REVOCA RESOLUCIÓN EXENTA N° 112, DE 2021, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES, AUTORIZA NUEVO LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA, APRUEBA BASES TÉCNICAS, ADMINISTRATIVAS Y ANEXOS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGUROS DE INCENDIO, SISMO Y SEGUROS...
Resolución Xxxxxx Xx 000/0000 XXX Xxxxxxxx, 23/07/2021
REVOCA RESOLUCIÓN EXENTA N° 112, DE 2021, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES, AUTORIZA NUEVO LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA, APRUEBA BASES TÉCNICAS, ADMINISTRATIVAS Y ANEXOS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGUROS DE INCENDIO, SISMO Y SEGUROS ADICIONALES PARA BIENES INMUEBLES Y MUEBLES DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y SEGUROS DE CONTENIDO DE MUEBLES, ÚTILES E INSTALACIONES ELECTRÓNICAS PARA LAS SECRETARÍAS REGIONALES MINISTERIALES DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Y DESIGNA COMISIÓN EVALUADORA.
VISTO: Lo dispuesto en el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en los Decretos con Fuerza xx Xxx N° 343, de 1953 y N° 279, de 1960, ambos del Ministerio de Hacienda, relativos a la organización, obligaciones y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; en el Decreto Xxx Xx 000, xx 0000, xxx Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, que creó el Ministerio de Transportes; en el Decreto Supremo N° 32, de 2008, que delegó facultades en el Subsecretario de Transportes y en el Decreto Supremo N° 34, de 2018, que nombró a don Xxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx, en el cargo de Subsecretario de Transportes, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; en la Resolución Exenta N° 7, de 19 de enero de 2021, de la Subsecretaría de Transportes, que aprobó el Plan de Compras 2021 de la Subsecretaría de Transportes, Secretaría General de Transportes y Programas dependientes; en la Resolución Exenta N° 112, de 22 xx xxxxx de 2021, de la Subsecretaría de Transportes, que autoriza llamado a Licitación Pública, aprueba Bases Técnicas, Administrativas y Anexos, para la contratación del Servicio de seguros de incendio, sismo y seguros adicionales para bienes inmuebles y muebles de la Subsecretaría de Transportes y seguros de contenido de muebles, útiles e instalaciones electrónicas para las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones y designa comisión evaluadora; en la Ley N° 21.289, de Presupuestos del Sector Público para el año 2021; en las Resoluciones N° 7, de 2019 y N° 16, de 2020, de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón y determinan los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedará6n sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda; y en la demás normativa aplicable; y en la demás normativa aplicable.
CONSIDERANDO:
1°. Que, mediante Resolución Exenta N° 112, de 2021, citada en el visto, fue autorizado el llamado a licitación pública y fueron aprobadas las Bases Técnicas, Administrativas y Anexos para la contratación del “Servicio de seguros de incendio, sismo y seguros adicionales para bienes inmuebles y muebles de la Subsecretaría de Transportes y seguros de contenido de muebles, útiles e instalaciones electrónicas para las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones”, la cual se publicó en el Sistema de Información de
Compras y Contratación Pública, xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, el 26 xx xxxxx de 2021, bajo el ID 711-7-LE21.
2° Que, según se indica el Acta de Evaluación de Ofertas, de 06 de julio de 2021, elaborada por la Comisión Evaluadora, designada por la Resolución Exenta N° 112, de 2021, ya citada, y de conformidad con el plazo previsto en el punto 2.5 literal c), en relación con lo dispuesto en el punto 2.6, ambos de las bases administrativas, los interesados en participar en el proceso concursal referido, formularon un total de 30 consultas a dicho pliego de condiciones, a través del foro habilitado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, del ID 711-7-LE21, las que fueron respondidas por la misma vía, en los plazos estipulados en el literal d) del punto
2.5 de las bases.
3° Que, según se registra en el numeral IV del Acta de Evaluación de Ofertas, dentro del plazo señalado en el literal a) del punto 2.5 de las bases administrativas, se recibió a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, la oferta del siguiente proveedor:
Rut Proveedor | Razón Social |
00.000.000-0 | Renta Nacional Compañía de Seguros Generales S.A. |
Adicionalmente, se señala en la citada Acta de Evaluación, que el 10 xx xxxx de 2021, dentro del plazo previsto en el literal b) del punto 2.5 y de conformidad con lo dispuesto en el punto 2.11, ambos de las bases administrativas, se procedió al acto de apertura electrónica de la oferta técnica y económica del oferente individualizado en el párrafo anterior.
4° Que, revisados los antecedentes del referido proceso en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, se constató que algunas de las respuestas a las consultas formuladas por los oferentes al pliego de condiciones, carecieron de precisión y claridad, no quedando por tanto definido el servicio requerido en términos que resulten suficientes para que los interesados pudiesen formular sus propuestas.
En efecto, se estima que la falta de claridad en las respuestas entregadas, las que forman parte integrante xxx xxxxxx de condiciones, atenta contra la debida coherencia que debe existir entre todos los antecedentes del procedimiento de contratación para obtener ofertas convenientes para los intereses de esta Subsecretaría, pudiéndose haber afectado con ello, el principio de libre concurrencia, establecido en el inciso segundo del artículo 9 de la Ley N° 18.575.
5° Que, al respecto la Contraloría de la República ha señalado que es deber de la Administración velar por la coherencia de los antecedentes entregados en los procedimientos de contratación y que la falta de claridad de los mismos podría originar una afectación al principio de libre concurrencia de los oferentes, impidiendo obtener, por lo mismo, el precio más económico (aplica criterio contenido en dictámenes E58585 y E23159, ambos del 2020).
6° Que, el artículo 61 de la Ley Nº 19.880, dispone que: "[l]os actos administrativos podrán ser revocados por el órgano que los hubiere dictado. La revocación no procederá en los siguientes casos: a) Cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente; b) Cuando la ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos; o
c) Cuando, por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto".
7° Que, en efecto, la potestad revocatoria de la que se encuentra revestida esta autoridad, puede ejercerse en cualquier momento por el órgano que hubiere dictado los respectivos actos administrativos, salvo los casos expresamente señalados en el artículo 61. Así es que el Ente de Control ha definido que dicha potestad consiste en dejar sin efecto un acto administrativo por la propia Administración mediante un acto de contrario imperio, en caso que aquél vulnere el
interés público general o específico de la autoridad emisora. Conforme a dicha jurisprudencia, la revocación debe fundarse en razones de mérito, conveniencia u oportunidad, entendiéndose limitada por la consumación de los efectos del acto o por la existencia de derechos adquiridos (aplica dictamen N° 45.487 de 2016).
8° Que, la manifestación de la voluntad expresada por esta autoridad administrativa en la citada Resolución Exenta N° 112, de 2021, que aprobó las bases de la licitación pública en comento, no configura un acto declarativo o creador de derechos que haya podido incorporarse a la esfera jurídica de sus destinatarios.
9° Que, la revocación de los actos administrativos ha sido recogida como una aplicación funcional en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, mediante la cual, existiendo una licitación ya publicada y en curso, la Administración se desiste de su prosecución, en base a una decisión debidamente fundada, deteniéndose irrevocablemente el proceso licitatorio, revocación que sólo se puede efectuar hasta antes de verificarse la adjudicación, cuestión que no ha acontecido en la especie (aplica criterio contenido en dictamen N° 2.079 de 2011).
10° Que, de acuerdo a las razones de mérito, conveniencia u oportunidad antes señaladas y teniendo presente lo dispuesto por las normas legales y reglamentarias, procede disponer la revocación de la Resolución Exenta N° 112, de 2021, de la Subsecretaría de Transportes, junto con el proceso licitatorio publicado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx bajo el ID N° 711-7-LE21, así como cualquier actuación administrativa que se hubiera efectuado en conformidad con dicho llamado.
11° Que, no obstante lo anterior, persiste la necesidad de contar con los seguros correspondientes para resguardar tanto los inmuebles en que se emplaza la Subsecretaría de Transportes, como aquel en que se ubica la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, de los eventuales daños derivados de incendio y sismo, debiendo comprender también el resguardo de los bienes muebles, útiles e instalaciones electrónicas existentes en sus respectivas dependencias. Por su parte, con respecto al resto de las dependencias donde funcionan las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones, se requiere asegurar su contenido, comprendiendo muebles, útiles e instalaciones electrónicas existentes en las respectivas dependencias.
12° Que, en consecuencia, a través de Memorándum N° 5315/2021, de 07 de julio de 2021, el Encargado de la Unidad de Servicios Generales, remitió al Jefe del Departamento Administrativo de esta Subsecretaría, las bases técnicas para la contratación del servicio de seguros de incendio, sismo y seguros adicionales para bienes inmuebles y muebles de la Subsecretaría de Transportes y seguros de contenido de muebles, útiles e instalaciones electrónicas de las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones
13° Que, revisado el catálogo de Productos y Servicios del portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, se concluyó que el servicio requerido no se encuentra disponible a través del sistema de Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en conformidad con lo indicado en el formulario “Antecedentes proceso de adquisición o contratación de bien o servicios”, de la presente contratación, por lo que acorde con lo preceptuado en el artículo 9° del X.X. Xx 000, xx 0000, xxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Compras y Contratación Pública, corresponde realizar una Licitación Pública para la contratación del servicio indicado en el considerando anterior.
14° Que, en el marco del Plan de Compras 2021, aprobado por la Resolución Exenta N° 7, de 2021, citada en el Visto, y atendidas las circunstancias expuestas, mediante el presente acto administrativo se aprobarán las bases de licitación y los correspondientes anexos para la contratación del “Servicio de seguros de incendio, sismo y seguros adicionales para bienes inmuebles y muebles de la Subsecretaría de Transportes y seguros de contenido de muebles, útiles e
instalaciones electrónicas para las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes
y Telecomunicaciones” y se convocará al proceso concursal correspondiente.
15° Que, conforme se establece en las bases de licitación que por este acto se aprueban, corresponde además designar en este acto a los integrantes de la Comisión Evaluadora.
16° Que, existe disponibilidad presupuestaria para la contratación de los servicios en referencia, conforme lo establecido en la Ley N° 21.289, que aprobó el Presupuesto para el Sector Público para el año 2021.
17° Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento, aprobado por el D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se redactaron las bases de licitación que se aprueban por el presente acto administrativo, las que observan los principios de igualdad y libre concurrencia de los oferentes al llamado, que rigen los procedimientos concursales y cumplen con los requerimientos técnicos y jurídicos, las que deben publicarse en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
RESUELVO:
1° REVÓCASE la Resolución Exenta N° 112, de 22 xx xxxxx de 2021, de la Subsecretaría de Transportes, que autorizó el llamado a licitación pública, aprobó bases técnicas, bases administrativas y anexos para la contratación de Servicio de seguros de incendio, sismo y seguros adicionales para bienes inmuebles y muebles de la Subsecretaría de Transportes y seguros de contenido de muebles, útiles e instalaciones electrónicas para las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones, publicada en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo el ID 711-7-LE21 y consecuencialmente todas las actuaciones administrativas que hubieren tenido lugar, desde la referida convocatoria.
2° AUTORÍZASE nuevo llamado a licitación pública para la contratación del “Servicio de seguros de incendio, sismo y seguros adicionales para bienes inmuebles y muebles de la Subsecretaría de Transportes y seguros de contenido de muebles, útiles e instalaciones electrónicas para las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones”, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
3° APRUÉBANSE las Bases Técnicas, Administrativas y Anexos para la contratación del “Servicio de seguros de incendio, sismo y seguros adicionales para bienes inmuebles y muebles de la Subsecretaría de Transportes y seguros de contenido de muebles, útiles e instalaciones electrónicas para las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones”, cuyo tenor literal se transcribe a continuación:
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE SEGUROS DE INCENDIO, SISMO Y SEGUROS ADICIONALES PARA BIENES INMUEBLES Y MUEBLES DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y SEGUROS DE CONTENIDO DE MUEBLES, ÚTILES E INSTALACIONES ELECTRÓNICAS PARA LAS SECRETARÍAS REGIONALES MINISTERIALES DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES”
Las presentes Bases establecen los requerimientos administrativos, técnicos y económicos que regirán el presente proceso de licitación pública y contienen las disposiciones generales que regirán las relaciones entre la Subsecretaria de Transportes, en adelante la “Subsecretaría”, y quienes proporcionen el servicio a que se refiere el presente llamado, en adelante “proveedores”, “oferentes” o “proponentes”, “adjudicatarios” y “contratista”, según corresponda, de acuerdo a cada
una de las etapas del proceso de licitación, y en todas las materias relacionadas con la contratación del servicio que se licita.
La entidad contratante del servicio objeto de estas Bases será para todos los efectos la Subsecretaría de Transportes, sin perjuicio de las labores de supervisión y coordinación del contrato que llevará a cabo la Subsecretaría de Transportes y sus Programas dependientes.
