ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE
ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE
ESCUELA 2, COOP. V. Y
CAIXA POPULAR C.C.V
ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE ESCUELA 2, COOP. V. Y CAIXA POPULAR C.C.V..
En a XX de XXXXXXXXXX de 2016
REUNIDOS
De una parte, CAIXA POPULAR-CAIXA RURAL CCV. VALENCIANA (en adelante Caixa Popular) con C.I.F. número F-46090650 y domicilio social en Paterna, Avda. Xxxx de la Cierva 9, y en su nombre y representación Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, con NIF: 00000000X.
Y de otra ESCUELA 2, COOP. V. (en adelante ESCUELA 2) con CIF X00000000 y domicilio en X/ 000, xx 0 xx Xx Xxxxxx-Xxxxxxx- , x en su nombre y representación el Gerente de la entidad D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, con N.I.F. 22539983Y
EXPONEN
1. – Que Caixa Popular es una cooperativa de crédito valenciana que tiene entre sus objetivos la potenciación del cooperativismo como instrumento para la mejora de la sociedad valenciana. Con esta finalidad ayuda a las cooperativas valencianas facilitándoles instrumentos de apoyo financiero para los socios y trabajadores de las cooperativas.
2. – Que ESCUELA 2 tiene entre sus objetivos el desarrollo de acciones de apoyo y representación del conjunto de sus Socios-Trabajadores y/o Socios-Consumidores, estableciendo con las entidades de crédito acuerdos de financiación en condiciones especiales para ellos.
Ambas partes expresan el convencimiento de que la mutua colaboración establecida en los términos de este acuerdo redundará en una mayor eficacia de las acciones a las que se destinan y, en consecuencia, convienen formalizar el presente convenio marco que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA: OBJETO DEL CONVENIO
El objeto del presente convenio es:
1º) Formalizar una propuesta integral de colaboración mediante la cual Caixa Popular y ESCUELA 2 establezcan una línea de prestación de productos y servicios financieros por parte de Caixa Popular a favor de los Socios y Trabajadores de ESCUELA 2
2º) La difusión, complementaria a las acciones individuales que realicen las partes en este sentido, de las líneas de apoyo y asesoramiento y de servicios en general que se desarrollen por Caixa Popular a favor de los Socios y Trabajadores de ESCUELA 2
3º) El establecimiento de un mecanismo activo de información y financiación que permita a los Socios y Trabajadores tener un mayor acceso a los servicios financieros en condiciones especiales.
SEGUNDA: CONDICIONES GENERALES DE DIFUSIÓN
Caixa Popular pone a disposición de los Socios y Trabajadores de ESCUELA 2 su red de oficinas, así como sus recursos humanos y tecnológicos, para aproximar las iniciativas de este convenio, mientras que ESCUELA 2 difundirá directamente las condiciones según los
mecanismos y medios que estime oportunos entre sus Socios y Trabajadores, pudiendo desarrollar sesiones informativas en las que participará también Caixa Popular.
TERCERA: CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS BANCARIOS ESPECÍFICOS ESPECIALES.
Se materializa en la oferta de productos y servicios financieros detallada a través des anexos adjuntos al presente convenio.
CUARTA: MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES GENERALES Y OPERATORIA PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
Este Convenio atiende a las actuales condiciones xx xxxxxxx. En caso de producirse variaciones significativas, Caixa Popular revisará las condiciones contenidas en la estipulación anterior dando cuenta de ello a ESCUELA 2, con al menos 15 días de antelación a su efectiva aplicación, sin perjuicio de los acuerdos puntuales que puedan alcanzarse con los titulares de las operaciones o de las condiciones de revisión pactadas al tiempo de su concesión, que prevalecerán en todo caso.
La oferta no será en ningún caso vinculante, los Socios y Trabajadores de ESCUELA 2, podrán acogerse a las condiciones generales existentes para los clientes de Caixa Popular
A todos los efectos se entenderán como únicas condiciones aplicables aquellas que figuren en los documentos contractuales y libro de tarifas de comisiones, condiciones y gastos repercutibles con las modificaciones introducidas en los citados documentos contractuales.
La concesión de las operaciones será competencia de Caixa Popular según los criterios de riesgo establecidos en cada momento.
En el caso de la concesión de préstamos con Garantía del Capital Social de la Cooperativa, el socio y la cooperativa deberán rellenar el documento de afección que se adjunta como Anexo II a este Convenio. Se emitirán dos copias, las cuales firmarán el socio y la persona representante de la Cooperativa, que además sellará con el cuño de la misma, quedándose una copia la cooperativa y otra el socio, que entregará en la Oficina de Caixa Popular donde vaya a tramitar la operación, para que la oficina proceda a su escaneo, quedándose el socio el original.
La Cooperativa designará la persona con poderes en la misma para firmar el citado Anexo:
D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx con NIF 00000000X y en nombre y representación de ESCUELA 2, COOP. V. firmará el Anexo II de este Convenio, en garantía de afección de Capital Social
Los Socios y Trabajadores de ESCUELA 2:
❑ Podrán solicitar los productos y servicios ofrecidos en cualquier oficina Caixa Popular, que resolverá aplicando los criterios genéricos establecidos en cuanto a concesión, normas y garantías.
❑ Para acceder a estas condiciones especiales, con el fin de evitar que se vean favorecidas personas no afines, deberán presentar ante Caixa Popular una identificación justificativa como Socio y Trabajador de ESCUELA 2 y realizar la domiciliación de su nómina o ingresos periódicos en las operaciones de financiación acogidas al presente convenio.
QUINTA: ÁMBITO DE APLICACIÓN
Será exclusivamente el de los Socios y Trabajadores de ESCUELA 2.
SEXTA: DURACIÓN DEL CONVENIO Y SUMISIÓN A FUERO
El presente convenio tendrá una duración inicial de 1 año, prorrogable por periodos anuales salvo denuncia de cualquiera de las partes con un mes de antelación al transcurso de cada anualidad de vigencia, momento a partir del cual cesará su eficacia, sin perjuicio de respetarse las condiciones particulares de las operaciones crediticias en vigor y del cumplimiento de la normativa sobre transparencia bancaria en relación a la modificación de condiciones de cuentas.
En lo que respecta a la expresa actualización de las condiciones generales de prestación de los productos y servicios financieros ofrecidos a los Socios y Trabajadores de ESCUELA 2 se realizará cuanto menos con periodicidad anual, sin menoscabo de períodos más cortos en función de la evolución xxx xxxxxxx financiero y siempre con objeto de una mayor adecuación de las condiciones del presente acuerdo.
Las partes se someten, con renuncia a fuero propio que pudiera corresponderles, a la competencia de los Juzgados y Tribunales de Valencia Capital.
SÉPTIMA: PROTECCIÓN DE DATOS (LOPD): A los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Los representantes legales de la entidad ESCUELA 2 y CAIXA POPULAR- CAIXA RURAL C.C.V., así como las personas designadas como interlocutoras de cada parte contratante, reconocen quedar informadas y consentir que los datos personales reflejados en el presente Convenio, así como los que sean generados durante la ejecución del mismo, sean necesariamente tratados en dos ficheros, uno de responsabilidad de ESCUELA 2, COOP. V., con domicilio social en La Cañada-Paterna-, C/ 578, nº 2 y otro responsabilidad de CAIXA POPULAR- CAIXA RURAL C.C.V, con domicilio social en Xxxx. Xxxx xx xx Xxxxxx 0 xx Xxxxxxx., con la finalidad de cumplir con el desarrollo y
seguimiento de la relación contractual así como llevar a cabo el envío de cualquier tipo de documentación al respecto y el mantenimiento de históricos de relaciones contractuales.
Igualmente, ambas partes manifiestan que los datos personales de los socios trabajadores prestatarios, podrán ser cedidos mutuamente en cumplimiento del presente convenio, y respetarán los principios de protección de datos contenidos en la Ley 15*99, del 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y/o normativa que la sustituya o complemente, existiendo autorización para dicha cesión y tratamiento automatizado por parte de los socios trabajadores.
OCTAVA: COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
Se crea una comisión de seguimiento del convenio integrado al menos por dos personas de cada una de las Partes, que se reunirán al menos dos veces al año para evaluar el cumplimiento del mismo.
Dicha comisión analizará también las eventuales nuevas necesidades que, a propuestas de ESCUELA 2 o de Caixa Popular y en el marco del convenio suscrito, pudiera surgir, proponiendo, si fuera posible encontrar una solución oportuna, adiciones o modificaciones al presente convenio, o la firma de otros convenios.
Fdo. D.Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Fdo. Dña. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx
ESCUELA 2, COOP. V. Caixa Popular, C.C.V.
ANEXO I
Condiciones del convenio para Socios y Trabajadores de ESCUELA 2, COOP. V.
Podrán beneficiarse de las siguientes condiciones todos los Socios Trabajadores de ESCUELA 2 que acrediten de forma fehaciente su condición de socios o trabajadores.
Será necesario para acogerse a las condiciones del convenio la domiciliación de la nómina o ingresos periódicos en su cuenta de Caixa Popular de la Oficina donde se soliciten los productos.
1.CUENTA NÓMINA
❑ Ventajas
• SIN comisión mantenimiento de cuenta
• SIN comisión domiciliación recibos y apuntes
• SIN comisión por ingreso de cheques
• SIN comisión por cuota de tarjeta Mixta para siempre.
• SIN comisión por talonario de Cheques.
• SIN comisión por talonario de Pagarés.
• Transferencias por internet gratuitas
• Pago de recibos hasta 300 euros en descubierto
• Anticipo nómina: Anticipo del 100% de la nómina hasta un máximo de 3.000 euros y a seis meses. Apertura: 2,50..Cancelación: 0
Para poder acceder a estas ventajas el socio trabajador tendrá que tener contratados los siguientes productos:
- Recibos domiciliados de al menos 3 emisores distintos y tener al menos 5 pagos efectivos en los últimos 3 meses
- Tarjeta de débito o crédito y haber realizado al menos 5 movimientos con ellas en los últimos 3 meses.
