MINISTERIO DE SALUD
MINISTERIO DE SALUD
“INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL”
- BASES -
CONCURSO PÚBLICO
CP Nº 0001-2007-INMP “CONTRATACION DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
-PRIMERA CONVOCATORIA-
COMITÉ ESPECIAL
2007
MINISTERIO DE SALUD
INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-2007-INMP
SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA
BASES ADMINISTRATIVAS
TITULO I.- GENERALIDADES
1.1 ORGANISMO QUE CONVOCA
Instituto Nacional Materno Perinatal (INMP), con domicilio legal en Xx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xx 000, Xxxx.
1.2 OBJETO
El presente proceso tiene por objeto contratar el Servicio de Seguridad y Vigilancia por el período de doce (12) meses, de conformidad con las presentes Bases y especificaciones técnicas del Anexo N° 2. Este proceso de selección y la ejecución del contrato que se suscriba con el postor beneficiado con la buena pro se regirá especialmente por el TUO de la Ley Nº 26580 y su Reglamento, las presentes Bases y el contrato a suscribirse con el proveedor.
1.3 VALOR REFERENCIAL
El monto referencial del objeto del presente proceso de selección, incluidos los impuestos xx xxx, es de S/.1'682,346.40 Nuevos Soles (UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 40/100 Nuevos Soles). Incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas de mejoras al servicio y equipamiento, costos laborales conforme legislación vigente y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo total del servicio. Dicho valor referencial tiene una antigüedad menor de seis (06) meses.
Limites Mínimo y Máximos del Valor Referencial:
-
Máximo (110 %)
S/ 1'850,581.04 Nuevos soles
Mínimo (70 %)
S/ 1'177,642.48 Nuevos soles
Los valores referenciales han sido calculados a suma alzada al mes de setiembre del 2007, incluido IGV.
1.4 FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Fondos correspondientes a las fuentes de financiamiento: Recursos Ordinarios
1.5 SISTEMA Y MODALIDAD
La contratación del suministro objeto de la presente convocatoria será realizada bajo el Sistema de Xxxx Xxxxxx, siendo la modalidad con financiamiento de la Entidad.
1.6 CALENDARIO DEL PROCESO
El calendario que regirá el presente proceso de selección para el año 2007, es el siguiente:
CALENDARIO DE ACTIVIDADES
CONCURSO PUBLICO N° 0001-2007-INMP
“CONTRATACION DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
Nº |
ETAPAS |
LUGAR |
FECHA |
1 |
Convocatoria |
Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) |
30 de Noviembre del 2007.
|
2 |
Registro de Participantes |
Oficina de Logística del INMP De 08.00 horas A 16.00 horas
|
03 de Diciembre al 21 de Diciembre del 2007. |
3 |
Formulación de consultas y observaciones
Absolución de consultas y/u observaciones
Integración de las Bases
|
Mesa de Partes del INMP De 08.00 horas A 16.00 horas
Correo Electrónico (Postor) SEACE (CONSUCODE) |
Del 03 de Diciembre al 07 de Diciembre del 2007.
13 de Diciembre del 2007.
19 de Diciembre del 2007. |
5 |
Presentación de Propuestas
|
Auditorio Principal del INMP Horario: 10.00 horas. ACTO PÚBLICO |
27 de Diciembre del 2007. |
6 |
Evaluación de Propuestas
|
ACTO DIFERIDO |
Del 27 de Diciembre del 2007. |
7 |
Otorgamiento de la Buena Pro |
Auditorio Principal del INMP Horario: 10.30 horas. ACTO PÚBLICO |
28 de Diciembre del 2007. |
1.6 REQUISITOS PARA SER POSTOR
1.6.1 Pueden participar como postores las personas naturales y jurídicas, debidamente autorizados por la DICSCAMEC del Ministerio del Interior y no se encuentren comprendidas dentro de las limitaciones establecidas en los artículos 9º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Entre dichos impedimentos se encuentran las personas naturales contractualmente vinculadas al INMP que tengan intervención directa en la definición de necesidades, especificaciones técnicas, evaluación de ofertas, selección de alternativas, autorización de adquisiciones o pagos, dicha prohibición alcanza al cónyuge, conviviente o a los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de dichas personas.
1.6.2 También podrán participar una pluralidad de postores agrupados en Consorcio, para lo cual deberán presentar como parte de su propuesta técnica una Promesa de Consorcio, en la cual se asuma el compromiso de celebrar un Contrato de Consorcio en caso de resultar adjudicatarios de la buena pro, el mismo que se formalizará mediante documento privado con firma legalizada ante notario público y será presentado antes de la suscripción del contrato derivado del presente proceso de selección. Tanto la Promesa de Xxxxxxxxx como el propio Contrato de Xxxxxxxxx, deberán incluir la designación de un representante o apoderado común, quien tendrá poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven de su calidad de postores y/o contratistas, según sea el caso. Las infracciones cometidas por un Consorcio durante la ejecución del contrato, se imputarán a todos los integrantes del mismo, aplicándosele a cada uno de ellos la sanción que le corresponda.
1.6.3 Registrarse en la Entidad, pagando el derecho de participación en el proceso de selección, este pago da derecho al participante a recabar una copia de las Bases, sometiéndose al cumplimiento de las mismas.
1.6.4 Las partes de un Consorcio no deben estar incluidas en el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado.
1.6.5 Estar vigente la inscripción en el Registro Nacional de Proveedores del CONSUCODE. En caso de Consorcio, cada una de sus integrantes debe contar con el referido Registro.
De ser el caso la(s) empresa(s) postora(s) deberá(n) estar inscritas en el Registro según lo indica el Artículo 13° de la Ley 27626 “Ley que regula la Actividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas de Trabajadores”.
TITULO II.- BASE LEGAL
2.1 NORMATIVA
El presente proceso de selección se sujetará a la siguiente normativa:
Xxx Xx 00000 Xxx xx Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx para el año 2007, sus normas complementarias y modificatorias.
Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 “Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado” aprobado por Decreto Supremo. N° 083-2004-PCM y Decreto Supremo N° 084-2004-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias
Ley Nº 27633 que bonifica con el 20% en los procesos de selección a los bienes y servicios de producción nacional.
Decreto Supremo N° 003-2001-PCM que regula lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 064-2000, sobre calificación técnica y económica por postores de bienes y servicios elaborados dentro del territorio nacional.
Decreto de Urgencia N° 064-2000 “Modifica la Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional”.
Decreto de Urgencia N° 083-2001 Prorrogan vigencia del Decreto de Urgencia N° 064-2000, que modificó el artículo único de la Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional.
Resolución N° 080-2000-CONSUCODE/PRE que aprueba la Directiva N° 006-2000-CONSUCODE, que establece pautas para la presentación de garantías a que se refiere el Art. 40° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.
Resolución N° 126-2000-CONSUCODE/PRE que modifica el Anexo de la Directiva N° 006-2000-CONSUCODE, que contiene la relación actualizada de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, autorizadas por la Superintendencia de Banca y Seguros para otorgar Cartas Fianzas y/o Pólizas de Caución.
Resolución N° 019-2001-CONSUCODE-PRE que aprueba la Directiva N° 001-2001-CONSUCODE “Formalización de los Consorcios a los que se haya otorgado la Buena pro en los procesos de selección sujetos al Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 “Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado” aprobado por Decreto Supremo. N° 083-2004-PCM y Decreto Supremo N° 084-2004-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias
Resolución N° 114-2001-CONSUCODE/PRE que aprueba la Directiva N° 013-2001-CONSUCODE/PRE "Procedimiento para la remisión de los actuados de las observaciones a las Bases formuladas por los adquirientes que no hayan sido acogidas por los Comités Especiales".
Directiva Nº 003-2003/CONSUDE - Disposiciones Complementarias para la participación y postores en consorcio en la Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Directiva Nº 004-2007-CONSUCODE/PRE Disposiciones Complementarias para la evaluación y calificación de la experiencia de consorcios en procesos de selección.
Resolución de Contraloría Nº 123-2000-CG Modifican diversas Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público.
Ley 27626 que regula la actividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas de Trabajadores.
Decreto Supremo N° 003-2002-TR que establece disposiciones para la aplicación de las Leyes N° 27626 y 27696.
Ley 27671 Ley que modifica la Ley de Jornada de Trabajo, horario y Trabajo en sobre tiempo.
Ley 25054 que norma la fabricación y uso particulares xx xxxxx y municiones que no son xx xxxxxx y su reglamento aprobado con D.S. 07-98-IN
Decreto Supremo Nº 05-94-IN Reglamento de Servicios de Seguridad Privada.
Resolución Ministerial Nº 1424-2003-IN donde aprueban la Directiva que establece el diseño, características técnicas, distintivos, implementos del uniforme personal que prestan servicios de seguridad y vigilancia
RD. No 023-93-2003-IN 1704 que aprueba la guía de procedimientos para el uso de uniforme No 2 que deben cumplir las empresas que prestan servicios de seguridad privada.
Ley Nº 27444 - Ley de Procedimientos Administrativos General
Código Civil aprobado por el Decreto Legislativo Nº 245.
Decreto Supremo Nro. 107-2007-EF Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo No. 084-2004-PCM.
Pronunciamiento Nro. 224-2007/DOP emitido por CONSUCODE.
Resolución Directoral Nro. 257-DG-INMP-07, del 22 xx xxxxxx del 2007, que designa el Comité Especial.
2.2 REFERENCIAS
2.2.1 Cuando en las presentes Bases se menciona la Ley se entenderá que se hace referencia al TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo 083-2004-PCM. Asimismo cuando se alude al Reglamento estará referido al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y sus modificaciones.
TITULO III.- ETAPAS DEL PROCESO
3.1 CONVOCATORIA
El proceso de selección se inicia con la Convocatoria a través de su publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE).
3.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES
Las Bases estarán a disposición de los interesados (Jr. Xxxx Xxxxxxx 941-Lima) desde el día siguiente de realizada la convocatoria y hasta un día después de haber quedado integrada, de acuerdo al calendario de las presentes bases:
Precio de venta : Quince y 00/ 100 nuevos soles (S/ 15.00)
Forma de pago : Al contado y en efectivo.
Entrega de Bases : Oficina de Logística del Instituto Nacional Materno Perinatal.
Horario de atención : De Lunes a Viernes, de 08:00 a 16.00 horas.
Con la adquisición de las Bases se requiere que el adquiriente se registre en el Registro de Participantes en el proceso Concurso Público Contratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia del INMP, otorgando con ello autorización expresa a lo que se refiere el artículo 87º del Reglamento.
El adquiriente de las Bases luego de vencido el plazo para la recepción de consultas, se adhiere al proceso de selección en el estado en que se encuentre.
CONSULTAS Y OBSERVACIONES
Los interesados que hayan adquirido las presentes Bases, podrán formular consultas y/u observaciones sobre el contenido de las mismas, dirigidas por escrito al Presidente del Comité Especial o a través del SEACE en el período fijado en el calendario del presente proceso de selección. En caso de ser por escrito, estas deberán ser presentadas en Mesa de Partes (Jr. Xxxx Xxxxxxx 941-Lima) de 08:00 a 16:00 horas. Para tal efecto emplearán el formato del Anexo Nº 03
Igualmente podrá adjuntarse un (01) diskette que contenga el texto xxx xxxxxx de preguntas en procesador de textos Word de MS_Oficce, o podrá remitirse al correo electrónico xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, lo que no exime de presentarlo formalmente. En todo caso prevalecerá la consulta que sea alcanzada por escrito.
Mediante escrito debidamente fundamentado los participantes podrán formular observaciones a las Bases, las que deberán versar sobre el incumplimiento de las condiciones mínimas a que se refiere el Artículo 25º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado u otras normas complementarias y conexas que tengan relación con este proceso de selección.
El Comité Especial recibirá las consultas y observaciones a las Bases por parte de los participantes por un periodo mínimo de cinco (5) días hábiles contando a partir del día siguiente de la notificación de la convocatoria en el SEACE.
3.4 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES
Efectuadas las consultas y observaciones por los participantes, el Comité Especial deberá absolverlas de manera fundamentada y sustentada, cualquiera fuera su respuesta, mediante un pliego absolutorio que deberá contener la identificación de cada participante y la respuesta del Comité Especial para cada consulta u observación presentada.
El plazo para la absolución de consultas y observaciones y su respectiva notificación a través del SEACE, en la sede de la entidad o a los correos electrónicos de los participantes, de ser el caso, no podra exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para la recepción de las consultas y observaciones.
ELEVACION DE BASES A CONSUCODE
Los observantes tienen la opción de solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento del término para absolverlas. Dicha opción no solo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino además, cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado por el Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Artículo 25º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.
3.5.2 Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal con anterioridad a la etapa de formulación de observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases al CONSUCODE cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el Artículo 25º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 “Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado” aprobado por Decreto Supremo. N° 083-2004-PCM y Decreto Supremo N° 084-2004-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tenga relación con el proceso de selección.
3.5.3 El Comité Especial en concordancia con lo citado en los parrafos precedentes, incluirá en el Pliego de Absolución de observaciones el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados prevista en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del CONSUCODE. El participante deberá efectuar el pago en las oficinas del CONSUCODE y recabar el recibo de pago correspondiente. En caso que el participante observante, no cumpla con cancelar el monto de la tasa a su cargo, el Presidente del Comité Especial aplicará lo previsto en el Artículo 125.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo General (Ley 27444), teniendo por no presentadas las observaciones no acogidas.
El CONSUCODE en el plazo xxxxxx xx xxxx (10) días resolverá las observaciones y de ser el caso se pronunciará de oficio sobre cualquier aspecto de las Bases que contravenga la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado. Este Pronunciamiento será debidamente motivado y expresado de manera objetiva y clara. Asimismo, en dicho plazo, requerirá las acreditaciones que resulten pertinentes, a través de un pronunciamiento que se publicará en el SEACE. De no emitir Pronunciamiento dentro del plazo establecido, el CONSUCODE devolverá el importe de la tasa al observante manteniendo la obligación de emitir el respectivo pronunciamiento.
El Comité Especial, una vez publicado el Pronunciamiento del CONSUCODE, estará obligado a implementarlo estrictamente, aun cuando ello implique bajo responsabilidad, la suspensión temporal del proceso y/o la prórroga de las etapas de éste, en atención a la complejidad de las correcciones, adecuaciones o acreditaciones que sea necesario realizar. El Comité Especial no continuará con la tramitación del proceso de selección si es que antes no ha cumplido con implementar adecuadamente lo dispuesto en el Pronunciamiento del CONSUCODE bajo sanción de nulidad y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere a lugar. Contra el Pronunciamiento del CONSUCODE no cabe interposición de recurso alguno y constituye precedente administrativo.
3.6 INTEGRACION DE BASES
Una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se hubieran presentado, el Comité Especial publicará las Bases a través del SEACE, quedando integradas como reglas definitivas y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, según sea el caso.
3.7 PRORROGA O POSTERGACIÓN DEL PROCESO
De acuerdo a lo establecido en el artículo 84° del Reglamento la prórroga o postergación de las etapas de un proceso de selección deberán registrarse en el SEACE modificando el cronograma original.
El Comité Especial comunicará dicha decisión a los participantes o postores, según sea el caso, en la propia Entidad o al correo electrónico que hayan consignado al registrarse como participantes.
3.8 CANCELACIÓN DEL PROCESO
En los casos previstos en el Artículo 34º de la Ley y artículo 86º del Reglamento, la entidad comunicará dentro del plazo legal establecido a todos los postores de esta decisión, conforme a la forma y procedimientos señalados por Ley.
TITULO IV.- CONDICIONES DE CARÁCTER TÉCNICO ECONÓMICO
4.1 VISITA DE INSPECCION DE INSTALACIONES
El participante que lo solicite podrá efectuar una visita de inspección a las instalaciones del Instituto Nacional Materno Perinatal, en el cual se brindarán los servicios de seguridad y vigilancia, visita que será guiada por el Jefe de Seguridad Interna del Instituto y se podrá realizar hasta antes de la integración de bases, de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 hrs. debiendo acreditarse mediante Carta de Presentación de la Empresa, con copia para el cargo respectivo y Documento Nacional de Identidad (DNI) al representante autorizado para la visita.
4.2. PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas presentadas deberán mantener su vigencia desde el acto de presentación del sobre de Propuesta Técnica y de Propuesta Económica, hasta la suscripción del contrato.
4.3 PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La prestación del servicio objeto de la presente convocatoria se iniciará el día hábil siguiente a la suscripción del contrato y tendrá una vigencia por 12 (doce) meses.
4.4 REQUERIMIENTO Y ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO
Las especificaciones técnicas referidas a la prestación del servicio a contratar se detallan en el Anexo 2. Las especificaciones técnicas, son condiciones o características mínimas de cumplimiento obligatorio, por tanto las propuestas pueden superarlas.
4.5 CONDICIONES MINIMAS PARA GARANTIZAR LA PRESTACION DEL SERVICIO
El contratista está obligado a brindar todo tipo de facilidades al Jefe de Vigilancia del INMP, para que cuantas veces lo considere necesario, por sí o por terceros, efectúe inspecciones (físicas y/o documentarias) para verificar el cumplimiento del servicio contratado.
Se levantará un Acta consignando las inspecciones y verificaciones realizadas, así como los resultados obtenidos. Dicha Acta deberá ser firmada por el Jefe de Vigilancia del INMP y el contratista. De incumplir el contratista los términos del contrato, se procederá de acuerdo a los Artículos 222º, 223º, 224º, 225º, 226º y 227º del Reglamento.
El contratista es el único responsable ante el INMP de cumplir con la prestación del servicio contratado, no pudiendo transferir esas responsabilidades a otras entidades o terceros en general.
Queda expresamente precisado que el contratista tiene la responsabilidad exclusiva y total derivada de la contratación y administración del personal para el cumplimiento de las prestaciones objeto del presente proceso, no existiendo relación laboral entre el Instituto Nacional Materno Perinatal y el personal del contratista, siendo este último responsable del pago de sus remuneraciones, indemnizaciones y cualquier otro derecho que pudiera corresponder. La Institución reconocerá todo incremento dispuesto por Leyes Sociales y/o Tributarias, siempre que afecte la estructura de costos de los postores ganadores de la buena pro (articulo 32° del Reglamento)
4.6 CONFORMIDAD DEL SERVICIO
4.6.1 La conformidad se sujeta a lo dispuesto en el artículo 233º del Reglamento, será extendida por la Oficina Ejecutiva de Administración, previo informe del Comité de Supervisión del Servicio de Seguridad y Vigilancia del INMP el cual estará integrado por: el Director de la Oficina Ejecutiva de Administración, el Director de la Oficina de Servicios Generales y el Jefe de vigilancia del INMP; considerando el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Calidad
La prestación del servicio reúne las condiciones fijadas en la propuesta técnica finalmente adjudicada.
Cantidad
El servicio se realiza conforme a las actividades programadas en el plan de trabajo aceptado en el marco del contrato de servicios.
Oportunidad
El servicio se realiza en forma oportuna según los requerimientos del INMP.
Lugar
El servicio se realiza en los lugares fijados por el INMP (Anexo 3)
4.6.2 Una vez consentida la buena pro y suscrito el Contrato, la Oficina de Logística remitirá una copia de las bases integradas, propuesta técnica del postor ganador y contrato a la Dirección General para la emisión de la Resolución Directoral de la conformación del Comité de Supervisión del Servicio de Seguridad y Vigilancia del INMP.
4.7 CONDICIONES DE CARACTER ECONOMICO
FORMA DE PAGO
El pago por la prestación del servicio se realizará en forma mensual previa conformidad de la prestación de los servicios, dentro de un plazo que no excederá de los 10 (diez) días hábiles de ser recibido el expediente de pago.
El expediente de pago para la conformidad comprenderá lo siguiente:
El acta con la conformidad debidamente otorgada por la Oficina Ejecutiva de administración, previo informe del Comité de Supervisión del Servicio de Seguridad y Vigilancia del INMP
Factura original con la liquidación del pago del mes.
Copia de las boletas de pago de cada Agente de vigilancia del mes.
Copia de la planilla de AFP del mes,
Pago de CTS o Sistema de Pensiones según corresponda,
Pago de Seguro del mes
Para la tramitación del pago correspondiente, el Contratista deberá presentar la Carta de autorización según modelo contenido en el Anexo N º 09, para la cancelación con abonos en la cuenta bancaria de su representada.
4.8 RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
4.8.1 Previo conocimiento de la PNP, el contratista será responsable de los daños, pérdidas y/o sustracciones que sufriera el INMP, personal y usuarios previo registro de bienes ingresados, por acción, desconocimiento o negligencia de su personal, debiendo reparar o reemplazar a satisfacción del INMP o afectados los daños causados. Si en el término de cinco (05) días calendarios no realiza la reparación o reemplazo, el INMP descontará automáticamente el valor de la reparación o reemplazo de su facturación mensual. El valor de reparación o reemplazo del bien será el de vigencia en el mercado y será puesto en conocimiento del contratista.
4.8.2 La reparación o reemplazo por sustracción ilícita se cumplirá sin perjuicio de la acción administrativa, policial y/o judicial que el caso amerite.
4.8.3 El contratista es responsable directo del personal destacado para la prestación del servicio contratado, no existiendo ningún vínculo de dependencia laboral con el INMP.
4.8.4 El contratista es responsable del pago de las remuneraciones de su personal asignado, así como de todos los importes que por el pago de tales remuneraciones pudieran devengarse por conceptos xx xxxxx, beneficios sociales, seguro social, indemnización por tiempo de servicios o tributos creados. La Institución reconocerá todo incremento dispuesto por Leyes Sociales y/o Tributarias, siempre que afecte la estructura de costos de los postores ganadores de la buena pro.
Al INMP no le corresponderá ninguna responsabilidad en caso de accidentes, daños, enfermedades, mutilaciones, invalidez o muerte de los trabajadores del contratista o terceras personas, que pudieran ocurrir en la ejecución del contrato, con ocasión o como consecuencia del mismo.
TITULO V.- ACTO PÚBLICO DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS
CAPITULO I.-FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
5.1 REQUISITOS DE LAS PROPUESTAS
5.1.1 La presentación de propuestas se llevara a cabo en la fecha y hora señalados en el Calendario de actividades (no habrá tolerancia)
Las propuestas, se presentarán en original y una copia, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno, sin enmendaduras y/o borrones, en sobre cerrado cada sobre garantizando su inviolabilidad. La última hoja será firmada por el postor o su representante legal o mandatario designado para el efecto. (no se deberá foliar ni firmar las páginas en blanco), No se aceptarán fax ni fotocopias ilegibles
Todos los documentos que contengan información técnica esencial serán presentados en idioma castellano, los documentos esenciales presentados en otro idioma deben acompañar su respectiva traducción oficial, salvo que se trate de información técnica complementaria como los folletos, catálogos, manuales u otro documento podrán presentarse en idioma original.
5.1.4 Cuando se exija la presentación de documentos emitidos en el extranjero por entidades públicas, deberá presentarse copia simple, las que deberán ser legalizados por el consulado correspondiente respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores en caso de ser favorecido con la buena pro.
Se descalificarán las propuestas que no se ciñan estrictamente a las presentes Bases.
Cada propuesta contendrá dos sobres: Sobre N° 1.- Sobre Propuesta Técnica y Sobre N° 2.- Sobre Propuesta Económica. Los sobres deberán llevar la inscripción: Concurso Público N° 0001 “Servicio de Seguridad y Vigilancia, y el nombre o razón social del Postor.
5.1.7 Para el acto de presentación de propuestas y adjudicación, los postores concurren personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial mediante carta poder simple.
5.2 CONTENIDO DEL SOBRE PROPUESTA TECNICA
La propuesta técnica deberá contener los siguientes documentos:
Índice de los documentos que contiene el sobre, consignando el número de la página en que se encuentra cada documento.
Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de proveedores. En caso de Xxxxxxxxx debe presentar el Certificado cada uno de sus integrantes (Obligatorio).
Declaración Jurada de Información Empresarial. Según el modelo del Anexo Nº 01 "DECLARACION JURADA DE INFORMACION EMPRESARIAL". Para los postores que participen en Consorcio, cada empresa que integre el Consorcio deberá presentar la presente Declaración Jurada (Obligatorio).
Promesa Formal de Consorcio sólo para el caso de postores que participen en consorcio, indicando el porcentaje de participación de cada uno de los miembros del consorcio. Según el modelo del Anexo Nº 04 "PROMESA FORMAL DE CONSORCIO". Suscrito por cada uno de los representantes legales si fuese el caso de persona jurídica o directamente si se trata de personas naturales (Obligatorio para los que se presenten en Consorcio).
Carta de cumplimiento con las condiciones y especificaciones técnicas señaladas en el Anexo N° 2 (Obligatorio)
Declaración Jurada de acuerdo a lo establecido en el artículo 76° del Reglamento. Según modelo del Anexo Nº 05. (Obligatorio)
En caso de tratarse de una pequeña o micro empresa deberán presentar una declaración según formato del Anexo Nº 06
Declaración jurada expresa – de ser el caso – de presentar servicios dentro del territorio nacional Anexo Nº 07
Pacto de Integridad, según modelo del Anexo Nº 08 "DECLARACION JURADA DE PACTO DE INTEGRIDAD" (Obligatorio). El Comité Especial procederá a firmar éste documento durante la revisión del sobre 1 - Propuesta Técnica.
Documentación relativa a los factores de evaluación (Anexo Nº 10)
Copia simple legible de la Resolución Directoral de Autorización de Funcionamiento vigente emitida por la DICSCAMEC del Ministerio del Interior, donde conste la licencia de funcionamiento como empresa de Servicio de Vigilancia y Seguridad que autoriza al postor para que opere en el Departamento de Lima (Obligatorio). No se aceptarán documentos en trámite.
Copia simple de la autorización vigente del Ministerio de Transporte y Comunicaciones para uso de frecuencia que emplean los equipos de comunicación a utilizarse en los lugares donde brinda el servicio o copia del contrato de servicio de Sistema Troncalizado suscrito por el postor. (Obligatorio según el caso)
Copia simple de la constancia o resolución vigente que acredite estar inscrito en el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan Actividades de Intermediación Laboral de acuerdo a la Ley N° 27626 y al D.S. N° 003-2002-TR. En el caso de consorcios, bastará que uno de los postores satisfaga este requisito, siempre y cuando el o los consorciados en su relación interna no se hayan obligado a ejecutar efectivamente actividades de intermediación laboral. (Obligatorio)
Declaración Jurada de compromiso de contratación de las Pólizas de Seguros solicitadas en los Términos de Referencia endosadas a favor del INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL, durante la vigencia del contrato, en caso de ser ganador de la Buena Pro, cuyas pólizas deberán ser presentadas para la suscripción del contrato. (Obligatorio),
Declaración Jurada donde señale las mejoras que ofrece, según el Anexo Nº 10.
5.3 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MINIMOS
El cumplimiento de las Especificaciones Técnicas, normas reglamentarias del Ministerio del Interior para el funcionamiento de las personas dedicadas a la prestación del servicio de seguridad y vigilancia, y las disposiciones legales del Ministerio de Trabajo y Promoción Social que regulan las autorizaciones pertinentes, son los requisitos de admisibilidad para el presente Concurso.
5.4 DESCALIFICACION DE LA PROPUESTA
Postores que no oferten la cantidad total del servicio.
Incumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos y demás requisitos de carácter obligatorio de las presentes Bases.
Cuando en la Evaluación Técnica la oferta del postor no obtenga un puntaje de 80 PUNTOS como mínimo.
5.5 CONTENIDO DEL SOBRE PROPUESTA ECONÓMICA
5.5.1 La propuesta económica deberá contener los montos totales, incluyendo los impuestos xx xxx por doce (12) meses de servicio.
- Costo total mensual incluido el I.G.V.
- Costo total anual del servicio incluido el I.G.V
La Propuesta Económica es a todo costo, es decir, deberá incluir todos los tributos incluido el I.G.V., seguros, transporte, supervisión, entrenamiento, equipamiento (radio, arma, chaleco y otros) y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio, hasta su culminación. Se considerará como máximo 2 (DOS) decimales. El Instituto no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza salvo en lo especificado en las presentes bases.
La remuneración mensual del agente de vigilancia no deberá ser menor a lo establecido por el Supremo Gobierno, considerando todos los beneficios que corresponden a los trabajadores, así como los pagos por horas extras y bonificaciones por las doce (12) horas que laboran.
CAPITULO II.- RECEPCION Y APERTURA DE PROPUESTAS
5.6 ORGANOS QUE INTERVIENEN
Intervendrán en el Acto Público de Recepción y Apertura de Propuestas, el Comité Especial, un Notario Público, los postores que hayan adquirido las Bases y un representante de la Oficina de Control Institucional.
5.7 RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS
El Acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante, no se encuentra presente se le tendrá por desistido de participar en el proceso. Si alguno es omitido podrá acreditarse con la presentación del comprobante de pago por derecho de participación. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio por cada ítem.
El Comité especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor. Es obligatoria la presentación de todos los documentos requeridos y el Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser así, el Comité Especial devolverá la propuesta, teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el Acta y el Notario Público mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación, se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Si existieran defectos de forma tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, el Comité Especial otorgará un plazo máximo de dos (2) días, desde el día siguiente de la notificación, para que el postor los subsane, en cuyo caso la propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto, salvo que el defecto pueda corregirse en el mismo acto. No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la propuesta económica.
Se levantará un Acta, la cual será suscrita por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.
TITULO VI.- CRITERIOS DE EVALUACION DE PROPUESTAS
6.1 FACTORES Y PUNTAJES DE EVALUACIÒN
La Evaluación consta de dos fases, Evaluación Técnica y Evaluación Económica:
6.2 PUNTAJE TÉCNICO
Antes de proceder a la evaluación técnica se verificarán los requisitos de admisibilidad de la propuesta.
La evaluación de la propuesta técnica se realizará en fecha posterior al Acto Público de Presentación de Ofertas y según lo descrito en el Anexo Nº 10 “FACTORES DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS”.
La propuesta técnica se evaluará en función a lo solicitado en el Sobre N° 1 siendo el puntaje máximo de 100 puntos, y mínimo para poder calificar a la segunda etapa 80 puntos de acuerdo a los criterios de calificación.
La propuesta económica se evaluará en función a la fórmula del puntaje económico con un máximo de 100 puntos para la oferta económica más baja. (numeral 6.3).
6.3 EVALUACIÓN ECONOMICA (Puntaje máximo: 100)
.
Se evalúa el precio ofertado, otorgándole a la propuesta de menor monto 100 puntos al resto de propuestas según la fórmula siguiente:
-
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
6.4 DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
El Puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula (DS Nº 063-2006-EF):
Así tenemos que para el Postor i:
-
PTpi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTpi = Puntaje total del postor
PTi = Puntaje por Evaluación Técnica del postor
PEi = Puntaje por Evaluación Económica del postor
c1 = 0.7 (coeficiente de ponderación para la evaluación técnica)
c2 = 0.3 (coeficiente de ponderación para la evaluación económica)
Los resultados se precisarán en el “Cuadro Comparativo de Costos Totales” de ofertas calificadas.
6.5 EVALUACION ADICIONAL
Sólo a los postores de servicios prestados dentro del territorio nacional conforme al reglamento de la materia, se le agregará un 20% adicional a la sumatoria de su calificación técnica y económica (Ley Nº 27633), la empresa que obtenga la Buena Pro será aquella que tenga el mayor puntaje, para efecto de dicho beneficio los postores deberán cumplir con presentar la respectiva declaración jurada (Anexo Nº 07)
6.6 ADJUDICACIÓN DE LA BUENA PRO
6.6.1 El Comité Especial en la fecha y hora prevista en el aviso de convocatoria, a través de un cuadro comparativo por ítem hará de conocimiento el puntaje de las propuestas técnicas y su correspondiente orden de prelación, indicando además las propuestas desestimadas. Acto seguido procederá a abrir y a dar a conocer las propuestas económicas solo de aquellas que hayan alcanzado el puntaje mínimo requerido en el Anexo Nº 10 y comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados. De no ser así, el Comité Especial devolverá los documentos al postor, teniéndolos por no presentados, salvo que éste exprese su disconformidad en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el Acta y el Notario Público mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación, se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
6.6.2 No cabe subsanación alguna respecto a las omisiones o errores en la propuesta económica, con las consideraciones señaladas en el articulo 125º del reglamento de la Ley.
6.6.3 El Comité Especial otorga la Buena Pro aún en los casos en los que se declare como válida una única oferta. El proceso de selección será declarado desierto cuando no quede válida ninguna oferta.
6.6.4 Cuando se hayan presentado dos o más propuestas, el consentimiento de la buena pro se producirá a los ocho (08) días hábiles de su notificación, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer recurso de apelación. En caso de haberse presentado una sola oferta el consentimiento de la buena pro se producirá el mismo día de su notificación. Dentro del día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la Buena Pro, éste será publicado en el SEACE.
6.7 EMPATE
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando estrictamente el siguiente orden:
A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje técnico.
A través de sorteo en el mismo acto.
6.8 NOTIFICACIÓN DE LA BUENA PRO
El otorgamiento de la Buena Pro, se presume notificado a todos los postores en el mismo acto público, oportunidad en la que se entrega a los postores copia del acta y el cuadro comparativo detallando los resultados en cada factor de evaluación, sin perjuicio de que se publiquen en el SEACE. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario.
6.9 RECURSOS IMPUGNATIVOS
Los recursos impugnativos serán presentados de conformidad con las disposiciones del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado modificado por el Decreto Supremo Nº 028-2007-EF.
La solución de controversias en la ejecución contractual se regirán de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 272° al 292° del Reglamento.
TITULO VII.- CONTRATOS
7. REQUISITOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO
De acuerdo con el Artículo 203.- Plazos y procedimiento para suscribir el contrato del Reglamento, una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la buena pro, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son los siguientes:
7.1 Firma del Contrato.
Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, la Entidad deberá citar al postor ganador, otorgándole un plazo mínimo de cinco (5) días hábiles y xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles para suscribir el contrato. No obstante, si dicho postor tuviera antes del plazo mínimo establecido la documentación completa requerida, podrá presentarse a suscribir el contrato;
Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la Buena Pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. En tal caso, la Entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, procediéndose conforme al plazo dispuesto en el inciso precedente. Si este postor no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable;
Cuando la Entidad no cumpla con citar al ganador de la Buena Pro o suscribir el contrato dentro del plazo establecido, el postor podrá requerirla para su suscripción, dándole un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles a la Entidad. En estos casos, la Entidad deberá reconocer a favor del postor una cantidad equivalente al uno por mil (1/1000) del monto total de su propuesta económica por cada día de atraso, computado desde el requerimiento y hasta la fecha efectiva de suscripción del contrato, con un tope máximo de cinco (5) días hábiles;
Vencido el plazo sin que la Entidad haya suscrito el contrato, el postor podrá solicitar se deje sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro. En tal caso, la Entidad deberá reconocerle una indemnización por el único concepto de lucro cesante, cuyo monto deberá ser sustentado por el postor y no podrá ser mayor al diez por cien (10%) del monto adjudicado; sin perjuicio de la responsabilidad que le pudiera corresponder al Titular o máxima autoridad administrativa de la Entidad o al funcionario competente para la suscripción del contrato. De surgir alguna controversia, ésta será resuelta por el Tribunal.
El postor ganador- en cumplimento del numeral 1 del artículo 26° de la Ley 27626, previamente a la suscripción del contrato - deberá presentar el original de la constancia de inscripción vigente en el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan intermediación laboral a cargo del Ministerio de Trabajo. Esta copia será retenida por la Entidad durante el tiempo de duración del contrato.
7.2 Garantías
Las garantías que deberán otorgarse se ceñirán a lo establecido en los artículos 40º de la Ley, artículo 213º del Reglamento.
Garantía de fiel cumplimiento del contrato
Debe ser solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática, por un importe equivalente al 10% del monto total del contrato, con una vigencia por el plazo de ejecución y hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
Las micro y pequeñas empresas (MYPES) puedan optar, como alternativa a la obligación de presentar dicha garantía, autorizar a la Entidad para que proceda a la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto total del contrato. La retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del contrato, de conformidad con el artículo 21° de la Ley N.º 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa.
Garantía adicional por el monto diferencial de la propuesta:
En caso que la propuesta económica adjudicada fuese inferior al valor referencial en mas xxx xxxx por ciento (10%), la empresa beneficiada con la buena pro deberá entregar una garantía equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y el monto de la propuesta económica, tendrá vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
7.5 POLIZAS DE SEGUROS
El postor ganador de la Buena Pro, deberá contratar a favor del Instituto Nacional Materno Perinatal y con vigencia de hasta sesenta (60) días hábiles posteriores a la culminación del contrato pólizas de seguros por los riesgos, importes y coberturas que a continuación se indican:
a) PÓLIZA DE SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES O SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO SALUD
La Empresa asumirá exclusivamente los daños contra, el cuerpo o la salud que pudiera sufrir su personal a consecuencia de la prestación del servicio. Para tal efecto todos los Agentes deberán contar con su respectiva Póliza de Seguro de Accidentes Personales o Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo Salud (Deberán remitir póliza al INMP).
b) PÓLIZA DE SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
La Empresa deberá contar con una Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil Extracontactual por daños materiales y personales causados involuntariamente a terceros, que además incluya la Responsabilidad Civil Patronal, que cubra al INMP, considerándose éste como un tercero. Esta póliza deberá estar vigente por todo el periodo de contratación y será equivalente al 15% del monto de la oferta ganadora.
c) PÓLIZA DE DESHONESTIDAD
La Empresa ganadora de la Buena Pro, deberá contar con una Póliza de Deshonestidad por daños y perjuicios mientras realicen su trabajo dentro de INMP. Esta póliza deberá estar vigente por todo el periodo de contratación y será equivalente al 15% del monto de la oferta ganadora.
7.6 ESTRUCTURA DE COSTOS
El postor ganador de la buena pro, deberá entregar para la firma de contrato, la estructura de costos del servicio adjudicado, indicando la remuneración básica, los pagos por horas extras, las bonificaciones y todos los beneficios que deben cancelar a los Agentes de Seguridad, de acuerdo al monto contratado.
TITULO VIII. PENALIDADES Y SANCIONES
8.1 SANCIONES
En caso de retraso injustificado en la prestación del servicio objeto del contrato, la Entidad le aplicará al contratista una penalidad por cada día calendario de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento del monto total contratado.
Esta penalidad será deducida de acuerdo a lo establecido en el artículo 222° del Reglamento.
8.1.3 Al tratarse de un contrato de ejecución continuada, tanto el monto como el plazo del contrato que se utilizarán para el cálculo de la penalidad, se referirán a la prestación parcial que debió ejecutarse.
Será de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0.10 x Monto 0.40 x Plazo en días
Plazo en días
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento de acuerdo a lo establecido en los artículos 224°, 225° y 226° del Reglamento.
El contratista no podrá transferir parcial o totalmente la responsabilidad del cumplimiento del contrato, teniendo responsabilidad plena sobre la ejecución y cumplimiento del mismo, salvo el caso de consorcios.
TITULO IX. DISPOSICIONES FINALES
Los casos no considerados en la presente bases, se sujetarán a las disposiciones contenidos en la Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 “Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado” aprobado por Decreto Supremo. N° 083-2004-PCM y Decreto Supremo N° 084-2004-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias.
ANEXO Nº 1
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
DECLARACIÓN JURADA DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL |
El que se suscribe, Representante Legal de ................................................................. ................................................ identificado con D.N.I. Nº .................................................., R.U.C. Nº ............................, con poder inscrito en la localidad de ..........................., en la Ficha Nº ..........................., Asiento Nº ....... ........................., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mí representada se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social |
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Domicilio Legal |
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||||
R.U.C. |
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Teléfono |
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Fax |
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Correo electrónico |
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REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS |
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Localidad: |
Ficha: |
Asiento: |
Fecha de Inscripción |
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Fecha de inicio de actividades económicas |
Representante Legal |
Nombres y Apellidos |
DNI |
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Otorgamiento de poderes |
Municipalidad |
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Nº Licencia de Funcionamiento |
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Fecha |
PARTICIPA EN CONSORCIO
SI |
NO |
Nombre de las Empresas que actúan en Consorcio |
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Empresa Nº 1 |
Empresa Nº2 |
Empresa Nº3 |
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Lima, ..............de ....................................... del 2,007
ANEXO Nº 02
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
ESPECIFICACIONES TECNICAS
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL - INMP, requiere contratar una empresa especializada que le brinde el Servicio de Seguridad y Vigilancia, por un periodo de doce (12) meses.
2. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO
2.1 DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SERVICIO SOLICITADO
El servicio deberá ser cubierto íntegramente por personal que satisfaga los requerimientos de seguridad integral considerados dentro de las pautas siguientes;
Los puestos de vigilancia serán cubiertos ininterrumpidamente todos los días de la semana, incluyendo días no laborables, iniciando los servicios en forma puntual y disciplinada, retirándose a la hora establecida de su horario de trabajo, previo relevo. Los horarios establecidos se ajustarán a las necesidades del INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL.
La Empresa prestataria del servicio de Seguridad y Vigilancia garantizará la continuidad del servicio y la asistencia y calidad será supervisadas por la Oficina de Servicios Generales a través del Jefe de Vigilancia.
Los agentes prestarán el servicio correctamente presentados y uniformados, incluyendo los implementos de seguridad y protección personal para el mejor desempeño de sus funciones, de acuerdo a las normas establecidas por el Ministerio del Interior o de conformidad con lo previsto en la Resolución Directoral Nº 02393-2003-IN-1704.
Implementar el servicio de seguridad y vigilancia de acuerdo a las directivas e instrucciones que imparta el INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL a través de la Oficina de Servicios Generales.
La empresa deberá sostener reuniones de coordinación en forma periódica con los funcionarios competentes del INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL, con el fin de efectuar una evaluación integral del servicio de vigilancia, a fin de reforzar las medidas de seguridad y optimizar los resultados del mencionado servicio.
Los agentes podrán ser cambiados de puesto o retirados a solicitud del INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL a través de la Oficina de Servicios Generales con conocimiento de la prestataria del servicio. Los agentes retirados por deficiencia o indisciplina no podrán volver a brindar sus servicios a nuestra Entidad.
g) Detectar, alertar y neutralizar actos delincuenciales y de sabotaje y/o terrorismo.
Intervenir y capturar en primera instancia a personas que se encuentren atentando contra el patrimonio institucional o sospecha de actos delictivos (tales como robo, sabotajes, actos de terrorismo, violencia) para ser entregados a la autoridad policial, cuando las circunstancias así lo exijan
El personal de vigilantes deberá tener conocimiento y estar en condiciones (entrenado) de operar los sistemas de emergencia y contra incendio.
Los agentes estarán capacitados para emplear o utilizar armas de fuego, ante actos delincuenciales, a fin de proteger vidas humanas y/o la propiedad institucional, contra ataques armados u otros casos, será en estricto cumplimiento de las normas legales y reglamentarias de la DICSCAMEC; para cuyo efecto el vigilante debe contar con Licencia de arma de fuego, conocer dichas normas y estar debidamente entrenado en su uso reglamentario, bajo responsabilidad absoluta de la empresa ganadora de la Buena Pro.
Detección de artefactos explosivos o bultos sospechosos en el ámbito de las instalaciones del INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL.
Protección a los vehículos del INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL contra daños materiales y/o robo de accesorios.
Informar sobre bienes, equipos, herramientas o prendas que estén expuestas a pérdidas o puedan causar daños.
2.2. CONTROLES
La empresa de Seguridad y Vigilancia, deberá dar cumplimiento a los procedimientos operativos para realizar los controles que establezca el INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL, a través de la Oficina de Servicios Generales.
DEL PERSONAL
El Personal destacado debe ser debidamente entrenado y capacitado en la actividad, con experiencia en seguridad, vigilancia y control de personas, bienes patrimoniales e instalaciones, siendo integrado mayoritariamente por el personal licenciado de las Fuerzas Armadas o Policiales, siempre que no hayan pasado a dicha situación por medida disciplinaria o sentencia judicial condenatoria. El personal debe tener conocimientos y entrenamiento en manejo xx xxxxx, manejo de extinguidores y combate de incendios y en evacuaciones en casos de desastres.
La documentación del personal debe estar actualizada, además de los certificados de antecedentes policiales y judiciales.
Los trabajadores destacados deben estar correctamente uniformados, aseados, y equipados (protección personal y equipos de trabajo), así como identificados con el fotocheck en forma visible.
Todos y cada uno de los trabajadores destacados a prestar el servicio, deberán acreditar como requisito mínimo grado de educación secundaria completa, experiencia en vida castrense o civiles con experiencia en servicios especializados de seguridad y vigilancia.
Los Supervisores propuestos para el servicio deberán acreditar documentariamente (contrato, constancia o certificado de trabajo, donde se indique el periodo del servicio), ser peritos o técnicos en seguridad integral mediante currículum vitae en copia simple, copia de la R/M de pase al retiro y Certificados de trabajo.
Los Supervisores efectuarán labores de fiscalización inmediata de los agentes, debiendo atender cualquier reclamo que se presente y coordinar con el Instituto Nacional Materno Perinatal, cualquier reemplazo que se requiera para el oportuno cumplimiento de las labores diarias.
El personal destacado deberá cumplir estrictamente las funciones, normas y disposiciones determinadas para cada puesto de trabajo. La empresa proporcionará diariamente una copia del parte diario de asistencia debidamente firmado por el Jefe de Vigilancia interna del INMP, la misma que servirá para dar la conformidad del servicio
El personal destacado en el servicio deberá tener la contextura física apropiada, que le permita desarrollar sus actividades sin dificultades, incluyendo la posibilidad de repeler un ataque físico personal.
Los agentes que reemplazarán al personal permanente, solo serán los considerados dentro del contingente de reserva y deben reunir las mismas condiciones físicas, mentales y de capacitación, para garantizar la continuidad del servicio.
El personal destacado en el INMP no deberá ser retirado de sus instalaciones para cubrir servicios especiales y extraordinarios en otros locales y clientes del postor. A solicitud del INMP se retirará aquel personal destacado en quien se compruebe deficiencia laboral, mala conducta habitual y/o actitud dolosa en el servicio.
El postor deberá ubicar personal de vigilancia femenino en los turnos y lugares que el INMP determine.
El postor deberá presentar un cuadro en el que se enumere en forma detallada el personal propuesto, consignando el tiempo de experiencia en la Especialidad Objeto del presente Concurso Público.
DEL PERFIL DEL PERSONAL SOLICITADO
El personal que preste servicio al Instituto Nacional Materno Perinatal deberá ser de preferencia ex–miembro o Licenciado de las Fuerzas Armadas y/o Policiales, debiendo cumplir con el siguiente perfil:
a) SUPERVISOR
De preferencia deberán ser preferentemente oficiales en retiro de las FF.AA, FF.PP. o tener experiencia en trabajos similares
Nacionalidad : Peruano de nacimiento
Edad : 30 a 50 años
Estatura : Mínima 1.65 metros
Salud : Buena
Inscripción : En la DICSCAMEC
Copia del DNI y la Libreta Militar
Certificados Antecedentes Policiales, Penales, Judiciales, Salud y domiciliario vigente (Presentar original para la firma del contrato).
Licencia para portar y usar armas de la empresa a la que pertenece emitida por la DICSCAMEC (Adjuntar copia).
Experiencia en seguridad y vigilancia, mínima de dos (02) años en labores de supervisión (Adjuntar copia de documentos que acrediten la experiencia).
Documento que acredite no haber pasado al retiro por mala conducta (de ser oficial en retiro).
Manejo de equipos de comunicación, (facsímil, e-mail, radio, nextel).
Nota: Para efectos de la Propuesta Técnica los numerales 1), 2), 4) y 7) serán acreditados con una Declaración Jurada suscrita por el Supervisor y la empresa postora. Asimismo, en el resto de numerales deberá presentar copia simple de los documentos que acredite lo solicitado.
VIGILANTE PERSONAL VARON
Deberán de cumplir:
Nacionalidad : Peruano de nacimiento
Edad : 21 a 40 años
Estudios : Mínimo Secundaria Completa
Salud : Buena
Estatura : Mínima 1.65 metros
Copia del DNl y la Libreta Militar
Certificados Antecedentes Policiales, Penales, Judiciales, Salud y domiciliario vigente (Presentar original para la firma del contrato).
Inscripción en la DICSCAMEC (Para todos los Vigilantes).
Licencia actualizada de portar armas de la DICSCAMEC.
Experiencia: acreditar mínimo un (1) año de experiencia en seguridad y vigilancia.
Nota: Para efectos de la Propuesta Técnica los numerales 1), 2), 4) y 7) serán acreditados con una Declaración Jurada suscrita por el Supervisor y la empresa postora. Asimismo, en el resto de numerales deberá presentar copia simple de los documentos que acredite lo solicitado.
Con la firma del contrato se adjuntará el Certificado de Salud con una antigüedad no mayor de dos meses.
PERSONAL FEMENINO
Deberán de cumplir:
Nacionalidad : Peruana de nacimiento
Edad : 21 a 40 años
Estudios : Mínimo secundaria completa
Salud : Buena
Estatura : Mínima 1.60 Mt.
D.N.I y Libreta Militar.
Certificados Antecedentes Policiales, Penales, Judiciales, Salud y domiciliario vigente (Presentar original para la firma del contrato).
Inscripción en la DICSCAMEC
Acreditar mínimo un (01) año de experiencia en seguridad y vigilancia.
Nota: Para efectos de la Propuesta Técnica los numerales 1), 2), 4) y 7) serán acreditados con una Declaración Jurada suscrita por el Supervisor y la empresa postora. Asimismo, en el resto de numerales deberá presentar copia simple de los documentos que acredite lo solicitado.
Con la firma del contrato se adjuntará el Certificado de Salud con una antigüedad no mayor de dos meses.
2.5. EQUIPAMIENTO MÍNIMO DE LOS AGENTES
Los gastos por equipamiento no irrogarán ningún costo al supervisor, agente de vigilancia y agente femenino.
2.5.1 UNIFORME
El Uniforme de los Agentes de Seguridad deberá cumplir con las normas establecidas en el Reglamento y Directivas del Servicio de Vigilancia Particular de la DICSCAMEC, no irrogando gasto alguno al personal de vigilantes, siendo responsabilidad de la Empresa ganadora de la Buena Pro.
Las prendas de vestir serán renovadas cada seis (06) meses (verano e invierno), bajo responsabilidad de la empresa de seguridad, sin excluir la obligación de la empresa de cambiar o reemplazar cualquier prenda, accesorio o distintivo que pueda encontrarse desgastado, deteriorado o en mal estado sin derecho a reajuste o reconocimiento por parte del INMP. La Oficina de Servicios Generales se encargará de verificar el cumplimiento del mismo.
El número de prendas y composición del uniforme del agente de vigilancia deberá comprender lo siguiente:
Una (01) capote (Invierno) 6. Una (01) xxxxxx
Dos (02) pantalones 7. Una (01) gorra
Dos (02) camisas de manga larga (en Invierno) 8. Una (01) chompa
Dos (02) camisas de manga corta (en Verano) 9. Una (01) corbata
Un (01) par de borceguíes (botas)
El número de prendas y composición del uniforme del supervisor deberá comprender lo siguiente:
Un (01) terno de color negro o azul oscuro.
Un (01) pantalón del mismo color del terno.
Dos (02) camisas de color blanco de manga larga
Una (01) corbata.
Un (01) par de zapatos color negro
Una (01) xxxxxx
El número de prendas y composición del uniforme del agente femenino deberá comprender lo siguiente:
Un (01) saco forrado
Dos (02) pantalón, mismo color del saco
Un (01) chaleco forrado, mismo color del saco
Una (01) blusa manga corta (en Verano)
Un (01) par de zapatos.
Una (01) blusa manga larga (en Invierno)
2.5.2 ARMAMENTO
Implementos de seguridad y protección personal que deberán ser descritos en la propuesta:
Características mínimas del armamento:
Revólver calibre 38 para uso de los Vigilantes, los cuales deberán encontrarse en óptimas condiciones.
Los vigilantes armados deberán portar una dotación mínima de doce (12) cartuchos.
Todo vigilante armado deberá contar con chaleco antibalas,
El Carné de la DICSCAMEC así como la Licencia xx xxxxx no irrogará ningún gasto al personal de Agentes.
Asimismo, los agentes deberán portar consigo las respectivas licencias de uso y posesión xx xxxxx otorgado por la DISCAMEC así como el carné de identificación personal en un lugar visible.
2.5.3 ELEMENTOS DE CONTROL
En cada puesto de vigilancia la empresa de Seguridad y Vigilancia proveerá la existencia de los siguientes controles, según sea el caso:
Legajo de consignas
Cuaderno de ocurrencias diarias
Cuaderno de control de ingreso y salida de vehículos
Cuaderno de ingreso y salida de bienes y materiales
Cuaderno de control de visitas al INMP.
Material de escritorio necesario (Proporcionado por la empresa prestadora del servicio).
2.6. OTROS REQUERIMIENTOS
El personal de Vigilancia que preste servicio durante la vigencia del contrato, NO tendrá ningún vínculo ni relación laboral con el INMP, por ser su empleador la empresa contratada para prestar los servicios de Seguridad y Vigilancia.
La empresa de seguridad y vigilancia regirá el desarrollo de sus actividades y obligaciones según lo dispuesto en el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada (Decreto Supremo Nº 005-94-IN, modificado por Decreto Supremo No 006-94-IN), y demás normas complementarias.
Se deberá respetar el personal propuesto en la Propuesta Técnica, el mismo que no podrá ser cambiado salvo enfermedad grave, cese laboral, causa justificada o por disposición de INMP.
- Cuando la empresa tenga la intención de reemplazar a algún agente, por una causa justificada, comunicará mediante carta al INMP a fin que se apruebe el reemplazo, cuyo agente deberá cumplir con la presentación de todos los documentos solicitados (Legajo personal).
La empresa efectuará la supervisión, control del servicio y del personal destacado a las instalaciones del INMP, para ello implementará rondas de supervisiones (diurnas, vespertinas y nocturnas), verificación del servicio a través de la central telefónica, de radio de 24 horas y otras medidas adicionales.
Asimismo, la empresa deberá realizar una vez al día rondas externas por parte de los supervisores externos, para lo cual se dejará constancia en el cuaderno de ocurrencias y será comunicado a la Oficina de Servicios Generales.
2.7. COMUNICACIONES
La Empresa de Seguridad y Vigilancia deberá contar con un mínimo de veintiún (21) equipos de comunicación (Radio Portátil), y cuatro (04) equipos de comunicación portátil radio-celular, para abastecer al personal de vigilancia interna de equipos de comunicación en perfecto estado de funcionamiento, a fin que puedan mantener una permanente coordinación con el INMP a través de la Oficina de Servicios Generales.
Los equipos de comunicación deberán contar con los accesorios mínimos necesarios para su permanente utilización, como baterías, cargadores gancho de sujeción y baterías extras.
2.8. DEL SERVICIO
Se requiere el Servicio de Seguridad y Vigilancia para el personal, pacientes, público, instalaciones, enseres, materiales, vehículos y bienes patrimoniales del Instituto Nacional Materno Perinatal.
Para cubrir las necesidades de Vigilancia y Seguridad motivo del presente proceso se requiere un mínimo de 63 agentes incluidos dos (2) supervisores, uno (1) para cada turno, distribuidos de la siguiente manera:
-
Turno
No de puestos
No de Agentes (*)
DIA
41
41
NOCHE
22
22
TOTAL
63
63
(*) Incluido los supervisores
PUESTOS DE VIGILANCIA EN EL INMP
Nota: Cada puesto de vigilancia indica la cantidad requerida de vigilantes, equipos y suministros necesarios para el servicio.
Nº |
DENOMINACIÓN Y UBICACION DE PUESTOS Y AGENTES |
COBERTURA |
Día |
Noche |
Horas de Trabajo |
|
Cant. |
DIAS |
|||||
01 |
SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
02 |
PUERTA DE DIRECCIÓN |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
- |
12 |
03 |
PUERTA PRINCIPAL |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
04 |
PUERTA DE CONSULTORIOS EXTERNOS |
1 |
Lunes/Dom |
1 |
- |
12 |
05 |
CAJA DE CONSULTORIOS EXTERNOS |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
- |
12 |
06 |
CONSULTORIOS DE ADOLESCENCIA |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
- |
12 |
07 |
FARMACIA DE CONS.EXTERNOS |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
- |
12 |
08 |
XXXXXX XX XXXXXXXX DE ESTADÍSTICA |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
- |
12 |
09 |
PUERTA DE CONS. DE PEDIATRIA |
2 |
Lunes/Sab |
1 |
1 |
24 |
10 |
PASADIZO DECONS. DE PEDIATRIA |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
11 |
PUERTA DE ALTAS |
3 |
Lunes/Dom |
2 |
1 |
24-12 |
12 |
LABORATORIO DE BANCO DE SANGRE |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
- |
12 |
13 |
MONITOREO FETAL |
1 |
Lunes/Dom |
1 |
- |
12 |
14 |
SERVICIO DE GINECOLOGÍA |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
- |
12 |
15 |
CLINICA |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
16 |
PASANTES |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
17 |
CAJA CENTRAL |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
18 |
PUERPERIO SERVICIO 4 |
1 |
Lunes/Dom |
1 |
- |
12 |
19 |
ADOLESCENCIA |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
20 |
OBSTERICIA “X” 0xx. XXXX |
0 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
21 |
OBSTERICIA “X” 0xx. XXXX |
0 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
22 |
OBSTERICIA “D 4to. PISO |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
23 |
PUERTA DE VISITA- XX. XXXXXXXX |
0 |
Xxxxx/Xxx |
0 |
- |
00 |
00 |
0XX. XXXX XXXX JAPÓN |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
25 |
PUERTA DE EMERGENCIA |
3 |
Lunes/Dom |
2 |
1 |
24-12 |
26 |
CONSULTORIOS DE EMERGENCIA |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
- |
12 |
27 |
PUERTA DEVEHÍCULOS |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
28 |
MORTUORIO |
2 |
Lunes/Sab |
1 |
1 |
24 |
29 |
2DO. PISO SALA DE PARTOS |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
30 |
3ER. PISO NEONATOLOGÍA |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
31 |
4to. PISO SALA DE OPERACIONES |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
32 |
MANTENIMIENTO |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
33 |
ECONOMIA |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
- |
12 |
34 |
PUERTA PRINCIPAL EX – INO |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
35 |
PUERTA DE VEHICULOS XX. XXXXX |
0 |
Xxxxx/Xxx |
0 |
0 |
00 |
00 |
XXXX XXXXXX |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
- |
12 |
37 |
ADOLESCENCIA PUERTA POSTERIOR |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
- |
12 |
38 |
AUDITORIO |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
- |
12 |
|
TOTAL |
63 |
|
41 |
22 |
|
Los puestos de vigilancia que excedan las 12 horas, se considerará como puesto no cubierto.
En caso de que no se presentara el reemplazo programado, la empresa estará en la obligación de destacar, en un periodo no mayor de una (01) hora posterior al cambio de vigilante, otra persona. De no cumplir el INMP aplicará la penalidad correspondiente en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y su Reglamento.
EQUIPO MINIMO NUEVO
Seis (06) revólveres calibre 38 m.m.
No menos de veintiún (21) equipos de radio comunicación portátiles.
Cuatro ( 04 ) equipos de comunicación portátil radio-celular
Seis (06) chalecos de protección antibalas.
Tres ( 03 ) detectores de metal portátil
Dos (02) Espejos visores
La empresa ganadora debe implementar los puestos de supervisión sin costo adicional para el INMP.
La empresa ganadora debe asumir el compromiso de apoyar con personal de seguridad y vigilancia a solicitud de la entidad contratante, en caso que ocurran siniestros, huelgas, manifestaciones internas, jornadas de salud y cuando las circunstancias que enfrente la entidad así lo requiera; con la única finalidad de reforzar la seguridad en forma temporal, sin que implique costo adicional para el INMP.
La empresa ganadora debe establecer medidas de prevención contra daños, robos, deterioro, incendios, actos de sabotaje, fuga de pacientes, terrorismo o cualquier otro atentado en agravio de las instalaciones, pacientes, personas y bienes del Instituto Nacional Materno Perinatal.
La empresa ganadora debe registrar y controlar los equipos y bienes patrimoniales, vehículos que ingresen y egresen del Instituto Nacional Materno Perinatal tanto particulares, como propios de la entidad, así como el flujo de personal, visitantes, pacientes y terceros de acuerdo con las normas y directivas que regulan al personal de la entidad.
La empresa ganadora debe revisar las bolsas, mochilas y otros de las personas que ingresan y egresen del Instituto Nacional Materno Perinatal, sin excepción alguna.
La empresa ganadora deberá informar diariamente al Jefe de Vigilancia sobre las ocurrencias del servicio y entregar una (1) copia de la asistencia del personal a la entidad, a través de la Oficina de Servicios Generales.
La empresa para ejecutar los servicios solicitados, precisara por lo menos de un supervisor por turno debidamente capacitado, armado y con experiencia en el desempeño de tales funciones.
La empresa ganadora debe cumplir con las funciones que le sean asignadas por la Dirección General a través de la Oficina Ejecutiva de Administración en lo que respecta al servicio de seguridad, con conocimiento de la Oficina de Servicios Generales.
El personal destacado realizara los servicios de lunes x xxxxxxx, incluyendo feriados en dos (2) turnos horarios, de 12 horas cada uno distribuidos de la siguiente manera:
Primer turno: 07:00 a 19:00 horas
Segundo turno de 19:00 a 07:00 horas
El personal destacado debe ser programado de tal manera que no labore más de 48 (cuarenta y ocho) horas semanales y la distribución y cantidad de personal programado en cada turno deberá ser comunicado oportunamente al encargado de supervisar el servicio.
Las personas programadas en jornadas nocturnas deberán ser rotadas periódicamente, al menos de modo bimensual. Ningún personal laborará dos turnos continuos.
El personal deberá retirarse de las instalaciones de la entidad dentro de los 20 (veinte) minutos siguientes al fin de su turno, salvo situaciones excepcionales previamente comunicados al Jefe de Vigilancia del Instituto Nacional Materno Perinatal.
Todo el personal de vigilancia debe ser rotado mensualmente de manera interna en los puestos de vigilancia asignados, La rotación externa será trimestral y abarcara a no menos del 20% del personal asignado a la entidad, para lo cual seguirán los criterios de evaluación del servicio previamente definidos por la empresa.
La empresa proporcionará a sus agentes el material mínimo siguiente:
Dos (2) juegos de uniformes completos (tanto de invierno como xx xxxxxx)
Armas con municiones y licencias correspondientes de acuerdo al número solicitado.
Chalecos de protección, de acuerdo a lo solicitado
Radios portátiles de acuerdo al número solicitado.
Equipo detector de metales portátil, de acuerdo a lo solicitado
Silbato para cada vigilante
Espejos para revisión de la parte inferior de los vehículos de acuerdo al número solicitado.
Linternas halógenas de cuatro (4) pilas grandes para cada agente.
01 caja tipo bóveda.
Los agentes están prohibidos de utilizar toda clase de radios, revistas, equipos de sonido y visión así como cualquier material de lectura y otro material que lo distraiga durante la jornada de servicio.
En ningún caso los puestos de vigilancia serán abandonados correspondiendo al supervisor establecer los retenes correspondientes para el refrigerio de su personal. Se debe aclarar que no se están solicitando agentes adicionales al requerimiento que actúen como retenes, sino que se organice al personal a la hora de refrigerio a fin de no descuidar los puestos de vigilancia.
El Jefe de Vigilancia del Instituto Nacional Materno Perinatal informará oportunamente al Director de Servicios Generales a fin que este tome conocimiento de los casos de incumplimiento o cumplimiento parcial, tardío y/o defectuoso de parte de la empresa en la ejecución de sus prestaciones, para los efectos de evaluación de servicios.
DE LA ADMINISTRACIÓN Y CAPACIDAD OPERATIVA
La empresa dispondrá de dos (2) supervisores, uno diurno y uno nocturno
La empresa organizará a su personal de acuerdo al cronograma de vigilancia y seguridad presentado en su propuesta técnica, el cual podrá ser reajustado en atención a las recomendaciones formuladas por el Jefe de Vigilancia del Instituto Nacional Materno Perinatal.
El Instituto Nacional Materno Perinatal tiene la facultad de solicitar el retiro del personal destacado por la empresa, en caso éste no reúna las condiciones y aptitudes para cumplir el servicio; lo cual deberá producirse en un máximo de 24 horas.
Los trabajadores asignados deberán conocer el uso y ubicación de los extinguidores, zonas de seguridad y áreas de evacuación para apoyar la evacuación en caso de siniestros. Los trabajadores destacados estarán bajo la Dirección del Comité de Defensa Civil del Instituto Nacional Materno Perinatal, cuando el caso así lo requiera.
El Instituto Nacional Materno Perinatal proporcionará un ambiente a la empresa, el mismo que servirá como almacén de materiales, implementos y vestuarios del personal, quedando bajo responsabilidad de la empresa en lo que respecta al mantenimiento, cuidado y control de sus bienes.
El Instituto Nacional Materno Perinatal no asumirá responsabilidad por los daños y perjuicios que sufra el trabajador de la empresa en el desempeño de sus funciones.
La empresa deberá proveer a su personal de todos y cada uno de los implementos de seguridad que se requiere para la prestación del servicio.
El Jefe de Vigilancia del Instituto Nacional Materno Perinatal, encargado de la evaluación del servicio, tiene la facultad de inspeccionar, controlar y calificar la prestación del servicio periódicamente y de acuerdo al ámbito de sus competencias, rechazar con fundamento los materiales que la empresa utilice en caso de considerarlos inadecuados para el servicio así como a exigir el correcto comportamiento del personal de la empresa, estando estos obligados a subsanar de inmediato las observaciones o deficiencias que se le indique por escrito de parte de sus supervisores. El informe emitido deberá fundamentar las causas de las observaciones y las recomendaciones.
El incumplimiento, parcial o tardío de las cláusulas contractuales por parte de la empresa que causen daños y perjuicios al Instituto Nacional Materno Perinatal, será causal de aplicación de penalidades o incluso, de ser el caso, de resolución de contrato. Las penalidades podrán ser deducidas de la carta fianza o mediante pago en tesorería de la entidad.
4. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA
La Empresa que resulte ganadora de la Buena Pro, brindará la seguridad y vigilancia, sujetándose a los términos contenidos en las Bases Administrativas, Términos de Referencia y Contrato respectivo.
La empresa se compromete a pagar a su personal las remuneraciones, sueldos y salarios conforme a su propuesta económica y la estructura de costos que presentará para la firma del contrato, que considerarán las leyes y beneficios sociales conforme a los dispositivos legales vigentes quedando entendido que la relación laboral del personal será de exclusivamente de La Empresa. En tal sentido, previo al pago la empresa debe remitir todas la documentación requerida, que incluirán las boletas de pago del personal que presta servicio en sus instalaciones, así como los depósitos por concepto de CTS, SEGURO, AFP como las bonificaciones y otros que por ley percibe el trabajador.
En caso de haber incrementos dictados por el gobierno nacional, INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL - INMP solo reconocerá la parte directamente relacionada a la remuneración y a los beneficios sociales de acuerdo x Xxx.
Los costos directos e indirectos en que se incurren para la prestación del servicio, son de exclusiva responsabilidad y competencia de la Empresa, debiendo afrontar los gastos en: sueldos, gratificaciones, vacaciones, beneficios sociales, Licencias xx Xxxxx, CTS, Impuesto Extraordinario de Solidaridad, Renta, IGV, pago oportuno de AFP, ESSALUD, y cualquier otra obligación tributaria, impuesto o beneficio creado de acuerdo x Xxx; así como uniformes, implementos, armas y municiones, sistemas de radio comunicación y otros relacionados al servicio.
La Empresa ganadora de la Buena Pro será responsable ante el INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL - INMP de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse en las instalaciones, muebles, maquinas de oficina y demás enseres de propiedad del INMP o de terceros, derivados del mal ejercicio de sus funciones. Igualmente en el caso de pérdida de los bienes de la Entidad y del personal de la institución, la Empresa de Seguridad procederá a la reparación o reposición de los mismos, siempre y cuando así se haya registrado por el servicio de vigilancia, en el caso de los bienes del INMP basta que se encuentren registrados patrimonialmente. Si requerida la reposición, esta no lo hiciera en el término xx xxxx (10) días calendarios, el INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL - INMP efectuará el descuento correspondiente de una o más facturas pendientes de pago, de acuerdo con los precios vigentes en el mercado.
La Empresa deberá estar preparada para afrontar cualquier eventualidad de índole laboral u otros de su exclusiva responsabilidad que se pudiera presentar, sin poner en riesgo el servicio de protección y seguridad que brinda al persona! y a las instalaciones del INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL - INMP.
El pago oportuno al personal de la empresa que labore bajo el Régimen Laboral de la Actividad Privada, no se verá afectado a pesar de poder existir razones de fuerza mayor (huelgas, paros, conmoción civil, etc.).
El INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL - INMP exigirá a la Empresa una copia de la presentación de las Boletas de Pago y otra documentación sustentatoria del cumplimiento de obligaciones laborales y beneficios sociales de su personal las veces que lo estime conveniente.
La Empresa ganadora de la Buena Pro está obligada a subsanar en forma inmediata, las observaciones que le sean imputadas por la Oficina de Servicios Generales del INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL - INMP, respecto a la prestación de sus servicios.
La Empresa ganadora de la Buena Pro será responsable de asumir las obligaciones que contraiga con su persona!, sean estas laborales, personales o de cualquier otra naturaleza; estando eximido el INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL - INMP de toda responsabilidad en caso de accidentes, daños, mutilaciones o muerte de algunos de los trabajadores de la Empresa ganadora, o de terceras personas; que pudieran ocurrir durante la prestación del servicio, así como, de la responsabilidad penal que pueda derivarse de ellas. Estos riesgos deberán ser cubiertos íntegramente por las pólizas que la empresa está obligada a adquirir; tales como Póliza de Seguro de Accidentes Personales o Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo de Salud, Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil Extracontractual que incluya la Responsabilidad Civil Patronal, Póliza de Deshonestidad por Daños y Perjuicios etc., las que tendrán vigencia durante el plazo del Contrato.
La Empresa estará obligada a proporcionar el material y equipo necesario para desarrollar su labor, tal como se señala en el Equipo Mínimo, así como los siguientes implementos:
XXXXXX DE MANO (Detectores de metal) 03
LINTERNAS HALOGENAS DE MANO DE 04 PILAS PARA CADA VIGILANTE.
ESPEJO CONTROL VEHICULAR DE ACUERDO A LO SOLICITADO.
SILBATO PARA CADA VIGILANTE..
CAJA TIPO BOVEDA. 01
5. SEGUROS
La Empresa ganadora de la Buena Pro deberá obtener y mantener vigentes durante el plazo de contratación del servicio, las siguientes pólizas de seguros:
a) PÓLIZA DE SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES O SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO SALUD
La Empresa asumirá exclusivamente los daños contra, el cuerpo o la salud que pudiera sufrir su personal a consecuencia de la prestación del servicio. Para tal efecto todos los Agentes deberán contar con su respectiva Póliza de Seguro de Accidentes Personales o Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo Salud (Deberán remitir póliza al INMP).
b) PÓLIZA DE SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
La Empresa deberá contar con una Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil Extracontactual por daños materiales y personales causados involuntariamente a terceros, que además incluya la Responsabilidad Civil Patronal, que cubra al INMP, considerándose éste como un tercero. Esta póliza deberá estar vigente por todo el periodo de contratación y será equivalente al 15% del monto de la oferta ganadora.
c) PÓLIZA DE DESHONESTIDAD
La Empresa ganadora de la Buena Pro, deberá contar con una Póliza de Deshonestidad por daños y perjuicios mientras realicen su trabajo dentro de INMP. Esta póliza deberá estar vigente por todo el periodo de contratación y será equivalente al 15% del monto de la oferta ganadora.
Las pólizas serán entregadas al INMP como requisito para la firma de contrato.
6.VISITA DE LOS POSTORES A LAS INSTALACIONES
Todos los postores podrán realizar una visita guiada a las instalaciones del INMP, debiendo portar el representante de la empresa una carta de presentación de su empresa, la cual lo autorice a realizar la visita a las instalaciones del INMP.
No será permitido ningún tipo de filmación x xxxxx fotográficas de las instalaciones.
ANEXO Nº 03
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
FORMATO DE PRESENTACIÓN DE CONSULTAS Y/U
OBSERVACIONES A LAS BASES
1.EMPRESA (Nombre o Razón Social) |
|
2. REFERENCIA (S) DE LAS BASES |
Numeral(es): |
Anexo(s): |
Página(s): |
3. ANTECEDENTES / SUSTENTO |
|
|
ANEXO Nº 04
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO |
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
Lima, ....... de ........................... del 2,007
Los que suscriben, don .......…........................................……......................….........., identificado con D.N.I. N° ............................., Representante Legal de .........……….............................….........., con R.U.C. N° ......................; y don ......... ........………….............................................….........., identificado con DNI N° ............................., Representante Legal de ............................................... ....................…..............................., con R.U.C. N° ............................. DECLARAMOS BAJO JURAMENTO que nuestras representadas participan consorciadas con el porcentaje siguiente: (1)________________________(__%), (2)________________________(__%), (3)________________________(__%), en el Concurso Publico PÚBLICA N° 0001-2007-INMP 1º Convocatoria, y de ser adjudicadas con la Buena Pro, nos comprometemos luego de que el otorgamiento quede consentido, a formalizar el contrato de consorcio, según lo establece la Directiva Nº 003-2003-CONSUCODE/PRE .
Nombre del Consorcio |
|
|
Representante legal del Consorcio |
Nombre |
|
D.N.I. |
|
El nombre de las empresas que forman el consorcio y su participación porcentual en este acto es como sigue:
OBLIGACIONES DE CADA UNA DE LAS PARTES
Porcentaje de
participación
EMPRESA Nº 01: .................................................................................. ………….%
............................................................................................... ...............................................................................................
EMPRESA Nº 02: .................................................................................... ………….%
................................................................................................
................................................................................................
EMPRESA Nº 03: ..................................................................................... ………….%
.................................................................................................
.................................................................................................
............................................................ |
............................................................ |
Firma y sello del Representante Legal |
Firma y sello del Representante Legal |
Empresa: |
Empresa: |
............................................................ |
Firma y sello del Representante Legal |
Empresa: |
ANEXO Nº 05
DECLARACIÓN JURADA |
(DE CONFORMIDAD CON EL ART. 76° DEL REGLAMENTO)
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
El que suscribe Don....................................., identificado con DNI N°...................., representante legal de................................................................, con RUC N°............................, DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada, al postular al Concurso Público Nº 0001-2007-INMP “Contratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia” - 1º Convocatoria.
No tiene impedimento para participar en el proceso de selección, ni para contratar con el Estado conforme al artículo 9º de la Ley .
Conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección; libre y voluntariamente a las Bases del presente proceso de selección.
Que es responsable de la veracidad de los documentos e información que presentamos para efectos del proceso.
Se compromete a mantener nuestra oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de ser favorecido con la Buena Pro.
Conoce las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Lima, ..............de ....................................... del 2,007
....................................................... |
|
Postor o Representante Legal |
|
Sello y Rúbrica |
|
ANEXO Nº 06
DECLARACIÓN JURADA DE SER UNA PEQUEÑA O MICROEMPRESA |
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
El que se suscribe, don …………………………………………, identificado con DNI Nº........................ Representante Legal de ....................................... ..................................................................., con R.U.C. Nº ……..…………… DECLARO BAJO JURAMENTO que la empresa a la cual represento es una ............................... (pequeña o microempresa, según sea el caso), de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27268 “Ley General de la Pequeña y Microempresa” y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 030-2000-ITINCI.
Lima, ..............de ....................................... del 2,007
.................................................................. Rúbrica y sello del Postor o Representante Legal |
ANEXO Nº 07
DECLARACIÓN JURADA DE SERVICIOS PRESTADO EN EL PAÍS |
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
El que se suscribe, don ………………………........................……………, identificado con DNI Nº ........................... Representante Legal de .............. .................................................................., con R.U.C. Nº ………………… DECLARO BAJO JURAMENTO que el servicio ofertado por mi representada al postular al Concurso Publico Nº 0001-2007-INMP 1º Convocatoria, serán prestados dentro del territorio nacional, de conformidad con lo establecido en el Artículo 1° del Decreto Supremo N° 003-2001-PCM.
Lima, ..............de ....................................... del 2,007
.................................................................. Rúbrica y sello del postor o representante Legal |
ANEXO Nº 08
DECLARACIÓN JURADA DE PACTO DE INTEGRIDAD |
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
El Comité Especial del proceso de selección Concurso Publico Nº 0001-2007-INMP 1º Convocatoria y el Representante Legal de ......................................................................... suscriben el presente Pacto de Integridad a través del cual:
El postor confirma que no ha ofrecido u otorgado, ni ofrecerá u otorgará, ya sea directa o indirectamente a través de terceros, ningún pago o beneficio indebido o cualquier otra ventaja inadecuada, a funcionario público alguno, o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto del proceso de selección.
El postor declara no haber celebrado o celebrar acuerdos formales o tácitos entre los postores o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas a la libre competencia.
El INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL se compromete a evitar la extorsión y la aceptación de sobornos de parte de sus funcionarios.
El incumplimiento del pacto de integridad generará:
Para los postores, inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades emergentes.
Para los funcionarios del Instituto, las sanciones derivadas de su régimen laboral.
Lima,.................de , 2007
..................................................... |
..................................................... |
Representante del postor |
Miembros del Comité Especial |
ANEXO Nº 09
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
CARTA AUTORIZACIÓN
(Para el pago con abonos en la cuenta bancaria del proveedor)
Lima,
Señor
(Director General de Administración de la Unidad Ejecutora...........................)
Presente
Asunto : Autorización para el pago con abonos en cuenta
Por medio de la presente, comunico a Ud. que el número del Código de Cuenta Interbancario (CCI) de la empresa que presento es el ..........................................................
(Indicar el CCI así como el nombre o razón social del proveedor titular de la cuenta)
agradeciéndole se sirva disponer lo conveniente para que los pagos a nombre de mi representada sean abonados en la cuenta que corresponde al indicado CCI en el Banco..........................................................
Asimismo, dejo constancia que la factura a ser emitida por el mi representada una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Compra o las prestaciones en bienes y/o servicios materia del contrato quedará cancelada para todos sus efectos mediante la sola acreditación del importe de la referida factura a favor de la cuenta en la entidad bancaria a que se refiere el primer párrafo de la presente.
Atentamente,
F xxxx del proveedor, o de su representante legal
Debidamente acreditado ante la UE
ANEXO N° 10
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
FACTORES DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de las propuestas se efectuará en 2 (DOS) etapas: Evaluación Técnica y Evaluación Económica.
PRIMERA ETAPA: EVALUACION TECNICA (Puntaje Máximo 100 puntos)
Para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las propuestas técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos (DS N° 063 – 2006-EF Art. 72 inciso b). Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta etapa.
Nº |
CRITERIOS DE EVALUACION |
A |
REFERIDOS AL POSTOR Hasta 40 PUNTOS |
1 |
Trabajos Previos Similares en Entidades Públicas y/o Privadas (instituciones prestadoras de servicios de salud) Se considerará montos acumulados facturados en nuevos soles según la siguiente escala: De 6’300,000 a 7’500,000 (*) 40 puntos De 5’100,000 a 6’299,999 35 puntos De 3’900,000 a 5’099,999 30 puntos De 2’700,000 a 3’899,999 25 puntos De 1’500,000 a 2’699,999 20 puntos Se considerarán como trabajos previos similares aquellos que se hayan realizado en instituciones prestadoras de servicios de salud (públicos y/o privados), acreditados con documentos con una antigüedad no anterior al 1ro de Enero de 1998, de diferente relación contractual culminada, hasta un máximo de 10 documentos(**).Se acreditarán con copia simple legible de: 1.-Comprobantes de pago cancelados, 2.-Contratos y su respectiva conformidad de culminación del servicio (articulo 66° del Reglamento), (*) Los postores que presenten montos facturados mayores de 7’500,000 nuevos soles recibirán el puntaje máximo. (**) En caso de presentarse más de 10 documentos se evaluarán solo los 10 primeros.
|
B |
REFERIDOS AL PERSONAL PROPUESTO Hasta 30 PUNTOS (Máximo 15 Puntos por cada supervisor) |
1 |
Experiencia de los dos Supervisores de Seguridad (articulo 66° anexo b)
SUPERVISOR NRO. 1: Mayor de 14 años 15 Puntos Mayor de 9 hasta 14 años 10 Puntos De 5 a 9 años 5 Puntos
SUPERVISOR NRO. 2: Mayor de 14 años 15 Puntos Mayor de 9 hasta 14 años 10 Puntos De 5 a 9 años 5 Puntos
La experiencia de los supervisores será acreditada por certificados o constancias de realizar la labor de supervisor de seguridad, hasta un máximo de 10 servicios por cada supervisor. Sólo se tomarán en cuenta aquellos documentos en los que figure el tiempo efectivo de la experiencia solicitada, es decir que acredite el periodo en que prestó el servicio como supervisor. En caso de presentar mas de 10 documentos solamente se evaluaran los 10 primeros En caso que el supervisor sea licenciado (en condición de retiro) de las Fuerzas Armadas o Policiales deberá acreditar, que no ha pasado a dicha situación por medida disciplinaria o sentencia judicial condenatoria; caso contrario será descalificado. Se deberán presentar los siguientes documentos del supervisor:
|
C |
REFERIDOS AL OBJETO DEL CONTRATO Hasta 30 PUNTOS |
1 |
Servicios adicionales ofrecidos como valor agregado sin costo adicional para el INMP. Se otorgará hasta un máximo de 20 puntos a la empresa que ofrezca servicios adicionales referidos a la seguridad en beneficio del INMP tales como:
Deberán contar con un equipo de grabación centralizado. Se deberá tener grabación de respaldo, para entrega de información.
autónomos con indicación de alarma.
pulsadores autónomos. Presentar una declaración jurada donde se indique que, de ser ganadora de la buena pro, la empresa postora se compromete a cumplir los servicios adicionales ofrecidos en un plazo máximo de 30 días a partir de la firma del contrato. Las zonas críticas en número de 10 serán comunicadas por el Jefe de Vigilancia del INMP al postor ganador.
|
ANEXO Nº 11
CONCURSO PUBLICO N° 0001-2007-INMP-CE
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
PROFORMA DE CONTRATO
Conste por el presente documento que se extiende en original y tres (03) copias, el Contrato de prestación de Servicios de Seguridad y Vigilancia que celebran: DE UNA PARTE EL INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL, con R.U.C. Nº ....................................., representado por el .......................... identificado con DNI Nº ............................... a quién en adelante se le denominará EL INMP, con domicilio legal en ....................................................................................................................................
............................................................................................................., en el Distrito de .............................................., Departamento de Lima.
DE LA OTRA PARTE:
La empresa ............................................................................................., con R.U.C. Nº ........................., y Licencia Municipal Nº ........................................, con domicilio legal en ......................................................................................................................
.................................................................................................................................., representado en este acto por el Señor .................................................................... en su calidad de representante legal .............................................................................. identificado con D.N.I. Nº ....................... . .................................................................................................................................., según poder suficiente otorgado a su favor, tal como consta en la copia de la ficha registral actualizada ............................... a quién en adelante se le denominará EL CONTRATISTA, en los términos y condiciones establecidas en las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: PRELIMINAR
El presente Contrato se regula por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado con los XX.XX. Nº 083 y 084-2004-PCM respectivamente y sus modificatorias, así como el Código Civil y las Normas que le sean aplicables.
El Comité Especial llevó a cabo el Proceso de Selección del Concurso Público N° 0001-2007-INMP conforme a las Bases y Especificaciones Técnicas aprobadas, habiendo quedado consentida la Adjudicación de la Buena Pro, otorgada al postor................................................. por el Comité Especial con fecha ..........................., debiendo en consecuencia suscribirse el presente Contrato de conformidad con el artículo 198º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO
EL CONTRATISTA se compromete a brindar el servicio de Vigilancia y Seguridad en las instalaciones asignadas por el INMP, conforme a las cantidades y especificaciones técnicas entregadas junto con las Bases y su propuesta. El servicio contratado se brindará diariamente incluidos los días xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados los 365 días del año.
CLÁUSULA TERCERA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente Contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para con las partes.
CLÁUSULA CUARTA : MONTO DEL CONTRATO
El importe del presente Contrato asciende a la suma total de S/………………………Nuevos Soles, incluido I.G.V.
CLÁUSULA QUINTA : FORMA DE PAGO
El pago por la prestación del servicio se realizará en forma mensual por la suma ascendente a S/.____________________, que incluye el Impuesto General a las Ventas, previa conformidad de la prestación de los servicios que se dará en un plazo que no excederá de los diez días, a fin de que el pago se realice dentro de los diez (10) días siguientes, para lo cual presentarán el expediente de pago, que incluirá lo siguiente:
El acta con la conformidad debidamente otorgada por la Oficina Ejecutiva de administración, previo informe del Comité de Supervisión del Servicio de Seguridad y Vigilancia del INMP
Factura original con la liquidación del pago del mes.
Copia de las boletas de pago de cada Agente de vigilancia del mes.
Copia de la planilla de AFP del mes,
Pago de CTS o Sistema de Pensiones según corresponda,
Pago de Seguro del mes
CLÁUSULA SÉXTA: PERIODO DE PRESTACION DE SERVICIOS
El presente contrato regirá por un periodo de doce (12) meses. El mismo que se ejecutará durante el periodo comprendido desde el…...... de ....... del 2007 hasta el ……de .......... del 2008.
CLÁUSULA SEPTIMA: SEGUROS
A la suscripción del contrato, EL CONTRATISTA presentará las pólizas de seguros requeridas por el INMP las mismas que se indican en los numerales 7.5 de las Bases.
CLAUSULA OCTAVA: GARANTÍAS
Para Cubrir las penalidades señaladas en el artículo 222º del Reglamento del Texto Único Ordenado TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, EL CONTRATISTA entregará antes de suscribir el Contrato las GARANTÍAS establecidas en los artículos 215º y 216º, según el caso, con los requisitos establecidos en el artículo 213°, las cuales deben estar vigentes hasta la liquidación del contrato.
Las Garantías serán otorgadas por una Entidad de primer orden, que se encuentre supervisada y controlada por la Superintendencia de Banca y Seguros.
CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
Esta regulado por lo dispuesto en el artículo 233° del Reglamento DS 084-2004-PCM verificándose la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente contrato y en los documentos que lo conforman, para garantizar el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas.
El Acta de Recepción consignará:
· El número de contrato
· Fecha y lugar
· Comprobante de pago válido
El Comité de Supervisión de Seguridad y Vigilancia del IEMP es el responsable de emitir la conformidad del servicio, en caso de encontrarse deficiencias en el servicio prestado, el Comité de supervisión del servicio Vigilancia de Seguridad y Vigilancia del INMP levantará un Acta en la que se indicará claramente cuales son las observaciones encontradas, y se procederá a dar un plazo de 05 días calendario a EL CONTRATISTA para que sean subsanadas.
La recepción de conformidad no enerva el derecho del INMP a reclamo posterior por defecto xx xxxxxx o vicios ocultos relacionados al servicio.
En caso de encontrarse deficiencias en el servicio prestado, el Comité de supervisión del servicio Vigilancia de Seguridad y Vigilancia del INMP levantará un Acta en la que se indicará claramente cuales son las observaciones encontradas, y se procederá a dar un plazo de 05 días calendario a EL CONTRATISTA para que xxxx xxxxxxxxxx.
EL CONTRATISTA declara someterse a la responsabilidad que determine el CÓDIGO PENAL en su artículo 239º, por la prestación de servicios distintos a los ofertados y solicitados por EL INMP.
CLÁUSULA DÉCIMA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurriera en xxxx por no cumplir con la entrega de los servicios objeto del presente contrato, dentro del plazo previsto en la Cláusula Séptima, se aplicarán las penalidades establecidas en los artículos 221º y 222º del Reglamento del TUO de la Ley.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: CONTROL Y SUPERVISION
El control de la ejecución y supervisión del cumplimiento del Contrato del Servicio de seguridad y vigilancia, estará a cargo del Comité de Supervisión de Seguridad y Vigilancia.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: DE LOS IMPLEMENTOS y EQUIPOS A UTILIZAR POR EL PERSONAL DE SEGURIDAD.
EL CONTRATISTA dotará a su personal del uniforme aprobado de acuerdo x Xxx, y del equipo y accesorios necesarios para cumplir con su función en los diferentes puestos.
La Oficina de Servicios Generales del Instituto Nacional Materno Perinatal, efectuará el Control y la Supervisión de la correcta organización y distribución de personal y material, así como la calidad de los equipos e implementos a utilizar.
EL INMP asignará un ambiente adecuado para que EL CONTRATISTA pueda utilizarlo como depósito de los materiales, equipos e implementos, haciéndose entrega de las llaves al supervisor, siendo éste el único responsable de portar las llaves, abrir y cerrar el ambiente asignado y de los artículos que allí se encuentren depositados y/o almacenados.
CLAUSULA DECIMA TERCERA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Cumplir con la prestación del servicio de seguridad y vigilancia dentro de las condiciones establecidas en las Cláusula Segunda de este Contrato, Bases, del concurso y los documentos complementarios.
No ceder a terceros, total o parcialmente los derechos y obligaciones de este Contrato.
EL CONTRATISTA declara estar legalmente autorizado para efectuar la prestación de los servicios de seguridad y vigilancia.
EL CONTRATISTA se obliga a atender el aumento o disminución de los servicios de seguridad y vigilancia contratados a simple requerimiento escrito de EL INMP.
EL CONTRATISTA durante la vigencia del presente contrato, se obliga en abonar a su personal el haber básico mensual indicado en su propuesta económica, debiendo adicionarse a este concepto el pago por las horas extras, domingos, feriados laborados y demás conceptos xx xxx, si es que hubiese.
EL CONTRATISTA asume el pago puntual de los haberes de sus trabajadores empleados, así como sus derechos y beneficios sociales de conformidad con las leyes laborales vigentes y demás dispositivos legales, asimismo se obliga a presentar mensualmente para el pago de la factura correspondiente, el Acta con la conformidad debidamente otorgada por la Oficina Ejecutiva de administración, previo informe del Comité de Supervisión del Servicio de Seguridad y Vigilancia del INMP, Factura original con la liquidación del pago del mes, copia de las boletas de pago de cada Agente de vigilancia del mes, copia de la planilla de AFP del mes, pago de CTS o Sistema de Pensiones según corresponda, pago de Seguro del mes
Guardar reservas y no revelar por ningún medio cualquier información a la que pueda tener acceso como consecuencia del desempeño del servicio, dicha obligación se extiende hasta los doce meses después de las conclusiones del presente contrato.
Presentar la relación del personal asignado y adjuntar en Legajo con fotocopia de los documentos personal de cada agente. Asimismo debe remplazar al personal cuando no cumpla con las labores asignadas o no reúna las condiciones para el desarrollo del servicio, cuando el Instituto Nacional Materno Perinatal lo solicite.
Suministrar el equipo y materiales necesarios para efectuar el servicio contratado de acuerdo a lo solicitado por el Instituto Nacional Materno Perinatal y conforme a su oferta.
Previo conocimiento de la PNP del sector, la empresa contratista asumirá la responsabilidad legal por los daños y perjuicios causados al Instituto y/o a terceros por sus trabajadores destacados en el Instituto Especializado Materno Perinatal.
Previo conocimiento de la PNP, el contratista será responsable de los daños, pérdidas y/o sustracciones que sufriera el INMP, personal y usuarios previo registro de bienes ingresados, por acción, desconocimiento o negligencia de su personal, debiendo reparar o reemplazar a satisfacción del INMP o afectados los daños causados. Si en el término xx xxxx (10) días calendarios no realiza la reparación o reemplazo, el INMP descontará automáticamente el valor de la reparación o reemplazo de su facturación mensual. El valor de reparación o reemplazo del bien será el de vigencia en el mercado y será puesto en conocimiento del contratista.
La reparación o reemplazo por sustracción ilícita se cumplirá sin perjuicio de la acción administrativa, policial y/o judicial que el caso amerite.
CLAUSULA DECIMA CUARTA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO
1. En caso de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de alguna de las obligaciones previstas en el presente contrato, y que haya sido previamente observada por EL INMP, éste último podrá resolver el contrato en forma total o parcial, mediante la remisión por vía notarial de la resolución en la que se manifieste esta decisión y el motivo que la justifica. Dicho acuerdo o resolución será aprobado por la autoridad del mismo nivel jerárquico que aquella que haya suscrito el contrato.
2. El contrato queda resuelto de pleno derecho a partir de la recepción de dicha comunicación por EL CONTRATISTA.
3. Igual derecho asiste al contratista ante el incumplimiento por EL INMP de sus obligaciones esenciales, siempre que EL CONTRATISTA le haya emplazado mediante carta notarial y este no haya subsanado su incumplimiento.
4. EL INMP podrá resolver el contrato sin responsabilidad para las partes. En este último caso, el contrato queda resuelto de pleno derecho de su comunicación a EL CONTRATISTA y EL INMP procederá a pagar al contratista lo efectivamente ejecutando, con lo que el contrato se entiende liquidado.
5. Salvo causas de fuerza mayor, la resolución del contrato generará las sanciones o penalidades previstas en el presente contrato. EL CONTRATISTA no será responsable por el incumplimiento total o parcial de sus obligaciones contractuales por causas que deban a hechos extraordinarios e imprevisibles o inevitables, ajenos a su voluntad o actuación. Las causas de Fuerza Mayor serán invocadas por escrito detallando su naturaleza, comienzo, duración y consecuencias, acreditándola con documento público que ofrezca fe plena, caso contrario, no será admitido.
6. Es causal de resolución de contrato, el incumplimiento en el pago de los derechos laborales y provisionales.
7. La resolucion del contrato se sujeta al procedimiento, requisitos y plazos establecidos en los articulos 225° y 226º del Reglamento.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Por la presente cláusula, las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja o se relacione con la ejecución y/o interpretación del presente contrato, será resuelto de manera definitiva mediante conciliación o arbitraje de derecho conforme a las disposiciones establecidas en el TUO de la Ley, de su Reglamento y la Ley General de Arbitraje.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: DAÑOS Y PERJUICIOS
Las penalidades a que se contrae la Cláusula Décima Primera, no es excluyente sino acumulativa y EL INMP, así no haya sufrido daño y/o perjuicio alguno, tendrá derecho a exigir siempre el integro de las penalidades a EL CONTRATISTA por el sólo hecho de cumplimiento tardío o inejecución contractual o en ambos, según sea el caso.
CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA: VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO
El presente contrato entrará en vigencia al día siguiente de suscrito el presente documento contractual, por tanto sus efectos relacionados con las obligaciones y derechos de ambas partes podrán ser motivo de reclamo únicamente después de cumplirse el requisito mencionado.
En todos los aspectos no contemplados en el presente contrato se aplicarán las normas señaladas en el TUO de la Ley y su Reglamento.
En señal de conformidad, ambas partes firman el presente CONTRATO, en la Ciudad de Lima a los ................................................................... días del mes de .................................................. del dos mil siete.
NOTA:- Previa a la suscripción del contrato el postor adjudicado deberá presentar la documentación que acredite los hechos materia de las declaraciones juradas a que se refiere en el numeral, quedando copia fedateada para el expediente del Instituto Nacional Materno Perinatal.