso que se efectuará en la plataforma del SECOP II.
14. REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES
De conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011 y el Decreto 1082 de 2015, podrán participar en el presente proceso de selección las personas naturales o jurídicas, individualmente o asociadas en consorcio o unión temporal, nacionales o extranjeras, que no estén incursas en prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar, señaladas por la constitución y la Ley, que dentro de su actividad comercial u objeto social cuente con capacidad estatutaria para presentar oferta y para desarrollar la actividad a contratar, y que presenten la propuesta de acuerdo con las condiciones sustanciales establecidas.
FACTORES DE SELECCIÓN:
De conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.1.2.1.5.2. Procedimiento para la contratación de mínima cuantía del Decreto 1082 de 2015, se verificará como requisitos habilitantes la capacidad jurídica y condiciones técnicas mínimas.
Teniendo en cuenta que se trata de un proceso de mínima cuantía, la selección recaerá en la propuesta con el precio más bajo ofertado, que cumpla con los requisitos mínimos habilitantes establecidos en el Artículo 2.2.1.1.1.5.3. Decreto 1082 de 2015.
Podrán participar en el presente proceso de selección las personas naturales o jurídicas, individualmente o asociadas en consorcio o unión temporal, que presenten la certificación de partner autorizado en Colombia por el fabricante Zebra y que no estén incursas en prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar, conforme a la normatividad señalada por la constitución y la Ley. De igual manera, aquellas que presenten la propuesta de acuerdo con las condiciones sustanciales, que se establezcan en la invitación pública y que cumplan con las condiciones señaladas en la misma.
N° | FACTORES DE VERIFICACIÓN | |
I | CAPACIDAD JURÍDICA | Cumple/No cumple |
II | CAPACIDAD TÉCNICA | Cumple/No cumple |
Se realizará la verificación de los requisitos habilitantes exclusivamente a la propuesta con el precio más bajo. En caso de que éste no cumpla con los mismos, procederá la verificación de la propuesta ubicada en segundo lugar en cuanto a orden descendente del precio y así sucesivamente.
Serán requisitos habilitantes:
• La capacidad jurídica del proponente para ofertar y realizar el objeto a contratar.
• La experiencia mínima del proponente, relacionada con el objeto a contratar.
• La verificación de las condiciones técnicas mínimas exigidas.
• No se verificará la capacidad financiera del proponente.
• Tampoco se verificará la clasificación y calificación en el RUP según lo normado por el artículo 6° de la Ley 1150 de 2007
• CAPACIDAD JURÍDICA HABILITANTE (CUMPLE/NO CUMPLE)
Análisis de los documentos solicitados no da derecho a asignación de puntaje, pero conducirá a determinar si el proponente CUMPLE o NO CUMPLE con las condiciones para participar. Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal, verificando su estricto cumplimiento, para el efecto se verificarán los siguientes documentos:
La capacidad jurídica para presentar oferta y participar en el proceso de selección se acreditará de la siguiente forma:
1). Carta de presentación de la propuesta debidamente suscrita por la persona facultada: Formato No. 1
El Proponente aportará una carta de presentación de la propuesta debidamente firmada, en la cual se destaque la identificación clara del sujeto jurídico que hace la oferta; el ofrecimiento incondicional de celebrar el contrato propuesto; y la manifestación y el compromiso de acoger y respetar las reglas del proceso de selección. Esta deberá estar suscrita por el interesado que será la persona natural o el representante legal para personas
jurídicas, del consorcio o unión temporal, o por el apoderado debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el original del poder donde se especifique que se otorga para presentar la carta de presentación y la oferta.
Para facilitar este trámite el pliego de condiciones dispondrá del anexo para tal fin. El contenido de dicho documento podrá ser variado a criterio de los proponentes, siempre y cuando conserve sus elementos esenciales. El proponente NO podrá señalar condiciones diferentes a las establecidas en el pliego de condiciones.
Con la firma de la carta de presentación de la propuesta se presumirá la aprobación, legalidad y conocimiento de todos los documentos que acompañan el Pliego de Condiciones. Dentro de la carta de presentación deberá declarar bajo la gravedad de juramento que no está en curso de inhabilidad e incompatibilidad.
2). Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio y/o documento legal idóneo:
El proponente (Persona Jurídica) deberá presentar el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio del domicilio principal o por la autoridad competente que certifique de acuerdo con la naturaleza del proponente; con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha fijada para el cierre del proceso, donde conste que de acuerdo con su objeto social se contempla la realización de las actividades objeto del contrato, y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar y ejecutar contratos.
Además, deberá indicar la duración de la sociedad, la cual no podrá ser inferior a la vigencia del contrato y tres (3) años más.
En caso de consorcio o unión temporal (personas jurídicas), cada uno de los integrantes deberá presentar este certificado con los requerimientos establecidos anteriormente.
Si se trata de un proponente persona natural singular y los miembros del proponente Plural (personas naturales), deberán anexar copia de la cedula de ciudadanía o Certificado de Matricula Mercantil del establecimiento de comercio según el caso.
En caso de personas naturales que no estén obligadas a inscribirse en el registro mercantil, como es el caso de las profesiones liberales, no deberán acreditar tal requisito.
Si la oferta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberá anexar los Certificados, tanto de la Sucursal como de la Casa Principal.
Si el proponente es persona jurídica que legalmente no está obligada a registrarse en la Cámara de Comercio, deberá allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y representación o reconocimiento de personería jurídica, con fecha de expedición no mayor a (30) días calendario anterior al cierre del proceso contractual.
En caso de personas extranjeras no inscritas en el registro mercantil o en el registro único de proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país, deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad extranjera en el país de origen. Así mismo, su decisión de establecer negocios en Colombia deberá cumplir con los requisitos señalados en el artículo 472 del Código de Comercio.
3). Registro Único Tributario – RUT:
Con el fin de conocer el régimen Tributario a que pertenece el proponente, deberá presentarse con la propuesta, fotocopia del Registro Único Tributario, expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales, donde aparezca claramente el NIT del proponente. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar este documento.
Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia y las personas naturales sin domicilio en Colombia, no deben presentar el Registro Único Tributario (RUT), toda vez que en él se deben inscribir toda persona natural o jurídica que deba cumplir obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia o una persona natural sin domicilio en Colombia, ésta deberá inscribirse en el Registro
Único Tributario (RUT).
4). Certificación sobre el cumplimiento de las obligaciones parafiscales y de seguridad social: Formato No.2
De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 , Ley 1150 de 2007 y Ley 1562 de 2012, a la fecha del cierre del proceso de selección, el oferente deberá aportar certificación del cumplimiento de sus obligaciones y pago de aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, o CREE, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o en su defecto por el representante legal, la cual en todo caso, acreditará el cumplimiento de la obligación como mínimo en los seis (6) meses anteriores a la presentación de la oferta, con el fin de dar cumplimiento al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
Si se trata de un consorcio o unión temporal, se deberá allegar la certificación de cumplimiento antes mencionada para cada uno de los miembros.
Cuando el proponente sea persona natural, deberá acreditar los documentos de afiliación al Sistema Integral de Seguridad Social, anexando copia del pago y planilla donde se relacionen los conceptos cancelados, realizado en el mes inmediatamente anterior a la fecha del cierre del plazo para presentar las ofertas.
Para el caso en que el Oferente tenga un acuerdo de pago vigente, deberá certificar que se encuentra al día con los pagos acordados en el mismo, al mes anterior al cierre.
Nota: Junto con la certificación deberá anexarse copia del documento de identificación del revisor fiscal o contador junto con copia de la tarjeta profesional y antecedentes disciplinarios de la junta central de contadores, este certificado deberá tener una vigencia no superior a 3 meses.
Para personas extranjeras:
Si la propuesta es presentada por una persona natural o jurídica extranjera, deberá presentar el formato de pago o el documento que haga sus veces, en donde acredite el pago de seguridad social de acuerdo con la reglamentación que rija en el país de origen, adjuntando la Ley o norma que la regula. Dicha norma puede anexarse en copia digital o impresa y citar en los documentos presentados con la propuesta, en que numerales y páginas de esta, se evidencia lo solicitado en el pliego.
Nota: Junto con la certificación deberá anexarse copia del documento de identificación del revisor fiscal o contador junto con copia de la tarjeta profesional su vigencia y antecedentes disciplinarios, este certificado deberá tener una vigencia no superior a 3 meses.
5). Autorización para contratar:
En caso de existir limitaciones en las facultades del representante legal señaladas en los estatutos, el proponente deberá anexar copia del Acta de Junta de Socios o Junta Directiva u órgano competente, según el caso, donde se le autorice para comprometer a la sociedad en la contratación y suscribir los documentos que se requieran en su desarrollo y para constituir el consorcio o la unión temporal, si a ello hubiere lugar.
6). Poder cuando la propuesta se presente por intermedio de un apoderado
Cuando el oferente actúe a través de un representante o apoderado deberá acreditar, mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta.
7). Apoderado para oferentes extranjeros
Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
i. Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar la constitución de un apoderado (Poder Especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.
ii. Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al castellano, debe presentarse en su lengua original junto con la traducción al castellano. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación. En lo no previsto aquí expresamente, se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.
iii. En cumplimiento de lo ordenado por el Parágrafo 2° del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto – Ley 019 de 2012, el oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera que no tenga establecida sucursal en el país, NO se encuentra obligado a inscribirse ni calificarse en el RUP.
iv. El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de certificarla deberá adjuntar la certificación respectiva que deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al castellano, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción correspondiente.
En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos del Código de Comercio, de acuerdo con lo señalado en los artículos 471 y 474 del citado Código.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 874 del Código de Comercio, en concordancia con el Artículo 28 de la Ley 9 de 1991, el artículo 3 del Decreto 1735 de 193 y la Resolución No. 8 de 2000, modificada por la Resolución 6 de 2006, emanada del Banco de la República, el valor en pesos colombianos del contrato o contratos celebrados en moneda distinta será el de la fecha de su suscripción o firma, de acuerdo con la tasa de cambio oficial que indique el Banco de la República.
8). Fotocopia de cédula de ciudadanía:
Presentar la fotocopia del documento de identidad del representante legal y/o del apoderado.
9). Documento de conformación del consorcio o unión temporal
Los proponentes que se presenten bajo una de estas modalidades deberán presentar el documento que acredite la conformación del Consorcio o Unión Temporal con el lleno de los requisitos exigidos por el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993.
En el documento de constitución deberá constar la siguiente información:
• Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal.
• En caso de unión temporal deberán señalar los términos y porcentaje de su participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de EL MINISTERIO.
• Designar la persona que para todos los efectos representará el consorcio o a la unión temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad.
• Indicar el término de duración del consorcio o unión temporal, el cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.
NOTA 1: Para la presentación de los documentos que se enuncian como requisitos habilitantes jurídicos, cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal deberá acompañarlos y/o acreditarlos en forma individual, sin perjuicio del documento de constitución del consorcio o unión temporal.
En los casos en que se conformen sociedades bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley con el único objeto de presentar una propuesta, celebrar y ejecutar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirá por las disposiciones previstas en la ley para los consorcios, por lo tanto, en caso de uniones temporales es obligatorio señalar los términos y porcentaje de participación de cada integrante en la propuesta y en la ejecución del contrato, so pena de ser tomada como consorcio.
NOTA 2: El porcentaje de participación y responsabilidades de los integrantes de la Unión Temporal, en la sumatoria deberá corresponder al 100% de las obligaciones generales, específicas y productos.
10). Antecedentes Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la Republica y Policía Nacional-Ausencia de inhabilidades e incompatibilidades
EL MINISTERIO consultará en la página web de la Procuraduría General de la Nación los antecedentes disciplinarios del proponente; y en la página web de la Contraloría General de la República el Boletín de Responsables Fiscales, así como los antecedentes penales y contravencionales en la página web de la Policía Nacional.
11). Compromiso anticorrupción
Los oferentes singulares o plurales deberán dar su manifestación o no sobre su Compromiso Anticorrupción contenido en el cuestionario de la plataforma del Secop II en donde manifiesten su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado Colombiano contra la corrupción así.
• Apoyamos la acción del Estado colombiano y del Ministerio de Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
• No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de selección. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero.
• Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de selección.
• Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Selección de Mínima Cuantía nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia.
• Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores.
• Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción.
Si se comprueba el incumplimiento, frente a este compromiso, por parte del oferente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el proceso de contratación actúe en su nombre, habrá causal suficiente para el rechazo de la oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
NOTA 1: En caso de unión temporal o consorcio, cada integrante deberá presentar las anteriores certificaciones o documentos, con excepción de los señalados en los numerales 1 (Carta de presentación de la propuesta), y 9
(Documento de conformación del consorcio o unión temporal, si es la condición del oferente o promesa de sociedad futura).
NOTA 2: El no cumplimiento de este factor dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE SELECCIONADO.
Esta documentación se debe allegar al Ministerio de Educación Nacional en un término no mayor a dos (2) días hábiles, una vez sea selecionado el proveedor
Para el registro de la orden de aceptación de la oferta, en el evento de ser seleccionado, aportar los siguientes documentos:
• Original certificación bancaria. En caso de proponentes plurales como consorcio o unión temporal, el titular de la cuenta deberá ser el respectivo proponente plural, consorcio o unión temporal.
• Formato único hoja de vida persona natural o jurídica de la Función Pública, según el caso
• Registro Único Tributario – RUT (en caso que el titular sea consorcio o unión temporal, aplica este numeral para el momento de la firma del contrato, pues se debe allegar el RUT a nombre de esta última)
• Registro de Información Tributaria –RIT Decreto Distrital 352 de 2002 art. 32 y siguientes.
• CAPACIDAD TÉCNICA
La verificación de la capacidad técnica no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta
CUMPLE O NO CUMPLE con lo requerido.
1. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE: (CUMPLE/NO CUMPLE)
El proponente persona natural o jurídica, en consorcio o unión temporal deberá acreditar los siguientes requisitos:
PROPONENTE SINGULAR - PERSONA NATURAL O JURÍDICA:
El proponente persona natural o jurídica, deberá acreditar su experiencia mediante la presentación de máximo dos (2) certificaciones de contratos, suscritos, ejecutados y terminados al 100% celebrados durante los últimos 5 años, cuyo objeto o alcance haya sido la revisión o inspección general anual y certificación de los sistemas de transporte vertical (ascensores).
La sumatoria de los valores finales de los contratos certificados deberá ser igual o superior al valor del presupuesto oficial del presente proceso.
1. PROPONENTE PLURAL (CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL)
Cualquiera de los integrantes que pertenecen a la Unión Temporal y/o Consorcio puede acreditar la experiencia suficiente para el cumplimiento de los requisitos de experiencia del proponente plural. La sumatoria de los contratos certificados no podrá ser superior a la del proponente singular.
NOTAS COMUNES A LA EXPERIENCIA:
El Ministerio se reserva el derecho a verificar, cuando lo considere necesario, la información que suministren los oferentes sobre su experiencia.
Las certificaciones presentadas deberán contener como mínimo, la siguiente información:
• Nombre de la empresa Contratante
• Nombre del Contratista
• Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe señalar el nombre de quienes lo
conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
• Número del contrato
• Objeto y alcance del contrato
• Fecha de suscripción (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año)
• Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año)
• Valor del contrato y de las adiciones, si las hubo.
• Cargo y firma de quien expide la certificación.
1. En el evento que las certificaciones no contengan la información que permita su verificación, el proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soporte que sean del caso, que permita tomar la información que falte en la certificación.
2. Cada contrato acreditado se analizará por separado, en caso de presentar certificaciones que incluyan contratos adicionales al principal, el valor adicional se sumará al valor del contrato u orden principal, quedando esta como una sola certificación.
3. Cuando el proponente acredite experiencia en contratos en los cuales haya participado en Consorcio o Unión Temporal, para efectos de la evaluación de este factor, se tomará el valor equivalente al porcentaje de participación del proponente en el Consorcio o Unión Temporal del cual acredite la experiencia, y se acreditará la experiencia conforme a las actividades que haya desarrollado el proponente dentro del consorcio o la unión temporal.
4. No serán válidas las certificaciones expedidas por grupos empresariales o empresas en situación de control, expedidas desde casa matriz o empresa controlante a sucursal, filial, subsidiaria, asociada o controlada. Para aportar a la oferta certificaciones de contratos ejecutados entre empresas de un mismo grupo o en situación de control, la certificación deberá estar firmada por el representante legal del cliente final o persona facultada, para ser calificada como válida.
5. No serán objeto de verificación los contratos ejecutados en la modalidad de subcontratación.
6. En el caso que la experiencia específica sea certificada por los proponentes que los postulen, deben anexar copia de los respectivos contratos por los cuales fueron vinculados y documentos que permitan al Ministerio validar la experiencia de tal forma que no se constituya en una auto certificación (se permite adjuntar certificaciones del cliente final y/o documentos no confidenciales de los proyectos). En todo caso el Ministerio de Educación Nacional podrá realizar los requerimientos necesarios para verificar la certeza de la información certificada.
7. Cuando los contratos para acreditar experiencia hayan sido celebrados con el Ministerio, en aplicación del Decreto Ley 19 de 2012, no será necesaria la presentación de certificaciones en la propuesta, caso en el cual será verificada internamente por el Comité Evaluador. Sin embargo, deberán relacionarse en la propuesta.
8. En caso de presentar un numero de certificaciones de contratos superiores a los establecidos en el presente proceso de selección. Se tendrán en cuenta según el orden de folios presentados en su propuesta hasta llegar al límite establecido en el presente proceso de selección.
NOTA: El no cumplimiento de alguno de los anteriores requisitos dará lugar a que el proponente sea evaluado como NO HABILITADO.
2. CERTIFICACIÓN ACREDITACIÓN ONAC
El oferente deberá presentar certificación vigente en la ISO/IEC17020:1998, con el respectivo alcance de la acreditación aprobada por la ONAC, dentro de la cual debe estar la actividad de inspección de ascensores electromecánicos e hidráulicos, mediante la NTC 5926-1. Criterios para las inspecciones de ascensores, escaleras mecánicas, andenes móviles y puertas eléctricas. Parte I: Ascensores electromecánicos e Hidráulicos.
El no cumplimiento de este factor dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
3. PERFIL DEL INSPECTOR DEL ORGANISMO DE INSPECCIÓN
El proponente deberá acreditar que cuenta con un inspector con las siguientes características:
• Ingeniero o Tecnólogo o Técnico profesional egresado de una institución avalada por una autoridad competente, en áreas relacionadas con electricidad y mecánica.
• Experiencia mínima de 2 años demostrable en instalación y mantenimiento de ascensores.
• Presentar certificación del conocimiento de la Norma NTC-ISO/IEC-17020 y la NTC-5926-1.
• Certificación de de capacitación en protección contra caídas para trabajo en alturas vigente.
Se deberá presentar copia del título académico el cual deberá ser emitido por una institución educativa reconocida y avalada por el Ministerio de Educación, además y dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 842 de 2003, para poder ejercer legalmente la ingeniería y sus profesiones afines o auxiliares en el territorio nacional, se requiere estar matriculado o inscrito en el registro profesional respectivo, lo cual se acreditará con la presentación de la tarjeta o documento adoptado para tal fin.
Para los efectos del ejercicio de la ingeniería o de alguna de sus profesiones afines o auxiliares, la experiencia profesional solo se computará a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional o del certificado de inscripción profesional, respectivamente, la cual se debe adjuntar a la propuesta en copia legible y se complementará con la certificación de trabajos específicos en mantenimiento y/o certificación de ascensores.
Con la propuesta se debe prestar la siguiente documentación del personal ofrecido:
1) Carta de compromiso debidamente suscrita por el profesional y/o técnico y/o tecnólogo en el que manifieste su compromiso de vincularse al proponente en caso de adjudicación del proceso, que incluya nombre completo.
2) Hoja de vida acompañada con las certificaciones que acrediten la experiencia laboral específica y los conocimientos específicos del personal propuesto, suscritas por el representante legal, el jefe de recursos humanos o quien haga sus veces de la empresa contratante.
Los documentos que acrediten la experiencia específica deberán contener toda la información necesaria para que el Ministerio pueda evaluar dicho criterio.
Para que la acreditación sea válida, las certificaciones deberán incluir como mínimo la siguiente información:
• Nombre e Identificación de la Entidad Contratante
• Funciones
• Fecha de iniciación y Fecha de terminación
3) Documentación con la que se acredite el cumplimiento del perfil académico mínimo solicitado.
4) En caso de ingeniero, tecnólogo o técnico, copia de la matrícula y/o tarjeta profesional.
NOTA: El no cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la presente invitación pública dará lugar a que la propuesta sea evaluada corno NO HABILITADA.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, la entidad establecerá en la invitación los requisitos mínimos habilitantes que serán verificados únicamente al oferente con el precio más bajo, siempre que se encuentren en condiciones xx xxxxxxx y satisfaga las necesidades de la entidad. En caso de existir dos o más ofertas con empate a menor precio, se verificarán los requisitos mínimos habilitantes según el orden de entrega de estas.
Para tal efecto el proponente deberá presentar en su propuesta económica, los precios unitarios solicitados según FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA (Que deberá ser diligenciada en la plataforma de la página del SECOP II del presente proceso) La adjudicación del contrato se hará por el valor total de la propuesta seleccionada.
Una vez se establezca cual es la propuesta con el precio más bajo, se procederá a verificar el cumplimiento de los requisitos habilitantes jurídicos y técnicos establecidos en la invitación.
En caso de que este no cumpla con los mismos, procederá la verificación del proponente ubicado en segundo lugar y así sucesivamente. De no lograrse la habilitación, se declarará desierto el proceso.
FACTORES DE SELECCIÓN:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.5.2 8 del Decreto 1082 de 2015, la entidad establecerá en la invitación los requisitos mínimos habilitantes que serán verificados únicamente al oferente con el precio más bajo, siempre que se encuentren en condiciones xx xxxxxxx y satisfaga las necesidades de la entidad. En caso de existir dos o más ofertas con empate a menor precio, se verificarán los requisitos mínimos habilitantes según el orden en que fueron presentadas en la plataforma del Secop II.
Para tal efecto el proponente deberá presentar en su propuesta económica, los precios unitarios solicitados según FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA (Que deberá ser diligenciada en la plataforma de la página del SECOP II del presente proceso).
Una vez se establezca cual es la propuesta con el precio más bajo, se procederá a verificar el cumplimiento de los requisitos habilitantes jurídicos y técnicos establecidos en la invitación.
En caso de que este no cumpla con los mismos, se procederá a la verificación del proponente ubicado en segundo lugar y así sucesivamente. De no lograrse la habilitación, se declarará desierto el proceso.
La aceptación de la oferta se hará por el valor total de la propuesta seleccionada con el precio más bajo, previo cumplimiento de los requisitos jurídicos y técnicos establecidos en la invitación.
PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ECONOMICA:
La oferta económica deberá ser presentada en el formulario dispuesto para tal fin dentro del proceso en la plataforma del SECOP II.
Para que la propuesta sea tenida en cuenta se debe presentar la oferta expresada en pesos COP, teniendo en cuenta que el valor del presupuesto oficial destinado para el contrato es de UN MILLON SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS M/CTE $1.768.382 incluido IVA.y todos los
gastos, costos, derechos, impuestos, estampillas, tasas, contribuciones y demás emolumentos relacionados con el cumplimiento del objeto del contrato.
El valor total de la propuesta no podrá superar el valor del presupuesto oficial, so pena de ser RECHAZADA, ni el plazo establecido para la ejecución del contrato.
El presente proceso se adjudicará por el valor de la propuesta económica del proponente ganador. La evaluación recaerá en la propuesta con el precio más bajo ofertado siempre y cuando cumpla con los requisitos habilitantes.
NOTA 1: Para aquellos proponentes que no sean responsables del impuesto a las ventas (IVA), su propuesta no podrá superar el valor estimado por la entidad antes de IVA. Por lo tanto, se aclara que la Entidad verificará el valor de la propuesta antes de IVA en su respectiva Evaluación.
NOTA 2: El valor del contrato será el de la propuesta con el precio más bajo, si cumple lo jurídico y técnico.
CRITERIOS DE DESEMPATE:
De conformidad con lo establecido en el numeral 7 del artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, en caso de existir empate a menor precio total, la Entidad aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo.
15. CIERRE Y APERTURA DE OFERTAS:
Este procedimiento se surtirá en la fecha indicada en el cronograma, en donde los proponentes deberán cargar las propuestas en la pagina del SECOP II.
16. VERIFICACIÓN DE PROPUESTAS Y TRASLADO:
Efectuado el cierre del proceso se procederá a verificar el cumplimiento de los requisitos habilitantes jurídicos y técnicos establecidos en esta invitación a la propuesta con el menor precio. Los resultados de esta verificación serán puestos a disposición de los proponentes el día señalado en el cronograma del proceso, en el perido de
evalaución se podrán requerir aclaraciones y/o subsanaciones, en todo caso el término máximo será hasta el traslado del informe de verificación y/o evaluación.