❑ Financiación
• Préstamos y créditos : Préstamo nómina en condiciones preferentes
• Préstamos Hipotecarios: Condiciones preferentes por tener domiciliada la nómina
Las concesiones quedan sujetas a la aprobación de la operación según los criterios de riesgo habituales de la entidad
❑ Ahorro
• Libreta Ahorro Estable
▪ Sin importes mínimos ni máximos
▪ Sin plazos
▪ Sin comisión de mantenimiento ni administración
▪ Con un tipo de interés excepcional mientras se mantenga domiciliada nómina.
▪ Cuenta no operativa en servicios bancarios, solo admite traspasos de otras cuentas
❑ Servicios
• Servicio cambio de recibos gratuito.
• Ruralvia gratuito
2.-TARJETAS
❑ Tarjeta de Débito
• GRATUITA el primer año si se contrata la CUENTA NÓMINA, resto bonificada por su uso.
❑ Tarjeta de Crédito Classic/Targeta Compromís pel Valencià
• GRATUITA el primer año si se contrata la CUENTA NÓMINA, resto bonificada por consumo anual de 3.000€.
❑ Tarjeta de Crédito Oro
• GRATUITA el primer año, resto bonificada por consumo anual de 6.000€.
Adicionalmente, también tienen disponible:
❑ Vía-T., con el Vía-T de Caixa Popular puede realizar el pago de los peajes de forma rápida y cómoda sin necesidad de parar.
❑ Servicio Pago Compras Personalizado en Tarjetas de Crédito.
Posibilidad de, a decisión del Socio Trabajador de ESCUELA 2, fraccionar aquellas compras pagadas con las Tarjetas de Crédito que superen los 90€.
3. FINANCIACIÓN
Los Socios y Trabajadores de ESCUELA 2 podrán solicitar la concesión de productos y servicios ofrecidos por Caixa Popular en condiciones preferentes:
❑ Préstamo al consumo con garantía del Capital Social ESCUELA 2.
❑ Para los Socios Trabajadores
Préstamo destinado a consumo con la pignoración de las aportaciones propiedad del Socio Trabajador de ESCUELA 2 que tenga al capital social.
Importe Máximo | Tipo Interés | Liquidación | |
Hasta 72 meses | Capital Social* | Euribor360 +3,50 puntos** | mensual |
Comisiones: Comisión de estudio 0%, comisión de apertura 0,50%. Cancelación anticipada total o parcial 0%. Gastos de corretaje según tarifa vigente. |
* En caso de ser socio trabajador el límite será el capital social aportado por el socio.
**Tipo Inicial Euribor 360 (euribor a un año) más un diferencial de 4,50 puntos (cuatro puntos y cincuenta centésimas) puntos, bonificable hasta Euribor 360 + 3,50 puntos en función de la contratación de productos.
La bonificación del tipo de interés se establece en función de la contratación del titular xxx
xxxxxxxx de la siguiente relación de productos:
- Rebaja de 0’20 por tenencia de tarjeta de crédito y uso de la misma con un mínimo de 1.500€ semestrales.
- Rebaja de 0’20 Por tenencia del seguro de hogar contratado a través de Caixa Popular
- Rebaja de 0’20 por tenencia de seguro de auto contratado a través de Caixa Popular
- Rebaja de 0’20 por tenencia de seguro de Vida contratado a través de Caixa Popular
- Rebaja de 0’20 por la tenencia de un plan de pensiones con derechos consolidados positivos y superiores a 0.
Para el caso, de que en el momento de determinar el tipo de interés nominal aplicable al préstamo, la referencia de interés sea negativa, el tipo de interés nominal aplicable será considerado CERO (0) y, por tanto, el prestatario deberá abonar el MARGEN O DIFERENCIAL.
La revisión de las condiciones será cada 6 meses desde la fecha de contratación xxx xxxxxxxx adaptándose el tipo de interés a los productos y servicios que el Socio/Trabajador tenga y cumpla en cada momento de la revisión
Cada socio de trabajo únicamente podrá tener en vigor una única operación crediticia de las establecidas en el presente apartado, de tal manera que podrá solicitar una nueva operación crediticia una vez finalizada y liquidada la anterior o cancelando anticipadamente el anterior y realizando una nueva operación.
En el caso de que el Socio Trabajador causase baja en la cooperativa, la devolución del capital social por parte de ESCUELA 2 a su ex-socio se realizará obligatoriamente en la cuenta que esta persona tenga en Caixa Popular. El titular xxx xxxxxxxx ex socio de X COOPERATIVA autorizará el cargo en cuenta de manera automática para la amortización xxx xxxxxxxx.
En el caso de que por pacto entre Caixa Popular y el ex socio de ESCUELA 2 se continuase manteniendo el préstamo, las condiciones del mismo pasarán a ser las estándares vigentes en ese momento no pudiendo acogerse al presente convenio.
❑ Para los trabajadores no socios
Préstamo destinado al consumo
Importe Máximo | Tipo Interés | Liquidación | |
Hasta 72 meses | 30.000 | Euribor360 +4,50 puntos* | mensual |
Comisiones: Comisión de estudio 0%, comisión de apertura 1%. Cancelación anticipada total o parcial 0%. Gastos de corretaje según tarifa vigente. |
*Tipo Inicial Euribor 360 (euribor a un año) más un diferencial de 5,50 (cinco puntos y cincuenta centésimas) puntos, bonificable hasta Euribor 360 +4,50 puntos en función de la contratación de productos.
La bonificación del tipo de interés se establece en función la contratación del titular xxx
xxxxxxxx de la siguiente relación de productos:
- Rebaja de 0’20 por tenencia de tarjeta de crédito y uso de la misma con un mínimo de 1.500€ semestrales.
- Rebaja de 0’20 Por tenencia del seguro de hogar contratado a través de Caixa Popular
- Rebaja de 0’20 por tenencia de seguro de auto contratado a través de Caixa Popular
- Rebaja de 0’20 por tenencia de seguro de Vida contratado a través de Caixa Popular
- Rebaja de 0’20 por la tenencia de un plan de pensiones con derechos consolidados positivos y superiores a 0.
Para el caso, de que en el momento de determinar el tipo de interés nominal aplicable al préstamo, la referencia de interés sea negativa, el tipo de interés nominal aplicable será considerado CERO (0) y, por tanto, el prestatario deberá abonar el MARGEN O DIFERENCIAL.
La revisión de las condiciones será cada 6 meses desde la fecha de contratación xxx xxxxxxxx adaptándose el tipo de interés a los productos y servicios que el Trabajador tenga y cumpla en cada momento de la revisión.
Las garantías de estas operaciones serán las que en cada momento se requieran en función del estudio xxx xxxxxxxx.
Cada trabajador únicamente podrá tener en vigor una única operación crediticia de las establecidas en el presente apartado, de tal manera que podrá solicitar una nueva operación
crediticia una vez finalizada y liquidada la anterior o cancelando la anterior antes de su vencimiento.
Cada Socio Trabajador o trabajador sólo podrá mantener una única operación crediticia de las dos modalidades anteriormente señaladas.
❑ Préstamo para aportación de Capital Social
Préstamo destinado a la adquisición de las aportaciones de la cooperativa de trabajo asociado
Importe Máximo | Tipo Interés | Liquidación | |
Hasta 96 meses | Capital Social* | Euribor360 +2,75 puntos** | mensual |
Comisiones: Comisión de estudio 0%, comisión de apertura 0,5%. Cancelación anticipada total o parcial 0%. Gastos de corretaje según tarifa vigente. |
* En caso de ser socio trabajador el límite será el capital social obligatorio aportado por el socio. Pignorándose el capital social del socio a la operación como garantía del mismo
**Tipo Inicial Euribor 360(euribor a un año) más un diferencial de 3,75 (tres puntos y setenta y cinco centésimas) puntos, bonificable hasta Euribor 360 + 2,75 puntos en función de la contratación de productos.
La bonificación del tipo de interés se establece en función la contratación del titular xxx
xxxxxxxx de la siguiente relación de productos:
- Rebaja de 0’20 por tenencia de tarjeta de crédito y uso de la misma con un mínimo de 1.500€ semestrales.
- Rebaja de 0’20 Por tenencia del seguro de hogar contratado a través de Caixa Popular
- Rebaja de 0’20 por tenencia de seguro de auto contratado a través de Caixa Popular
- Rebaja de 0’20 por tenencia de seguro de Vida contratado a través de Caixa Popular
- Rebaja de 0’20 por la tenencia de un plan de pensiones con derechos consolidados positivos superiores a 0.
Para el caso, de que en el momento de determinar el tipo de interés nominal aplicable al préstamo, la referencia de interés sea negativa, el tipo de interés nominal aplicable será considerado CERO (0) y, por tanto, el prestatario deberá abonar el MARGEN O DIFERENCIAL.
La revisión de las condiciones será cada 6 meses desde la fecha de contratación xxx xxxxxxxx adaptándose el tipo de interés a los productos y servicios que el Socio/Trabajador de tenga y cumpla en cada momento de la revisión
En el caso de que el Socio Trabajador causase baja en la cooperativa, la devolución del capital social por parte de ESCUELA 2 a su ex-socio se realizará obligatoriamente en la cuenta que esta persona tenga en Caixa Popular. El titular xxx xxxxxxxx ex socio de ESCUELA 2 autorizará el cargo en cuenta de manera automática para la amortización xxx xxxxxxxx.
En el caso de que por pacto entre Caixa Popular y el ex socio de ESCUELA 2 se continuase manteniendo el préstamo, las condiciones del mismo pasarán a ser las estándares vigentes en ese momento no pudiendo acogerse al presente convenio.
Cada socio de trabajo únicamente podrá tener en vigor una única operación crediticia de las establecidas en el presente apartado, de tal manera que podrá solicitar una nueva operación crediticia una vez finalizada y liquidada la anterior.
❑ Préstamo al consumo con garantía personal
❑ Para los Socios Trabajadores
Préstamo destinado a consumo con garantía personal del Socio Trabajador de ESCUELA 2
.
Importe Máximo | Tipo Interés | Liquidación | |
Hasta 72 meses | 30.000 | Euribor360 +4,00 puntos* | mensual |
Comisiones: Comisión de estudio 0%, comisión de apertura 1,00%. Cancelación anticipada total o parcial 0%. Gastos de corretaje según tarifa vigente. |
*Tipo Inicial Euribor 360(euribor a un año) más un diferencial de 5,00 puntos (cino puntos y cero centésimas) puntos, bonificable hasta Euribor 360 + 4,00 puntos en función de la contratación de productos.
La bonificación del tipo de interés se establece en función de la contratación del titular xxx
xxxxxxxx de la siguiente relación de productos:
- Rebaja de 0’20 por tenencia de tarjeta de crédito y uso de la misma con un mínimo de 1.500€ semestrales.
- Rebaja de 0’20 Por tenencia del seguro de hogar contratado a través de Caixa Popular
- Rebaja de 0’20 por tenencia de seguro de auto contratado a través de Caixa Popular
- Rebaja de 0’20 por tenencia de seguro de Vida contratado a través de Caixa Popular
- Rebaja de 0’20 por la tenencia de un plan de pensiones con derechos consolidados positivos y superiores a 0.
Para el caso, de que en el momento de determinar el tipo de interés nominal aplicable al préstamo, la referencia de interés sea negativa, el tipo de interés nominal aplicable será considerado CERO (0) y, por tanto, el prestatario deberá abonar el MARGEN O DIFERENCIAL.
La revisión de las condiciones será cada 6 meses desde la fecha de contratación xxx xxxxxxxx adaptándose el tipo de interés a los productos y servicios que el Socio/Trabajador tenga y cumpla en cada momento de la revisión
Cada socio de trabajo únicamente podrá tener en vigor una única operación crediticia de las establecidas en el presente apartado, de tal manera que podrá solicitar una nueva operación crediticia una vez finalizada y liquidada la anterior o cancelando anticipadamente el anterior y realizando una nueva operación.
En el caso de que el Socio Trabajador causase baja en la cooperativa, la devolución del capital social por parte de ESCUELA 2 a su ex-socio se realizará obligatoriamente en la cuenta que esta persona tenga en Caixa Popular. El titular xxx xxxxxxxx ex socio de X COOPERATIVA autorizará el cargo en cuenta de manera automática para la amortización xxx xxxxxxxx.
En el caso de que por pacto entre Caixa Popular y el ex socio de ESCUELA 2 se continuase manteniendo el préstamo, las condiciones del mismo pasarán a ser las estándares vigentes en ese momento no pudiendo acogerse al presente convenio.
❑ Préstamos Hipotecarios para la adquisición de Primera Vivienda “ Te lo mereces”
Plazo | Importe Máximo | Tipo Interés | Liquidación |
Hasta 35 años, con el limite de la edad de jubilación. | Hasta el 100% compra límite 80% tasación | 12 primeros meses: 1,95.Resto hasta Eur +1,10 si tiene todos los productos de la cesta* en caso contrario Eur+2,10 | mensual |
Comisiones: Comisión apertura 0’25%. Gastos de corretaje según tarifa vigente. |
*Productos de la cesta:
- Nómina o ingresos mensuales superiores a 1.800 euros
-Tarjeta de crédito
- Seguro de vida ( mínimo 70% capital préstamo)
-Seguro hogar
La revisión de las condiciones será cada 6 meses desde la fecha de contratación xxx xxxxxxxx adaptándose el tipo de interés a los productos y servicios que el Socio/Trabajador de tenga y cumpla en cada momento de la revisión
❑ Préstamo Interés 0. Para un sinfín de imprevistos
• Importe hasta 3.000,00 €
• Plazo hasta 12 meses
• Interés Fijo al 0%
• Comisión apertura: 4,00% (mínimo 36,00 €)
• Comisión estudio: 0%
• Comisión cancelación o amortización: 0,00%
Las condiciones estarán sujetas a revisión según la evolución xxx xxxxxxx y previa comunicación. La concesión de las operaciones estará en función de la vinculación del titular así como del análisis de riesgo de cada entidad. Firma intervenida
4. AHORRO / PREVISIÓN
❑ Plan de Ahorro
Producto a medio y largo plazo que permite aportaciones periódicas que permiten ahorrar de manera sistemática a partir de una módica cantidad. Ofrecen una interesante rentabilidad garantizando el capital aportado al vencimiento más un interés anual.
❑ Seguro de Prima Única
Seguro de inversión que garantiza una rentabilidad prefijada en el momento de celebración del contrato así como un capital en caso de fallecimiento y ofrece la posibilidad de liquidez transcurrido un determinado plazo desde su contratación.
❑ Plan de Previsión Asegurado
Para disponer en el momento de la jubilación de un capital o una renta periódica que permite al titular complementar la pensión de la Seguridad Social.
Las aportaciones realizadas por el titular al plan están garantizadas con lo que no se ven disminuidas por movimientos de los mercados financieros a la baja.
Además actualmente el titular se podrá beneficiar de unas excelentes ventajas fiscales.
❑ Planes de Pensiones
Para disponer en el momento de la jubilación de un capital o una renta periódica que permite al titular complementar la pensión de la Seguridad Social.
Además actualmente el titular se podrá beneficiar de unas excelentes ventajas fiscales.
5. BANCA ELECTRÓNICA
❑ A través de Ruralvía podrá acceder a todos los servicios on-line prestados por Caixa Popular y realizar sus operaciones bancarias con total disponibilidad, a cualquier hora, desde cualquier lugar, de la forma que más le convenga en cada momento utilizando cualquiera de sus canales, Internet, móvil o Banca Telefónica :
6. BANCA PRIVADA
- Fondos de Inversión .Bonificación de los traspasos de Fondos de Inversión a Caixa Popular hasta el 1% (Máximo 3.000 €)
- Gestión Discrecional de Carteras. Contratable desde 20.000 €
- Servicio de Valores
- Depósitos estructurados
- Repos y Renta Fija.
7. SEGUROS GENERALES RGA.
❑ Seguro del Hogar:15% de descuento en la prima del primer año:
❑ Seguro del Auto:10% de Descuento en la prima del primer año.
❑ Seguro de Retirada de Carnet. Para recibir una indemnización mensual en el caso de retirada de carnet que te ayudará a afrontar los gastos de transporte que se generen.
8. SEGUROS PERSONALES
10% de descuento en la prima del primer año:
❑ Seguro de salud
• Garantiza una sanidad de máxima calidad con acceso a los tres niveles fundamentales de la medicina, asistencia primaria, de especialistas y médico-hospitalaria.
• Descuentos sobre el precio mensual al optar por otras formas de pago.
• Descuentos al contratar el seguro familiar (cónyuge e hijos).
• Amplia oferta de servicios y actividades que contribuyen a mejorar la salud y calidad de vida: balnearios, hoteles rurales, gimnasios, ópticas, etc.
❑ Seguro de Accidentes.
Seguro personal diseñado para paliar económicamente los efectos de fallecimiento e incapacidad producidos a consecuencia de un accidente, tanto en el ejercicio de su profesión como en su vida privada.
❑ Seguro de Vida.
Seguro de Vida-Riesgo destinado a compensar el perjuicio económico que pudiera causar el fallecimiento o invalidez por cualquier causa del asegurado.
❑ Seguro de Indemnización Diaria
Seguro de indemnización diaria por “incapacidad laboral” o interrupción de la actividad laboral del asegurado provocada por una enfermedad no contraída con anterioridad a la contratación de la póliza o accidente.
9. CONDICIONES ESPECIALES PARA LA COMPRA DE INMUEBLES DE NUESTRA CARTERA DE INMUEBLES ADJUDICADOS
Aplicables a los inmuebles incluidos en el portal inmobiliario de Caixa Popular
Financiación hasta el 100%
Ventajas en la financiación para su adquisición. Descuento sobre tarifa/catálogo del 5%
➢ Las condiciones citadas en este convenio pueden variar en función de la evolución xxx xxxxxxx financiero y vinculación del cliente.
➢ En cuanto a la financiación estará sujeta a las normas internas de concesión de
riesgos de Caixa Popular.
El acceso a estas ventajas de los Socios Trabajadores, no impide su participación en promociones, sorteos
ANEXO II
DOCUMENTO DE AFECCIÓN DE CAPITAL SOCIAL EN GARANTÍA DE DEVOLUCIÓN XX XXXXXXXX PERSONAL
En , a de de
REUNIDOS:
De una parte, D. mayor edad, con domicilio en ( ), X/ , xx
x xxxxxxxx xx X.X.X. xx , quien interviene en su propio nombre y derecho (en adelante, EL SOCIO).
De otra parte, D , mayor de edad, con domicilio a estos efectos en , , y con N.I.F. nº , quien interviene en nombre y representación de ,(en adelante COOPERATIVA) con domicilio social en , con C.I.F. F- , en su calidad de .
Y de otra, D mayor de edad, con domicilio a estos efectos en .. C/
. quien interviene en nombre y representación de CAIXA POPULAR-Caixa Rural, Coop. de Crédito V.” (en adelante, “CAIXA POPULAR”), con domicilio social enPaterna, Xx. Xxxx xx xx Xxxxxx, xxxxxxxx xx X.X.X. xx F-46.090.650, en su calidad de ( indicar cargo y poderes).
Se reconocen todos, en el concepto en el que intervienen, plena y mutua capacidad jurídica para el otorgamiento del presente documento de afección salarial y de capital social en garantía de devolución xx xxxxxxxx personal, y a tal efecto,
EXPONEN:
PRIMERO.- Que D. , a dia xx xxx es Socio de Trabajo en “ ”.
SEGUNDO.- Que, para el caso de que a la firma de la presente D. vaya a incorporarse como socio de trabajo, viene obligado a aportar a la cooperativa la cantidad de EUROS ( euros) en concepto de capital social obligatorio, (incluida la cuota de
entrada).
Y para el caso de que D. , ya ostente la condicion de Socio de Trabajo, manifiesta que al dia de la firma de este documento, es titular propietario de EUROS ( EUROS) de Capital Social Obligatorio de la citada Cooperativa. Dicho Capital se encuentra íntegramente suscrito y desembolsados.
TERCERO.- Que en la actualidad percibe de la Cooperativa por la prestación de su trabajo, un haber neto mensual de EUROS. ( euros).
CUARTO.- Que la Cooperativa “ ”, en la línea de facilitar a los nuevos socios bien su incorporación a la cooperativa o bien, a los ya Socios, ofrecerles mejores servicios, que diferencien el caràcter cooperativo del resto de empresas del sector, ha concertado una línea especial de préstamos personales para sus nuevos o actuales socios, con la entidad “CAIXA POPULAR”, con la finalidad de financiar al nuevo socio su aportación del capital social obligatorio o bien financiar sus necesidades de consumo.
El importe máximo xxx xxxxxxxx que se puede conceder al nuevo socio de la Cooperativa por parte de “CAIXA POPULAR”, dentro de la línea global concertada, asciende a la cantidad de euros, ( euros) y siempre como máximo el importe del capital social
obligatorio vigente, que a fecha xx xxx e indicado en el Exponen Segundo.
QUINTO.- Que el Socio está interesado en solicitar de “CAIXA POPULAR” un préstamo especial en las condiciones conocidas por el mismo, para lo cual, conviene en la afección a favor de “CAIXA POPULAR” de su salario mensual en garantía xxx xxxxxxxx, por la deuda que ésta asuma por cualquier causa derivada xxx xxxxxxxx, incluyendo capital, intereses remuneratorios y de demora, costas y gastos, si se produjeran, debiendose comunicar esta circunstancia tanto a la Cooperativa , como a la Entidad prestamista.
SEXTO.- Que, estando, pues, todas las partes conformes con cuanto antecede, lo llevan a efecto con arreglo a las siguientes,
ESTIPULACIONES:
PRIMERA.- Mediante el presente contrato, D. libre y voluntariamente afecta expresamente ante COOPERATIVA el capital social obligatorio que en dicha Cooperativa pudiera tener mientras ostentara la condición de socio de trabajo,así como el futuro que de acuerdo con lo estipulado en el expositivo quinto, en garantía de la devolución xxx xxxxxxxx que “Caixa Popular”, previo su estudio, le concederá por importe de euros ( euros).
SEGUNDA.- Que para el caso de que el destino xxx xxxxxxxx concedido fuera para efectuar la aportación inicial de capital minimo obligatorio, D. autoriza expresamente a “CAIXA POPULAR” que a su vez se compromete a ello, una vez concedido el crédito y abonado en su cuenta el importe correspondiente, a efectuar de inmediato un traspaso del importe nominal xxx xxxxxxxx a la cuenta de COOPERATIVA abierta en CAIXA POPULAR con el siguente IBAN : , en concepto de aportación a la Cooperativa del capital social.
TERCERA.-Por medio del presente documento, D. , se compromete a la devolución de la totalidad xxx xxxxxxxx (capital, intereses remuneratorios y de demora, costas y gastos, si se produjeran) en el plazo pactado con la Entidad Prestamista, y a su amortización a sus respectivos vencimientos.
De manera que, si se produjera el impago de cualesquiera cuotas, o bien se cancelara anticipadamente el préstamo, y fuera cargada la cantidad pendiente de amortización en la cuenta que COOPERATIVA tiene al efecto en CAIXA POPULAR, automáticamente se producirían los siguientes efectos:
1º) COOPERATIVA, descontaría de la/s nómina/s mensual/es que D. percibe de la Cooperativa, el importe correspondiente a la cuota xxx xxxxxxxx que ha dejado de pagar o en su caso la cantidad total pendiente de amortizar. La primera retención comprendería la cuota impagada más los intereses de demora devengados. En lo sucesivo, si el socio no pagara las cuotas a su respectivo vencimiento, COOPERATIVA retendría la cantidad referida para compensar las cantidades satisfechas a CAIXA POPULAR por COOPERATIVA en pago de la deuda del prestatario.
2º) Además, y en garantía adicional de la devolución de dicho préstamo, al haber quedado afecta la cifra de capital social obligatorio y del fondo de retornos para tal fin, quedarían bloqueadas dichas cantidades, sin que el socio pudiera disponer de las mismas, aún causando baja como socio en la Cooperativa, hasta el importe máximo garantizado por el citado capital y fondo de retorno o, caso de que las cantidades adeudadas por el préstamo fueran inferiores a la cifra de capital social obligatorio y fondo de retorno, hasta la cantidad máxima adeudada. Por tanto, si el socio causara baja societaria, habiendo dejado pendientes de pago alguna o algunas cuotas xxx xxxxxxxx garantizado, produciéndose el vencimiento del mismo, la cooperativa COOPERATIVA, vendrá obligada a abonar, dentro de los límites citados, a la Entidad Prestamista garantizada, la cifra correspondiente que, en concepto de devolución de capital, legalmente correspondiera al socio que ha causado baja.
3º) Aún en el supuesto de que el socio pagara puntualmente las cuotas a su respectivo periodo de vencimiento, si por cualquier motivo causara baja en la cooperativa estando pendiente todavía de la devolución xxx xxxxxxxx, automáticamente se destinaría la cifra de capital y fondo de retornos a devolver al socio, previas las detracciones legales pertinentes, al pago y cancelación total del citado préstamo, devolviéndose el sobrante al socio que ha causado baja, todo ello en los plazos legalmente establecidos. De manera que, causando baja el mismo, quedará saldada la obligación de pago, así como la obligación de COOPERATIVA en cuanto a retenciones y afecciones.
4º) Por otro lado, también podría destinarse al pago de cuotas xx xxxxxxxx impagadas, las cantidades adeudadas al socio en concepto de intereses por sus aportaciones obligatorias al
capital social así como la parte correspondiente al socio en el fondo de retornos, desde el momento en que pudieran liquidarse. Esta medida sería subsidiaria y en el supuesto de que las cuotas retenidas por salario no fueran suficientes para cubrir la totalidad de la deuda.
CUARTA.- Para que se produzca la circunstancia indicada en la estipulación anterior, la Entidad Prestamista deberá entregar notificación por escrito (incluso vía fax o correo electrónico) a “ COOPERATIVA” acreditativa de las circunstancias del impago xxx xxxxxxxx (o del impago de una o varias cuotas), en el menor plazo posible desde que se produzca tal vencimiento.
Desde ese momento, “ COOPERATIVA” retendrá las/s nómina/s (y/o finiquito) y bloqueará la cifra de capital y del fondo de retorno, en su caso, hasta el máximo garantizado, para liquidar con esas cantidades la deuda del socio, devolviendo a éste, en el solo supuesto de la baja, el remanente del capital social obligatorio y en su caso del fondo de retorno, en los plazos y en la forma legal o estatutariamente procedente. Si sobrara remanente, una vez pagado la totalidad xxx xxxxxxxx, sus intereses, gastos y costas, se devolvería al socio.
QUINTA.- La presente afección de carácter irrevocable estará vigente mientras está pendiente de cancelación, por pago total, el préstamo indicado en el presente documento. Para cancelar la afección será título suficiente la comunicación escrita de la Entidad Prestamista autorizando tal extremo, o en su defecto, recibo acreditativo del pago, finiquito y total cancelación xxx xxxxxxxx, además de encontrarse al corriente el socio con COOPERATIVA de sus obligaciones derivadas del presente documento.
SEXTA.- El prestatario deberá tener domiciliada la nómina en cualquiera de las sucursales de CAIXA POPULAR, como requisito necesario para la concesión y mantenimiento xxx xxxxxxxx.
SEPTIMA.- De conformidad con la ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa al socio trabajador que sus datos personales quedarán almacenados en dos ficheros de datos, uno responsabilidad de “ COOPERATIVA,.”, con domicilio en y otro responsabilidad de “CAIXA POPULAR-Caixa Rural, Coop. de Crédito V”, con domicilio en Paterna, Av. Xxxx de la Cierva, 9 , con la finalidad de gestionar todas las incidencias derivadas del presente contrato, tanto desde su solicitud y tramitación como su formalización, seguimiento y conclusión. En este sentido, el socio trabajador autoriza expresamente a que sus datos personales necesarios para el estudio, concesión y seguimiento xxx xxxxxxxx sean cedidos a “CAIXA POPULAR-Caixa Rural, Coop. de Crédito V.con esta finalidad, e igualmente autoriza expresamente a la entidad crediticia para facilitar a “ COOPERATIVA, .” cuantos datos relativos al préstamo objeto del presente contrato sean
requeridos por esta última en cualquier momento de la duración contractual. En cualquier caso, se informa al socio trabajador que podrá en cualquier momento ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, respecto de los datos almacenados por ambas entidades, mediante escrito dirigido al domicilio social de cada una de las mismas antes indicados. En este sentido, se solicita del socio trabajador que, con el fin de mantener la información debidamente actualizada, comunique cualquier cambio sobre la información suministrada.
Leído que ha sido todo cuanto antecede, lo encuentran conforme las partes, y lo firman por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y la fecha al principio mencionados.
POR “ COOPERATIVA.” POR”EL SOCIO”
Fdo. : . Fdo.:
POR LA ENTIDAD PRESTAMISTA
“CAIXA POPULAR-Caixa Rural,Coop. de Crédito V.
Fdo.: