PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CATERING DE COMIDAS EN EL CENTRO DE DÍA DE FUENSALIDA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
17 NOV 2015
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CONTRATACIÓN
EXPEDIENTE.- 18/2015
OBJETO.- Contrato de servicios para la prestación del servicio de catering en el Centro de Día de Fuensalida, por procedimiento negociado sin publicidad.
ASUNTO.- Pliegos diligenciados.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CATERING DE COMIDAS EN EL CENTRO DE DÍA DE FUENSALIDA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
1.RÉGIMEN JURÍDICO
1. El presente contrato administrativo de servicios se regirá por las cláusulas contenidas en este Pliego, por Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el RD.3/2011 de 14 de Noviembre y por las demás disposiciones legales vigentes en materia de contratación que sean de aplicación.
2. El presente contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado sin publicidad.
3. Toda la información relativa a la contratación derivada de la presente convocatoria se publicará en el perfil del contratante en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.
0.XXXXXX DEL CONTRATO Y JUSTIFICACIÓN DEL CONTRATO
Será objeto de este contrato el servicio de Catering de comidas del Centro de Día de Fuensalida sito en la Plaza Xxxx Xxxxx XX proporcionando el soporte profesional, técnico y material necesario. La prestación de comedor comprende la expedición al público de comidas (almuerzo) que será distribuida mediante catering, y conservada a la temperatura adecuada hasta el momento de su consumición dentro de la instalación Municipal.
El servicio deberá ajustarse a las características fijadas previamente por la Administración en este Pliego de Cláusulas Administrativas y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que reviste carácter contractual, por lo que deberá ser firmados, en prueba de conformidad con el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, la empresa adjudicataria quedará obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación fiscal, laboral, seguridad social e higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria no implicará responsabilidad alguna para la Administración contratante.
Con el presente contrato se trata de garantizar a los usuarios su alimentación diaria (almuerzo), tanto de dieta normal como de dieta especial de régimen.
La justificación de la prestación de comedor es evitar el riesgo de malnutrición y sus consecuencias desfavorables para la salud y la calidad de vida de los mayores, siendo sus factores de riesgo la ingesta inadecuada de alimentos no saludables, dificultad para comprar y
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elaborar comidas, ausencia de alternativas para consumir alimentos adecuados, bajos ingresos económicos, problemas de soledad y la escasez de relaciones sociales.
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Se hace constar la falta de medios personales y materiales para satisfacer el objeto del contrato, siendo necesario por tanto, acudir a la contratación externa.
3. DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será de UN AÑO, pudiendo producirse una prórroga de otro año más. Tal prórroga deberá solicitarse por el adjudicatario con una antelación de dos meses, antes de la finalización del contrato. En cualquier caso, la duración total del contrato no podrá exceder de los dos años.
4. TIPO DE LICITACIÓN. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El tipo de licitación, mejorable a la baja, es el precio comida/día a abonar por los usuarios del servicio y que se establece en 4,09 euros más 0,41euros en concepto del IVA vigente en la actualidad, en total 4,50 euros.
Los precios a ofertar por los licitadores serán a la baja y no podrán, en ningún caso, exceder de la cantidad antedicha. Se rechazarán las proposiciones económicas que excedan del tipo de licitación del contrato.
Como valor estimado del contrato éste se fija en 23.722 €/año más IVA correspondientes a una media de 25 usuarios/día por 232 días hábiles estimados en que se prestará el servicio.
Con la posibilidad de la prórroga por un año valor el valor estimado total asciende a la cantidad de 47.444,00 euros más el IVA correspondiente.
5. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La forma de adjudicación de este contrato será la de Procedimiento Negociado sin Publicidad, con arreglo a los siguientes criterios de adjudicación:
*Oferta económica. Un punto por cada 1 % de bajada del tipo de licitación, con un máximo de 10 puntos.
* Mejoras técnicas. 10 puntos si además se comprometen a prestar el servicio de “comida a domicilio” por el mismo precio/menú ofertado.
En caso de empate, el mismo se resolverá mediante sorteo.
6. CAPACIDAD DE LOS LICITADORES
Podrán participar en el concurso las personas físicas y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, y no se encuentren incursos en alguna de las prohibiciones para contratar, todo ello de conformidad con los artículos 54 al 60 y del 62 al 64 del TRLCSP
7. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
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1. Las ofertas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, de lunes a viernes y en horario de 09:00 a 14:00 horas, en el plazo previsto en la invitación para participar en el procedimiento, pudiéndose presentar por correo, por telex, fax, o telegrama, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del candidato.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el Órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
3. La presentación de las proposiciones supondrá la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad de las cláusulas o condiciones establecidas en el Pliego, así como xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las mismas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición.
4. Las proposiciones se presentarán en un sobre cerrado en el que figurará la inscripción “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DEL SERVICIO DE CATERING DEL CENTRO DE DÍA DE FUENSALIDA”. Este sobre contendrá dos sobres A y B, cerrados, con la misma inscripción anterior más el siguiente subtítulo según corresponda:
El sobre A) se subtitulará “Documentación administrativa”.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, se admite la aportación inicial de documentación administrativa mediante declaración responsable y, en consecuencia, este sobre deberá incluir declaración responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, conforme al siguiente modelo:
“MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. _ , con domicilio a efectos de notificación en _, calle
_ _ , nº , con
D.N.I. número _ , a efectos de su participación en la licitación relativa al contrato de servicios para la prestación del servicio de catering en el Centro de Día de Fuensalida, ante el Ayuntamiento de Fuensalida,
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
PRIMERO.- Que se dispone a participar en el contrato de servicios para la prestación del
servicio de catering en el Centro de Día de Fuensalida.
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SEGUNDO.- Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del mencionado contrato, en concreto:
- Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
- Que está debidamente clasificada la empresa o, en su caso, que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
- Que no está incurso en prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras)
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En _ , a _ de de 20__.
Firma del declarante, Fdo.: _ _»
El sobre B) se subtitulará “Oferta económica y criterios diferentes al del precio” y contendrá los siguientes documentos:
a) La proposición económica, con arreglo al siguiente modelo:
«D. _ _, con domicilio a efectos de notificaciones en
_, c/ _ , n.º , con DNI n.º _ _, en representación de la Entidad , con CIF n.º _ _, habiendo sido invitado a participar en el contrato de servicios para la prestación del servicio de catering en el Centro de Día de Fuensalida y conociendo y aceptando los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que rigen dicho contrato, se compromete a la realización del mismo, con arreglo a todas y cada una de las cláusulas de aquellos, en el precio (comida/día) de --------------------------- euros y _ euros, correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido, lo que hace un total de
_ euros.
En _ , a _ de de 20__.
Firma del licitador, Fdo.: _ ».
b) Compromiso (solo en caso de ofrecerlo como mejora, a efectos de su valoración entre los criterios de adjudicación), de prestar el servicio de “comida a domicilio” por
el mismo precio/menú ofertado.
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8. APERTURA DE PROPOSICIONES
El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en estos Pliegos. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a los que hace referencia el artículo 146.1 del TRLCSP, así como de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y de haber constituido la garantía definitiva.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
9. GARANTÍA DEFINITIVA
Los que resulten adjudicatarios de los contratos deberán constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
10.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el Pliego.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos licitadores y, simultáneamente, se publicará en el Perfil del Contratante.
11. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
1. El contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto del presente pliego de condiciones se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación.
2. Cuando por causas imputables al contratista no pudiese formalizarse el contrato
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dentro del plazo indicado, la Administración Municipal podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la garantía, en su caso, conforme a lo previsto en el art. 100 del R.D.3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el TRLCSP.
12. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Obligaciones del contratista.- Además de las que se reseñan en otras cláusulas del presente pliego serán obligaciones del adjudicatario las siguientes:
a) Prestará el servicio en el modo dispuesto en el presente Pliego de Cláusulas Particulares y en el Pliego de Condiciones Técnicas.
b) Disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad en las prestaciones objeto del contrato así como garantizar el mantenimiento del servicio con independencia de los problemas laborales propios de los proveedores. Quedando expresamente prohibida la contratación del personal necesario a través de empresas de contratación temporal. En caso de huelga general, el contratista deberá estar a lo previsto en la legislación vigente sobre servicios mínimos.
c) La empresa adjudicataria está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y prevención de riesgos laborales.
d) La empresa adjudicataria deberá prestar sus servicios con arreglo a las disposiciones legales vigentes para los servicios de catering, corriendo de su cuenta cualquier sanción que pudiera producirse, sea ésta de la naturaleza que sea, por incumplimiento y falta de adecuación a la misma.
e) Al finalizar la contrata, cualquiera que sea la causa y se proceda o no a una nueva adjudicación de la gestión del servicio, la Administración no se subrogará en ningún caso en las relaciones de empleo con los trabajadores del contratista saliente que viniera prestando sus servicios en el Centro de Día.
La Administración contratante podrá inspeccionar en cualquier momento cualquier extremo relacionado con la ejecución de este contrato, para asegurar una buena marcha del servicio de comedor.
f) La empresa adjudicataria vendrá obligada a realizar la limpieza de la cocina, así como a reparar cualquier avería que pudiera sufrir ésta.
g) Igualmente la empresa adjudicataria se obliga a cumplir cuantas sugerencias reciba del Ayuntamiento a fin de mantener el servicio en un nivel adecuado de funcionamiento.
Derechos del Contratista
a) A utilizar los bienes de dominio público necesarios para el servicio.
b) Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas.
c) Cuidar del buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía a los que se refiere el art. 280 del TRLCSP.
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d) Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración.
13. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
Se prohíben tanto la cesión del contrato como la subcontratación.
14. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato las reflejadas en los artículos 223 y 308 del R.D.3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el TRLCSP, con los efectos recogidos en los artículos 225 y 309 de la misma norma.
15.- RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración contratante o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
16.- INTERPRETACIÓN
El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato que se regula en el presente pliego, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público y acordar su resolución determinando sus efectos.
Los acuerdos que dicte la Administración en el ejercicio de las citadas prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivas.
17.- RESPONSABILIDADES Y PENALIDADES
Cuando el/la contratista, por causa imputable al mismo, hubiere incurrido en retraso o negligencia en la prestación del servicio, el órgano de contratación podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades que se establecen en el Art. 212.4 del TRLCSP.
Cuando las penalidades por demora alcancen el 5% del importe del contrato, el órgano de contratación queda facultado para proceder a su resolución o para acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
18.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
1. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo xx Xxxxxx será el competente pata resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato.
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2. En cualquier caso, los litigios se someterán a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE RIGEN EL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA PRESETACIÓN DEL SERVICIO DE CATERING EN EL CENTRO DE DÍA DE FUENSALIDA
1. OBJETO.
El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de catering del Centro de Día del Ayuntamiento de Fuensalida.
2. CONTENIDO DEL SERVICIO.
La empresa adjudicataria del servicio se compromete a prestar el servicio de catering en el Centro de Día, incluyendo:
• La prestación del servicio de catering en el Centro de Día durante todos los meses del año, excepto agosto.
• La confección de los correspondientes menús.
• Respetar la normativa aprobada al efecto para la correcta manipulación, elaboración, cocinado y transporte de la materias primas, para la confección de los menús previstos, verificando que se realicen de la forma más idónea, proponiendo a su vez los sistemas de producción que estime más oportunos, teniendo en cuenta los últimos avances tecnológicos y organizativos.
• La gestión del sistema de catering se realizará:
a) Mediante suministro de comida transportada en caliente o en frío no permitiéndose una posterior modificación sin previa autorización del Ayuntamiento.
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b) La distribución de la comida desde el punto de reparto será tratada de tal forma que llegue al comedor en óptimas condiciones de temperatura, presentación y características organolépticas. Con este fin en los casos en que la comida se distribuya en distintos turnos, se utilizaran recipientes/termos diferentes adecuados para cada turno.
c) Correrá por cuenta de la empresa adjudicataria el servicio completo, es decir, el transporte hasta el comedor, la colocación previa del menaje, el servicio de distribución, retirada del menaje en cada servicio y su limpieza y fregado. Así corno el posterior traslado de los residuos que se generen en la comida.
d) La empresa adjudicataria queda obligada a confeccionar los menús o dietas especiales que por prescripción facultativa, o causa debidamente justificada, le sean indicados por parte de la Concejal de Bienestar Social del Ayuntamiento de Fuensalida a idéntico coste que el resto de menús.
e) El personal encargado del catering deberá estar en posesión del carné de manipulador de alimentos.
3. HORARIO.
El horario que regirá la prestación del servicio quedará fijado de la forma que sigue:
a) El comienzo del servicio de catering se establece a las l3’20, en el caso de haber dos turnos, el segundo será a partir de las 14’20 horas.
Este horario podrá ser modificado por la Concejal de Bienestar Social del Ayuntamiento de Fuensalida en función de las necesidades o actividades que lo requieran.
4. SERVICIO.
• En la oferta económica deberá recogerse el coste total del servicio, desglosado por precio por comida.
• En la elaboración de los menús se deberán de tener en cuenta los cambios estacionales.
• El servicio deberá adaptarse a las necesidades del Centro, en función del número de usuarios
del recurso. El número de usuarios potenciales a atender es de 40 personas, si bien en la actualidad este número asciende a un total de 25 personas pudiendo variar en los días por motivos de salud del colectivo con el que se trabaja.
• El servicio de estancias diurnas se presta de lunes a viernes, excepto festivos y aquellos días que el Reglamento de Régimen Interior del Centro establece como de cierre.
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• El contratista exigirá y percibirá directamente los precios de las comidas concertadas por cada usuario según su oferta económica, como retribución por la prestación del servicio.
• Estos precios podrán ser cobrados diariamente (si no se trata de un usuario habitual) ó mensualmente si se trata de un usuario habitual.
• A este respecto, la empresa podrá establecer los periodos y medios de pago que considere conveniente para cada tipo de usuario.
• La concejalía responsable del contrato facilitará el documento necesario para que la empresa adjudicataria acredite el número de comidas distribuidas. (Anexo 1)
5. EXTRAS.
• Cualquier otra circunstancia concerniente al servicio no contemplada en estas condiciones y
que por necesidades deban de ser suministradas, se resolverán de mutuo acuerdo entre el adjudicatario y la Dirección del Centro/ CONCEJALÍA tanto en sus aspectos cuantitativos como cualitativos.
6. UNIFORMIDAD E IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL.
• La empresa adjudicataria exigirá de sus trabajadores las condiciones de presencia, modales, compostura, etc… del personal a su servicio, de acuerdo con las más elementales normas de convivencia.
• Este personal deberá de estar debidamente uniformado así como llevar una placa de identificación con su nombre y la misión que realiza, cuidándose al máximo la limpieza y decoro de este vestuario, que será por cuenta del adjudicatario.
7. LEGISLACIÓN APLICABLE.
• Todo el personal de la empresa adjudicataria será sometido al cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente al régimen de control sobre el personal manipulador de alimentos. Según Decreto 52/2002 de 23 xx xxxxx de 2002 de Entidades formadoras de Manipuladores de Alimentos y Decreto 4/2007 de 22 de enero de 2007 de modificación de Decreto 52/2002.
• Todos los procesos y materiales empleados cumplirán el código alimentario y todas las disposiciones y reglamentaciones técnico-sanitarias que lo desarrollan tanto el Real Decreto 640/2006, de 26 xx xxxx por el que se regulan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene, de la producción y comercialización de los productos alimenticios como el Real Decreto 3484/200 de 29
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de diciembre, que establece las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas.
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• Será de obligado cumplimiento para la empresa adjudicataria en la parte que sea aplicable, lo establecido en el Reglamento sobre vigilancia, control o inspección sanitaria de comedores colectivos RD 2817/1983 de l3 de octubre por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria para los comedores colectivos.
8. PENSIÓN ALIMENTICIA.
• Los menús elaborados por la empresa adjudicataria deberán ser confeccionados por un departamento de calidad.
• Los menús se programarán teniendo en cuenta la edad del usuario, balance en el aporte calórico, características gastronómicas de la zona y los diferentes procedimientos de preparación que salvaguarden el valor nutricional de los productos.
• La empresa adjudicataria deberá tener en cuenta las personas mayores con peculiaridades y necesidades especiales a los que hay que prestar el cuidado y la atención necesaria, introduciendo en los menús de éstos las oportunas modificaciones (diabáticos, hipertensos, etc.)
• La estructura básica de los menús deberá ser la siguiente, y se incluirá el suministro de agua para los usuarios a lo largo de la mañana y tarde:
ESTRUCTURA DE UNA ALIMENTACIÓN SALUDABLE PARA MAYORES | |
COMIDA | Primer plato: legumbres, pasta, verduras, cereales y patata con verdura |
Segundo plato: carnes, pescados o huevos acompañados con verdura cocida, ensalada o patatas. | |
Postre: Fruta o lácteos | |
Pan blanco, integral o molde. |
• La alimentación que confeccione la empresa adjudicataria deberá proporcionar una comida agradable y completa asumiendo la responsabilidad de aportar asesoramiento dietético adecuado por medio de personal capacitado.
• Se expone un listado con las categorías exigidas recomendadas de los distintos productos alimentarios para la elaboración de comidas para personas mayores (ANEXO 2)
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• Los menús correspondientes al Plan Alimentario serán planificados y diseñados por adelantado (un mes) por los dietistas de la empresa adjudicataria y visados por un médico; siendo aprobados por la Dirección del Centro o Concejal responsable del Área.
• Las familias de los usuarios del Centro de Día deberán tener la programación mensual de los menús, con el fin de poder contemplar el régimen alimenticio de sus mayores.
• Cualquier variación de los mismos será comunicada con un mínimo de 48 horas a la Concejal de Bienestar Social del Ayuntamiento de Fuensalida.
• El número de comidas a servir será comunicado con 24 horas de antelación.
.
9. OTROS GASTOS EN LAS INSTALACIONES.
El Centro de Día del Ayuntamiento de Fuensalida, pondrá a disposición de la Empresa Adjudicataria:
• Las instalaciones de cocina y comedor.
• Menaje de cocina necesario para la prestación del servicio
• De igual forma el centro facilitará al contratista agua y energía eléctrica, no permitiéndose el uso indebido de estos elementos.
Para cumplir lo indicado, se realizará inventario por la empresa adjudicataria, que será firmado de conformidad por la Dirección del Centro/CONCEJALIA
10. TRASLADO DE RESIDUOS
Corresponderá a la empresa adjudicataria atender en materia de traslado de residuos las normas
sanitarias establecidas bien por el centro, bien por las autoridades municipales, tanto respecto al emplazamiento al que deben de ser trasladados como al horario y sistemas de evacuación.
11. PERSONAL
• La empresa adjudicataria presentará una relación del personal que prestará el servicio por categorías, horario, etc.
• Será por cuenta de la empresa adjudicataria la contratación de ese personal para la prestación del servicio a que se compromete en este pliego, así como el pago de sueldos o salarios que el mismo devengue.
• Corresponderá al adjudicatario el mantenimiento de la disciplina y competencia profesional de su personal, admitiendo la sugerencia que se propongan al respecto por parte de la Dirección del centro siempre que exista causa que lo justifique.
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• La Dirección del Centro/Concejalía podrá exigir la prueba documental de los reconocimientos médicos a que le obligue como empresa la legislación vigente.
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• La empresa adjudicataria se responsabilizará de forma inmediata de las bajas que se produzcan entre el personal que aporta a efectos de evitar disfunciones en gestión concertada.
12. SEGURO.
Una vez sea notificado a la empresa la adjudicación, en el plazo de 15 días deberá de aportar copia de la póliza y justificante de pago de la prima de contratación de un seguro que cubra la responsabilidad civil, en el que se debe incluir el riesgo de intoxicación alimentaria en que pueda incurrir como consecuencia de la prestación del servicio.
13. EQUIPAMIENTO INICIAL Y REPOSICIÓN.
• Corresponderá a la empresa adjudicataria la reposición y conservación de pequeños electrodomésticos de uso habitual en la cocina/comedor, siempre que la adquisición o reparación no supere los 1.000 euros.
• Corresponderá al Centro de Día la reposición del menaje de cocina, vajilla, cristalería y cubertería.
• Igualmente corresponderá al Centro de Día la reparación y mantenimiento de las instalaciones del comedor.
14. LIMPIEZA
• La limpieza de la cocina, comedor, mobiliario, vajilla y cristalería así como los materiales para llevarla a cabo serán por cuenta de la empresa adjudicataria, quién debe mantener el nivel de higiene exigible en cualquier establecimiento de hostelería ajustándose en todo momento a las indicaciones que efectúe la Dirección del Centro/Concejalía.
• También, corresponderá a la empresa adjudicataria el lavado de los termos y posterior traslado de los residuos que se generen en los términos recogidos en este pliego.
15. REPRESENTANTE DEL ADJUDICATARIO.
Para supervisar todas las cuestiones relativas a la prestación del servicio descritas en este pliego por parte de la empresa adjudicataria y a fin de mantener un permanente contacto con la Dirección del Centro de Día, la empresa designará un representante con poder suficiente para la resolución inmediata de cuantas incidencias se observen en la prestación de dicho servicio. A este respecto el adjudicatario deberá seguir las instrucciones y directrices que, respetando las cláusulas de este Pliego, le dé la concejalía de Servicios Sociales, por tratarse del responsable del contrato designado como encargado de la supervisión de la prestación.
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ANEXO I
ESTADILLO CENTRO DÍA MES | |||||
NOMBRE USUARIOS | DÍA | TIPO COMIDA | Nº | TIPO MERIENDA | Nº |
1 | |||||
2 | |||||
3 | |||||
4 | |||||
5 | |||||
6 | |||||
7 | |||||
8 | |||||
9 | |||||
10 | |||||
11 | |||||
12 | |||||
13 | |||||
14 | |||||
15 | |||||
16 | |||||
17 | |||||
18 | |||||
19 | |||||
20 | |||||
21 | |||||
22 | |||||
23 | |||||
24 | |||||
25 | |||||
26 | |||||
27 | |||||
28 | |||||
29 | |||||
30 | |||||
31 |
FIRMA ADJUDICATARIO FIRMA DIRECCIÓN DEL CENTRO
ANEXO 2
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1. ACEITES
Para aderezos y aliños de ensaladas se obligará el uso de aceite xx xxxxx. Los tipos recomendados de mayor a menor calidad son los siguientes: Aceite de xxxxx xxxxxx (Aceite xx xxxxx refinado, Aceite xxxx xx xxxxx) Para firituras se usarán aceite de semillas tales como: (Aceite de girasol, Aceite de soja) No se podrán utilizar en la fritura aceites ricos en ácidos grasos saturados (palma, palmaste y coco) o en ácidos grasos.
2. CARNES
Si se utiliza carne de cerdo, será preferiblemente fresca, usando piezas como lomo, cabezada, chuletero, paleta x xxxxx de jamón. En el caso de carne de vacuno se utilizarán piezas de las categorías extra o primera, haciendo guisados por ejemplo con piezas como la aguja o la contra. Sólo se utilizarán la carne de segunda categoría en el caso xx xxxxxx picadas, en las que se picarán conjuntamente piezas de primera y de segunda.
3. PESCADOS
Se utilizará en la medida de lo posible pescado fresco y es obligatorio que aparezca la variedad en la información de los menús escritos. Si se usa pescado congelado se especificará el tipo de pescado y su origen, ya que existen notables diferencias.
4. VERDURAS
En general se utilizará calidad extra y primera.
5. FRUTAS
Se tendrá en cuenta el grado de maduración además de la clasificación. Se recomienda la utilización de calidad extra y primera. La de segunda también se puede usar aumentando en este caso el número de piezas por ración.
6. CONSERVAS
Vegetales: se recomienda la utilización de calidad extra y primera para embutidos crudos, pimientos en tiras que son de segunda.
7. LEGUMBRES
Deben de tener la piel limpia, brillante y sin arrugas, estar exentas de impurezas y tener un calibre homogéneo. Las recomendaciones son: Alubias (existe una gran variedad) Garbanzos (de mayor a menor calidad, nacional o mexicano) Lentejas (pardilla o similar)
17 NOV 2015
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8. PASTA DE SÉMOLA
Se utilizará xxxxxx xx xxxxx duro o xxxxxx xx xxxxx duro más huevo
9. HUEVOS FRESCOS
La categoría mínima exigida es la mediana de 53 a 63 gr.
10. ARROZ
Se recomienda el uso de las siguientes categorías: extra (5% grano partido) primera (10% grano partido)