La verificación jurídica será efectuada por la Subdirectora de Contratación, y la verificación y/o evaluación y económica la realizará el subdirector de gestión Administrativa.
17. DESIGNACIÓN COMITÉ EVALUADOR
Se designa al comité verificador y evaluador del presente proceso de selección el cual estará conformado por: i. Verificación técnica y económica: subdirector de gestión Administrativa: XXXX XXXXXXX XXXX xx. Verificación jurídica: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX.
18. RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES FORMULADAS AL INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES:
Surtido el trámite de verificación de los requisitos habilitantes y el traslado de evaluación de la oferta, si se llegaren a recibir observaciones y/o subsanaciones se elaborará un informe final en el cual se dará respuesta a las observaciones presentadas al informe de verificación de requisitos habilitantes y se mostrarán los resultados definitivos, con base en los cuales se realizará la comunicación de aceptación de la oferta.
19. COMUNICACIÓN DE ACEPTACIÓN DE OFERTA:
El comunicado de aceptación de oferta será publicado en el SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx- ii en la fecha prevista en el cronograma. Con la publicación de la comunicación de aceptación en el SECOP II, el proponente seleccionado quedará informado de la aceptación de su oferta.
20. CONTRATO
La comunicación de aceptación junto con la oferta constituye para todos los efectos el contrato celebrado de conformidad con lo previsto en el numeral 7 del Decreto 1082 de 2015.
21. TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN, Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS ASOCIADOS A LA CONTRATACIÓN:
Matriz de riesgos anexa al estudio previo.
22. GARANTIAS:
En atención a las obligaciones y cuantía del contrato, el contratista deberá constituir a favor del Ministerio de Educación Nacional, dentro de los dos (2) días siguientes al perfeccionamiento del contrato, Garantía Única de Cumplimiento, en una compañía de seguros o en una entidad bancaria debidamente reconocida por la Superintendencia Financiera, que ampare los siguientes riesgos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 así:
1. Cumplimiento del contrato: Por una cuantía equivalente al 20% del valor del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución y seis (6) meses más, contados a partir del perfeccionamiento hasta la liquidación del mismo.
2. Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales: Por una cuantía equivalente al 15% del valor del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución y tres (3) años más, contados a partir del perfeccionamiento.
3. Calidad del Servicio: Por una cuantía equivalente al 30% del valor del contrato, por el plazo de ejecución y un (1) año más contado a partir del perfeccionamiento.
Seguro de Responsabilidad civil extracontractual: El CONTRATISTA, a través de un amparo contenido en anexo a la póliza de garantía única o mediante amparo autónomo en póliza de seguros anexa, cubrirá la Responsabilidad Civil Extracontractual que se pudiera llegar a atribuir a EL MINISTERIO con ocasión de las
actuaciones, hechos u omisiones del CONTRATISTA o de los subcontratistas de este, por doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMLMV).
La vigencia de la garantía deberá ser por todo el plazo de ejecución del contrato. La cobertura de Responsabilidad Civil Extracontractual deberá contener como mínimo, en adición a la cobertura básica de predios, labores y operaciones, los amparos adicionales de:
− Cobertura expresa de los perjuicios por daño emergente y lucro cesante.
− Cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales.
− Xxxxxxxxx expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas, salvo en el evento en que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos.
− Cobertura expresa xx xxxxxx patronal.
− Cobertura expresa de vehículos propios y no propios.
−
En caso de pactarse deducibles, el tope máximo será xxx xxxx por ciento (10%) del valor de cada pérdida sin que en ningún caso puedan ser superiores a dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (2.000 SMLMV). Las franquicias, coaseguros obligatorios y demás formas de estipulación que conlleven xxxxxxxx de parte de la pérdida por la entidad asegurada no serán admisibles.
El monto de la garantía se deberá restablecer por parte del contratista con ocasión de las reclamaciones efectuadas por EL MINISTERIO. Dentro de los términos estipulados en este Contrato la garantía no podrá ser cancelada sin la autorización de EL MINISTERIO.
La garantía única de cumplimiento expedida a favor del Ministerio no podrá expirar por falta de pago de la prima ni puede ser revocada unilateralmente.
EL CONTRATISTA debe mantener vigente la garantía única y ajustarla siempre que se produzca alguna modificación en el plazo y/o valor del contrato o en el evento en que se produzca la suspensión temporal del mismo. Igualmente, EL CONTRATISTA deberá notificar a la compañía aseguradora de cualquier modificación del contrato, así esta no conlleve cambio del plazo o el valor del mismo y deberá allegar el certificado de notificación de la modificación a EL MINISTERIO como constancia de realización de la misma. Será de cargo de EL CONTRATISTA el pago oportuno de todas las primas y erogaciones de constitución y mantenimiento de la garantía.
NOTA: El monto de las garantías no constituye límite de responsabilidad para EL CONTRATISTA y en caso de resultar adeudada una suma mayor a la amparada, éste se obliga a cancelar directamente.
23. CADUCIDAD ADMINISTRATIVA:
En caso de que se presente algún hecho constitutivo de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución de la aceptación de oferta, El MINISTERIO, mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá declarar la caducidad de la misma, dando por terminada la aceptación de oferta y ordenando su liquidación en el estado en que se encuentre sin perjuicio de las acciones penales y civiles a que hubiere lugar.
24. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES POR PARTE DE EL MINISTERIO Y SOMETIMIENTO A LAS LEYES NACIONALES:
De conformidad con el artículo 14 (numeral 2), 15,16 y 17 de la Ley 80 de 1993, la presente aceptación de oferta se rige por las cláusulas de interpretación, modificación y terminación unilaterales y de sometimiento a las leyes nacionales de que traten las precitadas normas, las cuales se entienden incorporadas a la presente aceptación de oferta.
25. MULTAS, CLÁUSULA PENAL Y LIQUIDACIÓN: MULTAS
En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por el contratista, EL MINISTERIO impondrá multas, de la siguiente manera: a) Multas por xxxx en el cumplimiento del plazo para cada una de las entregas establecidas: si el contratista incumple los plazos de las entregas establecidos en la aceptación de oferta, deberá pagar a EL MINISTERIO, por cada día calendario de retraso, el 0.5% del valor de la misma, sin que en total estas multas sobrepase el 10% del valor de la aceptación de oferta; b) Multas por incumplimiento parcial: si durante la ejecución de la aceptación de oferta el contratista incumple alguna otra de las obligaciones contractuales, EL MINISTERIO le impondrá multas equivalentes al 0.5% del valor de la aceptación de oferta, sin que el total de estas multas sobrepase el diez por ciento (10%) del valor total de la misma; c) Para los efectos del pago de multas del literal b) antecedente, se entiende que hay incumplimiento parcial cuando el contratista incumple las obligaciones señaladas en la aceptación de oferta, diferentes al plazo de la ejecución del objeto contractual; d) El contratista autoriza a EL MINISTERIO para descontar y tomar el valor de las multas de que tratan los literales anteriores una vez en firme la resolución que las impone, de cualquier suma que le adeude, EL MINISTERIO sin perjuicio de que las haga efectivas conforme a la ley; e) El pago o la deducción de dichas multas no exonera a el contratista de la obligación de cumplir con el objeto de la aceptación de oferta, ni de las demás obligaciones y responsabilidades que emanen del mismo.
PARAGRAFO: PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS Y CLAUSULA PENAL PECUNIARIA se
procederá de conformidad con el Articulo 86 de la Ley 1474 de 2011.
CLÁUSULA PENAL:
Se fija como cláusula penal pecuniaria, una suma equivalente de hasta el diez por ciento (10%) del valor total de la aceptación de oferta, en caso de incumplimiento por parte del contratista, la cual pagará a EL MINISTERIO sin necesidad de requerimiento judicial, en un término no mayor de veinte (20) días a partir de la fecha en que se declare el incumplimiento. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la Ley 1474 de 2011.
En caso de que existan saldos a favor del contratista, este autoriza por medio del presente documento a EL MINISTERIO a efectuar los descuentos con el fin de hacer efectivo el cobro de las sumas que adeude por este concepto.
LIQUIDACIÓN:
La liquidación se realizará de mutuo acuerdo dentro de los seis (06) meses siguientes al término de ejecución de la aceptación de oferta, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 modificado por el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 217 del Decreto Ley 019 de 2012; y el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007.
26. INDEMNIDAD:
El contratista, mantendrá indemne a EL MINISTERIO contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, que se ocasionen durante la ejecución del objeto de la aceptación de oferta y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. En caso de que se instaure demanda o acción legal alguna, o se formule reclamo contra EL MINISTERIO, por asuntos, que según la aceptación de oferta sean de responsabilidad del contratista, EL MINISTERIO se lo comunicará lo más pronto posible para que el contratista por su cuenta adopte oportunamente las medidas pertinentes previstas por la ley para mantener indemne a EL MINISTERIO y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto. Si en cualquiera de los eventos previstos, el contratista, no asume debida y oportunamente la defensa de los intereses de EL MINISTERIO, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al contratista y éste último, pagará todos los gastos en que EL MINISTERIO incurra por tal motivo.
27. INDISPONIBILIDAD DE LA PLATAFORMA:
En caso de presentarse indisponibilidad de la plataforma del SECOP II, se dará aplicación a lo dispuesto en la
“Protocolo de Indisponibilidad del SECOP II” disponible en la siguiente dirección electrónica:
“xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx_xxxxxx/xxxxx/xxx_xxxxxxxxxx/xxxxxxxxx_xx_xxxxxxxxxxxxxxx d_secop_ii.pdf”, para lo cual se establece como correo para dicho evento el siguiente: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
28. VEEDURÍAS CIUDADANAS:
Que en los términos del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y del numeral 5 del artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, se convoca a las veedurías ciudadanas a las asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, para que realicen el control social al presente proceso de Contratación, para lo cual podrán solicitar ante la Subdirección de Contratación del Ministerio de Educación Nacional la información y documentación que requieran.
FORMATO N° 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Ciudad y Fecha:
Señores
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Ciudad
Asunto: Presentación propuesta invitación pública Mínima Cuantía IP-MEN-11-2020
Nosotros los suscritos de acuerdo con las condiciones que se estipulan en la invitación de mínima cuantía IP-MEN-11-2020 hacemos la siguiente oferta seria e irrevocable para la “SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y SUMINISTRO DE PARTES PARA LAS IMPRESORAS ZEBRA
DEL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL” y en caso de que nos sea aceptada nos comprometemos a expedir las garantías correspondientes en el tiempo determinado
Declaramos así mismo:
a. Que esta oferta y el contrato que llegare a celebrarse sólo comprometen a los firmantes de esta carta.
b. Que ninguna otra persona distinta de los firmantes tiene interés comercial en esta oferta ni en el contrato probable que de ella se derive.
c. Que conocemos todos los documentos del proceso y aceptamos las obligaciones y especificaciones técnicas en ellos contenidas.
d. Que si se nos acepta la oferta nos comprometemos a efectuar los tramites a que haya lugar, y expedir y suscribir las garantías dentro de los términos señalados para ello.
e. Que hemos revisado las adendas y aceptamos su contenido.
f. Que conocemos el plazo establecido para la ejecución del contrato el cual se contará a partir de la suscripción del acta de inicio.
g. Que el valor total propuesto es de $ (indicar el valor de la propuesta).
h. Que autorizo al Ministerio de Educación Nacional a verificar toda la información incluida en la propuesta y a solicitar a las autoridades competentes o a los particulares correspondientes, información relacionada con el contenido de la misma.
i. Que conozco las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con las entidades estatales, de conformidad con el artículo 8º y siguientes de la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios, de las sanciones establecidas por trasgresión a las mismas en el numeral 7 del artículo 26 y en el artículo 52 de la citada ley, así como los efectos legales consagrados en el numeral 1 del artículo 44 de la misma norma, así como también las establecidas en la Ley 1474 de 2011, y el Decreto 1082 de 2015 y declaro bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del presente documento, que no me encuentro incurso en ninguna de ellas
ni tampoco la sociedad que represento.
j. Apoyamos las acciones del Estado colombiano y del Ministerio de Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
k. En lo referente al compromiso anticorrupción, nos comprometemos a cumplir con todos y cada una de las manifestaciones que a continuación se relacionan: a) Apoyamos la acción del Estado colombiano y del Ministerio de Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública; b) No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación; c) Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero; d) Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de selección IP- MEN-11-2020; e) Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de selección IP-MEN-11-2020 nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia; f) Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores; y g) Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción.
Atentamente,
Nombre o Razón Social del Oferente: Nit Nombre y Firma del Representante Legal: CC No de _ Dirección Teléfonos Fax Acepto notificación eléctronica al correo: Firma:
Nombre y Firma de quien avala la propuesta:
Profesión:
Matricula profesional
FORMATO N° 2
CERTIFICACIÓN DE APORTES PARAFISCALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL
Referencia: PROCESO DE INVITACIÓN PÚBLICA MÍNIMA CUANTÍA IP-MEN-11-2020
Yo, _ en calidad de Revisor Fiscal o Representante Legal de la sociedad con NIT. , (o en nombre propio), identificado con cédula de ciudadanía no. de acuerdo con la Ley 789 de 2002 manifiesto bajo juramento que la sociedad se encuentra al día en el cumplimiento del pago de sus obligaciones legales con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a la caja de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando a ello hubiere lugar, en relación con sus empleados por un periodo no inferior a seis (6) meses anteriores a la presentación de ésta certificación.
Firma: Nombre:
Tarjeta Profesional No.
En calidad de Revisor Fiscal o Representante Legal
Fecha:
NOTA: En caso de que la firma NO esté obligada por ley a tener revisor fiscal, la certificación deberá ser firmada por el Representante Legal.
Igualmente, en el evento en que la misma se suscriba por el revisor fiscal, deberá anexarse copia del documento de identificación del revisor fiscal y certificación de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores, certificación que debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de la oferta (no mayor a 3 meses).
FORMATO NO. 03
FORMATO EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
Número y año del contrato: (indicar número del contrato) | Objeto del contrato | Nombre o razón social del Contratante: (indicar nombre completo) | Fecha de inicio del contrato (dd/mm/aa) | Fecha de finalización del contrato (dd/mm/aa) | Valor Final del Contrato (incluido IVA) | Valor Final del Contrato en SMLMV | |
1 | |||||||
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5 |
Nota: Deberá ser ajustado el presente formato cuando se trate de Experiencia Mínima Proponente Plural (Consorcio o Unión Temporal)
FORMATO No. 4 – CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES TÉCNICAS
Bogotá D.C,
Señores:
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Proceso de Selección: IP-MEN-11-2020
Yo, , como Representante Legal o Apoderado de
me comprometo que en caso de resultar adjudicatario del proceso de selección IP-MEN-11-2020 cumpliré con los requisitos definidos en el Anexo Técnico del presente proceso y en la invitación pública.
Cordialmente,