PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE LOS CENTROS DE TRANSFORMACIÓN DE TITULARIDAD MUNICIPAL.
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE LOS CENTROS DE TRANSFORMACIÓN DE TITULARIDAD MUNICIPAL.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
El presente contrato tiene por objeto la contratación del mantenimiento de los Centros de Transformación de energía eléctrica, y líneas de A.T. de titularidad municipal que posteriormente se relacionan.
Estas actuaciones se realizarán teniendo en cuenta las premisas fundamentales:
Plaza de la Constitución, 1 – 28943 Fuenlabrada (Madrid)
a) La seguridad de las personas y de las instalaciones ante riesgos diversos, en especial el cumplimiento del Real Decreto 614/2001, de 8 xx xxxxx, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
b) Dar cumplimiento a lo preceptuado en el Reglamento sobre Condiciones técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación aprobado por Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, en su artículo 12, sobre mantenimiento de las instalaciones.
c) En cuanto a las verificaciones e inspecciones de las líneas eléctricas que no sean de propiedad de empresas de transporte y distribución, se atenderá a lo dispuesto en la instrucción ITC-LAT 05 del Reglamento de Líneas Eléctricas de Alta Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-LAT 01 a 09, especialmente en el apartado 3 de la instrucción ITC-LAT 05.
2.- CALIFICACIÓN DEL CONTRATISTA.
Los licitadores del presente concurso estarán inexcusablemente inscritos en el Registro de Empresas mantenedoras de Alta Tensión y en posesión del carné profesional correspondiente en vigor, autorizado por la Dirección General de Industria de la C.A.M.
5.- ACTUACIONES Y PRESTACIONES A REALIZAR POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA.
5.1 Periodicidad de las revisiones.
Se realizará al menos 1 revisión anual. En ella, se hará como mínimo una revisión completa, de cada uno de los centros de transformación incluidos en el Anexo 1.
En la revisión, se realizará un informe técnico por escrito comunicando al Ayuntamiento cuantos defectos o anomalías que en la utilización del centro de transformación se produzcan, con el estado, deficiencias detectadas y actuaciones realizadas o que sean necesarias realizar. En esta revisión anual, se hará una comprobación de las instalaciones para constatar el normal funcionamiento, siendo necesario redactar el informe completo por escrito, indicando las anomalías detectadas, así como reflejar en el mismo los datos obtenidos en el estudio termográfico.
La empresa de mantenimiento notificará las incidencias que reglamentariamente procedan al Servicio competente en esta materia de la Comunidad de Madrid.
5.1.1 Antes de intervenir en la instalación.
Comunicarlo verbalmente y vía e-mal a: Responsable del Servicio de Mantenimiento o Director del contrato. Encargado o responsable de las instalaciones.
5.1.2 Actuaciones Correctivas. Procedimiento de actuación: Aviso de Asistencia Técnica:
a) Se realizará la petición de aviso telefónicamente; confirmándose vía correo electrónico o fax.
b) Parte de Trabajo. Finalizada la intervención, se emitirá un parte de trabajo firmado y sellado que se entregará para dar su conformidad a:
• Responsable del Servicio de mantenimiento o responsable del contrato.
5.2 Trabajos de mantenimiento.
Una vez revisadas las instalaciones, se realizarán los trabajos necesarios de mantenimiento con el fin de subsanar las anomalías detectadas.
Las revisiones las realizará el Técnico de la empresa mantenedora acompañado de Responsable del Servicio de mantenimiento.
Se adoptarán las condiciones técnicas y medidas de seguridad que sean necesarias. Se utilizarán los elementos y EPI`s necesarios para la seguridad personal. Todos los elementos deberán estar siempre en perfecto estado de uso, lo que se comprobará periódicamente.
Los trabajos de mantenimiento que puedan hacerse sin paralizar las instalaciones, se harán lo antes posible, siempre con autorización previa y en presencia del Responsable del servicio de mantenimiento.