1. BASES TÉCNICAS
1.1. ANTECEDENTES
La Subsecretaría llama a participar en esta licitación a personas naturales y jurídicas, chilenas o extranjeras, con el objeto de la contratación del servicio de seguros de incendio, sismo y seguros adicionales para bienes inmuebles y muebles de la Subsecretaría de Transporte y la Seremitt de la Región Metropolitana y seguros de contenido de muebles, útiles e instalaciones electrónicas para las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones, en adelante e indistintamente SUBTRANS y SEREMITT, respectivamente.
La sola presentación de la oferta significa la aceptación por parte del Oferente de la totalidad de los requisitos, tanto técnicos como administrativos, establecidos en las presentes Bases.
1.2 OBJETIVOS
Asegurar los inmuebles en que se emplazan las dependencias tanto de la Subsecretaría de Transportes, como la SEREMITT de la Región Metropolitana, contra incendios, sismos y seguros adicionales para bienes inmuebles y muebles.
Asimismo, asegurar los muebles, útiles y equipos electrónicos (tales como computadores, impresoras, servidores y similares), que se encuentren en las dependencias de las SEREMITT, excluyendo de ello a la SEREMITT de la Región Metropolitana.
Cautelar el patrimonio fiscal asignado al uso tanto de la Subsecretaría de Transportes como a las SEREMITT.
1.3 ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES A ASEGURAR Y REQUERIMIENTOS
1.3.1 DEPENDENCIAS
Las dependencias de la Subsecretaría de Transportes y de las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones, las que son de uso administrativo, se encuentran ubicadas en las siguientes direcciones:
DEPENDENCIAS | DIRECCIÓN |
Subsecretaría de Transportes | Xxxxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxxx. |
Xxxxxxxxx Xx 0000, Xxxxxxxx. | |
SEREMITT de la Región Metropolitana | Xxxxxxx Xx 00, Xxxxxxxx. |
XXXXXXXX xx xx Xxxxxx xx Xxxxx x Xxxxxxxxxx | Xxxx. Xxxxxxxxxx Xxx Xxxxxx Xx 000, xxxx 0, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx. |
SEREMITT de la Región de Tarapacá | Xxxxxx Xxxxxx Xx 000, Xxxxxxx. |
SEREMITT de la Región de Antofagasta | Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xx 0000, xxxx 0, Xxxxxxxxxxx. |
SEREMITT de la Región de Atacama | Xxxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxx. 00, Xxxxxxx. |
SEREMITT de la Región de Coquimbo | Xxxx Xx 000, Xxxxxxx 000, Xx Xxxxxx. |
SEREMITT de la Región de Valparaíso | Blanco N° 1131, piso 4, Edificio |
Espacio Errázuriz, Valparaíso. | |
SEREMITT de la Región del Libertador General Xxxxxxxx O´Xxxxxxx | Xxxxxx xx Xxxxxxx Xx 000, Xxxxxxxx. |
XXXXXXXX xx xx Xxxxxx xxx Xxxxx | 0 Xxxxxxx Xx 0000, Xxxxx. |
SEREMITT de la Región xx Xxxxx | Xx. Xxxxxx Xx 000, Xxxxxxx. |
XXXXXXXX xx xx Xxxxxx xxx Xxxxxx | O´Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx 00, xxxx 0, Xxxxxxxxxx. |
SEREMITT de la Región de La Araucanía | Xxxxxxx Xxxx Xx 000, Xxxxxx. |
SEREMITT de la Región de Los Xxxx | Xxxxxx Xx 000, Xxxxxxxx. |
XXXXXXXX xx xx Xxxxxx xx Xxx Xxxxx | Xxxx X Xxxxxx Xx 000, Xxxxxx Xxxxx. |
SEREMITT de la Región xx Xxxxx del General Xxxxxx Xxxxxx xxx Xxxxx | Xxxxx Xxxxxx Xx 000, xxxxxxx 00 xx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx. |
SEREMITT de la Región xx Xxxxxxxxxx y la Antártica Chilena | Xx. Xxxxx Xx 0000, Xxxxx Xxxxxx. |
Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de la contratación, las dependencias singularizadas en la tabla anterior podrán ser modificadas, en el sentido de ser reemplazados por otras, o bien, agregarse nuevos inmuebles. De producirse situaciones como la señalada, el contratista será informado mediante comunicación escrita dirigida al correo electrónico que éste haya informado a la Contraparte Técnica. En el caso de que haya acuerdo entre el proveedor y la Subsecretaría, se aprobará el respectivo acto administrativo que modifique la contratación, de conformidad con lo establecido en el punto 2.26 de las bases administrativas.
1.3.2 SEGURO PARA INMUEBLES
Los inmuebles que se deben asegurar contra daños como consecuencia de incendios, sismos y seguros adicionales de contenido, son los siguientes:
a) Dependencia de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en Xxxxxxxxxx Xx 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx.
TIPO DE BIEN A ASEGURAR | N° DE PISOS | MATERIAL PRINCIPAL DE CONSTRUC CIÓN | AÑO DE CONST XXXXX ÓN | MEDIDAS DE SEGURIDAD CON QUE CUENTA | MONTO A ASEGURAR EN UF |
INMUEBLE | 10 PISOS+ 3 SUBTERRÁ NEOS (5.838 m2 construidos ) | HORMIGÓN ARMADO | 1956 | -Personal de vigilancia las 24 horas, todos los días del año, que controla el acceso y salida y realiza rondas de control. -Posee un sistema de cámaras con una central de monitoreo. -No cuenta con red húmeda y seca. -Sistema de Alarma de incendio para todo el edificio que detecta el calor y el humo con una central de control que identifica la zona exacta del evento. -Extintores en la cantidad y tipo, que cumplen con los requisitos y características establecidas en la normativa vigente. | UF 127.385 |
MUEBLES Y ÚTILES | No Aplica | MADERA PAPEL PLÁSTICO | No Aplica | No Aplica | UF 6.000 |
EQUIPOS ELECTRÓNIC OS | No Aplica | ELECTRÓNIC OS | No Aplica | Candado de seguridad estándar para equipos computacionales. | UF 8.500 |
MONTO TOTAL A ASEGURAR EN UF | UF 141.885 |
b) Dependencia de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en Xxxxxxxxx Xx 0000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx.
TIPO DE BIEN A ASEGURAR | N° DE PISOS | MATERIAL PRINCIPAL DE CONSTRUC CIÓN | AÑO DE CONST XXXXX ÓN | MEDIDAS DE SEGURIDAD CON QUE CUENTA | MONTO A ASEGURAR EN UF |
INMUEBLE | 9 PISOS+ 1 SUBTERRÁ NEO + ESTACIONA MIENTO INTERIOR (7.321 m2 construidos ) | HORMIGÓN ARMADO | 1947, con una remodel ación y moderni zación en 1995. | -Personal de vigilancia las 24 horas, todos los días del año, que controla el acceso y salida y realiza rondas de control. -Red húmeda y seca, con mantención anual vigente. -Extintores en la cantidad y tipo, que cumplen con los requisitos y características establecidas en la normativa vigente. | UF 127.385 |
MUEBLES Y ÚTILES | No Aplica | MADERA PAPEL PLÁSTICO | No Aplica | No Aplica | UF 6.000 |
EQUIPOS ELECTRÓNIC OS | No Aplica | ELECTRÓNIC OS | No Aplica | Candado de fijación al mueble para los equipos móviles. | UF 8.500 |
MONTO TOTAL A ASEGURAR EN UF | UF 141.885 |
c) Dependencia de la SEREMITT de la Región Metropolitana, ubicada en xxxxx Xxxxxxx Xx 00, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx.
TIPO DE BIEN A ASEGURAR | N° DE PISOS | MATERIAL PRINCIPAL DE CONSTRUC CIÓN | AÑO DE CONST XXXXX ÓN | MEDIDAS DE SEGURIDAD CON QUE CUENTA | MONTO A ASEGURAR EN UF |
INMUEBLE | 6 PISOS+ 1 SUBTERRÁ NEOS (1.492 m2 construidos ) | HORMIGÓN ARMADO | 1949 | -Personal de vigilancia las 24 horas, todos los días del año, que controla el acceso y salida y realiza rondas de control. -Extintores en la cantidad y tipo, que cumplen con los requisitos y características establecidas en la normativa vigente. | UF 25.058 |
MUEBLES Y ÚTILES | No Aplica | MADERA PAPEL PLÁSTICO | No Aplica | No Aplica | UF 3.500 |
EQUIPOS ELECTRÓNIC OS | No Aplica | ELECTRÓNIC OS | No Aplica | Candado de fijación al mueble para los equipos móviles. | UF 5.000 |
MONTO TOTAL A ASEGURAR EN UF | UF 33.558 |
Las tres dependencias señaladas precedentemente cuentan con los siguientes servicios:
i. Servicio de vigilancia y seguridad, para el resguardo de las personas que laboran o concurren a éstas, así como a los bienes públicos y privados que se encuentran al interior de las mismas.
ii. Servicio de mantención y reparación eléctrica.
iii. Servicio de mantención y reparación de Equipos de Aire Acondicionado.
iv. Servicio de mantención y reparación de Ascensores.
v. Servicio de mantención y reparación de Gasfitería y Sistemas Hidráulicos.
vi. Servicio de ejecución de Obras Menores, consiste principalmente en servicios de construcción de obra menor, reparación, mantención e instalación.
1.3.2.1 COBERTURAS MÍNIMAS
Las coberturas mínimas generales y adicionales requeridas para los inmuebles singularizados en los literales a), b) y c) del punto 1.3.2 de estas bases de licitación, y sus instalaciones, deben contemplar:
N° | COBERTURAS | MONTOS A ASEGURAR |
1 | Daños por incendio | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
2 | Daños Materiales causados por aeronaves | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
3 | Daños materiales causados por vehículos motorizados | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
4 | Daños materiales a consecuencia de rotura de cañerías o desbordamiento de estanques matrices | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
5 | Incendio y/o explosión a consecuencia directa de huelga, desorden popular o actos terroristas | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
6 | Daños materiales a consecuencia directa de huelga o desorden popular o actos terroristas | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
7 | Daños materiales causados por avalanchas, aluviones y deslizamientos | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
8 | Daños materiales causados por sismo | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
9 | Daños materiales causados por peso de nieve o hielo | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
10 | Remoción de escombros | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
11 | Incendio a consecuencia de sismo | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
12 | Incendio a consecuencia de fenómenos de la naturaleza, excepto sismos | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
13 | Daños materiales causados por explosión | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
14 | Daños materiales causados por colapso de edificios | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
15 | Daños materiales causados por viento, inundación y desbordamiento de cauces. | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
16 | Daños materiales causados por combustión espontánea | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
17 | Daños materiales causados por construcción o demolición de edificios colindantes | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
18 | Daños eléctricos | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
19 | Daños materiales causados por humo | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
20 | Daños o pérdidas ocasionadas por robos o hurtos en los muebles y útiles o en los equipos electrónicos | Monto a asegurar en UF según inmuebles definidos en el punto 1.3.2 |
21 | Los daños ocasionados a vidrios (de puertas, ventanas, ventanales, mamparas, etc.) por cualquiera de los siniestros señalados en este literal, deberán tener la siguiente cobertura | Monto a asegurar 300 UF para cada dependencia indicada en punto 1.3.2. |
22 | Honorarios profesionales | Monto a asegurar UF 5.000 para cada dependencia indicada en punto 1.3.2 |
23 | Daños eléctricos | Monto a asegurar UF 2.000 para cada dependencia indicada en punto 1.3.2 |
24 | Gastos de salvamento | Monto a asegurar UF 2.000 para cada dependencia indicada en punto 1.3.2 |
25 | Gastos de obtención de permisos de reconstrucción | Monto a asegurar UF 1.000 para cada dependencia indicada en punto 1.3.2 |
26 | Bienes de terceros | Monto a asegurar UF 1.000 para cada dependencia indicada en punto 1.3.2 |
27 | Bienes del personal, por servidores públicos | Monto a asegurar UF 50 para cada dependencia indicada en punto 1.3.2 |
28 | Gastos de aceleración | Monto a asegurar UF 1.000 para cada dependencia indicada en punto 1.3.2 |
29 | Gastos de reconstrucción de archivos | Monto a asegurar UF 1.000 para cada dependencia indicada en punto 1.3.2 |
30 | Gastos de vigilancia | Monto a asegurar UF 1.000 para cada dependencia indicada en punto 1.3.2 |
1.3.3 SEGURO POR CONTENIDO
Los bienes que se asegurarán corresponden a los muebles, útiles y equipos electrónicos (impresoras, servidores, equipos computacionales, etc.) que se encuentran en las dependencias de las distintas SEREMITT del país, con exclusión de la SEREMITT de la Región Metropolitana, por daños derivados de incendio, sismo o adicionales que puedan afectarles, con el objeto de proteger dichos bienes de algún acto que pueda destruirlos o impedir su uso, de acuerdo al siguiente detalle:
DEPENDENCIA S | MATERIAL PRINCIPAL DE CONSTRUCCIÓ N | AÑO DE CONSTRUCCIÓ N | MEDIDAS DE SEGURIDAD CON QUE CUENTA | MONTO A ASEGURAR EN UF POR MOBILIARI O | MONTO A ASEGURAR UF POR INSTALACION ES ELECTRÓNICA S |
SEREMITT de la Región de Arica y Parinacota | Hormigón Armado | 1978 | -Alarma de seguridad conectada con central de control pertenecient e al proveedor del servicio. -Posee control de acceso restringido. –Cuenta con extintores en la cantidad y tipo para que cumplan con los requisitos y característic as establecidas en la normativa vigente. | 400 | 600 |
SEREMITT de la Región de Tarapacá | Hormigón Armado | 1983 | -Alarma de seguridad conectada con central de control pertenecient e al proveedor del servicio. -Posee | 400 | 600 |
control de acceso restringido. –Cuenta con extintores en la cantidad y tipo para que cumplan con los requisitos y característic as establecidas en la normativa vigente. | |||||
SEREMITT de la Región de Antofagasta | Hormigón Armado | 1996 | -Posee control de acceso restringido. -Cuenta con extintores en la cantidad y tipo para que cumplan con los requisitos y característic as establecidas en la normativa vigente. | 400 | 600 |
SEREMITT de la Región de Atacama | Hormigón Armado | 1972 | -Alarma de seguridad conectada con central de control pertenecient e al proveedor del servicio. -Posee control de acceso restringido. -Cuenta con extintores en la cantidad y tipo para que cumplan con los requisitos y característic as establecidas en la normativa vigente. | 400 | 600 |
SEREMITT de la Región de Coquimbo | Hormigón Armado | 1978 | -Posee control de acceso restringido. -Cuenta con | 400 | 600 |
extintores en la cantidad y tipo para que cumplan con los requisitos y característic as establecidas en la normativa vigente. | |||||
SEREMITT de la Región de Valparaíso | Hormigón Armado | 2012 | -Posee control de acceso restringido. –Cuenta con extintores en la cantidad y tipo para que cumplan con los requisitos y característic as establecidas en la normativa vigente. | 400 | 600 |
SEREMITT de la Región del Libertador General Xxxxxxxx O´Xxxxxxx | Albañilería Confinada | 1970 | -Alarma de seguridad conectada con central de control pertenecient e al proveedor del servicio. -Posee control de acceso restringido. –Cuenta con extintores en la cantidad y tipo para que cumplan con los requisitos y característic as establecidas en la normativa vigente. | 400 | 600 |
SEREMITT de la Región xx Xxxxx | Hormigón Armado | 1945 | -Alarma de seguridad conectada con central de control pertenecient e al proveedor del servicio. | 400 | 600 |
-Posee control de acceso restringido. –Cuenta con extintores en la cantidad y tipo para que cumplan con los requisitos y característic as establecidas en la normativa vigente. | |||||
SEREMITT de la Región xxx Xxxxx | Albañilería Confinada | 1970 | -Alarma de seguridad conectada con central de control pertenecient e al proveedor del servicio. -Posee control de acceso restringido. –Cuenta con extintores en la cantidad y tipo para que cumplan con los requisitos y característic as establecidas en la normativa vigente | 400 | 600 |
SEREMITT de la Región del Biobío | Hormigón Armado | 1993 | -Alarma de seguridad conectada con central de control pertenecient e al proveedor del servicio. -Posee control de acceso restringido. –Cuenta con extintores en la cantidad y tipo para que cumplan con los requisitos y característic | 400 | 600 |
as establecidas en la normativa vigente. | |||||
SEREMITT de la Región de La Araucanía | Hormigón Armado | 1950 | -Alarma de seguridad conectada con central de control pertenecient e al proveedor del servicio. -Posee control de acceso restringido. –Cuenta con extintores en la cantidad y tipo para que cumplan con los requisitos y característic as establecidas en la normativa vigente. | 400 | 600 |
SEREMITT de la Región de Los Xxxx | Madera y metal galvanizado | 1940 | -Alarma de seguridad conectada con central de control pertenecient e al proveedor del servicio. -Posee control de acceso restringido. –Cuenta con extintores en la cantidad y tipo para que cumplan con los requisitos y característic as establecidas en la normativa vigente. | 400 | 600 |
SEREMITT de la Región de Los Lagos | Hormigón Armado | 2008 | -Posee control de acceso restringido. –Cuenta con extintores en la cantidad y | 400 | 600 |
tipo para que cumplan con los requisitos y característic as establecidas en la normativa vigente. | |||||
SEREMITT de la Región xx Xxxxx del General Xxxxxx Xxxxxx xxx Xxxxx | Madera y metal galvanizado | 1970 | -Alarma de seguridad conectada con central de control pertenecient e al proveedor del servicio. -Posee control de acceso restringido. –Cuenta con extintores en la cantidad y tipo para que cumplan con los requisitos y característic as establecidas en la normativa vigente. | 400 | 600 |
SEREMITT de la Región xx Xxxxxxxxxx y la Antártica Chilena | Hormigón Armado | 1994 | -Posee control de acceso restringido. –Cuenta con extintores en la cantidad y tipo para que cumplan con los requisitos y característic as establecidas en la normativa vigente. | 400 | 600 |
1.3.4 MODALIDAD Y VIGENCIA DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO
a) Modalidad: Deberán extenderse las pólizas que cubran los siniestros especificados en el punto 1.3.2 y 1.3.3 de las presentes bases de licitación.
b) Vigencia: Las pólizas deberán tener una vigencia de 12 meses y comenzarán a regir a contar de la emisión de la orden de compra y la aceptación de esta por parte del adjudicatario, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
1.4 REQUERIMIENTOS
1.4.1 CLASIFICACIÓN DE RIESGO
La última clasificación de riesgo emitida por alguna de las entidades autorizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), deberá ser al menos “BBB”, de lo contrario la oferta será desestimada.
Para verificar la clasificación de riesgo del oferente, al momento de la apertura de las ofertas, la Subsecretaría revisará las nóminas de clasificación de riesgo que se encuentran publicadas en la página web de la CMF, del mes anterior a la fecha de cierre de la recepción de ofertas o del último mes que se encuentre disponible.
1.4.2 PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DE LOS SINIESTROS Y PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES
El oferente deberá adjuntar, como parte de su oferta técnica, el procedimiento general para informar y denunciar de siniestros, de liquidación y de pago de indemnizaciones el que, en todo caso, deberá ser simple, de fácil ejecución y expedito, para ser utilizado cada vez que ocurra un siniestro y cumplir con los plazos que establezca la normativa.
La Subsecretaría, a través de la Contraparte Técnica, será la responsable de denunciar los siniestros y llevar el control de éstos, para lo cual el administrador o encargado que designe el contratista deberá mantener contacto permanente con la referida Contraparte Técnica de modo de gestionar de la forma más expedita la solución de los siniestros que se presenten.
El pago de las indemnizaciones de siniestros deberá efectuarse mediante vale vista o cheque nominativo extendido a nombre de la Subsecretaría de Transportes, RUT N° 00.000.000-0, dentro de los 30 días corridos contados desde que el oferente adjudicado cuente con todos los antecedentes para generar el pago respectivo. En caso contrario, la Subsecretaría estará facultada para aplicar la multa respectiva, de conformidad con lo dispuesto en el punto 2.25 de las bases administrativas.
El oferente adjudicado deberá informar de manera formal y oportuna sobre cualquier circunstancia que pudiese entorpecer los procesos de liquidación y pago de las indemnizaciones que correspondan.
1.4.3 MEDIOS TECNOLÓGICOS PARA DENUNCIAR SINIESTROS
El oferente deberá aceptar los medios tecnológicos, como por ejemplo correo electrónico, para denunciar los siniestros en forma remota, sin perjuicio de la posibilidad de denunciar los mismos de manera presencial.
1.5 CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
El oferente deberá:
a) Indicar la individualización completa (nombre, correo electrónico, número de teléfono) del profesional a quien se asignará para la administración de los seguros a contratar.
b) Xxxxxxx con precisión el procedimiento general para informar los siniestros y los datos de contacto.
c) Se deben ofertar pólizas que otorguen cobertura para cada uno de los bienes indicados en los puntos 1.3.2 y 1.3.3 de estas bases técnicas.
d) Las pólizas de seguros deberán ajustarse a las aprobadas por la Comisión para el Mercado Financiero, no pudiendo contemplar exclusiones adicionales a las indicadas en dichos documentos.
1.6 DEDUCIBLES
1.6.1 Aplicables en toda y cada pérdida. Riesgos sólidos o urbanos:
- Sismo, Erupción Volcánica y Maremoto/Inundación: 2% del monto asegurado por dependencia con un mínimo de UF 50.
- Riesgos Políticos: 15% de la pérdida con un mínimo de UF 150 en toda y cada pérdida.
- Rotura de Cañerías: UF 5 en toda y cada pérdida.
- Otros Riesgos de la Naturaleza: 10% de la pérdida, con un mínimo de UF 10 en toda y cada pérdida.
- Robo: 10% de la pérdida con mínimo de UF 20 en toda y cada pérdida.
- Cristales: UF 3 por pieza, Termopaneles: UF 5 por pieza.
- Todos estos deducibles se aplican por evento.
1.6.2 Aplicables en toda y cada pérdida. Riesgos rurales o ligeros
- Sismo, Erupción Volcánica y Maremoto/Inundación: 2% del monto asegurado por ubicación con un mínimo de UF 50.
- Riesgos Políticos: 15% de la pérdida, con mínimo de UF 150 en toda y cada pérdida.
- Rotura de Cañerías: UF 10 en toda y cada pérdida.
- Otros Riesgos de la Naturaleza: 10% de la pérdida, con mínimo de UF 30 en toda y cada pérdida.
- Incendio y explosión: 10% de la pérdida con mínimo de UF 20 en toda y cada pérdida.
- Robo: 10% de la pérdida con mínimo de UF 20 en toda y cada pérdida.
- Cristales: UF 3 por pieza, Termopaneles: UF 5 por pieza.
- Todos estos deducibles se aplican por evento.
1.6.3 Procedimiento para el pago de deducibles
Una vez efectuada la denuncia un siniestro, la compañía debe indicar mediante una cotización, el monto del deducible que se debe pagar por el siniestro denunciado, el que debe ser enviado a la Contraparte Técnica mediante correo electrónico, en un plazo no superior a 5 días hábiles contados desde el momento en que se haga la denuncia del siniestro para su validación. Una vez aceptada y validada la cotización del deducible, la Contraparte Técnica solicitará la emisión de la orden de compra por el monto de la cotización del deducible, la cual se enviará al proveedor.
Una vez que el proveedor acepte la orden de compra asociada al deducible, la Compañía debe facturar por el monto de éste, para ejecutar el seguro correspondiente.
El pago de los deducibles se realizará en conformidad con lo dispuesto en el punto 2.24 de las bases administrativas.
1.7 MODIFICACIÓN DE LAS PRESTACIONES
La Subsecretaría podrá disminuir o requerir prestaciones adicionales a las originalmente contratadas, siempre que estén debidamente justificadas y sean de la misma naturaleza que las contratadas inicialmente, las que no podrán alterar, en su conjunto, el precio total del contrato en más de un 30%.
Las modificaciones deberán ser aprobadas previamente por el correspondiente acto administrativo, en conformidad con lo regulado en el punto 2.26 de las bases administrativas.
En el caso de requerirse modificaciones, la contraparte técnica de la contratación enviará una solicitud al contratista para que éste efectúe una cotización formal, la cual deberá ser enviada vía correo electrónico dentro del plazo indicado en la solicitud realizada por la contraparte técnica. Una vez recibida la cotización, la contraparte técnica la evaluará técnicamente y revisará su factibilidad presupuestaria. En caso de que la contraparte técnica esté conforme con la cotización, se aprobará la modificación a través de acto administrativo y se emitirá la respectiva orden de compra, la que deberá ser posteriormente aceptada por el proveedor, quien deberá emitir la póliza dentro del plazo máximo definido en el punto 2.22 de las presentes bases.
1.8 PRESUPUESTO MÁXIMO PARA LA CONTRATACIÓN
Para la contratación de los servicios descritos, se dispone de un presupuesto máximo de UF 805 (ochocientas cinco unidades de fomento) impuestos incluidos (incluida la comisión xxx xxxxxxxx, en caso que corresponda), por el período de 12 meses.
El presupuesto estará compuesto por la suma de UF 805 (ochocientos cinco unidades de fomento) impuestos incluidos (incluida la comisión xxx xxxxxxxx, en caso que corresponda), para la prestación de los servicios por un período de 12 meses. Sin perjuicio de lo anterior, para el pago del gasto que irroguen los deducibles que pudieren ocasionarse, se dispondrá de un monto estimado de UF 460 (cuatrocientas sesenta unidades de fomento), el que no se encuentra incluido en el presupuesto máximo indicado en el párrafo precedente.
Las ofertas que superen el presupuesto máximo disponible, para la prestación de los servicios por el período de 12 meses, de UF 805 (ochocientas cinco unidades de fomento) impuestos incluidos (incluida la comisión xxx xxxxxxxx, en caso que corresponda), se considerarán como no ajustadas a las presentes bases y serán declaradas inadmisibles.
2. BASES ADMINISTRATIVAS
2.1 NORMATIVA
La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y estas Bases, que se encuentran conformadas por Bases Técnicas, Bases Administrativas, y sus respectivos anexos, y sus eventuales modificaciones.
Las presentes Bases son obligatorias tanto para los proveedores que participen en la licitación pública, como para la entidad licitante.
La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:
1. Las correspondientes propuestas técnicas y ofertas económicas presentadas por
los proponentes.
2. Los antecedentes solicitados a cada postulante, sea persona natural o jurídica.
3. Las eventuales consultas a las Bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por la Subsecretaría de Transportes.
4. Las eventuales modificaciones que se efectúen a las Bases de iniciativa de la Subsecretaría de Transportes.
5. Las eventuales aclaraciones a las ofertas que solicite la Subsecretaría de Transportes.
2.2 TIPO DE CONCURSO Y PARTICIPANTES
2.2.1 Tipo de Licitación, Oferentes e inhabilidades
La contratación de los servicios requeridos se realizará a través de una licitación pública (LE), la que se desarrollará en una sola etapa, mediante adjudicación simple.
Se entiende que por el solo hecho de presentar su oferta, el proponente acepta la totalidad de los requerimientos establecidos en las presentes Bases. Cualquier condición, prohibición, plazo o limitación que contengan las ofertas, se entenderá como no escrita.
La presente licitación pública se formalizará mediante la emisión y posterior aceptación de la orden de compra por parte del proveedor adjudicado.
En la licitación pública que por este acto se convoca podrán participar, en calidad de oferentes o proponentes, personas naturales y jurídicas, chilenas o extranjeras, quienes, cumpliendo los requisitos especificados en las presentes bases de licitación, presenten una propuesta en la forma y plazo establecidos en éstas.
Los oferentes no podrán incurrir en las siguientes inhabilidades o prohibiciones:
a) Las establecidas en el artículo 4°, incisos 1° y 6° de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
b) La dispuesta en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos xx xxxxxx de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, respecto de las personas jurídicas que, al momento de la presentación de la oferta, se encuentren inhabilitadas para celebrar actos y contratos con organismos del Estado.
c) Del mismo modo, tampoco podrán contratar con la Administración, quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, inciso segundo, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia
Para estos efectos, el proponente deberá suscribir la declaración de Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades, conforme con lo establecido en el punto 2.10 de estas bases.
No obstante lo anterior, la Subsecretaría se reserva la facultad de confirmar la información declarada en el registro de sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales, de la Dirección del Trabajo y en el registro de personas jurídicas condenadas a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública u otros registros públicos análogos.
2.2.2 UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Los oferentes podrán asociarse entre sí, como personas naturales o jurídicas, para la presentación de una oferta con el fin de complementar y fortalecer en términos técnicos sus respectivas ofertas, y en dicho caso, deberán formalizar la unión estableciendo la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Subsecretaría con una vigencia no inferior a la vigencia del contrato, mediante el documento público o privado el que deberá acompañarse como antecedentes para ofertar.
Las participaciones que se realicen de manera conjunta por varias personas naturales o jurídicas deberán individualizar a cada una de ellas, indicando expresamente que actúan de la forma señalada e indicar el nombre del representante o apoderado común con poderes suficientes, de acuerdo al formulario adjunto en el Anexo N° 1 de estas bases administrativas. Con todo, para la presentación de la oferta deberán ajustarse a lo señalado en el punto 2.9 “Antecedentes Administrativos”, letra C., de estas bases de licitación.
Como consecuencia de la Unión Temporal de Proveedores, la Subsecretaría podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza.
De igual forma, el pago efectuado por la Subsecretaría a cualquiera de sus integrantes será válido y extinguirá la deuda con respecto a los otros en la parte en que hubiere sido satisfecha, sin perjuicio de la representación que los miembros de la Unión establezcan para los efectos del proceso de licitación.
Los oferentes que participen de manera conjunta deberán presentar una única oferta que comprenda todos los antecedentes requeridos en estas bases administrativas para las ofertas técnica y económica.
2.3. PUBLICACIÓN DE BASES Y LLAMADO A PRESENTAR PROPUESTAS
Las Bases de Licitación y el llamado a presentar propuestas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que las apruebe; en suma, todo el proceso se efectuará a través del Sistema de Información.
2.4. COMUNICACIONES Y PLAZOS
Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, se harán solo por medio del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
Los plazos de días establecidos en estas Bases corresponden a días corridos, salvo que en éstas se exprese que se trata de días hábiles. Se entenderá por días inhábiles los días xxxxxx, xxxxxxx y festivos. En cualquier caso, si el último día de un plazo recayere en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente.
Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, los plazos establecidos en estas bases comenzarán a correr una vez notificado el documento, acto o resolución de que se trate, esto es, 24 horas después de su publicación en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx; lo anterior, con excepción del plazo para presentar propuestas, contenido en el punto 2.5 de las presentes bases, que comenzará a correr desde la publicación en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, del llamado a licitación, dados sus efectos generales.
2.5. ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACIÓN
Las etapas y plazos de la licitación son los siguientes:
a) Fecha de cierre de recepción de ofertas: hasta las 15:00 horas del décimo quinto día corrido siguiente a la fecha de publicación de estas Bases en el
portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx; en caso de recaer en un día inhábil, se prorrogará al día hábil siguiente.
b) Acto de apertura electrónica: a partir de las 15:10 horas del décimo quinto día corrido siguiente a la fecha de publicación de estas Bases en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx; en caso de recaer en un día inhábil, se prorrogará al día hábil siguiente.
c) Preguntas o consultas sobre las bases: hasta las 23:59 horas del cuarto día corrido siguiente a la fecha de publicación de las presentes Bases, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
d) Publicación de las respuestas a las preguntas y consultas sobre las bases y aclaraciones: hasta las 19:00 horas, del cuarto día hábil siguiente al vencimiento del plazo establecido para formular preguntas o consultas.
e) Evaluación técnica y económica y adjudicación: ambos procesos serán realizados dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo previsto precedentemente, se informará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, a través de Sistema de Información de Compras y Contratación Pública las razones de dicha situación y se indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
2.6. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES
Los oferentes podrán formular consultas a las Bases sólo a través del foro que estará habilitado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, desde la fecha de publicación del llamado en dicho portal y hasta el día y hora señalada en el literal c) del punto 2.5 precedente. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, durante el período comprendido entre el vencimiento del plazo para formular consultas a las Bases y el día y hora señalados en el literal d) del numeral 2.5 precedente. Las respuestas que se entreguen serán consideradas como parte integrante de las presentes Bases de Licitación.
No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.
Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el portal, la Subsecretaría podrá efectuar por iniciativa propia aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de ofertas y en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases.
Con todo, la Subsecretaría podrá modificar de oficio las presentes Bases antes de la fecha establecida para el cierre de recepción de ofertas, mediante acto administrativo totalmente tramitado y publicado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, otorgando un plazo prudencial para que los proveedores interesados en participar puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
2.7. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Los proveedores que participen en la presente licitación deberán suscribir e ingresar su oferta en formato electrónico, a través del Sistema de Información, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, en el plazo señalado en el literal a) del punto 2.5 precedente, mediante archivo adjunto. Lo anterior, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 62 del
D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Las ofertas deberán efectuarse a través de los formularios respectivos, contenidos en los Anexos de las presente Bases, cumpliendo con todos los requerimientos exigidos en las bases técnicas y deberán adjuntarse todos los documentos solicitados en soporte
electrónico (formato PDF o digitalizado), debidamente llenados y firmados por el (los) respectivos(s) representante(s), cuando corresponda.
No se evaluarán ofertas que no hayan sido recibidas a través del Sistema de Información xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
Sólo se considerarán las ofertas presentadas dentro del plazo señalado en el literal a) del punto 2.5 de estas Bases, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Asimismo, los proponentes no podrán retirar las propuestas, ni modificarlas una vez presentadas, sin perjuicio de efectuar las aclaraciones que le solicite la Comisión Evaluadora.
Cada proveedor deberá presentar una sola oferta en el proceso licitatorio regido por estas bases; en el caso de presentar más de una oferta, se considerará aquélla que haya sido ingresada primero al portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, rechazándose la segunda oferta al momento del acto de apertura.
2.8 CONTENIDO DE LAS OFERTAS
2.8.1 DE LA OFERTA TÉCNICA
La oferta técnica deberá ajustarse a lo previsto en las bases técnicas y en el presente punto y deberá ser presentada a través del portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, en formato electrónico o digital, en los formularios contenidos en los anexos que a continuación se indican:
a) Anexo N° 5 “Oferta Técnica”
En este Anexo deberá constar que el oferente cumple con lo siguiente:
- Si los seguros cumplirán con las coberturas y especificaciones mínimas requeridas en las presentes bases.
- Si se adjunta el procedimiento general para informar y denunciar siniestros, debiendo presentar dicho procedimiento como documento adjunto a su oferta técnica, en formato libre.
- La persona que será asignada como administrador de los seguros y que será el contacto para esta contratación.
- En el caso de corredores de seguros, éstos deberán indicar a través del referido anexo la compañía de seguros que representan, quién emitirá la factura por el servicio contratado y adjuntar una carta de autorización de dicha compañía y los antecedentes que correspondan para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 58 del Decreto con Fuerza xx Xxx N° 251, de 1931, de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, del Ministerio de Hacienda.
En caso de que no se presente la carta o los antecedentes previamente señalados, la oferta será declarada inadmisible.
En caso de no presentar el Anexo N° 5 o de no cumplir alguna de las exigencias previamente señaladas, la oferta será desestimada y será declarada inadmisible, por tratarse de requisitos esenciales.
2.8.2 DE LA OFERTA ECONÓMICA
En el formulario electrónico del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx se deberá informar, el precio total de la contratación por 12 meses, con impuestos si correspondiere, expresado en unidades de fomento (UF).
Adicionalmente, deberá presentarse el detalle de la oferta económica a través del
Anexo Nº 4 “Oferta Económica” de estas Bases, que deberá acompañarse
debidamente llenado por medio del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. En dicho anexo deberá indicarse claramente el precio total, con impuestos, por la contratación por 12 meses, expresado en unidades de fomento (UF).
Los valores ofertados a través del Anexo N° 4 y del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx deberán comprender todos los costos asociados a la contratación (incluida la comisión xxx xxxxxxxx, en caso que corresponda), de conformidad con lo dispuesto en el punto
1.8 de las bases técnicas.
En caso que existiera discrepancia entre la información ingresada al portal y lo indicado en el Anexo N° 4, prevalecerá este último, sin perjuicio de que se pueda solicitar aclaración en virtud del punto 2.14 de las presentes bases.
En caso de no presentar dentro del plazo dispuesto en la letra a) del punto 2.5 de las Bases el Anexo N° 4 “Oferta Económica o de acompañarlo incompleto, la oferta será desestimada y será declarada inadmisible a través del correspondiente acto administrativo.
2.9 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
A. Persona Jurídica:
1. Información del oferente de acuerdo al formato del Anexo N° 1, “Formulario de
Presentación de Ofertas”.
2. Copia simple del e-Rut de la persona jurídica.
3. Fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad del o de los representante(s) legal(es) vigente.
4. Antecedentes legales:
i. Tratándose de sociedades o empresas individuales de responsabilidad limitada:
- Documento que dé cuenta de la vigencia de la persona jurídica y documento en que conste la personería de su(s) representante(s) legal(es), según la naturaleza de la sociedad.
ii. Tratándose de personas jurídicas acogidas a la Ley N° 20.659, que simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales: certificado de estatuto actualizado y certificado de vigencia, emitido por el Registro de Empresas y Sociedades.
iii. Tratándose de personas jurídicas que no tengan el carácter de sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada: antecedentes que acrediten su vigencia y la personería del o de los representante(s) legal(es), emitidos por las autoridades competentes que correspondan.
5. Declaración jurada simple de Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades, según formato de “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar”, disponible en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, o según formato contenido en el Anexo N° 2-A de estas bases.
Los anexos y declaraciones precedentemente señalados deberán ser firmados por el o los representante(s) legal(es) de la persona jurídica, información que deberá ser consistente con los antecedentes exigidos en este punto.
B. Persona Natural:
1. Información del oferente de acuerdo al formato del Anexo N° 1, “Formulario de Presentación de Ofertas”.
2. Fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad vigente y del e-Rut según corresponda, en un giro en virtud del cual el oferente tribute en primera categoría de la Ley de Impuesto a la Renta.
3. Documentación donde conste la iniciación de actividades del Servicio de Impuestos Internos.
4. Declaración jurada de Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades, según formato de “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar”, disponible en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, o según formato contenido en el Anexo Nº 2-B de estas bases.
C. Unión Temporal de Proveedores:
1. Información de los oferentes, de acuerdo al formato del Anexo N° 1 “Formulario de Presentación de Ofertas” el que debe ser presentado de manera conjunta y firmado por el representante o apoderado común de la Unión Temporal de Proveedores.
2. Documento público o privado en que conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia de la contratación.
3. Conforme lo dispuesto en el artículo 67 bis del citado X.X. Xx 000, xx 0000, xxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, el representante de la Unión Temporal deberá presentar los antecedentes indicados en los números 2 y siguientes de las letras A. y B. precedentes, según corresponda. Para acreditar la ausencia de inhabilidades e incompatibilidades, aquel integrante que ingrese la oferta en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, deberá suscribir la “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar”, disponible en dicho portal, o bien, la declaración jurada simple que se acompaña como Anexo N° 2-A o 2-B de estas Bases, mientras que los demás miembros deberán suscribir la declaración jurada simple de acuerdo al formato del Anexo N° 2-A o 2-B.
D. Persona Natural o Jurídica Extranjera:
1. Deberán acompañar copia simple de la documentación necesaria para acreditar su existencia legal y la personería de quien(es) presenta(n) la propuesta en su representación.
2. Para el caso de personas extranjeras con idioma distinto al español, la documentación deberá entregarse traducida al español.
Tratándose de oferentes que tengan el carácter de agentes o corredores de seguros, los antecedentes administrativos señalados en este numeral deberán presentarse tanto respecto xxx xxxxxxxx como de la Compañía de Seguros a quien representan.
Los proponentes, sean éstos personas naturales o jurídicas, que se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores xx Xxxxxxx Publico, portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, y que mantengan acreditados y disponibles en dicho portal los respectivos antecedentes, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta los documentos señalados, a excepción de las declaraciones juradas.
Los oferentes que no se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores xx Xxxxxxx Publico, deberán presentar los antecedentes legales mencionados en este punto, por vía electrónica, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, los que se recibirán en el plazo de recepción de ofertas señalado en el punto 2.5 de las presentes bases de licitación. La misma regla se aplicará en el caso de los oferentes inscritos en el Registro de Proveedores, respecto de aquellos antecedentes que no se encuentren acreditados y disponibles en éste.
2.10 VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 90 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo para su presentación.
Si dentro de ese plazo no se efectúa la adjudicación, la Subsecretaría solicitará, antes de que se produzca la caducidad de la oferta, un documento a través del cual cada oferente manifieste su intención de mantener vigente su oferta por un nuevo lapso de
90 días hábiles, el que deberá ser enviado al correo electrónico xxxxxxxxxxxx00@xxx.xxx.xx. Si algún oferente no presentare dicho documento, antes del término de la vigencia del párrafo precedente, se entenderá que se desiste de su oferta.
2.11 APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura electrónica de las propuestas técnicas y económicas se efectuará en el día y hora fijados para tales efectos en el literal b) del punto 2.5 de las presentes Bases, en un solo acto, esto quiere decir que tanto las Propuestas Técnicas como Económicas serán abiertas en una misma y única oportunidad a través del Sistema de Información.
Solo se procederá a revisar las ofertas enviadas electrónicamente, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
De conformidad a lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 19.886, la Subsecretaría podrá declarar inadmisibles las ofertas presentadas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases, sin perjuicio de lo indicado en el punto
2.13 siguiente. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o, si habiéndose presentado, éstas no resulten convenientes a los intereses del Servicio. En ambos casos la declaración debe ser por resolución fundada.
2.12 REVISIÓN DE ANTECEDENTES
Se verificará en la etapa de apertura electrónica de las ofertas que la presentación de éstas cumpla con los requisitos establecidos en los puntos 2.8 y 2.9 de las presentes Bases y, de verificarse que ello no ocurre, serán desestimadas y no serán evaluadas. Lo anterior, es sin perjuicio de lo regulado en el punto 2.13 siguiente.
2.13 PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
De conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Comisión Evaluadora señalada en el punto 2.15 de las presentes bases, podrá solicitar a los oferentes, a través de la funcionalidad disponible en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, que salven errores u omisiones formales, siempre que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
A través de estos documentos no podrá presentarse una oferta técnica o económica distinta a la presentada dentro del período establecido en estas Bases para recibir ofertas.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del requerimiento en el portal,
conforme a lo señalado en el artículo 6° del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, para responder a lo solicitado a través del Sistema de Información xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
De dicha solicitud se deberá dejar constancia en el Acta que, al efecto, elabore la Comisión Evaluadora.
Sin perjuicio de lo anterior, la presentación en la forma y dentro del plazo requerido de los antecedentes solicitados en virtud de este punto, será considerada por la Comisión Evaluadora al momento de evaluación de la respectiva oferta, conforme al criterio “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta”, contenido en el punto 2.16 de las presentes bases.
En el evento que los antecedentes requeridos por la Entidad licitante conforme a este punto no fuesen presentados en tiempo y forma por el oferente, los oferentes serán evaluados con 0 puntos en el ítem respectivo, según se en el punto 2.16 de las presentes bases.
2.14 SOLICITUD DE ACLARACIONES A LOS PROPONENTES
Durante el período de evaluación, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes, a través del foro inverso disponible en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, aclaraciones con respecto a sus ofertas. Las aclaraciones que se soliciten o se den, en ningún caso podrán complementar o modificar las ofertas o el precio de la misma o, en virtud de ellas, incorporarse documentos adicionales a las ofertas ya presentadas, ni transgredir el principio de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción a las bases.
Las aclaraciones que realicen los oferentes en razón de este punto, deberán efectuarse dentro del plazo establecido en el punto 2.13 precedente, a través del Sistema de Información xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
De dicha solicitud se deberá dejar constancia en el Acta que, al efecto, elabore la Comisión Evaluadora.
2.15 COMISIÓN EVALUADORA
Las propuestas presentadas en el presente proceso de licitación serán evaluadas por una Comisión Evaluadora cuyos integrantes serán designados, tanto en su calidad de titulares, como de reemplazantes, en la parte resolutiva del acto administrativo que apruebe las presentes bases.
La Comisión Evaluadora estará integrada por 3 funcionarios públicos, ya sean personal de planta o a contrata, de la Subsecretaría, de sus Programas dependientes, o de otros servicios públicos. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrá integrarse por una persona ajena a la Administración, con calidad de agente público y cuyo convenio contemple la tarea de integrar comisiones evaluadoras.
Los integrantes de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de interés con los oferentes al momento de la evaluación, debiendo abstenerse de integrarla cuando se hubiere manifestando el impedimento. En consecuencia, los integrantes de la Comisión Evaluadora designados deberán emitir, previo a la apertura técnica, una declaración jurada de:
a. No tener conflicto de interés con los oferentes del presente proceso licitatorio;
b. Comprometerse a mantener una confidencialidad en cuanto al contenido de las bases y a las deliberaciones durante el proceso de evaluación; y
c. Comprometerse a no aceptar donativos de terceros durante el proceso de evaluación.
La Comisión Evaluadora deberá emitir un informe (Acta de Evaluación), fundado en los criterios de evaluación y ponderación señalados en el siguiente punto de estas bases.
Este informe deberá establecer el orden de prelación entre los seleccionados, de acuerdo al puntaje obtenido en la evaluación técnica y económica de las ofertas, proponiendo al Subsecretario de Transportes la adjudicación de la oferta que estime más conveniente a los intereses del Servicio o, en su caso, proponer declarar la inadmisibilidad de las ofertas, o declarar desierta la licitación.
La Subsecretaría informará a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, el resultado del llamado a licitación.
El Acta de Evaluación, deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
a. El listado de todas las ofertas que fueron objeto de análisis por parte de la Comisión;
b. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación establecidos en estas bases, así como los puntajes asignados a cada oferta de acuerdo con tales criterios;
c. Deberá dejarse constancia tanto de la evaluación de las ofertas técnicas como de la evaluación de las ofertas económicas;
d. Las solicitudes de aclaración de ofertas, rectificación de errores u omisiones formales comunicadas a través del Sistema de Información de Compras y la individualización de los oferentes a quienes se les hubieren cursado;
e. La circunstancia de haberse recibido o no las respuestas a las mencionadas solicitudes de aclaración de ofertas, rectificación de errores u omisiones;
f. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir los requisitos establecidos en las bases, debiendo especificarse los requisitos incumplidos y otras consideraciones que la Comisión estime conveniente consignar;
g. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando la comisión juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a la Subsecretaría de Transportes;
h. Los puntajes finales obtenidos por cada oferente y una propuesta de adjudicación a aquel proveedor que haya obtenido el máximo puntaje; e
i. Individualización de cada uno de los integrantes de la Comisión Evaluadora.
2.16 CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los criterios con los cuales serán evaluados los oferentes son los siguientes:
Criterios de evaluación | Ponderación |
a) Precio Total | 60% |
b) Clasificación de Riesgo | 25% |
c) Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta | 15% |
TOTAL | 100% |
Todos los cálculos de puntajes de evaluación se truncarán al segundo decimal sin aproximar.
A continuación, se presenta la pauta de evaluación que será utilizada por la comisión evaluadora:
a) Criterio de evaluación “Precio Total” (60%): se realizará dividiendo el valor de la oferta de menor monto por el valor ofertado i, multiplicando el resultado por el % asignado al criterio específico, de acuerdo a la siguiente formula:
Pi = X min * %
Xi
Pi = Puntaje ponderado del criterio en evaluación de la oferta i Xi = Valor de la oferta i
X min = Valor de la oferta de menor monto
% = porcentaje asignado al criterio especifico, ingresado como número entero (Ej. 60% se ingresa como 60).
Para la evaluación de este criterio se considerará el precio total en UF, indicado en el Anexo N° 4.
b) Criterio de evaluación “Clasificación de Riesgo” (25%):
Para evaluar la clasificación de riesgo, se aplicará la siguiente tabla, según la verificación a que se refiere el punto 1.4.1 de las bases técnicas:
Categoría | Ponderación |
Clasificación (AAA) | 25% |
Clasificación (AA) | 20% |
Clasificación (A) | 15% |
Clasificación (BBB) | 10% |
Las categorías de clasificación se denominan con las letras AAA, AA, A y BBB, siendo la categoría AAA la de más bajo riesgo y la BBB la de más alto riesgo.
Dentro de las mismas clasificaciones existen subcategorías con los signos + y/o -. Los oferentes cuya clasificación corresponda a alguna de esas subcategorías, serán considerados dentro de la clasificación general, eso significa, por ejemplo, que si es el oferente tiene clasificación A+ o A-, estará dentro de la ponderación de la categoría A.
En el evento de que el oferente tenga más de una calificación, se tomará para evaluación la de mayor calificación.
c) Criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta” (15%):
Criterio | Ponderación Obtenida |
Presenta en tiempo y forma los antecedentes establecidos en el punto 2.9 de las Bases Administrativas, en el plazo de presentación de ofertas, dispuesto en el punto 2.5 de las bases de licitación. | 15% |
No presenta la totalidad de los antecedentes solicitados en el punto 2.9, dentro de plazo de presentación de ofertas dispuesto en el punto 2.5 de las Bases Administrativas, pero subsana la omisión en virtud de lo dispuesto en el punto 2.13 de las bases de licitación. | 10% |
El oferente no presenta la totalidad de los antecedentes solicitados en el punto 2.9 de las Bases Administrativas, dentro del plazo para recibir ofertas, ni tampoco subsana la omisión, en el plazo dispuesto en el punto 2.13 de las bases de licitación. | 0% |
La ponderación final de cada oferta será el resultado de la suma de los porcentajes obtenidos en cada factor o criterio de evaluación.
2.17 MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio Total”.
En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la oferta que haya obtenido mejor puntaje en el criterio “Clasificación de Riesgo”, luego si persiste el empate se revisará quien tuvo mejor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta”. Posteriormente, si el empate persiste será resuelto mediante el orden de ingreso de las ofertas, finalmente si el empate sigue persistiendo, será resuelto mediante sorteo.
2.18 ADJUDICACIÓN
La Subsecretaría adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, de conformidad a los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes bases.
En conformidad con el artículo 41 del DS N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la ley N° 19.886, previo a la adjudicación, se les solicitará a aquellos oferentes que hayan omitido presentar los antecedentes relativos a los poderes de quien(es) lo(s) represente(n) y que fueren requeridos en virtud del artículo 40 del DS N° 250, ya citado, en la oportunidad correspondiente. Si requeridos los antecedentes para la adjudicación estos no se entregaren, se declarará inadmisible la oferta y se adjudicará a la propuesta que le siga en puntaje, pues en conformidad con el artículo 41 citado, no podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo Oferente
La adjudicación se formalizará a través del correspondiente acto administrativo dictado por la Subsecretaría, el que deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las Bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que regula la adjudicación de la oferta y su notificación.
La Subsecretaría se reserva el derecho de rechazar fundadamente las propuestas, ya sea porque no cumplen con los requisitos de admisibilidad establecidos en las presentes bases de licitación o porque no son convenientes a sus intereses, sin que ello otorgue derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta.
En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo indicado en el literal e) del punto 2.5, se informará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al plazo de adjudicación, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública las razones de dicha situación y se indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
El acto administrativo que declare desierta la licitación, inadmisible las propuestas o que la adjudique será publicado en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, produciéndose con ello su notificación de acuerdo a lo indicado en estas bases.
En caso de que un adjudicatario se desistiese de su oferta, la Subsecretaría podrá readjudicar la licitación al proponente cuya oferta le suceda en la calificación, y así sucesivamente con todas las ofertas que fueron consideradas admisibles.
La adjudicataria se entenderá desistida de su oferta en los siguientes casos:
a) Cuando no se inscriba o no se encuentre hábil, en forma oportuna, en el Registro de Proveedores xx Xxxxxxx Público, de acuerdo al plazo establecido en el punto 2.20.A de estas bases.
b) Si no acepta la orden de compra dentro del plazo señalado en el punto 2.20.A
“Formalización de la Contratación”, de estas bases.
c) Si no entrega, dentro del plazo, los documentos requeridos en el punto 2.20.B
”Antecedentes Legales y Administrativos para ser Contratado”, de estas bases.
d) Si concurre cualquier otra causal de desistimiento, contemplada en estas bases, en la Ley N° 19.886, de Compras Públicas o en el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de Compras Públicas.
La Subsecretaría, en el acto de la adjudicación, requerirá, tratándose de adjudicatario extranjero, el cumplimiento de cualquiera de las exigencias, según correspondiere, establecidas en el inciso 4° del artículo 4° de la Ley N° 19.886, y en el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
2.19 ACLARACIONES Y/O CONSULTAS DE LA ADJUDICACIÓN
Los oferentes podrán enviar sus consultas referentes a la adjudicación, hasta dentro del tercer día hábil de notificada. Las consultas se efectuarán a través del Sistema de Información xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx y serán respondidas por el mismo medio.
2.20 CONTRATACIÓN
2.20. A. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Una vez adjudicada la licitación, y por tratarse de una licitación entre 100 y 1000 U.T.M., cuyos servicios son de simple y objetiva especificación, atendido que el servicio que se licita se encuentra contenido en pólizas de seguros estandarizadas y registradas en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), se procederá a formalizar la contratación mediante la emisión de la respectiva Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del oferente adjudicado.
Si el adjudicatario no aceptase la orden de compra o no pudiese aceptarla por causa imputable a él dentro del plazo de dos (2) días hábiles, contados de la fecha de su emisión, la Subsecretaría podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
Previo a la formalización de la contratación, el proponente deberá acreditar su habilidad para ser proveedor del Estado, encontrándose inscrito y figurando en estado “hábil” en el Registro de Proveedores xx Xxxxxxx Público.
En caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito o en estado “hábil” en el Registro de Proveedores xx Xxxxxxx Público, deberá inscribirse o adquirir la calidad referida, en el plazo máximo de 15 (quince) días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación de su oferta. Si transcurrido este plazo, el oferente adjudicado no se hubiere inscrito, o no hubiere adquirido el estado “hábil” referido, se entenderá que se desiste de su oferta y la Subsecretaría dejará sin efecto la adjudicación y podrá readjudicar la licitación a quien haya obtenido el siguiente mejor puntaje en el proceso de evaluación o desestimarse la licitación. El procedimiento anterior, podrá repetirse las veces que resulte necesario.
En el evento que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores, la inscripción y habilidad exigida en el párrafo precedente, aplicará para cada uno de los integrantes de dicha Unión.
Finalmente, si el oferente adjudicado no acompaña los documentos requeridos para la formalización de la contratación, la oferta adjudicada podrá desestimarse, pudiendo en este caso dejarse sin efecto la adjudicación y readjudicar la licitación al proponente que cuente con el siguiente mejor puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, siguiendo el procedimiento
fijado en las presentes bases, o bien desestimar la licitación, declarándola desierta. El procedimiento de readjudicación recién señalado, podrá repetirse las veces que sea necesario.
2.20.B. ANTECEDENTES LEGALES Y ADMINISTRATIVOS PARA SER CONTRATADO
Para proceder a la contratación del oferente, la Subsecretaría verificará que éste o las personas naturales o jurídicas que lo integran sea(n) hábil(es) para contratar con el Estado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N° 19.886 y en el artículo
92 del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y que no concurra la inhabilidad de haber sido condenado por prácticas antisindicales, dentro de los dos años anteriores, revisando para ello el registro de “Empresas Condenadas por Prácticas Antisindicales” que lleva la Dirección del Trabajo y que está disponible en su página web xxx.xx.xxx.xx.
Previo a la emisión de la orden de compra, en caso que la documentación que se indica a continuación no se encuentre acreditada y disponible en el Registro de Proveedores xx Xxxxxxx Publico (con la vigencia indicada, en los casos que corresponda), el adjudicatario deberá presentar dentro del plazo de 10 (diez) días corridos, contados desde la notificación de la adjudicación, en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, entre las 09:00 y las 14:00 horas, los siguientes antecedentes. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes señalados en este punto deberán ser presentados por cada uno de sus integrantes:
A. Persona Jurídica:
1. Antecedentes legales:
i.Tratándose de sociedades o empresas individuales de responsabilidad limitada:
a) Fotocopia simple de instrumento público en el que conste el poder del o los representante(s) legal(es).
b) Documento que acredite la vigencia del poder del o de los representante(s) legal(es), de acuerdo a la naturaleza de la sociedad, con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos contados desde su emisión.
ii. Tratándose de personas jurídicas acogidas a la Ley N° 20.659, que simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales:
a) Certificado de Estatuto Actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos contados desde su emisión.
b) Certificado de vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos contados desde su emisión.
iii. Tratándose de personas jurídicas que no tengan el carácter de sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada:
a) Xxxxxxx adjuntar los antecedentes que acrediten su vigencia y la de la personería del o de los representante(s) legal(es), emitidos por las autoridades competentes que correspondan, con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos contados desde su emisión.
2. Declaración jurada de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. (Anexo N° 3-A). Para acreditar este hecho, el adjudicatario deberá presentar el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales N° F 30-1, otorgado por la Dirección del Trabajo, o bien el certificado emitido por una de las entidades o
instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo, en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N°
319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo. Se exceptúan sin embargo de esta obligación, los adjudicatarios cuya información relativa a saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones se encuentre disponible en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx
3. Declaración jurada simple de persona jurídica en cumplimiento de la letra e) del artículo 7º de la Ley N° 20.285. (Anexo N° 6).
B. Persona Natural:
1. Declaración jurada de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años (Anexo N° 3-B). Para acreditar este hecho, el adjudicatario deberá presentar el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales N° F 30-1, otorgado por la Dirección del Trabajo, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo, en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N° 319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo. Se exceptúan sin embargo de esta obligación, los adjudicatarios cuya información relativa a saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones se encuentre disponible en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx
C. Persona Extranjera:
1. Éstas deberán acompañar la documentación necesaria para acreditar su existencia legal y la personería del o de los representante(s) legal(es), otorgados o acreditados por las instituciones o funcionarios que, según las leyes o prácticas del país de origen, estén autorizadas para su emisión. Adicionalmente, los documentos deben ser certificados por el Agente Consular Chileno en el país de origen y finalmente, deben ser legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores en Chile.
2. Para el caso de personas extranjeras con idioma distinto al español, la documentación debe entregarse traducida al español.
D. Unión Temporal de Proveedores:
1. Cada uno de sus miembros deberá presentar los antecedentes indicados en las letras precedentes, según corresponda.
Sin perjuicio de lo indicado en los literales que anteceden, con ocasión de la revisión de los antecedentes precedentemente indicados, la Subsecretaría podrá requerir documentación complementaria en el evento de estimarlo necesario.
.
En caso que el adjudicatario no entregue la documentación dentro del plazo a que se refiere el párrafo segundo del presente punto o se formulen reparos a algún documento entregado, la Subsecretaría otorgará por escrito, mediante carta certificada o correo electrónico, un plazo adicional de hasta 5 (cinco) días hábiles para completar la documentación y/o subsanar las observaciones. Si transcurrido este plazo el oferente seleccionado no hace entrega de los documentos faltantes o no ha subsanado las observaciones que se le hubieren formulado, la Subsecretaría estará facultada para evaluar la conveniencia de conferir un nuevo plazo, o bien, dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar la segunda oferta mejor evaluada si ésta es conveniente a
sus intereses. Si la segunda oferta tampoco cumple con lo recién señalado, se podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar la tercera oferta mejor evaluada.
2.21 VIGENCIA DE LAS PÓLIZAS
Una vez emitida la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del oferente, previa total tramitación del acto administrativo de adjudicación y notificación de éste al proveedor mediante su publicación en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, en conformidad con el artículo 6° del Reglamento de la ley N° 19.886, esto es, luego de transcurridas 24 horas desde la publicación en el portal del acto administrativo de adjudicación, se emitirán las respectivas pólizas, cuyas vigencias serán de 12 meses, a partir de las 12:00 horas del día en que se acepte la respectiva orden de compra.
Si existen motivos fundados, que serán calificados a través de un acto administrativo, se podrán renovar la contratación por una sola vez, por un nuevo periodo de 12 (doce) meses, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Dicha renovación deberá ser efectuada en los mismos términos establecidos en las bases de licitación, previo informe favorable emitido por la Contraparte Técnica, con el objeto de dar continuidad al servicio y procurar velar por la eficiencia en los recursos públicos que se asocian a los costos en los procesos licitatorios y su evaluación debiendo, luego, ser aprobada a través del correspondiente acto administrativo.
2.22 DE LAS POLIZAS DE SEGURO
La entrega de la(s) póliza(s) deberá efectuarse vía correo electrónico a la contraparte técnica de la contratación en un plazo no superior a 10 días hábiles, contados desde la aceptación de la orden de compra. En caso de que el oferente no entregue las pólizas dentro del plazo antes señalado, la Subsecretaría estará facultada para aplicar la multa correspondiente, de acuerdo con lo señalado en el punto 2.25, número 2) de las presentes bases.
Una vez recibida(s) la(s) póliza(s), la contraparte técnica deberá verificar que aquélla(s) cumpla(n) con las especificaciones establecidas en las presentes bases y con lo ofertado. En caso de no hacerlo, será(n) rechazada(s) y la Subsecretaría estará facultada para aplicar la multa correspondiente, de acuerdo con lo señalado en el punto 2.25, numeral 3) de las bases de licitación, otorgándole al contratista un plazo de 10 días hábiles, contados desde la comunicación del rechazo para que aquel presente el endoso respectivo. En caso de ser rechazadas por segunda vez, la Subsecretaría estará facultada para aplicar la multa correspondiente, de acuerdo con lo señalado en el punto 2.25, número 4) de las presentes bases. En caso de persistir el incumplimiento, será(n) rechazada(s) la(s) póliza(s) y la Subsecretaría estará facultada para poner término anticipado a la contratación de conformidad con lo dispuesto en el punto 2.27 siguiente.
Cuando la(s) póliza(s) esté(n) conforme a lo solicitado en las presentes bases, la contraparte técnica otorgará la recepción conforme, permitiendo al contratista emitir la factura respectiva.
2.23 CONTRAPARTE TÉCNICA
La Subsecretaría de Transportes, ejercerá la supervisión integral del desarrollo de la contratación, en sus aspectos técnicos y administrativos, a través de una Contraparte Técnica, la que estará conformada por el o los funcionarios que se designen para tales efectos, ya sean de planta o a contrata, que presten actualmente servicios en la Subsecretaría de Transportes o en sus Programas dependientes y/o servidores a honorarios con calidad de agente público, cuyos convenios contemplen la tarea de conformar contrapartes técnicas, y será designada por acto administrativo.
En el ejercicio de dicha labor ejercerá las siguientes funciones:
a. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en estas bases para el oportuno cumplimiento de la contratación.
b. Gestionar e informar al contratista de la aplicación de las multas que procedan.
c. Impartir instrucciones al contratista, mediante directrices, órdenes y/o requerimientos destinados a obtener un mejor y estricto cumplimiento de los objetivos de la contratación.
d. Cualquier otra actividad que corresponda a la supervisión integral del desarrollo de la contratación de servicio en sus aspectos técnicos y administrativos.
e. Visar la documentación que servirá de antecedente para el posterior pago.
f. Dar recepción conforme de los servicios.
g. Las demás que sean necesarias para la correcta ejecución del servicio.
2.24 FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS
El pago se realizará en dos (2) cuotas con cargo al presupuesto del año respectivo, de manera proporcional a los servicios y en pesos chilenos, de acuerdo al valor de la Unidad de Fomento publicada por el Banco Central de Chile, el día de emisión de la orden de compra correspondiente.
El primer pago se realizará una vez certificada por la Contraparte Técnica la recepción conforme de las respectivas Pólizas de Seguros, y considerará la proporcionalidad desde la emisión de la orden de compra hasta el 31 de diciembre de 2021; el segundo pago corresponderá a los servicios prestados durante el año 2022.
El proveedor adjudicado deberá emitir las facturas de cobro respectivo, de acuerdo a las condiciones solicitadas en el párrafo anterior, documento que será pagado por parte de la Subsecretaría de Transportes en el plazo de 30 días corridos contados desde la fecha de recepción de la factura.
En el caso de las órdenes de compra asociadas al pago de los deducibles que pudieren ocasionarse, éstas se emitirán previo requerimiento de la Contraparte técnica, de conformidad a lo señalado en el punto 1.6.3 de las bases técnicas. El proveedor adjudicado deberá emitir las facturas de cobro de acuerdo a las condiciones declaradas en la orden de compra aceptada por aquel, documento que será pagado por parte de la Subsecretaría de Transportes en el plazo de 30 días corridos contados desde la fecha de recepción de la factura.
Las facturas deberán ser extendidas a nombre de la Subsecretaría de Transportes, RUT 00.000.000-0, con domicilio en Xxxxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxxx, y deben ser enviadas al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.
Los pagos se efectuarán mediante transferencia electrónica de fondos, para lo cual se requerirá la información necesaria al prestador del servicio, una vez recibida conforme la respectiva factura.
La Subsecretaría de Transportes pagará el precio de los servicios prestados por el contratista, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el acto administrativo que adjudique la licitación se encuentre totalmente tramitado.
b) Que las órdenes de compra se encuentren en estado “Aceptada”.
c) Que el proveedor haya cumplido cabalmente con el servicio contratado y con las bases de licitación. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría deberá informar en forma favorable respecto a la recepción conforme de las pólizas por parte del proveedor contratado, dejando constancia de lo exigido en este punto.
d) Que el proveedor contratado presente junto a las respectivas facturas, el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Formulario N° 30-1), otorgado por la Dirección del Trabajo, según ordena el artículo 11 de la Ley N° 19.886, en estado pagado, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad a lo
dispuesto en el Decreto N° 319, de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo.
En el evento que existieran saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores de la persona natural o jurídica contratada o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago generados en razón de la contratación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones; en este caso, la persona natural o jurídica contratada deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de vigencia de la contratación, con un máximo de seis meses. El incumplimiento de esta obligación por parte del prestador dará derecho a la Subsecretaría a dar por terminado la respectiva contratación, pudiendo llamarse a una nueva licitación en que la persona natural o jurídica referida no podrá participar.
En atención a la modalidad de pago, para los efectos del artículo 3° de la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, la Subsecretaría tendrá un plazo de 8 (ocho) días corridos, contados desde la recepción de las respectivas facturas, para reclamar en contra de su contenido.
2.25 MULTAS
En el evento en que la persona natural o jurídica contratada o alguno de sus subcontratistas o personal a cargo, incurra en incumplimiento de alguna de las obligaciones que se señalan a continuación, se aplicarán las multas que en cada caso se indican:
N° | Incumplimiento | Multa |
1 | Que el contratista no pague la indemnización dentro del plazo establecido en el punto 1.4.2 de las presentes bases. | 1 UF diaria por cada día hábil de atraso. |
2 | Que el contratista no haga entrega de la(s) póliza(s) dentro del plazo dispuesto en el punto 2.22 de las presentes bases. | 1 UF diaria por cada día hábil de atraso. |
3 | Que la(s) póliza(s) entregada(s) sea(n) rechazada(s) por primera vez, por no cumplir con las especificaciones establecidas en las bases de licitación o en la oferta presentada por el contratista. | 1,5 UF por evento. |
4 | Que la(s) póliza(s) entregada(s) sea(n) rechazada(s) por segunda vez, por no cumplir con las especificaciones establecidas en las bases de licitación o en la oferta presentada por el contratista. | 5 UF por evento. |
Procedimiento para hacer efectivas las multas:
En el evento en que el prestador de los servicios incurra en los incumplimientos de las obligaciones que impone la contratación, la Subsecretaría de Transportes comunicará al contratista, a través de la Contraparte Técnica, la aplicación de la multa y el descuento respectivo, otorgando un plazo de 5 días hábiles para que éste efectúe sus descargos. Presentados los descargos por el prestador del servicio o transcurrido el plazo de 5 días hábiles sin que ello se realice, la Contraparte Técnica realizará un estudio de los antecedentes presentados. Si el examen de éstos justifica el incumplimiento, la Contraparte Técnica archivará los descargos, junto con los demás antecedentes del caso. En caso contrario, es decir, si los antecedentes presentados por el contratista no son suficientes para justificar el incumplimiento, la Contraparte Técnica deberá elaborar un informe técnico definitivo, adjuntando todos los
antecedentes para la elaboración del acto administrativo de aplicación de multa, el cual deberá ser publicado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx y notificado al prestador del servicio, mediante correo electrónico.
Estas multas se harán efectivas descontándose del pago pendiente más próximo al de su aplicación. Dicho descuento no afectará el impuesto que corresponda pagar o retener en su caso.
En el evento que se hubieren verificado todos los pagos previstos en la contratación, el pago de la(s) multa(s) deberá efectuarse a través del depósito del monto correspondiente en la cuenta corriente bancaria de la Subsecretaría, conforme al detalle que se informará en el acto administrativo respectivo.
Aplicada y notificada la medida por incumplimiento respectiva, procederán en favor del prestador del servicio los recursos de reposición, jerárquico y extraordinario de revisión, los que deberán interponerse en el plazo y resolverse en la forma y condiciones establecidas en la Ley N° 19.880.
Cabe señalar que el monto máximo a cobrar por concepto de multas no podrá superar el 35% del precio total de la contratación, en tal caso, la Subsecretaría podrá poner término anticipado a la misma, en conformidad con lo dispuesto en el punto 2.27 de las presentes bases.
La UF a considerar será la del día en que la Contraparte Técnica comunique la multa respectiva al contratado.
2.26 MODIFICACIONES DE LA CONTRATACIÓN
Solo se efectuarán modificaciones a la contratación cuando exista mutuo acuerdo entre las partes contratantes, en tanto éstas no signifiquen una alteración de fondo en lo convenido, afectación al principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y siempre que dichas modificaciones cedan en ventaja de la Administración. Las modificaciones que signifiquen un aumento de las prestaciones, no podrán aumentar el precio total de la contratación en más de un 30% (treinta por ciento). Dichas modificaciones deberán ser aprobadas previamente por el acto administrativo correspondiente.
En este mismo sentido, en el evento que se modifique el domicilio de la Subsecretaría de Transportes, de la SEREMITT de la Región Metropolitana y/o de algunas de las restantes SEREMITT durante la vigencia de la contratación a que dé lugar la presente licitación, el proveedor continuará prestando el servicio en las nuevas dependencias, procediéndose a las modificaciones que correspondan, teniendo presente lo indicado en el párrafo anterior.
2.27 TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN
La Subsecretaría estará facultada para declarar administrativamente el término anticipado de la contratación, sin derecho a indemnización alguna para el contratado, si concurre alguna de las causales previstas en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, en el artículo 77 de su Reglamento, contenido en el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, y las multas que procedieren.
Se entenderán como incumplimiento grave de la contratación las siguientes conductas:
i. Si el monto de las multas aplicadas sobrepasa el 35% del precio total de la contratación.
ii. Si la(s) póliza(s) es(son) rechazada(s) por tercera vez, por no cumplir con las especificaciones establecidas en las bases de licitación o en la oferta presentada por el contratista.
iii. Si durante el desarrollo de la contratación se comprobare que el prestador ha efectuado la cesión de la misma.
iv. Si durante el desarrollo de la contratación se comprobare que el prestador ha subcontratado los servicios contratados.
v. Otra causa expresamente dispuesta en las presentes bases.
La decisión de declarar administrativamente el término anticipado de la contratación será calificada por la Subsecretaría, previo procedimiento descrito en este punto, y será adoptada en relación con los antecedentes puestos en conocimiento por la Contraparte Técnica y por los descargos de la persona natural o jurídica contratada, si se hubieran presentado en conformidad con lo regulado en el presente punto. Dicha decisión se efectuará a través de un acto administrativo fundado en el que constará la calificación de los hechos que constituyen el incumplimiento.
En el evento de que la contratada incurra en los incumplimientos contractuales señalados en los párrafos precedentes, la Subsecretaría de Transportes, a través de la Contraparte Técnica, comunicará a la persona natural o jurídica la aplicación de la medida por incumplimiento dispuesta en el presente punto de las bases, otorgándole un plazo de 5 días hábiles para que ésta efectúe sus descargos. Presentados los descargos por el contratado o transcurrido el plazo de 5 días hábiles sin que ello se realice, la Contraparte Técnica realizará un estudio de los antecedentes presentados. Si en el examen de éstos resulta justificado el incumplimiento, la Contraparte Técnica archivará los descargos, junto con los demás antecedentes del caso. En caso contrario, es decir, si los antecedentes presentados por el contratado no son suficientes para justificar el incumplimiento, la contraparte técnica deberá elaborar un informe técnico definitivo, adjuntando todos los antecedentes para la elaboración del acto administrativo de aplicación de la medida.
El acto administrativo fundado que ponga término anticipado a la contratación, se publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y se notificará al contratado por carta certificada, fijándose un plazo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de recepción de la comunicación por parte de éste para que la Subsecretaría proceda a liquidar los saldos que se devenguen en favor xxx Xxxxx o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual se acreditará mediante la presentación de la(s) factura(s) correspondiente(s).
Aplicada la medida, procederá a favor de la persona natural o jurídica contratada los recursos de reposición, jerárquico y extraordinario de revisión, los que deberán interponerse en el plazo y resolverse en la forma y condiciones establecidas en la Ley N° 19.880.
2.28 SUBCONTRATACIÓN
El proveedor no podrá subcontratar con terceros la ejecución de los servicios contratados, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del Reglamento de la Ley N° 19.886, por haberse tenido en vista la capacidad o idoneidad del contratista.
La infracción a esta obligación autorizará a esta Subsecretaría a poner término inmediato al contrato, de conformidad a lo establecido en el punto 2.27 precedente.
2.29 CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El contratado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y de la contratación a que ésta de origen, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de esta contratación, puedan transferirse de acuerdo a las normas de derecho común.
La infracción a esta obligación autorizará a esta Subsecretaría a poner término inmediato al contrato, de conformidad a lo establecido en el punto 2.27 precedente.
Cesión de crédito contenido en una factura
En el evento de que el proveedor ceda el crédito contenido en una factura, deberá notificar este hecho a la Subsecretaría de Transportes por un Notario Público, sea personalmente, con exhibición de copia del respectivo título, o mediante el envío de carta certificada, por cuenta del cesionario de la factura, adjuntando copias del mismo certificadas por el ministro de fe. En este último caso, la cesión producirá efectos respecto del deudor, a contar del sexto día siguiente a la fecha del envío de la carta certificada dirigida al domicilio del deudor registrado en la factura.
Tratándose de facturas electrónicas, la cesión del crédito expresado en ellas se pondrá en conocimiento del obligado al pago de aquéllas mediante su anotación en el Registro Público Electrónico de Transferencia de Créditos, administrado por el Servicio de Impuestos Internos. Se entenderá que la transferencia ha sido puesta en conocimiento del deudor el día hábil siguiente a aquél en que ella aparezca anotada en el registro señalado, lo que se corroborará con el acuse de recibo electrónico que recibirá el deudor.
Esta Subsecretaría cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el contratista, siempre que se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
2.30 CONFIDENCIALIDAD
El prestador de servicios deberá guardar absoluta confidencialidad sobre la información, reservada o no, que ponga a su disposición la Subsecretaría de Transportes y, en general, de toda aquélla que conozca con ocasión de la ejecución de los servicios.
El prestador de servicios deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, también respecto de sus dependientes, reservándose la Subsecretaría el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a la normativa vigente, y especialmente, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida, por parte del prestador de servicios y/o sus dependientes, durante la vigencia de la contratación, o después de su finalización, dará lugar a la Subsecretaría para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria que le atañe al contratista por los actos que hayan ejecutado sus empleados o dependientes, y quienes resulten responsables.
De contravenirse la obligación señalada en este punto, se considerará éste un incumplimiento grave de la contratación y se pondrá término anticipado al mismo, conforme a lo dispuesto en el punto 2.27 anterior.
2.31 PROCEDIMIENTOS PARA RESOLVER DISCREPANCIAS
Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las bases, como marco básico de la presente licitación y de la contratación resultante.
En la eventualidad que durante el curso de la vigencia de la contratación se produjeran discrepancias en cuanto a lo previsto en los diversos documentos que rigen la realización de los trabajos, la controversia se resolverá de acuerdo a lo que al respecto dispongan tales antecedentes, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
a) Las bases administrativas, técnicas y sus modificaciones, incluidas las consultas, respuestas y aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las bases administrativas;
b) La orden de compra respectiva;
c) La oferta técnica y económica.
Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte de la
contratación cualquiera obligación o servicio, que aparezca en uno u otro de los documentos señalados.
2.32 JURISDICCIÓN
Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de Licitación y su adjudicación, será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública.
Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia de la contratación, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para ante sus tribunales, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República.
3. ANEXOS
ANEXO N° 1
FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
“SERVICIO DE SEGUROS DE INCENDIO, SISMO Y SEGUROS ADICIONALES PARA BIENES INMUEBLES Y MUEBLES DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y SEGUROS DE CONTENIDO DE MUEBLES, ÚTILES E INSTALACIONES ELECTRÓNICAS PARA LAS SECRETARÍAS REGIONALES MINISTERIALES DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES”
Fecha:
A) OFERENTE(S) PERSONA(S) JURÍDICA(S)
Razón Social o nombre del oferente | |
Nombre de Fantasía si lo tiene | |
Domicilio Comercial | |
Número de Teléfono, fax y/o Correo electrónico | |
Nombre y N° RUN representante legal | |
Proveedor actúa de manera individual o conjunta, de conformidad a lo señalado en el punto 2.2.2 de las bases (marcar con X) |
individual conjunta |
Firma de representante(s) legal(es) (Nombre de persona jurídica)
Completar los siguientes antecedentes en caso de haber marcado la opción de proveedor que actúa de manera conjunta: | |
Razón Social o nombre del oferente | |
Nombre de Fantasía si lo tiene | |
Domicilio Comercial | |
Número de Teléfono, fax y/o Correo electrónico | |
Nombre y N° RUN representante legal | |
Razón Social o nombre del oferente | |
Nombre de Fantasía si lo tiene | |
Domicilio Comercial | |
Número de Teléfono, fax y/o Correo electrónico | |
Nombre y N° RUN representante legal | |
Representante de los proveedores que actúan conjuntamente para efectos de la licitación |
Firma de representante(s) legal(es) de la Unión Temporal de Proveedores
B) OFERENTE PERSONA NATURAL
Nombre | |
Giro | |
Rut | |
Domicilio | |
Número de Teléfono, fax y/o Correo electrónico | |
Firma de la persona natural
ANEXO N° 2-A
DECLARACIÓN JURADA DE AUSENCIA DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
“SERVICIO DE SEGUROS DE INCENDIO, SISMO Y SEGUROS ADICIONALES PARA BIENES INMUEBLES Y MUEBLES DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y SEGUROS DE CONTENIDO DE MUEBLES, ÚTILES E INSTALACIONES ELECTRÓNICAS PARA LAS SECRETARÍAS REGIONALES MINISTERIALES DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES”
(Persona Jurídica)
, RUT , representante legal de la persona jurídica
RUT
declara bajo juramento que a la persona jurídica que representa no se aplica ninguna de las prohibiciones descritas en el artículo 4° de la Ley N° 19.886, esto es:
1. Que no afectan a este oferente las inhabilidades previstas en el inciso primero del artículo 4°, de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, esto es no haber sido condenado el oferente por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los anteriores dos años.
2. Que no afectan las incompatibilidades previstas en el artículo 4°, inciso 6° de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
3. Que no ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en el artículo 8° y 10° de la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos xx Xxxxxx de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho.Asimismo, declaro que la persona jurídica que represento no ha sido anotada por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el registro de personas jurídicas a las que se les haya impuesto esta pena.
4. Que este oferente no ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, inciso segundo, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
Firma del o los representante(s) legal(es)
Fecha:
ANEXO N° 2-B
DECLARACIÓN JURADA DE AUSENCIA DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
“SERVICIO DE SEGUROS DE INCENDIO, SISMO Y SEGUROS ADICIONALES PARA BIENES INMUEBLES Y MUEBLES DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y SEGUROS DE CONTENIDO DE MUEBLES, ÚTILES E INSTALACIONES ELECTRÓNICAS PARA LAS SECRETARÍAS REGIONALES MINISTERIALES DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES”
(Persona Natural)
, de de 2021
, RUT , declara bajo juramento que no se aplica ninguna de las prohibiciones descritas en el artículo 4° de la Ley N° 19.886, esto es:
1. Que no afectan a este oferente las incompatibilidades previstas en el artículo 4°, inciso sexto de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
2. Que no afectan a este oferente la inhabilidad del Artículo 4°, inciso primero de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, por no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por no haber sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta.
3. Que este oferente no ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, inciso segundo, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
Firma
Fecha:
ANEXO N° 3-A
DECLARACIÓN JURADA DE SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL CON SUS ACTUALES TRABAJADORES O CON TRABAJADORES CONTRATADOS EN LOS ÚLTIMOS DOS AÑOS
“SERVICIO DE SEGUROS DE INCENDIO, SISMO Y SEGUROS ADICIONALES PARA BIENES INMUEBLES Y MUEBLES DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y SEGUROS DE CONTENIDO DE MUEBLES, ÚTILES E INSTALACIONES ELECTRÓNICAS PARA LAS SECRETARÍAS REGIONALES MINISTERIALES DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES”
(Persona Jurídica)
, de de 2021
, representante legal de la persona jurídica declara que la persona jurídica (SI/NO) tiene saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Para los efectos previstos en los artículos 4° y 11 de la Ley de Compras Públicas Nº 19.886.
Firma Representante(s) Legal(es) (Nombre de la persona jurídica)
ANEXO N° 3-B
DECLARACIÓN JURADA DE SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL CON SUS ACTUALES TRABAJADORES O CON TRABAJADORES CONTRATADOS EN LOS ÚLTIMOS DOS AÑOS
“SERVICIO DE SEGUROS DE INCENDIO, SISMO Y SEGUROS ADICIONALES PARA BIENES INMUEBLES Y MUEBLES DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y SEGUROS DE CONTENIDO DE MUEBLES, ÚTILES E INSTALACIONES ELECTRÓNICAS PARA LAS SECRETARÍAS REGIONALES MINISTERIALES DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES”
(Persona Natural)
, de de 2021
Don(ña) , declara que
(SI/NO) tiene saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Para los efectos previstos en los artículos 4° y 11, de la Ley de Compras Públicas Nº 19.886.
Nombre y Firma (Nombre persona natural)
ANEXO N° 4 OFERTA ECONÓMICA
SERVICIO DE SEGUROS DE INCENDIO, SISMO Y SEGUROS ADICIONALES PARA BIENES INMUEBLES Y MUEBLES DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y SEGUROS DE CONTENIDO DE MUEBLES, ÚTILES E INSTALACIONES ELECTRÓNICAS PARA LAS SECRETARÍAS REGIONALES MINISTERIALES DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Nombre del Proponente: | |
Rol Único Tributario Proponente: |
Inmuebles | Valor en UF (Impuestos incluidos y la comisión xxx xxxxxxxx, si correspondiere) |
Edxxxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000 (Inmueble y contenido) | |
Edxxxxxx Xxxxxxxxx Xx 0000 (Inmueble y contenido) | |
Edxxxxxx Xxxxxxx Xx 00 (Inmueble y contenido) | |
Bienes muebles, útiles y equipos electrónicos de las Seremitt de las distintas Regiones (con exclusión de la Seremitt de la Región Metropolitana) (Contenido) | |
Precio total de la contratación por 12 meses, impuestos incluidos, correspondiente a los seguros de los inmuebles y los contenidos de los edificios individualizados de la Subsecretaría de Transportes y Seremitt RM y bienes muebles, útiles y equipos electrónicos de las Seremitt Regionales (Precio a ingresar como oferta económica en el formulario del portal mercado público.) |
ANEXO N°5 OFERTA TÉCNICA
SERVICIO DE SEGUROS DE INCENDIO, SISMO Y SEGUROS ADICIONALES PARA BIENES INMUEBLES Y MUEBLES DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y SEGUROS DE CONTENIDO DE MUEBLES, ÚTILES E INSTALACIONES ELECTRÓNICAS PARA LAS SECRETARÍAS REGIONALES MINISTERIALES DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Nombre del Proponente: | |
Rol Único Tributario Proponente: |
A- Seguros
Marcar con una X según corresponda | Cumple | No cumple |
El seguro cumplirá con las coberturas y especificaciones mínimas requeridas en las bases técnicas |
B- Procedimiento para informar siniestros
Marcar con una X según corresponda | Adjunta | No Adjunta |
El oferente adjunta el procedimiento general para informar y denunciar siniestros |
C- Administrador del seguro
Nombre:
Correo electrónico: Número de Teléfono:
D- Tratándose de corredores de seguros
Nombre de la Compañía de Seguros que asume el riesgo | |
Rut de la Compañía de Seguros que asume el riesgo |
Indicar quién emitirá la factura por el servicio a contratar |
Marcar con una X según corresponda | Si | No |
Adjunta carta de autorización de la Compañía de Seguros y los antecedentes que correspondan para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 58 del Decreto con Fuerza |
xx Xxx N° 251, de 1931, de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, del Ministerio de Haxxxxxx. |
XXXXX Xx 0
DECLARACIÓN JURADA SOCIOS O ACCIONISTAS PRINCIPALES PERSONA JURÍDICA
“SERVICIO DE SEGUROS DE INCENDIO, SISMO Y SEGUROS ADICIONALES PARA BIENES INMUEBLES Y MUEBLES DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y SEGUROS DE CONTENIDO DE MUEBLES, ÚTILES E INSTALACIONES ELECTRÓNICAS PARA LAS SECRETARÍAS REGIONALES MINISTERIALES DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES”
En la ciudad de , a de de , don / doña , cédula de identidad
N° , representante legal de
, RUT: , viene en declarar bajo juramento que:
La entidad que representa tiene los siguientes socios y accionistas principales:
Nº | Nombre completo o razón social | RUT |
1 | ||
2 | ||
3 | ||
4 |
Firma del o de los representante(s) legal(es)
*Se entenderá por “socios o accionistas principales” a las personas naturales o jurídicas que tengan una participación del 10% o más en los derechos de la entidad y, en caso de tener un porcentaje inferior, a aquellos socios o accionistas que, por sí o en acuerdo con otros, tengan el control en su administración, esto es, puedan nombrar al administrador de la entidad o a la mayoría del Directorio, en su caso.
4° DESÍGNASE a las siguientes personas para conformar la Comisión Evaluadora de las ofertas técnicas y económicas de la licitación que se llevará a cabo para contratar el servicio señalado en el primer considerando de la presente Resolución Exenta:
a) Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, RUN N° 00.000.000-0, administrativo a contrata, asimilado a grado 17° de la E.U.S., de la Subsecretaría de Transportes, con desempeño en la Unidad de Servicios Generales.
b) Xxxx Xxxxxxx Xxxxx, RUN N° 00.000.000-0, profesional a contrata, asimilado a grado 11° de la E.U.S. de la Subsecretaría de Transportes, con desempeño en la Unidad de Servicios Generales.
c) Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, RUN N° 00.000.000-0, técnico a contrata, asimilado a grado 12° de la E.U.S., de la Subsecretaría de Transportes, con desempeño en la Unidad de Logística.
En caso de ausencia de alguno de los funcionarios precedentemente señalados, desígnese en su reemplazo a Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxx, RUN N° 00.000.000-0, profesional a contrata, asimilado a grado 12° de la
E.U.S. de la Subsecretaría de Transportes, con desempeño en la Unidad de Presupuesto.
5° PUBLÍQUESE en el Sistema de Información de la Dirección de Compras Públicas, a través del sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, y en la Licitación Pública convocada bajo el ID 711-7-LE21.
ANÓTESE Y ARCHÍVESE
XXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXXX SUBSECRETARIO DE TRANSPORTES (S) SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES
POM / AJT / MSC / ASC / MWP / JGC / GMA / ACW / ACW / SNN / MMS / ajb
Resolución Exenta N° 235/2021 DAF
Distribución:
XXXXX XXXXXXX XXXXX - ASISTENTE ADMINISTRATIVA - DEPTO. ADMINISTRATIVO
XXXXX XXXX XXXXXX XXXX - ENCARGADO(A) SERVICIOS GENERALES - SERVICIOS GENERALES
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX - ENCARGADO(A) UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX - ENCARGADO(A) UNIDAD LOGISTICA - UNIDAD LOGISTICA
XXXXXX XXXXXXXX XXXX - SECRETARIA(O) - DEPTO. DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y TESORERIA XXXXX XXX XXXXXX XXXXXXX - SECRETARIA(O) - DIVISION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX - ENCARGADO(A) OFICINA DE PARTES - OFICINA DE PARTES
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX - SECRETARIA(O) - GABINETE SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES XXXXXXX SONY XXXXXX - SECRETARIA(O) - GABINETE MINISTRO(A)
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