CONTRATO Nº 001-2007-OGAS/UNCP CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NO PERSONALES DE LIMPIEZA Y JARDINERÍA
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CONTRATO Nº 001-2007-OGAS/UNCP
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NO PERSONALES DE LIMPIEZA Y JARDINERÍA
Conste por el presente contrato que se extiende en 01 original y 02 copias, el contrato de prestación de Servicios No Personales de Limpieza y Jardinería en las diferentes instalaciones de la Universidad Nacional del Centro del Perú, con R.U.C No. 20145561095, que está representada por Econ. XXXXXXX XXXX XXXXX Jefe de la Oficina General de Abastecimientos y Servicios Generales, identificado con D.N.I. N° 19915166, con domicilio legal en la Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx XX 0.0 Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx –El Tambo que en adelante se denominará LA UNIVERSIDAD, y de otra parte señora XXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXX representante de la empresa INVERSIONES Y SERVICIOS MARPAR SRL con RUC Nº 20402205262, identificada con D.N.I. 19888185 con domicilio legal en el Xx. Xxxxxxxx Xx 000 Xxxxxxx 000 Xxxxxxxx, con poder inscrito en la Ciudad de Huancayo en la ficha Nº 2580 Asiento Nº X,X,X xxxxxxxxxx para estos efectos como LA CONTRATISTA en los términos y condiciones de las cláusulas siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con Resolución No. 01419-R-2006 se designa al Comité Especial para que realice el proceso para seleccionar a la empresa que preste los servicios no personales para atender las necesidades de Servicio de Limpieza y Jardinería a las instalaciones de la UNCP mediante Concurso Publico.
El Comité Especial otorga la Buena Pro a la empresa INVERSIONES Y SERVICIOS MARPAR el día 4 de diciembre de 2006
Por estos antecedentes el Jefe de la Oficina General de Abastecimientos y Servicios Generales de la UNCP debe suscribir el respectivo contrato de conformidad al título V del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, merito a la Resolución Nº 02107-R-2007 que lo faculta a suscribir contratos para la adquisición de Bienes y Servicios.
CLÁUSULA SEGUNDA: DEL OBJETO DEL CONTRATO.
La CONTRATISTA prestará servicios de limpieza y jardinería en todas las áreas académicas (Ciudad Universitaria, piscina, estadio, Escuela de Post Grado, El Mantaro, Sedes de Junín, Tarma y Satipo) y administrativas de la UNCP (Se incluye el pabellón de Administración y Gobierno) Ciudad Universitaria, CEPRE UNCP. Específicamente, los espacios a atender son: Oficinas, aulas, auditorios, talleres, laboratorios, almacenes, Comedores Universitarios, Centro Médico, Cuna Jardín, maestranza de transportes, mantenimiento, zonas de estacionamiento, servicios higiénicos, escaleras, pasadizos, paredes interiores y exteriores, techos, altillos, veredas, patios, parques jardines, estadio, áreas verdes, maceteros, muebles y enseres, escritorios, lunas interiores y exteriores de todos los ambientes; es decir, en los espacios que constituye el interior de las instalaciones de la Universidad Nacional del Centro del Perú, que están indicados.
CLAUSULA TERCERA: DE LOS ALCANCES
Los servicios requeridos mediante el presente Concurso tienen los siguientes alcances:
Se considera una atención diaria de servicio en las áreas de trabajo, en turnos y horas requeridas por cada dependencia de la UNIVERSIDAD, con personal necesario.
Las actividades a realizar son las siguientes:
Limpieza de pisos, paredes, techos y cielo raso
Limpieza de tapizones, alfombras y cortinas
Limpieza de servicios higiénicos
Limpieza de ambientes (interior y exterior; incluye fachada de exterior del Pabellón de Administración y Gobierno).
Limpieza de muebles
Labores culturales de jardinería (mantenimiento, fumigación, cuidado, conservación y control fitosanitario) y de mantenimiento de estadio, y piscina.
Actividades eventuales.
La propuesta de un Plan Operativo de trabajo, donde incluye un rol de actividades, con su respectiva frecuencia, la misma que podrá ser modificada a indicación de las dependencias usuarias, en concordancia con las necesidades reales.
Para el servicio de limpieza y desinfección xx xxxxx se discriminará al personal de limpieza para la ejecución de trabajos, de acuerdo al caso (damas o varones).
La evacuación de deshechos fuera del Campus Universitario, todos los días hasta un relleno sanitario autorizado.
La responsabilidad ante LA UNIVERSIDAD de los daños, pérdidas de bienes o del patrimonio de la UNCP, debidamente comprobados, que pudiera ocasionar por negligencia o sustracción de personal de la contratista, durante la ejecución de sus labores, debiendo ésta reemplazar o resarcir los bienes dañados o perdidos.
El personal operativo encargado de prestar servicios será asignado y distribuido de acuerdo al contenido de las Propuestas Técnica y Económica, y del cuadro de requerimiento y modificaciones que se dispongan de común acuerdo.
La empresa que se contrate estará obligada a proporcionar las prendas de acuerdo al lugar donde preste sus servicios, como mínimo dos juegos, incluyendo dos pares de zapatillas, durante la vigencia del contrato, cuidando permanentemente la buena presentación de sus trabajadores.
En forma mensual presentará informes de las remuneraciones que paga a cada trabajador(copia de planillas) y, copia de pago de obligaciones sociales tributarias
El compromiso a tener un Supervisor Residente en la UNIVERSIDAD; del mismo modo.
La obligación a instruir y capacitar al personal destacado que desempeñe actividades de limpieza y jardinería.
No podrá ceder su posición contractual, subcontratar, ni realizar ningún acto que implique la transferencia total o parcial de la prestación del servicio.
La obligación de mantener el número adecuado de personal para cubrir los descansos físicos, vacaciones y descansos médicos. No corresponderá a la UNIVERSIDAD ninguna responsabilidad en casos de accidentes, daños, mutilaciones, invalidez o fallecimiento de los trabajadores o por los daños ocasionados a terceras personas que pudieran ocurrir en la ejecución del contrato.
CLAUSULA CUARTA: DE LOS PUNTOS Y DISTRIBUCIÓN DEL PERSONAL
CANTIDAD POR PUNTOS DE SERVICIO
La CONTRATISTA dispondrá en la Universidad Nacional del Centro del Perú de por lo menos cincuenta y dos (52) trabajadores, los cuales estarán distribuidos de la siguiente manera:
En Ciudad Universitaria: veinte y seis (26) operarios de limpieza, cuatro (4) operarios bañeros, cuatro (4) jardineros, un (1) técnico en jardinería. Dos (2) técnico para mantenimiento de estadio, un (1) técnico de piscina y un (1) supervisor residente; seis (6) operarios de limpieza para el pabellón de Administración y Gobierno.
En la Escuela de Post Grado: un (1) trabajador para limpieza.
Para la sede de El Mantaro: un (1) trabajador para limpieza.
Para la Sede Académica de Junín: un (1) trabajador para limpieza.
Para la Sede Académica de Tarma: un (1) trabajador para limpieza.
Para la Sede Académica de Satipo: un (1) trabajador para limpieza.
CEPRE dos (2) trabajadores para limpieza, uno por cada local.
La empresa que se contrate se comprometerá a efectuar los trabajos de limpieza y jardinería en jornadas laborales de 08 horas diarias, sujetos a los requerimientos de la UNCP de Lunes a Sábado y grupo de trabajo Domingo
PERSONAL OPERARIO DE LIMPIEZA
CIUDAD UNIVERSITARIA Y PABELLON DE ADMINISTRACION Y GOBIERNO
DE LUNES A SABADO de 6:00 hrs. a 14:00 hrs.
DE LUNES A SABADO de 10.00 hrs. a 18.00 hrs.
LOCALES DE CEPRE Y CENTRO DE IDIOMAS
DE LUNES A SABADO de 6:00 hrs. a 14:00 hrs.
ESCUELA DE POST GRADO
DE LUNES A VIERNES de 9.00 hrs. a 17.00 hrs.
SABADO de 8.00 hrs. a 16.00 hrs.
SEDES ACADÉMICAS DE EL MANTARO, JUNÍN, TARMA Y SATIPO
DE LUNES A SABADO de 6:00 hrs. a 14:00 hrs.
2. PERSONAL OPERARIO DE JARDINERÍA
CIUDAD UNIVERSITARIA
LUNES A SABADO 7.00 hrs. a 15.00 hrs.
Los jardines que existen en la Escuela de Post Grado, en Ciudad Universitaria y El Mantaro, recibirán un tratamiento esporádico programado.
EL SERVICIO DE LIMPIEZA
1. DESCRIPCION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA
Los servicios de limpieza y jardinería comprenderán las siguientes actividades:
ACTIVIDAD FRECUENTE: MAS DE 4 VECES AL DIA
Recojo de papeles de los ingresos a los locales de la UNCP.
Barrer, trapear y desinfectar los servicios higiénicos de atención al público y los privados; de igual forma limpiar los aparatos sanitarios, lavatorios y desocupar los desperdicios de los tachos.
Barrido de las áreas adyacentes al local. Recojo de hojas y otros desperdicios que se originan en los jardines.
Barrido constante y recojo de papeles de los pasadizos, salas de atención al público.
Retiro de los tachos de basura.
Limpieza de lunas de fachada y divisorias.
ACTIVIDAD DIARIA,
Barrido, trapeado, encerado y lustrado de todos los pisos de las oficinas, aulas, de las escaleras y los pasadizos.
Aspirado general de las oficinas, aulas, salas de reuniones, salas de espera y todas las áreas que cuenten con tapizones y alfombras.
Eliminación del polvo en muebles, equipos de cómputo, equipos de las oficinas, fotocopiadoras, teléfonos, ceniceros, etc.
Limpieza de muebles y enseres de oficina (escritorios, sillas, sillones, credenzas, archivadores) y todo el mobiliario en general que se encuentren ubicados en las diferentes áreas de los edificios.
Limpieza xx xxxxxxx y lunas de fachada y divisorias.
Vaciar y limpiar papeleras.
Limpieza de puertas y mamparas.
Limpieza general de sanitarios y espejos.
Limpieza de lavatorios.
Limpieza de corredores.
Limpieza de todos los espacios de la biblioteca.
Limpieza de pasamanos.
Limpieza de pisos y paredes de mayólicas.
Aspirado de los muebles de tela y tapizones.
Deodorización de ambientes (oficinas y baños).
Aspirado general de oficinas, salas de reuniones, salas de espera y todas las áreas que cuenten con tapizón y asfaltos.
Limpieza de paraninfos.
Limpieza de vestuarios.
Lavado, encerado y lustrado de pisos de los servicios higiénicos.
Limpieza de derrames accidentales de tintas u otros.
Limpieza de pasadizos y escaleras.
Barrido y aspirado de ascensores, escaleras, pasadizos y corredores.
Aspirado de tapizones, alfombras, cortinas y persianas de los diferentes ambientes.
Limpieza de techos, pantallas y luminarias
Colocación de pastillas deodorizantes en inodoros y urinarios.
Limpieza integral de ambientes especiales como Archivo de las oficinas, almacenes, bibliotecas, etc
Limpieza general xx xxxxxxx, azoteas y techos.
Limpieza de los falsos techos.
Mantenimiento xx xxxxxxxx y de áreas verdes, regado de pastos, podado de plantas.
Mantenimiento de piscina.
ACTIVIDAD CADA CUATRO MESES
Lavado de alfombras y tapizones.
Xxxxxx xx xxxxxxxx.
Limpieza exterior de fachada del Pabellón de Administración y Gobierno
ACTIVIDAD SEMESTRAL
Fumigación y desratización de ambientes.
Para la evacuación diaria de desechos de todos los locales de la UNIVERSIDAD, pueden disponer en Ciudad Universitaria, de una camioneta, u otro vehículo de carga.
No se permitirá que los deshechos se depositen o incineren en el Campus Universitario.
OCASIONALES
Apoyo manual para el traslado y/o movimiento de muebles, enseres y otros.
Apoyo de acondicionamiento del local en caso de eventos.
MAQUINARIA Y MATERIALES A UTILIZARSE EN LAS INSTALACIONES DE LA U.N.C.P.
La maquinaria se internara el primer día útil de vigencia del contrato en coordinación con la Oficina de Bienes Patrimoniales, se verificara su estado operativo y no será retirado de las instalaciones de la Universidad hasta la finalización del contrato. Los materiales se internaran el primer día útil de cada mes, se verificaran las cantidades, bajo ningún motivo pueden ser retirados de las instalaciones de la UNIVERSIDAD.
EN CIUDAD UNIVERSITARIA, ESCUELA DE POST GRADO Y CEPRE
MAQUINARIA Y EQUIPO
DETALLE DE MAQUINAS Y EQUIPOS A UTILIZARSE
(Requerimiento Mínimo)
7 lavadoras-lustradoras industriales, de 20”
7 lavadoras-lustradoras industriales, de 16”
6 lavadoras-lustradoras industriales, de 12”
5 lavadoras-lustradoras industriales, de 14”
6 aspiradoras industriales de polvo y agua, de 20 galones.
Una escalera telescópica
3 podadoras a motor
2 maquinas cegadoras o cortadora xx xxxxx para estadio
1 abonadora
6 aspersores
1 clorador
DETALLE DE MATERIALES A UTILIZARSE PARA CIUDAD UNIVERSITARIA, ESCUELA DE POST GRADO, LOCALES DE CEPRE
11 galones de removedor xx xxxxx
28 galones xx xxxx al agua
12 galones de xxxx xxxx
00 galones xx xxxx amarilla
12 frascos xx xxxx para muebles
22 galones de desinfectante
50 kilogramos de detergentes
25 metros de franela
10 litros de líquido limpia vidrio
115 pastillas de w/c
51 unidades de repuestos de trapeador
6 kilogramos de waype
11 kilogramos de pulidor
00 xxxxxx xx xxxxxx
00 xxxxx de guantes xx xxxx
10 galones de perfumadores
40 unidades de scotch brite o su equivalente
5 focos o frascos wizard o su equivalente
5 galones de champú para alfombras
10 galones de lejía
100 unidades de bolsas para basura
60 galones de petróleo
1 galón de kresso o su equivalente
2 galónes de preservante xx xxxxxx
1 cojín de karpex o su equivalente
IMPLEMENTOS DE LIMPIEZA; POR DURACION DE CONTRATO
105 unidades de bases de trapeador
70 unidades xx xxxxxx
30 unidades de desatoradores
128 unidades de escobas baja policía
18 unidades de escobillones erizos
88 unidades de escobillones de 60 cm.
44 unidades de escobillones de 40 cm.
1 escalera de doce pasos
3 escaleras de seis pasos
120 unidades de plumeros
105 unidades de recogedores
33 unidades de hisopos
20 unidades de escobilla baldeador
11 unidades de pulverizadores
11 unidades de jaladores de agua
20 sansones con tapa
5 unidades de escobillones de 50 centímetros
1 vehiculo para retiro de desperdicios
HERRAMIENTAS Y MATERIALES DE JARDINERIA, POR DURACION DE CONTRATO (El primer día útil de vigencia del contrato se verificara que sean nuevas las herramientas, de manera sorpresiva la verificación de las cantidades en existencia y de su estado operativo)
10 unidades xx xxxxxx rectas
10 unidades de picotas
10 unidades de rastrillos
20 unidades de espátulas
10 unidades de carretillas
10 unidades tijeras de podar
10 unidades de tijeras xxxx xx xxxx
000 xxxxxx xx xxxxxxxx
0 unidades de guadañas
1000 sacos de abono orgánico
20 kilogramos de fertilizante sintético (mensual)
Semillas de plantas ornamentales
Plantones de árboles y arbustos
3 kilos de abono foliar
4 litros de fungicida anual
4 litros de pesticida anual
Diez unidades de tijera de podar
VARIOS
Juego de uniformes completos, colores característicos de la empresa
Gorras y mascarillas
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Movilidad
Contingencias
Gasolina, 130 galones por mes
Otros(guantes)
Se incluye el costo mensual del xxxxxx xx xxxxxxxx, y xxx xxxxxx de alfombras y tapizones.
EN LA SEDE ACADEMICA DE EL MANTARO
MAQUINARIAS Y EQUIPO
Una lavadora-lustradora industrial, de 16”
MATERIALES DE LIMPIEZA, A UTILIZARSE MENSUALMENTE
Un galón de removedor xx xxxxx
Ocho galones xx xxxx xxxxxx
Dos galones xx xxxx roja
Cuatro galones de desinfectante
Dos kilogramos de detergente
Una pieza de franela
Un litro de líquido limpia teléfono
Un litro de líquido limpia vidrio
Diez unidades de pastillas w/c.
Tres unidades de repuestos de trapeador
Un kilogramo de waype
Un kilogramo de pulidor
Una pieza xx xxxxxx
Un par de guantes xx xxxx
Una unidad de scotch bride o su equivalente
IMPLEMENTOS DE LIMPIEZA; POR DURACION DE CONTRATO
12 unidades de bases de trapeador
3 unidades xx xxxxxx
4 unidades de desatoradores
12 unidades de escoba baja policía
3 unidades de escobillones erizo
4 unidades de escobillones de 50 cm.
1 escalera de seis pasos
4 unidades de plumeros
4 unidades de recogedores de metal
3 unidades de hisopos
2 unidad de escobilla baldeador
VARIOS
Juego de uniformes completos, colores característicos de la empresa
Zapatillas para un año
Movilidad
Contingencias.
EN LA SEDE ACADEMICA DE JUNIN
MAQUINARIAS Y EQUIPO
Una lavadora-lustradora industrial, de 16”
MATERIALES DE LIMPIEZA, A UTILIZARSE MENSUALMENTE
1 galón de removedor xx xxxxx
7 galones xx xxxx xxxxxx
2 galones xx xxxx amarilla
2 galones de desinfectante
2 kilogramos de detergente
1 pieza de franela
1 litro de líquido limpia vidrio
10 unidades de pastillas w/c.
3 unidades de repuestos de trapeador
1 kilogramo de waype
1 kilogramo de pulidor
1 par de guantes xx xxxx
1 pieza xx xxxxxx
2 unidades de scotch bride o su equivalente
2 litros de lejía pura
IMPLEMENTOS DE LIMPIEZA: POR DURACION DE CONTRATO
Tres unidades de bases de trapeador
Dos unidades xx xxxxxx
Tres unidades de desatoradores
Seis unidades de escoba baja policía
Dos unidades de escobillones erizo
Cuatro unidades de escobillones de 50 cm.
Una escalera de seis pasos
Cuatro unidades de plumeros
Dos unidades de recogedores de metal
Tres unidades de hisopos
Una unidad de escobilla baldeador
VARIOS
Juego de uniformes completos, colores característicos
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Movilidad
Contingencias
EN LA SEDE ACADEMICA DE TARMA
MAQUINARIAS Y EQUIPO
Una lavadora-lustradora industrial, de 16”
MATERIALES DE LIMPIEZA, A UTILIZARSE MENSUALMENTE
Un galón de removedor xx xxxxx
Diez galones xx xxxx xxxxxx
Dos litros xx xxxx amarilla
Cuatro galones de desinfectante
Dos kilogramos de detergente
Una pieza de franela
Dos litros de líquido limpia vidrio
Veinte unidades de pastillas w/c.
Tres unidades de repuestos de trapeador
Un kilogramo de waype
Un kilogramo de pulidor
Una pieza xx xxxxxx
Un par de guantes xx xxxx
Dos unidad de scotch bride o su equivalente
Dos litros de lejía pura
IMPLEMENTOS DE LIMPIEZA, DE RENOVACION MENSUAL
Tres unidades de bases de trapeador
Dos unidades xx xxxxxx
Tres unidades de desatoradores
Seis unidades de escoba baja policía
Dos unidades de escobillones erizo
Cuatro unidades de escobillones de 50 cm.
Una escalera de ocho pasos
Cuatro unidades de plumeros
Dos unidades de recogedores de metal
Tres unidades de hisopos
Una unidad de escobilla baldeador
Veinte y cinco metros de extensión
VARIOS
Juego de uniformes completos, colores característicos
Zapatillas para un año
Movilidad
Contingencias
EN LA SEDE ACADEMICA DE SATIPO
Los indicados son requerimientos mínimos
MAQUINARIAS Y EQUIPO
Una lavadora-lustradora industrial, de 14”
MATERIALES DE LIMPIEZA, A UTILIZARSE MENSUALMENTE
Un galón de removedor xx xxxxx
Cuatro galones xx xxxx xxxxxx
Dos galones de desinfectante
Un kilogramo de detergente
Una pieza de franela
Un litro de líquido limpia vidrio
Cuatro unidades de pastillas w/c.
Dos unidades de repuestos de trapeador
Medio kilogramos de pulidor
Medio metro xx xxxxxx
Un par de guantes xx xxxx
Una unidad de scotch brite o su equivalente
Un litro de lejía pura
IMPLEMENTOS DE LIMPIEZA; POR RENOVACION MENSUAL
Tres unidades de bases de trapeador
Dos unidades xx xxxxxx
Tres unidades de desatoradores
Seis unidades de escoba baja policía
Dos unidades de escobillones erizo
Cuatro unidades de escobillones de 50 cm.
Una escalera de seis pasos
Cuatro unidades de plumeros
Dos unidades de recogedores de metal
Tres unidades de hisopos
Una unidad de escobilla baldeador
VARIOS
Juego de uniformes completos, colores característicos
Zapatillas para un año
Botas
Movilidad
Contingencias
DESCRIPCION DE LOS SERVICIOS XX XXXXXX DE ALFOMBRAS Y TAPIZONES
Los servicios xx xxxxxx de alfombras y tapizones en la UNCP, será siguiendo el siguiente sistema de trabajo:
Traslado de muebles a lugar apropiado a fin de realizar el trabajo.
Aspirado general de alfombra y/o tapizones.
Tratamiento de manchas fuertes, como tintes, grasas, café, etc.
Desempolvado.
Lavado de las mismas, a base de champú especial con máquina lavadora de alfombra.
Aspirado de la espuma.
Secado final.
Colocación de muebles a su lugar de origen. Puede proponerse un sistema alternativo más eficiente.
MATERIALES A UTILIZAR:
- Champú especial para lavado de alfombras y tapizones.
- Karpex o su equivalente para desmanchado.
DESCRIPCION DEL SERVICIO DE FUMIGACION, DESINFECCION Y
DESRATIZACION EN LA U.N.C.P.
SISTEMA DE TRABAJO
Reconocimiento de todo el área a tratar.
Atomizado de todos los ambientes que requieren de este trabajo.
Desinfección de todos los ambientes en general.
Nebulizado de todos los ambientes cerrados.
Colocado de bocados especiales en lugares estratégicos.
MATERIALES A UTILIZAR: FUMIGACION
Deben indicar los materiales a utilizar (cantidad y marca)
MATERIALES A UTILIZAR : DESINFECCION
Deben indicar los materiales a utilizar (cantidad y marca)
MATERIALES A UTILIZAR: DESRATIZACION
Deben indicar los materiales a utilizar (cantidad y marca)
MAQUINARIA A UTILIZAR
MAQUINAS FUMIGADORAS
Motopulverizadora
Máquina espolvoreadora de veneno
IMPLEMENTOS A UTILIZAR
Máscaras, cascos, guantes y otros implementos necesarios de seguridad para los técnicos sanitarios.
Movilidad
CLAUSULA QUINTA: DEL PERSONAL
EL PERSONAL
El compromiso de la CONTRATISTA es pagar las remuneraciones de su personal y las cargas sociales de acuerdo a sus propuestas y a las normas legales laborales vigentes; dotar de vestuario y uniforme, tanto para damas como para varones, en la cantidad necesaria para el año de contrato.
El día de inicio de la vigencia del presente contrato y los primeros días del mes de febrero se verificará que los uniformes sean nuevos. Se considerará como falta si los trabajadores desarrollan su trabajo sin lucir el uniforme respectivo o que los uniformes que están luciendo no son los que fueron verificados.
La CONTRATISTA mantendrá para su revisión por la Oficina General de Abastecimiento y Servicios Generales de la UNCP, los siguientes documentos por cada trabajador:
Fotocopia legalizada de DNI y/o LM,
Certificados originales de:
Salud
Domicilio
Declaración Jurada Simple de no tener antecedentes penales ni judiciales
El personal al servicio de LA CONTRATISTA no guarda relación laboral con la UNIVERSIDAD, los que para todos sus efectos contractuales dependerán única y exclusivamente de la CONTRATISTA.
CLAUSULA SEXTA: DE LAS OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA
Xxxxxxx capacitación y entrenamiento a su personal de acuerdo a un cronograma presentado a la Oficina General de Abastecimiento y Servicios Generales.
Pagar a sus trabajadores las remuneraciones indicadas en la propuesta técnica.
El postor se compromete a pagar las remuneraciones a sus trabajadores puntualmente, tomando como base los montos contenidos en su propuesta técnica. Además se compromete a pagar puntualmente las obligaciones sociales y tributarias que correspondan. Los documentos para verificación de cumplimiento estará a disposición de la Universidad.
Mantener un Supervisor Residente en La Ciudad Universitaria, que labore ocho horas diarias y disponer en la ciudad de Huancayo de un Representante Legal acreditado ante LA UNIVERSIDAD, con poder suficiente para tomar decisiones para el estricto cumplimiento del presente contrato. La inobservancia de esta obligación es causal de la disolución automática del contrato por parte de LA UNIVERSIDAD y la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
CLÁUSULA SEPTIMA: DE LA VIGENCIA Y LOS PLAZOS
El plazo del contrato será por doce (12) meses. Durante la vigencia del contrato el plazo se computará en días naturales. Y será del 01 de febrero de 2007 al 31 de enero de 2008
Son causales de nulidad del contrato las previstas por el Artículo 9 de la Ley. La Entidad declarará la nulidad de oficio, para lo cual se cursará Carta Notarial al contratista adjuntando copia fedateada del documento que declara la nulidad del contrato, dentro de los quince (15) día hábiles siguientes el contratista que no esté de acuerdo con esta decisión, podrá someter la controversia a conciliación y/o arbitraje.
CLAUSULA OCTAVA: DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES
Está prohibida toda forma de subcontratación en la ejecución del servicio.
El contratista deberá comunicar de inmediato a la Entidad de las fallas o defectos que advierta luego de la suscripción del contrato, sobre cualquier especificación o bien que la Entidad le hubiere proporcionado.
La entidad evaluará las observaciones formuladas por el contratista y se pronunciará en el plazo de siete (7) días hábiles.
Si acoge las observaciones, la Entidad deberá entregar las correcciones o efectuar los cambios correspondientes, empezando a correr nuevamente el plazo de la ejecución de la prestación a partir de ese momento, de ser el caso.
En caso de que las observaciones no fuesen admitidas, la Entidad hará la correspondiente comunicación para que el contratista continúe la prestación del objeto del contrato, bajo responsabilidad de aquella respecto a las mencionadas observaciones.
La Entidad será responsable de las modificaciones que ordene y apruebe en las necesidades del servicio. La contratista no tendrá facultades de hacer modificaciones.
Los tributos y gravámenes que correspondan al contratista, así como las responsabilidades de carácter laboral y por el pago de aportaciones sociales de su personal, serán de su exclusiva responsabilidad y no serán transferibles a la Entidad.
CLAUSULA NOVENA: DE LAS GARANTIAS.
La CONTRATISTA declara en su propuesta que es una pequeña empresa y con expediente No. 02164 del 25 de enero de 2007 solicita autorización para retención por la UNIVERSIDAD del 10% del monto total del contrato, en seis partes iguales durante los primeros seis meses de vigencia del contrato, con cargo a ser devuelto a la finalización del contrato, que es aceptado por la UNIVERSIDAD en atención al Art. 40 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (D.S. No. 083-2004-PCM). Esta retención será como garantía de fiel cumplimiento.
Esta garantía se ejecutará en los siguientes casos:
Cuando la UNIVERSIDAD resuelva el contrato por causa imputable al contratista, haya quedado consentida o cuando por laudo arbitral consentido y ejecutoriado se declare procedente la decisión de resolver el contrato. El monto de la garantía corresponderá íntegramente a la Entidad, independientemente de la cuantificación del daño efectivamente irrogado.
CLAUSULA DECIMA : DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
En caso de producirse defectos injustificados en la ejecución de la prestación, la Entidad le aplicará al contratista una penalidad por cada día de incumplimiento de contrato, hecho o hechos que serán dejados constancias en actas de supervisión por la Oficina de Abastecimiento y Servicios Generales, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos mensuales que la Entidad hará a la contratista.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = (0,10 * Monto)/(F*Plazo en días)
Dónde F = 0.25, conforme al Artículo 222 del Reglamento.
Tanto el monto como el plazo se refieren al contrato (12 meses). Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad resolverá el contrato por incumplimiento.
El incumplimiento estará referido a número de trabajadores en servicio, uniforme o vestimenta deficiente de los trabajadores, maquinarias, equipos, materiales o insumos inadecuados o en mal estado, pago real a los efectivos menor a lo que establece las normas legales laborales vigentes, mantener en servicio a trabajadores sin la formación adecuada para el servicio, entre los principales, a actos ceñidos con a resolución de contrato.
Cualquiera de las partes, o ambas, pueden poner fin al contrato por un hecho sobreviviente a la suscripción del mismo, siempre que se encuentre previsto expresamente en las Bases, en el contrato o en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA : RESOLUCION DE CONTRATO
De conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 41° y en el Articulo 45 del TUO de la Ley N° 28267 y en los artículos 224 y 225 de su Reglamento y sin perjuicio de la aplicación de las penalidades a que hubieran lugar, las partes podrán resolver el contrato en los casos en que el contratista:
1. Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello.
2. Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por incumplimiento de contrato.
3. Reduzca injustificadamente el número de personal de limpieza y jardinería en servicio, en cualquier turno, sin previa coordinación con la Oficina de Abastecimiento y Servicios Generales, en dos oportunidades que constan en actas de supervisión.
El contratista podrá solicitar la resolución del contrato en los casos en que la Entidad incumpla injustificadamente sus obligaciones esenciales las mismas que se contemplan en las Bases o en el contrato.
Si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satisfaga en un plazo no mayor a cinco (5) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato. Si persiste el incumplimiento la resolución del contrato será total.
Si la parte perjudicada es la Entidad, ésta ejecutará las garantías que el contratista hubiera otorgado, sin perjuicio de la indemnización por los mayores daños y perjuicios irrogados.
Si la parte perjudicada es el contratista, la Entidad deberá reconocerle la respectiva indemnización por los daños y perjuicios irrogados. .
Cualquier controversia relacionada con la resolución del contrato podrá ser sometida por la parte interesada a conciliación y/o arbitraje dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de comunicada la resolución. Vencido ese plazo sin que se haya iniciado ninguno de estos procedimientos, se entenderá que la resolución del contrato ha quedado consentida.
Cualquiera de las partes no podrá resolver el contrato en forma unilateral, LA UNIVERSIDAD previo aviso de treinta días calendario y la CONTRATISTA mediante Carta Notarial con treinta días de anticipación, exponiendo razones de su decisión; lo que no otorga derecho a ninguna de las partes para reclamar indemnización.
Producida la resolución del contrato sea la causa invocada bajo responsabilidad la CONTRATATISTA no podrá hacer abandono de sus labores si previamente el cargo no ha sido recibido por la UNIVERSIDAD y mientras no haya asumido sus labores la reemplazante. En caso de que la permanencia de la CONTRATISTA se extienda más allá del plazo del vencimiento del contrato, el pago se abonara de acuerdo al siguiente calculo: días de servicio sobre treinta por promedio de pago mensual en el año 2007.
CLÁUSULA DECIMA SEGUNDA: DE LOS ANEXOS DEL CONTRATO Y PRELACIÓN DE DOCUMENTOS
Forma parte del Contrato como anexos, los documentos indicados a continuación, con el siguiente orden de prelación y sujetos a las pautas anotadas:
Contrato suscrito, luego del otorgamiento de la Buena Pro.
Bases integradas del Concurso Público No. 001-2006-UNCP
Propuesta de la CONTRATISTA presentada en el proceso de Concurso.
Documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones las partes.
Las modificaciones que se introduzcan en el contrato no deben implicar variación alguna en las características técnicas, precios, objeto, plazos, calidad y condiciones ofrecidas en el proceso de selección.
Sobre la base de lo señalado, el contrato y los anexos son documentos complementarios unos de otros.
CLÁUSULA DECIMA TERCERA: DE LA FORMA DE PAGO
La UNIVERSIDAD, abonará por las facturas por Servicio de Limpieza y Jardinería, en forma mensual la suma de S/. 54,069.08 ( Cincuenta y cuatro mil sesenta y nueve con 08/100 nuevos soles); cumplido los días de servicio y una vez revisados por las Dependencias respectivas, previa presentación del Acta de Conformidad, expedido por cada unidad usuaria del servicio.
La negativa de LA CONTRATISTA a proporcionar la documentación solicitada, podrá ser causal de suspensión del pago
La UNIVERSIDAD pagará a la CONTRATISTA en nuevos soles.
Los honorarios que la UNIVERSIDAD abonará a LA CONTRATISTA por los servicios objeto del contrato, es de Seiscientos Cuarenta y ocho mil ochocientos veintiocho con 96/100 nuevos soles(S/. 648,828.96 por servicio de doce meses, que es equivalente a S/. 54,069.08 (Cincuenta y cuatro mil sesenta y nueve con 08/100 nuevos soles mensuales), por cincuenta y dos, conforme a los requerimientos mínimos de las Bases del proceso de Concurso. Los trabajadores laborarán ocho horas diarias. Los montos indicados como honorarios incluyen todos los costos e impuestos xx Xxx.
A la suscripción del presente contrato LA CONTRATADA entrega a la UNCP la Constancia de CONSUCODE de no estar inhabilitado para contratar con el Estado y la solicitud de autorización para la retención del 10% como Garantía de Fiel Cumplimiento por ser Micro –Pequeña Empresa de conformidad al Art. 40 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 083-2004-PCM ; al Art. Nº 213 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 084-2004-PCM; al Art. Nº 21 de la ley de Nº 28015 , Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y al Art. 19º del Decreto Supremo Nº 009-2003-TR.
CLÁUSULA DECIMA CUARTA: DE LAS INSPECCIONES Y PENALIDADES
La UNIVERSIDAD a través de la Oficina de Servicios Generales ejercerá control directo e inspeccionará, en toda las dependencias los servicios de limpieza y jardinería de manera permanente
La CONTRATISTA, para el cumplimiento de los servicios de limpieza y jardinería elaborará el cuadro de distribución personal con su ubicación en los pabellones y dependencias de la UNIVERSIDAD, con la logística adecuada y conforme a su propuesta presentada, maquinaria, equipos y herramientas en buenas condiciones de uso, insumos y materiales en cantidad y calidad necesarias; dichos cuadros deberán ser entregados cada mes en forma obligatoria en la Oficina General de Abastecimientos y Servicios Generales.
CLÁUSULA DECIMA QUINTA: DEL INCREMENTO DE VALOR CONTRACTUAL
La UNCP no tiene previsto de cualquier incremento de costos creados o por crearse, por ley u otra norma o a iniciativa de la contratista.
CLÁUSULA DECIMA SEXTA: DE LA RESPONSABILIDAD
LA CONTRATADA será responsable ante la UNIVERSIDAD, de los daños o pérdidas de bienes de la Universidad que pudiera ocasionar el personal de la CONTRATADA durante la ejecución del servicio, debiendo reemplazar y/o resarcir los bienes que fueron dañados o sustraídos por negligencia; o en su defecto al descuento en la facturación de los días de servicio.
Este contrato no podrá ser variado o notificado, salvo acuerdo de ambas partes contratantes y siempre que conste por documentos escrito, para cuyo efecto deberá cumplirse con las mismas formalidades que las observadas para la celebración y firma del presente contrato.
CLÁUSULA DECIMA SEPTIMA: DE LAS MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Este contrato no podrá ser variado o modificado, salvo acuerdo de ambas partes contratantes y siempre que conste por documento escrito, para cuyo efecto deberá cumplirse con las mismas formalidades que las observadas para la celebración y firma del presente contrato.
CLÁUSULA DECIMA OCTAVA: DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalides, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado.
CLAUSULA NOVENA: DEL DOMICILIO Y LA JURISDICCIÓN
Para todos los aspectos relacionados directa o indirectamente con el presente contrato y/o derivados de él, durante su vigencia o con posterioridad a ella, las partes declaran como único domicilio válidos para todos los efectos, los indicados en la introducción del presente contrato, dichos domicilios para ser variados o modificados deberán hacerlo mediante Carta Certificada enviada a la otra parte con una anticipación mínima de 15 días calendarios a la fecha efectiva del cambio.
Las partes se someten al ámbito de aplicación del TUO de la Ley de Contrataciones Adquisiciones del Estado, su Reglamento y al Código Civil.
Ambas partes firman en señal de conformidad al contenido del contrato, en la Ciudad de Huancayo a los treinta días del mes de enero del año dos mil siete.
POR LA UNIVERSIDAD POR LA CONTRATISTA