•Cuando sea necesario desconectar la instalación, los trabajos se realizarán siguiendo las instrucciones del Responsable del Servicio de mantenimiento, responsable de los trabajos, en el momento que menor repercusión tenga para la instalación que alimenta. Si fuese necesario, se realizarán en turno de tarde, sábado x xxxxxxx, sin repercusión de un mayor coste sobre el precio unitario aprobado.
5.3 Adaptación a la legislación vigente.
Si variase la legislación y normas vigentes sobre este tipo de instalaciones, la Empresa Mantenedora lo comunicará por escrito al Responsable del Servicio de mantenimiento para que en los plazos impuestos, se realicen a cargo del Ayuntamiento las modificaciones necesarias a fin de adaptar la instalación a la nueva legislación.
5.4 Documentación e inventario.
El contratista confeccionará en el mes siguiente a la firma del contrato, un inventario con desglose total de los elementos constituyentes de los centros de transformación presentado a la Delegación de Sostenibilidad, Obras Públicas, Mantenimiento Urbano y Edificios Públicos tanto en papel como en formato electrónico (*.dwg), de los existentes será facilitado el mismo por el Ayuntamiento de Fuenlabrada.
En el caso de realizarse alguna incorporación de nuevos centros de transformación al contrato, será el contratista el que deberá confeccionar el inventario de estos elementos
5.5 Puntos mínimos a comprobar o medir en cada revisión completa.
No obstante, el contratista, una vez adjudicado el contrato, podrá proponer otro modelo de mediciones a realizar en las instalaciones.
Informe Técnico:
Será realizado un Informe Técnico por la persona responsable de la
revisión. En dicho informe, se detallarán todos los defectos o anomalías detectadas, aportando en cada caso las soluciones o acciones correctoras que se consideren oportunas
Aparatos mínimos de que deben disponerse para realizar las mediciones:
• Medidor de rigidez dieléctrica de aceites
• Medición de resistencia de tierra
• Medidor de aislamiento de la menor 10kV
• Maleta de comprobación de relés
• Analizador de redes registrador
• Equipo de puesta a tierra de XX.XX.
• Pértiga aislante detectora de tensión
• Multímetro o tenaza para tensión alterna y continua hasta 500V, intensidad alterna y continua hasta 20A y resistencia
• Medidor de Tensiones de paso y contacto con fuente de intensidad de 50A, como mínimo
• Equipo verificador de la continuidad de los conductores
5.6 Metodología operativa en la ejecución del contrato.
Como se indica en el punto 1, con esta contratación se pretenden conseguir dos premisas fundamentales:
a) La seguridad de las personas y de las instalaciones ante riesgos diversos, en especial el cumplimiento del Real Decreto 614/2001, de 8 xx xxxxx, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
b) Dar cumplimiento a lo preceptuado en el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación aprobado por Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, en su artículo 12, sobre mantenimiento de las instalaciones, así como la normativa vigente que le sea de aplicación.
Para cumplir ambos objetivos, se pretenden realizar las revisiones indicadas, en cada una de las instalaciones.
Como mínimo, se realizará una revisión anual de cada uno de los centros, se redactará el correspondiente informe correspondiente a cada una de las revisiones realizadas y, posteriormente, se repararán las anomalías detectadas previa presentación de oferta que deberá ser aceptada. Así mismo, el adjudicatario, será el responsable de contratar a su cargo las inspecciones periódicas descritas en el artículo 13 del Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales
Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación aprobado por Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre
A la adjudicación de contrato, se hará la primera revisión completa correspondiente al año 2015.
Antes de iniciar cada una de las revisiones se indicará al Responsable del Servicio de mantenimiento, responsable del contrato, las fechas previstas de actuación para proceder a su supervisión. Cuando sea necesario desconectar la instalación para proceder a trabajos de mantenimiento, de común acuerdo, se buscará la fecha más idónea para realizar el corte, teniendo en cuenta lo indicado en el punto 5.2.
El contratista establecerá, en coordinación con el responsable del contrato, el periodo para hacer la revisión obligatoria por el organismo de control. Si fuese necesaria más de una revisión en el periodo de vigencia del contrato, se establecerá al inicio de año la anualidad en la que se deberá realizar la misma. La empresa que resulte adjudicataria será la encargada de contratar a la OCA, teniendo obligación de asistir técnica y humanamente al citado organismo de control en las labores de revisión facilitando la labor del mismo.
El precio ofertado para cada uno de los transformadores, incluirá la reposición de aceite, así como el costo de la mano de obra necesaria para realizar las reparaciones o actuaciones.
Los materiales que sea necesario utilizar se facturarán aparte, previa aprobación del presupuesto por el Ayuntamiento. En caso de disconformidad, podrá incluso suministrar estos materiales el propio Ayuntamiento.
6.- INSTALACIONES OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
El ayuntamiento dispone de diversos centros que deben mantenerse desde la firma del contrato.
En el Anexo 1 se incluye la tabla de los centros a mantener junto con sus características.
A esta relación de instalaciones actuales, se podrán ir incorporando las nuevas instalaciones que se vayan poniendo en funcionamiento en el futuro, una vez superados los periodos de garantía. En este caso, los precios unitarios ofertados para las nuevas instalaciones de incorporarán al presente contrato, considerándose:
1. El número de transformadores
2. La potencia aparente del transformador
3. La existencia y longitud de la línea de A.T.
4. La existencia y longitud de la línea de B.T.
5. La existencia de Centro de seccionamiento
6. La existencia de Centro de medida
7.- PERIODO DE GARANTÍA.
Los nuevos elementos o materiales que se vayan incorporando, como consecuencia de los trabajos de mantenimiento o posibles reformas, tendrán un periodo de garantía de UN AÑO contados a partir de la fecha de instalación.
8.- ABONO DE LOS TRABAJOS Y MATERIALES SUMINISTRADOS.
Dado que está prevista inicialmente una visita a cada centro por año natural, el pago se realizará en una vez a la finalización del año, con una factura única amparando todos los centros de transformación.
Todos aquellos trabajos o reparaciones no incluidos en el presente contrato, el abono a realizar se hará previa aceptación de presupuesto, como puedan ser entre otros:
• Reparación de daños por filtraciones de agua.
• Recarga, retimbrado o reposición de extintor o emergencia.
• Reposición de pértiga, guantes, banqueta aislante.
9.- REQUISITOS DEL ADJUDICATARIO.
Disponer de una Póliza de Seguro por siniestro por importe mínimo de 1.000.000 €.
Fuenlabrada, a 2 de enero de 2.015 El Director de Alumbrado Público
Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
ANEXO I.- CENTROS DE TRANSFORMACIÓN A MANTENER.
INSTALACIÓN Y EMPLAZAMIENTO | TIPO | RELACIÓN DE TRANSFORMACIÓN | A indicar por el licitador: Precio anual de mantenimiento I.V.A. incluido |
EJE RADIAL NORDESTE | 1x50 kVAs ℘50m línea aérea ℘30m línea subterránea | 20.000v a 420v | |
CAMINO XXX XXXXXX | 1x250 kVAs | 15.000v a 420v | |
PARQUE DE LA SOLIDARIDAD | 1x250 kVAs | 15.000v a 420v | |
CENTRO CULTURAL “Tomás y Valiente” | 3x1.000 kVAs línea subterránea | 15.000v a 420v | |
CENTRO CIVICO “Pque. de la Paz” | 2x630 kVAs | 15.000v a 420v | |
CENTRO DE MAYORES “Xxxxx Xxxxxx” | 1x400 kVAs | 15.000v a 420v | |
CASAS REGIONALES | 1x400 kVAs | 15.000v a 420v | |
PARQUE DE BOMBEROS | 1x400 kVAs | 15.000v a 420v | |
CENTRO DE LA DEPENDENCIA | 1x630kVAs | 20.000v a 420v | |
SERVICIOS SOCIALES | 1x250 kVAs | 15.000v a 420v | |
CASA CONSISTORIAL | 2x1.000 kVAs | 15.000v a 380v |
Fuenlabrada, a 2 de enero de 2.015 El Director de Alumbrado Público
Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx